Secciones
Versión 1
Versión 2
Diferencias entre las versiones 1 y 2
Especificaciones técnicas - CPS
Los productos y/o servicios a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:
Especificaciones Técnicas
BENEFICIARIOS: Funcionario/a de la Secretaría Nacional de Cultura.
La cantidad mínima de titulares es de 180 funcionarios, con sus grupos familiares. La Cantidad máxima es de 220 funcionarios, con sus grupos familiares.
Conformación de Grupo Familiar, con cobertura conforme a las condiciones establecidas en el presente Pliego de Bases y Condiciones:
- Titular casado o concubinado: al funcionario titular casado/a o concubinado, su cónyuge (ya sea por matrimonio formal o por matrimonio de hecho), hijos solteros hasta el día que cumplan 23 años de edad, e hijos discapacitados mentales y/o físicos sin límite de edad. El divorcio vincular extinguirá la calidad de BENEFICIARIO/A.
La Unión de hecho o concubinato deberá ser acreditada como válida con la presentación de una Declaración Jurada formulada ante el Encargado del Registro del Estado Civil o el Juez de Paz respectivo, cuando la comunidad de hecho es producto de una efectiva convivencia durante el tiempo mínimo indicado en la Ley Civil. Durante la vigencia del contrato el titular no podrá sustituir al Beneficiario declarado inicialmente, salvo que contraiga Matrimonio con una persona distinta.
- Titular soltero: para los titulares solteros/as serán tomados como miembros del grupo familiar a sus padres hasta el día que cumplan los 80 años de edad e hijos solteros hasta el día que cumplan 23 años de edad.
Los Recién Nacidos del Titular tienen cobertura inmediata de acuerdo a lo establecido en las especificaciones técnicas, desde que le fuera comunicado el advenimiento a la prestadora del servicio, será suficiente prueba el Certificado de Nacido Vivo para el efecto.
BENEFICIARIOS ADHERENTES
Los titulares podrán solicitar la incorporación de adherentes. El pago por la cobertura de adherentes correrá por cuenta exclusiva del Beneficiario Titular, cuyo monto deberá ser conforme al siguiente detalle:
El titular beneficiario podrá incluir como adherente a sus padres hasta el día que cumplan los 85 años de edad, mediante el pago de una prima del 40% por cada persona del precio contratado para el titular.
El titular beneficiario podrá incluir como adherente a sus hijos/as solteros mayores de 23 años, mediante el pago de una prima del 35% por cada persona del precio contratado para el titular.
La opción de incluir beneficiarios adherentes será responsabilidad exclusiva de cada titular y para poder incorporarlos a la cobertura el titular deberá firmar un contrato de la prestadora de servicios que establezca las condiciones de cobro, el plazo de mora aceptable y las condiciones contractuales en caso de producirse la mora en el pago.
Los costos serán abonados por cada titular en forma directa con la prestadora de servicios y el plazo máximo para las incorporaciones de beneficiarios, grupos familiares y adherentes con costo, será hasta 60 días posteriores a la firma del contrato. El titular deberá abonar la prima correspondiente de forma mensual, desde el inicio hasta la culminación del contrato.
Los beneficiarios adherentes, permanecerán en esta condición desde su incorporación hasta el fenecimiento del presente contrato o en su caso hasta el día en que el titular sea desvinculado de la Institución por cualquiera de los motivos previstos en la Ley.
En caso de producirse la desvinculación de funcionarios de la Institución por cualquiera de los motivos previstos en la Ley durante la vigencia del Contrato, La Contratante comunicará dicha situación a la prestadora de servicios y elevará la nómina correspondiente en reemplazo de los mismos.
Todos los beneficiarios tendrán los mismos derechos de cobertura que figuran en el contrato; a excepción de la cobertura de maternidad que será exclusivamente para la titular o cónyuge del titular.
LA IDENTIFICACION
La Prestadora de Servicios, proporcionará a cada Beneficiario, sin costo alguno, una Tarjeta de Identificación de carácter intransferible, que lo acreditará como tal y que deberá exhibir toda vez que requiera servicios médicos, sanatoriales y/o diagnósticos cubiertos.
Las tarjetas de identificación para los titulares deberán entregarse en un plazo no mayor a 60 días hábiles desde la entrega oficial de la nómina de funcionarios. La pérdida o extravío de la Tarjeta de Identificación, se deberá comunicar de inmediato a la Empresa con su respectiva constancia policial. La accesibilidad al Servicio se dará por medio de la cédula de identidad de los beneficiarios en base al listado proveído por la institución entre tanto la prestadora de servicio realice la entrega de las credenciales.
GUÍA MÉDICA.
El plazo de Entrega de la Guía Médica en forma impresa, a ser utilizada durante la ejecución del Contrato para manejo de los Asegurados, es de 30 (Treinta) días calendarios a partir de la firma del Contrato, y la misma deberá especificar de manera clara todos los datos en cuanto a la cobertura del contrato, especialistas, médicos, centros asistenciales y todos los datos relevantes al presente proceso. Se deberá entregar una guía por cada beneficiario titular del servicio. En caso de modificaciones, se actualizará la guía de manera digital.
VIGENCIA DE LOS SERVICIOS:
Se concede la VIGENCIA INMEDIATA, en todos los servicios detallados en la presente cobertura médica, a partir de la fecha en que se hubiera formalizado las siguientes condiciones: i) la firma del contrato, ii) la entrega oficial de la nómina de funcionarios por parte de la Convocante, iii) de la suscripción de un formulario por el cual los titulares y sus adherentes declaren bajo fe de juramento su estado de salud y, iv) la acreditación documental del parentesco de los adherentes con y sin cargo v) el contrato de adherentes establecido por la prestadora de servicios.
Entiéndase por VIGENCIA INMEDIATA, el hecho de que no se exigirá a los asegurados antigüedad o carencia alguna para la cobertura requerida en el presente PBC.
COBERTURA:
La cobertura de días de internación, medicamentos y descartables será por EVENTO durante la vigencia del contrato. Se entenderá por EVENTO, a todo suceso relacionado a enfermedades clínicas y/o quirúrgicas hasta tanto no se haya resuelto e independientemente de la cantidad de internaciones y/o procedimientos médico quirúrgicos.
Además, se incluirá la LIBRE ELECCIÓN dentro de la cartilla de prestadores propuesta por la prestadora de servicios; de profesionales, centros de diagnósticos y centros asistenciales para capital e interior (urgencias, emergencias, internaciones).
Todas las órdenes de internación y de estudios de diagnósticos, deberán ser emitidas y/o solicitadas por un profesional médico que deberán contar con los siguientes requisitos:
- Apellido, Nombre del asegurado y numero de Socio.
- Fecha de internación y Días probables de internación, para los casos de internación.
- Diagnostico o Diagnostico presuntivo.
- Firma y sello del médico tratante en convenio con la prestadora de servicios.
Para los eventos quirúrgicos programados, la presentación de la orden médica deberá ser realizada por el beneficiario ante la prestadora de servicios en forma física o vía correo electrónico con antelación al suceso, a efectos de la emisión de la cobertura correspondiente para su presentación al centro asistencial. Para el caso de eventos programados se deberá presentar los estudios de diagnóstico que respaldan el evento. La prestadora de servicios no queda obligada a cubrir las cirugías que no se hayan requerido con anticipación o no hayan tenido una visación previa. Tampoco tendrán cobertura las internaciones que hubieran sido realizadas o prolongadas sin criterio médico o motivaciones médicas que evidencien el diagnóstico presuntivo o cierto de un evento cubierto que tenga cobertura conforme a las disposiciones establecidas en el presente PBC o en el Contrato.
La emisión de una visación de cobertura o negativa de cobertura es facultad exclusiva de la Prestadora de Servicios, no pudiendo tenerse por válida visación alguna o su negativa emitida o comunicada por el prestador médico ni por un tercero.
En caso de dudas sobre el alcance de la cobertura, su extensión se determinará conforme a los fundamentos médicos expuestos por los médicos auditores de la Prestadora de Servicios.
Para los actos quirúrgicos, indicados en el Anexo de Cirugías con cobertura, la conformación del Equipo Médico a cargo de la prestadora de servicio se establece conforme a lo siguiente;
- Cirujano
- Primer Ayudante
- Instrumentador
- Anestesista
ASISTENCIA MÉDICA Y SANATORIAL:
- HONORARIOS PROFESIONALES:
Cobertura inmediata en consultas (en consultorio), internaciones clínicas y servicios de urgencias en las siguientes especialidades:
-
- Anestesia.
- Alergia (incluye test alérgico).
- Anatomía patológica (biopsias simples y una biopsia de congelación por beneficiario por contrato).
- Cardiología Clínica (adulta y pediátrica).
- Clínica Médica o Medicina Interna.
- Coloproctología o Proctología.
- Cirugía general menor y mayor, conforme el listado de Cirugías contempladas en el Anexo de Cirugías, como así también para las cirugías de otras especialidades se rigen conforme al mismo Anexo de Cirugías.
- Cirugía Oncológica.
- Cirugía Pediátrica.
- Dermatología.
- Endocrinología y Diabetología.
- Fonoaudiología de hasta diez (10) sesiones por año de contrato por beneficiario.
- Flebología.
- Fisioterapia hasta treinta (30) sesiones por beneficiario y por año de contrato. En pacientes internados en sanatorios con una cobertura de hasta quince (15) sesiones, por beneficiario y por año de contrato.
- Gastroenterología.
- Geriatría.
- Ginecología y Obstetricia.
- Hematología. Transfusiones de hasta diez (10) transfusiones por beneficiario por contrato año de contrato. No incluye material ni estudio serológico por unidad transfundida.
- Infectología.
- Mastología.
- Medicina Familiar.
- Nefrología.
- Neumología.
- Neurología.
- Neurocirugía.
- Nutrición de hasta diez (10) consultas por año de contrato por beneficiario.
- Oftalmología (incluye ejercicios ortópticos de hasta diez (10) sesiones por beneficiario por año de contrato, curva de presión, dilatación de pupila y fondo de ojo, mapeo de retina (2 veces al año).
- Otorrinolaringología.
- Pediatría. La aplicación de vacunas será sin cargo para el asegurado, para los casos determinados obligatorios por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social, en sala de vacunación indicados por la Prestadora de Servicios.
- Psicología de hasta diez (10) consultas por beneficiarios por año de contrato.
- Reumatología.
- Traumatología.
- Urología.
- Oncología Clínica (según ítem de Alta complejidad).
El grupo familiar y adherentes, podrán eventualmente, consultar con un profesional que no pertenezca al plantel de profesionales adheridos a la prestadora de servicios, no más de 2 (dos) veces en total por mes por grupo familiar y adherentes y la cobertura se realizará por el sistema de reembolsos hasta Gs. 150.000 (guaraníes ciento cincuenta mil).- por consulta. (no tratamientos).
La solicitud de reembolso por parte del asegurado, podrá efectuarlo hasta 5 días posteriores de la consulta; y el pago o reembolso se realizará dentro de los 30 días posteriores a la solicitud de reembolso. Para la solicitud del reembolso, la factura a presentar, debe estar emitida a nombre de la Prestadora de Servicios, especificado el RUC de la misma.
- INTERNACIONES CLINICAS Y/O QUIRURGICAS EN SALA NORMAL
Con cobertura inmediata, en los SANATORIOS habilitados por la prestadora de servicios, a libre elección del asegurado y/o del médico tratante.
Las internaciones se realizarán en los sanatorios del listado de prestadores en convenio de la prestadora de servicios, en habitaciones individuales que cuentan con: baño privado, teléfono, T.V., aire acondicionado, cama para el acompañante. Incluye, además, dieta oral del paciente indicada por el médico tratante, servicio de enfermería y médicos de guardia del sanatorio.
Deberán estar cubiertos los medios auxiliares de diagnóstico: medicina por imágenes y servicios laboratoriales, (se tendrá en cuenta listado de cobertura según anexo de estudios laboratoriales y anexo de medicina por imágenes), pensión sanatorial, derechos operatorios y honorarios médicos, hasta los días cubiertos por contrato.
Todas las ordenes de internación deberán estar emitidas y/o solicitadas por un profesional médico del listado de prestadores en convenio y/o tratante.
Los derechos operatorios de las primeras cirugías correspondientes a cada evento, serán autorizados por la prestadora de servicios y tendrán una cobertura de 100%, salvo aquellas expresamente excluidas en este contrato.
Las internaciones serán cubiertas hasta un máximo de CUARENTA (40) días por evento, por beneficiario. Deben estar cubiertos, con cobertura del 100%, los derechos operatorios en internaciones e intervenciones quirúrgicas correspondientes a la primera cirugía de cada evento, incluyendo la utilización de: electrocardiógrafo, rayos x del sanatorio, videolaparoscopio, torre de video.
Cobertura de medicamentos, descartables y oxigeno de hasta Gs. 7.000.000 (guaraníes siete millones) por evento, sea por internaciones clínicas, quirúrgicas, para el beneficiario titular, y su grupo familiar.
- TERAPIA INTENSIVA, TERAPIA INTERMEDIA (Adultos y/o Niños):
Tiempo de internación: hasta quince (15) días por evento.
Servicios cubiertos: Honorarios profesionales, dieta convencional del paciente, indicada por el médico tratante, equipos propios de la U.T.I., cuidado de enfermería y los medios auxiliares de diagnóstico, incluidos medicina por imágenes, servicios laboratoriales y radiológicos (se tendrá en cuenta listado de cobertura según anexo de estudios laboratoriales y anexo de medicina por imágenes), hasta los días cubiertos por contrato. Cobertura de medicamentos, materiales descartables y oxigeno por valor de hasta Gs. 6.000.000 (guaraníes seis millones) por evento.
- MATERNIDAD:
Se establece la cobertura de Maternidad de forma exclusiva para la Titular o Cónyuge, conforme a lo siguiente:
En el caso de atención obstétrica del parto normal: de hasta dos días de internación, incluyendo el equipo médico integrado por el ginecólogo, el pediatra y eventualmente el anestesista y serán cubiertos de hasta dos días de internación. En los casos de parto por cesárea: de hasta tres días de internación, incluyendo el equipo médico integrado por el ginecólogo, el primer ayudante, el pediatra, el hemoterapeuta (si lo amerita con previa justificación por escrito del médico tratante y criterio médico del auditor de la prestadora de servicios), el anestesiólogo y serán cubiertos de hasta tres días de internación.
Cobertura de medicamentos, materiales descartables y oxigeno por valor de Gs. 7.000.000 (guaraníes siete millones) por evento para el titular o cónyuge.
El servicio también incluye; el derecho operatorio, internación en habitación individual, baño privado, teléfono, T.V., dieta convencional del paciente, ambiente climatizado, atención de enfermería.
Los niños del titular nacidos a término o en forma prematura (antes de las 37 semanas de gestación), incorporados oficialmente al grupo familiar, tendrán cobertura de hasta el tercer día en concepto de pensión sanatorial (ya sean en internaciones clínicas y de terapia intensiva), incluyendo; medicamentos, descartables y oxigeno de hasta 6.000.000 Gs (Guaraníes seis millones), luminoterapia, carpa de oxígeno, incubadora, honorarios de visita del médico tratante, terapista, servicios de enfermería y servicios de estudios de diagnóstico (conforme a lo establecido en el Anexo de estudios establecido en el PBC) hasta el tercer día de internación. Los demás días de internación o servicios requeridos serán a cargo del asegurado, como, por ejemplo; interconsultas, cirugías, etc.
- SERVICIOS DE URGENCIAS SANATORIALES:
Debe estar integrado por guardias médicas de urgencias en los servicios asistenciales, las 24 horas y todos los días, aún domingos y feriados, para adultos y/o niños, para el beneficiario titular, su grupo familiar y adherentes.
Debe disponer de ambulancias para traslados derivados de la urgencia o emergencia. Estos servicios deben incluir honorarios médicos y derechos de urgencia. Este servicio debe efectuarse durante las 24 (veinticuatro) horas del día durante todo el año y deberán realizarse hasta 20 km de Asunción y Gran Asunción sin costo, más de 20 km a cargo del asegurado. Se incluye la cobertura de antibióticos en casos de servicios de urgencia donde se indiquen al paciente tratamientos con antibióticos, se refiere a la primera dosis de antibiótico inyectable, indicado por el Médico de Guardia.
Los procedimientos con médico de guardia tendrá una cobertura total (100%) sin costo e inmediata para el BENEFICIARIO y son: Consulta con el Médico de Guardia, suturas, la primera curación del evento, extracción de cuerpos extraños nariz/oído, extracción de uña encarnada, colocación o extracción de enyesados simples, colocación de vendajes, drenajes de abscesos o hematomas, taponamiento nasal, descubierta venosa, sondaje vesical, lavado de oído, lavado gástrico (excepto intoxicación medicamentosa), punción pleural, punción abdominal.
Servicios de enfermería: aplicación de inyectables intramuscular, aplicación de inyectables endovenoso, enema, nebulizaciones, servicio de enfermería, aplicación de ultrasonidos, infrarrojo, tendrá una cobertura total (100%) sin costo e inmediata para el BENEFICIARIO. La cobertura de medicamentos, descartables para los servicios de urgencia será del 100% (cien por ciento), en los servicios dispuestos y habilitados por la Contratista.
- ASISTENCIA DOMICILIARIA PARA CASOS DE EMERGENCIAS:
A cargo de una unidad móvil (ambulancia equipada para urgencias o emergencias, personal médico o paramédico, medicamentos y materiales descartables), sin costo para el beneficiario, de hasta 5 servicios por contrato por beneficiario, incluido el traslado a un centro asistencial en caso que fuere necesario. Este servicio debe efectuarse durante las 24 (veinticuatro) horas del día durante todo el año y deberán realizarse hasta 20 km de Asunción y Gran Asunción sin costo, más de 20 km de la ciudad de Asunción a cargo del asegurado.
Debe también contemplarse la asistencia domiciliaria para análisis clínicos con laboratorios asignados por la Prestadora de Servicio con cobertura del 100%. En los casos de toma de muestras laboratoriales a domicilio, serán sin cargo para el beneficiario, siempre que se trate de pacientes con incapacidad de concurrir a los servicios.
- CENTROS ASISTENCIALES EN EL INTERIOR.
Cobertura para consultas e internaciones clínicas, en las localidades requeridas en el Pliego de Bases y Condiciones, del presente llamado.
Para estos centros asistenciales, la cobertura de los servicios citados precedentemente, deberá ser idéntica a la aplicable en la capital, conforme a las especificaciones técnicas.
- OTROS SERVICIOS CUBIERTOS:
En el caso de que el médico tratante en internaciones requiera la presencia de otro profesional médico que se encuentre en el Plantel de Médicos de la Prestadora de Servicios, como interconsultante, estarán a cargo de la prestadora de servicios hasta 5 (cinco) interconsultas, por evento. En el caso de que el médico tratante en internaciones requiera la presencia de otro profesional médico que no pertenezca al Plantel Médicos de la Prestadora de Servicios como interconsultante estarán a cargo de la prestadora de servicios, conforme al arancel de la Sociedad Científica Paraguaya respectiva, hasta una (1) interconsulta, por evento.
La cobertura del clínico, cardiólogo o pediatra del Plantel Médicos de la Prestadora de Servicios, presentes en la sala de operaciones, será con previa autorización a criterio de la prestadora de servicios y deberá estar solicitada por escrito por el cirujano indicando debidamente su justificación; caso contrario quedará a cargo del beneficiario.
Los honorarios de los hemoterapeutas serán cubiertos hasta un máximo de diez (10) transfusiones, por beneficiario por año de contrato. Queda a cargo del beneficiario la provisión de sangre y plasma.
Examen médico preventivo anual, que incluya examen clínico, análisis de rutina, rayos x de tórax, ECG, y para mujeres estudio de PAP, mamografías, colposcopia, tendrá una cobertura total sin costo para el BENEFICIARIO/A.
Tratamientos especializados en alergias.
Epidemias, pandemias, endemias y/o relacionadas, declaradas oficialmente o no, tendrán cobertura.
Atención, Consultas o Tratamiento de psicología, psiquiatría, fonoaudiología, psicopedagogía y nutrición.
Cirugías traumatológicas.
Traumatismos o politraumatismos y/o sus consecuencias causados por la práctica de deportes en general, mma, futbol, accidentes, etc.
Tratamiento y cirugía de varices, incluyendo cirugía con láser.
Consultas odontológicas.
Tendrán cobertura de la utilización de equipos de los centros asistenciales en convenio con la Prestadora de Servicio para pacientes internados en habitación normal conforme al siguiente listado dentro de las limitaciones establecidas en el presente pliego de bases y condiciones:
1. Arco en C Artroscopio
2. Bomba de contrapulsación intraaórtica bomba de infusión
3. Carpa de oxígeno Colchón de aire y/o agua cuna térmica ecocardiógrafo
4. Ecógrafo Electrocardiógrafo Equipo de artroscopia Equipo de ecoendoscopia Equipo de luminoterapia equipo de quimioterapia
Equipo de RX
5. Equipo de Video endoscopia equipo de video laparoscopia equipos de hemodiálisis equipos de hemodinamia
6. Equipos litotriptores
7. Facoemulsificador
8. Fuente de luz
9. Goteo electrónico
10. Kit de parto litotriptor
11. Monitor cardiaco
12. Monitor fetal
13. Monitores y respiradores Nebulizador
14. Saturador de oxígeno
15. Saturómetro
16. Suturador mecánico
17. PF Tomógrafo
18. Videoendoscopio
19. Videolaparoscopio.
- MEDICINA POR IMAGENES:
Este ítem comprende los métodos auxiliares de diagnóstico que se efectúan mediante el registro impreso o fotográfico de imágenes efectuado en consultorios o centros especializados, con cobertura de gastos en concepto de medicamentos, materiales descartables y contrastes de hasta G. 600.000 (guaraníes seiscientos mil), a cargo de la empresa prestadora de servicios, conforme a la lista taxativa que se adjunta, que enumera los exámenes contemplados en esta cobertura.
Contaran con cobertura de sedación en concepto de honorarios médicos del anestesista los pacientes pediátricos que según criterio y solicitud del profesional requieran la utilización de dicho servicio.
