Secciones
Versión 2
Versión 3
Diferencias entre las versiones 2 y 3
Adenda
Las modificaciones al presente procedimiento de contratación son los indicados a continuación:
Asunción, 03 de junio de 2025.
ADENDA
VERSION Nº 02 DEL PByC
En el marco de la LPN N° 49/2025 ADQUISICIÓN DE MEDICAMENTOS VITALES DESTINADOS A LA RED DE LABORATORIOS DEL MSPYBS, ID 460.209, se realizan modificaciones a los plazos del llamado, monto de llamado y presupuesto asignado, inclusión de ítems, precios referenciales (adjuntando Dictamen de precios referenciales y Dictamen de EETT), se renumeran los items que son determinados en el SICP, así también al PBC según el siguiente detalle.-
Motivo: respuesta a Protesta, modificaciones según Nota DGGIES 2233/25, 2424/25, 2709/25.-
Se detectaron modificaciones en las siguientes cláusulas:
Sección: Requisitos de participación y criterios de evaluación
- Requisitos documentales para evaluar el criterio de capacidad técnica
Sección: Suministros requeridos - especificaciones técnicas
- Especificaciones técnicas - CPS
Se puede realizar una comparación de esta versión del pliego con la versión anterior en el siguiente enlace: https://www.contrataciones.gov.py/licitaciones/convocatoria/460209-lpn-n-49-2025-adquisicion-medicamentos-vitales-destinados-red-laboratorios-mspybs-1/pliego/2/diferencias/1.html?seccion=adenda
La adenda es el documento emitido por la convocante, mediante la cual se modifican aspectos establecidos en las bases de la contratación. A los efectos legales, la adenda será considerada parte integrante del documento cuyo contenido modifique.
La convocante podrá introducir modificaciones cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley.
Las adendas serán difundidas en el SICP respetando los plazos establecidos en la resolución matriz de normas.
Obs: Cuando la convocante requiera prorrogar la fecha tope de presentación y apertura de ofertas, sin modificar los demás datos e información de las bases de la contratación, será difundida automáticamente a través del SICP y no se instrumentará a traves de adenda.
Adenda
Las modificaciones al presente procedimiento de contratación son los indicados a continuación:
Asunción, 24 de junio de 2025.
ADENDA
VERSION Nº 03 DEL PByC
En el marco de la LPN N° 49/2025 ADQUISICIÓN DE MEDICAMENTOS VITALES DESTINADOS A LA RED DE LABORATORIOS DEL MSPYBS, ID 460.209, se excluye el ítem SOLUCIÓN FISIOLOGICO (CLORURO DE SODIO), se modifican monto de llamado y presupuesto asignado, se renumeran los items que son determinados en el SICP aclarando que no se alteran los precios conforme al último Dictamen publicado, así también al PBC según el siguiente detalle.-
Motivo: exclusión del ítem SOLUCIÓN FISIOLOGICO (CLORURO DE SODIO).-
Se detectaron modificaciones en las siguientes cláusulas:
Sección: Suministros requeridos - especificaciones técnicas
- Especificaciones técnicas - CPS
Se puede realizar una comparación de esta versión del pliego con la versión anterior en el siguiente enlace: https://www.contrataciones.gov.py/licitaciones/convocatoria/460209-lpn-n-49-2025-adquisicion-medicamentos-vitales-destinados-red-laboratorios-mspybs-1/pliego/3/diferencias/2.html?seccion=adenda
La adenda es el documento emitido por la convocante, mediante la cual se modifican aspectos establecidos en las bases de la contratación. A los efectos legales, la adenda será considerada parte integrante del documento cuyo contenido modifique.
La convocante podrá introducir modificaciones cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley.
Las adendas serán difundidas en el SICP respetando los plazos establecidos en la resolución matriz de normas.
Obs: Cuando la convocante requiera prorrogar la fecha tope de presentación y apertura de ofertas, sin modificar los demás datos e información de las bases de la contratación, será difundida automáticamente a través del SICP y no se instrumentará a traves de adenda.
Adenda
Las modificaciones al presente procedimiento de contratación son los indicados a continuación:
Asunción, 0324 de junio de 2025.
ADENDA
VERSION Nº 0203 DEL PByC
En el marco de la LPN N° 49/2025 ADQUISICIÓN DE MEDICAMENTOS VITALES DESTINADOS A LA RED DE LABORATORIOS DEL MSPYBS, ID 460.209, se realizan modificaciones a los plazos del llamadoexcluye el ítem SOLUCIÓN FISIOLOGICO (CLORURO DE SODIO), se modifican monto de llamado y presupuesto asignado, inclusión de ítems, precios referenciales (adjuntando Dictamen de precios referenciales y Dictamen de EETT), se renumeran los items que son determinados en el SICP aclarando que no se alteran los precios conforme al último Dictamen publicado, así también al PBC según el siguiente detalle.-
Motivo: respuesta a Protesta, modificaciones según Nota DGGIES 2233/25, 2424/25, 2709/25exclusión del ítem SOLUCIÓN FISIOLOGICO (CLORURO DE SODIO).-
Se detectaron modificaciones en las siguientes cláusulas:
Sección: Requisitos de participación y criterios de evaluación
Requisitos documentales para evaluar el criterio de capacidad técnica
Sección: Suministros requeridos - especificaciones técnicas
- Especificaciones técnicas - CPS
Se puede realizar una comparación de esta versión del pliego con la versión anterior en el siguiente enlace: https://www.contrataciones.gov.py/licitaciones/convocatoria/460209-lpn-n-49-2025-adquisicion-medicamentos-vitales-destinados-red-laboratorios-mspybs-1/pliego/2/diferencias/1.html?seccion=adendahttps://www.contrataciones.gov.py/licitaciones/convocatoria/460209-lpn-n-49-2025-adquisicion-medicamentos-vitales-destinados-red-laboratorios-mspybs-1/pliego/3/diferencias/2.html?seccion=adenda
La adenda es el documento emitido por la convocante, mediante la cual se modifican aspectos establecidos en las bases de la contratación. A los efectos legales, la adenda será considerada parte integrante del documento cuyo contenido modifique.
La convocante podrá introducir modificaciones cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley.
Las adendas serán difundidas en el SICP respetando los plazos establecidos en la resolución matriz de normas.
Obs: Cuando la convocante requiera prorrogar la fecha tope de presentación y apertura de ofertas, sin modificar los demás datos e información de las bases de la contratación, será difundida automáticamente a través del SICP y no se instrumentará a traves de adenda.