Requisitos documentales para evaluar el criterio de experiencia requerida
numeral 5) en relación al Registro de Establecimiento (R.E.) emitido por el INAN del Departamento de Alto Paraná. se constata que es muy direccionado y limitante, va en contra de lo establecido del art. 4, inc. d), de la Ley 7021/22, de la igualdad y libre competencia, no existe ningún criterio técnico ni establecido en las leyes y reglamentaciones para solicitar dicho requisito, solicito sea suprimido teniendo en cuenta que el llamado corresponde a servicios de almuerzo escolar y no consultoría que por razones técnicas y/o obras de arte soliciten dicho criterio, en relación a la antigüedad de los 3 últimos años es razonable por lo que solicito sea eliminada del punto número 5, la leyenda (del Departamento de Alto Paraná.) o de lo contrario solo desea contratar con proveedores favoritos de la casa?
12-07-2024
24-07-2024
Requisitos documentales para evaluar el criterio de experiencia requerida
numeral 5) en relación al Registro de Establecimiento (R.E.) emitido por el INAN del Departamento de Alto Paraná. se constata que es muy direccionado y limitante, va en contra de lo establecido del art. 4, inc. d), de la Ley 7021/22, de la igualdad y libre competencia, no existe ningún criterio técnico ni establecido en las leyes y reglamentaciones para solicitar dicho requisito, solicito sea suprimido teniendo en cuenta que el llamado corresponde a servicios de almuerzo escolar y no consultoría que por razones técnicas y/o obras de arte soliciten dicho criterio, en relación a la antigüedad de los 3 últimos años es razonable por lo que solicito sea eliminada del punto número 5, la leyenda (del Departamento de Alto Paraná.) o de lo contrario solo desea contratar con proveedores favoritos de la casa?
CON RELACIÓN A LA CONSULTA FAVOR REMITIRSE A LA ADENDA Nº 1 DEL PBC. AGRADECEMOS SU CONSULTA.
2
Requisitos documentales para evaluar el criterio de capacidad técnica
en relación al numeral 8) solicitan que: El oferente deberá garantizar el cumplimiento respecto a la capacidad de producción de suministro y de cumplimiento con la capacidad técnica., SOLICITO: cual sería el criterio técnico a ser analizada como, por ejemplo: para capacidad de producción no tenga más de 3 contratos vigentes o no tenga contratos con la convocante, visita en planta de produccion y/o equipos e infraestructura del potencial proveedor.
12-07-2024
24-07-2024
Requisitos documentales para evaluar el criterio de capacidad técnica
en relación al numeral 8) solicitan que: El oferente deberá garantizar el cumplimiento respecto a la capacidad de producción de suministro y de cumplimiento con la capacidad técnica., SOLICITO: cual sería el criterio técnico a ser analizada como, por ejemplo: para capacidad de producción no tenga más de 3 contratos vigentes o no tenga contratos con la convocante, visita en planta de produccion y/o equipos e infraestructura del potencial proveedor.
Conforme se puede visualizar en el Pliego de Bases y Condiciones (Pág. 16/57), el punto en cuestión se refiere a los documentos a ser considerados para el procedimiento de desayuno/merienda, donde dice que el oferente deberá: 1)... 2)... 3)... 4)... 5)...6)... 7)...; y, 8) El oferente deberá garantizar el cumplimiento respecto a la capacidad de producción de suministro y de cumplimiento con la capacidad técnica; es decir, refiere claramente que se solicita una garantía de capacidad de suministro de cumplimiento, con el texto (abajo): "En todos los casos, el oferente deberá presentar, con carácter de declaración jurada, el formulario "Plan de ejecución de los Bienes y/o Servicios" cual se halla adjunto al PBC. Agradecemos su consulta
3
Visita al sitio de ejecución del contrato
en relacion a lo establecido en el PBC, La visita o inspección técnica debe fijarse al menos un (1) día hábil antes de la fecha tope de consulta.