- ANALISIS CLINICOS DE LABORATORIO:
Este servicio debe cubrir a los pacientes que concurren al laboratorio forma programada o en casos de urgencias las 24 (veinticuatro) horas del día en los centros asistenciales que cuenten con la disponibilidad del servicio. Debe tener cobertura integral en concepto de honorarios profesionales y materiales descartables. Se adjunta la lista de los exámenes contemplados en esta cobertura.
- ENFERMEDADES: CRÓNICAS, PREEXISTENTES:
Se contempla la cobertura de forma exclusiva para las siguientes patologías crónicas que se regirán a las condiciones del presente ítem;
-
- Crisis asmáticas.
- Anginas de Pecho.
- Descompensaciones Diabéticas.
- Descompensaciones de Hipertensión Arterial.
- Infarto Agudo de Miocardio.
- Síndrome coronario agudo. Accidente Cerebro Vascular.
- Complicaciones del Embarazo de forma exclusiva para el titular o cónyuge.
- Diverticulitis
- Dislipidemia
La cobertura de estos eventos citados precedentemente será otorgada únicamente de la siguiente forma:
- Internaciones, sean estas clínicas, terapia intensiva o intermedia: hasta (10) días por año de contrato.
- Medios auxiliares de diagnósticos, servicios laboratoriales, radiológicos conforme al PBC.
- Cuando un beneficiario requiera la utilización de estudios de diagnóstico de forma ambulatoria para el control de sus patologías crónicas y/o preexistentes que se encuentran citadas en este apartado, serán cubiertos hasta 4 (cuatro) eventos de control por año de contrato por beneficiario conforme a los estudios de diagnósticos, servicios laboratoriales y radiológicos y dentro de los límites establecidos en el PBC.
- Los eventos quirúrgicos serán a cargo del asegurado, salvo los contemplados en el Anexo de Cirugías.
- Cobertura de medicamentos, descartables y oxigeno de hasta G. 6.000.000 (guaraníes seis millones) por año de contrato por beneficiario, sea por internaciones clínicas, terapia o en conjunto, para el beneficiario titular, su grupo familiar.
- MEDICINA DE ALTA COMPLEJIDAD:
De forma exclusiva para la primera cirugía una cobertura del 50% (cincuenta por ciento) y hasta la segunda cirugía con una cobertura del 25% (veinte y cinco por ciento) ya sean realizadas o no en un mismo evento o acto quirúrgico (para la determinación de porcentajes se tendrá en cuenta los valores de mercado), en concepto de honorarios médicos, derecho operatorio y equipos, exclusivamente para los casos de:
CARDIOCIRUGIA:
- - Colocación de marcapasos y o reemplazo del mismo (no incluirá el costo del aparato)
- - Cirugía cardiaca con circulación extracorpórea:
- - Reemplazo y/o reparación válvula aórtica
- - Reemplazo y/o reparación válvula mitral Cirugía cardiaca sin circulación extracorpórea:
- - Revascularización miocárdica
- - Drenaje pericárdico
- - Toilette mediastinal y esternal por infección
- - Angioplastia transluminal coronaria
NEUROCIRUGÍA:
- - Evacuación de colección epidural o subdural de médula y/o meninges
- - Extirpación de lesiones intracerebrales: abscesos, en las siguientes localizaciones: región celar, fosa posterior, región de la pineal y tercer ventrículo
- - Extirpación de lesiones intracerebrales: hematomas, en las siguientes localizaciones: región selar, fosa posterior, región de la pineal y tercer ventrículo
CIRUGÍA VASCULAR PERIFÉRICA:
- - Revascularización de troncos supraaórticos a partir de la aorta
- - Revascularización arterial del miembro superior
OTRAS CIRUGÍAS Y PROCEDIMIENTOS CONTEMPLADOS CONFORME AL ÍTEM DE ALTA COMPLEJIDAD:
- Quemaduras que no superen el 10% de la superficiecorporal; Litotripsia extracorpórea;
- Quimioterapia; Hasta (6) seis sesiones y de hasta 3.000.000 Gs. en concepto de medicamentos y drogas oncológicas de forma exclusiva;
- Diálisis y Hemodialisis para casos agudos hasta (6) seis sesiones por beneficiario.
- Cirugía oftalmológica especializada; cataratas, desprendimiento de retina, campimetría computarizada, ecobiometría, facoemulsificación, implante de lente intraocular (no incluye el costo del lente intraocular);
- Litotripsia ultrasónica.
Medicamentos, descartables, oxígeno y materiales para transfusión utilizados serán cubiertos hasta la suma de Gs. 6.000.000.- (guaraníes seis millones). Deberán estar cubiertos los medios auxiliares de diagnóstico, incluidos servicios laboratoriales, (se tendrá en cuenta listado de cobertura según anexo de estudios laboratoriales y anexo de medicina por imágenes).
El costo de prótesis, clips, stent, marcapasos, LIO, etc., serán a cargo del beneficiario.
- DESCUENTOS EN FARMACIAS:
El oferente deberá presentar convenio con farmacia o sucursales de una farmacia que deberán de contar con el descuento del 30% en medicamentos nacionales (SIN LIMITE) y el descuento del 18% en medicamentos importados (SIN LIMITE), con sucursales en Asunción, Gran Asunción e interior del país y una farmacia dedicada a preparados magistrales, que deberá contar con el descuento del 15% en preparados magistrales, en la ciudad de Asunción.
Dichos descuentos serán considerados en medicamentos preventivos y curativos, con compras efectuadas al contado.
- PRIMEROS AUXILIOS Y APOYO VITAL BASICO:
La contratada proveerá a la contratante de un botiquín de primeros auxilios por cada sede de la Convocante, de forma anual en un plazo no mayor a 60 (sesenta) días hábiles posterior a la firma del contrato. El cual deberá contener elementos de primeros auxilios y medicamentos de venta libre por valor de Gs. 500.000 (guaraníes quinientos mil).
Si bien la Dirección de Gestión y Desarrollo de las Personas facilitara de forma gratuita los medicamentos solicitados para calmar las molestias o dolores que presentase algún funcionario, pero el consumo de los mismos será exclusiva y total responsabilidad del funcionario que lo solicitare.
COBERTURA PARA ACCIDENTES:
Cobertura para accidentes en general de forma exclusiva para titulares de la Secretaría Nacional de Cultura, conforme a lo siguiente:
Cobertura de 30 eventos hasta un máximo de Gs. 4.000.000 (guaraníes cuatro millones) en honorarios médicos, internación, cirugía, medicamentos y descartables durante la vigencia del contrato para el grupo de titulares. Posterior a la utilización de 30 eventos la cobertura será otorgada con arancel preferencial a cargo del asegurado en todo concepto.
- SERVICIOS SIN COBERTURA:
Son los que o se detallan a continuación:
- Intento de autoeliminación y sus secuelas ya sean físicos o mentales. Enfermos mentales ya sean depresivos o excitados.
- Cirugía con fines estéticos.
- Tratamiento médico - quirúrgico con fines de esterilidad, infertilidad, fecundación in vitro y procreación.
- Diagnóstico neurofisiológico de la impotencia sexual masculina y técnica de fertilización asistida.
- Malformaciones congénitas en adultos y niños.
- Atenciones y tratamientos médicos para fin anticonceptivo, excepto las consultas. Eventos congénitos.
- Instrumentales o equipos propios o particulares de los especialistas médicos no arancelados por la sociedad científica del Paraguay reconocida.
- Formolizaciones.
- Medicina Nuclear.
- Acupunturas, celuloterapia, homeopatía y quiropraxia. Uvulo Palatoplastia. Tratamiento en dietología.
- Lipoaspiración y cirugía bariátrica y/o metabólicas y sus consecuencias. Estudios previos y posteriores en caso de cirugías bariátricas y/o metabólicas.
- Diálisis y hemodiálisis para casos crónicos y no contempladas en el PBC. Cirugías vasculares periféricas no contempladas en el PBC.
- Accidente cerebrovascular y/o sus consecuencias.
- Alcoholismo, intoxicaciones debido al abuso del alcohol, abuso o adicción a drogas, o a consecuencia de lesiones sufridas por accidente ocasionados por encontrarse bajo el influjo del alcohol y/o drogas. Tratamiento para adictos a drogas y alcohol, así como sus consecuencias.
- Lesiones provocadas bajo la acción de drogas, estupefacientes o alcohol.
- Microcirugía. Cirugía especializada de mano.
- Biopsias por congelación e inmunohistoquímica no contempladas en el PBC.
- Eventos quirúrgicos que no se haya requerido con anticipación al mismo o no cuenten con una visación previa.
- Lesiones causadas por investigaciones en etapas experimentales, no reconocidas por instituciones oficiales o científicas.
- Lesiones provocadas por actos dolosos, consecuencia de reyertas o alteraciones de orden público o agresión o atentados por terceros.
- Todo hecho ocurrido en transgresión a las leyes de tránsito vigentes.
- Cualquier condición o tratamiento relacionado con el virus VIH positivo o del tratamiento del SIDA y enfermedades infectocontagiosas y de transmisión sexual.
- Cualquier condición o tratamiento relacionado con las enfermedades autoinmune.
- Daños a la salud generados por siniestros naturales extremos o excepcionales, tales como terremotos, huracanes y temperaturas extremas. Daños a la salud generados por atentados con armas de fuego, químicas, biológicas u otras. Tratamiento de enfermedades o lesiones originadas como resultado directo o indirecto de catástrofes naturales, Guerra internacional y guerra civil, Acciones bélicas, Fenómenos naturales, Lluvia radiactiva, Terrorismo.
- Epidemias, pandemias, endemias y/o relacionadas, declaradas oficialmente o no, no tendrán cobertura.
- Atención, Consultas o Tratamiento de psicología, psiquiatría, fonoaudiología, psicopedagogía y nutrición, no contemplados en el PBC.
- Honorarios del hemoterapeuta por la asistencia operatoria en la sala de operaciones no contemplados en el PBC.
- Tratamientos con Ondas de choque.
- Eventos de Alta Complejidad, como ejemplo; accidente cerebro vasculares, enfermedades neurológicas, enfermedades llamadas cáncer, lesiones cerebrales que produzcan estado vegetativo, cirugías vasculares periféricas, etc. no especificadas en el PBC.
- Cirugías traumatológicas no contempladas en el PBC.
- Traumatismos o politraumatismos y/o sus consecuencias causados por la práctica de deportes en general, mma, futbol, accidentes, etc.
- Tratamiento y cirugía de varices, incluyendo cirugía con láser.
- Las complicaciones derivadas de todo evento clínico o quirúrgico.
- Radioterapia, braquiterapia, acelerador lineal y/o sus complicaciones o secuelas. Cirugías de estrabismo y cirugías de laser en general.
- Cirugías de miopía, astigmatismo, hipermetropía, estrabismo y cirugías oftalmológicas especializadas no contempladas en el pbc.
- Enfermedades crónicas o de origen crónicas y/o sus consecuencias. Ejemplos; epilepsia, arteriosclerosis, depresión nerviosa, estrés, ansiedad, sueñoterapia, migraña, hipertrigliceridemia, entre otras no contempladas en el PBC.
- Patologías o eventos preexistentes a la firma del presente contrato no contempladas en el presente PBC.
- Patologías asociadas a la condición de recién nacido pre termino y todo gasto relacionado al recién nacido pre termino, que excedan la cobertura establecida en el pliego de bases y condiciones.
- Atención y tratamiento de eventos oncológicos.
- Secuelas de intervenciones quirúrgicas realizadas por profesionales no pertenecientes al plantel médico de la CONTRATADA.
- Atención y tratamiento de eventos odontológicos.
- Materiales/insumos y/o medicamentos no considerados en la cobertura, tales como; contrastes, plasma, sangre y sus derivados, isotopos radioactivos, clips, trocares, preparados nutrición enteral y/o parenteral, marcapasos, material de osteosíntesis, gafas, lentes intraoculares, biomateriales, vacunas, sten, balón, prótesis de cualquier tipo, aparatos ortopédicos, sangre y/o sus derivados, lentes de contacto, cristales, lentes intraoculares, gastos de acompañantes en las internaciones.
- Quemaduras de segundo y tercer grado o cuando excedan el 10% de la superficie corporal Tratamiento de quimioterapia, radioterapia y sus complicaciones o secuelas no contempladas en el PBC.
- Trasplantes de órganos, implantes, explantes, injertos, plastias y prótesis.
- En los casos en que algún Beneficiario este internado y presente el diagnostico de coma con Glasgow 3/15, 4/15, 5/15 con o sin dependencia crónica de respirador, sumando a otros signos clínicos de muerte cerebral certificada por electroencefalograma sin actividad eléctrica, según criterio de la Organización Mundial de la Salud.
- Cirugías septumplastia, histeroscopia diagnostica o terapéutica, hemorroides, varices, fistulas y demás cirugías no contempladas en el pliego de bases y condiciones en Anexo de Cirugías.
- Daños a la salud generados por actos de agresión colectiva o accidentes que ocasionaran lesiones, daños o enfermedades a más de diez personas.
- Todo lo que no esté debidamente expresado en el Pliego de Bases y Condiciones y sus Adendas.
- ANEXO DE CENTROS ASISTENCIALES REQUERIDOS
Para la prestación de los servicios, el contratista deberá habilitar por lo menos diez (10) centros asistenciales distribuidos a nivel país, los cuales podrán encontrarse ubicados en las siguientes ciudades:
|
Asunción y Gran Asunción |
|
Asunción |
|
San Lorenzo |
|
Fernando de la Mora |
|
Luque |
|
Interior del país |
|
Caacupé |
|
Carapeguá |
|
Paraguarí |
|
Encarnación |
|
Ciudad del Este |
|
Pilar |
En la ciudad de Asunción, al menos uno (1) de los centros ofertados podrá ser para la atención exclusiva de pediatría para consultas, internaciones, urgencias.
Además, la contratista podrá designar un sanatorio de cabecera para la atención prioritaria de los funcionarios y sus beneficiarios.
En Asunción y/o Gran Asunción al menos 2 centros asistenciales deberán ser nivel 3 según categorización otorgada por la Superintendencia de Salud.
Con respecto a los Centros de Diagnósticos en imágenes, en la localidad de Asunción y Gran Asunción, la prestadora de Servicios debe contar con al menos un (1) centros de imágenes.
Con respecto a los Centros de Diagnósticos Laboratoriales, en la localidad de Asunción y Gran Asunción, la prestadora de Servicios debe contar con al menos tres (3) laboratorios. La contratista podrá designar un laboratorio de cabecera para la atención prioritaria de los funcionarios y sus beneficiarios.
Con respecto a los Centros de fisioterapia, en la localidad de Asunción y/o Gran Asunción, la prestadora debe contar con: dos (2) centros.
Observación: Durante la ejecución del contrato, en caso de que la contratista no cuente con la cantidad mínima requerida o necesite modificar los centros asistenciales especificados en el listado ofrecido, podrá llevar a cabo los reemplazos necesarios.
- OTROS ANEXOS
MEDICINA POR IMÁGENES LISTADO DE ESTUDIOS:
- ESTUDIOS RADIOLÓGICOS
Frecuencia: 30 posiciones por año de contrato por beneficiario, coherente al diagnóstico o diagnostico presuntivo.
-Abdomen Simple
-Antebrazo
-Apéndice
-Árbol Urinario Simple
-Brazo
-Cadera
-Cavum
-Clavícula
-Codo
-Columna Cervical
-Columna Dorsal
-Columna Lumbar
-Costilla
-Cráneo
-Dedo
-Esternón
-Fémur
-Hombro
-Mano
-Mastoide
-Maxilar Superior e Inferior
-Muñeca
-Órbitas
- Ortopantomografía
-Pelvis
-Pie
-Pierna
-Rodilla
-Sacro Coxis
-Senos Paranasales
-Tobillo
-Tórax
Para todos los estudios excedentes de los estudios detallados en este punto, se encuentran a cargo del asegurado.
- ESTUDIOS ESPECIALIZADOS DE DIAGNÓSTICOS
Frecuencia: Indicada en cada estudio, coherente al diagnóstico o diagnostico presuntivo.
|
Servicio |
Cobertura |
|
|
Anatomía Patológica |
Hasta 6 por año por contrato por beneficiario |
|
|
Angiofluoresceinografía (ojos) |
Hasta 1 por año por contrato por beneficiario |
|
|
Anoscopia |
Hasta 2 por año por contrato por beneficiario |
|
|
Audiometría |
Hasta 4 por año por contrato por beneficiario |
|
|
Control Radiológico en maniobras traumat. |
Hasta 1 por año por contrato por beneficiario |
|
|
Densitometría Ósea |
Hasta 2 por año por contrato por beneficiario |
|
|
Ecocardiografía Doppler Color |
Hasta 3 por año por contrato por beneficiario |
|
|
Electrocardiograma |
Hasta 3 por año por contrato por beneficiario |
|
|
Electroencefalograma |
Hasta 2 por año por contrato por beneficiario |
|
|
Endoscopía Digestiva Alta y Baja |
Hasta 2 por año por contrato por beneficiario |
|
|
Endoscopía Nasogástrica |
Hasta 2 por año por contrato por beneficiario |
|
|
Ergometría |
Hasta 3 por año por contrato por beneficiario |
|
|
Espirometría |
Hasta 1 por año por contrato por beneficiario |
|
|
Espirometría CB2 |
Hasta 2 por año por contrato por beneficiario |
|
|
Esófagograma |
Hasta 1 por año por contrato por beneficiario |
|
|
Fistulografía |
Hasta 1 por año por contrato por beneficiario |
|
|
Holter 24 horas |
Hasta 3 por año por contrato por beneficiario |
|
|
M.A.P.A. |
Hasta 3 por año por contrato por beneficiario |
|
|
Mamografía |
Hasta 1 por año por contrato por beneficiario |
|
|
Nasofibrolaringoscopia |
Hasta 1 por año por contrato por beneficiario |
|
|
Pap+ Colposcopia |
Hasta 1 por año por contrato por beneficiario |
|
|
Punción de Tiroides |
Hasta 1 por año por contrato por beneficiario |
|
|
Rinomanometría |
Hasta 1 por año por contrato por beneficiario |
|
|
Timpanometría |
Hasta 1 por año por contrato por beneficiario |
|
|
TACAR de Tórax Simple |
Hasta 1 por año por contrato por beneficiario |
|
|
Tomografía Axial Computarizada y Multislice |
Hasta 4 por contrato por beneficiario
|
|
Forman parte de la cobertura los honorarios médicos y el derecho a sala. Para todos los estudios excedentes de los estudios detallados en este punto, se encuentran a cargo del asegurado. Para el estudio de Endoscopía Digestiva Alta y Baja incluye los honorarios del anestesista y uso de equipo.
- ECOGRAFÍAS
Frecuencia: 15 estudios por año de contrato por beneficiario, Coherente al diagnóstico o diagnostico presuntivo;
- Abdomen Completo
- Abdomen Inferior
- Abdomen Superior
- Aórtica
- Bazo
- Eco Doppler Intermedio
- Eco Doppler Venoso de miembros inferiores
- Eco Doppler Venoso de miembros superiores
- Eco Doppler Arterial de miembros inferiores (hasta 1 por año por beneficiario)
- Eco Doppler Arterial de miembros superiores (hasta 1 por año por beneficiario)
- Escrotal
- Hígado
- Hombro
- Ingle
- Mamaria
- Partes Blandas
- Pélvica
- Prostática Suprapúbica
- Renal/ Vías Urinarias
- Testicular
- Tiroides
- Transvaginal
- Transvaginal con Doppler
- Vesícula
- Vías Biliares
- ESTUDIOS GINECOLÓGICOS DE CONTROL PRENATAL TITULAR O CÓNYUGE
Frecuencia:
Indicada en cada estudio y coherente al diagnóstico o diagnostico presuntivo.
Servicio Cobertura
Ecografía Cromosómica 2 por embarazo (titular o cónyuge)
Ecografía Morfológica 2 por embarazo (titular o cónyuge)
Ecografía Obstétrica Pélvica 5 por embarazo (titular o cónyuge)
Ecografía Obstétrica Transvaginal 5 por embarazo (titular o cónyuge)
Monitoreo Fetal 3 por embarazo (titular o cónyuge)
Perfil Biofísico 3 por embarazo (titular o cónyuge)
Para todos los estudios excedentes al asociado deberá abonar directamente al prestador.
- RESONANCIA MAGNÉTICA
Frecuencia: Tres por año de contrato por beneficiario, coherente al diagnóstico o diagnostico presuntivo.
