Solicitamos que se pueda considerar anticipo en el pago, atendiendo a las cantidades de los equipos solicitados, con todo lo que se gestiona con los fabricantes es factible que tambien soliciten anticipos en el proceso de importacion.
Por lo mencionado solicitamos a la Convocante que pueda conceder un anticipo de 40 o 50 % del valor total de la oferta del oferente adjudicado.
Solicitamos que se pueda considerar anticipo en el pago, atendiendo a las cantidades de los equipos solicitados, con todo lo que se gestiona con los fabricantes es factible que tambien soliciten anticipos en el proceso de importacion.
Por lo mencionado solicitamos a la Convocante que pueda conceder un anticipo de 40 o 50 % del valor total de la oferta del oferente adjudicado.
Se mantiene lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones, conforme al requerimiento inicial.
2
Lote 3, ítem 4 UPS 1000 VA
En el PBC, en la sección Suministros Requeridos – Especificaciones Técnicas, Lote 3, ítem 4 UPS 1000 VA, apartado Baterías, Tipos de baterías, se solicita:
“Batería seca, sellada y Libre de todo mantenimiento. Se deberá proveer un respaldo de baterías antes de culminar el periodo de garantía para recambio; debe incluir el servicio de recambios”
Al respecto, solicitamos a la Convocante confirmar si se deberá realizar el cambio de las baterías de la totalidad de las UPS solicitadas, antes de culminar el periodo de garantía. La consulta es ingresada con el objeto de presentar una propuesta que se adecue a las necesidades de la Convocante.
Lo solicitado encuentra sustento legal en virtud de lo establecido en el artículo Art. 45 de la Ley N° 7021/22 que dispone: “En los procedimientos de contratación será obligación de las convocantes elaborar las bases y condiciones del llamado con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato con el objeto de que concurra el mayor número de Oferentes y deberán ser suficientemente claras, objetivas e imparciales para evitar favorecer a algún participante”.
En el PBC, en la sección Suministros Requeridos – Especificaciones Técnicas, Lote 3, ítem 4 UPS 1000 VA, apartado Baterías, Tipos de baterías, se solicita:
“Batería seca, sellada y Libre de todo mantenimiento. Se deberá proveer un respaldo de baterías antes de culminar el periodo de garantía para recambio; debe incluir el servicio de recambios”
Al respecto, solicitamos a la Convocante confirmar si se deberá realizar el cambio de las baterías de la totalidad de las UPS solicitadas, antes de culminar el periodo de garantía. La consulta es ingresada con el objeto de presentar una propuesta que se adecue a las necesidades de la Convocante.
Lo solicitado encuentra sustento legal en virtud de lo establecido en el artículo Art. 45 de la Ley N° 7021/22 que dispone: “En los procedimientos de contratación será obligación de las convocantes elaborar las bases y condiciones del llamado con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato con el objeto de que concurra el mayor número de Oferentes y deberán ser suficientemente claras, objetivas e imparciales para evitar favorecer a algún participante”.
Se mantiene lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones (garantía del equipo por dos años).
3
Lote 3, ítem 4 UPS 1000 VA
En el PBC, en la sección Suministros Requeridos – Plan de entrega de los bienes, se solicita:
“En el plazo máximo de entrega de los bienes es de 60 (sesenta) días hábiles, contados a partir de la remisión de la Orden de Compra”
Al respecto, solicitamos a la Convocante extender el plazo para la entrega de los bienes, en al menos 120 (ciento veinte) días hábiles, contados a partir de la remisión de la Orden de Compra, , teniendo en cuenta que el plazo de entrega establecido resulta claramente insuficiente, atendiendo a que los bienes solicitados corresponden a características específicas definidas especialmente para este proceso licitatorio, y que los mismos son fabricados en el exterior a falta de fabricantes tecnológicos en el país, que conllevan prolongados tiempos de fabricación e importación necesarios para que los equipos licitados arriben a Paraguay. Lo solicitado es a fin de garantizar el suministro de bienes idóneos y de alta calidad para la satisfacción de las necesidades institucionales principalmente las que garantizan la buena marcha de las tareas operativas vinculadas al uso de dichos bienes, permitiendo de esta manera, la participación de un mayor número de oferentes al presente llamado.
