Secciones
Versión 1
Versión 2
Diferencias entre las versiones 1 y 2
Adenda
Las modificaciones al presente procedimiento de contratación son los indicados a continuación:
La adenda es el documento emitido por la convocante, mediante la cual se modifican aspectos establecidos en las bases de la contratación. A los efectos legales, la adenda será considerada parte integrante del documento cuyo contenido modifique.
La convocante podrá introducir modificaciones cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley.
Las adendas serán difundidas en el SICP respetando los plazos establecidos en la resolución matriz de normas.
Obs: Cuando la convocante requiera prorrogar la fecha tope de presentación y apertura de ofertas, sin modificar los demás datos e información de las bases de la contratación, será difundida automáticamente a través del SICP y no se instrumentará a traves de adenda.
Adenda
Las modificaciones al presente procedimiento de contratación son los indicados a continuación:
ADENDA 01/2025
Referido al llamado a Menor cuantía nacional para la Adquisición de Servicios De Limpieza, Aseo Y Fumigación del Local de La F.C.E ID Nº 460834. Esta UOC aclara los siguientes puntos:
Que, inicialmente estaba establecida según apartado en:
|
EXPERIENCIA - CAPACIDAD FINANCIERA |
A |
Para contribuyente de IRE General.; Fotocopia del Balance General, Cuadro de Resultados, Formulario Nº 500 presentado ante el Ministerio de Hacienda de los años (2022, 2023 y 2024). |
B |
Para contribuyentes de IRE Simple; deberán presentar fotocopia de la Declaración Jurada (Formulario 501) de los años (2022, 2023 y 2024). presentadas en el Ministerio de Hacienda. |
C |
Para contribuyentes de IRP; deberán presentar fotocopia de la Declaración Jurada(Formulario 515 y/o 516) de los años (2022, 2023 y 2024), correspondiente a la Declaración Jurada del Impuesto a la Renta. |
D |
Para Contribuyentes de exclusivamente IVA General; Deberán presentar fotocopia de la Declaración Jurada (Formulario 120) de los últimos 36 (treinta y seis) meses, presentadas en el Ministerio de Hacienda. |
Se deja constancia que se modifican por los siguientes y queda establecida de la siguiente manera:
|
EXPERIENCIA - CAPACIDAD FINANCIERA |
A |
Para contribuyente de IRE General.; Fotocopia del Balance General, Cuadro de Resultados, Formulario Nº 500 presentado ante el Ministerio de Hacienda de los años (2021, 2022 y 2023). |
B |
Para contribuyentes de IRE Simple; deberán presentar fotocopia de la Declaración Jurada (Formulario 501) de los años (2021, 2022 y 2023).. presentadas en el Ministerio de Hacienda. |
C |
Para contribuyentes de IRP; deberán presentar fotocopia de la Declaración Jurada(Formulario 515 y/o 516) de los años (2021, 2022 y 2023)., correspondiente a la Declaración Jurada del Impuesto a la Renta. |
D |
Para Contribuyentes de exclusivamente IVA General; Deberán presentar fotocopia de la Declaración Jurada (Formulario 120) de los últimos 36 (treinta y seis) meses, presentadas en el Ministerio de Hacienda. |
Motivo: debido a que, por los cierres fiscales, el balance del 2024 recién se podrá obtener el 30/04/2025
Observación: Las modificaciones a las especificaciones técnicas se deben a que esta entidad convocante considera dar oportunidad de participación a potenciales oferentes y no limitar. La presente Adenda forma parte integrante del Pliego de Bases y Condiciones.
Se detectaron modificaciones en las siguientes cláusulas:
Sección: Requisitos de participación y criterios de evaluación
- Requisitos documentales para la evaluación de la capacidad financiera
Se puede realizar una comparación de esta versión del pliego con la versión anterior en el siguiente enlace: https://www.contrataciones.gov.py/licitaciones/convocatoria/460834-servicios-limpieza-aseo-fumigacion-local-f-c-e/pliego/2/diferencias/1.html?seccion=adenda
La adenda es el documento emitido por la convocante, mediante la cual se modifican aspectos establecidos en las bases de la contratación. A los efectos legales, la adenda será considerada parte integrante del documento cuyo contenido modifique.
