En donde dice: El Oferente debe ser Centro Autorizado de Servicios certificado por el fabricante Solicitamos a la convocante modificar de la siguiente manera: Para garantizar a la institución, la garantía, así como la asistencia técnica especializada, será un requisito indispensable que la garantía pueda ser ejecutada en cualquiera de los CAS del país. El oferente deberá indicar cuales son los CAS que existen en el país. La gestión de la ejecución de la garantía, deberá poder ser hecha, directamente a través de cualquiera de los CAS del país, o en su defecto, a través del Oferente, corriendo en su caso, por cuenta del Oferente que resulte adjudicado, la gestión de dicha ejecución. Esto obedece a que los mayoristas de las marcas son los CAS y los mismos no se presentan a licitaciones.
En donde dice: El Oferente debe ser Centro Autorizado de Servicios certificado por el fabricante Solicitamos a la convocante modificar de la siguiente manera: Para garantizar a la institución, la garantía, así como la asistencia técnica especializada, será un requisito indispensable que la garantía pueda ser ejecutada en cualquiera de los CAS del país. El oferente deberá indicar cuales son los CAS que existen en el país. La gestión de la ejecución de la garantía, deberá poder ser hecha, directamente a través de cualquiera de los CAS del país, o en su defecto, a través del Oferente, corriendo en su caso, por cuenta del Oferente que resulte adjudicado, la gestión de dicha ejecución. Esto obedece a que los mayoristas de las marcas son los CAS y los mismos no se presentan a licitaciones.
: La convocante necesita garantizar la operatividad de sus equipos mínimamente durante el periodo de Garantia. Remítase a los requerimientos establecidos.
2
EETT - ITEM 1 - Impresora Láser Monocromático con dos juegos de toners adicionales
Solicitamos respetuosamente a la convocante que se contemple la posibilidad de aceptar equipos con un tiempo de salida de la primera impresión de hasta 6.4 segundos, considerando que la diferencia con el valor exigido (6 segundos) es mínima y no afecta de forma significativa el rendimiento ni la funcionalidad del equipo, lo cual permitiría una mayor participación de oferentes y fortalecería la competitividad del proceso de selección.
29-07-2025
31-07-2025
EETT - ITEM 1 - Impresora Láser Monocromático con dos juegos de toners adicionales
Solicitamos respetuosamente a la convocante que se contemple la posibilidad de aceptar equipos con un tiempo de salida de la primera impresión de hasta 6.4 segundos, considerando que la diferencia con el valor exigido (6 segundos) es mínima y no afecta de forma significativa el rendimiento ni la funcionalidad del equipo, lo cual permitiría una mayor participación de oferentes y fortalecería la competitividad del proceso de selección.
Remitirse al Pliego de Bases y Condiciones. Lo solicitado corresponde a un estándar de fabricación, existiendo varias marcas y modelos comercializados localmente que cumplen con suficiencia el requisito establecido en base en la línea de productos disponibles, además responden a necesidades institucionales.
3
Capacidad Técnica
En el punto 4 se cita "El oferente deberá ser Centro Autorizado de Servicios para la Republica del Paraguay, certificado del Fabricante"
Solicitamos a la convocante eliminar o en su defecto, colocar como opcional este Punto ya que cada marca posee y maneja sus respectivos CAS en el pais, en todo caso que se solicite una carta al fabricante citando y certificando los CAS que podrian gestionar en el futuro un posible reclamo técnico del equipo ofertado..
De la manera en la que está redactada, entendemos que se estaría direccionando hacia ciertas marcas(Canon, Ricoh) en contraposición con el Art 45 de la Ley 7021/22 en donde se cita:
"En los procedimientos de contratación será obligación de las convocantes elaborar
las bases y condiciones del llamado con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza
específica del contrato con el objeto de que concurra el mayor número de Oferentes y
deberán ser suficientemente claras, objetivas e imparciales para evitar favorecer a algún
participante.
En los pliegos de bases y condiciones no se podrá indicar marca específica u otro
derecho intelectual exclusivo, salvo que se cuente con razones justificadas para ello o que
no exista otro modo de identificarlos, en cuyo caso únicamente se los utilizará de forma
referencial."
En el punto 4 se cita "El oferente deberá ser Centro Autorizado de Servicios para la Republica del Paraguay, certificado del Fabricante"
Solicitamos a la convocante eliminar o en su defecto, colocar como opcional este Punto ya que cada marca posee y maneja sus respectivos CAS en el pais, en todo caso que se solicite una carta al fabricante citando y certificando los CAS que podrian gestionar en el futuro un posible reclamo técnico del equipo ofertado..
