Se solicita: La suma de titulares cubiertos en los contratos presentados será analizada de manera anual, debiendo ser igual o superior a la cantidad de titulares exigida en el presente llamado para cada año evaluado, sin importar la cantidad de contratos presentados para cada año.
¿Como se podrá medir la experiencia del oferente con el dato solicitado?, sabiendo que los contratos establecen una cantidad mínima y máxima de titulares, pero en dichos contratos son incluidos los grupos familiares y adherentes pagos. En tal sentido se entiende que lo solicitado para medir una experiencia no se ajusta a la realidad del oferente en su experiencia. Solicitamos el punto solicitado sea excluido del requisito de experiencia, para así establecer una mayor apertura a posibles oferentes.
Se solicita: La suma de titulares cubiertos en los contratos presentados será analizada de manera anual, debiendo ser igual o superior a la cantidad de titulares exigida en el presente llamado para cada año evaluado, sin importar la cantidad de contratos presentados para cada año.
¿Como se podrá medir la experiencia del oferente con el dato solicitado?, sabiendo que los contratos establecen una cantidad mínima y máxima de titulares, pero en dichos contratos son incluidos los grupos familiares y adherentes pagos. En tal sentido se entiende que lo solicitado para medir una experiencia no se ajusta a la realidad del oferente en su experiencia. Solicitamos el punto solicitado sea excluido del requisito de experiencia, para así establecer una mayor apertura a posibles oferentes.
En respuesta a su consulta sobre la medición de la experiencia del oferente, aclaramos que la evaluación se realizará considerando exclusivamente la cantidad de titulares cubiertos en los contratos presentados en la oferta.
Los contratos indican de manera específica la cantidad de titulares asegurados, por lo que el análisis y evaluación de la experiencia del oferente se basará en la cantidad máxima de titulares estipulada en cada contrato presentado, sin tomar en cuenta a los grupos familiares o adherentes pagos.
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EXPERIENCIA REQUERIDA
Establece: Todo tipo de: estudios, análisis, procedimientos o consultas, coberturas odontológicas, que no establecen aranceles preferenciales en el presente llamado, deberán tener aranceles preferenciales, estos sean de al menos 50% del costo real.
Se solicita la aclaración del punto. Teniendo en cuenta que lo no establecido en el presente Pliego de Bases y Condiciones es sin cobertura, de manera que no se puede establecer un arancel preferencial de al menos 50% del costo real, porque eso implicaría que al no tener establecido dicho descuento en los convenios con los prestadores, el oferente deberá asumir dicho costo. Si es correcta la interpretación, solicitamos a la Convocante pueda eliminar o modificar dicho punto. La solicitud es realizada teniendo en cuenta el tope de 1.000.000 establecido por funcionario.
Establece: Todo tipo de: estudios, análisis, procedimientos o consultas, coberturas odontológicas, que no establecen aranceles preferenciales en el presente llamado, deberán tener aranceles preferenciales, estos sean de al menos 50% del costo real.
Se solicita la aclaración del punto. Teniendo en cuenta que lo no establecido en el presente Pliego de Bases y Condiciones es sin cobertura, de manera que no se puede establecer un arancel preferencial de al menos 50% del costo real, porque eso implicaría que al no tener establecido dicho descuento en los convenios con los prestadores, el oferente deberá asumir dicho costo. Si es correcta la interpretación, solicitamos a la Convocante pueda eliminar o modificar dicho punto. La solicitud es realizada teniendo en cuenta el tope de 1.000.000 establecido por funcionario.
En relación con su consulta sobre el punto que establece la obligación de contar con aranceles preferenciales de al menos 50% del costo real en estudios, análisis, procedimientos o consultas no especificadas en el llamado, queremos informarle que se han realizado las siguientes modificaciones:
1. Se ha excluido la cobertura odontológica del alcance del servicio requerido.
2. Se ha mejorado la redacción del Pliego de Bases y Condiciones (PBC) para garantizar una interpretación más clara y precisa de los requerimientos.
Con estas modificaciones, se busca evitar confusiones respecto a la cobertura y asegurar que las condiciones sean equitativas y viables para los oferentes.
