En el PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES, en el apartado SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TÉCNICAS. Especificaciones Técnicas CPS, ESPECIFICACIONES TÉCNICAS MINIMAS REQUERIDAS, ITEM 03 GPS PORTÁTIL, se solicita:
“GPS: De un tamaño compacto de mano, con una pantalla de 3", navegación de comunicación por satélite accionado por botones que incluye mapas Topo Active de Europa y la tecnología inReach.”
Solicitamos a la Convocante que el requerimiento de incluir mapas de Europa sea eliminado, considerando que dicho requisito no resulta técnicamente indispensable a los fines del presente llamado, ya que dichos solo serán utilizados dentro de la República de Paraguay, señalando además que los requerimientos técnicos apuntan a una única solución de la marca GARMIN.
Al respecto, cabe indicar que la convocante está solicitando la provisión de un Equipo GPS Portátil con mapas de EUROPA, cuya especificación técnica es la transcripción o copia casi literal del equipo de la marca GARMIN, modelo: GPSMAP 66st como se puede comprobar en la página del fabricante:
https://www.garmin.com/es-ES/p/598408#specs
Por tanto, este requerimiento es altamente restrictivo porque solo puede ser cumplido por el equipo de la marca GARMIN, limitando así la participación de más oferentes, del mismo modo que atenta alevosamente contra la posibilidad de una participación justa y en igualdad de condiciones para todos los oferentes, en abierta contravención con el principio de Igualdad y Libre Competencia que impera en las contrataciones públicas.
Lo solicitado encuentra sustento legal en virtud en lo establecido en el artículo Art. 45 de la Ley N° 7021/22 que dispone: “En los procedimientos de contratación será obligación de las convocantes elaborar las bases y condiciones del llamado con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato con el objeto de que concurra el mayor número de Oferentes… Asimismo, no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por la presente Ley para la participación, contratación o adjudicación, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables en los pliegos de bases y condiciones si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas”.
En el PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES, en el apartado SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TÉCNICAS. Especificaciones Técnicas CPS, ESPECIFICACIONES TÉCNICAS MINIMAS REQUERIDAS, ITEM 03 GPS PORTÁTIL, se solicita:
“GPS: De un tamaño compacto de mano, con una pantalla de 3", navegación de comunicación por satélite accionado por botones que incluye mapas Topo Active de Europa y la tecnología inReach.”
Solicitamos a la Convocante que el requerimiento de incluir mapas de Europa sea eliminado, considerando que dicho requisito no resulta técnicamente indispensable a los fines del presente llamado, ya que dichos solo serán utilizados dentro de la República de Paraguay, señalando además que los requerimientos técnicos apuntan a una única solución de la marca GARMIN.
Al respecto, cabe indicar que la convocante está solicitando la provisión de un Equipo GPS Portátil con mapas de EUROPA, cuya especificación técnica es la transcripción o copia casi literal del equipo de la marca GARMIN, modelo: GPSMAP 66st como se puede comprobar en la página del fabricante:
https://www.garmin.com/es-ES/p/598408#specs
Por tanto, este requerimiento es altamente restrictivo porque solo puede ser cumplido por el equipo de la marca GARMIN, limitando así la participación de más oferentes, del mismo modo que atenta alevosamente contra la posibilidad de una participación justa y en igualdad de condiciones para todos los oferentes, en abierta contravención con el principio de Igualdad y Libre Competencia que impera en las contrataciones públicas.
Lo solicitado encuentra sustento legal en virtud en lo establecido en el artículo Art. 45 de la Ley N° 7021/22 que dispone: “En los procedimientos de contratación será obligación de las convocantes elaborar las bases y condiciones del llamado con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato con el objeto de que concurra el mayor número de Oferentes… Asimismo, no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por la presente Ley para la participación, contratación o adjudicación, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables en los pliegos de bases y condiciones si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas”.
En referencia a la consulta realizada y en coordinación con la unidad solicitante (CODI), la misma menciona que: las características de los equipos mencionados son mínimas para la eficiencia y eficacia requeridas para operaciones de tipo militar y entrenamientos, compatibles con equipos de otras fuerzas Nacionales y países amigos en la realización de trabajo conjuntos en la lucha contra el crimen organizado. Se solicita ajustarse al PBC
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-Mapas Topo Active
En el PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES, en el apartado SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TÉCNICAS. Especificaciones Técnicas CPS, ESPECIFICACIONES TÉCNICAS MINIMAS REQUERIDAS, ITEM 03 GPS PORTÁTIL, se solicita:
“GPS: De un tamaño compacto de mano, con una pantalla de 3", navegación de comunicación por satélite accionado por botones que incluye mapas Topo Active de Europa y la tecnología inReach.”
Al respecto, solicitamos a la Convocante que el requerimiento de incluir mapas Topo Active que es tecnología usada por el fabricante GARMIN sea considera como Opcional; y que también sean aceptados GPS con mapas topográficos Alpina o Fraternali.
La convocante está solicitando la provisión de un Equipo GPS Portátil con mapas Topo Active de EUROPA, cuya especificación técnica es la transcripción o copia casi literal del equipo de la marca GARMIN, modelo: GPSMAP 66st como se puede comprobar en la página del fabricante:
https://www.garmin.com/es-ES/p/598408#specs
Por tanto, este requerimiento es altamente restrictivo porque solo puede ser cumplido por el equipo de la marca GARMIN, limitando así la participación de más oferentes, del mismo modo que atenta alevosamente contra la posibilidad de una participación justa y en igualdad de condiciones para todos los oferentes, en abierta contravención con el principio de Igualdad y Libre Competencia que impera en las contrataciones públicas.
