En las IAO 6.5 (b) se define la experiencia a ser cumplida por el oferente, en este caso dice "PARA COTIZACIÓN DEL LOTE: El oferente deberá: Participación como contratista principal, contratista administrador o subcontratista en por lo menos 2 (dos) contratos en los últimos cinco años (2020, 2021, 2022, 2023 y 2024), cada uno por un valor mínimo de: Lote 1:
Gs. 37.509.017.767, Lote 2: Gs. 32.526.680.402, Lote 3: Gs. 30.184.272.733, Lote 4: Gs. 36.226.422.452, los cuales se han completado satisfactoria y sustancialmente y guardan similitud con las Obras propuestas. La similitud se basará en parámetros de tamaño físico, complejidad, métodos, tecnología y otros, según se describe las Especificaciones Técnicas del
presente llamado. Consultamos en caso de que el Oferente sea una APCA, cómo sería el requerimiento para cada miembro de la misma?
En las IAO 6.5 (b) se define la experiencia a ser cumplida por el oferente, en este caso dice "PARA COTIZACIÓN DEL LOTE: El oferente deberá: Participación como contratista principal, contratista administrador o subcontratista en por lo menos 2 (dos) contratos en los últimos cinco años (2020, 2021, 2022, 2023 y 2024), cada uno por un valor mínimo de: Lote 1:
Gs. 37.509.017.767, Lote 2: Gs. 32.526.680.402, Lote 3: Gs. 30.184.272.733, Lote 4: Gs. 36.226.422.452, los cuales se han completado satisfactoria y sustancialmente y guardan similitud con las Obras propuestas. La similitud se basará en parámetros de tamaño físico, complejidad, métodos, tecnología y otros, según se describe las Especificaciones Técnicas del
presente llamado. Consultamos en caso de que el Oferente sea una APCA, cómo sería el requerimiento para cada miembro de la misma?
Remitirse al Pliego de Bases y Condiciones. Pg. 16. Sección I. Instrucción a los Oferentes (IAO). 6.6
52
Experiencia en obras
En las IAO 6.5 (b) favor aclarar qué tipo de obra se considera similar para cumplir con el requisito? Pueden ser obras civiles en general? construcción de edificios comerciales o de viviendas, estaciones de bus, unidades o centros de salud, etc? Solicitamos además que se amplíen los años de construcción a ultimos 10 años de modo a permitir una mayor participación de oferentes.
En las IAO 6.5 (b) favor aclarar qué tipo de obra se considera similar para cumplir con el requisito? Pueden ser obras civiles en general? construcción de edificios comerciales o de viviendas, estaciones de bus, unidades o centros de salud, etc? Solicitamos además que se amplíen los años de construcción a ultimos 10 años de modo a permitir una mayor participación de oferentes.
Se consideran válidas aquellas intervenciones vinculadas a establecimientos de salud, tales como hospitales, centros o unidades de salud, puestos de salud u obras de infraestructura sanitaria con funcionalidad asistencial. No se incluyen obras civiles genéricas como viviendas, edificios en altura sin relación directa con servicios de salud.
53
EXPERIENCIA DE LA FIRMA CONSULTORA
Con referencia a las IAC 21.1 "Solamente serán considerados, a los efectos de calificación, los servicios prestados por la Filial o Sucursal domiciliada en la República del Paraguay de Empresas o Consorcio de Empresas cuya Casa Matriz se encuentre domiciliada en el extranjero."
Se solicita aclarar si, en el caso de empresas extranjeras que fueron debidamente precalificadas en la etapa correspondiente, será considerada válida la experiencia presentada por la casa matriz extranjera para efectos de calificación técnica. Esto teniendo en cuenta que dicha experiencia fue aceptada en la etapa de precalificación, y que limitar ahora su validez podría afectar la continuidad del principio de igualdad entre oferentes previamente habilitados.
Con referencia a las IAC 21.1 "Solamente serán considerados, a los efectos de calificación, los servicios prestados por la Filial o Sucursal domiciliada en la República del Paraguay de Empresas o Consorcio de Empresas cuya Casa Matriz se encuentre domiciliada en el extranjero."
Se solicita aclarar si, en el caso de empresas extranjeras que fueron debidamente precalificadas en la etapa correspondiente, será considerada válida la experiencia presentada por la casa matriz extranjera para efectos de calificación técnica. Esto teniendo en cuenta que dicha experiencia fue aceptada en la etapa de precalificación, y que limitar ahora su validez podría afectar la continuidad del principio de igualdad entre oferentes previamente habilitados.
Dicho párrafo no corresponde al Pliego de Bases y Condiciones del presente proceso de adquisición.
