Solicitamos a la convocante ampliar los requisitos de experiencia, considerando que los insumos mencionados pueden ser clasificados como equipos informáticos.
Solicitamos a la convocante ampliar los requisitos de experiencia, considerando que los insumos mencionados pueden ser clasificados como equipos informáticos.
En referencia a la consulta realizada y en coordinación con la unidad solicitante (CODI), la misma menciona que: Los equipos solicitados deben cumplir con estándares de uso militar, al ampliar la experiencia se podrían ofertar equipos no convencionales y de poca versatilidad para las operaciones militares, de esta manera se expondría la vida del personal militar en las operaciones efectuadas. Se recomienda ajustarse al PBC.
2
-Experiencia Requerida.
En relación a la experiencia requerida solicitamos se admita experiencias en provisión de Equipos Tácticos, de Seguridad y accesorios, a empresas públicas y/o privadas desde el año 2012 al 2024 teniendo en cuenta que igualmente la Convocante tendrá garantizada la calidad, eficiencia y eficacia en la provisión de los equipos por parte de empresas oferentes del sector, que poseen amplia experiencia en nuestro medio, permitiendo así también la participación de una mayor cantidad de potenciales oferentes, por tanto, ampliar el rango de periodos anuales facilitaría una demostración más precisa y real de la experiencia en el suministro de bienes similares al objeto del presente llamado.
En relación a la experiencia requerida solicitamos se admita experiencias en provisión de Equipos Tácticos, de Seguridad y accesorios, a empresas públicas y/o privadas desde el año 2012 al 2024 teniendo en cuenta que igualmente la Convocante tendrá garantizada la calidad, eficiencia y eficacia en la provisión de los equipos por parte de empresas oferentes del sector, que poseen amplia experiencia en nuestro medio, permitiendo así también la participación de una mayor cantidad de potenciales oferentes, por tanto, ampliar el rango de periodos anuales facilitaría una demostración más precisa y real de la experiencia en el suministro de bienes similares al objeto del presente llamado.
En referencia a la consulta realizada y en coordinación con la unidad solicitante (CODI), la misma menciona que: se solicita experiencia en el rango de lo mencionado en el Pliego de bases y condiciones, con el fin comprobar si el oferente se encuentra activo en la provisión de los ítems solicitados, debido a que los mismos son de uso no convencional e importados, todo lo mencionado es con la finalidad de garantizar la provisión satisfactoria de los productos requeridos. Se solicita ajustarse al PBC.
3
Experiencia Requerida
En el Pliego de Bases y Condiciones, en la sección de Requisitos de Participación y Criterios de Evaluación. Experiencia Requerida, se solicita:
Demostrar la experiencia en la provisión de Equipos Tácticos, de Seguridad y accesorios, a empresas públicas y/o privadas en los últimos (3) tres años (2021, 2022 y 2023).Podrán presentarse la cantidad de facturaciones, contratos y recepciones finales que fueren necesarios para acreditar el criterio de experiencia solicitado, siempre que hayan sido formalizados en el periodo mencionado, por un monto equivalente al 50 % como mínimo del monto total ofertado en la presente contratación.
Solicitamos extender el periodo de experiencia requerida en la provisión de Equipos Tácticos, Seguridad y accesorios, a empresas públicas y privadas dentro de los años (2015-2016-2017-2018-2019-2020-2021-2022-2023) por un monto equivalente al 30 % del valor ofertado. Con esta modificación la convocante se verá beneficiada al recibir una mayor cantidad de ofertas de otros los potenciales oferentes.
En el Pliego de Bases y Condiciones, en la sección de Requisitos de Participación y Criterios de Evaluación. Experiencia Requerida, se solicita:
Demostrar la experiencia en la provisión de Equipos Tácticos, de Seguridad y accesorios, a empresas públicas y/o privadas en los últimos (3) tres años (2021, 2022 y 2023).Podrán presentarse la cantidad de facturaciones, contratos y recepciones finales que fueren necesarios para acreditar el criterio de experiencia solicitado, siempre que hayan sido formalizados en el periodo mencionado, por un monto equivalente al 50 % como mínimo del monto total ofertado en la presente contratación.
Solicitamos extender el periodo de experiencia requerida en la provisión de Equipos Tácticos, Seguridad y accesorios, a empresas públicas y privadas dentro de los años (2015-2016-2017-2018-2019-2020-2021-2022-2023) por un monto equivalente al 30 % del valor ofertado. Con esta modificación la convocante se verá beneficiada al recibir una mayor cantidad de ofertas de otros los potenciales oferentes.
