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Versión 1
Versión 2
Diferencias entre las versiones 1 y 2
Capacidad Financiera
Con el objetivo de calificar la situación financiera del oferente, se considerarán los siguientes índices:
1. Para contribuyente de IRE General.
Deberán cumplir con el siguiente parámetro:
a. Ratio de Liquidez: activo corriente / pasivo corriente
Deberá ser igual o mayor que 1, en promedio, de los años (2022 y 2023).
b. Endeudamiento: pasivo total / activo total
No deberá ser mayor a 0,80 en promedio, de los años (2022 y 2023).
c. Rentabilidad: Porcentaje de utilidad después de impuestos o pérdida con respecto al Capital.
El promedio de la sumatoria en los años, no deberá ser negativo de los años (2022 y 2023)
2. Para contribuyente del IRE Simple
Debe cumplir el siguiente parámetro:
Eficiencia (Ingreso/Egreso)
Deberá ser igual o mayor que 1, el promedio de la sumatoria de los años (2022 y 2023)
3. Para contribuyentes de IRP
Deberán cumplir el siguiente parámetro:
Eficiencia: (Ingreso/Egreso).
Deberá ser igual o mayor que 1, el promedio de la sumatoria de los años (2022 y 2023).
4. Para Contribuyentes de exclusivamente IVA General
Deberá cumplir el siguiente parámetro:
Eficiencia: (Ingreso/Egreso).
Deberá ser igual o mayor que 1, el promedio de la sumatoria de los últimos 6 meses.
Para los consorcios, el líder del Consorcio y los demás miembros del mismo, deberán cumplir con la totalidad de los
requisitos tales: Capacidad Legal y Financiera en un 100% y en cuanto a la experiencia y capacidad técnica, el líder del
Consorcio deberá cumplir con el 60%, en tanto que los demás integrantes el 40%.
Capacidad Financiera
Con el objetivo de calificar la situación financiera del oferente, se considerarán los siguientes índices:
1. Para contribuyente de IRE General.
Deberán cumplir con el siguiente parámetro:
a. Ratio de Liquidez: activo corriente / pasivo corriente
Deberá ser igual o mayor que 1, en promedio, de los años (2021 y 2022).
b. Endeudamiento: pasivo total / activo total
No deberá ser mayor a 0,80 en promedio, de los años (2021 y 2022).
c. Rentabilidad: Porcentaje de utilidad después de impuestos o pérdida con respecto al Capital.
El promedio de la sumatoria en los años, no deberá ser negativo de los años (2021 y 2022)
2. Para contribuyente del IRE Simple
Debe cumplir el siguiente parámetro:
Eficiencia (Ingreso/Egreso)
Deberá ser igual o mayor que 1, el promedio de la sumatoria de los años (2021 y 2022)
3. Para contribuyentes de IRP
Deberán cumplir el siguiente parámetro:
Eficiencia: (Ingreso/Egreso).
Deberá ser igual o mayor que 1, el promedio de la sumatoria de los años (2021 y 2022).
4. Para Contribuyentes de exclusivamente IVA General
Deberá cumplir el siguiente parámetro:
Eficiencia: (Ingreso/Egreso).
Deberá ser igual o mayor que 1, el promedio de la sumatoria de los últimos 6 meses.
Para los consorcios, el líder del Consorcio y los demás miembros del mismo, deberán cumplir con la totalidad de los
requisitos tales: Capacidad Legal y Financiera en un 100% y en cuanto a la experiencia y capacidad técnica, el líder del
Consorcio deberá cumplir con el 60%, en tanto que los demás integrantes el 40%.
Capacidad Financiera
Con el objetivo de calificar la situación financiera del oferente, se considerarán los siguientes índices:
1. Para contribuyente de IRE General.
Deberán cumplir con el siguiente parámetro:
a. Ratio de Liquidez: activo corriente / pasivo corriente
Deberá ser igual o mayor que 1, en promedio, de los años (20222021 y 20232022).
b. Endeudamiento: pasivo total / activo total
No deberá ser mayor a 0,80 en promedio, de los años (20222021 y 20232022).
c. Rentabilidad: Porcentaje de utilidad después de impuestos o pérdida con respecto al Capital.
