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Versión 1
Versión 2
Diferencias entre las versiones 1 y 2
Indicadores de Cumplimiento de Contrato
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:
Planificación de indicadores de cumplimiento:
INDICADOR |
TIPO |
FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA |
Nota de remisión |
Nota de remisión |
Septiembre 2025 |
Nota de remisión |
Nota de remisión |
octubre 2025 |
Nota de remisión |
Nota de remisión |
noviembre 2025 |
Nota de remisión |
Nota de remisión |
Diciembre 2025 |
Nota de remisión |
Nota de remisión |
Enero 2026 |
Nota de remisión |
Nota de remisión |
Febrero 2026 |
Nota de remisión |
Nota de remisión |
Marzo 2026 |
Nota de remisión |
Nota de remisión |
Abril 2026 |
Nota de remisión |
Nota de remisión |
Mayo 2026 |
Nota de remisión |
Nota de remisión |
Junio 2026 |
Nota de remisión |
Nota de remisión |
Julio 2026 |
Nota de remisión |
Nota de remisión |
Agosto 2026 |
Nota de remisión |
Nota de remisión |
Septiembre 2026 |
Nota de remisión |
Nota de remisión |
octubre 2026 |
Nota de remisión |
Nota de remisión |
noviembre 2026 |
Nota de remisión |
Nota de remisión |
Diciembre 2026 |
De manera a establecer indicadores de cumplimiento, a través del sistema de seguimiento de contratos, la convocante deberá determinar el tipo de documento que acredite el efectivo cumplimiento de la ejecución del contrato, así como planificar la cantidad de indicadores que deberán ser presentados durante la ejecución. Por lo tanto, la convocante en este apartado y de acuerdo al tipo de contratación de que se trate, deberá indicar el documento a ser comunicado a través del módulo de Seguimiento de Contratos y la cantidad de los mismos.
Indicadores de Cumplimiento de Contrato
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:
Planificación de indicadores de cumplimiento:
INDICADOR |
TIPO |
FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA |
Nota de remisión |
Nota de remisión |
octubre 2025 |
Nota de remisión |
Nota de remisión |
noviembre 2025 |
Nota de remisión |
Nota de remisión |
Diciembre 2025 |
Nota de remisión |
Nota de remisión |
Enero 2026 |
Nota de remisión |
Nota de remisión |
Febrero 2026 |
Nota de remisión |
Nota de remisión |
Marzo 2026 |
Nota de remisión |
Nota de remisión |
Abril 2026 |
Nota de remisión |
Nota de remisión |
Mayo 2026 |
Nota de remisión |
Nota de remisión |
Junio 2026 |
Nota de remisión |
Nota de remisión |
Julio 2026 |
Nota de remisión |
Nota de remisión |
Agosto 2026 |
Nota de remisión |
Nota de remisión |
Septiembre 2026 |
Nota de remisión |
Nota de remisión |
octubre 2026 |
Nota de remisión |
Nota de remisión |
noviembre 2026 |
Nota de remisión |
Nota de remisión |
Diciembre 2026 |
De manera a establecer indicadores de cumplimiento, a través del sistema de seguimiento de contratos, la convocante deberá determinar el tipo de documento que acredite el efectivo cumplimiento de la ejecución del contrato, así como planificar la cantidad de indicadores que deberán ser presentados durante la ejecución. Por lo tanto, la convocante en este apartado y de acuerdo al tipo de contratación de que se trate, deberá indicar el documento a ser comunicado a través del módulo de Seguimiento de Contratos y la cantidad de los mismos.
Indicadores de Cumplimiento de Contrato
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:
Planificación de indicadores de cumplimiento:
INDICADOR | TIPO | FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA |
Nota de remisión | Nota de remisión |
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Nota de remisión | Nota de remisión |
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Nota de remisión | Nota de remisión |
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Nota de remisión | Nota de remisión |
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Nota de remisión | Nota de remisión |
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Nota de remisión | Nota de remisión |
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Nota de remisión | Nota de remisión |
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Nota de remisión | Nota de remisión |
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Nota de remisión | Nota de remisión |
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De manera a establecer indicadores de cumplimiento, a través del sistema de seguimiento de contratos, la convocante deberá determinar el tipo de documento que acredite el efectivo cumplimiento de la ejecución del contrato, así como planificar la cantidad de indicadores que deberán ser presentados durante la ejecución. Por lo tanto, la convocante en este apartado y de acuerdo al tipo de contratación de que se trate, deberá indicar el documento a ser comunicado a través del módulo de Seguimiento de Contratos y la cantidad de los mismos.