ANEXO DE ESTUDIOS LABORATORIALES:
|
A. Escherichia coli ki |
Hemocultivo en anaerobiosis |
|
A. Hemo-philus influenzae tipo b |
Hemoglobina |
|
A. Legionella pneumofila |
Hemoglobina fetal |
|
A. Nesseria meningitidis grupo a |
Hemoglobina. Electroforesis |
|
A. Nesseria meningitidis grupo b |
Hemoglobina. Glucosilada (hb a 1c) |
|
A. Nesseria meningitidis grupo c |
Hemograma |
|
A. Stroptocicus grupo b |
Hemoparásitos |
|
A. Stroptococus beta hemolítico grupo a |
Hemophilus influenzae tipo B. látex |
|
A. Stroptococus pheumoniae |
Hepatitis (ac y ag) ver hav y hb |
|
A.f.p. |
Herpes |
|
A/g |
Hidatidosis-ac |
|
Ac. Anti microsomales |
Hidroxicorticosteroides 17 |
|
Ac. Anti mitocondriales |
Hidroxi-indol-acetico 5 (5hiaa) |
|
Ac. Anti musculo liso (asma) |
Hierro - % de saturación |
|
Ac. Anti ndna |
Hierro sérico |
|
Ac. Anti nucleares |
Hisopado faríngeo |
|
Ac. Anti tiroides |
Hisopado nasal |
|
Ac. Anti tironglubinas - |
Histoplamina |
|
Ac. Anti toxoplasma igg |
HIV-ac |
|
Ac. Anti tripanosoma igg |
Hmburger-test |
|
Ac. Anti tripanosoma igm |
Hongos. Cultivo e identificación |
|
Ac. Antivirus sinciciall respiratorio (vsr) |
Hongos. Examen en fresco |
|
Ac. Heterofilos |
Hormona de crecimiento (hgh) |
|
Ácido cítrico |
Hormona folículo estimulante (fsh) |
|
Ácido fenil pirúvico |
Hormona lactogeno |
|
Ácido láctico |
Hormona luteinizante (lh) |
|
Ácido úrico |
IGA |
|
Ácido vanil mandélico (avn) |
IGD |
|
Acth |
IGE |
|
Addis. Recuento de |
IGG |
|
Aglutinación de partículas de látex para: |
IGM |
|
Aglutinas anti a |
Inclusiones citomegalicas |
|
Aglutinas anti b |
Índice de tiroxina libre |
|
Aids-ac |
Índices hematimetricos |
|
Albúmina |
Inmunoelectroforesis |
|
Aldolasa |
Inmunoglobinas |
|
Aldosterona |
Insulina |
|
Alfa 1 antitripsina |
Klesbsiella pneumoniae |
|
Alfafetoproteina (apf) |
L. Haemophilus influenzae tipo b |
|
Alpnhol |
L. Neisseriameningitidis grupo b |
|
Amilasa |
L. Neisseriameningitidis grupo c |
|
Amonio |
L. Neusseria meningitidis grupo a |
|
Ana |
L. Streptococcus beta hemolíticos grupo |
|
Androstenediona |
L. Streptococcus grupo b |
|
Antibiogramas para gérmenes aeróbicos |
L.Strptococcus pneumonias |
|
Antibiogramas para gérmenes anaeróbicos |
Lactosa |
|
Antígeno carcinoembrionario (cea) |
Lap |
|
Antígeno prostático específico (pas) |
Larvas de vermes |
|
Antígenos febriles |
Látex para |
|
Antígenos para dengue |
Lavado gástrico |
|
Apolipoproteina b |
Lcr. Citoquímico |
|
Aspegillus |
Lcr. Cultivo |
|
Asto |
Ldh |
|
Autovacunas |
Ldl-colesterol |
|
Azucares reductores |
Le |
|
Baar |
Lecitina en líquido amniótico |
|
Barbitúricos |
Legionella pheumiphila.latex |
|
Bence-jones |
Lesión de uñas. Cultivo para hongos |
|
Benedict, reacción de |
Lesión de uñas. Cultivo para hongos |
|
Bicarbonato |
Lesión en la piel. Cultivo para hongos |
|
Bilirrubina total, directa e indirecta |
Lesión en la piel. Cultivo para hongos |
|
Bilis, cultivo |
Lesión en la piel. Cultivo para hongos |
|
Bioperfil fisiológico |
Lesión genital. Coloración de fontana |
|
Bioquímica de plasma seminal |
Lesión genital. Coloración de fontana |
|
C 3 |
Lesión genital. Coloración de gram |
|
C 4 |
Lesión genital. Coloración de gram |
|
Calcio |
Lesión genital. Estudio microbiológico |
|
Calcitonina |
Lesión genital. Estudio microbiológico |
|
Calculo urinario |
LH |
|
Campo oscuro |
Linfa cutánea. Coloración de ziehl |
|
Campylobacter |
Lipasa |
|
Cannabinoides |
Lípidos totales |
|
Capacidad de fijación de hierro (tibc) |
Líquido amniótico. Cultivo |
|
Cars |
Líquido amniótico. Fosfaditil-glicerol |
|
Cea |
Liquido articular. Cito químico |
|
Células Le |
Liquido articular. Cristales |
|
Cetoferoides 17 |
Liquido articular. Cultivo |
|
Cetonemia |
Liquido ascítico. Cultivo |
|
Cetonuria |
Líquido gástrico-duodenal. Parásitos |
|
Ch 50 |
Liquido peritoneal. Cultivo |
|
Chagas (ac. Anti trypanosoma igg) |
Liquido pleural. Cultivo |
|
Chagas (ac. Anti trypanosoma igm) |
Listeria |
|
Chlamydia |
Litio |
|
Citomegalovirus-ac-igg |
Madurez fetal (fosfatydil glicerol) |
|
Citomegalovirus-ac-igm |
Magnesio |
|
Ck total |
Magnesio eritrocitario |
|
Clearance de creatinina |
Mastositos |
|
Cloruros |
Metahemoglobina |
|
Cmv-ac.igg |
Metotrexate |
|
C-mv-ac-igm |
Micoplasma hominis |
|
Coagulograma |
Micosis oportunistas |
|
Coccidioidina |
Micosis profundas |
|
Colesterol esterificado |
Micosis subcutáneas |
|
Colesterol hdl |
Micosis superficiales |
|
Colesterol total |
Microalbuminuria |
|
Colesterol vldl |
Mioglobina |
|
Colesterol-ldl |
Moco cervical |
|
Colinesterasa |
Monotest |
|
Coloración de giemsa |
Mucoproteínas |
|
Coloración de gram |
Mycobacterium tuberculosis |
|
Coloración de ziehl |
N. 5 nucleotidasa |
|
Complemento hemolítico (ch 50) |
Neiseriae gonorrea |
|
Coombs directo |
Neiseriae meninigitidis. grupo a. Látex |
|
Coombs indirecto |
Neiseriae meninigitidis. grupo b. Látex |
|
Coprocultivo |
Neiseriae meninigitidis.grupo c. Látex |
|
Coprología funcional |
Ntx |
|
Coproporfirinas |
Oído cultivo |
|
Cortisol |
Opiáceos |
|
Creatinina |
Orina cultivo |
|
Crioglobulinas |
Orina, físico-químico y del sedimento |
|
Crioglutininas |
Oxalato |
|
Criptococus |
Oxiurius |
|
Cristales-identificación |
Parásitos. Investigación e identificación |
|
Cuerpos cetonicos |
Parathormona (pth) |
|
Cultivo en aerobiosis |
Pas (antígeno prostático específico) |
|
Cultivo en anaerobiosis |
Paul-bunell (presuntivo) |
|
Cultivo en thayer-martin |
Pcr ultrasensible |
|
Cultivo para baar |
|
|
Cultivo para gc |
Péptido c |
|
Cultivo para hongos |
Ph |
|
Cultivo para listeria |
Phenistix |
|
Cultivo para mycoplasma |
Placentaria (hp) |
|
Curva de tolerancia oral a la glucosa |
Plaquetas |
|
Dehidroepitandrostenediona (dhea-s04) |
Plasma seminal |
|
Dehidrostestosterona |
Po2 |
|
Densidad |
Poo2 |
|
Difteria, cultivo |
Porfobilinogeno |
|
Digoxina |
Potasio |
|
Dióxido de carbono (co2) |
Ppd |
|
Dna-ac |
Preparación de células Le |
|
D-xilosa |
Productos de degradación de la fibrina |
|
Ebv-ea-ac |
Progesterona |
|
Ebv-vca-ac |
Prolactina |
|
Electroforesis de hemoglobina |
Proteínas c reactiva |
|
Electroforesis de lipoproteínas |
Proteínas de bence-jones |
|
Electroforesis de proteínas |
Proteínas electroforesis |
|
Electrólitos |
Proteínas totales |
|
Eosinófilos |
Protomorfinas |
|
Epstein-barr virus-ac |
Protozoarios |
|
Eritrosedimentación |
Prueba de concentración |
|
Escherichia coli enteropatogeno |
Prueba de dilución |
|
Escherichia coli k 1 |
Prueba de lazo |
|
Escherichia coli ki. Látex |
Prueba de tolerancia a la lactosa |
|
Esperma, cultivo |
Prueba de tolerancia oral a la glucosa |
|
Espermograma |
Prueba de tzanck |
|
Esputo. Coloración para baar |
Pth |
|
Esputo. Cultivo para gérmenes comunes |
Punta de catéter cultivo |
|
Esputo. Eosinofilos y mastocitos |
Pus. Cultivo |
|
Estradiol |
Quimiotripsina |
|
Estriol libre |
Quistes de protozoos |
|
Estrógenos totales |
Raspado de lengua. Cultivo para hongos |
|
Estudio capilar. Investigación de hongos |
Reacción de huddleson |
|
Exceso de base |
Reacción de widal |
|
Factor reumatoideo |
Recuento de addis |
|
Ferritina |
Relación a/b |
|
Fibrinogeno |
Relación calcio/creatinina |
|
Fibrinolisis |
Reticulositos |
|
Formula leucocucocitaria |
Retracción del coágulo |
|
Fosfatasa acida prostática (pap) |
Rh |
|
Fosfatasa acida total y prostática |
Rotavirus |
|
Fosfatasa alcalina |
Rubeola IgG |
|
Fosfatidil-gilierol en liq. Aminiotico |
Rubeola IgM |
|
Fosfolipidos |
Sangre oculta |
|
Fósforo |
Saturación de oxígeno |
|
Fragilidad osmótica de los hematíes |
Secreción bulbar. Cultivo |
|
Frotis de sangre periférica |
Secreción conjuntival. Cultivo |
|
Frotis y Cultivo de Secreción Vaginal |
Secreción endocervical. Cultivo |
|
Fructosa |
Secreción faríngea. Cultivo |
|
Fsh |
Secreción genital. Cultivo |
|
Fta-abs-igg |
Secreción nasal. Cultivo |
|
Fta-abs-igm |
Secreción nasal. Eosinofilos y mastositos |
|
Fti |
Secreción prostática. Cultivo |
|
Gamma globulinas |
Secreción purulenta. Cultivo |
|
Gamma gt |
Secreción traqueal. Cultivo |
|
Ganadotrofina corionica cuantitativa (hcg) |
Secreción uretral. Cultivo |
|
Garganta. Cultivo |
Shigella. Cultivo |
|
Gliadina AC IGA |
Sida-ac- |
|
Gliadina AC IGG |
Sífilis |
|
Gases arteriales |
Simis-hunner - test |
|
Gastrina |
So2 |
|
Gc. Cultivo |
Sodio |
|
Gh (hormona de crecimiento) |
Somatomedina - c |
|
Glicemia |
Staphylpnccus aureus |
|
Globulina |
Streptococcus. Beta hemolítico gr. A. Látex |
|
Glóbulos blancos |
Streptococcus. Beta hemolítico gr. A. Látex |
|
Glóbulos rojos |
Streptococcus. Cultivo |
|
Glucohemoglobina |
Streptococcus. Grupo b.latex |
|
Glucosa |
Streptococcus. Pneumoniae |
|
Glucosa pre y pos prandial |
Streptonasa b |
|
Glucosa. Curva de tolerancia |
Streptozima |
|
Glucosuria |
Swin - up |
|
Got |
T3 libre |
|
Gota gruesa |
T3 total |
|
Gpt |
T3 uptake |
|
Graham-test |
T4 libre |
|
Gravindex |
T4 total |
|
Grupo sanguíneo |
Test de absorción a la xilosa |
|
Guayaco |
Test de coombs directo |
|
HGH |
Test de coombs indirecto |
|
Hamber |
Test de coombs indirecto |
|
Ham-test |
Testosterona libre |
|
Haptoglobina |
Tibc (capacidad de fijación del hierro) |
|
Hav-ac |
Tiempo de coagulación sangría |
|
Hav-ac-igm |
Tiempo de protrombina y coagulación |
|
Hba 1c |
Tiempo de tromboplastina parcial activada |
|
Hbc-ac |
Timol |
|
Hbc-ac-igm |
Tine test |
|
Hbdh |
Tipificación |
|
Hbe-ac |
Tiroglubina |
|
Hbe-ag |
Toxoplasmosis- ac IgG |
|
Hbs-ac |
Toxoplasmosis- ac IgM |
|
Hbs-ag |
Transferrina |
|
Hcg-sub-unidad beta |
TPO AC |
|
Hdelta |
Transglutaminasa IgA |
|
Hdl-colesterol |
Transglutaminasa IgG |
|
Heces. Benedict |
Trichomonas vaginalis |
|
Heces. Examen parasitológico |
Triglicéridos |
|
Heces. Flora microbiana |
Troponina i |
|
Heces. Frotis |
Trypanosoma cruzi-ac |
|
Heces. Hongos |
Tsh |
|
Heces. Microscopia funcional |
Ttpa |
|
Helicobacter pylori |
Tzanck - prueba de |
|
Hematocrito |
Ulcera genital. Cultivo |
|
Hemocultivo en aerobiosis |
Urea |
|
Vitamina D: hasta un (1) estudio por beneficiario por año de contrato. |
VDRL |
Los costos de las determinaciones que no estén incluidas en el listado o los excedentes de las mismas serán a cargo del asegurado.
- ANEXO DE CIRUGIAS CON COBERTURA:
Las cirugías mencionadas a continuación tendrán cobertura de honorarios médicos, en forma taxativa:
-CIRUGÍAS CONVENCIONALES:
Cirugías
-Apendicetomía
-Biopsia de mama bilateral
-Biopsia de mama unilateral
-Colecistectomía
-Drenaje absceso de pared abdominal (Anest. Total)
-Drenaje absceso de pared abdominal (Anest. Local)
-Exceresis de lipoma
-Exceresis de Quiste pilonidal
-Exceresis de Quiste sacrocoxígeo
-Laparotomía Exploradora
-CIRUGÍAS INFANTILES CONVENCIONALES
Cirugías
-Apendicetomía
-Peritonitis de origen apendicular
-CIRUGÍAS DERMATOLÓGICAS
Cirugías
-Shaving (hasta 5 lesiones por beneficiario por año de contrato)
-Electrocoagulación de verrugas (hasta 5 lesiones por beneficiario por año de contrato)
-Extirpación de nevus (hasta 3 lesiones por beneficiario por año de contrato)
-CIRUGÍAS GASTROENTEROLÓGICAS
Cirugías
-Polipectomía
-Biopsias simples
-CIRUGÍAS GINECOLÓGICAS CONVENCIONALES
Cirugías
-Histerectomía sub total
-Histerectomía total
-Ooforectomia
-Polipectomía
-Colpoperineorrafia Anterior
-Colpoperineorrafia Posterior
-Extirpación de quiste de bartolino
-Histerectomía Vaginal
-Legrado Biopsico
-Legrado evacuador
-CIRUGÍAS MASTOLÓGICAS CONVENCIONALES
Cirugías
-Biopsia de mama unilateral
-Biopsia de mama bilateral
-Drenaje de Absceso
-Extirpación de Nódulo Mamario
-CIRUGÍAS OFTALMOLÓGICAS CONVENCIONALES
Cirugías
-Biopsia de Conjuntiva
-Extirpación de Cuerpo Extraño
-CIRUGÍAS OTORRINOLARINGOLÓGICAS CONVENCIONALES
Cirugías
-Adenoides
-Adenoamigdalectomía
-Amígdalas
-Cauterización de Cornete
-Sinusotomía Simple Unilateral
-Sinusotomía Simple Bilateral
-Turbinectomía
-CIRUGÍAS PROCTOLÓGICAS CONVENCIONALES
Cirugías
-Colocación de Sonda Rectal
-Hemorroidectomía por Flucción Hemorroidal
-Ligadura elástica de hemorroides (hasta 3 sesiones)
-Remoción Manual de Fecaloma
-CIRUGÍAS TRAUMATOLÓGICAS CONVENCIONALES
Cirugías
-Artroscopia Diagnóstica
-Artroscopia Terapéutica: Meniscectomía
-Cirugía Convencional de Fracturas
-Reducción Abierta de Fractura + Osteosíntesis
-Reducción Incruenta de Fractura
-Tratamientos Quirúrgico de Luxaciones
Los materiales de osteosíntesis requeridos serán a cargo del beneficiario.
-CIRUGÍAS UROLÓGICAS CONVENCIONALES
Cirugías
-Litiasis Renal Ureteral por Kripton
-Litiasis Renal Ureteral por Cirugía Abierta
-Sondaje Vesical
-CIRUGÍAS VIDEO LAPAROSCÓPICAS
Cirugías
-Apendicetomía
-Vesiculectomía Laparoscópica
-RTU de tumor vesical
-RTU de próstata y Cirugía de Próstata convencional.
-RTU de tumor de vesícula grande
-Ooforectomia
-Herniorrafia; o hernioplatía
Cualquier otro procedimiento quirúrgico será a cargo del beneficiario.
INFORME ESTADISTICO SEMESTRAL
La empresa adjudicada a solicitud de la Convocante deberá presentar un informe estadístico semestral ante la Dirección de Gestión y Desarrollo de las Personas sobre lo siguiente:
Cantidad de servicios utilizados por los titulares y su grupo familiar. Presentar en forma digital e impreso.
Dicha información servirá como base para la implementación de un Plan de Bienestar del Personal que pueda ayudar a mejorar la calidad de vida de los funcionarios y su entorno familiar. Asimismo, para la correspondiente emisión del Acta de conformidad por los servicios prestados, la cual debe ser cargada en el módulo de Sistema de Seguimiento de Contratos.
El propósito de la Especificaciones Técnicas (EETT), es el de definir las carácteristicas técnicas de los bienes que la convocante requiere. La convocante preparará las EETT detalladas teniendo en cuenta que:
- Las EETT constituyen los puntos de referencia contra los cuales la convocante podrá verificar el cumplimiento técnico de las ofertas y posteriormente evaluarlas. Por lo tanto, unas EETT bien definidas facilitarán a los oferentes la preparación de ofertas que se ajusten a los documentos de licitación, y a la convocante el examen, evaluación y comparación de las ofertas.
- En las EETT se deberá estipular que todos los bienes o materiales que se incorporen en los bienes deberán ser nuevos, sin uso y del modelo más reciente o actual, y que contendrán todos los perfeccionamientos recientes en materia de diseño y materiales, a menos que en el contrato se disponga otra cosa.
- En las EETT se utilizarán las mejores prácticas. Ejemplos de especificaciones de adquisiciones similares satisfactorias en el mismo sector podrán proporcionar bases concretas para redactar las EETT.
- Las EETT deberán ser lo suficientemente amplias para evitar restricciones relativas a manufactura, materiales, y equipo generalmente utilizados en la fabricación de bienes similares.
- Las normas de calidad del equipo, materiales y manufactura especificadas en los Documentos de Licitación no deberán ser restrictivas. Siempre que sea posible deberán especificarse normas de calidad internacionales . Se deberán evitar referencias a marcas, números de catálogos u otros detalles que limiten los materiales o artículos a un fabricante en particular. Cuando sean inevitables dichas descripciones, siempre deberá estar seguida de expresiones tales como “o sustancialmente equivalente” u “o por lo menos equivalente”. Cuando en las ET se haga referencia a otras normas o códigos de práctica particulares, éstos solo serán aceptables si a continuación de los mismos se agrega un enunciado indicando otras normas emitidas por autoridades reconocidas que aseguren que la calidad sea por lo menos sustancialmente igual.
- Asimismo, respecto de los tipos conocidos de materiales, artefactos o equipos, cuando únicamente puedan ser caracterizados total o parcialmente mediante nomenclatura, simbología, signos distintivos no universales o marcas, únicamente se hará a manera de referencia, procurando que la alusión se adecue a estándares internacionales comúnmente aceptados.
- Las EETT deberán describir detalladamente los siguientes requisitos con respecto a por lo menos lo siguiente:
(a) Normas de calidad de los materiales y manufactura para la producción y fabricación de los bienes.
(b) Lista detallada de las pruebas requeridas (tipo y número).
(c) Otro trabajo adicional y/o servicios requeridos para lograr la entrega o el cumplimiento total.
(d) Actividades detalladas que deberá cumplir el proveedor, y consiguiente participación de la convocante.
(e) Lista detallada de avales de funcionamiento cubiertas por la garantía, y las especificaciones de las multas aplicables en caso de que dichos avales no se cumplan.
- Las EETT deberán especificar todas las características y requisitos técnicos esenciales y de funcionamiento, incluyendo los valores máximos o mínimos aceptables o garantizados, según corresponda. Cuando sea necesario, la convocante deberá incluir un formulario específico adicional de oferta (como un Anexo al Formulario de Presentación de la Oferta), donde el oferente proporcionará la información detallada de dichas características técnicas o de funcionamiento con relación a los valores aceptables o garantizados.
Cuando la convocante requiera que el oferente proporcione en su oferta una parte de o todas las Especificaciones Técnicas, cronogramas técnicos, u otra información técnica, la convocante deberá especificar detalladamente la naturaleza y alcance de la información requerida y la forma en que deberá ser presentada por el oferente en su oferta.
Si se debe proporcionar un resumen de las EETT, la convocante deberá insertar la información en la tabla siguiente. El oferente preparará un cuadro similar para documentar el cumplimiento con los requerimientos.
Especificaciones técnicas - CPS
Los productos y/o servicios a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:
Especificaciones Técnicas
BENEFICIARIOS: Funcionario/a de la Secretaría Nacional de Cultura.
La cantidad mínima de titulares es de 180 funcionarios, con sus grupos familiares. La Cantidad máxima es de 220 funcionarios, con sus grupos familiares.
Conformación de Grupo Familiar, con cobertura conforme a las condiciones establecidas en el presente Pliego de Bases y Condiciones:
- Titular casado o concubinado: al funcionario titular casado/a o concubinado, su cónyuge (ya sea por matrimonio formal o por matrimonio de hecho), hijos solteros hasta el día que cumplan 23 años de edad, e hijos discapacitados mentales y/o físicos sin límite de edad. El divorcio vincular extinguirá la calidad de BENEFICIARIO/A.
La Unión de hecho o concubinato deberá ser acreditada como válida con la presentación de una Declaración Jurada formulada ante el Encargado del Registro del Estado Civil o el Juez de Paz respectivo, cuando la comunidad de hecho es producto de una efectiva convivencia durante el tiempo mínimo indicado en la Ley Civil. Durante la vigencia del contrato el titular no podrá sustituir al Beneficiario declarado inicialmente, salvo que contraiga Matrimonio con una persona distinta.
- Titular soltero: para los titulares solteros/as serán tomados como miembros del grupo familiar a sus padres hasta el día que cumplan los 70 años de edad e hijos solteros hasta el día que cumplan 23 años de edad.
Los Recién Nacidos del Titular tienen cobertura inmediata de acuerdo a lo establecido en las especificaciones técnicas, desde que le fuera comunicado el advenimiento a la prestadora del servicio, será suficiente prueba el Certificado de Nacido Vivo para el efecto.
BENEFICIARIOS ADHERENTES
Los titulares podrán solicitar la incorporación de adherentes. El pago por la cobertura de adherentes correrá por cuenta exclusiva del Beneficiario Titular, cuyo monto deberá ser conforme al siguiente detalle:
El titular beneficiario podrá incluir como adherente a sus padres hasta el día que cumplan los 80 años de edad, mediante el pago de una prima del 50% por cada persona del precio contratado para el titular.