54
Solicitud de Prorroga
Teniendo en cuenta el tipo de obra, los tiempos dados y la fata de respuesta a las consultas, solicitamos una prorroga de por lo menos 40 días para la presentación de las ofertas
Teniendo en cuenta el tipo de obra, los tiempos dados y la fata de respuesta a las consultas, solicitamos una prorroga de por lo menos 40 días para la presentación de las ofertas
Total dependencia del avance del Contratista para pagos de Fiscalización
En la CEC 41.2 se identifica solamente la forma de pago del 90% del precio del Contrato, donde el 80% depende exclusivamente del avance de Obras. Atendiendo a que la Consultora tiene gastos fijos independientes al avance del Contratista, y que esa total dependencia representa un conflicto de interés importante a la hora de ejercer la labor de custodio de la calidad, se solicita considerar una formulación que considere una cuota fija del orden del 60%, y el 40% solo sea en función al avance del contratista. De este modo, se reducen los riesgos de la Fiscalización y no se convierte en un conflicto de interés desproporcionado. Favor considerar esta recomendación. Además, indicar los porcentajes correctos para que se pueda llegar al 100% del valor del Contrato
29-05-2025
10-06-2025
Total dependencia del avance del Contratista para pagos de Fiscalización
En la CEC 41.2 se identifica solamente la forma de pago del 90% del precio del Contrato, donde el 80% depende exclusivamente del avance de Obras. Atendiendo a que la Consultora tiene gastos fijos independientes al avance del Contratista, y que esa total dependencia representa un conflicto de interés importante a la hora de ejercer la labor de custodio de la calidad, se solicita considerar una formulación que considere una cuota fija del orden del 60%, y el 40% solo sea en función al avance del contratista. De este modo, se reducen los riesgos de la Fiscalización y no se convierte en un conflicto de interés desproporcionado. Favor considerar esta recomendación. Además, indicar los porcentajes correctos para que se pueda llegar al 100% del valor del Contrato
Se aclara que el presente llamado corresponde a la contratación para la ejecución de obras de construcción, y no contempla servicios de fiscalización.
56
ERROR en Devolución de Anticipo
Atendiendo a que el CEC 41.2.1 determina la consideración de un anticipo del 10% que será descontado en los certificados, y que en la CEC 41.2 solo se detecta que se puede certificar el 90% del precio del Contrato (80% en función al avance de obras + 10% de pago final luego de recepción definitiva de las obras), no se podrá cumplir con la devolución del anticipo ni con el pago de la totalidad del valor de contrato. Favor corregir esta importante inconsistencia.
Atendiendo a que el CEC 41.2.1 determina la consideración de un anticipo del 10% que será descontado en los certificados, y que en la CEC 41.2 solo se detecta que se puede certificar el 90% del precio del Contrato (80% en función al avance de obras + 10% de pago final luego de recepción definitiva de las obras), no se podrá cumplir con la devolución del anticipo ni con el pago de la totalidad del valor de contrato. Favor corregir esta importante inconsistencia.
Los porcentajes mencionados en la consulta no corresponden ni aplican a este llamado. Remitirse al Pliego de Bases y Condiciones. Sección V. Condiciones Generales de Contrato y Sección VII. Condiciones Especiales de Contrato.
57
Planilla de Oferta
Se agradece la referencia a la Adenda N° 1 respecto a la planilla de oferta. Sin embargo, para asegurar la correcta presentación y evitar posibles errores de interpretación, solicitamos cordialmente si la convocante podría proveer un modelo o formato estandarizado de la planilla de oferta que debe ser utilizada por los oferentes, además de la planilla de cómputo de cantidades ya incluida en la Adenda N° 1. Esto facilitaría la uniformidad de las propuestas y la evaluación por parte de la convocante.
Se agradece la referencia a la Adenda N° 1 respecto a la planilla de oferta. Sin embargo, para asegurar la correcta presentación y evitar posibles errores de interpretación, solicitamos cordialmente si la convocante podría proveer un modelo o formato estandarizado de la planilla de oferta que debe ser utilizada por los oferentes, además de la planilla de cómputo de cantidades ya incluida en la Adenda N° 1. Esto facilitaría la uniformidad de las propuestas y la evaluación por parte de la convocante.
La planilla de oferta es la que se encuentra en la Adenda N° 1.
58
Personal Clave – Experiencia Residente de Obra
La Adenda N° 2 corrige un error de tipeo respecto a la cantidad de obras de experiencia para el Residente de Obra, estableciendo "un mínimo 2 (dos) obras de similar complejidad". Agradecemos la aclaración. Para evitar ambigüedades, ¿podría confirmarse que el requisito es de "dos" obras y no "cinco"?
La Adenda N° 2 corrige un error de tipeo respecto a la cantidad de obras de experiencia para el Residente de Obra, estableciendo "un mínimo 2 (dos) obras de similar complejidad". Agradecemos la aclaración. Para evitar ambigüedades, ¿podría confirmarse que el requisito es de "dos" obras y no "cinco"?