En referencia a la consulta realizada y en coordinación con la unidad solicitante (CODI), la misma menciona que: se solicita experiencia en el rango de lo mencionado en el Pliego de bases y condiciones, con el fin comprobar si el oferente se encuentra activo en la provisión de los ítems solicitados, debido a que los mismos son de uso no convencional e importados, todo lo mencionado es con la finalidad de garantizar la provisión satisfactoria de los productos requeridos. Se solicita ajustarse al PBC.
4
experiencia requerida
El PBC solicita como experiencia requerida lo siguiente:
Demostrar la experiencia en la provisión de Equipos Tácticos, de Seguridad y accesorios, a empresas públicas y/o privadas en los últimos (3) tres años (2021, 2022 y 2023).Podrán presentarse la cantidad de facturaciones, contratos y recepciones finales que fueren necesarios para acreditar el criterio de experiencia solicitado, siempre que hayan sido formalizados en el periodo mencionado, por un monto equivalente al 50 % como mínimo del monto total ofertado en la presente contratación.
Al respecto, se solicita a la convocante sean aceptadas la experiencia en la provisión de Equipos Tácticos, Seguridad (Soluciones de CCTV - Cámaras Fijas) y accesorios, a empresas públicas y/o privadas en los últimos (3) tres años (2021, 2022 y 2023), considerando que lo solicitado se encuentra dentro del rubro de equipos de seguridad, por tanto se demostraría de igual manera la experiencia requerida en el presente llamado, permitiendo con esta modificación la participación de empresas con experiencia e idoneidad para ser oferentes dentro del presente llamado, lo cual posibilitara la obtención de mejores precios y calidad en beneficio de la Institución.
Lo solicitado encuentra sustento legal en virtud en lo establecido en el artículo Art. 45 de la Ley N° 7021/22 que dispone: “En los procedimientos de contratación será obligación de las convocantes elaborar las bases y condiciones del llamado con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato con el objeto de que concurra el mayor número de Oferentes (…)”
El PBC solicita como experiencia requerida lo siguiente:
Demostrar la experiencia en la provisión de Equipos Tácticos, de Seguridad y accesorios, a empresas públicas y/o privadas en los últimos (3) tres años (2021, 2022 y 2023).Podrán presentarse la cantidad de facturaciones, contratos y recepciones finales que fueren necesarios para acreditar el criterio de experiencia solicitado, siempre que hayan sido formalizados en el periodo mencionado, por un monto equivalente al 50 % como mínimo del monto total ofertado en la presente contratación.
Al respecto, se solicita a la convocante sean aceptadas la experiencia en la provisión de Equipos Tácticos, Seguridad (Soluciones de CCTV - Cámaras Fijas) y accesorios, a empresas públicas y/o privadas en los últimos (3) tres años (2021, 2022 y 2023), considerando que lo solicitado se encuentra dentro del rubro de equipos de seguridad, por tanto se demostraría de igual manera la experiencia requerida en el presente llamado, permitiendo con esta modificación la participación de empresas con experiencia e idoneidad para ser oferentes dentro del presente llamado, lo cual posibilitara la obtención de mejores precios y calidad en beneficio de la Institución.
Lo solicitado encuentra sustento legal en virtud en lo establecido en el artículo Art. 45 de la Ley N° 7021/22 que dispone: “En los procedimientos de contratación será obligación de las convocantes elaborar las bases y condiciones del llamado con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato con el objeto de que concurra el mayor número de Oferentes (…)”
En referencia a la consulta realizada y en coordinación con la unidad solicitante (CODI), la misma menciona que: Los equipos objetos del presente llamado serán desinados para operaciones militares de seguridad interna, lo cual no supone la comparación con el uso de cámaras de seguridad. Se solicita ajustarse al PBC.
5
Especificaciones Tecnicas
Solicitamos a la convocante amablemente que sean aceptadas equipos con "AUDIO DESDE VARIOS MICRÓFONOS: Deberá poseer como mínimo cuatro micrófonos incorporados." solicitamos que sean aceptadas como mínimo 2 micrófonos a fin de dar mayor participación a potenciales oferentes
Solicitamos a la convocante amablemente que sean aceptadas equipos con "AUDIO DESDE VARIOS MICRÓFONOS: Deberá poseer como mínimo cuatro micrófonos incorporados." solicitamos que sean aceptadas como mínimo 2 micrófonos a fin de dar mayor participación a potenciales oferentes
En referencia a la consulta realizada y en coordinación con la unidad solicitante (CODI), la misma menciona que: El uso que se le dará al producto exige la calidad de sonido, imagen, máxima resolución y precisión de recabar la información por lo que toda ventaja tecnológica adecuada debe ser maximizada. Se solicita ajustarse al PBC.