El titular beneficiario podrá incluir como adherente a sus hijos/as solteros mayores de 23 años, mediante el pago de una prima del 25% por cada persona del precio contratado para el titular.
La opción de incluir beneficiarios adherentes será responsabilidad exclusiva de cada titular y para poder incorporarlos a la cobertura el titular deberá firmar un contrato de la prestadora de servicios que establezca las condiciones de cobro, el plazo de mora aceptable y las condiciones contractuales en caso de producirse la mora en el pago.
Los costos serán abonados por cada titular en forma directa con la prestadora de servicios y el plazo máximo para las incorporaciones de beneficiarios, grupos familiares y adherentes con costo, será hasta 60 días posteriores a la firma del contrato. El titular deberá abonar la prima correspondiente de forma mensual, desde el inicio hasta la culminación del contrato.
Los beneficiarios adherentes, permanecerán en esta condición desde su incorporación hasta el fenecimiento del presente contrato o en su caso hasta el día en que el titular sea desvinculado de la Institución por cualquiera de los motivos previstos en la Ley.
En caso de producirse la desvinculación de funcionarios de la Institución por cualquiera de los motivos previstos en la Ley durante la vigencia del Contrato, La Contratante comunicará dicha situación a la prestadora de servicios y elevará la nómina correspondiente en reemplazo de los mismos.
Todos los beneficiarios tendrán los mismos derechos de cobertura que figuran en el contrato; a excepción de la cobertura de maternidad que será exclusivamente para la titular o cónyuge del titular.
LA IDENTIFICACION
La Prestadora de Servicios, proporcionará a cada Beneficiario, sin costo alguno, una Tarjeta de Identificación de carácter intransferible, que lo acreditará como tal y que deberá exhibir toda vez que requiera servicios médicos, sanatoriales y/o diagnósticos cubiertos.
Las tarjetas de identificación para los titulares deberán entregarse en un plazo no mayor a 60 días hábiles desde la entrega oficial de la nómina de funcionarios. La pérdida o extravío de la Tarjeta de Identificación, se deberá comunicar de inmediato a la Empresa con su respectiva constancia policial. La accesibilidad al Servicio se dará por medio de la cédula de identidad de los beneficiarios en base al listado proveído por la institución entre tanto la prestadora de servicio realice la entrega de las credenciales.
GUÍA MÉDICA.
El plazo de Entrega de la Guía Médica en forma impresa, a ser utilizada durante la ejecución del Contrato para manejo de los Asegurados, es de 30 (Treinta) días calendarios a partir de la firma del Contrato, y la misma deberá especificar de manera clara todos los datos en cuanto a la cobertura del contrato, especialistas, médicos, centros asistenciales y todos los datos relevantes al presente proceso. Se deberá entregar una guía por cada beneficiario titular del servicio.
VIGENCIA DE LOS SERVICIOS:
Se concede la VIGENCIA INMEDIATA, en todos los servicios detallados en la presente cobertura médica, a partir de la fecha en que se hubiera formalizado las siguientes condiciones: i) la firma del contrato, ii) la entrega oficial de la nómina de funcionarios por parte de la Convocante, iii) de la suscripción de un formulario por el cual los titulares y sus adherentes declaren bajo fe de juramento su estado de salud y, iv) la acreditación documental del parentesco de los adherentes con y sin cargo v) el contrato de adherentes establecido por la prestadora de servicios.
Entiéndase por VIGENCIA INMEDIATA, el hecho de que no se exigirá a los asegurados antigüedad o carencia alguna para la cobertura requerida en el presente PBC.
COBERTURA:
La cobertura de días de internación, medicamentos y descartables será por EVENTO durante la vigencia del contrato. Se entenderá por EVENTO, a todo suceso relacionado a enfermedades clínicas y/o quirúrgicas hasta tanto no se haya resuelto e independientemente de la cantidad de internaciones y/o procedimientos médico quirúrgicos.
Además, se incluirá la LIBRE ELECCIÓN dentro de la cartilla de prestadores propuesta por la prestadora de servicios; de profesionales, centros de diagnósticos y centros asistenciales para capital e interior (urgencias, emergencias, internaciones).
Todas las órdenes de internación y de estudios de diagnósticos, deberán ser emitidas y/o solicitadas por un profesional médico que deberán contar con los siguientes requisitos:
- Apellido, Nombre del asegurado y numero de Socio.
- Fecha de internación y Días probables de internación, para los casos de internación.
- Diagnostico o Diagnostico presuntivo.
- Firma y sello del médico tratante en convenio con la prestadora de servicios.
Para los eventos quirúrgicos programados, la presentación de la orden médica deberá ser realizada por el beneficiario ante la prestadora de servicios en forma física o vía correo electrónico con antelación al suceso, a efectos de la emisión de la cobertura correspondiente para su presentación al centro asistencial. Para el caso de eventos programados se deberá presentar los estudios de diagnóstico que respaldan el evento. La prestadora de servicios no queda obligada a cubrir las cirugías que no se hayan requerido con anticipación o no hayan tenido una visación previa. Tampoco tendrán cobertura las internaciones que hubieran sido realizadas o prolongadas sin criterio médico o motivaciones médicas que evidencien el diagnóstico presuntivo o cierto de un evento cubierto que tenga cobertura conforme a las disposiciones establecidas en el presente PBC o en el Contrato.
La emisión de una visación de cobertura o negativa de cobertura es facultad exclusiva de la Prestadora de Servicios, no pudiendo tenerse por válida visación alguna o su negativa emitida o comunicada por el prestador médico ni por un tercero.
En caso de dudas sobre el alcance de la cobertura, su extensión se determinará conforme a los fundamentos médicos expuestos por los médicos auditores de la Prestadora de Servicios.
Para los actos quirúrgicos, indicados en el Anexo de Cirugías con cobertura, la conformación del Equipo Médico a cargo de la prestadora de servicio se establece conforme a lo siguiente;
- Cirujano
- Primer Ayudante
- Instrumentador
- Anestesista
ASISTENCIA MÉDICA Y SANATORIAL:
- HONORARIOS PROFESIONALES:
Cobertura inmediata en consultas (en consultorio), internaciones clínicas y servicios de urgencias en las siguientes especialidades:
-
- Anestesia.
- Alergia (incluye test alérgico).
- Anatomía patológica (biopsias simples y una biopsia de congelación por beneficiario por contrato).
- Cardiología Clínica (adulta y pediátrica).
- Clínica Médica o Medicina Interna.
- Coloproctología o Proctología.
- Cirugía general menor y mayor, conforme el listado de Cirugías contempladas en el Anexo de Cirugías, como así también para las cirugías de otras especialidades se rigen conforme al mismo Anexo de Cirugías.
- Cirugía Oncológica.
- Cirugía Pediátrica.
- Dermatología.
- Endocrinología y Diabetología.
- Fonoaudiología de hasta cinco (5) sesiones por año de contrato por beneficiario.
- Flebología.
- Fisioterapia hasta treinta (30) sesiones por beneficiario y por año de contrato. En pacientes internados en sanatorios con una cobertura de hasta diez (10) sesiones, por beneficiario y por año de contrato.
- Gastroenterología.
- Geriatría.
- Ginecología y Obstetricia.
- Hematología. Transfusiones de hasta diez (10) transfusiones por beneficiario por contrato año de contrato. No incluye material ni estudio serológico por unidad transfundida.
- Infectología.
- Mastología.
- Medicina Familiar.
- Nefrología.
- Neumología.
- Neurología.
- Neurocirugía.
- Nutrición de hasta cinco (5) consultas por año de contrato por beneficiario.
- Oftalmología (incluye ejercicios ortópticos de hasta diez (10) sesiones por beneficiario por año de contrato, curva de presión, dilatación de pupila y fondo de ojo).
- Otorrinolaringología.
- Pediatría. La aplicación de vacunas será sin cargo para el asegurado, para los casos determinados obligatorios por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social, en sala de vacunación indicados por la Prestadora de Servicios.
- Psicología de hasta cinco (5) consultas por beneficiarios por año de contrato.
- Reumatología.
- Traumatología.
- Urología.
- Oncología Clínica (según ítem de Alta complejidad).
El grupo familiar y adherentes, podrán eventualmente, consultar con un profesional que no pertenezca al plantel de profesionales adheridos a la prestadora de servicios, no más de 2 (dos) veces en total por mes por grupo familiar y adherentes y la cobertura se realizará por el sistema de reembolsos hasta Gs. 150.000 (guaraníes ciento cincuenta mil).- por consulta. (no tratamientos).
La solicitud de reembolso por parte del asegurado, podrá efectuarlo hasta 5 días posteriores de la consulta; y el pago o reembolso se realizará dentro de los 30 días posteriores a la solicitud de reembolso. Para la solicitud del reembolso, la factura a presentar, debe estar emitida a nombre de la Prestadora de Servicios, especificado el RUC de la misma.
- INTERNACIONES CLINICAS Y/O QUIRURGICAS EN SALA NORMAL
Con cobertura inmediata, en los SANATORIOS habilitados por la prestadora de servicios, a libre elección del asegurado y/o del médico tratante.
Las internaciones se realizarán en los sanatorios del listado de prestadores en convenio de la prestadora de servicios, en habitaciones individuales que cuentan con: baño privado, teléfono, T.V., aire acondicionado, cama para el acompañante. Incluye, además, dieta oral del paciente indicada por el médico tratante, servicio de enfermería y médicos de guardia del sanatorio.
Deberán estar cubiertos los medios auxiliares de diagnóstico: medicina por imágenes y servicios laboratoriales, (se tendrá en cuenta listado de cobertura según anexo de estudios laboratoriales y anexo de medicina por imágenes), pensión sanatorial, derechos operatorios y honorarios médicos, hasta los días cubiertos por contrato.
Todas las ordenes de internación deberán estar emitidas y/o solicitadas por un profesional médico del listado de prestadores en convenio y/o tratante.
Los derechos operatorios de las primeras cirugías correspondientes a cada evento, serán autorizados por la prestadora de servicios y tendrán una cobertura de 100%, salvo aquellas expresamente excluidas en este contrato.
Las internaciones serán cubiertas hasta un máximo de CUARENTA (40) días por evento, por beneficiario. Deben estar cubiertos, con cobertura del 100%, los derechos operatorios en internaciones e intervenciones quirúrgicas correspondientes a la primera cirugía de cada evento, incluyendo la utilización de: electrocardiógrafo, rayos x del sanatorio, videolaparoscopio, torre de video.
Cobertura de medicamentos, descartables y oxigeno de hasta Gs. 7.000.000 (guaraníes siete millones) por evento, sea por internaciones clínicas, quirúrgicas, para el beneficiario titular, y su grupo familiar.
- TERAPIA INTENSIVA, TERAPIA INTERMEDIA (Adultos y/o Niños):
Tiempo de internación: hasta quince (15) días por evento.
Servicios cubiertos: Honorarios profesionales, dieta convencional del paciente, indicada por el médico tratante, equipos propios de la U.T.I., cuidado de enfermería y los medios auxiliares de diagnóstico, incluidos medicina por imágenes, servicios laboratoriales y radiológicos (se tendrá en cuenta listado de cobertura según anexo de estudios laboratoriales y anexo de medicina por imágenes), hasta los días cubiertos por contrato. Cobertura de medicamentos, materiales descartables y oxigeno por valor de hasta Gs. 6.000.000 (guaraníes seis millones) por evento.
- MATERNIDAD:
Se establece la cobertura de Maternidad de forma exclusiva para la Titular o Cónyuge, conforme a lo siguiente:
En el caso de atención obstétrica del parto normal: de hasta dos días de internación, incluyendo el equipo médico integrado por el ginecólogo, el pediatra y eventualmente el anestesista y serán cubiertos de hasta dos días de internación. En los casos de parto por cesárea: de hasta tres días de internación, incluyendo el equipo médico integrado por el ginecólogo, el primer ayudante, el pediatra, el hemoterapeuta (si lo amerita con previa justificación por escrito del médico tratante y criterio médico del auditor de la prestadora de servicios), el anestesiólogo y serán cubiertos de hasta tres días de internación.
Cobertura de medicamentos, materiales descartables y oxigeno por valor de Gs. 7.000.000 (guaraníes siete millones) por evento para el titular o cónyuge.
El servicio también incluye; el derecho operatorio, internación en habitación individual, baño privado, teléfono, T.V., dieta convencional del paciente, ambiente climatizado, atención de enfermería.
Los niños del titular nacidos a término o en forma prematura (antes de las 37 semanas de gestación), incorporados oficialmente al grupo familiar, tendrán cobertura de hasta el tercer día en concepto de pensión sanatorial (ya sean en internaciones clínicas y de terapia intensiva), incluyendo; medicamentos, descartables y oxigeno de hasta 6.000.000 Gs (Guaraníes seis millones), luminoterapia, carpa de oxígeno, incubadora, honorarios de visita del médico tratante, terapista, servicios de enfermería y servicios de estudios de diagnóstico (conforme a lo establecido en el Anexo de estudios establecido en el PBC) hasta el tercer día de internación. Los demás días de internación o servicios requeridos serán a cargo del asegurado, como, por ejemplo; interconsultas, cirugías, etc.
- SERVICIOS DE URGENCIAS SANATORIALES:
Debe estar integrado por guardias médicas de urgencias en los servicios asistenciales, las 24 horas y todos los días, aún domingos y feriados, para adultos y/o niños, para el beneficiario titular, su grupo familiar y adherentes.
Debe disponer de ambulancias para traslados derivados de la urgencia o emergencia. Estos servicios deben incluir honorarios médicos y derechos de urgencia. Este servicio debe efectuarse durante las 24 (veinticuatro) horas del día durante todo el año y deberán realizarse hasta 20 km de Asunción y Gran Asunción sin costo, más de 20 km a cargo del asegurado. Se incluye la cobertura de antibióticos en casos de servicios de urgencia donde se indiquen al paciente tratamientos con antibióticos, se refiere a la primera dosis de antibiótico inyectable, indicado por el Médico de Guardia.
Los procedimientos con médico de guardia tendrá una cobertura total (100%) sin costo e inmediata para el BENEFICIARIO y son: Consulta con el Médico de Guardia, suturas, la primera curación del evento, extracción de cuerpos extraños nariz/oído, extracción de uña encarnada, colocación o extracción de enyesados simples, colocación de vendajes, drenajes de abscesos o hematomas, taponamiento nasal, descubierta venosa, sondaje vesical, lavado de oído, lavado gástrico (excepto intoxicación medicamentosa), punción pleural, punción abdominal.
Servicios de enfermería: aplicación de inyectables intramuscular, aplicación de inyectables endovenoso, enema, nebulizaciones, servicio de enfermería, aplicación de ultrasonidos, infrarrojo, tendrá una cobertura total (100%) sin costo e inmediata para el BENEFICIARIO. La cobertura de medicamentos, descartables para los servicios de urgencia será del 100% (cien por ciento), en los servicios dispuestos y habilitados por la Contratista.
- ASISTENCIA DOMICILIARIA PARA CASOS DE EMERGENCIAS:
A cargo de una unidad móvil (ambulancia equipada para urgencias o emergencias, personal médico o paramédico, medicamentos y materiales descartables), sin costo para el beneficiario, de hasta 5 servicios por contrato por beneficiario, incluido el traslado a un centro asistencial en caso que fuere necesario. Este servicio debe efectuarse durante las 24 (veinticuatro) horas del día durante todo el año y deberán realizarse hasta 20 km de Asunción y Gran Asunción sin costo, más de 20 km de la ciudad de Asunción a cargo del asegurado.
Debe también contemplarse la asistencia domiciliaria para análisis clínicos con laboratorios asignados por la Prestadora de Servicio con cobertura del 100%. En los casos de toma de muestras laboratoriales a domicilio, serán sin cargo para el beneficiario, siempre que se trate de pacientes con incapacidad de concurrir a los servicios.
- CENTROS ASISTENCIALES EN EL INTERIOR.
Cobertura para consultas e internaciones clínicas, en las localidades requeridas en el Pliego de Bases y Condiciones, del presente llamado.
Para estos centros asistenciales, la cobertura de los servicios citados precedentemente, deberá ser idéntica a la aplicable en la capital, conforme a las especificaciones técnicas.
- OTROS SERVICIOS CUBIERTOS:
En el caso de que el médico tratante en internaciones requiera la presencia de otro profesional médico que se encuentre en el Plantel de Médicos de la Prestadora de Servicios, como interconsultante, estarán a cargo de la prestadora de servicios hasta 5 (cinco) interconsultas, por evento. En el caso de que el médico tratante en internaciones requiera la presencia de otro profesional médico que no pertenezca al Plantel Médicos de la Prestadora de Servicios como interconsultante estarán a cargo de la prestadora de servicios, conforme al arancel de la Sociedad Científica Paraguaya respectiva, hasta una (1) interconsulta, por evento.
La cobertura del clínico, cardiólogo o pediatra del Plantel Médicos de la Prestadora de Servicios, presentes en la sala de operaciones, será con previa autorización a criterio de la prestadora de servicios y deberá estar solicitada por escrito por el cirujano indicando debidamente su justificación; caso contrario quedará a cargo del beneficiario.
Los honorarios de los hemoterapeutas serán cubiertos hasta un máximo de diez (10) transfusiones, por beneficiario por año de contrato. Queda a cargo del beneficiario la provisión de sangre y plasma.
Examen médico preventivo anual, que incluya examen clínico, análisis de rutina, rayos x de tórax, ECG, y para mujeres estudio de PAP, mamografías, colposcopia, tendrá una cobertura total sin costo para el BENEFICIARIO/A.
Tendrán cobertura de la utilización de equipos de los centros asistenciales en convenio con la Prestadora de Servicio para pacientes internados en habitación normal conforme al siguiente listado dentro de las limitaciones establecidas en el presente pliego de bases y condiciones:
1. Arco en C Artroscopio
2. Bomba de contrapulsación intraaórtica bomba de infusión
3. Carpa de oxígeno Colchón de aire y/o agua cuna térmica ecocardiógrafo
4. Ecógrafo Electrocardiógrafo Equipo de artroscopia Equipo de ecoendoscopia Equipo de luminoterapia equipo de quimioterapia
Equipo de RX
5. Equipo de Video endoscopia equipo de video laparoscopia equipos de hemodiálisis equipos de hemodinamia
6. Equipos litotriptores
7. Facoemulsificador
8. Fuente de luz
9. Goteo electrónico
10. Kit de parto litotriptor
11. Monitor cardiaco
12. Monitor fetal
13. Monitores y respiradores Nebulizador
14. Saturador de oxígeno
15. Saturómetro
16. Suturador mecánico
17. PF Tomógrafo
18. Videoendoscopio
19. Videolaparoscopio.
- MEDICINA POR IMAGENES:
Este ítem comprende los métodos auxiliares de diagnóstico que se efectúan mediante el registro impreso o fotográfico de imágenes efectuado en consultorios o centros especializados, con cobertura de gastos en concepto de medicamentos, materiales descartables y contrastes de hasta G. 350.000 (guaraníes trescientos cincuenta mil), a cargo de la empresa prestadora de servicios, conforme a la lista taxativa que se adjunta, que enumera los exámenes contemplados en esta cobertura.
Contaran con cobertura de sedación en concepto de honorarios médicos del anestesista los pacientes pediátricos que según criterio y solicitud del profesional requieran la utilización de dicho servicio.
- ANALISIS CLINICOS DE LABORATORIO:
Este servicio debe cubrir a los pacientes que concurren al laboratorio forma programada o en casos de urgencias las 24 (veinticuatro) horas del día en los centros asistenciales que cuenten con la disponibilidad del servicio. Debe tener cobertura integral en concepto de honorarios profesionales y materiales descartables. Se adjunta la lista de los exámenes contemplados en esta cobertura.
- ENFERMEDADES: CRÓNICAS, PREEXISTENTES:
Se contempla la cobertura de forma exclusiva para las siguientes patologías crónicas que se regirán a las condiciones del presente ítem;
-
- Crisis asmáticas.
- Anginas de Pecho.
- Descompensaciones Diabéticas.
- Descompensaciones de Hipertensión Arterial.
- Infarto Agudo de Miocardio.
- Síndrome coronario agudo. Accidente Cerebro Vascular.
- Complicaciones del Embarazo de forma exclusiva para el titular o cónyuge.
- Diverticulitis
- Dislipidemia
La cobertura de estos eventos citados precedentemente será otorgada únicamente de la siguiente forma:
- Internaciones, sean estas clínicas, terapia intensiva o intermedia: hasta (10) días por año de contrato.
- Medios auxiliares de diagnósticos, servicios laboratoriales, radiológicos conforme al PBC.
- Cuando un beneficiario requiera la utilización de estudios de diagnóstico de forma ambulatoria para el control de sus patologías crónicas y/o preexistentes que se encuentran citadas en este apartado, serán cubiertos hasta 2 (dos) eventos de control por año de contrato por beneficiario conforme a los estudios de diagnósticos, servicios laboratoriales y radiológicos y dentro de los límites establecidos en el PBC.
- Los eventos quirúrgicos serán a cargo del asegurado, salvo los contemplados en el Anexo de Cirugías.
- Cobertura de medicamentos, descartables y oxigeno de hasta G. 6.000.000 (guaraníes seis millones) por año de contrato por beneficiario, sea por internaciones clínicas, terapia o en conjunto, para el beneficiario titular, su grupo familiar.
