Consultas realizadas para esta convocatoria
Nro. de Consulta Título Resumen de la Consulta Fecha de Consulta Fecha de Respuesta Acciones
1 TRAZABILIDAD En el pliego de bases y condiciones en la sección de CAPACIDAD TECNICA, solicitamos la exclusión de la disposición trascrita: “De manifiesto que el presente proyecto se trata de instalación, implementación y Servicios conexa en tiempos coordinados con la Convocante según previa coordinación, se requiere que el Oferente/Proveedor cuente con una estructura de trabajo estandarizada/normalizada, trazable y auto gestionada que permita el cumplimiento efectivo de la provisión, transporte e instalación por tanto se necesita que posea certificación ISO 9001/2015 o similar; La similitud debe basarse en los mismos criterios que solicita o certifica la Norma ISO 9001/2015 con respecto a la Calidad de la gestión de procedimientos de provisión de bienes y/o servicios” Consideramos que este requisito LIMITA la participación de empresas capacitadas y experimentadas que, aunque no posean dicha certificación, cuentan con procesos y estructuras de trabajo igualmente eficientes y trazables. La exclusión de estas empresas podría reducir la competitividad de la licitación y, en consecuencia, limitar la posibilidad de obtener ofertas más económicas y beneficiosas para el proyecto. 06-09-2024 16-09-2024
2 CAPACIDAD TECNICA En el pliego de bases y condiciones en la sección de CAPACIDAD TECNICA, solicitamos la exclusión de la disposición trascrita: “De manifiesto que el presente proyecto se trata de instalación, implementación y Servicios conexa en tiempos coordinados con la Convocante según previa coordinación, se requiere que el Oferente/Proveedor cuente con una estructura de trabajo estandarizada/normalizada, trazable y auto gestionada que permita el cumplimiento efectivo de la provisión, transporte e instalación por tanto se necesita que posea certificación ISO 9001/2015 o similar; La similitud debe basarse en los mismos criterios que solicita o certifica la Norma ISO 9001/2015 con respecto a la Calidad de la gestión de procedimientos de provisión de bienes y/o servicios” Teniendo en cuenta que lo que se busca es garantizar a la Convocante que la compañía a ser adjudicada se compromete a mantener unos estándares de calidad acordes con la norma de modo a que los bienes y/o servicios cuenten con pruebas de provisión e implementación que certifiquen la calidad de los servicios / procesos, con el fin de garantizar y obtener un servicio de Calidad con resultados satisfactorios, mencionamos que, todos estos puntos pueden ser verificados mediante la presentación de declaraciones juradas u otra documentación que avale una presencia en el mercado con contratos de provisión e implementación de servicios relacionados al llamado (UPS), Cartas de autorización de los fabricantes, carta de garantía escrita, listado de CAS en el país con técnicos certificados. Prueba de todo lo descrito más arriba son los llamados que se han realizado exitosamente por varias convocantes según se puede encontrar en la base de datos de la DNCP 06-09-2024 16-09-2024
3 CAPACIDAD TECNICA En el pliego de bases y condiciones en la sección de CAPACIDAD TECNICA, solicitamos la exclusión de la disposición trascrita: “De manifiesto que el presente proyecto se trata de instalación, implementación y Servicios conexa en tiempos coordinados con la Convocante según previa coordinación, se requiere que el Oferente/Proveedor cuente con una estructura de trabajo estandarizada/normalizada, trazable y auto gestionada que permita el cumplimiento efectivo de la provisión, transporte e instalación por tanto se necesita que posea certificación ISO 9001/2015 o similar; La similitud debe basarse en los mismos criterios que solicita o certifica la Norma ISO 9001/2015 con respecto a la Calidad de la gestión de procedimientos de provisión de bienes y/o servicios” Solicitamos amablemente la reconsideración de este requisito para que la exigencia de la certificación ISO 9001/2015 se aplique específicamente al equipo y no necesariamente a la empresa adjudicada. Consideramos que esta modificación es adecuada y relevante, dado que la calidad y los estándares de los equipos ofrecidos pueden certificarse de manera individual, garantizando así que los productos cumplen con los criterios de calidad establecidos por la norma ISO 9001/2015 sin necesidad de que toda la empresa proveedora cuente con dicha certificación. Con esta modificación, se asegura que los equipos cumplen con los estándares de calidad exigidos, sin imponer un requisito que podría limitar la participación de empresas que, aunque no cuenten con la certificación ISO 9001/2015 a nivel corporativo, sí ofrecen productos certificados de alta calidad que cumplen con todas las especificaciones técnicas requeridas y técnicos certificados para el startup de las marcas cotizadas. 06-09-2024 16-09-2024
