El PBC establece Demostrar la experiencia en PROVISION DE MEDICAMENTOS, con facturaciones de venta y/o contratos ejecutados por un monto equivalente al 25 % como mínimo del monto máximo ofertado en la presente licitación, sumatoria de los años: 2021-2022-2023.
Para el caso de MEDICAMENTOS NACIONALES Y que el oferente no sea el fabricante y/o el titular del registro sanitario de los medicamentos, dicha experiencia deberá estar igualmente acreditada por el oferente, por el titular del registro sanitario y el fabricante del producto que se oferta. Para el caso de MEDICAMENTOS IMPORTADOS y que el oferente no sea el fabricante y/o el titular del registro sanitario de los medicamentos, dicha experiencia deberá estar igualmente acreditada por el oferente, por el titular del registro sanitario y el fabricante del producto que se oferta. En lo que respecta a la experiencia de este último (el fabricante extranjero), dicha experiencia podrá ser igualmente acreditada con una declaración jurada en la cual se indique claramente que el mismo cumple con dichos porcentajes. Solicitamos a la convocante aclarar si la declaración jurada para MEDICAMENTOS IMPORTADOS debe estar apostillado y/o consularizado.
El PBC establece Demostrar la experiencia en PROVISION DE MEDICAMENTOS, con facturaciones de venta y/o contratos ejecutados por un monto equivalente al 25 % como mínimo del monto máximo ofertado en la presente licitación, sumatoria de los años: 2021-2022-2023.
Para el caso de MEDICAMENTOS NACIONALES Y que el oferente no sea el fabricante y/o el titular del registro sanitario de los medicamentos, dicha experiencia deberá estar igualmente acreditada por el oferente, por el titular del registro sanitario y el fabricante del producto que se oferta. Para el caso de MEDICAMENTOS IMPORTADOS y que el oferente no sea el fabricante y/o el titular del registro sanitario de los medicamentos, dicha experiencia deberá estar igualmente acreditada por el oferente, por el titular del registro sanitario y el fabricante del producto que se oferta. En lo que respecta a la experiencia de este último (el fabricante extranjero), dicha experiencia podrá ser igualmente acreditada con una declaración jurada en la cual se indique claramente que el mismo cumple con dichos porcentajes. Solicitamos a la convocante aclarar si la declaración jurada para MEDICAMENTOS IMPORTADOS debe estar apostillado y/o consularizado.
El Oferente deberá ajustarse a lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones.
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EXPERIENCIA REQUERIDA
El PBC establece Demostrar la experiencia en PROVISION DE MEDICAMENTOS, con facturaciones de venta y/o contratos ejecutados por un monto equivalente al 25 % como mínimo del monto máximo ofertado en la presente licitación, sumatoria de los años: 2021-2022-2023.
Para el caso de MEDICAMENTOS NACIONALES Y que el oferente no sea el fabricante y/o el titular del registro sanitario de los medicamentos, dicha experiencia deberá estar igualmente acreditada por el oferente, por el titular del registro sanitario y el fabricante del producto que se oferta. Para el caso de MEDICAMENTOS IMPORTADOS y que el oferente no sea el fabricante y/o el titular del registro sanitario de los medicamentos, dicha experiencia deberá estar igualmente acreditada por el oferente, por el titular del registro sanitario y el fabricante del producto que se oferta. En lo que respecta a la experiencia de este último (el fabricante extranjero), dicha experiencia podrá ser igualmente acreditada con una declaración jurada en la cual se indique claramente que el mismo cumple con dichos porcentajes. Solicitamos a la Convocante eliminar el pedido en lo que respecta a este último (MEDICAMENTOS IMPORTADOS).
El PBC establece Demostrar la experiencia en PROVISION DE MEDICAMENTOS, con facturaciones de venta y/o contratos ejecutados por un monto equivalente al 25 % como mínimo del monto máximo ofertado en la presente licitación, sumatoria de los años: 2021-2022-2023.
