El PBC solicita Copia autenticada de la habilitación de SENACSA como establecimiento Elaborador de productos, subproductos y derivados comestibles de consumo interno , para su instalación como Establecimiento Elaborador de productos lácteos, vigente al momento de apertura .Dicha habilitación debe ser del oferente
CONSULTAMOS A LA CONVOCANTE PARA EL CASO DE SER OFERENTE Y NO FABRICANTE,SI ES VALIDO LA PRESENTACION DE LA HABILITACION DEL FABRICANTE?
El PBC solicita Copia autenticada de la habilitación de SENACSA como establecimiento Elaborador de productos, subproductos y derivados comestibles de consumo interno , para su instalación como Establecimiento Elaborador de productos lácteos, vigente al momento de apertura .Dicha habilitación debe ser del oferente
CONSULTAMOS A LA CONVOCANTE PARA EL CASO DE SER OFERENTE Y NO FABRICANTE,SI ES VALIDO LA PRESENTACION DE LA HABILITACION DEL FABRICANTE?
Remitirse a lo estipulado en el Pliego de Bases y Condiciones (PBC).
Los requerimientos del presente llamado se han definido en base a los principios mantenidos y los incorporados en el marco regulatorio vigente Ley 7021/2022, son los de Economía, Eficacia, Eficiencia, Valor por Dinero, Razonabilidad, principios bajo los que se busca lograr asegurar el aprovisionamiento, la trazabilidad y la gestión eficiente en el cumplimiento del objetivo del llamado, siendo la Habilitación del SENACSA uno de los documentos que forman parte de este proceso.
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Certificado de Cumplimiento de Buenas Prácticas de Manufactura
En el punto 1 - Sección Requisitos documentales para evaluar el criterio de capacidad técnica Se indica que el Certificado de Cumplimiento de Buenas Prácticas de Manufactura podrá ser presentado a la Dirección Administrativa del INAN, antes de la primera entrega de leche. Solicitamos a la convocante se aclare la razón por la cual se realiza la excepción de presentación de la copia autenticada del Certificado de Buenas Prácticas incluso hasta antes de la primera entrega y no en el momento de la apertura de ofertas. Instamos a la convocante a que se mantenga la exigencia de la presentación de la copia autenticada del Certificado de Cumplimiento de Buenas Prácticas de Manufactura emitido por el INAN en la etapa de apertura de propuestas. Este documento es fundamental para garantizar que los oferentes estén en condiciones de ofertar el producto con la calidad requerida para el programa en cuestión. En los llamados anteriores siempre se debía presentar para la apertura, junto con los otros documentos mandatorios. Al no exigirlo se corre el riesgo de que se evalúe y se adjudique una propuesta de oferentes que no cumplen con los requisitos fundamentales
14-11-2024
13-01-2025
Certificado de Cumplimiento de Buenas Prácticas de Manufactura
En el punto 1 - Sección Requisitos documentales para evaluar el criterio de capacidad técnica Se indica que el Certificado de Cumplimiento de Buenas Prácticas de Manufactura podrá ser presentado a la Dirección Administrativa del INAN, antes de la primera entrega de leche. Solicitamos a la convocante se aclare la razón por la cual se realiza la excepción de presentación de la copia autenticada del Certificado de Buenas Prácticas incluso hasta antes de la primera entrega y no en el momento de la apertura de ofertas. Instamos a la convocante a que se mantenga la exigencia de la presentación de la copia autenticada del Certificado de Cumplimiento de Buenas Prácticas de Manufactura emitido por el INAN en la etapa de apertura de propuestas. Este documento es fundamental para garantizar que los oferentes estén en condiciones de ofertar el producto con la calidad requerida para el programa en cuestión. En los llamados anteriores siempre se debía presentar para la apertura, junto con los otros documentos mandatorios. Al no exigirlo se corre el riesgo de que se evalúe y se adjudique una propuesta de oferentes que no cumplen con los requisitos fundamentales
: Remitirse a lo estipulado en el Pliego de Bases y Condiciones (PBC).
Considerando que con la oferta se requiere la presentación de documentos habilitantes a los potenciales oferentes, resulta pertinente la presentación del certificado de BPM antes de la primera entrega, garantizando de esa forma en tiempo oportuno el cumplimiento en cuanto a capacidad técnica y operativa necesaria para satisfacer la demanda, dada la complejidad y especificidad del producto en cuestión, así como el alto volumen requerido para su provisión.