Lo solicitado encuentra sustento legal en virtud en lo establecido en el artículo Art. 45 de la Ley N° 7021/22 que dispone: “En los procedimientos de contratación será obligación de las convocantes elaborar las bases y condiciones del llamado con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato con el objeto de que concurra el mayor número de Oferentes (…).
En el PBC, en la sección Suministros Requeridos – Plan de entrega de los bienes, se solicita:
“En el plazo máximo de entrega de los bienes es de 60 (sesenta) días hábiles, contados a partir de la remisión de la Orden de Compra”
Al respecto, solicitamos a la Convocante extender el plazo para la entrega de los bienes, en al menos 120 (ciento veinte) días hábiles, contados a partir de la remisión de la Orden de Compra, , teniendo en cuenta que el plazo de entrega establecido resulta claramente insuficiente, atendiendo a que los bienes solicitados corresponden a características específicas definidas especialmente para este proceso licitatorio, y que los mismos son fabricados en el exterior a falta de fabricantes tecnológicos en el país, que conllevan prolongados tiempos de fabricación e importación necesarios para que los equipos licitados arriben a Paraguay. Lo solicitado es a fin de garantizar el suministro de bienes idóneos y de alta calidad para la satisfacción de las necesidades institucionales principalmente las que garantizan la buena marcha de las tareas operativas vinculadas al uso de dichos bienes, permitiendo de esta manera, la participación de un mayor número de oferentes al presente llamado.
Lo solicitado encuentra sustento legal en virtud en lo establecido en el artículo Art. 45 de la Ley N° 7021/22 que dispone: “En los procedimientos de contratación será obligación de las convocantes elaborar las bases y condiciones del llamado con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato con el objeto de que concurra el mayor número de Oferentes (…).
-Certificación ISV requerida para los equipos Workstation de cada Lote.
En el Pliego de Bases y Condiciones, dentro de la sección "SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TÉCNICAS", se solicita para el ítem 2 - Computadoras de Escritorio – Workstation – de cada lote, dentro del punto N° 26:
Certificado ISV para utilización de software especializado en CAD: diseño asistido por computadora o CAE: ingeniería asistida por computadora o BIM: modelado de información de construcción o GIS: Sistema de información geográfica, según requerimiento. La certificación debe ser otorgada al equipo completo. Exigido
Pero las Especificaciones Técnicas que figuran dentro del SICP para el mismo requisito, en su punto 25 – Certificaciones y documentaciones requeridas, NO SE INDICAN la exigencia de presentación del Certificado ISV del equipo ofertado.
Al respecto, se solicita a la convocante aclarar cuál de las especificaciones técnicas indicadas es la que se deberá tener en cuenta para el análisis y configuración del equipo solicitado, considerando que como puede visualizarse existe una notoria discrepancia entre lo mencionado en el SICP y el Pliego de Bases y Condiciones. La presente solicitud resulta de suma importancia a fin de no generar confusiones con respecto a las especificaciones técnicas, con el objetivo de preparar ofertas idóneas acorde a las necesidades de la convocante.
Lo solicitado encuentra sustento legal en virtud de lo establecido en el artículo Art. 45 de la Ley N° 7021/22 que dispone: “En los procedimientos de contratación será obligación de las convocantes elaborar las bases y condiciones del llamado con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato con el objeto de que concurra el mayor número de Oferentes y deberán ser suficientemente claras, objetivas e imparciales para evitar favorecer a algún participante”.
09-10-2024
21-10-2024
-Certificación ISV requerida para los equipos Workstation de cada Lote.
En el Pliego de Bases y Condiciones, dentro de la sección "SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TÉCNICAS", se solicita para el ítem 2 - Computadoras de Escritorio – Workstation – de cada lote, dentro del punto N° 26:
Certificado ISV para utilización de software especializado en CAD: diseño asistido por computadora o CAE: ingeniería asistida por computadora o BIM: modelado de información de construcción o GIS: Sistema de información geográfica, según requerimiento. La certificación debe ser otorgada al equipo completo. Exigido
Pero las Especificaciones Técnicas que figuran dentro del SICP para el mismo requisito, en su punto 25 – Certificaciones y documentaciones requeridas, NO SE INDICAN la exigencia de presentación del Certificado ISV del equipo ofertado.