Cuando la convocante haya establecido que será requisito de participación de carácter obligatorio, el oferente que conozca el sitio podrá declarar bajo fe de juramento conocer el sitio y que cuenta con la información suficiente para preparar la oferta y ejecutar el contrato, en reemplazo de dicha visita. CONSULTA: LA DDJJ presentada de conocer sitio de ejecucion de obras sera valido?
en relacion a lo establecido en el PBC, La visita o inspección técnica debe fijarse al menos un (1) día hábil antes de la fecha tope de consulta.
Cuando la convocante haya establecido que será requisito de participación de carácter obligatorio, el oferente que conozca el sitio podrá declarar bajo fe de juramento conocer el sitio y que cuenta con la información suficiente para preparar la oferta y ejecutar el contrato, en reemplazo de dicha visita. CONSULTA: LA DDJJ presentada de conocer sitio de ejecucion de obras sera valido?
El PBC es claro en dicho punto al exponer que: "..... Cuando la convocante haya establecido que será requisito de participación de carácter obligatorio, EL OFERENTE QUE CONOZCA el sitio PODRÁ DECLARAR BAJO FE DE JURAMENTO conocer el sitio y que cuenta con la información suficiente para preparar la oferta y ejecutar el contrato, en reemplazo de dicha visita...". Dicho de otra manera, si el oferente interesado conoce cada una de las instituciones Educativas del Lote de su interés, correspondientes a los Distritos de ITAKYRY, JUAN E. OLEARY y ÑACUNDAY, cuales se puntualizan en adelante: 36 Instituciones Educativas detalladas en el LOTE Nº 1 ITAKYRY ZONA 01, las 24 Instituciones Educativas que componen LOTE Nº 2 ITAKYRY ZONA 02, las 27 Instituciones Educativas indicadas en el LOTE Nº 03 ITAKYRY ZONA 03, las 12 Instituciones Educativas detalladas en el LOTE Nº 4 JUAN E. OLEARY ZONA Nº 01, las 12 Instituciones Educativas detalladas LOTE Nº 5 JUAN E. OLEARY ZONA Nº 02, las 17 Instituciones Educativas individualizadas LOTE Nº 6 JUAN E. OLEARY ZONA Nº 03; y las 13 Instituciones Educativas especificadas en el LOTE Nº 7 ALMUERZO ÑACUNDAY, podrán presentar la Declaración Jurada en el Lote que ofertan. La visita es obligatoria para todo Oferente que no conoce los sitios citados precedentemente. De detectarse una declaración jurada falsa y la empresa resultara adjudicada, la misma será revocada, la garantía de mantenimiento de oferta será ejecutada y los antecedentes serán remitidos a la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas. Agradecemos su consulta.
4
EXPERIENCIA REQUERIDA
La Convocante solicita "Registro de Establecimiento (R.E.) emitido por el INAN del Departamento de Alto Paraná." para avalar la experiencia, sin embargo dicho requerimiento corresponderia quizás a la capacidad técnica, sin embargo dichos requerimientos para avalar la capacidad técnica, ya se encuentran en el pliego estándar publicado por la DNCP. Dichos requerimientos han sido elaborados por un equipo técnico calificado, para la implementación de la nueva Ley Hambre Cero en toda la República del Paraguay.
Por tanto dicho requerimiento en primer término se contrapone al principio de igualdad y libre competencia de la Ley 7021 y en segundo término dicho requerimiento no justifica ni avala la experiencia de la empresa, experiencia que se puede demostrar con contratos o facturaciones con cualquier Institución Pública o privada dentro del territorio nacional.-
Por esto, solicitamos la exclusión de dicho requisito documental y en su defecto solicitar que la empresa cuente con 5 años de experiencia en el rubro, comprobadas con la Habilitación de RUC y la habilitación de la INAN, para avalar justamente la EXPERIENCIA de la empresa Oferente
La Convocante solicita "Registro de Establecimiento (R.E.) emitido por el INAN del Departamento de Alto Paraná." para avalar la experiencia, sin embargo dicho requerimiento corresponderia quizás a la capacidad técnica, sin embargo dichos requerimientos para avalar la capacidad técnica, ya se encuentran en el pliego estándar publicado por la DNCP. Dichos requerimientos han sido elaborados por un equipo técnico calificado, para la implementación de la nueva Ley Hambre Cero en toda la República del Paraguay.
