El precio unitario estimado no condice con tan amplia cobertura establecida en el PBC, tal y como se observa en el requerimiento de la estimación de precios, solo se solicito a Promed, actual Empresa aseguradora y por varios años la única y reyva, el Pliego es casi la misma a los llamados anteriores, a la cual solo Promed se presentaba y al tener una Empresa en el rubro de Odontología, se evidencia el direccionamiento que existe y la falta de interés del actual Presidente de la IPTA a realizar un proceso trasparente. por lo que solicitamos a la convocante adecuar sus pretensiones
El precio unitario estimado no condice con tan amplia cobertura establecida en el PBC, tal y como se observa en el requerimiento de la estimación de precios, solo se solicito a Promed, actual Empresa aseguradora y por varios años la única y reyva, el Pliego es casi la misma a los llamados anteriores, a la cual solo Promed se presentaba y al tener una Empresa en el rubro de Odontología, se evidencia el direccionamiento que existe y la falta de interés del actual Presidente de la IPTA a realizar un proceso trasparente. por lo que solicitamos a la convocante adecuar sus pretensiones
En respuesta a su consulta sobre la estimación de precios y la cobertura establecida en el Pliego de Bases y Condiciones (PBC), le informamos que las cuestiones mencionadas han sido excluidas del PBC, con el objetivo de garantizar una mayor apertura y participación en el proceso.
Asimismo, queremos reafirmar que la intención del IPTA es asegurar un proceso transparente, con una competencia equitativa e imparcial, permitiendo la participación de todos los potenciales oferentes en igualdad de condiciones.
12
PBC
Solicitamos a la Convocante, establecer el tiempo máximo de internación clinica y quirurgica con cobertura. Así como se estableció para internacones en UTI, cesareas y partos normales. Dicha información es de vital importancia para el oferente, poder definir el costo de la oferta.
Solicitamos a la Convocante, establecer el tiempo máximo de internación clinica y quirurgica con cobertura. Así como se estableció para internacones en UTI, cesareas y partos normales. Dicha información es de vital importancia para el oferente, poder definir el costo de la oferta.
En respuesta a su consulta sobre la necesidad de establecer un tiempo máximo de internación clínica y quirúrgica con cobertura, le informamos que el Pliego de Bases y Condiciones (PBC) ha sido modificado para incluir dicha información, asegurando mayor claridad para los oferentes en la definición de sus costos.
Con esta actualización, buscamos garantizar la transparencia del proceso y brindar las condiciones necesarias para una participación equitativa.
13
LOCALIDADES
PBC pag. 50/81 Establece las localidades en las que la prestadora deberá contar con centros asistenciales, para: DEPARTAMENTO DE SAN PEDRO 1 (UNO), sin embargo desglosa lo siguiente:
-San Estanislao
-San Pedro del Ycuamandyju 2 (DOS)
Se solicita a la Convocante aclarar este punto. En la localidad de San Pedro del Ykuamandyju no existe más de un prestador.
PBC pag. 50/81 Establece las localidades en las que la prestadora deberá contar con centros asistenciales, para: DEPARTAMENTO DE SAN PEDRO 1 (UNO), sin embargo desglosa lo siguiente:
-San Estanislao
-San Pedro del Ycuamandyju 2 (DOS)
Se solicita a la Convocante aclarar este punto. En la localidad de San Pedro del Ykuamandyju no existe más de un prestador.
En respuesta a su consulta sobre la cantidad de centros asistenciales requeridos en el Departamento de San Pedro, le informamos que el Pliego de Bases y Condiciones (PBC) ha sido corregido para evitar confusiones y establecer con precisión los requerimientos.
Se ha revisado el desglose correspondiente a las localidades y la cantidad de prestadores, asegurando que la información sea clara y acorde a la realidad existente.
14
CONDICIONES GENERALES DE PRESTACIÓN
"CONDICIONES GENERALES DE PRESTACIÓN
Todo tipo de: estudios, análisis, procedimientos o consultas, coberturas odontológicas, que no establecen aranceles preferenciales en el presente llamado, deberán tener aranceles preferenciales, estos sean de al menos 50% del costo real"
Se solicita a la convocante aclarar este apartado.
"CONDICIONES GENERALES DE PRESTACIÓN
Todo tipo de: estudios, análisis, procedimientos o consultas, coberturas odontológicas, que no establecen aranceles preferenciales en el presente llamado, deberán tener aranceles preferenciales, estos sean de al menos 50% del costo real"
Se solicita a la convocante aclarar este apartado.