Al respecto, se solicita a la convocante aclarar cuál de las especificaciones técnicas indicadas es la que se deberá tener en cuenta para el análisis y configuración del equipo solicitado, considerando que como puede visualizarse existe una notoria discrepancia entre lo mencionado en el SICP y el Pliego de Bases y Condiciones. La presente solicitud resulta de suma importancia a fin de no generar confusiones con respecto a las especificaciones técnicas, con el objetivo de preparar ofertas idóneas acorde a las necesidades de la convocante.
Lo solicitado encuentra sustento legal en virtud de lo establecido en el artículo Art. 45 de la Ley N° 7021/22 que dispone: “En los procedimientos de contratación será obligación de las convocantes elaborar las bases y condiciones del llamado con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato con el objeto de que concurra el mayor número de Oferentes y deberán ser suficientemente claras, objetivas e imparciales para evitar favorecer a algún participante”.
En el Pliego de Bases y Condiciones, dentro de la sección "SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TÉCNICAS", se solicita en todos los lotes en el punto “LICENCIAS”:
Licencia de Windows 11 Pro o superior, versión OEM. Deberá estar pre-instalado y configurado con todas las actualizaciones y activaciones necesarias directas para su puesta en producción. Deberá estar disponible en idioma español, con la última actualización del sistema operativo al momento de la compra.
Software de tipo MDM, con 3 años o más. Compatible con Microsoft Windows 11 Pro o superior, que cumpla mínimamente con los siguientes requisitos: - instalación de un único agente, que debe estar ya pre-instalado y activado. - Geolocallzación, con visualización en un mapa del equipo. Habilitación de Geocerca con notificación y bloqueo do equipo. - Inventario de equipos y software instalados. - Soporte para comandos remotos vía PowerShell. - soporte de control parental, con lista negra de URL y paquetes de aplicaciones.
Office Estándar Académico
Pero dentro de las Especificaciones Técnicas que figuran dentro del SICP indica para el mismo punto:
Licencia de Windows 11 Pro o superior, versión OEM. Deberá estar pre-instalado y configurado con todas las actualizaciones y activaciones necesarias directas para su puesta en producción. Deberá estar disponible en idioma español, con la última actualización del sistema operativo al momento de la compra.
Al respecto, se solicita a la convocante aclarar cuál de las especificaciones técnicas indicadas es la que se deberá tener en cuenta para el análisis y configuración del equipo solicitado, considerando que como puede visualizarse existe una omisión entre lo mencionado en el SICP y el Pliego de Bases y Condiciones, debido a que en el PBC se solicita softwares que no se mencionan en las especificaciones técnicas establecidas en el SICP. La presente solicitud resulta de suma importancia a fin de no generar confusiones con respecto a las especificaciones técnicas, con el objetivo de preparar ofertas idóneas acorde a las necesidades de la convocante.
Lo solicitado encuentra sustento legal en virtud de lo establecido en el artículo Art. 45 de la Ley N° 7021/22 que dispone: “En los procedimientos de contratación será obligación de las convocantes elaborar las bases y condiciones del llamado con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato con el objeto de que concurra el mayor número de Oferentes y deberán ser suficientemente claras, objetivas e imparciales para evitar favorecer a algún participante”.
En el Pliego de Bases y Condiciones, dentro de la sección "SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TÉCNICAS", se solicita en todos los lotes en el punto “LICENCIAS”:
Licencia de Windows 11 Pro o superior, versión OEM. Deberá estar pre-instalado y configurado con todas las actualizaciones y activaciones necesarias directas para su puesta en producción. Deberá estar disponible en idioma español, con la última actualización del sistema operativo al momento de la compra.
Software de tipo MDM, con 3 años o más. Compatible con Microsoft Windows 11 Pro o superior, que cumpla mínimamente con los siguientes requisitos: - instalación de un único agente, que debe estar ya pre-instalado y activado. - Geolocallzación, con visualización en un mapa del equipo. Habilitación de Geocerca con notificación y bloqueo do equipo. - Inventario de equipos y software instalados. - Soporte para comandos remotos vía PowerShell. - soporte de control parental, con lista negra de URL y paquetes de aplicaciones.