Por tanto dicho requerimiento en primer término se contrapone al principio de igualdad y libre competencia de la Ley 7021 y en segundo término dicho requerimiento no justifica ni avala la experiencia de la empresa, experiencia que se puede demostrar con contratos o facturaciones con cualquier Institución Pública o privada dentro del territorio nacional.-
Por esto, solicitamos la exclusión de dicho requisito documental y en su defecto solicitar que la empresa cuente con 5 años de experiencia en el rubro, comprobadas con la Habilitación de RUC y la habilitación de la INAN, para avalar justamente la EXPERIENCIA de la empresa Oferente
CON RELACIÓN A LA CONSULTA FAVOR REMITIRSE A LA ADENDA Nº 1 DEL PBC. AGRADECEMOS SU CONSULTA
5
MUESTRAS
porque solicitan muestras para los - Lote: Nº 08, 09 y 10 Desayuno y Merienda Escolar teniendo en cuenta que los lotes mencionados no existe.
consulta 1: cual seria el criterio técnico por el cual solicitan muestras, consulta 2: cual seria el procedimiento a ser aplicado para analizar dichas muestras en caso de solicitar?, ejemplo análisis químico, análisis bacteriológico, Cocción adecuada e higiénica, Evaluación Fisicoquímica, ect. la consulta se realiza a modo de clarificar dicho punto y asi presentar los analisis correspondientes
porque solicitan muestras para los - Lote: Nº 08, 09 y 10 Desayuno y Merienda Escolar teniendo en cuenta que los lotes mencionados no existe.
consulta 1: cual seria el criterio técnico por el cual solicitan muestras, consulta 2: cual seria el procedimiento a ser aplicado para analizar dichas muestras en caso de solicitar?, ejemplo análisis químico, análisis bacteriológico, Cocción adecuada e higiénica, Evaluación Fisicoquímica, ect. la consulta se realiza a modo de clarificar dicho punto y asi presentar los analisis correspondientes
Favor remitirse a la Adenda N° 01 del PBC respecto a la solicitud de muestras para los Lotes que corresponden.
Las muestras físicas son solicitadas a los efectos de analizar si los mismos corresponden a lo requerido en las Especificaciones Técnicas del PBC.
Ademas de otros datos , en el Pliego de Bases y Condiciones (Pág. 9/58) se encuentra establecido como se realizará la evaluación de las muestras, como sigue: Criterios de evaluación a ser considerados, indicando las inspecciones y pruebas a aplicar: Las muestras de los productos deben ajustarse a las especificaciones técnicas exigidas en el PBC, adjunto con su boceto de rotulación primaria y secundaria, y las muestras de los envases primarios y secundarios. Los vencimientos no deberán ser inferiores a 60 (Sesenta) días contados desde la recepción. Se evaluará en cuanto al peso, etiqueta, valores nutricionales, y las exigencias del INAN y reglamentaciones vigentes para la comercialización del producto ofertado.
Agradecemos su consulta
6
Experiencia requerida
Con el objetivo de calificar la experiencia del oferente, se considerarán los siguientes índices:
Los oferentes deberán acreditar que su actividad comercial, industrial o de servicios se encuentra vinculada a la comercialización o producción de alimentos para personas.
Demostrar la provisión de lo ofertado para colectividades públicas o privadas por un monto equivalente al 30% como mínimo del monto total ofertado en la presente licitación, de los últimos 5 cinco años (
2019, 2020, 2021, 2022, 2023). El porcentaje requerido será el resultado de la totalidad de contratos y/o facturaciones de ventas y/ recepciones finales presentadas por el oferente en el presente llamado.
Los oferentes podrán presentar la cantidad de facturas y/o contratos y/o recepciones finales que fueren necesarios para acreditar el volumen o monto solicitado, siempre que hayan sido formalizados en
los periodos mencionados (2019, 2020, 2021, 2022, 2023).