- MEDICINA DE ALTA COMPLEJIDAD:
De forma exclusiva para la primera cirugía una cobertura del 50% (cincuenta por ciento) y hasta la segunda cirugía con una cobertura del 25% (veinte y cinco por ciento) ya sean realizadas o no en un mismo evento o acto quirúrgico (para la determinación de porcentajes se tendrá en cuenta los valores de mercado), en concepto de honorarios médicos, derecho operatorio y equipos, exclusivamente para los casos de:
CARDIOCIRUGIA:
-
- Colocación de marcapasos y o reemplazo del mismo (no incluirá el costo del aparato)
- Cirugía cardiaca con circulación extracorpórea:
- Reemplazo y/o reparación válvula aórtica
- Reemplazo y/o reparación válvula mitral Cirugía cardiaca sin circulación extracorpórea:
- Revascularización miocárdica
- Drenaje pericárdico
- Toilette mediastinal y esternal por infección
- Angioplastia transluminal coronaria
NEUROCIRUGÍA:
-
- Evacuación de colección epidural o subdural de médula y/o meninges
- Extirpación de lesiones intracerebrales: abscesos, en las siguientes localizaciones: región celar, fosa posterior, región de la pineal y tercer ventrículo
- Extirpación de lesiones intracerebrales: hematomas, en las siguientes localizaciones: región selar, fosa posterior, región de la pineal y tercer ventrículo
CIRUGÍA VASCULAR PERIFÉRICA:
-
- Revascularización de troncos supraaórticos a partir de la aorta
- Revascularización arterial del miembro superior
OTRAS CIRUGÍAS Y PROCEDIMIENTOS CONTEMPLADOS CONFORME AL ÍTEM DE ALTA COMPLEJIDAD:
- Quemaduras que no superen el 10% de la superficiecorporal; Litotripsia extracorpórea;
- Quimioterapia; Hasta tres sesiones y de hasta 2.000.000 Gs. en concepto de medicamentos y drogas oncológicas de forma exclusiva;
- Diálisis y Hemodialisis para casos agudos hasta tres sesiones por beneficiario.
- Cirugía oftalmológica especializada; cataratas, desprendimiento de retina, campimetría computarizada, ecobiometría, facoemulsificación, implante de lente intraocular (no incluye el costo del lente intraocular);
- Litotripsia ultrasónica.
Medicamentos, descartables, oxígeno y materiales para transfusión utilizados serán cubiertos hasta la suma de Gs. 6.000.000.- (guaraníes seis millones). Deberán estar cubiertos los medios auxiliares de diagnóstico, incluidos servicios laboratoriales, (se tendrá en cuenta listado de cobertura según anexo de estudios laboratoriales y anexo de medicina por imágenes).
El costo de prótesis, clips, stent, marcapasos, LIO, etc., serán a cargo del beneficiario.
- DESCUENTOS EN FARMACIAS:
El oferente deberá presentar convenio con farmacia o sucursales de una farmacia que deberán de contar con el descuento del 30% en medicamentos nacionales (SIN LIMITE) y el descuento del 18% en medicamentos importados (SIN LIMITE), con sucursales en Asunción, Gran Asunción e interior del país y una farmacia dedicada a preparados magistrales, que deberá contar con el descuento del 15% en preparados magistrales, en la ciudad de Asunción.
Dichos descuentos serán considerados en medicamentos preventivos y curativos, con compras efectuadas al contado.
- PRIMEROS AUXILIOS Y APOYO VITAL BASICO:
La contratada proveerá a la contratante de un botiquín de primeros auxilios, de forma anual en un plazo no mayor a 60 (sesenta) días hábiles posterior a la firma del contrato. El cual deberá contener elementos de primeros auxilios y medicamentos de venta libre por valor de Gs. 500.000 (guaraníes quinientos mil).
Si bien la Dirección de Gestión y Desarrollo de las Personas facilitara de forma gratuita los medicamentos solicitados para calmar las molestias o dolores que presentase algún funcionario, pero el consumo de los mismos será exclusiva y total responsabilidad del funcionario que lo solicitare.
COBERTURA PARA ACCIDENTES:
Cobertura para accidentes en general de forma exclusiva para titulares de la Secretaría Nacional de Cultura, conforme a lo siguiente:
Cobertura de 30 eventos hasta un máximo de Gs. 4.000.000 (guaraníes cuatro millones) en honorarios médicos, internación, cirugía, medicamentos y descartables durante la vigencia del contrato para el grupo de titulares. Posterior a la utilización de 30 eventos la cobertura será otorgada con arancel preferencial a cargo del asegurado en todo concepto.
- SERVICIOS SIN COBERTURA:
Son los que se detallan a continuación:
- Intento de autoeliminación y sus secuelas ya sean físicos o mentales. Enfermos mentales ya sean depresivos o excitados.
- Cirugía con fines estéticos.
- Tratamiento médico - quirúrgico con fines de esterilidad, infertilidad, fecundación in vitro y procreación.
- Diagnóstico neurofisiológico de la impotencia sexual masculina y técnica de fertilización asistida.
- Malformaciones congénitas en adultos y niños.
- Atenciones y tratamientos médicos para fin anticonceptivo, excepto las consultas. Eventos congénitos.
- Instrumentales o equipos propios o particulares de los especialistas médicos no arancelados por la sociedad científica del Paraguay reconocida.
- Formolizaciones.
- Medicina Nuclear.
- Tratamientos especializados en alergias.
- Acupunturas, celuloterapia, homeopatía y quiropraxia. Uvulo Palatoplastia. Tratamiento en dietología.
- Lipoaspiración y cirugía bariátrica y/o metabólicas y sus consecuencias. Estudios previos y posteriores en caso de cirugías bariátricas y/o metabólicas.
- Diálisis y hemodiálisis para casos crónicos y no contempladas en el PBC. Cirugías vasculares periféricas no contempladas en el PBC.
- Accidente cerebrovascular y/o sus consecuencias.
- Alcoholismo, intoxicaciones debido al abuso del alcohol, abuso o adicción a drogas, o a consecuencia de lesiones sufridas por accidente ocasionados por encontrarse bajo el influjo del alcohol y/o drogas. Tratamiento para adictos a drogas y alcohol, así como sus consecuencias.
- Lesiones provocadas bajo la acción de drogas, estupefacientes o alcohol.
- Microcirugía. Cirugía especializada de mano.
- Biopsias por congelación e inmunohistoquímica no contempladas en el PBC.
- Eventos quirúrgicos que no se haya requerido con anticipación al mismo o no cuenten con una visación previa.
- Lesiones causadas por investigaciones en etapas experimentales, no reconocidas por instituciones oficiales o científicas.
- Lesiones provocadas por actos dolosos, consecuencia de reyertas o alteraciones de orden público o agresión o atentados por terceros.
- Todo hecho ocurrido en transgresión a las leyes de tránsito vigentes.
- Cualquier condición o tratamiento relacionado con el virus VIH positivo o del tratamiento del SIDA y enfermedades infectocontagiosas y de transmisión sexual.
- Cualquier condición o tratamiento relacionado con las enfermedades autoinmune.
- Daños a la salud generados por siniestros naturales extremos o excepcionales, tales como terremotos, huracanes y temperaturas extremas. Daños a la salud generados por atentados con armas de fuego, químicas, biológicas u otras. Tratamiento de enfermedades o lesiones originadas como resultado directo o indirecto de catástrofes naturales, Guerra internacional y guerra civil, Acciones bélicas, Fenómenos naturales, Lluvia radiactiva, Terrorismo.
- Epidemias, pandemias, endemias y/o relacionadas, declaradas oficialmente o no, no tendrán cobertura.
- Atención, Consultas o Tratamiento de psicología, psiquiatría, fonoaudiología, psicopedagogía y nutrición, no contemplados en el PBC.
- Honorarios del hemoterapeuta por la asistencia operatoria en la sala de operaciones no contemplados en el PBC.
- Tratamientos con Ondas de choque.
- Eventos de Alta Complejidad, como ejemplo; accidente cerebro vasculares, enfermedades neurológicas, enfermedades llamadas cáncer, lesiones cerebrales que produzcan estado vegetativo, cirugías vasculares periféricas, etc. no especificadas en el PBC.
- Cirugías traumatológicas no contempladas en el PBC.
- Traumatismos o politraumatismos y/o sus consecuencias causados por la práctica de deportes en general, mma, futbol, accidentes, etc.
- Tratamiento y cirugía de varices, incluyendo cirugía con láser.
- Las complicaciones derivadas de todo evento clínico o quirúrgico.
- Radioterapia, braquiterapia, acelerador lineal y/o sus complicaciones o secuelas. Cirugías de estrabismo y cirugías de laser en general.
- Cirugías de miopía, astigmatismo, hipermetropía, estrabismo y cirugías oftalmológicas especializadas no contempladas en el pbc.
- Enfermedades crónicas o de origen crónicas y/o sus consecuencias. Ejemplos; epilepsia, arteriosclerosis, depresión nerviosa, estrés, ansiedad, sueñoterapia, migraña, hipertrigliceridemia, entre otras no contempladas en el PBC.
- Patologías o eventos preexistentes a la firma del presente contrato no contempladas en el presente PBC.
- Patologías asociadas a la condición de recién nacido pre termino y todo gasto relacionado al recién nacido pre termino, que excedan la cobertura establecida en el pliego de bases y condiciones.
- Atención y tratamiento de eventos oncológicos.
- Secuelas de intervenciones quirúrgicas realizadas por profesionales no pertenecientes al plantel médico de la CONTRATADA.
- Atención y tratamiento de eventos odontológicos.
- Materiales/insumos y/o medicamentos no considerados en la cobertura, tales como; contrastes, plasma, sangre y sus derivados, isotopos radioactivos, clips, trocares, preparados nutrición enteral y/o parenteral, marcapasos, material de osteosíntesis, gafas, lentes intraoculares, biomateriales, vacunas, sten, balón, prótesis de cualquier tipo, aparatos ortopédicos, sangre y/o sus derivados, lentes de contacto, cristales, lentes intraoculares, gastos de acompañantes en las internaciones.
- Quemaduras de segundo y tercer grado o cuando excedan el 10% de la superficie corporal Tratamiento de quimioterapia, radioterapia y sus complicaciones o secuelas no contempladas en el PBC.
- Trasplantes de órganos, implantes, explantes, injertos, plastias y prótesis.
- En los casos en que algún Beneficiario este internado y presente el diagnostico de coma con Glasgow 3/15, 4/15, 5/15 con o sin dependencia crónica de respirador, sumando a otros signos clínicos de muerte cerebral certificada por electroencefalograma sin actividad eléctrica, según criterio de la Organización Mundial de la Salud.
- Cirugías septumplastia, histeroscopia diagnostica o terapéutica, hemorroides, varices, fistulas y demás cirugías no contempladas en el pliego de bases y condiciones en Anexo de Cirugías.
- Daños a la salud generados por actos de agresión colectiva o accidentes que ocasionaran lesiones, daños o enfermedades a más de diez personas.
- Todo lo que no esté debidamente expresado en el Pliego de Bases y Condiciones y sus Adendas.
- ANEXO DE CENTROS ASISTENCIALES REQUERIDOS
Para las internaciones, el contratista deberá habilitar por lo menos diez (10) sanatorios distribuidos a nivel país, los cuales podrán encontrarse ubicados en las siguientes ciudades:
Asunción, San Lorenzo, Luque, Fernando de la Mora, Limpio, entre otras y las principales ciudades del interior del país, como ser Ciudad de Este, Encarnación, Pedro Juan Caballero, entre otras.
En Asunción y/o Gran Asunción al menos 3 centros asistenciales deberán ser nivel 3 según categorización otorgada por la Superintendencia de Salud.
Con respecto a los Centros de Diagnósticos en imágenes, en la localidad de Asunción y Gran Asunción, la prestadora de Servicios debe contar con al menos dos (2) centros de imágenes.
Con respecto a los Centros de Diagnósticos Laboratoriales, en la localidad de Asunción y Gran Asunción, la prestadora de Servicios debe contar con al menos dos (3) laboratorios. Para el interior del país deberá ofertar al menos cinco (5) laboratorios en las principales ciudades departamentales.
Con respecto a los Centros de fisioterapia, en la localidad de Asunción y/o Gran Asunción, la prestadora debe contar con: tres (3) centros.
Observación: Durante la ejecución del contrato, en caso de que la contratista no cuente con la cantidad mínima requerida o necesite modificar los centros asistenciales especificados en el listado ofrecido, podrá llevar a cabo los reemplazos necesarios. Alternativamente, las atenciones requeridas podrán ser gestionadas a través del sistema de reembolso, siempre y cuando se mantengan dentro de los límites contractuales establecidos.
- OTROS ANEXOS
MEDICINA POR IMÁGENES LISTADO DE ESTUDIOS:
- ESTUDIOS RADIOLÓGICOS
Frecuencia: 30 posiciones por año de contrato por beneficiario, coherente al diagnóstico o diagnostico presuntivo.
-Abdomen Simple
-Antebrazo
-Apéndice
-Árbol Urinario Simple
-Brazo
-Cadera
-Cavum
-Clavícula
-Codo
-Columna Cervical
-Columna Dorsal
-Columna Lumbar
-Costilla
-Cráneo
-Dedo
-Esternón
-Fémur
-Hombro
-Mano
-Mastoide
-Maxilar Superior e Inferior
-Muñeca
-Órbitas
- Ortopantomografía
-Pelvis
-Pie
-Pierna
-Rodilla
-Sacro Coxis
-Senos Paranasales
-Tobillo
-Tórax
Para todos los estudios excedentes de los estudios detallados en este punto, se encuentran a cargo del asegurado.
- ESTUDIOS ESPECIALIZADOS DE DIAGNÓSTICOS
Frecuencia: Indicada en cada estudio, coherente al diagnóstico o diagnostico presuntivo.
|
Servicio |
Cobertura |
|
|
Anatomía Patológica |
Hasta 6 por año por contrato por beneficiario |
|
|
Angiofluoresceinografía (ojos) |
Hasta 1 por año por contrato por beneficiario |
|
|
Anoscopia |
Hasta 2 por año por contrato por beneficiario |
|
|
Audiometría |
Hasta 4 por año por contrato por beneficiario |
|
|
Control Radiológico en maniobras traumat. |
Hasta 1 por año por contrato por beneficiario |
|
|
Densitometría Ósea |
Hasta 2 por año por contrato por beneficiario |
|
|
Ecocardiografía Doppler Color |
Hasta 3 por año por contrato por beneficiario |
|
|
Electrocardiograma |
Hasta 3 por año por contrato por beneficiario |
|
|
Electroencefalograma |
Hasta 2 por año por contrato por beneficiario |
|
|
Endoscopía Digestiva Alta y Baja |
Hasta 2 por año por contrato por beneficiario |
|
|
Endoscopía Nasogástrica |
Hasta 2 por año por contrato por beneficiario |
|
|
Ergometría |
Hasta 3 por año por contrato por beneficiario |
|
|
Espirometría |
Hasta 1 por año por contrato por beneficiario |
|
|
Espirometría CB2 |
Hasta 2 por año por contrato por beneficiario |
|
|
Esófagograma |
Hasta 1 por año por contrato por beneficiario |
|
|
Fistulografía |
Hasta 1 por año por contrato por beneficiario |
|
|
Holter 24 horas |
Hasta 3 por año por contrato por beneficiario |
|
|
M.A.P.A. |
Hasta 3 por año por contrato por beneficiario |
|
|
Mamografía |
Hasta 1 por año por contrato por beneficiario |
|
|
Nasofibrolaringoscopia |
Hasta 1 por año por contrato por beneficiario |
|
|
Pap+ Colposcopia |
Hasta 1 por año por contrato por beneficiario |
|
|
Punción de Tiroides |
Hasta 1 por año por contrato por beneficiario |
|
|
Rinomanometría |
Hasta 1 por año por contrato por beneficiario |
|
|
Timpanometría |
Hasta 1 por año por contrato por beneficiario |
|
|
TACAR de Tórax Simple |
Hasta 1 por año por contrato por beneficiario |
|
|
Tomografía Axial Computarizada y Multislice |
Hasta 4 por contrato por beneficiario
|
|
Forman parte de la cobertura los honorarios médicos y el derecho a sala. Para todos los estudios excedentes de los estudios detallados en este punto, se encuentran a cargo del asegurado. Para el estudio de Endoscopía Digestiva Alta y Baja incluye los honorarios del anestesista y uso de equipo.
- ECOGRAFÍAS
Frecuencia: 15 estudios por año de contrato por beneficiario, Coherente al diagnóstico o diagnostico presuntivo;
- Abdomen Completo
- Abdomen Inferior
- Abdomen Superior
- Aórtica
- Bazo
- Eco Doppler Intermedio
- Eco Doppler Venoso de miembros inferiores
- Eco Doppler Venoso de miembros superiores
- Eco Doppler Arterial de miembros inferiores (hasta 1 por año por beneficiario)
- Eco Doppler Arterial de miembros superiores (hasta 1 por año por beneficiario)
- Escrotal
- Hígado
- Hombro
- Ingle
- Mamaria
- Partes Blandas
- Pélvica
- Prostática Suprapúbica
- Renal/ Vías Urinarias
- Testicular
- Tiroides
- Transvaginal
- Transvaginal con Doppler
- Vesícula
- Vías Biliares
- ESTUDIOS GINECOLÓGICOS DE CONTROL PRENATAL TITULAR O CÓNYUGE
Frecuencia:
Indicada en cada estudio y coherente al diagnóstico o diagnostico presuntivo.
Servicio Cobertura
Ecografía Cromosómica 2 por embarazo (titular o cónyuge)
Ecografía Morfológica 2 por embarazo (titular o cónyuge)
Ecografía Obstétrica Pélvica 5 por embarazo (titular o cónyuge)
Ecografía Obstétrica Transvaginal 5 por embarazo (titular o cónyuge)
Monitoreo Fetal 3 por embarazo (titular o cónyuge)
Perfil Biofísico 3 por embarazo (titular o cónyuge)
Para todos los estudios excedentes al asociado deberá abonar directamente al prestador.
- RESONANCIA MAGNÉTICA
Frecuencia: Tres por año de contrato por beneficiario, coherente al diagnóstico o diagnostico presuntivo.