El promedio de la sumatoria en los años, no deberá ser negativo de los años (20222021 y 20232022)
2. Para contribuyente del IRE Simple
Debe cumplir el siguiente parámetro:
Eficiencia (Ingreso/Egreso)
Deberá ser igual o mayor que 1, el promedio de la sumatoria de los años (20222021 y 20232022)
3. Para contribuyentes de IRP
Deberán cumplir el siguiente parámetro:
Eficiencia: (Ingreso/Egreso).
Deberá ser igual o mayor que 1, el promedio de la sumatoria de los años (20222021 y 20232022).
4. Para Contribuyentes de exclusivamente IVA General
Deberá cumplir el siguiente parámetro:
Eficiencia: (Ingreso/Egreso).
Deberá ser igual o mayor que 1, el promedio de la sumatoria de los últimos 6 meses.
Para los consorcios, el líder del Consorcio y los demás miembros del mismo, deberán cumplir con la totalidad de los
requisitos tales: Capacidad Legal y Financiera en un 100% y en cuanto a la experiencia y capacidad técnica, el líder del
Consorcio deberá cumplir con el 60%, en tanto que los demás integrantes el 40%.
Requisitos documentales para la evaluación de la capacidad financiera
Para evaluar el presente criterio, el oferente deberá presentar las siguientes documentaciones:
a | Para contribuyente de IRE General.; Fotocopia del Balance General, Cuadro de Resultados, Formulario Nº 500 presentado ante el Ministerio de Hacienda de los años (2022 y 2023). |
b | Para contribuyentes de IRE Simple;Deberán presentar fotocopia de la Declaración Jurada (Formulario 501) de los años 2022 y 2023 presentadas en el Ministerio de Hacienda. |
c | Para contribuyentes de IRP; Deberán presentar fotocopia de la Declaración Jurada(Formulario 515 y/o 516) de los años 2022 y 2023, correspondiente a la Declaración Jurada del Impuesto a la Renta. |
d | Para Contribuyentes de exclusivamente IVA General; Deberán presentar fotocopia de la Declaración Jurada (Formulario 120) de los últimos 6 (seis) meses, presentadas en el Ministerio de Hacienda. |
Requisitos documentales para la evaluación de la capacidad financiera
Para evaluar el presente criterio, el oferente deberá presentar las siguientes documentaciones:
a | Para contribuyente de IRE General.; Fotocopia del Balance General, Cuadro de Resultados, Formulario Nº 500 presentado ante el Ministerio de Hacienda de los años 2021 y 2022. |
b | Para contribuyentes de IRE Simple;Deberán presentar fotocopia de la Declaración Jurada (Formulario 501) de los años 2021 y 2022, presentadas en el Ministerio de Hacienda. |
c | Para contribuyentes de IRP; Deberán presentar fotocopia de la Declaración Jurada(Formulario 515 y/o 516) de los años 2021 y 2022, correspondiente a la Declaración Jurada del Impuesto a la Renta. |
d | Para Contribuyentes de exclusivamente IVA General; Deberán presentar fotocopia de la Declaración Jurada (Formulario 120) de los últimos 6 (seis) meses, presentadas en el Ministerio de Hacienda. |
Requisitos documentales para la evaluación de la capacidad financiera
Para evaluar el presente criterio, el oferente deberá presentar las siguientes documentaciones:
a | Para contribuyente de IRE General.; Fotocopia del Balance General, |
b | Para contribuyentes de IRE Simple;Deberán presentar fotocopia de la |
c | Para contribuyentes de IRP; Deberán presentar fotocopia de la |
d | Para Contribuyentes de exclusivamente IVA General; Deberán
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