En el ítem “Alcance de barrido: ≥ 1700 mm”, solicitamos modificar el requisito a: “Alcance de barrido: ≥ 1600 mm”, la exigencia de 1700 mm podría limitar la competitividad sin un fundamento clínico justificado.
Un alcance de ≥ 1600 mm ya permite cubrir el cuerpo completo de un adulto desde el cráneo hasta las extremidades inferiores sin necesidad de reposicionamiento, cumpliendo con los estándares clínicos para estudios de cuerpo entero.
En el ítem “Alcance de barrido: ≥ 1700 mm”, solicitamos modificar el requisito a: “Alcance de barrido: ≥ 1600 mm”, la exigencia de 1700 mm podría limitar la competitividad sin un fundamento clínico justificado.
Un alcance de ≥ 1600 mm ya permite cubrir el cuerpo completo de un adulto desde el cráneo hasta las extremidades inferiores sin necesidad de reposicionamiento, cumpliendo con los estándares clínicos para estudios de cuerpo entero.
En el ítem “Capacidad térmica del ánodo: ≥ 7 MHU”, solicitamos a la convocante considerar la capacidad térmica equivalente, en lugar de restringirse únicamente al valor nominal. Esta reformulación permite incluir equipos que cumplen con la exigencia clínica desde un enfoque de rendimiento real, sin limitar la participación a diseños específicos de ciertos fabricantes. Además, considerar la capacidad térmica equivalente puede implicar una mayor eficiencia operativa, reducción de costos y mayor productividad diaria. Cabe destacar que las especificaciones actuales parecen estar dirigidas específicamente al modelo GE Revolution Maxima, lo cual restringe la libre competencia. La modificación propuesta busca fomentar una mayor apertura a potenciales oferentes sin comprometer la calidad diagnóstica.
En el ítem “Capacidad térmica del ánodo: ≥ 7 MHU”, solicitamos a la convocante considerar la capacidad térmica equivalente, en lugar de restringirse únicamente al valor nominal. Esta reformulación permite incluir equipos que cumplen con la exigencia clínica desde un enfoque de rendimiento real, sin limitar la participación a diseños específicos de ciertos fabricantes. Además, considerar la capacidad térmica equivalente puede implicar una mayor eficiencia operativa, reducción de costos y mayor productividad diaria. Cabe destacar que las especificaciones actuales parecen estar dirigidas específicamente al modelo GE Revolution Maxima, lo cual restringe la libre competencia. La modificación propuesta busca fomentar una mayor apertura a potenciales oferentes sin comprometer la calidad diagnóstica.
El oferente debe ajustarse al Pliego de Bases y Condiciones.
13
Item 1 Tomografo
En donde dice “Software o licencias habilitadas para Cardiovascular, Pulmón, Colon, Neurovascular”, solicitamos a la convocante que el módulo de software cardiovascular sea considerado como opcional.
Incluirlo como requisito obligatorio limita la participación de equipos diseñados para uso general o polivalente, y orienta la licitación hacia soluciones especializadas en cardiología, asociadas a un costo significativamente más elevado. Esta modificación permitiría una mayor variedad de ofertas técnicamente válidas, sin comprometer la capacidad diagnóstica requerida, promoviendo así una competencia más equitativa.
En donde dice “Software o licencias habilitadas para Cardiovascular, Pulmón, Colon, Neurovascular”, solicitamos a la convocante que el módulo de software cardiovascular sea considerado como opcional.
Incluirlo como requisito obligatorio limita la participación de equipos diseñados para uso general o polivalente, y orienta la licitación hacia soluciones especializadas en cardiología, asociadas a un costo significativamente más elevado. Esta modificación permitiría una mayor variedad de ofertas técnicamente válidas, sin comprometer la capacidad diagnóstica requerida, promoviendo así una competencia más equitativa.
En el punto donde se establece “Tiempo máximo de exposición helicoidal: ≥ 120 seg”, solicitamos considerar la modificación de este requisito a: “Tiempo máximo de exposición helicoidal: ≥ 280 seg”.
Esta ampliación representaría un beneficio directo para la institución convocante, ya que permitiría la realización de estudios prolongados sin necesidad de segmentarlos en múltiples barridos, esta modificación no compromete la calidad clínica de las imágenes y contribuye significativamente a una mayor eficiencia operativa
En el punto donde se establece “Tiempo máximo de exposición helicoidal: ≥ 120 seg”, solicitamos considerar la modificación de este requisito a: “Tiempo máximo de exposición helicoidal: ≥ 280 seg”.