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Experiencia Requerida
Solicitamos a la Convocante confirmar si la Ley de la Cadena Láctea sigue vigente en el marco de esta licitación, dado que en la experiencia requerida no se exige específicamente que se demuestre si se han proveído productos importados o de producción nacional. Esto resulta relevante, considerando que el llamado corresponde a Leche Entera en Polvo Instantánea normalmente de origen nacional exclusivamente.
Solicitamos a la Convocante confirmar si la Ley de la Cadena Láctea sigue vigente en el marco de esta licitación, dado que en la experiencia requerida no se exige específicamente que se demuestre si se han proveído productos importados o de producción nacional. Esto resulta relevante, considerando que el llamado corresponde a Leche Entera en Polvo Instantánea normalmente de origen nacional exclusivamente.
FAVOR AJUSTARSE A LA ULTIMA VERSION DEL PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES
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Ley N° 5.264/2014 FOMENTO DE LA CADENA LACTEA, FORTALECIMIENTO DE LA PRODUCCIÓN NACIONAL Y PROMOCIÓN DEL CONSUMO DE PRODUCTOS LACTEOS
Ley N° 5.264/2014 FOMENTO DE LA CADENA LACTEA, FORTALECIMIENTO DE LA PRODUCCIÓN NACIONAL Y PROMOCIÓN DEL CONSUMO DE PRODUCTOS LACTEOS (Pag.24)
Se solicita a la convocante aclarar, basado en la ley 5264/2014 cuales serían los procedimientos específicos dado a conocer en forma pública a todos los oferentes al mismo tiempo y que regula transparentemente los casos excepcionales en los que se permite la sustitución de leche en polvo nacional por leche importada, considerando que la producción nacional actual es suficiente para el programa PANI 2024 y 2025 plurianual a ser licitada para cubrir este y otros programas que requieran de leche y sus derivados.
14-11-2024
13-01-2025
Ley N° 5.264/2014 FOMENTO DE LA CADENA LACTEA, FORTALECIMIENTO DE LA PRODUCCIÓN NACIONAL Y PROMOCIÓN DEL CONSUMO DE PRODUCTOS LACTEOS
Ley N° 5.264/2014 FOMENTO DE LA CADENA LACTEA, FORTALECIMIENTO DE LA PRODUCCIÓN NACIONAL Y PROMOCIÓN DEL CONSUMO DE PRODUCTOS LACTEOS (Pag.24)
Se solicita a la convocante aclarar, basado en la ley 5264/2014 cuales serían los procedimientos específicos dado a conocer en forma pública a todos los oferentes al mismo tiempo y que regula transparentemente los casos excepcionales en los que se permite la sustitución de leche en polvo nacional por leche importada, considerando que la producción nacional actual es suficiente para el programa PANI 2024 y 2025 plurianual a ser licitada para cubrir este y otros programas que requieran de leche y sus derivados.
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SENACSA DEL OFERENTE
Copia Autenticada por Escribanía de la Habilitación del SENACSA como establecimiento
Elaborador de productos, subproductos y derivados comestibles de consumo interno, para
su instalación como Establecimiento Elaborador de Productos Lácteos en Polvo, vigente al
momento de la presentación de la oferta. Dicha habilitación debe ser del oferente.
Consultamos a la convocante que ocurre en el caso de que la empresa oferente no es el fabricante. por ende no cuenta con mencionada habilitación, es valido la presentación de la habilitación del Fabricante ?
Copia Autenticada por Escribanía de la Habilitación del SENACSA como establecimiento
Elaborador de productos, subproductos y derivados comestibles de consumo interno, para
su instalación como Establecimiento Elaborador de Productos Lácteos en Polvo, vigente al
momento de la presentación de la oferta. Dicha habilitación debe ser del oferente.
Consultamos a la convocante que ocurre en el caso de que la empresa oferente no es el fabricante. por ende no cuenta con mencionada habilitación, es valido la presentación de la habilitación del Fabricante ?
Remitirse a lo estipulado en el Pliego de Bases y Condiciones (PBC).
Los requerimientos del presente llamado se han definido en base a los principios mantenidos y los incorporados en el marco regulatorio vigente Ley 7021/2022, son los de Economía, Eficacia, Eficiencia, Valor por Dinero, Razonabilidad, principios bajo los que se busca lograr asegurar el aprovisionamiento, la trazabilidad y la gestión eficiente en el cumplimiento del objetivo del llamado, siendo la Habilitación del SENACSA uno de los documentos que forman parte de este proceso.