4 Capacidad Técnica Capacidad Técnica Ítem2 “De manifiesto que el presente proyecto se trata de instalación, implementación y Servicios conexa en tiempos coordinados con la Convocante según previa coordinación, se requiere que el Oferente/Proveedor cuente con una estructura de trabajo estandarizada/normalizada, trazable y auto gestionada que permita el cumplimiento efectivo de la provisión, transporte e instalación por tanto se necesita que posea certificación ISO 9001/2015 o similar; La similitud debe basarse en los mismos criterios que solicita o certifica la Norma ISO 9001/2015 con respecto a la Calidad de la gestión de procedimientos de provisión de bienes y/o servicios.” La justificativa indicada por la Convocante para la inclusión de la exigencia de que el Oferente cuente obligatoriamente con Certificado ISO 9001/2015 o similar, para que así las tareas se realicen en tiempos coordinados con la Convocante es evidentemente inválida ya que es muy claro y evidente que para la realización de la instalación de equipos UPS en tiempos coordinados con la Convocante, es absolutamente innecesario que el Oferente cuente con certificación ISO 9001/2015 o similar, ya que son tareas que las empresas especializadas del rubro que cuentan con la debida experiencia, lo realizan habitualmente con alta calidad, en tiempo y forma sin contar con certificación ISO 9001/2015 o similar pues no es absolutamente imprescindible. Tampoco tiene sustento la afirmación de que contar con dicha certificación permitirá el cumplimiento efectivo de la provisión, transporte e instalación, ya que está más que comprobado de que la gran mayoría de las empresas proveedoras de este tipo de servicio, de larga trayectoria en el mercado, y ahora posibles oferentes de la presente licitación de la cual se las está pretendiendo excluir, han realizado las tareas en innumerables ocasiones a empresas del sector público y privado en tiempos coordinados con las Convocantes y Clientes respectivamente y han cumplido de manera efectiva y excelente con la provisión, transporte e instalación, atendiendo perfectamente con todos los requerimientos, sin necesidad de contar con la certificación ISO 9001/2015 o similar. Resaltamos que la Convocante que en el Pliego de Bases y Condiciones, en los requerimientos de Experiencia y Capacidad Técnica y en las Especificaciones Técnicas, incluyó y estableció los elementos suficientes e irrefutables para garantizar y avalar que los servicios sean ejecutados de manera satisfactoria por parte del oferente adjudicado, salvaguardando adecuadamente que los trabajos sean ejecutados con la requerida calidad correspondiente. En consecuencia, dicho requerimiento para el Oferente deviene como TÉCNICAMENTE NO INDISPENSABLE a más que tal requerimiento es claramente restrictivo a la participación de empresas del rubro, con amplia experiencia y trayectoria en relación a los servicios requeridos en el objeto licitado, más que no cuentan con la certificación ISO 9001/2015 o saimilar; dado que si se analiza con detenimiento y con base en fuentes existentes, la Certificación ISO tal como lo indican sus siglas en inglés lnternational Organization for Standardization, en español Organización Internacional de Estandarización, contempla normas de aplicación de la gestión de calidad, en donde se establecen estándares para áreas específicas y concretas en donde se quiere garantizar la calidad de un producto o servicio determinado inherente al producto. AI no ser de producción Nacional los bienes sobre los cuales versa este llamado, la validez relevante debe ser el cumplimiento de la Certificación ISO 9001 y todas las demás normas por parte del Fabricante de los equipos. Amén de esto; la certificación ISO o su adopción por una empresa, si bien es una Certificación relacionada con la calidad en los procesos que una determinada empresa requiere que sean validados, es opcional y no deviene de alguna imposición legal a la cual las empresas del rubro estén constreñidas indefectiblemente, por lo que no se puede considerar la obligatoriedad de contar con la certificación en cuestión. De mantener este requisito, la Convocante estaría incurriendo en una desigualdad de oportunidades dentro de sus bases concursales para empresas con trayectoria en el ámbito de Sistemas Ininterrumpibles de Energía y/o Datacenters. Por lo expuesto, de insistir con mantener dicho requisito no se estaría cumpliendo con lo establecido en el Artículo 4to. Principios Rectores, Inciso d) Igualdad y Libre Competencia, de la Ley 7021 de Suministro y Contrataciones Públicas, donde se indica claramente cuanto sigue: todo potencial oferente que tenga la solvencia técnica, económica y legal necesaria para responder a los compromisos que supone la contratación con el Estado Paraguayo y que cumpla con los requisitos establecidos en la presente Ley, en su reglamento, en las bases y condiciones y en las demás disposiciones administrativas, tendrá la posibilidad de participar sin restricciones y en igualdad de oportunidades en los procedimientos de contratación pública, puesto que es una disposición administrativa innecesariamente limitativa que busca beneficiar a un oferente específico y no sería legal, pues no existe una ley que indique que si un oferente no cumple con una norma ISO 9001/2015 o similar no puede presentarse a una contratación pública con el Estado Paraguayo, contrariando lo establecido en normativa vigente de contrataciones públicas y hasta en la misma Constitución Nacional, la cual prohíbe el monopolio comercial. También se estaría incumpliendo