Secciones
Versión 1
Versión 2
Diferencias entre las versiones 1 y 2
Adenda
Las modificaciones al presente procedimiento de contratación son los indicados a continuación:
La adenda es el documento emitido por la convocante, mediante la cual se modifican aspectos establecidos en las bases de la contratación. A los efectos legales, la adenda será considerada parte integrante del documento cuyo contenido modifique.
La convocante podrá introducir modificaciones cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley.
Las adendas serán difundidas en el SICP respetando los plazos establecidos en la resolución matriz de normas.
Obs: Cuando la convocante requiera prorrogar la fecha tope de presentación y apertura de ofertas, sin modificar los demás datos e información de las bases de la contratación, será difundida automáticamente a través del SICP y no se instrumentará a traves de adenda.
Adenda
Las modificaciones al presente procedimiento de contratación son los indicados a continuación:
ADENDA Nº 1
Se comunica a los potenciales oferentes que se emitido la Adenda Nº 1, la cual modifica los siguientes puntos del PBC
Modificación Nº 1
- Se establece Visita Técnica
Modificación Nº 2
-
En la Sección "Requisitos de Participación y Criterios de Evaluación" - Otros criterios que la convocante requiera: se agrega lo siguiente: Constancia de Visita Técnica expedida por la Convocante
Se detectaron modificaciones en las siguientes cláusulas:
Sección: Datos de la convocatoria
- Visita al sitio de ejecución del contrato
Sección: Requisitos de participación y criterios de evaluación
- Otros criterios que la convocante requiera
Se puede realizar una comparación de esta versión del pliego con la versión anterior en el siguiente enlace: https://www.contrataciones.gov.py/licitaciones/convocatoria/455717-lmc-n-13-2024-servicio-carteleria-senaletica-mades/pliego/2/diferencias/1.html?seccion=adenda
La adenda es el documento emitido por la convocante, mediante la cual se modifican aspectos establecidos en las bases de la contratación. A los efectos legales, la adenda será considerada parte integrante del documento cuyo contenido modifique.
La convocante podrá introducir modificaciones cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley.
Las adendas serán difundidas en el SICP respetando los plazos establecidos en la resolución matriz de normas.
Obs: Cuando la convocante requiera prorrogar la fecha tope de presentación y apertura de ofertas, sin modificar los demás datos e información de las bases de la contratación, será difundida automáticamente a través del SICP y no se instrumentará a traves de adenda.
Adenda
Las modificaciones al presente procedimiento de contratación son los indicados a continuación:
ADENDA Nº 1
Se comunica a los potenciales oferentes que se emitido la Adenda Nº 1, la cual modifica los siguientes puntos del PBC
Modificación Nº 1
- Se establece Visita Técnica
Modificación Nº 2
-
En la Sección "Requisitos de Participación y Criterios de Evaluación" - Otros criterios que la convocante requiera: se agrega lo siguiente: Constancia de Visita Técnica expedida por la Convocante
Se detectaron modificaciones en las siguientes cláusulas:
Sección: Datos de la convocatoria
- Visita al sitio de ejecución del contrato
Sección: Requisitos de participación y criterios de evaluación
- Otros criterios que la convocante requiera
Se puede realizar una comparación de esta versión del pliego con la versión anterior en el siguiente enlace: https://www.contrataciones.gov.py/licitaciones/convocatoria/455717-lmc-n-13-2024-servicio-carteleria-senaletica-mades/pliego/2/diferencias/1.html?seccion=adenda
La adenda es el documento emitido por la convocante, mediante la cual se modifican aspectos establecidos en las bases de la contratación. A los efectos legales, la adenda será considerada parte integrante del documento cuyo contenido modifique.
La convocante podrá introducir modificaciones cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley.
Las adendas serán difundidas en el SICP respetando los plazos establecidos en la resolución matriz de normas.
Obs: Cuando la convocante requiera prorrogar la fecha tope de presentación y apertura de ofertas, sin modificar los demás datos e información de las bases de la contratación, será difundida automáticamente a través del SICP y no se instrumentará a traves de adenda.