Demostrar la experiencia en la venta de Computadoras Personales y/o Notebooks y/o UPS, similares a los ofertados con facturaciones de ventas y/o contratos acompañados de recepciones finales, equivalente a al menos el 50% de la oferta; en promedio de los últimos 3 (tres) años (2021-2022-2023). Así también deberá demostrar la experiencia en la provisión de computadoras personales, y/o notebooks y/o UPS similares a los requeridos en este llamado, con un contrato o facturación de ventas con constancia de recepción final, de al menos 150 (ciento cincuenta) unidades en cualquiera de los últimos 3 (tres) años (2021-2022-2023)... - En relación al requisito establecido la convocante no ha contemplado la posibilidad de consorcios, por tanto, se solicita que vía Adenda sea introducido el porcentaje de cumplimiento de la experiencia por cada integrante del consorcio.
Demostrar la experiencia en la venta de Computadoras Personales y/o Notebooks y/o UPS, similares a los ofertados con facturaciones de ventas y/o contratos acompañados de recepciones finales, equivalente a al menos el 50% de la oferta; en promedio de los últimos 3 (tres) años (2021-2022-2023). Así también deberá demostrar la experiencia en la provisión de computadoras personales, y/o notebooks y/o UPS similares a los requeridos en este llamado, con un contrato o facturación de ventas con constancia de recepción final, de al menos 150 (ciento cincuenta) unidades en cualquiera de los últimos 3 (tres) años (2021-2022-2023)... - En relación al requisito establecido la convocante no ha contemplado la posibilidad de consorcios, por tanto, se solicita que vía Adenda sea introducido el porcentaje de cumplimiento de la experiencia por cada integrante del consorcio.
Sistema de Adjudicación: Lote. Se solicita a la convocante la modificación del sistema de Adjudicación Por ítem, a fin de fomentar la participación de oferentes. Con la adjudicación por lote se nos priva a oferentes que no contamos con todo los ítems requeridos sin embargo contamos con experiencia en provisión, instalación, puesta en funcionamiento de otros ítems que forman parte de los bienes requeridos.
Sistema de Adjudicación: Lote. Se solicita a la convocante la modificación del sistema de Adjudicación Por ítem, a fin de fomentar la participación de oferentes. Con la adjudicación por lote se nos priva a oferentes que no contamos con todo los ítems requeridos sin embargo contamos con experiencia en provisión, instalación, puesta en funcionamiento de otros ítems que forman parte de los bienes requeridos.
Se mantiene lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones (sistema de adjudicación por lote).
13
Lote 3, ítem 4 UPS 1000 VA
En el PBC, en la sección Suministros Requeridos – Especificaciones Técnicas, Lote 3, ítem 4 UPS 1000 VA, otras exigencias, panel de control, se solicita:
“Display LCD, que muestre todos los parámetros del UPS”
Al respecto, solicitamos a la Convocante que también sean aceptados equipos UPS con indicadores LED, teniendo en cuenta que igualmente se permitirá la visualización de los parámetros de operación. Lo solicitado encuentra sustento legal en virtud de lo establecido en el artículo Art. 45 de la Ley N° 7021/22 que dispone: “En los procedimientos de contratación será obligación de las convocantes elaborar las bases y condiciones del llamado con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato con el objeto de que concurra el mayor número de Oferentes y deberán ser suficientemente claras, objetivas e imparciales para evitar favorecer a algún participante”.
En el PBC, en la sección Suministros Requeridos – Especificaciones Técnicas, Lote 3, ítem 4 UPS 1000 VA, otras exigencias, panel de control, se solicita:
“Display LCD, que muestre todos los parámetros del UPS”
Al respecto, solicitamos a la Convocante que también sean aceptados equipos UPS con indicadores LED, teniendo en cuenta que igualmente se permitirá la visualización de los parámetros de operación. Lo solicitado encuentra sustento legal en virtud de lo establecido en el artículo Art. 45 de la Ley N° 7021/22 que dispone: “En los procedimientos de contratación será obligación de las convocantes elaborar las bases y condiciones del llamado con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato con el objeto de que concurra el mayor número de Oferentes y deberán ser suficientemente claras, objetivas e imparciales para evitar favorecer a algún participante”.
