Siendo que algún oferente no presente en su oferta electrónica alguna documentación solicitada por la Convocante y luego la Convocante le solicite por correo ¿ Cómo podremos visualizar y/o acceder a esas documentaciones ANTES de la Resolución de adjudicación ? Ya que algunas empresas de propósito no presentan en la oferta electrónica los documentos para que la competencia no pueda acceder/comparar/analizar/observar.
Siendo que algún oferente no presente en su oferta electrónica alguna documentación solicitada por la Convocante y luego la Convocante le solicite por correo ¿ Cómo podremos visualizar y/o acceder a esas documentaciones ANTES de la Resolución de adjudicación ? Ya que algunas empresas de propósito no presentan en la oferta electrónica los documentos para que la competencia no pueda acceder/comparar/analizar/observar.
Al respecto, sírvanse considerar para la elaboración de sus ofertas, tener en cuenta que los documentos indicados con asterisco (*) son considerados documentos sustanciales a ser presentados con la oferta de conformidad al Decreto Reglamentario. Por otra parte, las documentaciones que son solicitados por el Comité de Evaluación de Ofertas en el marco de la evaluación de las ofertas podrán ser visualizados una vez realizada la Adjudicación del Llamado por Resolución de la Máxima Autoridad.
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Consulta
Qué pasa si un oferente sube en su oferta electrónica algunos de los documentos en la opción DE CARACTER RESERVADO. Entendemos que para subir en esa opción debe existir una ley que ampare de que esos documentos deben ser reservados. ¿será descalificado el oferente por subir en forma incorrecta sus documentos?
Qué pasa si un oferente sube en su oferta electrónica algunos de los documentos en la opción DE CARACTER RESERVADO. Entendemos que para subir en esa opción debe existir una ley que ampare de que esos documentos deben ser reservados. ¿será descalificado el oferente por subir en forma incorrecta sus documentos?
Sírvanse considerar para la elaboración de sus ofertas la siguiente aclaración, que para los casos en que se utilice el Módulo de Oferta Electrónica se debe tener en cuenta las Guías de Ofertas Electrónicas https://www.contrataciones.gov.py/dncp/guia-ofertas-electronicas/guia-ofertas-electronicas-proveedores/ en su numeral 5.4) Documentos de carácter reservado "Se recuerda a los oferentes tener en cuenta las disposiciones estándares de los procedimientos de contratación, en tal sentido, cada oferente deberá indicar en su oferta cuáles de los documentos que forman parte de la misma son de carácter reservado e invocar la norma que ampara dicha reserva, para así dar cumplimiento a lo estipulado en la Ley N° 5282/14 «DE LIBRE ACCESO CIUDADANO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA Y TRANSPARENCIA GUBERNAMENTAL». Si el oferente no hace pronunciamiento expreso de la norma que invoca dicha reserva, se entenderá que toda su oferta y documentación es pública". IMPORTANTE: Reserva de documentos sin norma que lo ampare. Si declara como reservado una documentación cuyo contenido y/o carácter de reserva no se encuentra amparado por una disposición legal su conducta será analizada y será pasible de sanción conforme a lo establecido título III, Capítulo XVI, de la Sección V de la Ley N° 7021/2023 ''De Suministro y Contrataciones Públicas''.
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CONSULTA PLANILLA DE COMPOSICION DE PRECIOS
La planilla de composición de precios agregada en la Adenda N° 3, debe ser cargada en los documentos de oferta? De ser asi bajo que categoria de documentos ingresaría.
La planilla de composición de precios agregada en la Adenda N° 3, debe ser cargada en los documentos de oferta? De ser asi bajo que categoria de documentos ingresaría.
Al respecto, sírvanse considerar para la elaboración de sus ofertas, lo indicado en el Pliego de Bases y Condiciones, Requisitos documentales para evaluación de las condiciones de participación, apartado "Composición de Precios". Es decir, en caso de que el precio unitario referencial sea superior al veinte por ciento (20%) para ofertas por debajo del precio referencial y diez por ciento (10%) para ofertas que se encuentren por encima del referencial establecido por la Convocante, el oferente, podrá presentar con su oferta y en caso de no presentar dicha documentación, la Convocante le solicitará posterior a la presentación de ofertas. En caso de estar en los parámetros establecidos en la Ley N° 7021/2022, no será necesaria la presentación de dicha documentación.
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Cantidad de horas mesuales
Considerando el plazo contractual, los precios referenciales y los montos máximos para el primer lugar, se puede verificar que ninguna regional alcanza las 180 hs estimadas por la Convocante en las planillas de precios por localidad del Anexo 2. De la misma forma, se puede comprobar que apenas 6 localidades alcanzan 90 hs y que 27 de las 52 localidades no alcanzan ni 60 hs, lo que corresponde al 50% y 33% de la temeraria estimación de 180 hs. Cabe recalcar que en el cálculo anterior no se descontó ninguna estimación de provisión y transporte de materiales. Solicitamos revisen y aclaren esta situación.
Considerando el plazo contractual, los precios referenciales y los montos máximos para el primer lugar, se puede verificar que ninguna regional alcanza las 180 hs estimadas por la Convocante en las planillas de precios por localidad del Anexo 2. De la misma forma, se puede comprobar que apenas 6 localidades alcanzan 90 hs y que 27 de las 52 localidades no alcanzan ni 60 hs, lo que corresponde al 50% y 33% de la temeraria estimación de 180 hs. Cabe recalcar que en el cálculo anterior no se descontó ninguna estimación de provisión y transporte de materiales. Solicitamos revisen y aclaren esta situación.