Office Estándar Académico
Pero dentro de las Especificaciones Técnicas que figuran dentro del SICP indica para el mismo punto:
Licencia de Windows 11 Pro o superior, versión OEM. Deberá estar pre-instalado y configurado con todas las actualizaciones y activaciones necesarias directas para su puesta en producción. Deberá estar disponible en idioma español, con la última actualización del sistema operativo al momento de la compra.
Al respecto, se solicita a la convocante aclarar cuál de las especificaciones técnicas indicadas es la que se deberá tener en cuenta para el análisis y configuración del equipo solicitado, considerando que como puede visualizarse existe una omisión entre lo mencionado en el SICP y el Pliego de Bases y Condiciones, debido a que en el PBC se solicita softwares que no se mencionan en las especificaciones técnicas establecidas en el SICP. La presente solicitud resulta de suma importancia a fin de no generar confusiones con respecto a las especificaciones técnicas, con el objetivo de preparar ofertas idóneas acorde a las necesidades de la convocante.
Lo solicitado encuentra sustento legal en virtud de lo establecido en el artículo Art. 45 de la Ley N° 7021/22 que dispone: “En los procedimientos de contratación será obligación de las convocantes elaborar las bases y condiciones del llamado con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato con el objeto de que concurra el mayor número de Oferentes y deberán ser suficientemente claras, objetivas e imparciales para evitar favorecer a algún participante”.
Se mantiene lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones (está especificado los requerimientos que debe tener).
6
-PLAN DE ENTREGA
En el Pliego de Bases y Condiciones, dentro de la sección "SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TÉCNICAS", específicamente en el apartado "Plan de entrega de los bienes", se solicita
En el plazo máximo de entrega de los bienes es de 60 (sesenta) días hábiles, contados a partir de la remisión de la Orden de Compra
Al respecto, y en vista a que los bienes solicitados corresponden a características específicas definidas especialmente para este proceso licitatorio, además que los mismos son fabricados en el exterior a falta de fabricantes tecnológicos en el país, y considerando los tiempos de fabricación e importación necesarios para que los bienes licitados arriben a Paraguay, se solicita a la convocante establecer el plazo de entrega de los equipos a un mínimo de 90 (noventa) días hábiles contados a partir de la remisión de la Orden de Compra, a fin de garantizar el suministro de bienes idóneos y de alta calidad para la satisfacción de las necesidades institucionales, principalmente las que garantizan la buena marcha de las tareas operativas vinculadas al uso de dichos bienes. Además se evitaría restringir la convocatoria a una o pocas empresas que puedan tener los equipos en stock, pero a precios posiblemente elevados, en detrimento de una competencia amplia, sana e imparcial. Todo ello se realiza en observancia de los principios de economía y eficiencia en el uso de los recursos del Estado, permitiendo un margen de tiempo mayor para la entrega de los equipos. Cabe destacar que el plazo originalmente establecido en el Pliego de Bases y Condiciones podría limitar la participación de un mayor número de oferentes y, en consecuencia, reducir la diversidad de propuestas presentadas.
Lo solicitado se sustenta legalmente en virtud de lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley N° 7021/22, que establece: “En los procedimientos de contratación, será obligación de las convocantes elaborar las bases y condiciones del llamado con la mayor amplitud posible, de acuerdo con la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de Oferentes…”
En el Pliego de Bases y Condiciones, dentro de la sección "SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TÉCNICAS", específicamente en el apartado "Plan de entrega de los bienes", se solicita
En el plazo máximo de entrega de los bienes es de 60 (sesenta) días hábiles, contados a partir de la remisión de la Orden de Compra
Al respecto, y en vista a que los bienes solicitados corresponden a características específicas definidas especialmente para este proceso licitatorio, además que los mismos son fabricados en el exterior a falta de fabricantes tecnológicos en el país, y considerando los tiempos de fabricación e importación necesarios para que los bienes licitados arriben a Paraguay, se solicita a la convocante establecer el plazo de entrega de los equipos a un mínimo de 90 (noventa) días hábiles contados a partir de la remisión de la Orden de Compra, a fin de garantizar el suministro de bienes idóneos y de alta calidad para la satisfacción de las necesidades institucionales, principalmente las que garantizan la buena marcha de las tareas operativas vinculadas al uso de dichos bienes. Además se evitaría restringir la convocatoria a una o pocas empresas que puedan tener los equipos en stock, pero a precios posiblemente elevados, en detrimento de una competencia amplia, sana e imparcial. Todo ello se realiza en observancia de los principios de economía y eficiencia en el uso de los recursos del Estado, permitiendo un margen de tiempo mayor para la entrega de los equipos. Cabe destacar que el plazo originalmente establecido en el Pliego de Bases y Condiciones podría limitar la participación de un mayor número de oferentes y, en consecuencia, reducir la diversidad de propuestas presentadas.