Se mantiene lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones. Se requiere de visualización con display LCD para mayor control de todas las funcionalidades de la UPS y además el mismo será utilizado por usuarios administrativos sin instrucciones de uso del equipo.
14
Lote 3, ítem 4 UPS 1000 VA
En el PBC, Datos De La Convocatoria, Autorización del Fabricante, se establece: “Todo documento emitido en el extranjero deben estar debidamente legalizados por el Consulado Paraguayo del País de emisión del documento y del Ministerio de Relaciones Exteriores de la República del Paraguay ó debidamente Apostillados de conformidad a la Ley N° 4987/13 QUE APRUEBA EL CONVENIO SUPRIMIENDO LA EXIGENCIA DE LA LEGALIZACIÓN DE LOS DOCUMENTOS PÚBLICOS EXTRANJEROS”.
Al respecto de la formalidad de legalización/apostillado establecida con referencia a la documentación a ser presentada por los distribuidores autorizados, solicitamos que dicha formalidad sea eliminado para la presentación de la oferta, teniendo en cuenta que el plazo de la presentación de ofertas es muy limitado en comparación a los plazos estándares para la emisión de estas documentaciones apostilladas desde el país de origen de los Fabricantes. Lo solicitado encuentra sustento legal en virtud de lo establecido en el artículo Art. 45 de la Ley N° 7021/22 que dispone: “En los procedimientos de contratación será obligación de las convocantes elaborar las bases y condiciones del llamado con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato con el objeto de que concurra el mayor número de Oferentes (…)”.
En el PBC, Datos De La Convocatoria, Autorización del Fabricante, se establece: “Todo documento emitido en el extranjero deben estar debidamente legalizados por el Consulado Paraguayo del País de emisión del documento y del Ministerio de Relaciones Exteriores de la República del Paraguay ó debidamente Apostillados de conformidad a la Ley N° 4987/13 QUE APRUEBA EL CONVENIO SUPRIMIENDO LA EXIGENCIA DE LA LEGALIZACIÓN DE LOS DOCUMENTOS PÚBLICOS EXTRANJEROS”.
Al respecto de la formalidad de legalización/apostillado establecida con referencia a la documentación a ser presentada por los distribuidores autorizados, solicitamos que dicha formalidad sea eliminado para la presentación de la oferta, teniendo en cuenta que el plazo de la presentación de ofertas es muy limitado en comparación a los plazos estándares para la emisión de estas documentaciones apostilladas desde el país de origen de los Fabricantes. Lo solicitado encuentra sustento legal en virtud de lo establecido en el artículo Art. 45 de la Ley N° 7021/22 que dispone: “En los procedimientos de contratación será obligación de las convocantes elaborar las bases y condiciones del llamado con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato con el objeto de que concurra el mayor número de Oferentes (…)”.
Se mantiene lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones (se solicita en el momento de la evaluación para tener una seguridad de la validez y autenticidad del documento emitido).
15
- Extensión del plazo de presentación de Ofertas.
En el Pliego de Bases y Condiciones, en la sección de Etapas y Plazos, para todos los lotes se solicita
Fecha de Apertura de Ofertas:
Martes, 29 de octubre de 2024 - 10:00
En atención a la respuesta otorgada por la convocante a una de las consultas con respecto a la carta de autorización del fabricante apostillada en donde manifiesta que la misma debe ser entregada en el momento de la evaluación para tener una seguridad de la validez y autenticidad del documento emitido, se solicita a la Convocante, por tanto, una prórroga mínima de al menos 15 (quince) días calendarios en la fecha límite de presentación de ofertas, de manera a que cada potencial oferente pueda contar con el tiempo necesario y suficiente para finalizar la gestión con la marca necesaria para la emisión del documento y, de esa manera, presentar una oferta que se cumpla con la documentación requerida por la Convocante y permita ofrecer a la entidad las mejores condiciones en cuanto a oportunidad, precio y calidad.
