Secciones
Versión 1
Versión 2
Diferencias entre las versiones 1 y 2
Adenda
Las modificaciones al presente procedimiento de contratación son los indicados a continuación:
La adenda es el documento emitido por la convocante, mediante la cual se modifican aspectos establecidos en las bases de la contratación. A los efectos legales, la adenda será considerada parte integrante del documento cuyo contenido modifique.
La convocante podrá introducir modificaciones cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley.
Las adendas serán difundidas en el SICP respetando los plazos establecidos en la resolución matriz de normas.
Obs: Cuando la convocante requiera prorrogar la fecha tope de presentación y apertura de ofertas, sin modificar los demás datos e información de las bases de la contratación, será difundida automáticamente a través del SICP y no se instrumentará a traves de adenda.
Adenda
Las modificaciones al presente procedimiento de contratación son los indicados a continuación:
ACTA DE PRÓRROGA DE APERTURA DE OFERTAS
MODALIDAD MCN - MENOR CUANTÍA NACIONAL N° 04/2024 ADQUISICION DE EQUIPOS DE COMPUTACION, ID N° 447456.
En la ciudad de Asunción, a los 12 días del mes de julio del año 2024, siendo las 09:00 horas, se reúnen en la oficina de la Dirección de la Unidad Operativa de Contrataciones de la Secretaría Nacional de Administración de Bienes Incautados y Comisados, sito en Tregnati Nº 902 c/ Herib Campos Cervera, Barrio LAS LOMAS, el Señor Francisco Javier Ferreira Servin, Director de la Unidad Operativa de Contrataciones, funcionario designado para llevar a cabo la apertura de ofertas, responsable de presidirla, para el acto de apertura de ofertas en el marco de la presente contratación por la modalidad de Licitación por Menor Cuantía Nacional. ----------------------------------
habiéndose cumplido el horario tope establecido en el módulo de ofertas electrónicas para la entrega y apertura de ofertas, se deja constancia que no se ha realizado el acto por inconveniente técnico, por lo tanto, y de conformidad a la RESOLUCIÓN DNCP N° 4401 "POR LA CUAL SE REGLAMENTAN LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACIÓN REGIDOS POR LA LEY N" 7021122 "DE SUMINISTRO Y CONTRATACIONES PÚBLICAS" ARTÍCULO 34 DE LA LEY 2.051/03 DE CONTRATACIONES PÚBLICAS, SE ESTABLECE UNA PRÓRROGA DE LA FECHA DE RECEPCIÓN Y APERTURA DE OFERTAS, SEGÚN EL PROCEDIMIENTO ESTABLECIDO EN LA RESOLUCIÓN DNCP N°1930/2020 Y LA RESOLUCIÓN DNCP N° 1205/2021.--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
De igual manera se procederá a la modificación de las fechas, para su difusión en el portal SICP y puesta a conocimiento de los potenciales oferentes. -------------------------------
La adenda es el documento emitido por la convocante, mediante la cual se modifican aspectos establecidos en las bases de la contratación. A los efectos legales, la adenda será considerada parte integrante del documento cuyo contenido modifique.
La convocante podrá introducir modificaciones cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley.
Las adendas serán difundidas en el SICP respetando los plazos establecidos en la resolución matriz de normas.
Obs: Cuando la convocante requiera prorrogar la fecha tope de presentación y apertura de ofertas, sin modificar los demás datos e información de las bases de la contratación, será difundida automáticamente a través del SICP y no se instrumentará a traves de adenda.
Adenda
Las modificaciones al presente procedimiento de contratación son los indicados a continuación:
ACTA DE PRÓRROGA DE APERTURA DE OFERTAS
MODALIDAD MCN - MENOR CUANTÍA NACIONAL N° 04/2024 ADQUISICION DE EQUIPOS DE COMPUTACION, ID N° 447456.
En la ciudad de Asunción, a los 12 días del mes de julio del año 2024, siendo las 09:00 horas, se reúnen en la oficina de la Dirección de la Unidad Operativa de Contrataciones de la Secretaría Nacional de Administración de Bienes Incautados y Comisados, sito en Tregnati Nº 902 c/ Herib Campos Cervera, Barrio LAS LOMAS, el Señor Francisco Javier Ferreira Servin, Director de la Unidad Operativa de Contrataciones, funcionario designado para llevar a cabo la apertura de ofertas, responsable de presidirla, para el acto de apertura de ofertas en el marco de la presente contratación por la modalidad de Licitación por Menor Cuantía Nacional. ----------------------------------
habiéndose cumplido el horario tope establecido en el módulo de ofertas electrónicas para la entrega y apertura de ofertas, se deja constancia que no se ha realizado el acto por inconveniente técnico, por lo tanto, y de conformidad a la RESOLUCIÓN DNCP N° 4401 "POR LA CUAL SE REGLAMENTAN LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACIÓN REGIDOS POR LA LEY N" 7021122 "DE SUMINISTRO Y CONTRATACIONES PÚBLICAS" ARTÍCULO 34 DE LA LEY 2.051/03 DE CONTRATACIONES PÚBLICAS, SE ESTABLECE UNA PRÓRROGA DE LA FECHA DE RECEPCIÓN Y APERTURA DE OFERTAS, SEGÚN EL PROCEDIMIENTO ESTABLECIDO EN LA RESOLUCIÓN DNCP N°1930/2020 Y LA RESOLUCIÓN DNCP N° 1205/2021.--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
De igual manera se procederá a la modificación de las fechas, para su difusión en el portal SICP y puesta a conocimiento de los potenciales oferentes. -------------------------------
La adenda es el documento emitido por la convocante, mediante la cual se modifican aspectos establecidos en las bases de la contratación. A los efectos legales, la adenda será considerada parte integrante del documento cuyo contenido modifique.
La convocante podrá introducir modificaciones cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley.
Las adendas serán difundidas en el SICP respetando los plazos establecidos en la resolución matriz de normas.
Obs: Cuando la convocante requiera prorrogar la fecha tope de presentación y apertura de ofertas, sin modificar los demás datos e información de las bases de la contratación, será difundida automáticamente a través del SICP y no se instrumentará a traves de adenda.