Esta ampliación representaría un beneficio directo para la institución convocante, ya que permitiría la realización de estudios prolongados sin necesidad de segmentarlos en múltiples barridos, esta modificación no compromete la calidad clínica de las imágenes y contribuye significativamente a una mayor eficiencia operativa
El oferente debe ajustarse al Pliego de Bases y Condiciones.
15
Item 1 Tomografo
En relación con el requerimiento “Equipos con 7 discos duros de ≥ 300 GB”, solicitamos confirmar si dichos discos deben ser internos o si se contempla el uso de discos externos. En caso de ser posible, también solicitamos considerar como alternativa la utilización de un (1) único disco duro de al menos 720 GB..
En relación con el requerimiento “Equipos con 7 discos duros de ≥ 300 GB”, solicitamos confirmar si dichos discos deben ser internos o si se contempla el uso de discos externos. En caso de ser posible, también solicitamos considerar como alternativa la utilización de un (1) único disco duro de al menos 720 GB..
En el punto 11 de Requisitos documentales para evaluar el criterio de capacidad técnica, donde se solicita una declaración jurada por parte de la empresa adjudicada para realizar mantenimientos preventivos y brindar asistencia técnica a demanda por el plazo de dos (2) años, solicitamos se aclare si la garantía será efectivamente de dos (2) años o de un (1) año, tal como se menciona en el punto 12.3. de las Especificaciones técnicas
ya que en el punto 12.6 se indica que el soporte y la asistencia técnica se brindarán durante el tiempo de duración de la garantía. Por ello, solicitamos unificar los criterios y confirmar que la asistencia técnica requerida se limite exclusivamente al período establecido como garantía, ya sea de uno (1) o dos (2) años.
En el punto 11 de Requisitos documentales para evaluar el criterio de capacidad técnica, donde se solicita una declaración jurada por parte de la empresa adjudicada para realizar mantenimientos preventivos y brindar asistencia técnica a demanda por el plazo de dos (2) años, solicitamos se aclare si la garantía será efectivamente de dos (2) años o de un (1) año, tal como se menciona en el punto 12.3. de las Especificaciones técnicas
ya que en el punto 12.6 se indica que el soporte y la asistencia técnica se brindarán durante el tiempo de duración de la garantía. Por ello, solicitamos unificar los criterios y confirmar que la asistencia técnica requerida se limite exclusivamente al período establecido como garantía, ya sea de uno (1) o dos (2) años.
Según las especificaciones técnicas del presente llamado, se observa un direccionamiento hacia la marca GE, modelo REVOLUTION MAXIMA, lo cual restringe la libre competencia. Esto va en contra a lo establecido en el Art. 4°, inciso d) de la Ley N° 7021/2022, que garantiza el principio de Igualdad y Libre Competencia, permitiendo la participación de todos los oferentes que reúnan los requisitos técnicos, económicos y legales.
Por ello, solicitamos considerar las modificaciones planteadas en las consultas, a fin de evitar el direccionamiento hacia una marca específica y asegurar un proceso competitivo y equitativo
Según las especificaciones técnicas del presente llamado, se observa un direccionamiento hacia la marca GE, modelo REVOLUTION MAXIMA, lo cual restringe la libre competencia. Esto va en contra a lo establecido en el Art. 4°, inciso d) de la Ley N° 7021/2022, que garantiza el principio de Igualdad y Libre Competencia, permitiendo la participación de todos los oferentes que reúnan los requisitos técnicos, económicos y legales.
Por ello, solicitamos considerar las modificaciones planteadas en las consultas, a fin de evitar el direccionamiento hacia una marca específica y asegurar un proceso competitivo y equitativo
Requisitos documentales para evaluar el criterio de capacidad técnica
En el punto 10 el PBC solicita de la siguiente manera: Certificados de Curso de entrenamiento, capacitación y familiarización del equipo y sus programas del personal calificado y autorizado por el fabricante, a fin de impartir entrenamiento para personal médico y técnico médico
Al respecto solicitamos a la convocante este criterio sea solicitado de la siguiente manera:
10) Certificados de Curso de entrenamiento, capacitación y familiarización del equipo y sus programas del personal calificado vinculado a la empresa oferente, y autorizado por el fabricante, a fin de impartir entrenamiento para personal médico y técnico médico.