3
EXPERIENCIA REQUERIDA
El Pliego de Bases y Condiciones cita:
Cobertura inmediata en consultas (en consultorio), internaciones clínicas y servicios de urgencias en las siguientes especialidades:
En la lista de especialidades están incluidas estudios y procedimientos que no corresponden a especialidad como tal, ejemplo: Infiltración de Ozono, Espirometría simple y forzada, Turbinectomía. solicitamos a la Convocante pueda eliminar o modificar dicho punto. La solicitud es realizada teniendo en cuenta el tope de 1.000.000 establecido por funcionario.
El Pliego de Bases y Condiciones cita:
Cobertura inmediata en consultas (en consultorio), internaciones clínicas y servicios de urgencias en las siguientes especialidades:
En la lista de especialidades están incluidas estudios y procedimientos que no corresponden a especialidad como tal, ejemplo: Infiltración de Ozono, Espirometría simple y forzada, Turbinectomía. solicitamos a la Convocante pueda eliminar o modificar dicho punto. La solicitud es realizada teniendo en cuenta el tope de 1.000.000 establecido por funcionario.
En respuesta a su consulta sobre la inclusión de estudios y procedimientos dentro de la lista de especialidades con cobertura inmediata, queremos informarle que se han reestructurado los servicios y coberturas requeridas en el Pliego de Bases y Condiciones (PBC).
Dicha reestructuración busca garantizar una mayor claridad en los alcances del servicio, asegurando que la cobertura refleje con precisión las especialidades médicas y los procedimientos incluidos, considerando además el tope establecido por funcionario.
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EXPERIENCIA REQUERIDA
El Pliego de Bases y Condiciones establece:
En caso de brote epidémico o por otro tipo de eventualidad el Sanatorio Cabecera deberá contar a disposición de los beneficiarios de 5 habitaciones.
Este punto evidencia el direccionamiento del llamado hacia la actual proveedora, ya que la misma con Sanatorio Propio, en caso de una epidemia puede cumplir con este punto, teniendo en cuenta que el Pliego es el mismo que los llamados anteriores las cuales fueron adjudicadas siempre al mismo proveedor, solicitamos la eliminación de este punto del PBC y así permitir una mayor posibilidad a posibles oferentes de participar.
El Pliego de Bases y Condiciones establece:
En caso de brote epidémico o por otro tipo de eventualidad el Sanatorio Cabecera deberá contar a disposición de los beneficiarios de 5 habitaciones.
Este punto evidencia el direccionamiento del llamado hacia la actual proveedora, ya que la misma con Sanatorio Propio, en caso de una epidemia puede cumplir con este punto, teniendo en cuenta que el Pliego es el mismo que los llamados anteriores las cuales fueron adjudicadas siempre al mismo proveedor, solicitamos la eliminación de este punto del PBC y así permitir una mayor posibilidad a posibles oferentes de participar.
En relación con su consulta sobre el requerimiento de disponibilidad de habitaciones en caso de brote epidémico u otra eventualidad, le informamos que este requisito ha sido excluido del Pliego de Bases y Condiciones (PBC).
Con esta modificación, buscamos garantizar una mayor apertura a la participación de oferentes, asegurando la equidad y competencia en el proceso de contratación.
5
SUMINISTROS REQUERIDOS
El Pliego de Bases y Condiciones establece la cobertura de medicamentos, descartables y oxigeno hasta gs. 15.000.000, se consulta a la convocante cual sería el análisis realizado para la obtención de dichos montos, los cuales no están establecidos en concordancia con el tope de Gs. 1000.000 en la cuota por funcionario. Se solicita a la convocante disminuir el monto requeridos a efectos de permitir una mayor participación de potenciales oferentes, y en negativa al pedido, justificar cual sería el parámetro que utilizaron para definir dichos montos.
El Pliego de Bases y Condiciones establece la cobertura de medicamentos, descartables y oxigeno hasta gs. 15.000.000, se consulta a la convocante cual sería el análisis realizado para la obtención de dichos montos, los cuales no están establecidos en concordancia con el tope de Gs. 1000.000 en la cuota por funcionario. Se solicita a la convocante disminuir el monto requeridos a efectos de permitir una mayor participación de potenciales oferentes, y en negativa al pedido, justificar cual sería el parámetro que utilizaron para definir dichos montos.