Para el caso de MEDICAMENTOS NACIONALES Y que el oferente no sea el fabricante y/o el titular del registro sanitario de los medicamentos, dicha experiencia deberá estar igualmente acreditada por el oferente, por el titular del registro sanitario y el fabricante del producto que se oferta. Para el caso de MEDICAMENTOS IMPORTADOS y que el oferente no sea el fabricante y/o el titular del registro sanitario de los medicamentos, dicha experiencia deberá estar igualmente acreditada por el oferente, por el titular del registro sanitario y el fabricante del producto que se oferta. En lo que respecta a la experiencia de este último (el fabricante extranjero), dicha experiencia podrá ser igualmente acreditada con una declaración jurada en la cual se indique claramente que el mismo cumple con dichos porcentajes. Solicitamos a la Convocante eliminar el pedido en lo que respecta a este último (MEDICAMENTOS IMPORTADOS).
El Oferente deberá remitirse a los Datos Cargados en el SICP.
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ITEM 2. ACICLOVIR INYECTABLE
Solicitamos a la Convocante aclarar que para el ítem de referencia se aceptaran indistintamente las presentaciones de "ampolla / vial". Esto considerando que en el mercado a la fecha el producto requerido solo se comercializa en la presentación de "VIAL". Esto a fin de evitar la declaración desierta del ítem, considerando que lo detallado no afecta a la calidad, seguridad e indicación del producto.
Solicitamos a la Convocante aclarar que para el ítem de referencia se aceptaran indistintamente las presentaciones de "ampolla / vial". Esto considerando que en el mercado a la fecha el producto requerido solo se comercializa en la presentación de "VIAL". Esto a fin de evitar la declaración desierta del ítem, considerando que lo detallado no afecta a la calidad, seguridad e indicación del producto.
El Oferente deberá remitirse al Pliego Última Versión.
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ÍTEM 27. MICONAZOL CREMA
Solicitamos a la Convocante ampliar la presentación requerida de "Pomo x 15 a 20g" a "Pomo x 15 a 40g." Esta solicitud la realizamos considerando que la presentación mayoritariamente disponible en el mercado corresponde a pomo x 40g, la cual cumple con la dosificación habitual para el producto en particular, completando de esta manera con una sola unidad del producto el tratamiento habitual de este. Esta solicitud la realizamos con el fin de garantizar a la Convocante una mayor concurrencia de ofertas para el ítem en cuestión y el mejoramiento en el uso racional de los recursos para el producto en particular.
Solicitamos a la Convocante ampliar la presentación requerida de "Pomo x 15 a 20g" a "Pomo x 15 a 40g." Esta solicitud la realizamos considerando que la presentación mayoritariamente disponible en el mercado corresponde a pomo x 40g, la cual cumple con la dosificación habitual para el producto en particular, completando de esta manera con una sola unidad del producto el tratamiento habitual de este. Esta solicitud la realizamos con el fin de garantizar a la Convocante una mayor concurrencia de ofertas para el ítem en cuestión y el mejoramiento en el uso racional de los recursos para el producto en particular.
Las especificaciones técnicas y la concentración solicitada en el pliego de bases y condiciones para el ítem N°29 , se encuentran dirigidas abiertamente a un solo producto, que en la actualidad se encuentra descontinuado en su provisión. Por lo que de mantener dichas especificaciones técnicas la convocante estaría quedando desabastecida de tan importante producto y al mismo tiempo estaría negándole la participación a nuevos proveedores y productos con mejores resultados que los ya adquiridos anteriormente. En razón a ello solicitamos a la convocante modificar las Especificaciones y la presentación de entrega del ítem N°29 Surfactante pulmonar de la siguiente manera: “Descripción: Surfactante pulmonar inyectable Principio Activo: Surfactante pulmonar Concentración: 25mg/ml como mínimo”
Las especificaciones técnicas y la concentración solicitada en el pliego de bases y condiciones para el ítem N°29 , se encuentran dirigidas abiertamente a un solo producto, que en la actualidad se encuentra descontinuado en su provisión. Por lo que de mantener dichas especificaciones técnicas la convocante estaría quedando desabastecida de tan importante producto y al mismo tiempo estaría negándole la participación a nuevos proveedores y productos con mejores resultados que los ya adquiridos anteriormente. En razón a ello solicitamos a la convocante modificar las Especificaciones y la presentación de entrega del ítem N°29 Surfactante pulmonar de la siguiente manera: “Descripción: Surfactante pulmonar inyectable Principio Activo: Surfactante pulmonar Concentración: 25mg/ml como mínimo”
El Oferente deberá remitirse al Pliego Última Versión.