ANEXO DE ESTUDIOS LABORATORIALES:
|
A. Escherichia coli ki |
Hemocultivo en anaerobiosis |
|
A. Hemo-philus influenzae tipo b |
Hemoglobina |
|
A. Legionella pneumofila |
Hemoglobina fetal |
|
A. Nesseria meningitidis grupo a |
Hemoglobina. Electroforesis |
|
A. Nesseria meningitidis grupo b |
Hemoglobina. Glucosilada (hb a 1c) |
|
A. Nesseria meningitidis grupo c |
Hemograma |
|
A. Stroptocicus grupo b |
Hemoparásitos |
|
A. Stroptococus beta hemolítico grupo a |
Hemophilus influenzae tipo B. látex |
|
A. Stroptococus pheumoniae |
Hepatitis (ac y ag) ver hav y hb |
|
A.f.p. |
Herpes |
|
A/g |
Hidatidosis-ac |
|
Ac. Anti microsomales |
Hidroxicorticosteroides 17 |
|
Ac. Anti mitocondriales |
Hidroxi-indol-acetico 5 (5hiaa) |
|
Ac. Anti musculo liso (asma) |
Hierro - % de saturación |
|
Ac. Anti ndna |
Hierro sérico |
|
Ac. Anti nucleares |
Hisopado faríngeo |
|
Ac. Anti tiroides |
Hisopado nasal |
|
Ac. Anti tironglubinas - |
Histoplamina |
|
Ac. Anti toxoplasma igg |
HIV-ac |
|
Ac. Anti tripanosoma igg |
Hmburger-test |
|
Ac. Anti tripanosoma igm |
Hongos. Cultivo e identificación |
|
Ac. Antivirus sinciciall respiratorio (vsr) |
Hongos. Examen en fresco |
|
Ac. Heterofilos |
Hormona de crecimiento (hgh) |
|
Ácido cítrico |
Hormona folículo estimulante (fsh) |
|
Ácido fenil pirúvico |
Hormona lactogeno |
|
Ácido láctico |
Hormona luteinizante (lh) |
|
Ácido úrico |
IGA |
|
Ácido vanil mandélico (avn) |
IGD |
|
Acth |
IGE |
|
Addis. Recuento de |
IGG |
|
Aglutinación de partículas de látex para: |
IGM |
|
Aglutinas anti a |
Inclusiones citomegalicas |
|
Aglutinas anti b |
Índice de tiroxina libre |
|
Aids-ac |
Índices hematimetricos |
|
Albúmina |
Inmunoelectroforesis |
|
Aldolasa |
Inmunoglobinas |
|
Aldosterona |
Insulina |
|
Alfa 1 antitripsina |
Klesbsiella pneumoniae |
|
Alfafetoproteina (apf) |
L. Haemophilus influenzae tipo b |
|
Alpnhol |
L. Neisseriameningitidis grupo b |
|
Amilasa |
L. Neisseriameningitidis grupo c |
|
Amonio |
L. Neusseria meningitidis grupo a |
|
Ana |
L. Streptococcus beta hemolíticos grupo |
|
Androstenediona |
L. Streptococcus grupo b |
|
Antibiogramas para gérmenes aeróbicos |
L.Strptococcus pneumonias |
|
Antibiogramas para gérmenes anaeróbicos |
Lactosa |
|
Antígeno carcinoembrionario (cea) |
Lap |
|
Antígeno prostático específico (pas) |
Larvas de vermes |
|
Antígenos febriles |
Látex para |
|
Antígenos para dengue |
Lavado gástrico |
|
Apolipoproteina b |
Lcr. Citoquímico |
|
Aspegillus |
Lcr. Cultivo |
|
Asto |
Ldh |
|
Autovacunas |
Ldl-colesterol |
|
Azucares reductores |
Le |
|
Baar |
Lecitina en líquido amniótico |
|
Barbitúricos |
Legionella pheumiphila.latex |
|
Bence-jones |
Lesión de uñas. Cultivo para hongos |
|
Benedict, reacción de |
Lesión de uñas. Cultivo para hongos |
|
Bicarbonato |
Lesión en la piel. Cultivo para hongos |
|
Bilirrubina total, directa e indirecta |
Lesión en la piel. Cultivo para hongos |
|
Bilis, cultivo |
Lesión en la piel. Cultivo para hongos |
|
Bioperfil fisiológico |
Lesión genital. Coloración de fontana |
|
Bioquímica de plasma seminal |
Lesión genital. Coloración de fontana |
|
C 3 |
Lesión genital. Coloración de gram |
|
C 4 |
Lesión genital. Coloración de gram |
|
Calcio |
Lesión genital. Estudio microbiológico |
|
Calcitonina |
Lesión genital. Estudio microbiológico |
|
Calculo urinario |
LH |
|
Campo oscuro |
Linfa cutánea. Coloración de ziehl |
|
Campylobacter |
Lipasa |
|
Cannabinoides |
Lípidos totales |
|
Capacidad de fijación de hierro (tibc) |
Líquido amniótico. Cultivo |
|
Cars |
Líquido amniótico. Fosfaditil-glicerol |
|
Cea |
Liquido articular. Cito químico |
|
Células Le |
Liquido articular. Cristales |
|
Cetoferoides 17 |
Liquido articular. Cultivo |
|
Cetonemia |
Liquido ascítico. Cultivo |
|
Cetonuria |
Líquido gástrico-duodenal. Parásitos |
|
Ch 50 |
Liquido peritoneal. Cultivo |
|
Chagas (ac. Anti trypanosoma igg) |
Liquido pleural. Cultivo |
|
Chagas (ac. Anti trypanosoma igm) |
Listeria |
|
Chlamydia |
Litio |
|
Citomegalovirus-ac-igg |
Madurez fetal (fosfatydil glicerol) |
|
Citomegalovirus-ac-igm |
Magnesio |
|
Ck total |
Magnesio eritrocitario |
|
Clearance de creatinina |
Mastositos |
|
Cloruros |
Metahemoglobina |
|
Cmv-ac.igg |
Metotrexate |
|
C-mv-ac-igm |
Micoplasma hominis |
|
Coagulograma |
Micosis oportunistas |
|
Coccidioidina |
Micosis profundas |
|
Colesterol esterificado |
Micosis subcutáneas |
|
Colesterol hdl |
Micosis superficiales |
|
Colesterol total |
Microalbuminuria |
|
Colesterol vldl |
Mioglobina |
|
Colesterol-ldl |
Moco cervical |
|
Colinesterasa |
Monotest |
|
Coloración de giemsa |
Mucoproteínas |
|
Coloración de gram |
Mycobacterium tuberculosis |
|
Coloración de ziehl |
N. 5 nucleotidasa |
|
Complemento hemolítico (ch 50) |
Neiseriae gonorrea |
|
Coombs directo |
Neiseriae meninigitidis. grupo a. Látex |
|
Coombs indirecto |
Neiseriae meninigitidis. grupo b. Látex |
|
Coprocultivo |
Neiseriae meninigitidis.grupo c. Látex |
|
Coprología funcional |
Ntx |
|
Coproporfirinas |
Oído cultivo |
|
Cortisol |
Opiáceos |
|
Creatinina |
Orina cultivo |
|
Crioglobulinas |
Orina, físico-químico y del sedimento |
|
Crioglutininas |
Oxalato |
|
Criptococus |
Oxiurius |
|
Cristales-identificación |
Parásitos. Investigación e identificación |
|
Cuerpos cetonicos |
Parathormona (pth) |
|
Cultivo en aerobiosis |
Pas (antígeno prostático específico) |
|
Cultivo en anaerobiosis |
Paul-bunell (presuntivo) |
|
Cultivo en thayer-martin |
Pcr ultrasensible |
|
Cultivo para baar |
|
|
Cultivo para gc |
Péptido c |
|
Cultivo para hongos |
Ph |
|
Cultivo para listeria |
Phenistix |
|
Cultivo para mycoplasma |
Placentaria (hp) |
|
Curva de tolerancia oral a la glucosa |
Plaquetas |
|
Dehidroepitandrostenediona (dhea-s04) |
Plasma seminal |
|
Dehidrostestosterona |
Po2 |
|
Densidad |
Poo2 |
|
Difteria, cultivo |
Porfobilinogeno |
|
Digoxina |
Potasio |
|
Dióxido de carbono (co2) |
Ppd |
|
Dna-ac |
Preparación de células Le |
|
D-xilosa |
Productos de degradación de la fibrina |
|
Ebv-ea-ac |
Progesterona |
|
Ebv-vca-ac |
Prolactina |
|
Electroforesis de hemoglobina |
Proteínas c reactiva |
|
Electroforesis de lipoproteínas |
Proteínas de bence-jones |
|
Electroforesis de proteínas |
Proteínas electroforesis |
|
Electrólitos |
Proteínas totales |
|
Eosinófilos |
Protomorfinas |
|
Epstein-barr virus-ac |
Protozoarios |
|
Eritrosedimentación |
Prueba de concentración |
|
Escherichia coli enteropatogeno |
Prueba de dilución |
|
Escherichia coli k 1 |
Prueba de lazo |
|
Escherichia coli ki. Látex |
Prueba de tolerancia a la lactosa |
|
Esperma, cultivo |
Prueba de tolerancia oral a la glucosa |
|
Espermograma |
Prueba de tzanck |
|
Esputo. Coloración para baar |
Pth |
|
Esputo. Cultivo para gérmenes comunes |
Punta de catéter cultivo |
|
Esputo. Eosinofilos y mastocitos |
Pus. Cultivo |
|
Estradiol |
Quimiotripsina |
|
Estriol libre |
Quistes de protozoos |
|
Estrógenos totales |
Raspado de lengua. Cultivo para hongos |
|
Estudio capilar. Investigación de hongos |
Reacción de huddleson |
|
Exceso de base |
Reacción de widal |
|
Factor reumatoideo |
Recuento de addis |
|
Ferritina |
Relación a/b |
|
Fibrinogeno |
Relación calcio/creatinina |
|
Fibrinolisis |
Reticulositos |
|
Formula leucocucocitaria |
Retracción del coágulo |
|
Fosfatasa acida prostática (pap) |
Rh |
|
Fosfatasa acida total y prostática |
Rotavirus |
|
Fosfatasa alcalina |
Rubeola IgG |
|
Fosfatidil-gilierol en liq. Aminiotico |
Rubeola IgM |
|
Fosfolipidos |
Sangre oculta |
|
Fósforo |
Saturación de oxígeno |
|
Fragilidad osmótica de los hematíes |
Secreción bulbar. Cultivo |
|
Frotis de sangre periférica |
Secreción conjuntival. Cultivo |
|
Frotis y Cultivo de Secreción Vaginal |
Secreción endocervical. Cultivo |
|
Fructosa |
Secreción faríngea. Cultivo |
|
Fsh |
Secreción genital. Cultivo |
|
Fta-abs-igg |
Secreción nasal. Cultivo |
|
Fta-abs-igm |
Secreción nasal. Eosinofilos y mastositos |
|
Fti |
Secreción prostática. Cultivo |
|
Gamma globulinas |
Secreción purulenta. Cultivo |
|
Gamma gt |
Secreción traqueal. Cultivo |
|
Ganadotrofina corionica cuantitativa (hcg) |
Secreción uretral. Cultivo |
|
Garganta. Cultivo |
Shigella. Cultivo |
|
Gliadina AC IGA |
Sida-ac- |
|
Gliadina AC IGG |
Sífilis |
|
Gases arteriales |
Simis-hunner - test |
|
Gastrina |
So2 |
|
Gc. Cultivo |
Sodio |
|
Gh (hormona de crecimiento) |
Somatomedina - c |
|
Glicemia |
Staphylpnccus aureus |
|
Globulina |
Streptococcus. Beta hemolítico gr. A. Látex |
|
Glóbulos blancos |
Streptococcus. Beta hemolítico gr. A. Látex |
|
Glóbulos rojos |
Streptococcus. Cultivo |
|
Glucohemoglobina |
Streptococcus. Grupo b.latex |
|
Glucosa |
Streptococcus. Pneumoniae |
|
Glucosa pre y pos prandial |
Streptonasa b |
|
Glucosa. Curva de tolerancia |
Streptozima |
|
Glucosuria |
Swin - up |
|
Got |
T3 libre |
|
Gota gruesa |
T3 total |
|
Gpt |
T3 uptake |
|
Graham-test |
T4 libre |
|
Gravindex |
T4 total |
|
Grupo sanguíneo |
Test de absorción a la xilosa |
|
Guayaco |
Test de coombs directo |
|
HGH |
Test de coombs indirecto |
|
Hamber |
Test de coombs indirecto |
|
Ham-test |
Testosterona libre |
|
Haptoglobina |
Tibc (capacidad de fijación del hierro) |
|
Hav-ac |
Tiempo de coagulación sangría |
|
Hav-ac-igm |
Tiempo de protrombina y coagulación |
|
Hba 1c |
Tiempo de tromboplastina parcial activada |
|
Hbc-ac |
Timol |
|
Hbc-ac-igm |
Tine test |
|
Hbdh |
Tipificación |
|
Hbe-ac |
Tiroglubina |
|
Hbe-ag |
Toxoplasmosis- ac IgG |
|
Hbs-ac |
Toxoplasmosis- ac IgM |
|
Hbs-ag |
Transferrina |
|
Hcg-sub-unidad beta |
TPO AC |
|
Hdelta |
Transglutaminasa IgA |
|
Hdl-colesterol |
Transglutaminasa IgG |
|
Heces. Benedict |
Trichomonas vaginalis |
|
Heces. Examen parasitológico |
Triglicéridos |
|
Heces. Flora microbiana |
Troponina i |
|
Heces. Frotis |
Trypanosoma cruzi-ac |
|
Heces. Hongos |
Tsh |
|
Heces. Microscopia funcional |
Ttpa |
|
Helicobacter pylori |
Tzanck - prueba de |
|
Hematocrito |
Ulcera genital. Cultivo |
|
Hemocultivo en aerobiosis |
Urea |
|
Vitamina D: hasta un (1) estudio por beneficiario por año de contrato. |
VDRL |
Los costos de las determinaciones que no estén incluidas en el listado o los excedentes de las mismas serán a cargo del asegurado.
- ANEXO DE CIRUGIAS CON COBERTURA:
Las cirugías mencionadas a continuación tendrán cobertura de honorarios médicos, en forma taxativa:
-CIRUGÍAS CONVENCIONALES:
Cirugías
-Apendicetomía
-Biopsia de mama bilateral
-Biopsia de mama unilateral
-Colecistectomía
-Drenaje absceso de pared abdominal (Anest. Total)
-Drenaje absceso de pared abdominal (Anest. Local)
-Exceresis de lipoma
-Exceresis de Quiste pilonidal
-Exceresis de Quiste sacrocoxígeo
-Laparotomía Exploradora
-CIRUGÍAS INFANTILES CONVENCIONALES
Cirugías
-Apendicetomía
-Peritonitis de origen apendicular
-CIRUGÍAS DERMATOLÓGICAS
Cirugías
-Shaving (hasta 5 lesiones por beneficiario por año de contrato)
-Electrocoagulación de verrugas (hasta 5 lesiones por beneficiario por año de contrato)
-Extirpación de nevus (hasta 3 lesiones por beneficiario por año de contrato)
-CIRUGÍAS GASTROENTEROLÓGICAS
Cirugías
-Polipectomía
-Biopsias simples
-CIRUGÍAS GINECOLÓGICAS CONVENCIONALES
Cirugías
-Histerectomía sub total
-Histerectomía total
-Ooforectomia
-Polipectomía
-Colpoperineorrafia Anterior
-Colpoperineorrafia Posterior
-Extirpación de quiste de bartolino
-Histerectomía Vaginal
-Legrado Biopsico
-Legrado evacuador
-CIRUGÍAS MASTOLÓGICAS CONVENCIONALES
Cirugías
-Biopsia de mama unilateral
-Biopsia de mama bilateral
-Drenaje de Absceso
-Extirpación de Nódulo Mamario
-CIRUGÍAS OFTALMOLÓGICAS CONVENCIONALES
Cirugías
-Biopsia de Conjuntiva
-Extirpación de Cuerpo Extraño
-CIRUGÍAS OTORRINOLARINGOLÓGICAS CONVENCIONALES
Cirugías
-Adenoides
-Adenoamigdalectomía
-Amígdalas
-Cauterización de Cornete
-Sinusotomía Simple Unilateral
-Sinusotomía Simple Bilateral
-Turbinectomía
-CIRUGÍAS PROCTOLÓGICAS CONVENCIONALES
Cirugías
-Colocación de Sonda Rectal
-Hemorroidectomía por Flucción Hemorroidal
-Ligadura elástica de hemorroides (hasta 3 sesiones)
-Remoción Manual de Fecaloma
-CIRUGÍAS TRAUMATOLÓGICAS CONVENCIONALES
Cirugías
-Artroscopia Diagnóstica
-Artroscopia Terapéutica: Meniscectomía
-Cirugía Convencional de Fracturas
-Reducción Abierta de Fractura + Osteosíntesis
-Reducción Incruenta de Fractura
-Tratamientos Quirúrgico de Luxaciones
Los materiales de osteosíntesis requeridos serán a cargo del beneficiario.
-CIRUGÍAS UROLÓGICAS CONVENCIONALES
Cirugías
-Litiasis Renal Ureteral por Kripton
-Litiasis Renal Ureteral por Cirugía Abierta
-Sondaje Vesical
-CIRUGÍAS VIDEO LAPAROSCÓPICAS
Cirugías
-Apendicetomía
-Vesiculectomía Laparoscópica
-RTU de tumor vesical
-RTU de próstata y Cirugía de Próstata convencional.
-RTU de tumor de vesícula grande
-Ooforectomia
Cualquier otro procedimiento quirúrgico será a cargo del beneficiario.
INFORME ESTADISTICO SEMESTRAL
La empresa adjudicada a solicitud de la Convocante deberá presentar un informe estadístico semestral ante la Dirección de Gestión y Desarrollo de las Personas sobre lo siguiente:
Cantidad de servicios utilizados por los titulares y su grupo familiar. Presentar en forma digital e impreso.
Dicha información servirá como base para la implementación de un Plan de Bienestar del Personal que pueda ayudar a mejorar la calidad de vida de los funcionarios y su entorno familiar. Asimismo, para la correspondiente emisión del Acta de conformidad por los servicios prestados, la cual debe ser cargada en el módulo de Sistema de Seguimiento de Contratos.
El propósito de la Especificaciones Técnicas (EETT), es el de definir las carácteristicas técnicas de los bienes que la convocante requiere. La convocante preparará las EETT detalladas teniendo en cuenta que:
- Las EETT constituyen los puntos de referencia contra los cuales la convocante podrá verificar el cumplimiento técnico de las ofertas y posteriormente evaluarlas. Por lo tanto, unas EETT bien definidas facilitarán a los oferentes la preparación de ofertas que se ajusten a los documentos de licitación, y a la convocante el examen, evaluación y comparación de las ofertas.
- En las EETT se deberá estipular que todos los bienes o materiales que se incorporen en los bienes deberán ser nuevos, sin uso y del modelo más reciente o actual, y que contendrán todos los perfeccionamientos recientes en materia de diseño y materiales, a menos que en el contrato se disponga otra cosa.
- En las EETT se utilizarán las mejores prácticas. Ejemplos de especificaciones de adquisiciones similares satisfactorias en el mismo sector podrán proporcionar bases concretas para redactar las EETT.
- Las EETT deberán ser lo suficientemente amplias para evitar restricciones relativas a manufactura, materiales, y equipo generalmente utilizados en la fabricación de bienes similares.
- Las normas de calidad del equipo, materiales y manufactura especificadas en los Documentos de Licitación no deberán ser restrictivas. Siempre que sea posible deberán especificarse normas de calidad internacionales . Se deberán evitar referencias a marcas, números de catálogos u otros detalles que limiten los materiales o artículos a un fabricante en particular. Cuando sean inevitables dichas descripciones, siempre deberá estar seguida de expresiones tales como “o sustancialmente equivalente” u “o por lo menos equivalente”. Cuando en las ET se haga referencia a otras normas o códigos de práctica particulares, éstos solo serán aceptables si a continuación de los mismos se agrega un enunciado indicando otras normas emitidas por autoridades reconocidas que aseguren que la calidad sea por lo menos sustancialmente igual.
- Asimismo, respecto de los tipos conocidos de materiales, artefactos o equipos, cuando únicamente puedan ser caracterizados total o parcialmente mediante nomenclatura, simbología, signos distintivos no universales o marcas, únicamente se hará a manera de referencia, procurando que la alusión se adecue a estándares internacionales comúnmente aceptados.
- Las EETT deberán describir detalladamente los siguientes requisitos con respecto a por lo menos lo siguiente:
(a) Normas de calidad de los materiales y manufactura para la producción y fabricación de los bienes.
(b) Lista detallada de las pruebas requeridas (tipo y número).
(c) Otro trabajo adicional y/o servicios requeridos para lograr la entrega o el cumplimiento total.
(d) Actividades detalladas que deberá cumplir el proveedor, y consiguiente participación de la convocante.
(e) Lista detallada de avales de funcionamiento cubiertas por la garantía, y las especificaciones de las multas aplicables en caso de que dichos avales no se cumplan.
- Las EETT deberán especificar todas las características y requisitos técnicos esenciales y de funcionamiento, incluyendo los valores máximos o mínimos aceptables o garantizados, según corresponda. Cuando sea necesario, la convocante deberá incluir un formulario específico adicional de oferta (como un Anexo al Formulario de Presentación de la Oferta), donde el oferente proporcionará la información detallada de dichas características técnicas o de funcionamiento con relación a los valores aceptables o garantizados.
Cuando la convocante requiera que el oferente proporcione en su oferta una parte de o todas las Especificaciones Técnicas, cronogramas técnicos, u otra información técnica, la convocante deberá especificar detalladamente la naturaleza y alcance de la información requerida y la forma en que deberá ser presentada por el oferente en su oferta.
Si se debe proporcionar un resumen de las EETT, la convocante deberá insertar la información en la tabla siguiente. El oferente preparará un cuadro similar para documentar el cumplimiento con los requerimientos.
Especificaciones técnicas - CPS
Los productos y/o servicios a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:
Especificaciones Técnicas
BENEFICIARIOS: Funcionario/a de la Secretaría Nacional de Cultura.
La cantidad mínima de titulares es de 180 funcionarios, con sus grupos familiares. La Cantidad máxima es de 220 funcionarios, con sus grupos familiares.
Conformación de Grupo Familiar, con cobertura conforme a las condiciones establecidas en el presente Pliego de Bases y Condiciones:
- Titular casado o concubinado: al funcionario titular casado/a o concubinado, su cónyuge (ya sea por matrimonio formal o por matrimonio de hecho), hijos solteros hasta el día que cumplan 23 años de edad, e hijos discapacitados mentales y/o físicos sin límite de edad. El divorcio vincular extinguirá la calidad de BENEFICIARIO/A.
La Unión de hecho o concubinato deberá ser acreditada como válida con la presentación de una Declaración Jurada formulada ante el Encargado del Registro del Estado Civil o el Juez de Paz respectivo, cuando la comunidad de hecho es producto de una efectiva convivencia durante el tiempo mínimo indicado en la Ley Civil. Durante la vigencia del contrato el titular no podrá sustituir al Beneficiario declarado inicialmente, salvo que contraiga Matrimonio con una persona distinta.
- Titular soltero: para los titulares solteros/as serán tomados como miembros del grupo familiar a sus padres hasta el día que cumplan los
8070 años de edad e hijos solteros hasta el día que cumplan 23 años de edad.
Los Recién Nacidos del Titular tienen cobertura inmediata de acuerdo a lo establecido en las especificaciones técnicas, desde que le fuera comunicado el advenimiento a la prestadora del servicio, será suficiente prueba el Certificado de Nacido Vivo para el efecto.
BENEFICIARIOS ADHERENTES
Los titulares podrán solicitar la incorporación de adherentes. El pago por la cobertura de adherentes correrá por cuenta exclusiva del Beneficiario Titular, cuyo monto deberá ser conforme al siguiente detalle:
El titular beneficiario podrá incluir como adherente a sus padres hasta el día que cumplan los 8580 años de edad, mediante el pago de una prima del 4050% por cada persona del precio contratado para el titular.
El titular beneficiario podrá incluir como adherente a sus hijos/as solteros mayores de 23 años, mediante el pago de una prima del 3525% por cada persona del precio contratado para el titular.
La opción de incluir beneficiarios adherentes será responsabilidad exclusiva de cada titular y para poder incorporarlos a la cobertura el titular deberá firmar un contrato de la prestadora de servicios que establezca las condiciones de cobro, el plazo de mora aceptable y las condiciones contractuales en caso de producirse la mora en el pago.
Los costos serán abonados por cada titular en forma directa con la prestadora de servicios y el plazo máximo para las incorporaciones de beneficiarios, grupos familiares y adherentes con costo, será hasta 60 días posteriores a la firma del contrato. El titular deberá abonar la prima correspondiente de forma mensual, desde el inicio hasta la culminación del contrato.
Los beneficiarios adherentes, permanecerán en esta condición desde su incorporación hasta el fenecimiento del presente contrato o en su caso hasta el día en que el titular sea desvinculado de la Institución por cualquiera de los motivos previstos en la Ley.
En caso de producirse la desvinculación de funcionarios de la Institución por cualquiera de los motivos previstos en la Ley durante la vigencia del Contrato, La Contratante comunicará dicha situación a la prestadora de servicios y elevará la nómina correspondiente en reemplazo de los mismos.
Todos los beneficiarios tendrán los mismos derechos de cobertura que figuran en el contrato; a excepción de la cobertura de maternidad que será exclusivamente para la titular o cónyuge del titular.
LA IDENTIFICACION
La Prestadora de Servicios, proporcionará a cada Beneficiario, sin costo alguno, una Tarjeta de Identificación de carácter intransferible, que lo acreditará como tal y que deberá exhibir toda vez que requiera servicios médicos, sanatoriales y/o diagnósticos cubiertos.
Las tarjetas de identificación para los titulares deberán entregarse en un plazo no mayor a 60 días hábiles desde la entrega oficial de la nómina de funcionarios. La pérdida o extravío de la Tarjeta de Identificación, se deberá comunicar de inmediato a la Empresa con su respectiva constancia policial. La accesibilidad al Servicio se dará por medio de la cédula de identidad de los beneficiarios en base al listado proveído por la institución entre tanto la prestadora de servicio realice la entrega de las credenciales.
GUÍA MÉDICA.
El plazo de Entrega de la Guía Médica en forma impresa, a ser utilizada durante la ejecución del Contrato para manejo de los Asegurados, es de 30 (Treinta) días calendarios a partir de la firma del Contrato, y la misma deberá especificar de manera clara todos los datos en cuanto a la cobertura del contrato, especialistas, médicos, centros asistenciales y todos los datos relevantes al presente proceso. Se deberá entregar una guía por cada beneficiario titular del servicio. En caso de modificaciones, se actualizará la guía de manera digital.