En respuesta a su consulta sobre el apartado de Condiciones Generales de Prestación relacionado con los aranceles preferenciales, le informamos que el Pliego de Bases y Condiciones (PBC) ha sido modificado para brindar mayor claridad en su interpretación.
Se ha realizado una revisión del texto para precisar los alcances del requisito y evitar ambigüedades en su aplicación.
15
ALTA COMPLEJIDAD
"15. OTROS SERVICIOS CUBIERTOS:
Para los casos de Alta Complejidad (Cardiocirugía, Vascular periférico y Neurocirugía) la cobertura de medicamentos y materiales descartables se regirá por el anexo correspondiente." Se solicita a la Convocante indicar cantidad/monto de cobertura para MEDICAMENTOS Y DESCARTABLES PARA ALTA COMPLEJIDAD.
"15. OTROS SERVICIOS CUBIERTOS:
Para los casos de Alta Complejidad (Cardiocirugía, Vascular periférico y Neurocirugía) la cobertura de medicamentos y materiales descartables se regirá por el anexo correspondiente." Se solicita a la Convocante indicar cantidad/monto de cobertura para MEDICAMENTOS Y DESCARTABLES PARA ALTA COMPLEJIDAD.
En respuesta a su consulta sobre la cobertura de medicamentos y materiales descartables para procedimientos de alta complejidad (Cardiocirugía, Vascular Periférico y Neurocirugía), le informamos que el monto de cobertura establecido es de Gs. 15.000.000, conforme a lo estipulado en el Pliego de Bases y Condiciones (PBC).
Este límite se mantiene para garantizar una cobertura adecuada dentro de los parámetros definidos para el servicio.
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Cobertura oncológica
"7. ASISTENCIA MÉDICA Y SANATORIAL
Cobertura total e inmediata en consultorios, internaciones y servicios de urgencias y/o emergencias en las siguientes especialidades(eventos clínicos y quirúrgicos, sean accidentales o no, incluyendo los derivados de eventos deportivos a excepción de aquellos de alto riesgo como automovilismo, boxeo y artes marciales):
Cobertura inmediata en consultas (en consultorio), internaciones clínicas y servicios de urgencias en las siguientes especialidades;
Oncología (Cirugía, Quimioterapia) Adultos/Niños. Cobertura total de honorarios Profesionales de las primeras 10 sesiones por beneficiario año. Se excluye los medicamentos y drogas oncológicas"
Sin embargo, en la sección de SERVICIOS SIN COBERTURA ESPECIFICA: "Atención y tratamiento de eventos oncológicos." Se solicita a la convocante definir claramente este punto, y suprimir la cobertura oncológica teniendo en cuenta que el alto costo que ello implica no se condice con el monto a abonar por funcionario.
"7. ASISTENCIA MÉDICA Y SANATORIAL
Cobertura total e inmediata en consultorios, internaciones y servicios de urgencias y/o emergencias en las siguientes especialidades(eventos clínicos y quirúrgicos, sean accidentales o no, incluyendo los derivados de eventos deportivos a excepción de aquellos de alto riesgo como automovilismo, boxeo y artes marciales):
Cobertura inmediata en consultas (en consultorio), internaciones clínicas y servicios de urgencias en las siguientes especialidades;
Oncología (Cirugía, Quimioterapia) Adultos/Niños. Cobertura total de honorarios Profesionales de las primeras 10 sesiones por beneficiario año. Se excluye los medicamentos y drogas oncológicas"
Sin embargo, en la sección de SERVICIOS SIN COBERTURA ESPECIFICA: "Atención y tratamiento de eventos oncológicos." Se solicita a la convocante definir claramente este punto, y suprimir la cobertura oncológica teniendo en cuenta que el alto costo que ello implica no se condice con el monto a abonar por funcionario.
En respuesta a su consulta sobre la cobertura oncológica en el Pliego de Bases y Condiciones (PBC), le informamos que se ha revisado el PBC para ajustar los requerimientos y evitar confusiones para los oferentes.
17
Capacidad técnica
En el ítem “Requisitos documentales para evaluar el criterio de capacidad técnica”, se consigna como requisito “Presentar copias de contratos, constancias, o adjudicaciones, con sus respectivas facturas por los contratos que se ofrecen por cada uno de los últimos cinco años, de clientes de organización pública y/o privada, con igual o superior cantidad de titulares al presente llamado, y con cobertura médico sanatorial a la que exige en el presente PBC”. Se solicita a la Convocante favor aclarar que los contratos a ser presentados deben ser de servicios de medicina prepaga.