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EETT Item 29
Con respecto al Item 29 se consulta a la convocante si sería factible presentar un surfactante de mayor concentración (35mg/ml) a la solicitada en el PBC (25mg/ml) ?
Teniendo en cuenta que en el mercado local actualmente existe un nuevo surfactante que ofrece mejoras clinicas superiores al ya existente, con una concentración mayor por ml en menos volumen de líquido, lo que disminuye la dosis a infundir al paciente por kilo peso, con dosis de intervalos de 12 horas, inclusive cuenta con estudios que demuestran que para ciertos casos con una sola dosis el paciente presenta una rápida recuperación respiratoria sostenida y no requiere de dosis extras.
Todas estas ventajas contribuyen a reducir las dosis a administrar al paciente (dosis/costo/beneficio), menor cantidad de oxígeno y menos días con ventilación mecánica, por lo que se ahorraría en costos de internación y permanencia del paciente dentro de la terapia neonatal.
Con respecto al Item 29 se consulta a la convocante si sería factible presentar un surfactante de mayor concentración (35mg/ml) a la solicitada en el PBC (25mg/ml) ?
Teniendo en cuenta que en el mercado local actualmente existe un nuevo surfactante que ofrece mejoras clinicas superiores al ya existente, con una concentración mayor por ml en menos volumen de líquido, lo que disminuye la dosis a infundir al paciente por kilo peso, con dosis de intervalos de 12 horas, inclusive cuenta con estudios que demuestran que para ciertos casos con una sola dosis el paciente presenta una rápida recuperación respiratoria sostenida y no requiere de dosis extras.
Todas estas ventajas contribuyen a reducir las dosis a administrar al paciente (dosis/costo/beneficio), menor cantidad de oxígeno y menos días con ventilación mecánica, por lo que se ahorraría en costos de internación y permanencia del paciente dentro de la terapia neonatal.
El Oferente deberá remitirse al Pliego Última Versión.
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Especificaciones tecnicas Item 29
Para el Item N° 29, la convocante solicita el PALMITATO DE COLFOSCERILO / SURFACTANTE PULMONAR INYECTABLE en la concentración de 25mg/ml, con unas especificaciones tecnicas totalmente obsoletas, ya que en el mercado local no existen productos disponibles que puedan cumplir con tan estrictas concentraciones y especificaciones tecnicas.
El único producto que cumplía con dichas especificaciones actualmente se encuentra fuera del mercado a nivel pais, es por ello que solicitamos amablemente a la convocante de lugar a las siguientes modificaciones: “Especificaciones tecnicas: CALFACTANT / SURFACTANTE PULMONAR con concentración de 35mg/ml. Forma Farmaceutica: Suspensión Intratraqueal. Presentacion de entrega: vial”
Para el Item N° 29, la convocante solicita el PALMITATO DE COLFOSCERILO / SURFACTANTE PULMONAR INYECTABLE en la concentración de 25mg/ml, con unas especificaciones tecnicas totalmente obsoletas, ya que en el mercado local no existen productos disponibles que puedan cumplir con tan estrictas concentraciones y especificaciones tecnicas.
El único producto que cumplía con dichas especificaciones actualmente se encuentra fuera del mercado a nivel pais, es por ello que solicitamos amablemente a la convocante de lugar a las siguientes modificaciones: “Especificaciones tecnicas: CALFACTANT / SURFACTANTE PULMONAR con concentración de 35mg/ml. Forma Farmaceutica: Suspensión Intratraqueal. Presentacion de entrega: vial”
El Oferente deberá remitirse al Pliego Última Versión.