Lo solicitado se sustenta legalmente en virtud de lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley N° 7021/22, que establece: “En los procedimientos de contratación, será obligación de las convocantes elaborar las bases y condiciones del llamado con la mayor amplitud posible, de acuerdo con la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de Oferentes…”
-Autorización del Fabricante legalizado/Apostillado:
En el Pliego de Bases y Condiciones, Datos De La Convocatoria, Autorización del Fabricante, se establece:
Todo documento emitido en el extranjero deben estar debidamente legalizados por el Consulado Paraguayo del País de emisión del documento y del Ministerio de Relaciones Exteriores de la República del Paraguay ó debidamente Apostillados de conformidad a la Ley N° 4987/13 QUE APRUEBA EL CONVENIO SUPRIMIENDO LA EXIGENCIA DE LA LEGALIZACIÓN DE LOS DOCUMENTOS PÚBLICOS EXTRANJEROS.
Al respecto de la formalidad de legalización/apostillado establecida con referencia a la documentación a ser presentada por los distribuidores autorizados, solicitamos que dicha formalidad requerida sea establecida como OPCIONAL para la presentación de la oferta y que la misma sea exigida para la firma del contrato, una vez que el oferente sea adjudicado, teniendo en cuenta que el plazo de la presentación de ofertas es muy limitado en comparación a los plazos estándares para la emisión de estas documentaciones apostilladas desde el país de origen de los Fabricantes.
Lo solicitado encuentra sustento legal en virtud de lo establecido en el artículo Art. 45 de la Ley N° 7021/22 que dispone: “En los procedimientos de contratación será obligación de las convocantes elaborar las bases y condiciones del llamado con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato con el objeto de que concurra el mayor número de Oferentes (…)”.
09-10-2024
21-10-2024
-Autorización del Fabricante legalizado/Apostillado:
En el Pliego de Bases y Condiciones, Datos De La Convocatoria, Autorización del Fabricante, se establece:
Todo documento emitido en el extranjero deben estar debidamente legalizados por el Consulado Paraguayo del País de emisión del documento y del Ministerio de Relaciones Exteriores de la República del Paraguay ó debidamente Apostillados de conformidad a la Ley N° 4987/13 QUE APRUEBA EL CONVENIO SUPRIMIENDO LA EXIGENCIA DE LA LEGALIZACIÓN DE LOS DOCUMENTOS PÚBLICOS EXTRANJEROS.
Al respecto de la formalidad de legalización/apostillado establecida con referencia a la documentación a ser presentada por los distribuidores autorizados, solicitamos que dicha formalidad requerida sea establecida como OPCIONAL para la presentación de la oferta y que la misma sea exigida para la firma del contrato, una vez que el oferente sea adjudicado, teniendo en cuenta que el plazo de la presentación de ofertas es muy limitado en comparación a los plazos estándares para la emisión de estas documentaciones apostilladas desde el país de origen de los Fabricantes.
Lo solicitado encuentra sustento legal en virtud de lo establecido en el artículo Art. 45 de la Ley N° 7021/22 que dispone: “En los procedimientos de contratación será obligación de las convocantes elaborar las bases y condiciones del llamado con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato con el objeto de que concurra el mayor número de Oferentes (…)”.
Se mantiene lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones (se solicita en el momento de la evaluación para tener una seguridad de la validez y autenticidad del documento emitido).
8
Autorización del Fabricante legalizado/Apostillado:
En el Pliego de Bases y Condiciones, Datos De La Convocatoria, Autorización del Fabricante, se establece:
Todo documento emitido en el extranjero deben estar debidamente legalizados por el Consulado Paraguayo del País de emisión del documento y del Ministerio de Relaciones Exteriores de la República del Paraguay ó debidamente Apostillados de conformidad a la Ley N° 4987/13 QUE APRUEBA EL CONVENIO SUPRIMIENDO LA EXIGENCIA DE LA LEGALIZACIÓN DE LOS DOCUMENTOS PÚBLICOS EXTRANJEROS.