En respuesta a su consulta sobre el monto establecido para la cobertura de medicamentos, descartables y oxígeno, le informamos que se mantiene el monto de Gs. 15.000.000 conforme a lo estipulado en el Pliego de Bases y Condiciones (PBC).
Los parámetros utilizados para la determinación de dicho monto fueron los reglados por la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas (DNCP), en concordancia con los criterios técnicos aplicables. Asimismo, el estudio de mercado que sustenta esta decisión se encuentra publicado en el portal de contrataciones públicas para su consulta.
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EXPERIENCIA REQUERIDA
Solicitamos a la Convocante la modificación del requisito establecido en el punto: Requisitos de los Contratos Presentados: La suma de titulares cubiertos en los contratos presentados deberá ser igual o superior a la cantidad de titulares exigida en el presente llamado, analizada de manera anual.
De esta manera se ha quebrantado el principio de Igualdad y Libre Competencia, y el Imparcialidad consagrados en el Inc. b) del Art. 4° de la Ley N° 7021/2022, que reza: “d) Igualdad y Libre Competencia: todo potencial oferente que tenga la solvencia técnica, económica y legal necesaria para responder a los compromisos que supone la contratación con el Estado paraguayo y que cumpla con los requisitos establecidos en la presente Ley, en su reglamento, en las bases y condiciones y en las demás disposiciones administrativas, tendrá la posibilidad de participar sin restricciones y en igualdad de oportunidades en los procedimientos de contratación pública. e) Imparcialidad: las normativas, procedimientos y cualquier otro documento relacionado con la Cadena Integrada de Suministro Público, se dictarán y adoptarán en atención a criterios técnicos que permitan objetividad en el tratamiento a los sujetos del Sistema Nacional de Suministro Público”. Las especificaciones técnicas de los pliegos de requisitos de licitación se deben establecer con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato, por lo cual se solicita a la convocante la exclusión de los requisitos citados, a fin de dotar al presente procedimiento licitatorio de legalidad y armonizar el pliego con la normativa vigente.
Solicitamos a la Convocante la modificación del requisito establecido en el punto: Requisitos de los Contratos Presentados: La suma de titulares cubiertos en los contratos presentados deberá ser igual o superior a la cantidad de titulares exigida en el presente llamado, analizada de manera anual.
De esta manera se ha quebrantado el principio de Igualdad y Libre Competencia, y el Imparcialidad consagrados en el Inc. b) del Art. 4° de la Ley N° 7021/2022, que reza: “d) Igualdad y Libre Competencia: todo potencial oferente que tenga la solvencia técnica, económica y legal necesaria para responder a los compromisos que supone la contratación con el Estado paraguayo y que cumpla con los requisitos establecidos en la presente Ley, en su reglamento, en las bases y condiciones y en las demás disposiciones administrativas, tendrá la posibilidad de participar sin restricciones y en igualdad de oportunidades en los procedimientos de contratación pública. e) Imparcialidad: las normativas, procedimientos y cualquier otro documento relacionado con la Cadena Integrada de Suministro Público, se dictarán y adoptarán en atención a criterios técnicos que permitan objetividad en el tratamiento a los sujetos del Sistema Nacional de Suministro Público”. Las especificaciones técnicas de los pliegos de requisitos de licitación se deben establecer con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato, por lo cual se solicita a la convocante la exclusión de los requisitos citados, a fin de dotar al presente procedimiento licitatorio de legalidad y armonizar el pliego con la normativa vigente.
En respuesta a su consulta sobre el requisito establecido en el punto: Requisitos de los Contratos Presentados, le informamos que el criterio establecido en el Pliego de Bases y Condiciones (PBC) se mantiene, ya que consideramos que ofrece un margen amplio para la participación de potenciales oferentes.
Este criterio permite que los oferentes tengan la libertad de presentar la cantidad de contratos que consideren necesarios para alcanzar la cantidad de titulares exigida en el presente llamado, sin limitarse a un único contrato o proveedor. Asimismo, este mecanismo garantiza que el volumen de servicios efectivamente manejado por el oferente sea debidamente demostrado, asegurando la capacidad operativa de los participantes.
Por lo tanto, consideramos que el requisito no restringe la libre competencia ni vulnera el principio de igualdad, sino que, por el contrario, garantiza una evaluación objetiva de la experiencia de cada oferente en función de su capacidad demostrada en el mercado.