En el Pliego de Bases y Condiciones, en la sección de Etapas y Plazos, para todos los lotes se solicita
Fecha de Apertura de Ofertas:
Martes, 29 de octubre de 2024 - 10:00
En atención a la respuesta otorgada por la convocante a una de las consultas con respecto a la carta de autorización del fabricante apostillada en donde manifiesta que la misma debe ser entregada en el momento de la evaluación para tener una seguridad de la validez y autenticidad del documento emitido, se solicita a la Convocante, por tanto, una prórroga mínima de al menos 15 (quince) días calendarios en la fecha límite de presentación de ofertas, de manera a que cada potencial oferente pueda contar con el tiempo necesario y suficiente para finalizar la gestión con la marca necesaria para la emisión del documento y, de esa manera, presentar una oferta que se cumpla con la documentación requerida por la Convocante y permita ofrecer a la entidad las mejores condiciones en cuanto a oportunidad, precio y calidad.
Favor remitirse al Pliego de Bases y Condiciones. Con respecto a este punto, el llamado ya ha sido prorrogado por efecto de la publicación de la Adenda N° 01.
16
Prorroga para la presentación de Ofertas.
En el Pliego de Bases y Condiciones, en la sección de Etapas y Plazos, para todos los lotes se solicita
Fecha de Apertura de Ofertas:
Martes, 29 de octubre de 2024 - 10:00
Al respecto, se solicita a la Convocante una prórroga mínima de al menos 10 (diez) días calendarios en la fecha límite de presentación de ofertas, de manera a que cada potencial oferente pueda contar con el tiempo necesario y suficiente para realizar un análisis íntegro y pormenorizado de todas las condiciones y requisitos establecidos dentro del presente llamado atendiendo a la complejidad de lo solicitado por el PBC, y de esa manera, presentar una oferta técnica y económica que se ajuste a las necesidades de la Convocante y permita alcanzar a la empresa las mejores condiciones en cuanto a oportunidad, precio y calidad.
Lo solicitado encuentra sustento legal en virtud de lo establecido en el artículo Art. 45 de la Ley N° 7021/22 que dispone: “En los procedimientos de contratación será obligación de las convocantes elaborar las bases y condiciones del llamado con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato con el objeto de que concurra el mayor número de Oferentes (…).
En el Pliego de Bases y Condiciones, en la sección de Etapas y Plazos, para todos los lotes se solicita
Fecha de Apertura de Ofertas:
Martes, 29 de octubre de 2024 - 10:00
Al respecto, se solicita a la Convocante una prórroga mínima de al menos 10 (diez) días calendarios en la fecha límite de presentación de ofertas, de manera a que cada potencial oferente pueda contar con el tiempo necesario y suficiente para realizar un análisis íntegro y pormenorizado de todas las condiciones y requisitos establecidos dentro del presente llamado atendiendo a la complejidad de lo solicitado por el PBC, y de esa manera, presentar una oferta técnica y económica que se ajuste a las necesidades de la Convocante y permita alcanzar a la empresa las mejores condiciones en cuanto a oportunidad, precio y calidad.
Lo solicitado encuentra sustento legal en virtud de lo establecido en el artículo Art. 45 de la Ley N° 7021/22 que dispone: “En los procedimientos de contratación será obligación de las convocantes elaborar las bases y condiciones del llamado con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato con el objeto de que concurra el mayor número de Oferentes (…).
Favor remitirse al Pliego de Bases y Condiciones. Con respecto a este punto, el llamado ya ha sido prorrogado por efecto de la publicación de la Adenda N° 01.