Con relación a la exigencia establecida para la legalización o apostillado de la documentación presentada por distribuidores autorizados, solicitada como prueba de cumplimiento de los requisitos, respetuosamente solicitamos que dicha formalidad sea considerada como opcional. Esto permitiría a los oferentes la posibilidad de presentar copias simples o autenticadas de la autorización emitida por el fabricante, mediante documentos electrónicos. Asimismo, proponemos que se habiliten mecanismos de validación electrónica por parte de la Convocante, como la utilización de códigos QR u otras herramientas equivalentes, que permitan verificar la autenticidad de los documentos sin necesidad de que estos se encuentren legalizados o apostillados.
Esta solicitud se fundamenta en la Ley N° 6822 "De los Servicios de Confianza para las Transacciones Electrónicas, del Documento Electrónico y los Documentos Transmisibles Electrónicos", la cual otorga validez legal a los documentos electrónicos, constituyendo este el método de emisión habitual de los fabricantes en el exterior.
09-10-2024
21-10-2024
Autorización del Fabricante legalizado/Apostillado:
En el Pliego de Bases y Condiciones, Datos De La Convocatoria, Autorización del Fabricante, se establece:
Todo documento emitido en el extranjero deben estar debidamente legalizados por el Consulado Paraguayo del País de emisión del documento y del Ministerio de Relaciones Exteriores de la República del Paraguay ó debidamente Apostillados de conformidad a la Ley N° 4987/13 QUE APRUEBA EL CONVENIO SUPRIMIENDO LA EXIGENCIA DE LA LEGALIZACIÓN DE LOS DOCUMENTOS PÚBLICOS EXTRANJEROS.
Con relación a la exigencia establecida para la legalización o apostillado de la documentación presentada por distribuidores autorizados, solicitada como prueba de cumplimiento de los requisitos, respetuosamente solicitamos que dicha formalidad sea considerada como opcional. Esto permitiría a los oferentes la posibilidad de presentar copias simples o autenticadas de la autorización emitida por el fabricante, mediante documentos electrónicos. Asimismo, proponemos que se habiliten mecanismos de validación electrónica por parte de la Convocante, como la utilización de códigos QR u otras herramientas equivalentes, que permitan verificar la autenticidad de los documentos sin necesidad de que estos se encuentren legalizados o apostillados.
Esta solicitud se fundamenta en la Ley N° 6822 "De los Servicios de Confianza para las Transacciones Electrónicas, del Documento Electrónico y los Documentos Transmisibles Electrónicos", la cual otorga validez legal a los documentos electrónicos, constituyendo este el método de emisión habitual de los fabricantes en el exterior.
Se mantiene lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones (se solicita en el momento de la evaluación para tener una seguridad de la validez y autenticidad del documento emitido).
9
Autorización del fabricante/apostillado
Datos De La Convocatoria, Autorización del Fabricante, en donde se establece: "Todo documento emitido en el extranjero deben estar debidamente legalizados por el Consulado Paraguayo del País de emisión del documento y del Ministerio de Relaciones Exteriores de la República del Paraguay ó debidamente Apostillados de conformidad a la Ley N° 4987/13 QUE APRUEBA EL CONVENIO SUPRIMIENDO LA EXIGENCIA DE LA LEGALIZACIÓN DE LOS DOCUMENTOS PÚBLICOS EXTRANJEROS." Al respecto de la formalidad de legalización/apostillado establecida con referencia a la documentación a ser presentada por los distribuidores autorizados, solicitamos la postergación de la fecha de apertura debido a que con el requisito del apostillado los oferentes debemos realizar trámites burocráticos a fin de cumplir con el requisito, los trámites administrativos a realizar requieren de procesos institucionales internos de cada institución, tanto nacional como extranjera, los cuales imposibilitan el cumplimiento del requisito. Dicho requisito limita la participación de potenciales oferentes y no se garantiza al estado las mejores condiciones de participación.