con lo establecido en el Art.45 de la misma Ley 7021 de Suministro y Contrataciones Públicas, que en el tercer párrafo indica: En los procedimientos de contratación será obligación de las convocantes elaborar las bases y condiciones del llamado con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato con el objeto de que concurra el mayor número de Oferentes y deberán ser suficientemente claras, objetivas e imparciales para evitar favorecer a algún participante y en el último párrafo que indica: Asimismo, no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los establecidos por la presente Ley para la participación, contratación o adjudicación, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables en los pliegos de bases y condiciones si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas. Por tanto se solicita a la convocante la EXCLUSIÓN del requisito relacionado a que el Oferente deba poseer Certificación ISO 9001, siendo suficiente que este requisito de contar con la certificación mencionada permanezca para los Fabricantes de los equipos a ser suministrados. 07-09-2024 16-09-2024
5 -ISO 9001/2015 En el PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES, en la sección de REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN. Capacidad Técnica, se solicita: “De manifiesto que el presente proyecto se trata de instalación, implementación y Servicios conexa en tiempos coordinados con la Convocante según previa coordinación, se requiere que el Oferente/Proveedor cuente con una estructura de trabajo estandarizada/normalizada, trazable y auto gestionada que permita el cumplimiento efectivo de la provisión, transporte e instalación por tanto se necesita que posea certificación ISO 9001/2015 o similar; La similitud debe basarse en los mismos criterios que solicita o certifica la Norma ISO 9001/2015 con respecto a la Calidad de la gestión de procedimientos de provisión de bienes y/o servicios.” Respecto a la exigencia de la certificación ISO 9001/2015 o similar, solicitamos a la convocante considerar la eliminación de este requerimiento o, en su defecto, evaluar la capacidad del oferente para garantizar la calidad del producto y servicio ofrecido mediante: 1. La exigencia de la solicitud de referencias satisfactorias de clientes anteriores que hayan adquirido productos similares. 2. La certificación ISO 9001/2015 o similar para el producto ofrecido por el oferente. Esta propuesta permitirá a la convocante garantizar la calidad del producto como así también del servicio, que es el objetivo principal de la licitación, sin limitar la participación de oferentes que puedan no contar con la certificación ISO 9001/2015 o similar, pero que demuestren su capacidad para suministrar productos de alta calidad. Lo solicitado encuentra sustento legal en virtud en lo establecido en el artículo Art. 45 de la Ley N° 7021/22 que dispone: “En los procedimientos de contratación será obligación de las convocantes elaborar las bases y condiciones del llamado con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato con el objeto de que concurra el mayor número de Oferentes (…), en concordancia con lo establecido en el artículo 58 del nuevo Decreto Reglamentario N° 2264/2024, el cual dispone: “Las especificaciones técnicas que deban contener las bases de la contratación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes 09-09-2024 16-09-2024
6 Personal Tecnico Solicitamos a la convocante tenga a bien modificar el requisito de "El oferente deberá contar en su staff permanente con al menos 1 (un) ingeniero electricista con carnet profesional emitido por la ANDE con categoría B como mínimo", aceptando que el tecnico propuesto sea del staff permanente o contratado tercerizado, a fin de dar cumplimiento con dicho requerimiento. Esta solicitud no afecta la finalidad del llamado, y permitira una mayor participacion de oferentes y una mayor variedad de ofertas competitivas para la convocante 09-09-2024 16-09-2024
7 Plazo de garantia de los bienes Solicitamos a la convocante aclarar cual es el plazo de la garantia de los bienes? considerando que en la seccion datos de la convocatoria menciona 36 meses y en las EETT menciona minimo 2 años. 10-09-2024 16-09-2024
8 Potencia Solicitamos a la convocante tenga a bien aceptar equipos con “Potencia 40KVA/36KW”, esto a fin de permitir una mayor participación de oferentes, así como una cantidad superior de marcas, además el cambio que se pide es mínimo, y no afecta la funcionalidad final del equipo a ser proveído. 12-09-2024 16-09-2024
9 Bypass Estático Solicitamos a la convocante tenga a bien modificar el parámetro de “Bypass Estático” a Opcional, esto a fin de permitir una mayor participación de oferentes, ya que las diferentes marcas del mercado tienen funcionalidades diferentes en base a este parámetro. 12-09-2024 16-09-2024
10 Refrigeración Forzada inteligente Solicitamos a la convocante tenga a bien modificar el parámetro de “Refrigeración Forzada inteligente” a Opcional, esto a fin de permitir una mayor participación de oferentes, ya que las diferentes marcas del mercado tienen funcionalidades diferentes en base a este parámetro. 12-09-2024 16-09-2024
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