El porcentaje requerido del 30% (treinta por ciento) deberá ser el equivalente al monto máximo de la oferta, por tratarse de contrato abierto. CONSULTA: el PBC solicita, Demostrar la provisión de lo ofertado para colectividades públicas o privadas por un monto equivalente al 30% como mínimo del monto total ofertado en la presente licitación, de los últimos 5 cinco años (
2019, 2020, 2021, 2022, 2023)., EN VISTA DE QUE EL LLAMADO DE HAMBRE CERO TRAE CONSIGO SERVICIOS DE ALMUERZO Y MERIENDA ESCOLAR, CONSULTO: para demostrar la experiencia de lo ofertado el potencial proveedor deberá demostrar el 30% de contratos de servicios de almuerzo escolar y el 30% de contratos de servicios de merienda escolar teniendo en cuenta que: cada lote cuenta con 3 items: 1) ALMUERZO COCINANDO, 2) DESAYUNO Y 3) MERIENDA. Consultamos a la entidad convocante sobre la solicitud de experiencia. Considerando la complejidad del servicio de provisión de almuerzo escolar, y merienda escolar especialmente en la modalidad de cocinado en las escuelas, dicha experiencia no puede compararse con una simple comercialización y/o distribución de productos alimenticios. Solicitamos que la entidad convocante proteja el proyecto y no exponga a los niños a proveedores que nunca han realizado el servicio de merienda escolar solicito se incluya 15% para cada experiencia o en su efecto 30% cada una.
Con el objetivo de calificar la experiencia del oferente, se considerarán los siguientes índices:
Los oferentes deberán acreditar que su actividad comercial, industrial o de servicios se encuentra vinculada a la comercialización o producción de alimentos para personas.
Demostrar la provisión de lo ofertado para colectividades públicas o privadas por un monto equivalente al 30% como mínimo del monto total ofertado en la presente licitación, de los últimos 5 cinco años (
2019, 2020, 2021, 2022, 2023). El porcentaje requerido será el resultado de la totalidad de contratos y/o facturaciones de ventas y/ recepciones finales presentadas por el oferente en el presente llamado.
Los oferentes podrán presentar la cantidad de facturas y/o contratos y/o recepciones finales que fueren necesarios para acreditar el volumen o monto solicitado, siempre que hayan sido formalizados en
los periodos mencionados (2019, 2020, 2021, 2022, 2023).
El porcentaje requerido del 30% (treinta por ciento) deberá ser el equivalente al monto máximo de la oferta, por tratarse de contrato abierto. CONSULTA: el PBC solicita, Demostrar la provisión de lo ofertado para colectividades públicas o privadas por un monto equivalente al 30% como mínimo del monto total ofertado en la presente licitación, de los últimos 5 cinco años (
2019, 2020, 2021, 2022, 2023)., EN VISTA DE QUE EL LLAMADO DE HAMBRE CERO TRAE CONSIGO SERVICIOS DE ALMUERZO Y MERIENDA ESCOLAR, CONSULTO: para demostrar la experiencia de lo ofertado el potencial proveedor deberá demostrar el 30% de contratos de servicios de almuerzo escolar y el 30% de contratos de servicios de merienda escolar teniendo en cuenta que: cada lote cuenta con 3 items: 1) ALMUERZO COCINANDO, 2) DESAYUNO Y 3) MERIENDA. Consultamos a la entidad convocante sobre la solicitud de experiencia. Considerando la complejidad del servicio de provisión de almuerzo escolar, y merienda escolar especialmente en la modalidad de cocinado en las escuelas, dicha experiencia no puede compararse con una simple comercialización y/o distribución de productos alimenticios. Solicitamos que la entidad convocante proteja el proyecto y no exponga a los niños a proveedores que nunca han realizado el servicio de merienda escolar solicito se incluya 15% para cada experiencia o en su efecto 30% cada una.