7
CAPACIDAD TECNICA
Solicitamos a la Convocante SUPRIMIR la COBERTURA ODONTOLOGICA solicitada en el PBC, ya que evidencia el direccionamiento hacia el actual Proveedor, siendo esta la única Empresa presentada en los llamados anteriores y la única con un Centro Odontologico propio, capaz de proveer dicha cobertura. Ya que el monto máximo establecido por Ley de gs. 1.000.000 por titular, no se ajusta al costo real estimado para una cobertura como solicita el PBC con la cobertura odontologica incluida.
De esta manera se quebranta el principio de Igualdad y Libre Competencia, y el Imparcialidad consagrados en el Inc. b) del Art. 4° de la Ley N° 7021/2022, que reza: “d) Igualdad y Libre Competencia: todo potencial oferente que tenga la solvencia técnica, económica y legal necesaria para responder a los compromisos que supone la contratación con el Estado paraguayo y que cumpla con los requisitos establecidos en la presente Ley, en su reglamento, en las bases y condiciones y en las demás disposiciones administrativas, tendrá la posibilidad de participar sin restricciones y en igualdad de oportunidades en los procedimientos de contratación pública. e) Imparcialidad: las normativas, procedimientos y cualquier otro documento relacionado con la Cadena Integrada de Suministro Público, se dictarán y adoptarán en atención a criterios técnicos que permitan objetividad en el tratamiento a los sujetos del Sistema Nacional de Suministro Público”. Las especificaciones técnicas de los pliegos de requisitos de licitación se deben establecer con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato, por lo cual se solicita a la convocante la exclusión de los requisitos citados, a fin de dotar al presente procedimiento licitatorio de legalidad y armonizar el pliego con la normativa vigente.
Solicitamos a la Convocante SUPRIMIR la COBERTURA ODONTOLOGICA solicitada en el PBC, ya que evidencia el direccionamiento hacia el actual Proveedor, siendo esta la única Empresa presentada en los llamados anteriores y la única con un Centro Odontologico propio, capaz de proveer dicha cobertura. Ya que el monto máximo establecido por Ley de gs. 1.000.000 por titular, no se ajusta al costo real estimado para una cobertura como solicita el PBC con la cobertura odontologica incluida.
De esta manera se quebranta el principio de Igualdad y Libre Competencia, y el Imparcialidad consagrados en el Inc. b) del Art. 4° de la Ley N° 7021/2022, que reza: “d) Igualdad y Libre Competencia: todo potencial oferente que tenga la solvencia técnica, económica y legal necesaria para responder a los compromisos que supone la contratación con el Estado paraguayo y que cumpla con los requisitos establecidos en la presente Ley, en su reglamento, en las bases y condiciones y en las demás disposiciones administrativas, tendrá la posibilidad de participar sin restricciones y en igualdad de oportunidades en los procedimientos de contratación pública. e) Imparcialidad: las normativas, procedimientos y cualquier otro documento relacionado con la Cadena Integrada de Suministro Público, se dictarán y adoptarán en atención a criterios técnicos que permitan objetividad en el tratamiento a los sujetos del Sistema Nacional de Suministro Público”. Las especificaciones técnicas de los pliegos de requisitos de licitación se deben establecer con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato, por lo cual se solicita a la convocante la exclusión de los requisitos citados, a fin de dotar al presente procedimiento licitatorio de legalidad y armonizar el pliego con la normativa vigente.
En respuesta a su solicitud de supresión de la cobertura odontológica en el Pliego de Bases y Condiciones (PBC), le informamos que este requisito ha sido excluido de los requerimientos establecidos en el llamado.
Con esta modificación, buscamos garantizar una mayor apertura a la participación de oferentes, asegurando el cumplimiento de los principios de igualdad, libre competencia e imparcialidad en el proceso licitatorio.
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SUMINISTROS REQUERIDOS
Se solicita a la convocante definir el tiempo que tendrá el proveedor de entregar los carnets a los beneficiarios.
En la pag. 25, items 3. LA IDENTIFICACION, establece un plazo de 60 días habiles desde la entrega oficial de la nomina de funcionarios. Pero en la pag. 27, establece que,Los carnets identificatorios deberán ser entregados mínimamente en un plazo no mayor a 15 días hábiles, luego de ser comunicado los datos correspondientes.