6
-Micrófonos
En el PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES, en el apartado SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TÉCNICAS. Especificaciones Técnicas CPS, ESPECIFICACIONES TÉCNICAS MINIMAS REQUERIDAS, ITEM 02 CAMARA CORPORAL DE GRABACION, se solicita:
“AUDIO DESDE VARIOS MICRÓFONOS: Deberá poseer como mínimo cuatro micrófonos incorporados, con función de reducción del ruido del viento y otros avances.”
Al respecto, solicitamos a la Convocante que sean aceptadas cámaras corporales con AUDIO DESDE VARIOS MICRÓFONOS que posean como mínimo dos micrófonos incorporados, con función de reducción del ruido del viento y otros avances, considerando que existen fabricantes de Cámaras Corporales que producen equipos que tienen una tecnología de mejoramiento de audio que no requieren de una cantidad elevada de micrófonos para eliminar los ruidos del viento e interferencias; y que actualmente existen algoritmos que utilizan IA (Inteligencia Artificial) para la corrección de Video y Audio, entendemos que la calidad de los audios de las cámaras no depende de la cantidad de micrófonos sino de la tecnología del fabricante. Con esta modificación la convocante se verá beneficiada al recibir una mayor cantidad de ofertas de otros potenciales oferentes.
Lo solicitado encuentra sustento legal en virtud en lo establecido en el artículo Art. 45 de la Ley N° 7021/22 que dispone: “En los procedimientos de contratación será obligación de las convocantes elaborar las bases y condiciones del llamado con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato con el objeto de que concurra el mayor número de Oferentes (…)”
En el PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES, en el apartado SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TÉCNICAS. Especificaciones Técnicas CPS, ESPECIFICACIONES TÉCNICAS MINIMAS REQUERIDAS, ITEM 02 CAMARA CORPORAL DE GRABACION, se solicita:
“AUDIO DESDE VARIOS MICRÓFONOS: Deberá poseer como mínimo cuatro micrófonos incorporados, con función de reducción del ruido del viento y otros avances.”
Al respecto, solicitamos a la Convocante que sean aceptadas cámaras corporales con AUDIO DESDE VARIOS MICRÓFONOS que posean como mínimo dos micrófonos incorporados, con función de reducción del ruido del viento y otros avances, considerando que existen fabricantes de Cámaras Corporales que producen equipos que tienen una tecnología de mejoramiento de audio que no requieren de una cantidad elevada de micrófonos para eliminar los ruidos del viento e interferencias; y que actualmente existen algoritmos que utilizan IA (Inteligencia Artificial) para la corrección de Video y Audio, entendemos que la calidad de los audios de las cámaras no depende de la cantidad de micrófonos sino de la tecnología del fabricante. Con esta modificación la convocante se verá beneficiada al recibir una mayor cantidad de ofertas de otros potenciales oferentes.
Lo solicitado encuentra sustento legal en virtud en lo establecido en el artículo Art. 45 de la Ley N° 7021/22 que dispone: “En los procedimientos de contratación será obligación de las convocantes elaborar las bases y condiciones del llamado con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato con el objeto de que concurra el mayor número de Oferentes (…)”
En referencia a la consulta realizada y en coordinación con la unidad solicitante (CODI), la misma menciona que: El uso que se le dará al producto exige la calidad de sonido, imagen, máxima resolución y precisión de recabar la información por lo que toda ventaja tecnológica adecuada debe ser maximizada. Se solicita ajustarse al PBC.
7
-Transmisión en Directo
En el PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES, en el apartado SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TÉCNICAS. Especificaciones Técnicas CPS, ESPECIFICACIONES TÉCNICAS MINIMAS REQUERIDAS, ITEM 02 CAMARA CORPORAL DE GRABACION, se solicita:
“ACTIVACIÓN Y ALERTAS SIN INTERVENCIÓN: Deberá enviar alertas en tiempo real, lo que permitirá al equipo actuar con rapidez en situaciones críticas.
TRANSMISIÓN EN DIRECTO: Capacidad de transmitir audio y vídeo a través de una red móvil, para que los agentes y el personal de mando puedan obtener una visión en tiempo real y actuar con mayor información.”