La Adenda N° 2 establece los montos mínimos para los contratos de experiencia específica. Considerando la naturaleza de las Unidades de Salud Familiar (USF) como obras de pequeña a mediana escala y de construcción estandarizada, los montos mínimos requeridos por contrato (Ej: Lote 1: Gs. 25.006.011.845) parecen corresponder a proyectos de una envergadura significativamente mayor a la construcción individual de una USF, o incluso de un grupo de ellas. Para fomentar una mayor participación y asegurar que se valore la experiencia en la tipología y metodología constructiva de las USF, solicitamos reconsiderar estos montos. ¿Podría la convocante evaluar la posibilidad de reducir los valores mínimos de los contratos de experiencia específica, o bien, permitir que la similitud de las obras se base primordialmente en la tipología constructiva y el carácter seriado de las mismas, más que en el monto absoluto, o alternativamente, permitir la presentación de un mayor número de contratos de menor valor que sumados alcancen un umbral razonable?
La Adenda N° 2 establece los montos mínimos para los contratos de experiencia específica. Considerando la naturaleza de las Unidades de Salud Familiar (USF) como obras de pequeña a mediana escala y de construcción estandarizada, los montos mínimos requeridos por contrato (Ej: Lote 1: Gs. 25.006.011.845) parecen corresponder a proyectos de una envergadura significativamente mayor a la construcción individual de una USF, o incluso de un grupo de ellas. Para fomentar una mayor participación y asegurar que se valore la experiencia en la tipología y metodología constructiva de las USF, solicitamos reconsiderar estos montos. ¿Podría la convocante evaluar la posibilidad de reducir los valores mínimos de los contratos de experiencia específica, o bien, permitir que la similitud de las obras se base primordialmente en la tipología constructiva y el carácter seriado de las mismas, más que en el monto absoluto, o alternativamente, permitir la presentación de un mayor número de contratos de menor valor que sumados alcancen un umbral razonable?
Calificación de APCAs – Porcentajes de Cumplimiento
El SDO IAO 6.6 establece que "cada uno de sus integrantes debe cumplir al menos con el veinte y cinco por ciento (25%) de los requisitos mínimos para Oferentes individuales que se establecen en las IAO 6.5 (a), (b) y (e); y el socio designado como representante debe cumplir al menos con el cuarenta porciento (40%) de ellos". Para la correcta aplicación de este criterio, particularmente en cuanto a:
• IAO 6.5 (a) Facturación promedio anual: ¿Cómo se calculará el 25% o 40% sobre el monto total de facturación promedio anual requerido para el lote? ¿Se refiere a que cada socio (o el representante) debe demostrar individualmente ese porcentaje del monto total, o se evalúa sobre la capacidad individual de facturación?
• IAO 6.5 (b) Experiencia específica (número de contratos y valor): ¿Cómo se aplica el 25% o 40% a los 2 contratos requeridos y a sus valores mínimos? ¿Significa que cada socio debe presentar contratos que alcancen el 25% del valor mínimo individualmente, o se refiere a una ponderación en la cantidad de contratos?
• IAO 6.5 (e) Recursos financieros (flujo de efectivo): ¿Cómo se aplicará el 25% o 40% al requisito de flujo de efectivo?
Solicitamos una aclaración detallada sobre la metodología de evaluación de estos porcentajes para cada uno de los sub-requisitos mencionados para las APCAs
03-06-2025
10-06-2025
Calificación de APCAs – Porcentajes de Cumplimiento
El SDO IAO 6.6 establece que "cada uno de sus integrantes debe cumplir al menos con el veinte y cinco por ciento (25%) de los requisitos mínimos para Oferentes individuales que se establecen en las IAO 6.5 (a), (b) y (e); y el socio designado como representante debe cumplir al menos con el cuarenta porciento (40%) de ellos". Para la correcta aplicación de este criterio, particularmente en cuanto a:
• IAO 6.5 (a) Facturación promedio anual: ¿Cómo se calculará el 25% o 40% sobre el monto total de facturación promedio anual requerido para el lote? ¿Se refiere a que cada socio (o el representante) debe demostrar individualmente ese porcentaje del monto total, o se evalúa sobre la capacidad individual de facturación?
• IAO 6.5 (b) Experiencia específica (número de contratos y valor): ¿Cómo se aplica el 25% o 40% a los 2 contratos requeridos y a sus valores mínimos? ¿Significa que cada socio debe presentar contratos que alcancen el 25% del valor mínimo individualmente, o se refiere a una ponderación en la cantidad de contratos?
• IAO 6.5 (e) Recursos financieros (flujo de efectivo): ¿Cómo se aplicará el 25% o 40% al requisito de flujo de efectivo?
Solicitamos una aclaración detallada sobre la metodología de evaluación de estos porcentajes para cada uno de los sub-requisitos mencionados para las APCAs
IAO 6.5 (a). El consorcio debe cumplir con el requisito del apartado, cada socio debe cumplir al menos con el veinte y cinco por ciento (25%) de los requisitos mínimos y el socio lider debe cumplir al menos con el cuarenta porciento (40%) de ellos.
IAO 6.5 (b). El consorcio debe cumplir con el requisito del apartado y cada integrante debe cumplir con el porcentaje estipulado sobre los montos de contratos solicitados.
IAO 6.5 (e). El consorcio debe cumplir con el requisito del apartado y cada integrante debe cumplir con el porcentaje estipulado sobre los montos de contratos solicitados.