Secciones
Versión 2
Versión 3
Diferencias entre las versiones 2 y 3
Adenda
Las modificaciones al presente procedimiento de contratación son los indicados a continuación:
ADENDA N° 1 PBC VERSIÓN 2
La Unidad Operativa de Contrataciones, amparada en lo que dispone el Artículo 48° de la Ley 7021/22 y el Artículo 46 del Decreto N° 9823/23 que reglamenta la Ley 7021/22, en el marco de la Licitación Pública Nacional Nº 02/2025 para Adquisición de pasajes aéreos y servicios conexos para el Congreso Nacional con ID N° 459899, procede a introducir las siguientes modificaciones al Pliego de Bases y Condiciones;
- En la sección Requisitos de participación y criterios de evaluación, se modifica; Composición de Precios, Capacidad Financiera, Requisitos documentales para la evaluación de la capacidad financiera y Experiencia requerida.
- En la sección Suministros requeridos - especificaciones técnicas, se modifica; Especificaciones técnicas CPS y Detalle de los bienes y/o servicios.
- En la sección Condiciones contractuales, se modifica; Formas y condiciones de pago.
Se detectaron modificaciones en las siguientes cláusulas:
Sección: Requisitos de participación y criterios de evaluación
- Composición de Precios
- Capacidad Financiera
- Requisitos documentales para la evaluación de la capacidad financiera
- Experiencia requerida
- Otros criterios que la convocante requiera
Sección: Suministros requeridos - especificaciones técnicas
- Especificaciones técnicas - CPS
- Detalle de los bienes y/o servicios
Sección: Condiciones contractuales
- Formas y condiciones de pago
Se puede realizar una comparación de esta versión del pliego con la versión anterior en el siguiente enlace: https://www.contrataciones.gov.py/licitaciones/convocatoria/459899-adquisicion-pasajes-aereos-servicios-conexos-congreso-nacional/pliego/2/diferencias/1.html?seccion=adenda
La adenda es el documento emitido por la convocante, mediante la cual se modifican aspectos establecidos en las bases de la contratación. A los efectos legales, la adenda será considerada parte integrante del documento cuyo contenido modifique.
La convocante podrá introducir modificaciones cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley.
Las adendas serán difundidas en el SICP respetando los plazos establecidos en la resolución matriz de normas.
Obs: Cuando la convocante requiera prorrogar la fecha tope de presentación y apertura de ofertas, sin modificar los demás datos e información de las bases de la contratación, será difundida automáticamente a través del SICP y no se instrumentará a traves de adenda.
Adenda
Las modificaciones al presente procedimiento de contratación son los indicados a continuación:
ADENDA N° 2 PBC VERSIÓN 3
La Unidad Operativa de Contrataciones, amparada en lo que dispone el Artículo 48° de la Ley 7021/22 y el Artículo 65 del Decreto N° 2264/24 que reglamenta la Ley 7021/22, en el marco de la Licitación Pública Nacional Nº 02/2025 para Adquisición de pasajes aéreos y servicios conexos para el Congreso Nacional con ID N° 459899, procede a introducir las siguientes modificaciones al Pliego de Bases y Condiciones;
- En Documentos se remite adjunto FORMULARIOS ADICIONALES, en formato editable.
La adenda es el documento emitido por la convocante, mediante la cual se modifican aspectos establecidos en las bases de la contratación. A los efectos legales, la adenda será considerada parte integrante del documento cuyo contenido modifique.
La convocante podrá introducir modificaciones cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley.
Las adendas serán difundidas en el SICP respetando los plazos establecidos en la resolución matriz de normas.
Obs: Cuando la convocante requiera prorrogar la fecha tope de presentación y apertura de ofertas, sin modificar los demás datos e información de las bases de la contratación, será difundida automáticamente a través del SICP y no se instrumentará a traves de adenda.
Adenda
Las modificaciones al presente procedimiento de contratación son los indicados a continuación:
ADENDA N° 12 PBC VERSIÓN 23
La Unidad Operativa de Contrataciones, amparada en lo que dispone el Artículo 48° de la Ley 7021/22 y el Artículo 4665 del Decreto N° 98232264/2324 que reglamenta la Ley 7021/22, en el marco de la Licitación Pública Nacional Nº 02/2025 para Adquisición de pasajes aéreos y servicios conexos para el Congreso Nacional con ID N° 459899, procede a introducir las siguientes modificaciones al Pliego de Bases y Condiciones;
En la sección Requisitos de participación y criterios de evaluación, se modifica; Composición de Precios, Capacidad Financiera, Requisitos documentales para la evaluación de la capacidad financiera y Experiencia requerida.En la sección Suministros requeridos - especificaciones técnicas, se modifica; Especificaciones técnicas CPS y Detalle de los bienes y/o servicios.En la sección Condiciones contractuales, se modifica; Formas y condiciones de pago.- En Documentos se remite adjunto FORMULARIOS ADICIONALES, en formato editable.
Se detectaron modificaciones en las siguientes cláusulas:
Sección: Requisitos de participación y criterios de evaluación
Composición de PreciosCapacidad FinancieraRequisitos documentales para la evaluación de la capacidad financieraExperiencia requeridaOtros criterios que la convocante requiera
Sección: Suministros requeridos - especificaciones técnicas
Especificaciones técnicas - CPSDetalle de los bienes y/o servicios
Sección: Condiciones contractuales
Formas y condiciones de pago
Se puede realizar una comparación de esta versión del pliego con la versión anterior en el siguiente enlace: https://www.contrataciones.gov.py/licitaciones/convocatoria/459899-adquisicion-pasajes-aereos-servicios-conexos-congreso-nacional/pliego/2/diferencias/1.html?seccion=adenda
La adenda es el documento emitido por la convocante, mediante la cual se modifican aspectos establecidos en las bases de la contratación. A los efectos legales, la adenda será considerada parte integrante del documento cuyo contenido modifique.
La convocante podrá introducir modificaciones cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley.
Las adendas serán difundidas en el SICP respetando los plazos establecidos en la resolución matriz de normas.
Obs: Cuando la convocante requiera prorrogar la fecha tope de presentación y apertura de ofertas, sin modificar los demás datos e información de las bases de la contratación, será difundida automáticamente a través del SICP y no se instrumentará a traves de adenda.