En las Especificaciones Técnicas no se indican los requerimientos para el Servidor de Video, el Software, Switches, Estaciones de Descarga de video y carga de baterías etc., especificaciones indispensables para la operación del sistema y/o recepción y transmisión de Videos en tiempo real y por medio de una red móvil.
Por tanto, entendemos que la Convocante omitió las especificaciones técnicas de los equipos requeridos para la operatividad del sistema y en estas circunstancias solicitamos a la convocante indicar cuales son los requerimientos técnicos del Hardware solicitado, como por ej: el servidor donde serán almacenados los videos capturados por la cámara corporal de grabación.
La consulta es realizada con el objeto de presentar una oferta acorde a las necesidades de la Convocante a fin de no generar confusiones durante el proceso de análisis y presentación de ofertas.
Lo solicitado encuentra sustento legal en virtud de lo establecido en el artículo Art. 45 de la Ley N° 7021/22 que dispone: “En los procedimientos de contratación será obligación de las convocantes elaborar las bases y condiciones del llamado con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato con el objeto de que concurra el mayor número de Oferentes y deberán ser suficientemente claras, objetivas e imparciales para evitar favorecer a algún participante”,
En el PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES, en el apartado SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TÉCNICAS. Especificaciones Técnicas CPS, ESPECIFICACIONES TÉCNICAS MINIMAS REQUERIDAS, ITEM 02 CAMARA CORPORAL DE GRABACION, se solicita:
“ACTIVACIÓN Y ALERTAS SIN INTERVENCIÓN: Deberá enviar alertas en tiempo real, lo que permitirá al equipo actuar con rapidez en situaciones críticas.
TRANSMISIÓN EN DIRECTO: Capacidad de transmitir audio y vídeo a través de una red móvil, para que los agentes y el personal de mando puedan obtener una visión en tiempo real y actuar con mayor información.”
En las Especificaciones Técnicas no se indican los requerimientos para el Servidor de Video, el Software, Switches, Estaciones de Descarga de video y carga de baterías etc., especificaciones indispensables para la operación del sistema y/o recepción y transmisión de Videos en tiempo real y por medio de una red móvil.
Por tanto, entendemos que la Convocante omitió las especificaciones técnicas de los equipos requeridos para la operatividad del sistema y en estas circunstancias solicitamos a la convocante indicar cuales son los requerimientos técnicos del Hardware solicitado, como por ej: el servidor donde serán almacenados los videos capturados por la cámara corporal de grabación.
La consulta es realizada con el objeto de presentar una oferta acorde a las necesidades de la Convocante a fin de no generar confusiones durante el proceso de análisis y presentación de ofertas.
Lo solicitado encuentra sustento legal en virtud de lo establecido en el artículo Art. 45 de la Ley N° 7021/22 que dispone: “En los procedimientos de contratación será obligación de las convocantes elaborar las bases y condiciones del llamado con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato con el objeto de que concurra el mayor número de Oferentes y deberán ser suficientemente claras, objetivas e imparciales para evitar favorecer a algún participante”,
En referencia a la consulta realizada y en coordinación con la unidad solicitante (CODI), la misma menciona que: Solo se precisan los equipos operativos móviles, Favor ceñirse a lo dispuesto en el PBC.
8
-Transmisión en Directo
En el PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES, en el apartado SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TÉCNICAS. Especificaciones Técnicas CPS, ESPECIFICACIONES TÉCNICAS MINIMAS REQUERIDAS, ITEM 02 CAMARA CORPORAL DE GRABACION, se solicita:
“ACTIVACIÓN Y ALERTAS SIN INTERVENCIÓN: Deberá enviar alertas en tiempo real, lo que permitirá al equipo actuar con rapidez en situaciones críticas.
TRANSMISIÓN EN DIRECTO: Capacidad de transmitir audio y vídeo a través de una red móvil, para que los agentes y el personal de mando puedan obtener una visión en tiempo real y actuar con mayor información.”
En las Especificaciones Técnicas no se indican los requerimientos para el Servicio de la Red Móvil de Internet necesaria para las comunicaciones de alarma y la transmisión de Videos en tiempo real, entendemos que la Convocante ya cuenta con un Servicio de Internet Móvil y los SIM Cards activos que serán utilizados en cada Cámara Corporal para que el mismo pueda trasmitir en tiempo real como se requiere.
Al respecto, solicitamos a la Convocante confirmar si nuestra apreciación es correcta a fin de que los potenciales oferentes puedan ofertar de manera adecuada.