Se solicita a la convocante definir el tiempo que tendrá el proveedor de entregar los carnets a los beneficiarios.
En la pag. 25, items 3. LA IDENTIFICACION, establece un plazo de 60 días habiles desde la entrega oficial de la nomina de funcionarios. Pero en la pag. 27, establece que,Los carnets identificatorios deberán ser entregados mínimamente en un plazo no mayor a 15 días hábiles, luego de ser comunicado los datos correspondientes.
En respuesta a su consulta sobre el tiempo de entrega de los carnets identificatorios, le informamos que el Pliego de Bases y Condiciones (PBC) ha sido modificado para establecer el plazo sin ambigüedades.
Con esta actualización, se busca brindar mayor claridad en los requisitos y evitar interpretaciones contradictorias respecto al tiempo de entrega de los carnets a los beneficiarios.
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SUMINISTROS REQUERIDOS
CONSULTAMOS A LA CONVOCANTE EL CRITERIO O ESTUDIO FINANCIERO REALIZADO PARA DEFINIR Y SOLICITAR LA COBERTURA DE MEDICAMENTOS Y DESCARTABLES, INCLUYENDO OXIGENO HASTA EL MONTO DE GUARANIES 15 MILLONES EN LAS INTERNACIONES CLINICAS, QUIRURGICAS, TERAPIA INTERMEDIA E INTENSIVA Y LO MISMO PARA EL SERVICIOS DE URGENCIAS QUE SE INDICA COBERTURA 100% EN ESTOS CONCEPTOS. TENIENDO EN CUENTA QUE EL MONTO ESTIMADO POR TITULAR ES DE UNOS 900.000 GUARANIES. ESTO RESULTA UN TANTO INCOHERENTE E IRRACIONAL PARA LOS POSIBLES OFERENTES SIN SANATORIO PROPIO Y QUIZAS RESULTE UN TANTO SOSTENIBLE PARA AQUEL OFERENTE QUE SI CUENTE CON SANATORIOS PROPIOS, COMO ES EL CASO DEL ACTUAL PROVEEDOR.
POR LA RAZÓN EXPUESTA SOLICITAMOS A LA CONVOCANTE REEVALUAR LO SOLICITADO Y DISMINUIR EL MONTO EN LAS INTERNACIONES A UN PEDIDO QUE SE AJUSTE A LA RAZONABILIDAD Y LO MISMO PARA EL SERVICIO DE URGENCIAS.
GRACIAS.
CONSULTAMOS A LA CONVOCANTE EL CRITERIO O ESTUDIO FINANCIERO REALIZADO PARA DEFINIR Y SOLICITAR LA COBERTURA DE MEDICAMENTOS Y DESCARTABLES, INCLUYENDO OXIGENO HASTA EL MONTO DE GUARANIES 15 MILLONES EN LAS INTERNACIONES CLINICAS, QUIRURGICAS, TERAPIA INTERMEDIA E INTENSIVA Y LO MISMO PARA EL SERVICIOS DE URGENCIAS QUE SE INDICA COBERTURA 100% EN ESTOS CONCEPTOS. TENIENDO EN CUENTA QUE EL MONTO ESTIMADO POR TITULAR ES DE UNOS 900.000 GUARANIES. ESTO RESULTA UN TANTO INCOHERENTE E IRRACIONAL PARA LOS POSIBLES OFERENTES SIN SANATORIO PROPIO Y QUIZAS RESULTE UN TANTO SOSTENIBLE PARA AQUEL OFERENTE QUE SI CUENTE CON SANATORIOS PROPIOS, COMO ES EL CASO DEL ACTUAL PROVEEDOR.
POR LA RAZÓN EXPUESTA SOLICITAMOS A LA CONVOCANTE REEVALUAR LO SOLICITADO Y DISMINUIR EL MONTO EN LAS INTERNACIONES A UN PEDIDO QUE SE AJUSTE A LA RAZONABILIDAD Y LO MISMO PARA EL SERVICIO DE URGENCIAS.
GRACIAS.