Formas y condiciones de pago
El adjudicado para solicitar el pago de las obligaciones deberá presentar la solicitud acompañada de los siguientes documentos:
1. Documentos Genéricos:
a. Nota de remisión u orden de prestación de servicios según el objeto de la contratación;
b. La factura de pago, con timbrado vigente, la cual deberán expresar claramente por separado el Impuesto al Valor Agregado (IVA) de conformidad con las disposiciones tributarias aplicables. En ningún caso el valor total facturado podrá exceder el valor adjudicado o las adendas aprobadas;
c. REPSE (registro de prestadores de servicios) todos los que son prestadores de servicios;
d. Certificado de Cumplimiento Tributario;
e. Constancia de Cumplimiento con la Seguridad Social;
f. Formulario de Identificación de Servicios Personales (FIS);
g. Certificado laboral vigente expedido por la Dirección de Obrero Patronal dependiente del Viceministerio de Trabajo, siempre que el sujeto esté obligado a contar con el mismo, de conformidad a la reglamentación pertinente - CPS
Otras formas y condiciones de pago al proveedor en virtud del contrato serán las siguientes:
CERTIFICADO DE CUENTA BANCARIA.
Lugar de presentación de las facturas y demás documentaciones para el pago: Mesa de Entrada de la Dirección de Finanzas de la Facultad de Ingeniería de la UNA, Bloque J, en horario de 08:00hs a 14:00hs, de Lunes a Viernes. La Convocante se reserva el derecho de no procesar factura alguna, que no esté acompañada de la documentación descripta precedentemente, no pudiendo el oferente reclamar por ese hecho, mora o intereses por el retraso de su pago.
Art. 63 de la Ley 7021: las contratantes deberán retener el equivalente al 0,4%, del importe de cada factura o certificado de obra, deducidos los impuestos correspondientes, que presenten a cobro los proveedores, consultores y contratistas, con motivo de la ejecución de los contratos materia de la presente ley, a fin de que estos montos sean destinados a la implementación, operación, desarrollo, y sostenimiento del Sistema de Información de Contrataciones Públicas (SICP).
2. La Contratante efectuará los pagos, dentro del plazo establecido en este apartado, sin exceder sesenta (60) días después de la presentación de una factura por el proveedor. La contratante deberá expedirse respecto a la aceptación o rechazo de la factura, a más tardar en quince (15) días corridos posteriores a su presentación.
3. De conformidad a las disposiciones del Decreto N° 7781/2006, del 30 de junio de 2006 y modificatoria, en las contrataciones con Organismos de la Administración Central, el proveedor deberá habilitar su respectiva cuenta corriente o caja de ahorro en un Banco de plaza y comunicar a la Contratante para que ésta gestione ante la Dirección General del Tesoro Público, la habilitación en el Sistema de Tesorería (SITE).
El certificado previsto en el inciso g), se requerirá únicamente para el último pago.
Formas y condiciones de pago
El adjudicado para solicitar el pago de las obligaciones deberá presentar la solicitud acompañada de los siguientes documentos:
1. Documentos Genéricos:
a. Nota de remisión u orden de prestación de servicios según el objeto de la contratación;
b. La factura de pago, con timbrado vigente, la cual deberán expresar claramente por separado el Impuesto al Valor Agregado (IVA) de conformidad con las disposiciones tributarias aplicables. En ningún caso el valor total facturado podrá exceder el valor adjudicado o las adendas aprobadas;
c. REPSE (registro de prestadores de servicios) todos los que son prestadores de servicios;
d. Certificado de Cumplimiento Tributario;
e. Constancia de Cumplimiento con la Seguridad Social;
f. Formulario de Identificación de Servicios Personales (FIS);
g. Certificado laboral vigente expedido por la Dirección de Obrero Patronal dependiente del Viceministerio de Trabajo, siempre que el sujeto esté obligado a contar con el mismo, de conformidad a la reglamentación pertinente - CPS
Otras formas y condiciones de pago al proveedor en virtud del contrato serán las siguientes:
CERTIFICADO DE CUENTA BANCARIA.
Lugar de presentación de las facturas y demás documentaciones para el pago: Mesa de Entrada de la Dirección de Finanzas de la Facultad de Ingeniería de la UNA, Bloque J, en horario de 08:00hs a 14:00hs, de Lunes a Viernes. La Convocante se reserva el derecho de no procesar factura alguna, que no esté acompañada de la documentación descripta precedentemente, no pudiendo el oferente reclamar por ese hecho, mora o intereses por el retraso de su pago.