De la manera en la que está redactada, entendemos que se estaría direccionando hacia ciertas marcas(Canon, Ricoh) en contraposición con el Art 45 de la Ley 7021/22 en donde se cita:
"En los procedimientos de contratación será obligación de las convocantes elaborar
las bases y condiciones del llamado con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza
específica del contrato con el objeto de que concurra el mayor número de Oferentes y
deberán ser suficientemente claras, objetivas e imparciales para evitar favorecer a algún
participante.
En los pliegos de bases y condiciones no se podrá indicar marca específica u otro
derecho intelectual exclusivo, salvo que se cuente con razones justificadas para ello o que
no exista otro modo de identificarlos, en cuyo caso únicamente se los utilizará de forma
referencial."
Las especificaciones técnicas del llamado fueron confeccionadas en base a criterios estrictamente técnicos requeridos por la convocante analizando las opciones disponibles en el mercado local y que garantizan la optimización de nuestra adquisición, encontrándose más de 3 posibles oferentes tal como sugiere la reglamentación establecida para el efecto. La convocante necesita garantizar la operatividad de sus equipos mínimamente durante el periodo de Garantia. Remítase a los requerimientos establecidos en el PBC.
4
Para el ítem 2 Escáner -
Solicitamos sean aceptados equipos con velocidad de escaneo a una cara de 45 ppm y doble cara de 90 ipm, ya que la diferencia es mínima, de manera a dar oportunidad a potenciales oferentes a participar del llamado.
Solicitamos sean aceptados equipos con velocidad de escaneo a una cara de 45 ppm y doble cara de 90 ipm, ya que la diferencia es mínima, de manera a dar oportunidad a potenciales oferentes a participar del llamado.
Remitirse al Pliego de Bases y Condiciones. Las condiciones requeridas fueron establecidas en base a la necesidad institucional. La velocidad de escaneo es una herramienta esencial para la generación de archivos digitales en todas nuestras oficinas, un aspecto que necesitamos potenciar y consolidar para lograr un modelo de Gestión Digital de Documentos exitoso. En el mercado existen varias marcas que cumplen con el requisito de velocidad de escaneo solicitado.
5
Para el ítem 2 Escáner -
Solicitamos sean aceptados equipos Volumen diario de 7.000 páginas, ya que este es el estándar para equipos del porte requerido, de manera a dar oportunidad a potenciales oferentes a participar del llamado.
Solicitamos sean aceptados equipos Volumen diario de 7.000 páginas, ya que este es el estándar para equipos del porte requerido, de manera a dar oportunidad a potenciales oferentes a participar del llamado.
Remitirse al Pliego de Bases y Condiciones. El volumen diario solicitado se estableció de acuerdo a la necesidad de escaneo diario de documentos de la institución. Por lo tanto, los escáneres deben soportar este volumen, ya que son la base del proceso digital.
6
Para el ítem 2 Escáner -
Solicitamos sean aceptados equipos con Otras funcionalidades: Configuración de ajustes de escaneo, trabajos de escaneo, reconocimiento/escaneo de códigos de barra de identificación automática de documentos, de manera a dar oportunidad a potenciales oferentes a participar del llamado.
Solicitamos sean aceptados equipos con Otras funcionalidades: Configuración de ajustes de escaneo, trabajos de escaneo, reconocimiento/escaneo de códigos de barra de identificación automática de documentos, de manera a dar oportunidad a potenciales oferentes a participar del llamado.
Remitirse al Pliego de Bases y Condiciones. Los requisitos de funcionalidad se establecieron en base a las condiciones, necesidades y resultados esperados por los usuarios de la institución. Las especificaciones solicitadas son mínimas, lo que permite a los potenciales oferentes proponer funcionalidades adicionales, siempre y cuando cumplan con todo lo solicitado en el Pliego de Bases y Condiciones (PBC).
7
Para el ítem 2 Escáner -
Solicitamos que el oferente pueda ser autorizado por el distribuidor oficial de la marca para la república del Paraguay, además de que la marca deberá poseer CAS en el país y contar con dos técnicos certificados por el fabricante, de manera a dar oportunidad a potenciales oferentes a participar del llamado.
Solicitamos que el oferente pueda ser autorizado por el distribuidor oficial de la marca para la república del Paraguay, además de que la marca deberá poseer CAS en el país y contar con dos técnicos certificados por el fabricante, de manera a dar oportunidad a potenciales oferentes a participar del llamado.