VIGENCIA DE LOS SERVICIOS:
Se concede la VIGENCIA INMEDIATA, en todos los servicios detallados en la presente cobertura médica, a partir de la fecha en que se hubiera formalizado las siguientes condiciones: i) la firma del contrato, ii) la entrega oficial de la nómina de funcionarios por parte de la Convocante, iii) de la suscripción de un formulario por el cual los titulares y sus adherentes declaren bajo fe de juramento su estado de salud y, iv) la acreditación documental del parentesco de los adherentes con y sin cargo v) el contrato de adherentes establecido por la prestadora de servicios.
Entiéndase por VIGENCIA INMEDIATA, el hecho de que no se exigirá a los asegurados antigüedad o carencia alguna para la cobertura requerida en el presente PBC.
COBERTURA:
La cobertura de días de internación, medicamentos y descartables será por EVENTO durante la vigencia del contrato. Se entenderá por EVENTO, a todo suceso relacionado a enfermedades clínicas y/o quirúrgicas hasta tanto no se haya resuelto e independientemente de la cantidad de internaciones y/o procedimientos médico quirúrgicos.
Además, se incluirá la LIBRE ELECCIÓN dentro de la cartilla de prestadores propuesta por la prestadora de servicios; de profesionales, centros de diagnósticos y centros asistenciales para capital e interior (urgencias, emergencias, internaciones).
Todas las órdenes de internación y de estudios de diagnósticos, deberán ser emitidas y/o solicitadas por un profesional médico que deberán contar con los siguientes requisitos:
- Apellido, Nombre del asegurado y numero de Socio.
- Fecha de internación y Días probables de internación, para los casos de internación.
- Diagnostico o Diagnostico presuntivo.
- Firma y sello del médico tratante en convenio con la prestadora de servicios.
Para los eventos quirúrgicos programados, la presentación de la orden médica deberá ser realizada por el beneficiario ante la prestadora de servicios en forma física o vía correo electrónico con antelación al suceso, a efectos de la emisión de la cobertura correspondiente para su presentación al centro asistencial. Para el caso de eventos programados se deberá presentar los estudios de diagnóstico que respaldan el evento. La prestadora de servicios no queda obligada a cubrir las cirugías que no se hayan requerido con anticipación o no hayan tenido una visación previa. Tampoco tendrán cobertura las internaciones que hubieran sido realizadas o prolongadas sin criterio médico o motivaciones médicas que evidencien el diagnóstico presuntivo o cierto de un evento cubierto que tenga cobertura conforme a las disposiciones establecidas en el presente PBC o en el Contrato.
La emisión de una visación de cobertura o negativa de cobertura es facultad exclusiva de la Prestadora de Servicios, no pudiendo tenerse por válida visación alguna o su negativa emitida o comunicada por el prestador médico ni por un tercero.
En caso de dudas sobre el alcance de la cobertura, su extensión se determinará conforme a los fundamentos médicos expuestos por los médicos auditores de la Prestadora de Servicios.
Para los actos quirúrgicos, indicados en el Anexo de Cirugías con cobertura, la conformación del Equipo Médico a cargo de la prestadora de servicio se establece conforme a lo siguiente;
- Cirujano
- Primer Ayudante
- Instrumentador
- Anestesista
ASISTENCIA MÉDICA Y SANATORIAL:
- HONORARIOS PROFESIONALES:
Cobertura inmediata en consultas (en consultorio), internaciones clínicas y servicios de urgencias en las siguientes especialidades:
-
- Anestesia.
- Alergia (incluye test alérgico).
- Anatomía patológica (biopsias simples y una biopsia de congelación por beneficiario por contrato).
- Cardiología Clínica (adulta y pediátrica).
- Clínica Médica o Medicina Interna.
- Coloproctología o Proctología.
- Cirugía general menor y mayor, conforme el listado de Cirugías contempladas en el Anexo de Cirugías, como así también para las cirugías de otras especialidades se rigen conforme al mismo Anexo de Cirugías.
- Cirugía Oncológica.
- Cirugía Pediátrica.
- Dermatología.
- Endocrinología y Diabetología.
- Fonoaudiología de hasta
diezcinco (105) sesiones por año de contrato por beneficiario. - Flebología.
- Fisioterapia hasta treinta (30) sesiones por beneficiario y por año de contrato. En pacientes internados en sanatorios con una cobertura de hasta
quincediez (1510) sesiones, por beneficiario y por año de contrato. - Gastroenterología.
- Geriatría.
- Ginecología y Obstetricia.
- Hematología. Transfusiones de hasta diez (10) transfusiones por beneficiario por contrato año de contrato. No incluye material ni estudio serológico por unidad transfundida.
- Infectología.
- Mastología.
- Medicina Familiar.
- Nefrología.
- Neumología.
- Neurología.
- Neurocirugía.
- Nutrición de hasta
diezcinco (105) consultas por año de contrato por beneficiario. - Oftalmología (incluye ejercicios ortópticos de hasta diez (10) sesiones por beneficiario por año de contrato, curva de presión, dilatación de pupila y fondo de ojo
, mapeo de retina (2 veces al año). - Otorrinolaringología.
- Pediatría. La aplicación de vacunas será sin cargo para el asegurado, para los casos determinados obligatorios por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social, en sala de vacunación indicados por la Prestadora de Servicios.
- Psicología de hasta
diezcinco (105) consultas por beneficiarios por año de contrato. - Reumatología.
- Traumatología.
- Urología.
- Oncología Clínica (según ítem de Alta complejidad).
El grupo familiar y adherentes, podrán eventualmente, consultar con un profesional que no pertenezca al plantel de profesionales adheridos a la prestadora de servicios, no más de 2 (dos) veces en total por mes por grupo familiar y adherentes y la cobertura se realizará por el sistema de reembolsos hasta Gs. 150.000 (guaraníes ciento cincuenta mil).- por consulta. (no tratamientos).
La solicitud de reembolso por parte del asegurado, podrá efectuarlo hasta 5 días posteriores de la consulta; y el pago o reembolso se realizará dentro de los 30 días posteriores a la solicitud de reembolso. Para la solicitud del reembolso, la factura a presentar, debe estar emitida a nombre de la Prestadora de Servicios, especificado el RUC de la misma.
- INTERNACIONES CLINICAS Y/O QUIRURGICAS EN SALA NORMAL
Con cobertura inmediata, en los SANATORIOS habilitados por la prestadora de servicios, a libre elección del asegurado y/o del médico tratante.
Las internaciones se realizarán en los sanatorios del listado de prestadores en convenio de la prestadora de servicios, en habitaciones individuales que cuentan con: baño privado, teléfono, T.V., aire acondicionado, cama para el acompañante. Incluye, además, dieta oral del paciente indicada por el médico tratante, servicio de enfermería y médicos de guardia del sanatorio.
Deberán estar cubiertos los medios auxiliares de diagnóstico: medicina por imágenes y servicios laboratoriales, (se tendrá en cuenta listado de cobertura según anexo de estudios laboratoriales y anexo de medicina por imágenes), pensión sanatorial, derechos operatorios y honorarios médicos, hasta los días cubiertos por contrato.
Todas las ordenes de internación deberán estar emitidas y/o solicitadas por un profesional médico del listado de prestadores en convenio y/o tratante.
Los derechos operatorios de las primeras cirugías correspondientes a cada evento, serán autorizados por la prestadora de servicios y tendrán una cobertura de 100%, salvo aquellas expresamente excluidas en este contrato.
Las internaciones serán cubiertas hasta un máximo de CUARENTA (40) días por evento, por beneficiario. Deben estar cubiertos, con cobertura del 100%, los derechos operatorios en internaciones e intervenciones quirúrgicas correspondientes a la primera cirugía de cada evento, incluyendo la utilización de: electrocardiógrafo, rayos x del sanatorio, videolaparoscopio, torre de video.
Cobertura de medicamentos, descartables y oxigeno de hasta Gs. 7.000.000 (guaraníes siete millones) por evento, sea por internaciones clínicas, quirúrgicas, para el beneficiario titular, y su grupo familiar.
- TERAPIA INTENSIVA, TERAPIA INTERMEDIA (Adultos y/o Niños):
Tiempo de internación: hasta quince (15) días por evento.
Servicios cubiertos: Honorarios profesionales, dieta convencional del paciente, indicada por el médico tratante, equipos propios de la U.T.I., cuidado de enfermería y los medios auxiliares de diagnóstico, incluidos medicina por imágenes, servicios laboratoriales y radiológicos (se tendrá en cuenta listado de cobertura según anexo de estudios laboratoriales y anexo de medicina por imágenes), hasta los días cubiertos por contrato. Cobertura de medicamentos, materiales descartables y oxigeno por valor de hasta Gs. 6.000.000 (guaraníes seis millones) por evento.
- MATERNIDAD:
Se establece la cobertura de Maternidad de forma exclusiva para la Titular o Cónyuge, conforme a lo siguiente:
En el caso de atención obstétrica del parto normal: de hasta dos días de internación, incluyendo el equipo médico integrado por el ginecólogo, el pediatra y eventualmente el anestesista y serán cubiertos de hasta dos días de internación. En los casos de parto por cesárea: de hasta tres días de internación, incluyendo el equipo médico integrado por el ginecólogo, el primer ayudante, el pediatra, el hemoterapeuta (si lo amerita con previa justificación por escrito del médico tratante y criterio médico del auditor de la prestadora de servicios), el anestesiólogo y serán cubiertos de hasta tres días de internación.
Cobertura de medicamentos, materiales descartables y oxigeno por valor de Gs. 7.000.000 (guaraníes siete millones) por evento para el titular o cónyuge.
El servicio también incluye; el derecho operatorio, internación en habitación individual, baño privado, teléfono, T.V., dieta convencional del paciente, ambiente climatizado, atención de enfermería.
Los niños del titular nacidos a término o en forma prematura (antes de las 37 semanas de gestación), incorporados oficialmente al grupo familiar, tendrán cobertura de hasta el tercer día en concepto de pensión sanatorial (ya sean en internaciones clínicas y de terapia intensiva), incluyendo; medicamentos, descartables y oxigeno de hasta 6.000.000 Gs (Guaraníes seis millones), luminoterapia, carpa de oxígeno, incubadora, honorarios de visita del médico tratante, terapista, servicios de enfermería y servicios de estudios de diagnóstico (conforme a lo establecido en el Anexo de estudios establecido en el PBC) hasta el tercer día de internación. Los demás días de internación o servicios requeridos serán a cargo del asegurado, como, por ejemplo; interconsultas, cirugías, etc.
- SERVICIOS DE URGENCIAS SANATORIALES:
Debe estar integrado por guardias médicas de urgencias en los servicios asistenciales, las 24 horas y todos los días, aún domingos y feriados, para adultos y/o niños, para el beneficiario titular, su grupo familiar y adherentes.
Debe disponer de ambulancias para traslados derivados de la urgencia o emergencia. Estos servicios deben incluir honorarios médicos y derechos de urgencia. Este servicio debe efectuarse durante las 24 (veinticuatro) horas del día durante todo el año y deberán realizarse hasta 20 km de Asunción y Gran Asunción sin costo, más de 20 km a cargo del asegurado. Se incluye la cobertura de antibióticos en casos de servicios de urgencia donde se indiquen al paciente tratamientos con antibióticos, se refiere a la primera dosis de antibiótico inyectable, indicado por el Médico de Guardia.
Los procedimientos con médico de guardia tendrá una cobertura total (100%) sin costo e inmediata para el BENEFICIARIO y son: Consulta con el Médico de Guardia, suturas, la primera curación del evento, extracción de cuerpos extraños nariz/oído, extracción de uña encarnada, colocación o extracción de enyesados simples, colocación de vendajes, drenajes de abscesos o hematomas, taponamiento nasal, descubierta venosa, sondaje vesical, lavado de oído, lavado gástrico (excepto intoxicación medicamentosa), punción pleural, punción abdominal.
Servicios de enfermería: aplicación de inyectables intramuscular, aplicación de inyectables endovenoso, enema, nebulizaciones, servicio de enfermería, aplicación de ultrasonidos, infrarrojo, tendrá una cobertura total (100%) sin costo e inmediata para el BENEFICIARIO. La cobertura de medicamentos, descartables para los servicios de urgencia será del 100% (cien por ciento), en los servicios dispuestos y habilitados por la Contratista.
- ASISTENCIA DOMICILIARIA PARA CASOS DE EMERGENCIAS:
A cargo de una unidad móvil (ambulancia equipada para urgencias o emergencias, personal médico o paramédico, medicamentos y materiales descartables), sin costo para el beneficiario, de hasta 5 servicios por contrato por beneficiario, incluido el traslado a un centro asistencial en caso que fuere necesario. Este servicio debe efectuarse durante las 24 (veinticuatro) horas del día durante todo el año y deberán realizarse hasta 20 km de Asunción y Gran Asunción sin costo, más de 20 km de la ciudad de Asunción a cargo del asegurado.
Debe también contemplarse la asistencia domiciliaria para análisis clínicos con laboratorios asignados por la Prestadora de Servicio con cobertura del 100%. En los casos de toma de muestras laboratoriales a domicilio, serán sin cargo para el beneficiario, siempre que se trate de pacientes con incapacidad de concurrir a los servicios.
- CENTROS ASISTENCIALES EN EL INTERIOR.
Cobertura para consultas e internaciones clínicas, en las localidades requeridas en el Pliego de Bases y Condiciones, del presente llamado.
Para estos centros asistenciales, la cobertura de los servicios citados precedentemente, deberá ser idéntica a la aplicable en la capital, conforme a las especificaciones técnicas.
- OTROS SERVICIOS CUBIERTOS:
En el caso de que el médico tratante en internaciones requiera la presencia de otro profesional médico que se encuentre en el Plantel de Médicos de la Prestadora de Servicios, como interconsultante, estarán a cargo de la prestadora de servicios hasta 5 (cinco) interconsultas, por evento. En el caso de que el médico tratante en internaciones requiera la presencia de otro profesional médico que no pertenezca al Plantel Médicos de la Prestadora de Servicios como interconsultante estarán a cargo de la prestadora de servicios, conforme al arancel de la Sociedad Científica Paraguaya respectiva, hasta una (1) interconsulta, por evento.
La cobertura del clínico, cardiólogo o pediatra del Plantel Médicos de la Prestadora de Servicios, presentes en la sala de operaciones, será con previa autorización a criterio de la prestadora de servicios y deberá estar solicitada por escrito por el cirujano indicando debidamente su justificación; caso contrario quedará a cargo del beneficiario.
Los honorarios de los hemoterapeutas serán cubiertos hasta un máximo de diez (10) transfusiones, por beneficiario por año de contrato. Queda a cargo del beneficiario la provisión de sangre y plasma.
Examen médico preventivo anual, que incluya examen clínico, análisis de rutina, rayos x de tórax, ECG, y para mujeres estudio de PAP, mamografías, colposcopia, tendrá una cobertura total sin costo para el BENEFICIARIO/A.
Tratamientos especializados en alergias.
Epidemias, pandemias, endemias y/o relacionadas, declaradas oficialmente o no, tendrán cobertura.
Atención, Consultas o Tratamiento de psicología, psiquiatría, fonoaudiología, psicopedagogía y nutrición.
Cirugías traumatológicas.
Traumatismos o politraumatismos y/o sus consecuencias causados por la práctica de deportes en general, mma, futbol, accidentes, etc.
Tratamiento y cirugía de varices, incluyendo cirugía con láser.
Consultas odontológicas.
Tendrán cobertura de la utilización de equipos de los centros asistenciales en convenio con la Prestadora de Servicio para pacientes internados en habitación normal conforme al siguiente listado dentro de las limitaciones establecidas en el presente pliego de bases y condiciones:
1. Arco en C Artroscopio
2. Bomba de contrapulsación intraaórtica bomba de infusión
3. Carpa de oxígeno Colchón de aire y/o agua cuna térmica ecocardiógrafo
4. Ecógrafo Electrocardiógrafo Equipo de artroscopia Equipo de ecoendoscopia Equipo de luminoterapia equipo de quimioterapia
Equipo de RX
5. Equipo de Video endoscopia equipo de video laparoscopia equipos de hemodiálisis equipos de hemodinamia
6. Equipos litotriptores
7. Facoemulsificador
8. Fuente de luz
9. Goteo electrónico
10. Kit de parto litotriptor
11. Monitor cardiaco
12. Monitor fetal
13. Monitores y respiradores Nebulizador
14. Saturador de oxígeno
15. Saturómetro
16. Suturador mecánico
17. PF Tomógrafo
18. Videoendoscopio
19. Videolaparoscopio.
- MEDICINA POR IMAGENES:
Este ítem comprende los métodos auxiliares de diagnóstico que se efectúan mediante el registro impreso o fotográfico de imágenes efectuado en consultorios o centros especializados, con cobertura de gastos en concepto de medicamentos, materiales descartables y contrastes de hasta G. 600350.000 (guaraníes seiscientostrescientos cincuenta mil), a cargo de la empresa prestadora de servicios, conforme a la lista taxativa que se adjunta, que enumera los exámenes contemplados en esta cobertura.
Contaran con cobertura de sedación en concepto de honorarios médicos del anestesista los pacientes pediátricos que según criterio y solicitud del profesional requieran la utilización de dicho servicio.
- ANALISIS CLINICOS DE LABORATORIO:
Este servicio debe cubrir a los pacientes que concurren al laboratorio forma programada o en casos de urgencias las 24 (veinticuatro) horas del día en los centros asistenciales que cuenten con la disponibilidad del servicio. Debe tener cobertura integral en concepto de honorarios profesionales y materiales descartables. Se adjunta la lista de los exámenes contemplados en esta cobertura.
- ENFERMEDADES: CRÓNICAS, PREEXISTENTES:
Se contempla la cobertura de forma exclusiva para las siguientes patologías crónicas que se regirán a las condiciones del presente ítem;
-
- Crisis asmáticas.
- Anginas de Pecho.
- Descompensaciones Diabéticas.
- Descompensaciones de Hipertensión Arterial.
- Infarto Agudo de Miocardio.
- Síndrome coronario agudo. Accidente Cerebro Vascular.
- Complicaciones del Embarazo de forma exclusiva para el titular o cónyuge.
- Diverticulitis
- Dislipidemia
La cobertura de estos eventos citados precedentemente será otorgada únicamente de la siguiente forma:
- Internaciones, sean estas clínicas, terapia intensiva o intermedia: hasta (10) días por año de contrato.
- Medios auxiliares de diagnósticos, servicios laboratoriales, radiológicos conforme al PBC.
- Cuando un beneficiario requiera la utilización de estudios de diagnóstico de forma ambulatoria para el control de sus patologías crónicas y/o preexistentes que se encuentran citadas en este apartado, serán cubiertos hasta
42 (cuatrodos) eventos de control por año de contrato por beneficiario conforme a los estudios de diagnósticos, servicios laboratoriales y radiológicos y dentro de los límites establecidos en el PBC. - Los eventos quirúrgicos serán a cargo del asegurado, salvo los contemplados en el Anexo de Cirugías.
- Cobertura de medicamentos, descartables y oxigeno de hasta G. 6.000.000 (guaraníes seis millones) por año de contrato por beneficiario, sea por internaciones clínicas, terapia o en conjunto, para el beneficiario titular, su grupo familiar.
- MEDICINA DE ALTA COMPLEJIDAD:
De forma exclusiva para la primera cirugía una cobertura del 50% (cincuenta por ciento) y hasta la segunda cirugía con una cobertura del 25% (veinte y cinco por ciento) ya sean realizadas o no en un mismo evento o acto quirúrgico (para la determinación de porcentajes se tendrá en cuenta los valores de mercado), en concepto de honorarios médicos, derecho operatorio y equipos, exclusivamente para los casos de:
CARDIOCIRUGIA:
- Colocación de marcapasos y o reemplazo del mismo (no incluirá el costo del aparato)- Cirugía cardiaca con circulación extracorpórea:-
- Colocación de marcapasos y o reemplazo del mismo (no incluirá el costo del aparato)
- Cirugía cardiaca con circulación extracorpórea:
-Reemplazo y/o reparación válvula aórtica-Reemplazo y/o reparación válvula mitral Cirugía cardiaca sin circulación extracorpórea:-Revascularización miocárdica-Drenaje pericárdico-Toilette mediastinal y esternal por infección-Angioplastia transluminal coronaria
NEUROCIRUGÍA:
- Evacuación de colección epidural o subdural de médula y/o meninges- Extirpación de lesiones intracerebrales: abscesos, en las siguientes localizaciones: región celar, fosa posterior, región de la pineal y tercer ventrículo- Extirpación de lesiones intracerebrales: hematomas, en las siguientes localizaciones: región selar, fosa posterior, región de la pineal y tercer ventrículo-
- Evacuación de colección epidural o subdural de médula y/o meninges
- Extirpación de lesiones intracerebrales: abscesos, en las siguientes localizaciones: región celar, fosa posterior, región de la pineal y tercer ventrículo
- Extirpación de lesiones intracerebrales: hematomas, en las siguientes localizaciones: región selar, fosa posterior, región de la pineal y tercer ventrículo
CIRUGÍA VASCULAR PERIFÉRICA:
- Revascularización de troncos supraaórticos a partir de la aorta- Revascularización arterial del miembro superior-
- Revascularización de troncos supraaórticos a partir de la aorta
- Revascularización arterial del miembro superior
OTRAS CIRUGÍAS Y PROCEDIMIENTOS CONTEMPLADOS CONFORME AL ÍTEM DE ALTA COMPLEJIDAD:
- Quemaduras que no superen el 10% de la superficiecorporal; Litotripsia extracorpórea;
- Quimioterapia; Hasta
(6) seistres sesiones y de hasta32.000.000 Gs. en concepto de medicamentos y drogas oncológicas de forma exclusiva; - Diálisis y Hemodialisis para casos agudos hasta
(6) seistres sesiones por beneficiario. - Cirugía oftalmológica especializada; cataratas, desprendimiento de retina, campimetría computarizada, ecobiometría, facoemulsificación, implante de lente intraocular (no incluye el costo del lente intraocular);
- Litotripsia ultrasónica.
Medicamentos, descartables, oxígeno y materiales para transfusión utilizados serán cubiertos hasta la suma de Gs. 6.000.000.- (guaraníes seis millones). Deberán estar cubiertos los medios auxiliares de diagnóstico, incluidos servicios laboratoriales, (se tendrá en cuenta listado de cobertura según anexo de estudios laboratoriales y anexo de medicina por imágenes).