Art. 63 de la Ley 7021: las contratantes deberán retener el equivalente al 0,4%, del importe de cada factura o certificado de obra, deducidos los impuestos correspondientes, que presenten a cobro los proveedores, consultores y contratistas, con motivo de la ejecución de los contratos materia de la presente ley, a fin de que estos montos sean destinados a la implementación, operación, desarrollo, y sostenimiento del Sistema de Información de Contrataciones Públicas (SICP).
Por tratarse de una contratación de carácter Plurianual, la validez de las Partidas Presupuestarias correspondientes a los Ejercicios Fiscales 2025 y 2026, estarán sujetas a las aprobaciones de las Leyes de Presupuestos correspondientes.
2. La Contratante efectuará los pagos, dentro del plazo establecido en este apartado, sin exceder sesenta (60) días después de la presentación de una factura por el proveedor. La contratante deberá expedirse respecto a la aceptación o rechazo de la factura, a más tardar en quince (15) días corridos posteriores a su presentación.
3. De conformidad a las disposiciones del Decreto N° 7781/2006, del 30 de junio de 2006 y modificatoria, en las contrataciones con Organismos de la Administración Central, el proveedor deberá habilitar su respectiva cuenta corriente o caja de ahorro en un Banco de plaza y comunicar a la Contratante para que ésta gestione ante la Dirección General del Tesoro Público, la habilitación en el Sistema de Tesorería (SITE).
El certificado previsto en el inciso g), se requerirá únicamente para el último pago.
Formas y condiciones de pago
El adjudicado para solicitar el pago de las obligaciones deberá presentar la solicitud acompañada de los siguientes documentos:
1. Documentos Genéricos:
a. Nota de remisión u orden de prestación de servicios según el objeto de la contratación;
b. La factura de pago, con timbrado vigente, la cual deberán expresar claramente por separado el Impuesto al Valor Agregado (IVA) de conformidad con las disposiciones tributarias aplicables. En ningún caso el valor total facturado podrá exceder el valor adjudicado o las adendas aprobadas;
c. REPSE (registro de prestadores de servicios) todos los que son prestadores de servicios;
d. Certificado de Cumplimiento Tributario;
e. Constancia de Cumplimiento con la Seguridad Social;
f. Formulario de Identificación de Servicios Personales (FIS);
g. Certificado laboral vigente expedido por la Dirección de Obrero Patronal dependiente del Viceministerio de Trabajo, siempre que el sujeto esté obligado a contar con el mismo, de conformidad a la reglamentación pertinente - CPS
Otras formas y condiciones de pago al proveedor en virtud del contrato serán las siguientes:
CERTIFICADO DE CUENTA BANCARIA.
Lugar de presentación de las facturas y demás documentaciones para el pago: Mesa de Entrada de la Dirección de Finanzas de la Facultad de Ingeniería de la UNA, Bloque J, en horario de 08:00hs a 14:00hs, de Lunes a Viernes. La Convocante se reserva el derecho de no procesar factura alguna, que no esté acompañada de la documentación descripta precedentemente, no pudiendo el oferente reclamar por ese hecho, mora o intereses por el retraso de su pago.
Art. 63 de la Ley 7021: las contratantes deberán retener el equivalente al 0,4%, del importe de cada factura o certificado de obra, deducidos los impuestos correspondientes, que presenten a cobro los proveedores, consultores y contratistas, con motivo de la ejecución de los contratos materia de la presente ley, a fin de que estos montos sean destinados a la implementación, operación, desarrollo, y sostenimiento del Sistema de Información de Contrataciones Públicas (SICP).
Por tratarse de una contratación de carácter Plurianual, la validez de las Partidas Presupuestarias correspondientes a los Ejercicios Fiscales 2025 y 2026, estarán sujetas a las aprobaciones de las Leyes de Presupuestos correspondientes.
2. La Contratante efectuará los pagos, dentro del plazo establecido en este apartado, sin exceder sesenta (60) días después de la presentación de una factura por el proveedor. La contratante deberá expedirse respecto a la aceptación o rechazo de la factura, a más tardar en quince (15) días corridos posteriores a su presentación.
3. De conformidad a las disposiciones del Decreto N° 7781/2006, del 30 de junio de 2006 y modificatoria, en las contrataciones con Organismos de la Administración Central, el proveedor deberá habilitar su respectiva cuenta corriente o caja de ahorro en un Banco de plaza y comunicar a la Contratante para que ésta gestione ante la Dirección General del Tesoro Público, la habilitación en el Sistema de Tesorería (SITE).
El certificado previsto en el inciso g), se requerirá únicamente para el último pago.