En respuesta a su consulta sobre el criterio utilizado para definir la cobertura de medicamentos, descartables y oxígeno en internaciones clínicas, quirúrgicas, terapia intermedia e intensiva, así como en los servicios de urgencias, le informamos lo siguiente:
1. Se han excluido algunos requerimientos, con el fin de ajustar la cobertura a criterios más razonables y ampliar la posibilidad de participación de oferentes.
2. Con respecto al monto asignado para descartables, ya hemos respondido en consultas anteriores que se mantiene el monto establecido en el Pliego de Bases y Condiciones (PBC), conforme a los parámetros reglados por la DNCP y con base en el estudio de mercado publicado en el portal de contrataciones públicas.
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SUMINISTROS REQUERIDOS
SE SOLICITA A LA CONVOCANTE SUPRIMIR EL SIGUIENTE PUNTO DEL PBC.
13. VISITAS DOMICILIARIAS:
Visitas con carácter no urgente a cargo de un plantel compuesto por tres médicos para adultos y tres médicos para niños, dentro de las tres horas de recibido el llamado (indefectiblemente). Deberá también contemplase la cobertura conforme al cuadro de Centros Asistenciales habilitados, sin costo y con provisión de medicamentos hasta Gs. 200.000.- (guaraníes doscientos mil).
EN NINGUN CASO, LO SOLICITADO EN ESTE PUNTO SE AJUSTA A LA RAZONABILIDAD. SE SOLICITA 7 SANATORIOS EN ASUNCION, TRES DE NIVEL 3, COMO MINIMO UN SANATORIO EN CADA CIUDAD REFERENTE, INCLUSIVE SE SOLICITA PRESTADORES EN LOCALIDADES EN DONDE LA CONVOCANTE NO CUENTA CON UN CENTRO DE INVESTIGACION O CAMPO EXPERIMENTAL, SERVICIO DE AMBULANCIA, SE INDICA LAS ESPECIALIDADES QUE EL OFERENTE DEBE DE TENER Y CON TODO ESTO TAMBIEN SE DEBE DE TENER A 6 MEDIOS PRESTOS PARA UNA ATENCION DOMICILIARIA A LAS 3 HORAS DE SOLICITADO EL SERVICIO.
LO SOLICITADO NO SE AJUSTA AL MONTO POSIBLE A ABONAR POR CADA TITULAR.
SE SOLICITA A LA CONVOCANTE SUPRIMIR EL SIGUIENTE PUNTO DEL PBC.
13. VISITAS DOMICILIARIAS:
Visitas con carácter no urgente a cargo de un plantel compuesto por tres médicos para adultos y tres médicos para niños, dentro de las tres horas de recibido el llamado (indefectiblemente). Deberá también contemplase la cobertura conforme al cuadro de Centros Asistenciales habilitados, sin costo y con provisión de medicamentos hasta Gs. 200.000.- (guaraníes doscientos mil).
EN NINGUN CASO, LO SOLICITADO EN ESTE PUNTO SE AJUSTA A LA RAZONABILIDAD. SE SOLICITA 7 SANATORIOS EN ASUNCION, TRES DE NIVEL 3, COMO MINIMO UN SANATORIO EN CADA CIUDAD REFERENTE, INCLUSIVE SE SOLICITA PRESTADORES EN LOCALIDADES EN DONDE LA CONVOCANTE NO CUENTA CON UN CENTRO DE INVESTIGACION O CAMPO EXPERIMENTAL, SERVICIO DE AMBULANCIA, SE INDICA LAS ESPECIALIDADES QUE EL OFERENTE DEBE DE TENER Y CON TODO ESTO TAMBIEN SE DEBE DE TENER A 6 MEDIOS PRESTOS PARA UNA ATENCION DOMICILIARIA A LAS 3 HORAS DE SOLICITADO EL SERVICIO.
LO SOLICITADO NO SE AJUSTA AL MONTO POSIBLE A ABONAR POR CADA TITULAR.
En respuesta a su consulta sobre el requerimiento de visitas domiciliarias establecido en el Pliego de Bases y Condiciones (PBC), le informamos que se ha modificado el PBC con el objetivo de no limitar la participación de potenciales oferentes, garantizando al mismo tiempo que la cobertura responda de manera objetiva e imparcial a las necesidades institucionales.
Esta modificación busca equilibrar la viabilidad de la prestación del servicio con los criterios técnicos y operativos requeridos para asegurar la adecuada atención de los beneficiarios.