Lo solicitado encuentra sustento legal en virtud de lo establecido en el artículo Art. 45 de la Ley N° 7021/22 que dispone: “En los procedimientos de contratación será obligación de las convocantes elaborar las bases y condiciones del llamado con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato con el objeto de que concurra el mayor número de Oferentes y deberán ser suficientemente claras, objetivas e imparciales para evitar favorecer a algún participante”,
En el PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES, en el apartado SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TÉCNICAS. Especificaciones Técnicas CPS, ESPECIFICACIONES TÉCNICAS MINIMAS REQUERIDAS, ITEM 02 CAMARA CORPORAL DE GRABACION, se solicita:
“ACTIVACIÓN Y ALERTAS SIN INTERVENCIÓN: Deberá enviar alertas en tiempo real, lo que permitirá al equipo actuar con rapidez en situaciones críticas.
TRANSMISIÓN EN DIRECTO: Capacidad de transmitir audio y vídeo a través de una red móvil, para que los agentes y el personal de mando puedan obtener una visión en tiempo real y actuar con mayor información.”
En las Especificaciones Técnicas no se indican los requerimientos para el Servicio de la Red Móvil de Internet necesaria para las comunicaciones de alarma y la transmisión de Videos en tiempo real, entendemos que la Convocante ya cuenta con un Servicio de Internet Móvil y los SIM Cards activos que serán utilizados en cada Cámara Corporal para que el mismo pueda trasmitir en tiempo real como se requiere.
Al respecto, solicitamos a la Convocante confirmar si nuestra apreciación es correcta a fin de que los potenciales oferentes puedan ofertar de manera adecuada.
Lo solicitado encuentra sustento legal en virtud de lo establecido en el artículo Art. 45 de la Ley N° 7021/22 que dispone: “En los procedimientos de contratación será obligación de las convocantes elaborar las bases y condiciones del llamado con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato con el objeto de que concurra el mayor número de Oferentes y deberán ser suficientemente claras, objetivas e imparciales para evitar favorecer a algún participante”,
En referencia a la consulta realizada y en coordinación con la unidad solicitante (CODI), la misma menciona que: Solo se precisan los equipos operativos móviles, Favor ceñirse a lo dispuesto en el PBC.
9
-Almacenamiento de Video
En el PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES, en el apartado SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TÉCNICAS. Especificaciones Técnicas CPS, ESPECIFICACIONES TÉCNICAS MINIMAS REQUERIDAS, ITEM 02 CAMARA CORPORAL DE GRABACION, se solicita:
“MAYOR CALIDAD DE VÍDEO: Deberá reducir el desenfoque producido por el movimiento del agente, y altas prestaciones en las grabaciones con poca luz.”
En las Especificaciones Técnicas no se indican los requerimientos para el Servidor de Video ni del Software del sistema para recepción y transmisión de Videos en tiempo real, entendemos que la Convocante requiere de la provisión de un Servidor dónde serán almacenados los archivos de video capturados por las cámaras corporales.
Al respecto, solicitamos a la Convocante confirmar si nuestra apreciación es correcta con el objeto de presentar una oferta acorde a las necesidades de la Convocante a fin de no generar confusiones durante el proceso de análisis y presentación de ofertas.
Lo solicitado encuentra sustento legal en virtud de lo establecido en el artículo Art. 45 de la Ley N° 7021/22 que dispone: “En los procedimientos de contratación será obligación de las convocantes elaborar las bases y condiciones del llamado con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato con el objeto de que concurra el mayor número de Oferentes y deberán ser suficientemente claras, objetivas e imparciales para evitar favorecer a algún participante”,
En el PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES, en el apartado SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TÉCNICAS. Especificaciones Técnicas CPS, ESPECIFICACIONES TÉCNICAS MINIMAS REQUERIDAS, ITEM 02 CAMARA CORPORAL DE GRABACION, se solicita:
“MAYOR CALIDAD DE VÍDEO: Deberá reducir el desenfoque producido por el movimiento del agente, y altas prestaciones en las grabaciones con poca luz.”
En las Especificaciones Técnicas no se indican los requerimientos para el Servidor de Video ni del Software del sistema para recepción y transmisión de Videos en tiempo real, entendemos que la Convocante requiere de la provisión de un Servidor dónde serán almacenados los archivos de video capturados por las cámaras corporales.
Al respecto, solicitamos a la Convocante confirmar si nuestra apreciación es correcta con el objeto de presentar una oferta acorde a las necesidades de la Convocante a fin de no generar confusiones durante el proceso de análisis y presentación de ofertas.