Este pedido es realizado a fin de que la convocante cuente con ofertas de empresas altamente calificadas, que garantice y posea la capacidad de brindar mayor disponibilidad del personal local habilitado por el fabricante, para la prestación de este servicio que se encuentra requerido en este PBC.
26-06-2025
25-07-2025
Requisitos documentales para evaluar el criterio de capacidad técnica
En el punto 10 el PBC solicita de la siguiente manera: Certificados de Curso de entrenamiento, capacitación y familiarización del equipo y sus programas del personal calificado y autorizado por el fabricante, a fin de impartir entrenamiento para personal médico y técnico médico
Al respecto solicitamos a la convocante este criterio sea solicitado de la siguiente manera:
10) Certificados de Curso de entrenamiento, capacitación y familiarización del equipo y sus programas del personal calificado vinculado a la empresa oferente, y autorizado por el fabricante, a fin de impartir entrenamiento para personal médico y técnico médico.
Este pedido es realizado a fin de que la convocante cuente con ofertas de empresas altamente calificadas, que garantice y posea la capacidad de brindar mayor disponibilidad del personal local habilitado por el fabricante, para la prestación de este servicio que se encuentra requerido en este PBC.
El oferente debe ajustarse al Pliego de Bases y Condiciones.
19
Plan de entrega de los bienes
En el cuadro del PBC dice:
Fecha de entrega de los bienes: Dentro de los 60 días corridos a partir de la firma del contrato por parte del proveedor.
Sin embargo, seguidamente establece
OBSERVACIÓN
PLAN DE ENTREGAS DE BIENES
Procedimiento de Entrega de Ordenes: El plazo de ejecución será computado a partir de la fecha de emisión de la orden de compra y remitido al proveedor vía correo electrónico, declarado en su oferta y transcripta el Acta de Apertura de Ofertas.
El cómputo de los plazos será desde el día siguiente al de la remisión del correo, sin necesidad de acuse de recibo.
El oferente es responsable de revisar diariamente su buzón electrónico, a los efectos de darse por notificado y a mantener óptimas el acceso a su correo electrónico.
Solicitamos a la convocante unificar el plazo para la fecha de entrega de los bienes y quede establecida según la observación requerida en el PBC El cómputo de los plazos será desde el día siguiente al de la remisión de la orden de compra por correo electrónico, sin necesidad de acuse de recibo.
En el cuadro del PBC dice:
Fecha de entrega de los bienes: Dentro de los 60 días corridos a partir de la firma del contrato por parte del proveedor.
Sin embargo, seguidamente establece
OBSERVACIÓN
PLAN DE ENTREGAS DE BIENES
Procedimiento de Entrega de Ordenes: El plazo de ejecución será computado a partir de la fecha de emisión de la orden de compra y remitido al proveedor vía correo electrónico, declarado en su oferta y transcripta el Acta de Apertura de Ofertas.
El cómputo de los plazos será desde el día siguiente al de la remisión del correo, sin necesidad de acuse de recibo.
El oferente es responsable de revisar diariamente su buzón electrónico, a los efectos de darse por notificado y a mantener óptimas el acceso a su correo electrónico.
Solicitamos a la convocante unificar el plazo para la fecha de entrega de los bienes y quede establecida según la observación requerida en el PBC El cómputo de los plazos será desde el día siguiente al de la remisión de la orden de compra por correo electrónico, sin necesidad de acuse de recibo.
El oferente debe ajustarse al Pliego de Bases y Condiciones.
20
Capacidad Técnica
Con relación al punto 7, referido al “Presentar Certificado de Registro Sanitario, de conformidad a la Ley Nº 4659/12.”, solicitamos respetuosamente que se permita la presentación del Certificado de Registro Sanitario o, en su defecto, una Constancia de Renovación emitida por la DINAVISA, que acredite que el trámite de renovación se encuentra en curso y que los productos pueden continuar siendo comercializados y/o importados durante dicho proceso.
Con relación al punto 7, referido al “Presentar Certificado de Registro Sanitario, de conformidad a la Ley Nº 4659/12.”, solicitamos respetuosamente que se permita la presentación del Certificado de Registro Sanitario o, en su defecto, una Constancia de Renovación emitida por la DINAVISA, que acredite que el trámite de renovación se encuentra en curso y que los productos pueden continuar siendo comercializados y/o importados durante dicho proceso.