Dice experiencia mínima de 2 años para el técnico certificado de PMP, el cual me genera la duda si la experiencia ya debe ser como PMP o se declara con algún documento que hizo trabajos similares sin ser PMP, sería la antigüedad de la certificación o de los trabajos.
La misma consulta, con los tres técnicos juniors.
Dice experiencia mínima de 2 años para el técnico certificado de PMP, el cual me genera la duda si la experiencia ya debe ser como PMP o se declara con algún documento que hizo trabajos similares sin ser PMP, sería la antigüedad de la certificación o de los trabajos.
Buenas tardes,
La consulta es si los técnicos citados como PMP y JUNIORS, deben presentar contrato y/o planilla IPS, o se puede presentar como subcontratistas?
para obtencion del titulo de PMP, se necesita acreditar al menos 3 años de experiencia laboral significativa en proyectos entendemos que a eso se refiere el pliego. saludos
para obtencion del titulo de PMP, se necesita acreditar al menos 3 años de experiencia laboral significativa en proyectos entendemos que a eso se refiere el pliego. saludos
Consulta:
En relación con el requisito que indica:
“El oferente debe presentar mínimo 2 (dos) constancias de haber realizado la IMPLEMENTACIÓN DEL SISTEMA DE GESTIÓN DE SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN (SGSI), como mínimo, correspondientes a los últimos 2 (dos) años (2022, 2023)”,
Se solicita amablemente a la entidad convocante considerar implementaciones realizadas durante el año 2024.
Consulta:
En relación con el requisito que indica:
“El oferente debe presentar mínimo 2 (dos) constancias de haber realizado la IMPLEMENTACIÓN DEL SISTEMA DE GESTIÓN DE SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN (SGSI), como mínimo, correspondientes a los últimos 2 (dos) años (2022, 2023)”,
Se solicita amablemente a la entidad convocante considerar implementaciones realizadas durante el año 2024.
En la sección CAPACIDAD TÉCNICA, donde dice: “El oferente deberá demostrar la provisión en la IMPLEMENTACIÓN DEL SISTEMA DE GESTIÓN DE SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN (SGSI), a empresas públicas y/o privadas.
Se solicita gentilmente especificar el monto mínimo equivalente al monto total ofertado que la suma de las experiencias de IMPLEMENTACIÓN DEL SISTEMA DE GESTIÓN DE SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN (SGSI) deberán cumplir mediante la presentación de Contratos, Facturaciones y/o recepciones finales.
En la sección CAPACIDAD TÉCNICA, donde dice: “El oferente deberá demostrar la provisión en la IMPLEMENTACIÓN DEL SISTEMA DE GESTIÓN DE SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN (SGSI), a empresas públicas y/o privadas.
Se solicita gentilmente especificar el monto mínimo equivalente al monto total ofertado que la suma de las experiencias de IMPLEMENTACIÓN DEL SISTEMA DE GESTIÓN DE SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN (SGSI) deberán cumplir mediante la presentación de Contratos, Facturaciones y/o recepciones finales.
Se solicita a la convocante aclarar respecto al alcance deseado de la implementación del SGSI, dando respuesta a las siguientes consultas: ¿Cuál es el alcance funcional y organizacional concreto del SGSI? ¿Qué departamentos o procesos deben quedar explícitamente dentro del alcance? ¿Se requiere una certificación ISO 27001 formal al cierre, o solo la implementación y formalización documental?. Esta consulta se formula en base al principio de razonabilidad, establecido en el artículo 4 de la Ley 7021, donde se regula que las distitntas actividades de la cadena integrada de suministro púbilcio, que en este caso incluye la publicación de pliegos de bases y condiciones, debe ser razonable en términos cuantitativos y cualitativos para satisfacer el ínteres público y el resultado esperado.
Se solicita a la convocante aclarar respecto al alcance deseado de la implementación del SGSI, dando respuesta a las siguientes consultas: ¿Cuál es el alcance funcional y organizacional concreto del SGSI? ¿Qué departamentos o procesos deben quedar explícitamente dentro del alcance? ¿Se requiere una certificación ISO 27001 formal al cierre, o solo la implementación y formalización documental?. Esta consulta se formula en base al principio de razonabilidad, establecido en el artículo 4 de la Ley 7021, donde se regula que las distitntas actividades de la cadena integrada de suministro púbilcio, que en este caso incluye la publicación de pliegos de bases y condiciones, debe ser razonable en términos cuantitativos y cualitativos para satisfacer el ínteres público y el resultado esperado.
Se solicita a la convocante aclarar respecto al alcance mínimo de las actividades de transferencia de conocimiento y capacitación, dando respuesta a las siguientes consultas:
¿Cuántas sesiones de capacitación y transferencia se requieren como mínimo?
¿A cuántos funcionarios debe abarcar la transferencia?
¿Debe incluirse la capacitación para auditores internos del banco?
Esta consulta se basa en el Artículo 3, inciso j) de la Ley N° 7021/22, que define como parte de la consultoría la transferencia de conocimiento; y en el Artículo 104, que obliga a difundir a través del SICP todos los detalles relevantes para la participación adecuada de los oferentes.
Se solicita a la convocante aclarar respecto al alcance mínimo de las actividades de transferencia de conocimiento y capacitación, dando respuesta a las siguientes consultas:
¿Cuántas sesiones de capacitación y transferencia se requieren como mínimo?
¿A cuántos funcionarios debe abarcar la transferencia?
¿Debe incluirse la capacitación para auditores internos del banco?
Esta consulta se basa en el Artículo 3, inciso j) de la Ley N° 7021/22, que define como parte de la consultoría la transferencia de conocimiento; y en el Artículo 104, que obliga a difundir a través del SICP todos los detalles relevantes para la participación adecuada de los oferentes.
Solicitamos a la convocante modificar los años 2022, 2023 y 2024 de presentación de Balance General y Cuadro de Estado de Resultados a fin de garantizar la capacidad financiera.
Solicitamos a la convocante modificar los años 2022, 2023 y 2024 de presentación de Balance General y Cuadro de Estado de Resultados a fin de garantizar la capacidad financiera.