SEÑORES POTENCIALES OFERENTES, CON RELACIÓN A LA CONSULTA FAVOR REMITIRSE A LA ADENDA Nº 1 DEL PBC. AGRADECEMOS SU CONSULTA
7
DATOS DE LA CONVOCATORIA – Muestras - Autorización del Fabricante
En la sección datos de la convocatoria, apartado de muestra y autorización del fabricante solicita se requerirá la presentación de muestras de los Lotes Nº 8, 9 y 10. Consultamos a la convocante a que productos hace referencia teniendo en cuenta que el Pliego de Bases y Condiciones solo establece Lotes desde el 1 al Lote 7.
15-07-2024
24-07-2024
DATOS DE LA CONVOCATORIA – Muestras - Autorización del Fabricante
En la sección datos de la convocatoria, apartado de muestra y autorización del fabricante solicita se requerirá la presentación de muestras de los Lotes Nº 8, 9 y 10. Consultamos a la convocante a que productos hace referencia teniendo en cuenta que el Pliego de Bases y Condiciones solo establece Lotes desde el 1 al Lote 7.
SEÑORES POTENCIALES OFERENTES, CON RELACIÓN A LA CONSULTA FAVOR REMITIRSE A LA ADENDA Nº 1 DEL PBC. AGRADECEMOS SU CONSULTA
8
REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN - COMPOSICIÓN DE PRECIOS.
La Convocante en el apartado de requisitos de participación y criterios de evaluación en la composición de precios, no ha considerado la inclusión de impuestos (iva), el cual debe de formar parte de una Composición de Precios.
15-07-2024
24-07-2024
REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN - COMPOSICIÓN DE PRECIOS.
La Convocante en el apartado de requisitos de participación y criterios de evaluación en la composición de precios, no ha considerado la inclusión de impuestos (iva), el cual debe de formar parte de una Composición de Precios.
SEÑORES POTENCIALES OFERENTES, CON RELACIÓN A LA CONSULTA FAVOR REMITIRSE A LA ADENDA Nº 1 DEL PBC. AGRADECEMOS SU CONSULTA
9
REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN – CAPACIDAD TECNICA
3. En el apartado de capacidad técnica en Desayuno/Merienda y Servicio de Almuerzo/Cena cocinando se solicita: Contar con el personal necesario para el traslado, estiba, desestiba y distribución a las instituciones educativas que comprenden su cronograma de provisión, teniendo en cuenta la distancia del lugar de entrega. Todo personal propuesto por las empresas proveedoras, que tengan una participación en el proceso de provisión y manipulación del servicio de alimentación escolar, tales como cocineros, merenderos, auxiliares, personal de servicios y otros deberán contar con: idoneidad en el área de su desempeño, con certificación de una institución académica del área, según corresponda el perfil. ¿Consultamos a la convocante a que institución hace referencia? Si se considera al INAN como instituto para capacitación que se realiza en Buenas Prácticas de Manufactura al personal encargado de la elaboración de los menús
15-07-2024
24-07-2024
REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN – CAPACIDAD TECNICA
3. En el apartado de capacidad técnica en Desayuno/Merienda y Servicio de Almuerzo/Cena cocinando se solicita: Contar con el personal necesario para el traslado, estiba, desestiba y distribución a las instituciones educativas que comprenden su cronograma de provisión, teniendo en cuenta la distancia del lugar de entrega. Todo personal propuesto por las empresas proveedoras, que tengan una participación en el proceso de provisión y manipulación del servicio de alimentación escolar, tales como cocineros, merenderos, auxiliares, personal de servicios y otros deberán contar con: idoneidad en el área de su desempeño, con certificación de una institución académica del área, según corresponda el perfil. ¿Consultamos a la convocante a que institución hace referencia? Si se considera al INAN como instituto para capacitación que se realiza en Buenas Prácticas de Manufactura al personal encargado de la elaboración de los menús
Respecto a su consulta, el PBC no solicita una Institución académica específica, por lo que serán válidas las certificaciones presentadas correspondientes a instituciones académicas habilitadas y reconocidas por la autoridad competente para otorgar dichas certificaciones. Ajustarse a la Resolución CONAE N° 001/2024, Sección III Recursos Humanos - Perfil y Funciones de Recursos Humanos requeridos para ejecución contractual.
