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Diferencias entre las versiones 1 y 2

Capacidad Financiera

Con el objetivo de calificar la situación financiera del oferente, se considerarán los siguientes índices:

1. Para contribuyente de IRE General.
Deberán cumplir con el siguiente parámetro:

a. Ratio de Liquidez: activo corriente / pasivo corriente
Deberá ser igual o mayor que 1, en promedio, de los años (2022 y 2023).
b. Endeudamiento: pasivo total / activo total
No deberá ser mayor a 0,80 en promedio, de los años (2022 y 2023).
c. Rentabilidad: Porcentaje de utilidad después de impuestos o pérdida con respecto al Capital.
El promedio de la sumatoria en los años, no deberá ser negativo de los años (2022 y 2023)

2. Para contribuyente del IRE Simple
Debe cumplir el siguiente parámetro:
Eficiencia (Ingreso/Egreso)
Deberá ser igual o mayor que 1, el promedio de la sumatoria de los años (2022 y 2023)

3. Para contribuyentes de IRP
Deberán cumplir el siguiente parámetro:
Eficiencia: (Ingreso/Egreso).
Deberá ser igual o mayor que 1, el promedio de la sumatoria de los años (2022 y 2023).


4. Para Contribuyentes de exclusivamente IVA General
Deberá cumplir el siguiente parámetro:
Eficiencia: (Ingreso/Egreso).
Deberá ser igual o mayor que 1, el promedio de la sumatoria de los últimos 6 meses.

Para los consorcios, el líder del Consorcio y los demás miembros del mismo, deberán cumplir con la totalidad de los
requisitos tales: Capacidad Legal y Financiera en un 100% y en cuanto a la experiencia y capacidad técnica, el líder del
Consorcio deberá cumplir con el 60%, en tanto que los demás integrantes el 40%.

Capacidad Financiera

Con el objetivo de calificar la situación financiera del oferente, se considerarán los siguientes índices:

1. Para contribuyente de IRE General.
Deberán cumplir con el siguiente parámetro:

a. Ratio de Liquidez: activo corriente / pasivo corriente
Deberá ser igual o mayor que 1, en promedio, de los años (2021 y 2022).
b. Endeudamiento: pasivo total / activo total
No deberá ser mayor a 0,80 en promedio, de los años (2021 y 2022).
c. Rentabilidad: Porcentaje de utilidad después de impuestos o pérdida con respecto al Capital.
El promedio de la sumatoria en los años, no deberá ser negativo de los años (2021 y 2022)

2. Para contribuyente del IRE Simple
Debe cumplir el siguiente parámetro:
Eficiencia (Ingreso/Egreso)
Deberá ser igual o mayor que 1, el promedio de la sumatoria de los años (2021 y 2022)

3. Para contribuyentes de IRP
Deberán cumplir el siguiente parámetro:
Eficiencia: (Ingreso/Egreso).
Deberá ser igual o mayor que 1, el promedio de la sumatoria de los años (2021 y 2022).


4. Para Contribuyentes de exclusivamente IVA General
Deberá cumplir el siguiente parámetro:
Eficiencia: (Ingreso/Egreso).
Deberá ser igual o mayor que 1, el promedio de la sumatoria de los últimos 6 meses.

Para los consorcios, el líder del Consorcio y los demás miembros del mismo, deberán cumplir con la totalidad de los
requisitos tales: Capacidad Legal y Financiera en un 100% y en cuanto a la experiencia y capacidad técnica, el líder del
Consorcio deberá cumplir con el 60%, en tanto que los demás integrantes el 40%.

Capacidad Financiera

Con el objetivo de calificar la situación financiera del oferente, se considerarán los siguientes índices:

1. Para contribuyente de IRE General.
Deberán cumplir con el siguiente parámetro:

a. Ratio de Liquidez: activo corriente / pasivo corriente
Deberá ser igual o mayor que 1, en promedio, de los años (20222021 y 20232022).
b. Endeudamiento: pasivo total / activo total
No deberá ser mayor a 0,80 en promedio, de los años (20222021 y 20232022).
c. Rentabilidad: Porcentaje de utilidad después de impuestos o pérdida con respecto al Capital.
El promedio de la sumatoria en los años, no deberá ser negativo de los años (20222021 y 20232022)

2. Para contribuyente del IRE Simple
Debe cumplir el siguiente parámetro:
Eficiencia (Ingreso/Egreso)
Deberá ser igual o mayor que 1, el promedio de la sumatoria de los años (20222021 y 20232022)

3. Para contribuyentes de IRP
Deberán cumplir el siguiente parámetro:
Eficiencia: (Ingreso/Egreso).
Deberá ser igual o mayor que 1, el promedio de la sumatoria de los años (20222021 y 20232022).