Remitirse al Pliego de Bases y Condiciones. La institución busca establecer la responsabilidad del ejecutor del contrato para minimizar cualquier riesgo de pérdida de control y asegurar el cumplimiento cabal de las condiciones establecidas en los términos de referencia. Con esto, también se garantiza la debida especialización y capacitación del equipo técnico, y se asegura formalmente la existencia permanente de repuestos, partes e insumos originales de la marca. La mayoría de las marcas implementadas exitosamente en el país son comercializadas a su vez por Centros Autorizados de Servicios.
8
Para el ítem 2 Escáner -
Solicitamos sea omitido el soporte escalable de la unidad de cama plana, ya que el mismo no es un estándar en la industria para equipos del porte requerido, de manera a dar oportunidad a potenciales oferentes a participar del llamado.
Solicitamos sea omitido el soporte escalable de la unidad de cama plana, ya que el mismo no es un estándar en la industria para equipos del porte requerido, de manera a dar oportunidad a potenciales oferentes a participar del llamado.
Remitirse al Pliego de Bases y CondicionesEl soporte escalable de la unidad de cama plana ofrece a la institución la posibilidad de adquirir este adicional en el futuro para procesar documentos encuadernados o libros. Cabe aclarar que en el mercado existen varias marcas que cumplen con este requisito.
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EE.TT
En el marco del procedimiento de contratación pública para la “Adquisición de Equipos Informáticos – Ítem 1”, conforme a lo dispuesto en la Ley N° 7021/2022 “De Suministro y Contrataciones Públicas” y su Decreto Reglamentario N° 2264/2024, nos dirigimos a ustedes a fin de solicitar que sea considerada la posibilidad de ampliar el requisito técnico referido al tiempo de la primera impresión del equipo solicitado, de modo a admitir equipos con un tiempo igual o menor a 6,7 segundos, en lugar del valor actualmente exigido en el Pliego de Bases y Condiciones.
Fundamento técnico:
Esta solicitud se justifica en el hecho de que un tiempo de impresión de 6,7 segundos o menos se ajusta a los estándares usuales del mercado para este tipo de equipos, y no representa una disminución significativa en el rendimiento o funcionalidad. Además, el tiempo de la primera impresión puede variar dependiendo de la calidad de impresión seleccionada y la complejidad del documento, lo cual vuelve imprecisa su utilización como parámetro de exclusión.
Fundamento legal:
1. Principio de razonabilidad y eficiencia – Art. 4, incs. c), k) y o) de la Ley N° 7021/22:
Se debe propender a la eficiencia del gasto público, asegurando la mejor relación costo-beneficio. El requerimiento actual, al establecer un parámetro técnico restrictivo sin impacto relevante en el desempeño, puede limitar la competencia y reducir las opciones disponibles, lo cual va en contra del principio de valor por dinero y eficacia en la satisfacción de necesidades.
2. Principio de igualdad y libre competencia – Art. 4, inc. d):
Un requisito técnico innecesariamente restrictivo puede afectar la participación de potenciales oferentes que cumplen con todos los demás aspectos funcionales del equipo.
3. Principio de razonabilidad – Decreto N° 2264/24, Art. 14 y ss.:
En la etapa de planificación y definición de los requerimientos del bien a adquirir, se debe procurar asegurar la trazabilidad y cumplimiento de los fines institucionales, sin introducir exigencias que no estén técnica ni funcionalmente justificadas.
En virtud de lo expuesto, solicitamos se considere la posibilidad de modificar el Pliego o admitir como equivalente técnico aquellos equipos cuyo tiempo de primera impresión sea igual o inferior a 6,7 segundos, conforme a lo indicado.
En el marco del procedimiento de contratación pública para la “Adquisición de Equipos Informáticos – Ítem 1”, conforme a lo dispuesto en la Ley N° 7021/2022 “De Suministro y Contrataciones Públicas” y su Decreto Reglamentario N° 2264/2024, nos dirigimos a ustedes a fin de solicitar que sea considerada la posibilidad de ampliar el requisito técnico referido al tiempo de la primera impresión del equipo solicitado, de modo a admitir equipos con un tiempo igual o menor a 6,7 segundos, en lugar del valor actualmente exigido en el Pliego de Bases y Condiciones.
Fundamento técnico:
Esta solicitud se justifica en el hecho de que un tiempo de impresión de 6,7 segundos o menos se ajusta a los estándares usuales del mercado para este tipo de equipos, y no representa una disminución significativa en el rendimiento o funcionalidad. Además, el tiempo de la primera impresión puede variar dependiendo de la calidad de impresión seleccionada y la complejidad del documento, lo cual vuelve imprecisa su utilización como parámetro de exclusión.