10
Requisitos documentales para evaluar el criterio de capacidad técnica
Los siguientes documentos serán los considerados para la evaluación del presente criterio, atendiendo a la modalidad del procedimiento de contratación, de conformidad al siguientes cuadro: la convocante SOLICITA PARA: Servicio de Almuerzo/Cena Cocinando. en el inc. i). Los proveedores del servicio de alimentación escolar deberán implementar sistemas de aseguramiento de la calidad, que deben estar certificados por organismos acreditados por el ONA. CONSULTAMOS: cual es el marco legal cuya determinación obliga al servicio de provisión de almuerzo/merienda/cena, a las Instituciones Educativas será necesario el siguiente punto: Los proveedores del servicio de alimentación escolar deberán implementar sistemas de aseguramiento de la calidad, que deben estar certificados por organismos acreditados por el ONA, " No es una obligación legal para los proveedores de este rubro tener esta certificación y los que tienen esta certificación tiene una ventaja arbitraria, un claro direccionamiento a ser beneficiada ya que para eso las empresas cuentan con la habilitación correspondiente por la entidad supervisora del rubro alimentos INAN, ademas va en contra de lo establecido en el art. 4 de la Ley 7021/22, de la IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA, Favor excluir dicho requisito y regir al marco legal vigente para las obligaciones de este rubro el método de evaluación. aclarando que el CONAYT no tiene competencia en rubro alimentos, conforme a lo que establece el Art. 2 de la Ley 2279/03, LEY 2.279/03
“QUE MODIFICA Y AMPLÍA
ARTÍCULOS DE LA LEY 1028/97
GENERAL DE CIENCIA Y
TECNOLOGÍA” por tal motivo solicito que dicho requisito sea excluida del PBC.
16-07-2024
24-07-2024
Requisitos documentales para evaluar el criterio de capacidad técnica
Los siguientes documentos serán los considerados para la evaluación del presente criterio, atendiendo a la modalidad del procedimiento de contratación, de conformidad al siguientes cuadro: la convocante SOLICITA PARA: Servicio de Almuerzo/Cena Cocinando. en el inc. i). Los proveedores del servicio de alimentación escolar deberán implementar sistemas de aseguramiento de la calidad, que deben estar certificados por organismos acreditados por el ONA. CONSULTAMOS: cual es el marco legal cuya determinación obliga al servicio de provisión de almuerzo/merienda/cena, a las Instituciones Educativas será necesario el siguiente punto: Los proveedores del servicio de alimentación escolar deberán implementar sistemas de aseguramiento de la calidad, que deben estar certificados por organismos acreditados por el ONA, " No es una obligación legal para los proveedores de este rubro tener esta certificación y los que tienen esta certificación tiene una ventaja arbitraria, un claro direccionamiento a ser beneficiada ya que para eso las empresas cuentan con la habilitación correspondiente por la entidad supervisora del rubro alimentos INAN, ademas va en contra de lo establecido en el art. 4 de la Ley 7021/22, de la IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA, Favor excluir dicho requisito y regir al marco legal vigente para las obligaciones de este rubro el método de evaluación. aclarando que el CONAYT no tiene competencia en rubro alimentos, conforme a lo que establece el Art. 2 de la Ley 2279/03, LEY 2.279/03
“QUE MODIFICA Y AMPLÍA
ARTÍCULOS DE LA LEY 1028/97
GENERAL DE CIENCIA Y
TECNOLOGÍA” por tal motivo solicito que dicho requisito sea excluida del PBC.
En atención a su consulta, cabe destacar que nos encontramos ante una imposibilidad física/técnica de suprimir ese punto, pues el sistema electrónico de la DNCP no permite a la convocante realizar modificaciones, supresiones y/o cualquier alteración en la CAPACIDAD TECNICA, pues la misma RESPONDE A UN ESTÁNDAR PRE-ESTABLECIDO, es decir, únicamente la DNCP puede acceder a ésta para su modificación, ya que LA CAPACIDAD TÉCNICA NO ES DEFINIDA POR LA CONVOCANTE . Agradecemos su consulta.