Lo solicitado encuentra sustento legal en virtud en lo establecido en el artículo Art. 45 de la Ley N° 7021/22 que dispone: “En los procedimientos de contratación será obligación de las convocantes elaborar las bases y condiciones del llamado con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato con el objeto de que concurra el mayor número de Oferentes… Asimismo, no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por la presente Ley para la participación, contratación o adjudicación, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables en los pliegos de bases y condiciones si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas”.
En el PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES, en el apartado SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TÉCNICAS. Especificaciones Técnicas CPS, ESPECIFICACIONES TÉCNICAS MINIMAS REQUERIDAS, ITEM 03 GPS PORTÁTIL, se solicita:
“GPS: De un tamaño compacto de mano, con una pantalla de 3", navegación de comunicación por satélite accionado por botones que incluye mapas Topo Active de Europa y la tecnología inReach.”
Al respecto, solicitamos a la Convocante que el requerimiento de incluir mapas Topo Active que es tecnología usada por el fabricante GARMIN sea considera como Opcional; y que también sean aceptados GPS con mapas topográficos Alpina o Fraternali.
La convocante está solicitando la provisión de un Equipo GPS Portátil con mapas Topo Active de EUROPA, cuya especificación técnica es la transcripción o copia casi literal del equipo de la marca GARMIN, modelo: GPSMAP 66st como se puede comprobar en la página del fabricante:
https://www.garmin.com/es-ES/p/598408#specs
Por tanto, este requerimiento es altamente restrictivo porque solo puede ser cumplido por el equipo de la marca GARMIN, limitando así la participación de más oferentes, del mismo modo que atenta alevosamente contra la posibilidad de una participación justa y en igualdad de condiciones para todos los oferentes, en abierta contravención con el principio de Igualdad y Libre Competencia que impera en las contrataciones públicas.
Lo solicitado encuentra sustento legal en virtud en lo establecido en el artículo Art. 45 de la Ley N° 7021/22 que dispone: “En los procedimientos de contratación será obligación de las convocantes elaborar las bases y condiciones del llamado con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato con el objeto de que concurra el mayor número de Oferentes… Asimismo, no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por la presente Ley para la participación, contratación o adjudicación, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables en los pliegos de bases y condiciones si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas”.
En referencia a la consulta realizada y en coordinación con la unidad solicitante (CODI), la misma menciona que: las características de los equipos mencionados son mínimas para la eficiencia y eficacia requeridas para operaciones de tipo militar y entrenamientos, compatibles con equipos de otras fuerzas Nacionales y países amigos en la realización de trabajo conjuntos en la lucha contra el crimen organizado. Se solicita ajustarse al PBC.
13
Especificaciones Tecnicas
ADQUISICION DE EQUIPOS DE SEGURIDAD PARA EL CODI
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS MÍNIMAS REQUERIDAS
ITEMS 01 CASCO DE ACERO
El modelo del casco deberá ser FAST (Future Assault Shell Technology) o FAST HIGHT CUT
Observaciones
1. Se solicita a la entidad aceptar cascos fabricados en aramida y/o polietilenos
2. Se solicita a la entidad poder utilizar sistema de suspensión tipo pads de última tecnología que permite mayor absorción del impacto, permitiendo mayor comodidad y confort al usuario.
3. Se solicitamos a la entidad entregar junto a la oferta reportes de pruebas balística emitida por un laboratorio acreditado de la NIJ bajo el estándar HPW-TP-0401.01B y NIJ 0106.01 con nivel de protección IIIA amenaza 9 milímetros con velocidad mínima de 438 m/s y .44 Magnum SHJP, con velocidad mínima de 426 m/s .
ADQUISICION DE EQUIPOS DE SEGURIDAD PARA EL CODI
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS MÍNIMAS REQUERIDAS
ITEMS 01 CASCO DE ACERO
El modelo del casco deberá ser FAST (Future Assault Shell Technology) o FAST HIGHT CUT
Observaciones
1. Se solicita a la entidad aceptar cascos fabricados en aramida y/o polietilenos
2. Se solicita a la entidad poder utilizar sistema de suspensión tipo pads de última tecnología que permite mayor absorción del impacto, permitiendo mayor comodidad y confort al usuario.
3. Se solicitamos a la entidad entregar junto a la oferta reportes de pruebas balística emitida por un laboratorio acreditado de la NIJ bajo el estándar HPW-TP-0401.01B y NIJ 0106.01 con nivel de protección IIIA amenaza 9 milímetros con velocidad mínima de 438 m/s y .44 Magnum SHJP, con velocidad mínima de 426 m/s .
En referencia a la consulta realizada y en coordinación con la unidad solicitante (CODI), la misma menciona que:
1. La fabricación de aramida mas uretano tiene resistencia al desgaste, resistencia a altas temperaturas, capa de pintura que no se despega, resistente a todo tipo de corrosión química, impermeable, tiene un excelente rendimiento de adaptación.
2. El sistema arnés de malla permite una mayor circulación del aire y transpiración de la cabeza.
3. La convocante ha solicitado en su EETT, pruebas de laboratorio, con nivel de protección IIIA de acuerdo al NIJ 0106.01
Se solicita ajustarse al PBC.