Al respecto, las horas a ser empleadas mensualmente dependerán del monto máximo de cada ítem de la oferta a ser presentada por el oferente y el periodo de duración del contrato, dicho valor se encuentra establecido en la planilla de Datos de la Composición de Precios Unitarios (EXCEL).
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Consulta y aclaraciones.
Buenos días
Solicito por favor responder las consultas como corresponde, es decir, con precisión, ya que muchas veces algunos oferentes están interpretando de una manera, por lo tanto, les entra la duda y realizan las consultas.
Por ejemplo, la consulta más abajo, el oferente le dice a la Convocante, que responda SI SE PUEDE O NO SE PUEDE, sin embargo, la respuesta de la Convocante, como siempre, remitirse al PBC.
Consulta N° 125
Una persona que está jubilada y tiene IPS de jubilado entendemos que ya no puede ser ingresado en IPS de la empresa en nivel de dependencia. ¿Esta persona podrá ser admitida como Representante Técnico siendo que cumple todas las otras condiciones?
Solicitamos a la Convocante responder con SI SE PUEDE O NO SE PUEDE, ya que la respuesta de "Remitirse a lo establecido en el PBC" confunde más. Necesitamos una respuesta clara y concisa para presentar en forma las documentaciones requeridas.
Respuesta:
Al respecto, sírvanse considerar para la elaboración de sus ofertas, lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones, Sección REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN, Capacidad en materia de personal - Requisitos mínimos y Requisitos documentales para evaluar la capacidad en materia de personal. Los oferentes deberán contar con personal propio (Integrantes de cuadrilla), estar en nivel de dependencia y todos deberán estar asegurados en el IPS.
Consulta:
Una de las consultas era de que si un directivo de la empresa puede ser Representante Técnico, a lo cual respondieron remitirse al PBC.
Deben de tener en cuenta un directivo o socio, no puede estar en el IPS, por lo tanto, no podrá tener su IDE, así como también el Ingeniero no tiene su ID.
Favor responder como corresponda.
Buenos días
Solicito por favor responder las consultas como corresponde, es decir, con precisión, ya que muchas veces algunos oferentes están interpretando de una manera, por lo tanto, les entra la duda y realizan las consultas.
Por ejemplo, la consulta más abajo, el oferente le dice a la Convocante, que responda SI SE PUEDE O NO SE PUEDE, sin embargo, la respuesta de la Convocante, como siempre, remitirse al PBC.
Consulta N° 125
Una persona que está jubilada y tiene IPS de jubilado entendemos que ya no puede ser ingresado en IPS de la empresa en nivel de dependencia. ¿Esta persona podrá ser admitida como Representante Técnico siendo que cumple todas las otras condiciones?
Solicitamos a la Convocante responder con SI SE PUEDE O NO SE PUEDE, ya que la respuesta de "Remitirse a lo establecido en el PBC" confunde más. Necesitamos una respuesta clara y concisa para presentar en forma las documentaciones requeridas.
Respuesta:
Al respecto, sírvanse considerar para la elaboración de sus ofertas, lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones, Sección REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN, Capacidad en materia de personal - Requisitos mínimos y Requisitos documentales para evaluar la capacidad en materia de personal. Los oferentes deberán contar con personal propio (Integrantes de cuadrilla), estar en nivel de dependencia y todos deberán estar asegurados en el IPS.
Consulta:
Una de las consultas era de que si un directivo de la empresa puede ser Representante Técnico, a lo cual respondieron remitirse al PBC.
Deben de tener en cuenta un directivo o socio, no puede estar en el IPS, por lo tanto, no podrá tener su IDE, así como también el Ingeniero no tiene su ID.
Favor responder como corresponda.
Al respecto, sírvanse considerar para la elaboración de sus ofertas, lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones, Sección Requisitos de Participación y Criterios de Evaluación, Requisitos documentales para evaluar la capacidad en materia de personal "Los Oferentes deberán contar con personal propio (Integrantes de Cuadrilla", estar en nivel de dependencia y todos deberán estar asegurados en el IPS.
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Cantidad de horas estimadas al mes
Considerando el plazo contractual, los precios referenciales y los montos máximos para el primer lugar, se puede verificar que ninguna regional alcanza las 180 hs estimadas por la Convocante en las planillas de "Oferta de Precios por Localidad", Adenda 3. De la misma forma, se puede comprobar que apenas 6 localidades alcanzan 90 hs y que 27 de las 52 localidades no alcanzan ni 60 hs, lo que corresponde al 50% y 33% de la temeraria estimación de 180 hs. Cabe recalcar que en el cálculo anterior no se descontó ninguna estimación de provisión y transporte de materiales. Solicitamos revisen y aclaren esta situación.
Considerando el plazo contractual, los precios referenciales y los montos máximos para el primer lugar, se puede verificar que ninguna regional alcanza las 180 hs estimadas por la Convocante en las planillas de "Oferta de Precios por Localidad", Adenda 3. De la misma forma, se puede comprobar que apenas 6 localidades alcanzan 90 hs y que 27 de las 52 localidades no alcanzan ni 60 hs, lo que corresponde al 50% y 33% de la temeraria estimación de 180 hs. Cabe recalcar que en el cálculo anterior no se descontó ninguna estimación de provisión y transporte de materiales. Solicitamos revisen y aclaren esta situación.
Al respecto, las horas a ser empleadas mensualmente dependerán del monto máximo de cada ítem de la oferta a ser presentada por el oferente y el periodo de duración del contrato, dicho valor se encuentra establecido en la planilla de Datos de la Composición de Precios Unitarios (EXCEL).