Secciones
Versión 1
Versión 2
Diferencias entre las versiones 1 y 2
Adenda
Las modificaciones al presente procedimiento de contratación son los indicados a continuación:
La adenda es el documento emitido por la convocante, mediante la cual se modifican aspectos establecidos en las bases de la contratación. A los efectos legales, la adenda será considerada parte integrante del documento cuyo contenido modifique.
La convocante podrá introducir modificaciones cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley.
Las adendas serán difundidas en el SICP respetando los plazos establecidos en la resolución matriz de normas.
Obs: Cuando la convocante requiera prorrogar la fecha tope de presentación y apertura de ofertas, sin modificar los demás datos e información de las bases de la contratación, será difundida automáticamente a través del SICP y no se instrumentará a traves de adenda.
Adenda
Las modificaciones al presente procedimiento de contratación son los indicados a continuación:
ADENDA N° 01
La Unidad Operativa de Contrataciones (U.O.C), de la Gobernación del XIII Departamento de Amambay, aclara:
Sección: Requisitos de participación y criterios de evaluación.
Modificaciones
- Condiciones en cuanto a los consorcios/coaseguros
- Datos de Licitacion - Clausula: Muestras.
Se detectaron modificaciones en las siguientes cláusulas:
Sección: Datos de la convocatoria
- Muestras
Sección: Requisitos de participación y criterios de evaluación
- Capacidad Financiera
- Experiencia requerida
Se puede realizar una comparación de esta versión del pliego con la versión anterior en el siguiente enlace: https://www.contrataciones.gov.py/licitaciones/convocatoria/458258-alimentacion-escolar-programa-hambre-cero-distritos-pedro-juan-caballero-cerro-cora/pliego/2/diferencias/1.html?seccion=adenda
La adenda es el documento emitido por la convocante, mediante la cual se modifican aspectos establecidos en las bases de la contratación. A los efectos legales, la adenda será considerada parte integrante del documento cuyo contenido modifique.
La convocante podrá introducir modificaciones cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley.
Las adendas serán difundidas en el SICP respetando los plazos establecidos en la resolución matriz de normas.
Obs: Cuando la convocante requiera prorrogar la fecha tope de presentación y apertura de ofertas, sin modificar los demás datos e información de las bases de la contratación, será difundida automáticamente a través del SICP y no se instrumentará a traves de adenda.
Adenda
Las modificaciones al presente procedimiento de contratación son los indicados a continuación:
ADENDA N° 01
La Unidad Operativa de Contrataciones (U.O.C), de la Gobernación del XIII Departamento de Amambay, aclara:
Sección: Requisitos de participación y criterios de evaluación.
Modificaciones
- Condiciones en cuanto a los consorcios/coaseguros
- Datos de Licitacion - Clausula: Muestras.
Se detectaron modificaciones en las siguientes cláusulas:
Sección: Datos de la convocatoria
- Muestras
Sección: Requisitos de participación y criterios de evaluación
- Capacidad Financiera
- Experiencia requerida
Se puede realizar una comparación de esta versión del pliego con la versión anterior en el siguiente enlace: https://www.contrataciones.gov.py/licitaciones/convocatoria/458258-alimentacion-escolar-programa-hambre-cero-distritos-pedro-juan-caballero-cerro-cora/pliego/2/diferencias/1.html?seccion=adenda
La adenda es el documento emitido por la convocante, mediante la cual se modifican aspectos establecidos en las bases de la contratación. A los efectos legales, la adenda será considerada parte integrante del documento cuyo contenido modifique.
La convocante podrá introducir modificaciones cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley.
Las adendas serán difundidas en el SICP respetando los plazos establecidos en la resolución matriz de normas.
Obs: Cuando la convocante requiera prorrogar la fecha tope de presentación y apertura de ofertas, sin modificar los demás datos e información de las bases de la contratación, será difundida automáticamente a través del SICP y no se instrumentará a traves de adenda.