Datos De La Convocatoria, Autorización del Fabricante, en donde se establece: "Todo documento emitido en el extranjero deben estar debidamente legalizados por el Consulado Paraguayo del País de emisión del documento y del Ministerio de Relaciones Exteriores de la República del Paraguay ó debidamente Apostillados de conformidad a la Ley N° 4987/13 QUE APRUEBA EL CONVENIO SUPRIMIENDO LA EXIGENCIA DE LA LEGALIZACIÓN DE LOS DOCUMENTOS PÚBLICOS EXTRANJEROS." Al respecto de la formalidad de legalización/apostillado establecida con referencia a la documentación a ser presentada por los distribuidores autorizados, solicitamos la postergación de la fecha de apertura debido a que con el requisito del apostillado los oferentes debemos realizar trámites burocráticos a fin de cumplir con el requisito, los trámites administrativos a realizar requieren de procesos institucionales internos de cada institución, tanto nacional como extranjera, los cuales imposibilitan el cumplimiento del requisito. Dicho requisito limita la participación de potenciales oferentes y no se garantiza al estado las mejores condiciones de participación.
Se mantiene lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones (se solicita en el momento de la evaluación para tener una seguridad de la validez y autenticidad del documento emitido).
10
Capacidad Técnica
2) El Oferente deberá contar con un profesional universitario (de su Staff o Contratado) que pueda demostrar experiencia de haber trabajado como PM en la ejecucion de proyectos de despliegue de entregas, instalaciones y montajes de equipos informáticos. Requisitos documentales para evaluar el criterio de capacidad técnica 2) Deberá presentar copia autenticada de la certificación en PMI dentro de su staff o podrá ser un profesional contratado que pueda demostrar la experiencia de trabajar como PM en la ejecución de proyectos de despliegue de entregas, instalaciones y montajes de equipos informáticos." - Solicitamos que este requisito sea considerado como opcional ya que el propósito del llamado es provisión de equipos, lo que no implica algo más que la logística para la provisión es instalación de equipos. Un recurso como Project Manager debería ser requerido para el diseño y administración de proyectos que implican implementaciones de sistemas o montajes de centros de datos, lo que no que no hace el objeto del presente llamado. Este requerimiento es muy restrictivo y evitaría la participación de potenciales oferentes con experiencia y capacidad de provisión de este tipo de bien. Cabe mencionar que un requisito similar ha sido introducido dentro de la convocatoria del ID 444657 el cual ha sido objeto de protesta y se encuentra pendiente de Resolución por parte de la DNCP. Al incluir requisitos limitantes que no guardan relación con el objeto del llamado la convocante se expone a reclamos por parte de oferentes y de esta manera privando a los estudiantes y alumnos del acceso a la educación consagrado en la CN, por tanto solicitamos que el requisito sea considerado opcional.
2) El Oferente deberá contar con un profesional universitario (de su Staff o Contratado) que pueda demostrar experiencia de haber trabajado como PM en la ejecucion de proyectos de despliegue de entregas, instalaciones y montajes de equipos informáticos. Requisitos documentales para evaluar el criterio de capacidad técnica 2) Deberá presentar copia autenticada de la certificación en PMI dentro de su staff o podrá ser un profesional contratado que pueda demostrar la experiencia de trabajar como PM en la ejecución de proyectos de despliegue de entregas, instalaciones y montajes de equipos informáticos." - Solicitamos que este requisito sea considerado como opcional ya que el propósito del llamado es provisión de equipos, lo que no implica algo más que la logística para la provisión es instalación de equipos. Un recurso como Project Manager debería ser requerido para el diseño y administración de proyectos que implican implementaciones de sistemas o montajes de centros de datos, lo que no que no hace el objeto del presente llamado. Este requerimiento es muy restrictivo y evitaría la participación de potenciales oferentes con experiencia y capacidad de provisión de este tipo de bien. Cabe mencionar que un requisito similar ha sido introducido dentro de la convocatoria del ID 444657 el cual ha sido objeto de protesta y se encuentra pendiente de Resolución por parte de la DNCP. Al incluir requisitos limitantes que no guardan relación con el objeto del llamado la convocante se expone a reclamos por parte de oferentes y de esta manera privando a los estudiantes y alumnos del acceso a la educación consagrado en la CN, por tanto solicitamos que el requisito sea considerado opcional.