Fundamento legal:
1. Principio de razonabilidad y eficiencia – Art. 4, incs. c), k) y o) de la Ley N° 7021/22:
Se debe propender a la eficiencia del gasto público, asegurando la mejor relación costo-beneficio. El requerimiento actual, al establecer un parámetro técnico restrictivo sin impacto relevante en el desempeño, puede limitar la competencia y reducir las opciones disponibles, lo cual va en contra del principio de valor por dinero y eficacia en la satisfacción de necesidades.
2. Principio de igualdad y libre competencia – Art. 4, inc. d):
Un requisito técnico innecesariamente restrictivo puede afectar la participación de potenciales oferentes que cumplen con todos los demás aspectos funcionales del equipo.
3. Principio de razonabilidad – Decreto N° 2264/24, Art. 14 y ss.:
En la etapa de planificación y definición de los requerimientos del bien a adquirir, se debe procurar asegurar la trazabilidad y cumplimiento de los fines institucionales, sin introducir exigencias que no estén técnica ni funcionalmente justificadas.
En virtud de lo expuesto, solicitamos se considere la posibilidad de modificar el Pliego o admitir como equivalente técnico aquellos equipos cuyo tiempo de primera impresión sea igual o inferior a 6,7 segundos, conforme a lo indicado.
Remitirse al Pliego de Bases y Condiciones. Lo solicitado corresponde a un estándar de fabricación, existiendo varias marcas y modelos comercializados localmente que cumplen con suficiencia el requisito establecido en base en la línea de productos disponibles, además responden a necesidades institucionales.
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EE.TT
En el marco del llamado correspondiente a la Adquisición de Equipos Informáticos, y específicamente respecto al ítem 3, se solicita se sirvan aclarar la siguiente observación:
En el Pliego de Bases y Condiciones (PBC) el ítem figura como:
"Impresora Multifuncional Color A3 de Alta Capacidad",
mientras que en el resumen del llamado aparece identificado como:
"Fotocopiadora Multifuncional".
Teniendo en cuenta los principios de transparencia, razonabilidad, igualdad de condiciones y valor por dinero, establecidos en el artículo 4° de la Ley N° 7021/2022, así como la necesidad de contar con especificaciones técnicas claras y no ambiguas que garanticen la participación equitativa de los oferentes, solicitamos se aclare con precisión:
¿A qué tipo de equipo corresponde el llamado: a una fotocopiadora multifuncional o a una impresora multifuncional color A3 de alta capacidad?
Esta aclaración resulta indispensable para una adecuada preparación de las ofertas y para cumplir con lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley N° 7021/2022, en lo relativo a la etapa de planificación de necesidades dentro de la Cadena Integrada de Suministro Público, así como a lo previsto en el Decreto N° 2264/2024, que en su artículo 22 menciona la obligatoriedad de realizar estudios de mercado claros y acordes a las necesidades institucionales.
En el marco del llamado correspondiente a la Adquisición de Equipos Informáticos, y específicamente respecto al ítem 3, se solicita se sirvan aclarar la siguiente observación:
En el Pliego de Bases y Condiciones (PBC) el ítem figura como:
"Impresora Multifuncional Color A3 de Alta Capacidad",
mientras que en el resumen del llamado aparece identificado como:
"Fotocopiadora Multifuncional".
Teniendo en cuenta los principios de transparencia, razonabilidad, igualdad de condiciones y valor por dinero, establecidos en el artículo 4° de la Ley N° 7021/2022, así como la necesidad de contar con especificaciones técnicas claras y no ambiguas que garanticen la participación equitativa de los oferentes, solicitamos se aclare con precisión:
¿A qué tipo de equipo corresponde el llamado: a una fotocopiadora multifuncional o a una impresora multifuncional color A3 de alta capacidad?
Esta aclaración resulta indispensable para una adecuada preparación de las ofertas y para cumplir con lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley N° 7021/2022, en lo relativo a la etapa de planificación de necesidades dentro de la Cadena Integrada de Suministro Público, así como a lo previsto en el Decreto N° 2264/2024, que en su artículo 22 menciona la obligatoriedad de realizar estudios de mercado claros y acordes a las necesidades institucionales.
Remitirse al Pliego de Base y Condiciones. Aclaramos que lo requerido para el ítem 3 es una Multifuncional color A3 de alta capacidad y los oferentes deberán cumplir con todas las especificaciones técnicas establecidas en el pliego de bases y condiciones en dicho apartado.