En el ítem “Requisitos documentales para evaluar el criterio de capacidad técnica”, se consigna como requisito “Presentar copias de contratos, constancias, o adjudicaciones, con sus respectivas facturas por los contratos que se ofrecen por cada uno de los últimos cinco años, de clientes de organización pública y/o privada, con igual o superior cantidad de titulares al presente llamado, y con cobertura médico sanatorial a la que exige en el presente PBC”. Se solicita a la Convocante favor aclarar que los contratos a ser presentados deben ser de servicios de medicina prepaga.
En respuesta a su consulta sobre los contratos requeridos en el ítem "Requisitos documentales para evaluar el criterio de capacidad técnica", le informamos que se tomará en cuenta su solicitud para la redacción del Pliego de Bases y Condiciones (PBC), con el fin de garantizar una mayor claridad en los requisitos establecidos.
18
Beneficiarios
Se solicita a la convocante favor fijar una edad límite para la incorporación de los padres como parte del grupo familiar o adherentes con costos, teniendo en cuenta que la cobertura supera el presupuesto de la cartera.
Se solicita a la convocante favor fijar una edad límite para la incorporación de los padres como parte del grupo familiar o adherentes con costos, teniendo en cuenta que la cobertura supera el presupuesto de la cartera.
En respuesta a su consulta sobre la edad límite para la incorporación de los padres como parte del grupo familiar o adherentes con costos, le informamos que este requisito ha sido ajustado en el Pliego de Bases y Condiciones (PBC), conforme a la disponibilidad presupuestaria establecida.
19
Identificación
Se solicita a la convocante favor aclarar si el plazo de entrega de los carnets de identificación de los beneficiarios es de 60 días hábiles desde la entrega de nómina (página 26) o de 15 días hábiles (página 28).
Se solicita a la convocante favor aclarar si el plazo de entrega de los carnets de identificación de los beneficiarios es de 60 días hábiles desde la entrega de nómina (página 26) o de 15 días hábiles (página 28).
En respuesta a su consulta sobre el plazo de entrega de los carnets de identificación de los beneficiarios, le informamos que se ha establecido de forma clara el plazo de entrega en el Pliego de Bases y Condiciones (PBC), evitando cualquier ambigüedad en la interpretación.
20
Vigencia de los servicios
En el ítem 4 “Vigencia de los servicios” , se consigna como requisito “ La prestadora de servicios adjudicada deberá obligatoriamente reportar a la Convocante en forma trimestral, por escrito especificando los nombres de los titulares y adherentes que usufructúan los diferentes servicios ofrecidos (lista de consultas realizadas con los diferentes profesionales médicos de manera poseer un banco de datos relacionados a la cantidad de eventos y tipologías de servicios médicos otorgados a su plantel de funcionarios, a fin de cuantificar y realizar la estimación de costo en futuras licitaciones, dichas informaciones serán manejadas con carácter confidencial por la Dirección de Gestión y Desarrollo de las Personas, para el fin expuesto precedentemente ”. Se solicita a la Convocante la eliminación del requerimiento debido a que los datos específicos solicitados son considerados datos personales sensibles, y conforme a lo establecido en la Ley 6534/2020 “De protección de datos personales crediticios” su publicidad o difusión se encuentra prohibida.
En el ítem 4 “Vigencia de los servicios” , se consigna como requisito “ La prestadora de servicios adjudicada deberá obligatoriamente reportar a la Convocante en forma trimestral, por escrito especificando los nombres de los titulares y adherentes que usufructúan los diferentes servicios ofrecidos (lista de consultas realizadas con los diferentes profesionales médicos de manera poseer un banco de datos relacionados a la cantidad de eventos y tipologías de servicios médicos otorgados a su plantel de funcionarios, a fin de cuantificar y realizar la estimación de costo en futuras licitaciones, dichas informaciones serán manejadas con carácter confidencial por la Dirección de Gestión y Desarrollo de las Personas, para el fin expuesto precedentemente ”. Se solicita a la Convocante la eliminación del requerimiento debido a que los datos específicos solicitados son considerados datos personales sensibles, y conforme a lo establecido en la Ley 6534/2020 “De protección de datos personales crediticios” su publicidad o difusión se encuentra prohibida.
En respuesta a su consulta sobre el requerimiento de reporte trimestral de los servicios utilizados, le informamos que este requisito ha sido modificado en el Pliego de Bases y Condiciones (PBC).