Secciones
Versión 2
Versión 3
Diferencias entre las versiones 2 y 3
Adenda
Las modificaciones al presente procedimiento de contratación son los indicados a continuación:
Asunción, 04 de junio de 2025
PAC Nº: 460.004
ADENDA
VERSION Nº 02 DEL PBC
En el marco de la LPN Nº 20/2025 ADQUISICIÓN DE ADALIMUMAB PARA PACIENTES CON ENFERMEDADES AUTOINMUNES DEL MSPYBS, ID 457.884, se realizan modificaciones en la convocatoria respecto al nombre de la convocatoria, monto del llamado, las cantidades solicitadas y a los plazos que son determinados en el SICP (se adjunta Dictamen DOC 89/2025 y Resolución DGAF N° 1003/25) y al PBC a solicitud de la unidad requirente, los mismos se detallan a continuación:
Motivo: modificaciones mediante Nota MSPYBS/DGGIES/DG N° 2321/2025 y providencia del Viceministerio de Atención Integral de la Salud y Bienestar Social.
Se detectaron modificaciones en las siguientes cláusulas:
Sección: Requisitos de participación y criterios de evaluación
- Requisitos documentales para evaluar el criterio de capacidad técnica
Sección: Suministros requeridos - especificaciones técnicas
- Especificaciones técnicas - CPS
- Detalle de los bienes y/o servicios
Sección: Condiciones contractuales
- Formas y condiciones de pago
Se puede realizar una comparación de esta versión del pliego con la versión anterior en el siguiente enlace: https://www.contrataciones.gov.py/licitaciones/convocatoria/457884-lpn-n-20-2025-adquisicion-adalimumab-40-mg-0-8-ml-pacientes-enfermedades-autoinmunes/pliego/2/diferencias/1.html?seccion=adenda
La adenda es el documento emitido por la convocante, mediante la cual se modifican aspectos establecidos en las bases de la contratación. A los efectos legales, la adenda será considerada parte integrante del documento cuyo contenido modifique.
La convocante podrá introducir modificaciones cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley.
Las adendas serán difundidas en el SICP respetando los plazos establecidos en la resolución matriz de normas.
Obs: Cuando la convocante requiera prorrogar la fecha tope de presentación y apertura de ofertas, sin modificar los demás datos e información de las bases de la contratación, será difundida automáticamente a través del SICP y no se instrumentará a traves de adenda.
Adenda
Las modificaciones al presente procedimiento de contratación son los indicados a continuación:
Asunción, 16 de julio de 2025
ADENDA
VERSION Nº 03 DEL PBC
En el marco de la LPN Nº 20/2025 ADQUISICIÓN DE ADALIMUMAB PARA PACIENTES CON ENFERMEDADES AUTOINMUNES DEL MSPYBS, ID 457.884, se realizan modificaciones a los plazos del llamdo y al PBC a solicitud de la unidad requirente, los mismos se detallan a continuación:
Motivo: respuestas a consultas mediante Nota MSPYBS/DGGIES/DG N° 3346/2025, a las observaciones de la DNCP mediante Nota MSPYBS/DGGIES/DG N° 3345/2025.
Se detectaron modificaciones en las siguientes cláusulas:
Sección: Datos de la convocatoria
- Autorización del Fabricante
- Muestras
Sección: Requisitos de participación y criterios de evaluación
- Requisitos documentales para evaluar el criterio de capacidad técnica
Se puede realizar una comparación de esta versión del pliego con la versión anterior en el siguiente enlace: https://www.contrataciones.gov.py/licitaciones/convocatoria/457884-lpn-n-20-2025-adquisicion-adalimumab-40-mg-0-8-ml-pacientes-enfermedades-autoinmunes/pliego/3/diferencias/2.html?seccion=adenda
La adenda es el documento emitido por la convocante, mediante la cual se modifican aspectos establecidos en las bases de la contratación. A los efectos legales, la adenda será considerada parte integrante del documento cuyo contenido modifique.
La convocante podrá introducir modificaciones cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley.
Las adendas serán difundidas en el SICP respetando los plazos establecidos en la resolución matriz de normas.
Obs: Cuando la convocante requiera prorrogar la fecha tope de presentación y apertura de ofertas, sin modificar los demás datos e información de las bases de la contratación, será difundida automáticamente a través del SICP y no se instrumentará a traves de adenda.
Adenda
Las modificaciones al presente procedimiento de contratación son los indicados a continuación:
Asunción, 0416 de juniojulio de 2025
PAC Nº: 460.004
ADENDA
VERSION Nº 0203 DEL PBC
En el marco de la LPN Nº 20/2025 ADQUISICIÓN DE ADALIMUMAB PARA PACIENTES CON ENFERMEDADES AUTOINMUNES DEL MSPYBS, ID 457.884, se realizan modificaciones en la convocatoria respecto al nombre de la convocatoria, monto del llamado, las cantidades solicitadas y a los plazos que son determinados en el SICP (se adjunta Dictamen DOC 89/2025 y Resolución DGAF N° 1003/25)del llamdo y al PBC a solicitud de la unidad requirente, los mismos se detallan a continuación:
Motivo: modificacionesrespuestas a consultas mediante Nota MSPYBS/DGGIES/DG N° 23213346/2025 y providencia del Viceministerio de Atención Integral, a las observaciones de la Salud y Bienestar SocialDNCP mediante Nota MSPYBS/DGGIES/DG N° 3345/2025.
Se detectaron modificaciones en las siguientes cláusulas:
Sección: Datos de la convocatoria
- Autorización del Fabricante
- Muestras
Sección: Requisitos de participación y criterios de evaluación
Requisitos documentales para evaluar el criterio de capacidad técnica
Sección: Suministros requeridos - especificaciones técnicas
Especificaciones técnicas - CPSDetalle de los bienes y/o servicios
Sección: Condiciones contractuales
Formas y condiciones de pago- Requisitos documentales para evaluar el criterio de capacidad técnica
Se puede realizar una comparación de esta versión del pliego con la versión anterior en el siguiente enlace: https://www.contrataciones.gov.py/licitaciones/convocatoria/457884-lpn-n-20-2025-adquisicion-adalimumab-40-mg-0-8-ml-pacientes-enfermedades-autoinmunes/pliego/2/diferencias/1.html?seccion=adendahttps://www.contrataciones.gov.py/licitaciones/convocatoria/457884-lpn-n-20-2025-adquisicion-adalimumab-40-mg-0-8-ml-pacientes-enfermedades-autoinmunes/pliego/3/diferencias/2.html?seccion=adenda
La adenda es el documento emitido por la convocante, mediante la cual se modifican aspectos establecidos en las bases de la contratación. A los efectos legales, la adenda será considerada parte integrante del documento cuyo contenido modifique.
La convocante podrá introducir modificaciones cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley.
Las adendas serán difundidas en el SICP respetando los plazos establecidos en la resolución matriz de normas.
Obs: Cuando la convocante requiera prorrogar la fecha tope de presentación y apertura de ofertas, sin modificar los demás datos e información de las bases de la contratación, será difundida automáticamente a través del SICP y no se instrumentará a traves de adenda.