Lo solicitado encuentra sustento legal en virtud de lo establecido en el artículo Art. 45 de la Ley N° 7021/22 que dispone: “En los procedimientos de contratación será obligación de las convocantes elaborar las bases y condiciones del llamado con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato con el objeto de que concurra el mayor número de Oferentes y deberán ser suficientemente claras, objetivas e imparciales para evitar favorecer a algún participante”,
En referencia a la consulta realizada y en coordinación con la unidad solicitante (CODI), la misma menciona que: Solo se precisan los equipos operativos móviles, Favor ceñirse a lo dispuesto en el PBC.
10
-Navegación de Comunicación
En el PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES, en el apartado SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TÉCNICAS. Especificaciones Técnicas CPS, ESPECIFICACIONES TÉCNICAS MINIMAS REQUERIDAS, ITEM 03 GPS PORTÁTIL, se solicita:
“GPS: De un tamaño compacto de mano, con una pantalla de 3", navegación de comunicación por satélite accionado por botones que incluye mapas Topo Active de Europa y la tecnología inReach.”
Al respecto, solicitamos a la Convocante que también sea aceptada la tecnología de Navegación de Comunicación vía 2G, teniendo en cuenta que la misma cumple también con el control de navegación y comunicación que ser requiere.
Considerando además de lo previamente señalado, la convocante está solicitando la provisión de un Equipo GPS Portátil tecnología inReach cuyas especificaciones técnicas son la transcripción o copia casi literal del equipo de la marca GARMIN, modelo: GPSMAP 66st como se puede comprobar en la página del fabricante:
https://www.garmin.com/es-ES/p/598408#specs
Por tanto, este requerimiento es altamente restrictivo porque solo puede ser cumplido por el equipo de la marca GARMIN, limitando así la participación de más oferentes, del mismo modo que atenta alevosamente contra la posibilidad de una participación justa y en igualdad de condiciones para todos los oferentes, en abierta contravención con el principio de Igualdad y Libre Competencia que impera en las contrataciones públicas.
Lo solicitado encuentra sustento legal en virtud en lo establecido en el artículo Art. 45 de la Ley N° 7021/22 que dispone: “En los procedimientos de contratación será obligación de las convocantes elaborar las bases y condiciones del llamado con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato con el objeto de que concurra el mayor número de Oferentes… Asimismo, no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por la presente Ley para la participación, contratación o adjudicación, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables en los pliegos de bases y condiciones si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas”
En el PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES, en el apartado SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TÉCNICAS. Especificaciones Técnicas CPS, ESPECIFICACIONES TÉCNICAS MINIMAS REQUERIDAS, ITEM 03 GPS PORTÁTIL, se solicita:
“GPS: De un tamaño compacto de mano, con una pantalla de 3", navegación de comunicación por satélite accionado por botones que incluye mapas Topo Active de Europa y la tecnología inReach.”
Al respecto, solicitamos a la Convocante que también sea aceptada la tecnología de Navegación de Comunicación vía 2G, teniendo en cuenta que la misma cumple también con el control de navegación y comunicación que ser requiere.
Considerando además de lo previamente señalado, la convocante está solicitando la provisión de un Equipo GPS Portátil tecnología inReach cuyas especificaciones técnicas son la transcripción o copia casi literal del equipo de la marca GARMIN, modelo: GPSMAP 66st como se puede comprobar en la página del fabricante:
https://www.garmin.com/es-ES/p/598408#specs
Por tanto, este requerimiento es altamente restrictivo porque solo puede ser cumplido por el equipo de la marca GARMIN, limitando así la participación de más oferentes, del mismo modo que atenta alevosamente contra la posibilidad de una participación justa y en igualdad de condiciones para todos los oferentes, en abierta contravención con el principio de Igualdad y Libre Competencia que impera en las contrataciones públicas.
Lo solicitado encuentra sustento legal en virtud en lo establecido en el artículo Art. 45 de la Ley N° 7021/22 que dispone: “En los procedimientos de contratación será obligación de las convocantes elaborar las bases y condiciones del llamado con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato con el objeto de que concurra el mayor número de Oferentes… Asimismo, no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por la presente Ley para la participación, contratación o adjudicación, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables en los pliegos de bases y condiciones si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas”
En referencia a la consulta realizada y en coordinación con la unidad solicitante (CODI), la misma menciona que: Solo se precisan los equipos operativos móviles, Favor ceñirse a lo dispuesto en el PBC.