La convocante podrá introducir modificaciones cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley.
Las adendas serán difundidas en el SICP respetando los plazos establecidos en la resolución matriz de normas.
Obs: Cuando la convocante requiera prorrogar la fecha tope de presentación y apertura de ofertas, sin modificar los demás datos e información de las bases de la contratación, será difundida automáticamente a través del SICP y no se instrumentará a traves de adenda.
Adenda
Las modificaciones al presente procedimiento de contratación son los indicados a continuación:
ADENDA 01/2025
Referido al llamado a Menor cuantía nacional para la Adquisición de Servicios De Limpieza, Aseo Y Fumigación del Local de La F.C.E ID Nº 460834. Esta UOC aclara los siguientes puntos:
Que, inicialmente estaba establecida según apartado en:
| EXPERIENCIA - CAPACIDAD FINANCIERA |
A | Para contribuyente de IRE General.; Fotocopia del Balance General, Cuadro de Resultados, Formulario Nº 500 presentado ante el Ministerio de Hacienda de los años (2022, 2023 y 2024). |
B | Para contribuyentes de IRE Simple; deberán presentar fotocopia de la Declaración Jurada (Formulario 501) de los años (2022, 2023 y 2024). presentadas en el Ministerio de Hacienda. |
C | Para contribuyentes de IRP; deberán presentar fotocopia de la Declaración Jurada(Formulario 515 y/o 516) de los años (2022, 2023 y 2024), correspondiente a la Declaración Jurada del Impuesto a la Renta. |
D | Para Contribuyentes de exclusivamente IVA General; Deberán presentar fotocopia de la Declaración Jurada (Formulario 120) de los últimos 36 (treinta y seis) meses, presentadas en el Ministerio de Hacienda. |
Se deja constancia que se modifican por los siguientes y queda establecida de la siguiente manera:
| EXPERIENCIA - CAPACIDAD FINANCIERA |
A | Para contribuyente de IRE General.; Fotocopia del Balance General, Cuadro de Resultados, Formulario Nº 500 presentado ante el Ministerio de Hacienda de los años (2021, 2022 y 2023). |
B | Para contribuyentes de IRE Simple; deberán presentar fotocopia de la Declaración Jurada (Formulario 501) de los años (2021, 2022 y 2023).. presentadas en el Ministerio de Hacienda. |
C | Para contribuyentes de IRP; deberán presentar fotocopia de la Declaración Jurada(Formulario 515 y/o 516) de los años (2021, 2022 y 2023)., correspondiente a la Declaración Jurada del Impuesto a la Renta. |
D | Para Contribuyentes de exclusivamente IVA General; Deberán presentar fotocopia de la Declaración Jurada (Formulario 120) de los últimos 36 (treinta y seis) meses, presentadas en el Ministerio de Hacienda. |
Motivo: debido a que, por los cierres fiscales, el balance del 2024 recién se podrá obtener el 30/04/2025
Observación: Las modificaciones a las especificaciones técnicas se deben a que esta entidad convocante considera dar oportunidad de participación a potenciales oferentes y no limitar. La presente Adenda forma parte integrante del Pliego de Bases y Condiciones.
Se detectaron modificaciones en las siguientes cláusulas:
Sección: Requisitos de participación y criterios de evaluación
- Requisitos documentales para la evaluación de la capacidad financiera
Se puede realizar una comparación de esta versión del pliego con la versión anterior en el siguiente enlace: https://www.contrataciones.gov.py/licitaciones/convocatoria/460834-servicios-limpieza-aseo-fumigacion-local-f-c-e/pliego/2/diferencias/1.html?seccion=adenda
La adenda es el documento emitido por la convocante, mediante la cual se modifican aspectos establecidos en las bases de la contratación. A los efectos legales, la adenda será considerada parte integrante del documento cuyo contenido modifique.
La convocante podrá introducir modificaciones cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley.
Las adendas serán difundidas en el SICP respetando los plazos establecidos en la resolución matriz de normas.
Obs: Cuando la convocante requiera prorrogar la fecha tope de presentación y apertura de ofertas, sin modificar los demás datos e información de las bases de la contratación, será difundida automáticamente a través del SICP y no se instrumentará a traves de adenda.