4. Para Contribuyentes de exclusivamente IVA General
Deberá cumplir el siguiente parámetro:
Eficiencia: (Ingreso/Egreso).
Deberá ser igual o mayor que 1, el promedio de la sumatoria de los últimos 6 meses.

Para los consorcios, el líder del Consorcio y los demás miembros del mismo, deberán cumplir con la totalidad de los
requisitos tales: Capacidad Legal y Financiera en un 100% y en cuanto a la experiencia y capacidad técnica, el líder del
Consorcio deberá cumplir con el 60%, en tanto que los demás integrantes el 40%.

Requisitos documentales para la evaluación de la capacidad financiera

Para evaluar el presente criterio, el oferente deberá presentar las siguientes documentaciones:

a Para contribuyente de IRE General.; Fotocopia del Balance General,
Cuadro de Resultados, Formulario Nº 500 presentado ante el
Ministerio de Hacienda de los años (2022 y 2023).
b Para contribuyentes de IRE Simple;Deberán presentar fotocopia de la
Declaración Jurada (Formulario 501) de los años 2022 y 2023
presentadas en el Ministerio de Hacienda.
c Para contribuyentes de IRP; Deberán presentar fotocopia de la
Declaración Jurada(Formulario 515 y/o 516) de los años 2022 y 2023,
correspondiente a la Declaración Jurada del Impuesto a la Renta.
d Para Contribuyentes de exclusivamente IVA General; Deberán
presentar fotocopia de la Declaración Jurada (Formulario 120) de los
últimos 6 (seis) meses, presentadas en el Ministerio de Hacienda.

 

Requisitos documentales para la evaluación de la capacidad financiera

Para evaluar el presente criterio, el oferente deberá presentar las siguientes documentaciones:

a Para contribuyente de IRE General.; Fotocopia del Balance General,
Cuadro de Resultados, Formulario Nº 500 presentado ante el
Ministerio de Hacienda de los años 2021 y 2022.
b Para contribuyentes de IRE Simple;Deberán presentar fotocopia de la
Declaración Jurada (Formulario 501) de los años 2021 y 2022,
presentadas en el Ministerio de Hacienda.
c Para contribuyentes de IRP; Deberán presentar fotocopia de la
Declaración Jurada(Formulario 515 y/o 516) de los años 2021 y 2022,
correspondiente a la Declaración Jurada del Impuesto a la Renta.
d Para Contribuyentes de exclusivamente IVA General; Deberán
presentar fotocopia de la Declaración Jurada (Formulario 120) de los
últimos 6 (seis) meses, presentadas en el Ministerio de Hacienda.

 

Requisitos documentales para la evaluación de la capacidad financiera

Para evaluar el presente criterio, el oferente deberá presentar las siguientes documentaciones:

a

Para contribuyente de IRE General.; Fotocopia del Balance General,
Cuadro de Resultados, Formulario Nº 500 presentado ante el
Ministerio de Hacienda de los años (20222021 y 2023)2022.

b

Para contribuyentes de IRE Simple;Deberán presentar fotocopia de la
Declaración Jurada (Formulario 501) de los años 20222021 y 20232022,
presentadas en el Ministerio de Hacienda.

c

Para contribuyentes de IRP; Deberán presentar fotocopia de la
Declaración Jurada(Formulario 515 y/o 516) de los años 20222021 y 20232022,
correspondiente a la Declaración Jurada del Impuesto a la Renta.

d

Para Contribuyentes de exclusivamente IVA General; Deberán
presentar fotocopia de la Declaración Jurada (Formulario 120) de los
últimos 6 (seis) meses, presentadas en el Ministerio de Hacienda.