Secciones
Versión 1
Versión 2
Diferencias entre las versiones 1 y 2
Adenda
Las modificaciones al presente procedimiento de contratación son los indicados a continuación:
La adenda es el documento emitido por la convocante, mediante la cual se modifican aspectos establecidos en las bases de la contratación. A los efectos legales, la adenda será considerada parte integrante del documento cuyo contenido modifique.
La convocante podrá introducir modificaciones cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley.
Las adendas serán difundidas en el SICP respetando los plazos establecidos en la resolución matriz de normas.
Obs: Cuando la convocante requiera prorrogar la fecha tope de presentación y apertura de ofertas, sin modificar los demás datos e información de las bases de la contratación, será difundida automáticamente a través del SICP y no se instrumentará a traves de adenda.
Adenda
Las modificaciones al presente procedimiento de contratación son los indicados a continuación:
Asunción, 18 de octubre del 2024.-
MENOR CUANTIA NACIONAL Nº 71/2024
CONTRATACIÓN DE SERVICIO AUDIOVISUAL PARA EVENTOS CEREMONIALES DE LA PRESIDENCIA
ID. Nº ID 448.363
ADENDA N° 1
La DINAC de conformidad al Art. 55 de la Ley Nº 7021/23 DE SUMINISTRO Y CONTRATACIONES PÚBLICAS y en uso de sus atribuciones, se emite la siguiente Adenda, a fin de modificar el siguiente punto:
MODIFICACIONES:
Se modifica la fecha de entrega y apertura de ofertas, establecidas para el llamado a MENOR CUANTIA NACIONAL N° 71/24 CONTRATACIÓN DE SERVICIO AUDIOVISUAL PARA EVENTOS CEREMONIALES DE LA PRESIDENCIA conforme a lo indicado en el Sistema de información de Contrataciones Públicas (SICP).
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C.P. Ivonne Orué Jefa Dpto. Compras Directas UOC-DINAC |
La adenda es el documento emitido por la convocante, mediante la cual se modifican aspectos establecidos en las bases de la contratación. A los efectos legales, la adenda será considerada parte integrante del documento cuyo contenido modifique.
La convocante podrá introducir modificaciones cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley.
Las adendas serán difundidas en el SICP respetando los plazos establecidos en la resolución matriz de normas.
Obs: Cuando la convocante requiera prorrogar la fecha tope de presentación y apertura de ofertas, sin modificar los demás datos e información de las bases de la contratación, será difundida automáticamente a través del SICP y no se instrumentará a traves de adenda.
Adenda
Las modificaciones al presente procedimiento de contratación son los indicados a continuación:
Asunción, 18 de octubre del 2024.-
MENOR CUANTIA NACIONAL Nº 71/2024
CONTRATACIÓN DE SERVICIO AUDIOVISUAL PARA EVENTOS CEREMONIALES DE LA PRESIDENCIA
ID. Nº ID 448.363
ADENDA N° 1
La DINAC de conformidad al Art. 55 de la Ley Nº 7021/23 DE SUMINISTRO Y CONTRATACIONES PÚBLICAS y en uso de sus atribuciones, se emite la siguiente Adenda, a fin de modificar el siguiente punto:
MODIFICACIONES:
Se modifica la fecha de entrega y apertura de ofertas, establecidas para el llamado a MENOR CUANTIA NACIONAL N° 71/24 CONTRATACIÓN DE SERVICIO AUDIOVISUAL PARA EVENTOS CEREMONIALES DE LA PRESIDENCIA conforme a lo indicado en el Sistema de información de Contrataciones Públicas (SICP).
| C.P. Ivonne Orué Jefa Dpto. Compras Directas UOC-DINAC |
La adenda es el documento emitido por la convocante, mediante la cual se modifican aspectos establecidos en las bases de la contratación. A los efectos legales, la adenda será considerada parte integrante del documento cuyo contenido modifique.
La convocante podrá introducir modificaciones cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley.
Las adendas serán difundidas en el SICP respetando los plazos establecidos en la resolución matriz de normas.
Obs: Cuando la convocante requiera prorrogar la fecha tope de presentación y apertura de ofertas, sin modificar los demás datos e información de las bases de la contratación, será difundida automáticamente a través del SICP y no se instrumentará a traves de adenda.