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CAPACIDAD TECNICA
Requisito : registro de marcas correspondiente al producto ofertado el cual debe enmarcarse dentro de complementos nutricionales y alimentos para bebé.
El producto solicitado para la licitación es una Leche en polvo Instantánea no es exclusiva para niños o bebes por lo que solicitamos la modificación de este requisito ya que el Pani habilita el RSPA de este producto dirigido de forma exclusiva a su programa
Requisito : registro de marcas correspondiente al producto ofertado el cual debe enmarcarse dentro de complementos nutricionales y alimentos para bebé.
El producto solicitado para la licitación es una Leche en polvo Instantánea no es exclusiva para niños o bebes por lo que solicitamos la modificación de este requisito ya que el Pani habilita el RSPA de este producto dirigido de forma exclusiva a su programa
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EXPERIENCIA
Provisión y/o distribución de leche en polvo enriquecida y/o leche en polvo
Consultamos a la convocante si podría ampliarse la experiencia en provisión o distribución de productos alimenticios ya que la experiencia requerida limita la participación y no vemos una justificación lógica a este requisito ya que estos productos son distribuidos conforme a los demás productos alimenticios
Provisión y/o distribución de leche en polvo enriquecida y/o leche en polvo
Consultamos a la convocante si podría ampliarse la experiencia en provisión o distribución de productos alimenticios ya que la experiencia requerida limita la participación y no vemos una justificación lógica a este requisito ya que estos productos son distribuidos conforme a los demás productos alimenticios
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PRODUCCIÓN NACIONAL
En la pag.24, numeral 3 del PBC, se menciona que puede darse eventualmente una excepción en la provisión de productos de origen nacional por productos importados.
Se solicita a la convocante aclaración sobre la autoridad o entidad que es responsable de otorgar las autorizaciones para la sustitución de leche en polvo nacional por importada? Para los oferentes es importante identificar a la autoridad competente para asegurar que el proceso de autorización sea claro y dirigido a la entidad adecuada
En la pag.24, numeral 3 del PBC, se menciona que puede darse eventualmente una excepción en la provisión de productos de origen nacional por productos importados.
Se solicita a la convocante aclaración sobre la autoridad o entidad que es responsable de otorgar las autorizaciones para la sustitución de leche en polvo nacional por importada? Para los oferentes es importante identificar a la autoridad competente para asegurar que el proceso de autorización sea claro y dirigido a la entidad adecuada
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Multas
¿Solicitamos a la convocante explicación en cuanto a la diferencia que se aplica a las multas por retraso en los pagos 0,001% vs el porcentaje de las multas por atraso en las entregas de los bienes 0,01%?, dado que ambas tienen el mismo efecto
¿Solicitamos a la convocante explicación en cuanto a la diferencia que se aplica a las multas por retraso en los pagos 0,001% vs el porcentaje de las multas por atraso en las entregas de los bienes 0,01%?, dado que ambas tienen el mismo efecto
Remitirse a lo estipulado en el Pliego de Bases y Condiciones (PBC).
Atendiendo a lo manifestado en la consulta, si bien ambas acciones se refieren a incumplimientos de las partes, los efectos que generan no son equivalentes. El atraso en la entrega de los bienes impacta directamente en los destinatarios finales, afectando el interés general, que prevalece sobre el interés particular en todos los casos. Por esta razón, el retraso en las entregas está sujeto a una multa con un porcentaje mayor, reflejando la gravedad de su impacto y la necesidad de proteger el bienestar colectivo.
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BPA
el PBC actual difiere de los PBC anteriores dejando de solicitar BPA (dado que es un requisito que hace a la inocuidad del alimento), siendo este un llamado tan importante se debería solicitar dicha certificación.
el PBC actual difiere de los PBC anteriores dejando de solicitar BPA (dado que es un requisito que hace a la inocuidad del alimento), siendo este un llamado tan importante se debería solicitar dicha certificación.
Remitirse a lo estipulado en el Pliego de Bases y Condiciones (PBC).
En atención a la documentación objeto de la consulta, el presente llamado requiere la presentación de documentos habilitantes a los potenciales oferentes, que garantizan la inocuidad del alimento.