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EETT Item 29
Con respecto al Item 29 se consulta a la convocante si sería factible presentar un surfactante de mayor concentración por mL (35mg/ml) a la solicitada en el PBC (25mg/ml) ?
Actualmente se solicita una concentración de 25mg/ml, por lo que solicitamos ampliar o modificar las especificaciones técnicas a 25-35mg/ml teniendo en cuenta que en el mercado local actualmente existe un nuevo surfactante que ofrece mejoras clinicas superiores al ya existente, con una concentración mayor por ml en menos volumen de líquido, lo que disminuye la dosis a infundir al paciente por kilo peso, con dosis de intervalos de 12 horas, inclusive cuenta con estudios que demuestran que para ciertos casos con una sola dosis el paciente presenta una rápida recuperación respiratoria sostenida y no requiere de dosis extras.-
Todas estas ventajas contribuyen a reducir las dosis a administrar al paciente (dosis/costo/beneficio), menor cantidad de oxígeno y menos días con ventilación mecánica, por lo que se ahorraría en costos de internación y permanencia del paciente dentro de la terapia neonatal
Con respecto al Item 29 se consulta a la convocante si sería factible presentar un surfactante de mayor concentración por mL (35mg/ml) a la solicitada en el PBC (25mg/ml) ?
Actualmente se solicita una concentración de 25mg/ml, por lo que solicitamos ampliar o modificar las especificaciones técnicas a 25-35mg/ml teniendo en cuenta que en el mercado local actualmente existe un nuevo surfactante que ofrece mejoras clinicas superiores al ya existente, con una concentración mayor por ml en menos volumen de líquido, lo que disminuye la dosis a infundir al paciente por kilo peso, con dosis de intervalos de 12 horas, inclusive cuenta con estudios que demuestran que para ciertos casos con una sola dosis el paciente presenta una rápida recuperación respiratoria sostenida y no requiere de dosis extras.-
Todas estas ventajas contribuyen a reducir las dosis a administrar al paciente (dosis/costo/beneficio), menor cantidad de oxígeno y menos días con ventilación mecánica, por lo que se ahorraría en costos de internación y permanencia del paciente dentro de la terapia neonatal
El Oferente deberá remitirse al Pliego Última Versión.
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EETT Item 29
Para el Item N° 29, la convocante solicita el PALMITATO DE COLFOSCERILO / SURFACTANTE PULMONAR INYECTABLE en la concentración de 25mg/ml, con unas especificaciones tecnicas totalmente obsoletas, ya que en el mercado local no existen productos disponibles que puedan cumplir con tan estrictas concentraciones y especificaciones tecnicas.
El único producto que cumplía con dichas especificaciones actualmente se encuentra fuera del mercado a nivel pais, es por ello que solicitamos amablemente a la convocante de lugar a las siguientes modificaciones: “Especificaciones tecnicas: CALFACTANT / SURFACTANTE PULMONAR con concentración de 35mg/ml. Forma Farmaceutica: Suspensión Intratraqueal. Presentacion de entrega: vial”
Para el Item N° 29, la convocante solicita el PALMITATO DE COLFOSCERILO / SURFACTANTE PULMONAR INYECTABLE en la concentración de 25mg/ml, con unas especificaciones tecnicas totalmente obsoletas, ya que en el mercado local no existen productos disponibles que puedan cumplir con tan estrictas concentraciones y especificaciones tecnicas.
El único producto que cumplía con dichas especificaciones actualmente se encuentra fuera del mercado a nivel pais, es por ello que solicitamos amablemente a la convocante de lugar a las siguientes modificaciones: “Especificaciones tecnicas: CALFACTANT / SURFACTANTE PULMONAR con concentración de 35mg/ml. Forma Farmaceutica: Suspensión Intratraqueal. Presentacion de entrega: vial”