Secciones
Versión 2
Versión 3
Diferencias entre las versiones 2 y 3
Adenda
Las modificaciones al presente procedimiento de contratación son los indicados a continuación:
CONSTRUCCIÓN DE PLANTAS DE TRATAMIENTO DE AGUA POTABLE EN EL DEPARTAMENTO DE ÑEEMBUCÚ PLURIANUAL
ADENDA N° 01
- SE MODIFICA SECCIÓN: Requisitos de participación y criterios de evaluación - Capacidad Financiera.
- SE MODIFICA SECCIÓN: Requisitos de participación y criterios de evaluación - Experiencia general en obras.
- SE MODIFICA SECCIÓN: Requisitos de participación y criterios de evaluación - Requisitos documentales para evaluar los presentes criterios de experiencia general y especifica en obras.
- SE MODIFICA SECCIÓN: Suministros requeridos - especificaciones técnicas - Alcance y descripción de las obras
- SE MODIFICA SECCIÓN: Condiciones contractuales - Plazo de ejecución.
- SE MODIFICA SECCIÓN EL SICP: Productos/Bienes/Servicios
Se detectaron modificaciones en las siguientes cláusulas:
Sección: Requisitos de participación y criterios de evaluación
- Capacidad Financiera
- Experiencia general en obras
- Requisitos documentales para evaluar los presentes criterios de experiencia general y especifica en obras
Sección: Suministros requeridos - especificaciones técnicas
- Alcance y descripción de las obras
Sección: Condiciones contractuales
- Plazo de ejecución
Se puede realizar una comparación de esta versión del pliego con la versión anterior en el siguiente enlace: https://www.contrataciones.gov.py/licitaciones/convocatoria/454873-sistema-abastecimiento-agua-potable-departamento-neembucu-plurianual-ad-referendum/pliego/2/diferencias/1.html?seccion=adenda
La adenda es el documento emitido por la convocante, mediante la cual se modifican aspectos establecidos en las bases de la contratación. A los efectos legales, la adenda será considerada parte integrante del documento cuyo contenido modifique.
La convocante podrá introducir modificaciones cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley.
Las adendas serán difundidas en el SICP respetando los plazos establecidos en la resolución matriz de normas.
Obs: Cuando la convocante requiera prorrogar la fecha tope de presentación y apertura de ofertas, sin modificar los demás datos e información de las bases de la contratación, será difundida automáticamente a través del SICP y no se instrumentará a traves de adenda.
Adenda
Las modificaciones al presente procedimiento de contratación son los indicados a continuación:
CONSTRUCCIÓN DE PLANTAS DE TRATAMIENTO DE AGUA POTABLE EN EL DEPARTAMENTO DE ÑEEMBUCÚ PLURIANUAL
ADENDA N° 02
- SE MODIFICA SECCIÓN: Suministros requeridos - especificaciones técnicas - Alcance y descripción de las obras
- SE MODIFICA SECCIÓN EL SICP: Productos/Bienes/Servicios
Se detectaron modificaciones en las siguientes cláusulas:
Sección: Suministros requeridos - especificaciones técnicas
- Alcance y descripción de las obras
Se puede realizar una comparación de esta versión del pliego con la versión anterior en el siguiente enlace: https://www.contrataciones.gov.py/licitaciones/convocatoria/454873-sistema-abastecimiento-agua-potable-departamento-neembucu-plurianual-ad-referendum/pliego/3/diferencias/2.html?seccion=adenda
La adenda es el documento emitido por la convocante, mediante la cual se modifican aspectos establecidos en las bases de la contratación. A los efectos legales, la adenda será considerada parte integrante del documento cuyo contenido modifique.
La convocante podrá introducir modificaciones cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley.
Las adendas serán difundidas en el SICP respetando los plazos establecidos en la resolución matriz de normas.
Obs: Cuando la convocante requiera prorrogar la fecha tope de presentación y apertura de ofertas, sin modificar los demás datos e información de las bases de la contratación, será difundida automáticamente a través del SICP y no se instrumentará a traves de adenda.
Adenda
Las modificaciones al presente procedimiento de contratación son los indicados a continuación:
CONSTRUCCIÓN DE PLANTAS DE TRATAMIENTO DE AGUA POTABLE EN EL DEPARTAMENTO DE ÑEEMBUCÚ PLURIANUAL
ADENDA N° 0102
SE MODIFICA SECCIÓN: Requisitos de participación y criterios de evaluación - Capacidad Financiera.SE MODIFICA SECCIÓN: Requisitos de participación y criterios de evaluación - Experiencia general en obras.SE MODIFICA SECCIÓN: Requisitos de participación y criterios de evaluación - Requisitos documentales para evaluar los presentes criterios de experiencia general y especifica en obras.- SE MODIFICA SECCIÓN: Suministros requeridos - especificaciones técnicas - Alcance y descripción de las obras
SE MODIFICA SECCIÓN: Condiciones contractuales - Plazo de ejecución.- SE MODIFICA SECCIÓN EL SICP: Productos/Bienes/Servicios
Se detectaron modificaciones en las siguientes cláusulas:
Sección: Requisitos de participación y criterios de evaluación
Capacidad FinancieraExperiencia general en obrasRequisitos documentales para evaluar los presentes criterios de experiencia general y especifica en obras
Sección: Suministros requeridos - especificaciones técnicas
Alcance y descripción de las obras
Sección: Condiciones contractuales
Plazo de ejecución- Alcance y descripción de las obras
Se puede realizar una comparación de esta versión del pliego con la versión anterior en el siguiente enlace: https://www.contrataciones.gov.py/licitaciones/convocatoria/454873-sistema-abastecimiento-agua-potable-departamento-neembucu-plurianual-ad-referendum/pliego/2/diferencias/1.html?seccion=adendahttps://www.contrataciones.gov.py/licitaciones/convocatoria/454873-sistema-abastecimiento-agua-potable-departamento-neembucu-plurianual-ad-referendum/pliego/3/diferencias/2.html?seccion=adenda
La adenda es el documento emitido por la convocante, mediante la cual se modifican aspectos establecidos en las bases de la contratación. A los efectos legales, la adenda será considerada parte integrante del documento cuyo contenido modifique.
La convocante podrá introducir modificaciones cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley.
Las adendas serán difundidas en el SICP respetando los plazos establecidos en la resolución matriz de normas.
Obs: Cuando la convocante requiera prorrogar la fecha tope de presentación y apertura de ofertas, sin modificar los demás datos e información de las bases de la contratación, será difundida automáticamente a través del SICP y no se instrumentará a traves de adenda.