El costo de prótesis, clips, stent, marcapasos, LIO, etc., serán a cargo del beneficiario.
- DESCUENTOS EN FARMACIAS:
El oferente deberá presentar convenio con farmacia o sucursales de una farmacia que deberán de contar con el descuento del 30% en medicamentos nacionales (SIN LIMITE) y el descuento del 18% en medicamentos importados (SIN LIMITE), con sucursales en Asunción, Gran Asunción e interior del país y una farmacia dedicada a preparados magistrales, que deberá contar con el descuento del 15% en preparados magistrales, en la ciudad de Asunción.
Dichos descuentos serán considerados en medicamentos preventivos y curativos, con compras efectuadas al contado.
- PRIMEROS AUXILIOS Y APOYO VITAL BASICO:
La contratada proveerá a la contratante de un botiquín de primeros auxilios por cada sede de la Convocante, de forma anual en un plazo no mayor a 60 (sesenta) días hábiles posterior a la firma del contrato. El cual deberá contener elementos de primeros auxilios y medicamentos de venta libre por valor de Gs. 500.000 (guaraníes quinientos mil).
Si bien la Dirección de Gestión y Desarrollo de las Personas facilitara de forma gratuita los medicamentos solicitados para calmar las molestias o dolores que presentase algún funcionario, pero el consumo de los mismos será exclusiva y total responsabilidad del funcionario que lo solicitare.
COBERTURA PARA ACCIDENTES:
Cobertura para accidentes en general de forma exclusiva para titulares de la Secretaría Nacional de Cultura, conforme a lo siguiente:
Cobertura de 30 eventos hasta un máximo de Gs. 4.000.000 (guaraníes cuatro millones) en honorarios médicos, internación, cirugía, medicamentos y descartables durante la vigencia del contrato para el grupo de titulares. Posterior a la utilización de 30 eventos la cobertura será otorgada con arancel preferencial a cargo del asegurado en todo concepto.
- SERVICIOS SIN COBERTURA:
Son los que o se detallan a continuación:
- Intento de autoeliminación y sus secuelas ya sean físicos o mentales. Enfermos mentales ya sean depresivos o excitados.
- Cirugía con fines estéticos.
- Tratamiento médico - quirúrgico con fines de esterilidad, infertilidad, fecundación in vitro y procreación.
- Diagnóstico neurofisiológico de la impotencia sexual masculina y técnica de fertilización asistida.
- Malformaciones congénitas en adultos y niños.
- Atenciones y tratamientos médicos para fin anticonceptivo, excepto las consultas. Eventos congénitos.
- Instrumentales o equipos propios o particulares de los especialistas médicos no arancelados por la sociedad científica del Paraguay reconocida.
- Formolizaciones.
- Medicina Nuclear.
- Tratamientos especializados en alergias.
- Acupunturas, celuloterapia, homeopatía y quiropraxia. Uvulo Palatoplastia. Tratamiento en dietología.
- Lipoaspiración y cirugía bariátrica y/o metabólicas y sus consecuencias. Estudios previos y posteriores en caso de cirugías bariátricas y/o metabólicas.
- Diálisis y hemodiálisis para casos crónicos y no contempladas en el PBC. Cirugías vasculares periféricas no contempladas en el PBC.
- Accidente cerebrovascular y/o sus consecuencias.
- Alcoholismo, intoxicaciones debido al abuso del alcohol, abuso o adicción a drogas, o a consecuencia de lesiones sufridas por accidente ocasionados por encontrarse bajo el influjo del alcohol y/o drogas. Tratamiento para adictos a drogas y alcohol, así como sus consecuencias.
- Lesiones provocadas bajo la acción de drogas, estupefacientes o alcohol.
- Microcirugía. Cirugía especializada de mano.
- Biopsias por congelación e inmunohistoquímica no contempladas en el PBC.
- Eventos quirúrgicos que no se haya requerido con anticipación al mismo o no cuenten con una visación previa.
- Lesiones causadas por investigaciones en etapas experimentales, no reconocidas por instituciones oficiales o científicas.
- Lesiones provocadas por actos dolosos, consecuencia de reyertas o alteraciones de orden público o agresión o atentados por terceros.
- Todo hecho ocurrido en transgresión a las leyes de tránsito vigentes.
- Cualquier condición o tratamiento relacionado con el virus VIH positivo o del tratamiento del SIDA y enfermedades infectocontagiosas y de transmisión sexual.
- Cualquier condición o tratamiento relacionado con las enfermedades autoinmune.
- Daños a la salud generados por siniestros naturales extremos o excepcionales, tales como terremotos, huracanes y temperaturas extremas. Daños a la salud generados por atentados con armas de fuego, químicas, biológicas u otras. Tratamiento de enfermedades o lesiones originadas como resultado directo o indirecto de catástrofes naturales, Guerra internacional y guerra civil, Acciones bélicas, Fenómenos naturales, Lluvia radiactiva, Terrorismo.
- Epidemias, pandemias, endemias y/o relacionadas, declaradas oficialmente o no, no tendrán cobertura.
- Atención, Consultas o Tratamiento de psicología, psiquiatría, fonoaudiología, psicopedagogía y nutrición, no contemplados en el PBC.
- Honorarios del hemoterapeuta por la asistencia operatoria en la sala de operaciones no contemplados en el PBC.
- Tratamientos con Ondas de choque.
- Eventos de Alta Complejidad, como ejemplo; accidente cerebro vasculares, enfermedades neurológicas, enfermedades llamadas cáncer, lesiones cerebrales que produzcan estado vegetativo, cirugías vasculares periféricas, etc. no especificadas en el PBC.
- Cirugías traumatológicas no contempladas en el PBC.
- Traumatismos o politraumatismos y/o sus consecuencias causados por la práctica de deportes en general, mma, futbol, accidentes, etc.
- Tratamiento y cirugía de varices, incluyendo cirugía con láser.
- Las complicaciones derivadas de todo evento clínico o quirúrgico.
- Radioterapia, braquiterapia, acelerador lineal y/o sus complicaciones o secuelas. Cirugías de estrabismo y cirugías de laser en general.
- Cirugías de miopía, astigmatismo, hipermetropía, estrabismo y cirugías oftalmológicas especializadas no contempladas en el pbc.
- Enfermedades crónicas o de origen crónicas y/o sus consecuencias. Ejemplos; epilepsia, arteriosclerosis, depresión nerviosa, estrés, ansiedad, sueñoterapia, migraña, hipertrigliceridemia, entre otras no contempladas en el PBC.
- Patologías o eventos preexistentes a la firma del presente contrato no contempladas en el presente PBC.
- Patologías asociadas a la condición de recién nacido pre termino y todo gasto relacionado al recién nacido pre termino, que excedan la cobertura establecida en el pliego de bases y condiciones.
- Atención y tratamiento de eventos oncológicos.
- Secuelas de intervenciones quirúrgicas realizadas por profesionales no pertenecientes al plantel médico de la CONTRATADA.
- Atención y tratamiento de eventos odontológicos.
- Materiales/insumos y/o medicamentos no considerados en la cobertura, tales como; contrastes, plasma, sangre y sus derivados, isotopos radioactivos, clips, trocares, preparados nutrición enteral y/o parenteral, marcapasos, material de osteosíntesis, gafas, lentes intraoculares, biomateriales, vacunas, sten, balón, prótesis de cualquier tipo, aparatos ortopédicos, sangre y/o sus derivados, lentes de contacto, cristales, lentes intraoculares, gastos de acompañantes en las internaciones.
- Quemaduras de segundo y tercer grado o cuando excedan el 10% de la superficie corporal Tratamiento de quimioterapia, radioterapia y sus complicaciones o secuelas no contempladas en el PBC.
- Trasplantes de órganos, implantes, explantes, injertos, plastias y prótesis.
- En los casos en que algún Beneficiario este internado y presente el diagnostico de coma con Glasgow 3/15, 4/15, 5/15 con o sin dependencia crónica de respirador, sumando a otros signos clínicos de muerte cerebral certificada por electroencefalograma sin actividad eléctrica, según criterio de la Organización Mundial de la Salud.
- Cirugías septumplastia, histeroscopia diagnostica o terapéutica, hemorroides, varices, fistulas y demás cirugías no contempladas en el pliego de bases y condiciones en Anexo de Cirugías.
- Daños a la salud generados por actos de agresión colectiva o accidentes que ocasionaran lesiones, daños o enfermedades a más de diez personas.
- Todo lo que no esté debidamente expresado en el Pliego de Bases y Condiciones y sus Adendas.
- ANEXO DE CENTROS ASISTENCIALES REQUERIDOS
Para la prestación de los servicioslas internaciones, el contratista deberá habilitar por lo menos diez (10) centros asistencialessanatorios distribuidos a nivel país, los cuales podrán encontrarse ubicados en las siguientes ciudades:
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EnAsunción, San Lorenzo, Luque, Fernando de la ciudadMora, Limpio, entre otras y las principales ciudades del interior del país, como ser Ciudad de AsunciónEste, al menos uno (1) de los centros ofertados podrá ser para la atención exclusiva de pediatría para consultasEncarnación, internacionesPedro Juan Caballero, urgenciasentre otras.
Además, la contratista podrá designar un sanatorio de cabecera para la atención prioritaria de los funcionarios y sus beneficiarios.
En Asunción y/o Gran Asunción al menos 23 centros asistenciales deberán ser nivel 3 según categorización otorgada por la Superintendencia de Salud.
Con respecto a los Centros de Diagnósticos en imágenes, en la localidad de Asunción y Gran Asunción, la prestadora de Servicios debe contar con al menos undos (12) centros de imágenes.
Con respecto a los Centros de Diagnósticos Laboratoriales, en la localidad de Asunción y Gran Asunción, la prestadora de Servicios debe contar con al menos tresdos (3) laboratorios. La contratista podrá designar un laboratorio de cabecera para la atención prioritaria de los funcionarios y sus beneficiariosPara el interior del país deberá ofertar al menos cinco (5) laboratorios en las principales ciudades departamentales.
Con respecto a los Centros de fisioterapia, en la localidad de Asunción y/o Gran Asunción, la prestadora debe contar con: dostres (23) centros.
Observación: Durante la ejecución del contrato, en caso de que la contratista no cuente con la cantidad mínima requerida o necesite modificar los centros asistenciales especificados en el listado ofrecido, podrá llevar a cabo los reemplazos necesarios. Alternativamente, las atenciones requeridas podrán ser gestionadas a través del sistema de reembolso, siempre y cuando se mantengan dentro de los límites contractuales establecidos.
- OTROS ANEXOS
MEDICINA POR IMÁGENES LISTADO DE ESTUDIOS:
- ESTUDIOS RADIOLÓGICOS
Frecuencia: 30 posiciones por año de contrato por beneficiario, coherente al diagnóstico o diagnostico presuntivo.
-Abdomen Simple
-Antebrazo
-Apéndice
-Árbol Urinario Simple
-Brazo
-Cadera
-Cavum
-Clavícula
-Codo
-Columna Cervical
-Columna Dorsal
-Columna Lumbar
-Costilla
-Cráneo
-Dedo
-Esternón
-Fémur
-Hombro
-Mano
-Mastoide
-Maxilar Superior e Inferior
-Muñeca
-Órbitas
- Ortopantomografía
-Pelvis
-Pie
-Pierna
-Rodilla
-Sacro Coxis
-Senos Paranasales
-Tobillo
-Tórax
Para todos los estudios excedentes de los estudios detallados en este punto, se encuentran a cargo del asegurado.
- ESTUDIOS ESPECIALIZADOS DE DIAGNÓSTICOS
Frecuencia: Indicada en cada estudio, coherente al diagnóstico o diagnostico presuntivo.
Servicio | Cobertura |
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Anatomía Patológica | Hasta 6 por año por contrato por beneficiario | |
Angiofluoresceinografía (ojos) | Hasta 1 por año por contrato por beneficiario | |
Anoscopia | Hasta 2 por año por contrato por beneficiario | |
Audiometría | Hasta 4 por año por contrato por beneficiario | |
Control Radiológico en maniobras traumat. | Hasta 1 por año por contrato por beneficiario | |
Densitometría Ósea | Hasta 2 por año por contrato por beneficiario | |
Ecocardiografía Doppler Color | Hasta 3 por año por contrato por beneficiario | |
Electrocardiograma | Hasta 3 por año por contrato por beneficiario | |
Electroencefalograma | Hasta 2 por año por contrato por beneficiario | |
Endoscopía Digestiva Alta y Baja | Hasta 2 por año por contrato por beneficiario | |
Endoscopía Nasogástrica | Hasta 2 por año por contrato por beneficiario | |
Ergometría | Hasta 3 por año por contrato por beneficiario | |
Espirometría | Hasta 1 por año por contrato por beneficiario | |
Espirometría CB2 | Hasta 2 por año por contrato por beneficiario | |
Esófagograma | Hasta 1 por año por contrato por beneficiario | |
Fistulografía | Hasta 1 por año por contrato por beneficiario | |
Holter 24 horas | Hasta 3 por año por contrato por beneficiario | |
M.A.P.A. | Hasta 3 por año por contrato por beneficiario | |
Mamografía | Hasta 1 por año por contrato por beneficiario | |
Nasofibrolaringoscopia | Hasta 1 por año por contrato por beneficiario | |
Pap+ Colposcopia | Hasta 1 por año por contrato por beneficiario | |
Punción de Tiroides | Hasta 1 por año por contrato por beneficiario | |
Rinomanometría | Hasta 1 por año por contrato por beneficiario | |
Timpanometría | Hasta 1 por año por contrato por beneficiario | |
TACAR de Tórax Simple | Hasta 1 por año por contrato por beneficiario | |
Tomografía Axial Computarizada y Multislice | Hasta 4 por contrato por beneficiario
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Forman parte de la cobertura los honorarios médicos y el derecho a sala. Para todos los estudios excedentes de los estudios detallados en este punto, se encuentran a cargo del asegurado. Para el estudio de Endoscopía Digestiva Alta y Baja incluye los honorarios del anestesista y uso de equipo.
- ECOGRAFÍAS
Frecuencia: 15 estudios por año de contrato por beneficiario, Coherente al diagnóstico o diagnostico presuntivo;
- Abdomen Completo
- Abdomen Inferior
- Abdomen Superior
- Aórtica
- Bazo
- Eco Doppler Intermedio
- Eco Doppler Venoso de miembros inferiores
- Eco Doppler Venoso de miembros superiores
- Eco Doppler Arterial de miembros inferiores (hasta 1 por año por beneficiario)
- Eco Doppler Arterial de miembros superiores (hasta 1 por año por beneficiario)
- Escrotal
- Hígado
- Hombro
- Ingle
- Mamaria
- Partes Blandas
- Pélvica
- Prostática Suprapúbica
- Renal/ Vías Urinarias
- Testicular
- Tiroides
- Transvaginal
- Transvaginal con Doppler
- Vesícula
- Vías Biliares
- ESTUDIOS GINECOLÓGICOS DE CONTROL PRENATAL TITULAR O CÓNYUGE
Frecuencia:
Indicada en cada estudio y coherente al diagnóstico o diagnostico presuntivo.
Servicio Cobertura
Ecografía Cromosómica 2 por embarazo (titular o cónyuge)
Ecografía Morfológica 2 por embarazo (titular o cónyuge)
Ecografía Obstétrica Pélvica 5 por embarazo (titular o cónyuge)
Ecografía Obstétrica Transvaginal 5 por embarazo (titular o cónyuge)
Monitoreo Fetal 3 por embarazo (titular o cónyuge)
Perfil Biofísico 3 por embarazo (titular o cónyuge)
Para todos los estudios excedentes al asociado deberá abonar directamente al prestador.
- RESONANCIA MAGNÉTICA
Frecuencia: Tres por año de contrato por beneficiario, coherente al diagnóstico o diagnostico presuntivo.
ANEXO DE ESTUDIOS LABORATORIALES:
A. Escherichia coli ki | Hemocultivo en anaerobiosis |
A. Hemo-philus influenzae tipo b | Hemoglobina |
A. Legionella pneumofila | Hemoglobina fetal |
A. Nesseria meningitidis grupo a | Hemoglobina. Electroforesis |
A. Nesseria meningitidis grupo b | Hemoglobina. Glucosilada (hb a 1c) |
A. Nesseria meningitidis grupo c | Hemograma |
A. Stroptocicus grupo b | Hemoparásitos |
A. Stroptococus beta hemolítico grupo a | Hemophilus influenzae tipo B. látex |
A. Stroptococus pheumoniae | Hepatitis (ac y ag) ver hav y hb |
A.f.p. | Herpes |
A/g | Hidatidosis-ac |
Ac. Anti microsomales | Hidroxicorticosteroides 17 |
Ac. Anti mitocondriales | Hidroxi-indol-acetico 5 (5hiaa) |
Ac. Anti musculo liso (asma) | Hierro - % de saturación |
Ac. Anti ndna | Hierro sérico |
Ac. Anti nucleares | Hisopado faríngeo |
Ac. Anti tiroides | Hisopado nasal |
Ac. Anti tironglubinas - | Histoplamina |
Ac. Anti toxoplasma igg | HIV-ac |
Ac. Anti tripanosoma igg | Hmburger-test |
Ac. Anti tripanosoma igm | Hongos. Cultivo e identificación |
Ac. Antivirus sinciciall respiratorio (vsr) | Hongos. Examen en fresco |
Ac. Heterofilos | Hormona de crecimiento (hgh) |
Ácido cítrico | Hormona folículo estimulante (fsh) |
Ácido fenil pirúvico | Hormona lactogeno |
Ácido láctico | Hormona luteinizante (lh) |
Ácido úrico | IGA |
Ácido vanil mandélico (avn) | IGD |
Acth | IGE |
Addis. Recuento de | IGG |
Aglutinación de partículas de látex para: | IGM |
Aglutinas anti a | Inclusiones citomegalicas |
Aglutinas anti b | Índice de tiroxina libre |
Aids-ac | Índices hematimetricos |
Albúmina | Inmunoelectroforesis |
Aldolasa | Inmunoglobinas |
Aldosterona | Insulina |
Alfa 1 antitripsina | Klesbsiella pneumoniae |
Alfafetoproteina (apf) | L. Haemophilus influenzae tipo b |
Alpnhol | L. Neisseriameningitidis grupo b |
Amilasa | L. Neisseriameningitidis grupo c |
Amonio | L. Neusseria meningitidis grupo a |
Ana | L. Streptococcus beta hemolíticos grupo |
Androstenediona | L. Streptococcus grupo b |
Antibiogramas para gérmenes aeróbicos | L.Strptococcus pneumonias |
Antibiogramas para gérmenes anaeróbicos | Lactosa |
Antígeno carcinoembrionario (cea) | Lap |
Antígeno prostático específico (pas) | Larvas de vermes |
Antígenos febriles | Látex para |
Antígenos para dengue | Lavado gástrico |
Apolipoproteina b | Lcr. Citoquímico |
Aspegillus | Lcr. Cultivo |
Asto | Ldh |
Autovacunas | Ldl-colesterol |
Azucares reductores | Le |
Baar | Lecitina en líquido amniótico |
Barbitúricos | Legionella pheumiphila.latex |
Bence-jones | Lesión de uñas. Cultivo para hongos |
Benedict, reacción de | Lesión de uñas. Cultivo para hongos |
Bicarbonato | Lesión en la piel. Cultivo para hongos |
Bilirrubina total, directa e indirecta | Lesión en la piel. Cultivo para hongos |
Bilis, cultivo | Lesión en la piel. Cultivo para hongos |
Bioperfil fisiológico | Lesión genital. Coloración de fontana |
Bioquímica de plasma seminal | Lesión genital. Coloración de fontana |
C 3 | Lesión genital. Coloración de gram |
C 4 | Lesión genital. Coloración de gram |
Calcio | Lesión genital. Estudio microbiológico |
Calcitonina | Lesión genital. Estudio microbiológico |
Calculo urinario | LH |
Campo oscuro | Linfa cutánea. Coloración de ziehl |
Campylobacter | Lipasa |
Cannabinoides | Lípidos totales |
Capacidad de fijación de hierro (tibc) | Líquido amniótico. Cultivo |
Cars | Líquido amniótico. Fosfaditil-glicerol |
Cea | Liquido articular. Cito químico |
Células Le | Liquido articular. Cristales |
Cetoferoides 17 | Liquido articular. Cultivo |
Cetonemia | Liquido ascítico. Cultivo |
Cetonuria | Líquido gástrico-duodenal. Parásitos |
Ch 50 | Liquido peritoneal. Cultivo |
Chagas (ac. Anti trypanosoma igg) | Liquido pleural. Cultivo |
Chagas (ac. Anti trypanosoma igm) | Listeria |
Chlamydia | Litio |
Citomegalovirus-ac-igg | Madurez fetal (fosfatydil glicerol) |
Citomegalovirus-ac-igm | Magnesio |
Ck total | Magnesio eritrocitario |
Clearance de creatinina | Mastositos |
Cloruros | Metahemoglobina |
Cmv-ac.igg | Metotrexate |
C-mv-ac-igm | Micoplasma hominis |
Coagulograma | Micosis oportunistas |
Coccidioidina | Micosis profundas |
Colesterol esterificado | Micosis subcutáneas |
Colesterol hdl | Micosis superficiales |
Colesterol total | Microalbuminuria |
Colesterol vldl | Mioglobina |
Colesterol-ldl | Moco cervical |
Colinesterasa | Monotest |
Coloración de giemsa | Mucoproteínas |
Coloración de gram | Mycobacterium tuberculosis |
Coloración de ziehl | N. 5 nucleotidasa |
Complemento hemolítico (ch 50) | Neiseriae gonorrea |
Coombs directo | Neiseriae meninigitidis. grupo a. Látex |
Coombs indirecto | Neiseriae meninigitidis. grupo b. Látex |
Coprocultivo | Neiseriae meninigitidis.grupo c. Látex |
Coprología funcional | Ntx |
Coproporfirinas | Oído cultivo |
Cortisol | Opiáceos |
Creatinina | Orina cultivo |
Crioglobulinas | Orina, físico-químico y del sedimento |
Crioglutininas | Oxalato |
Criptococus | Oxiurius |
Cristales-identificación | Parásitos. Investigación e identificación |
Cuerpos cetonicos | Parathormona (pth) |
Cultivo en aerobiosis | Pas (antígeno prostático específico) |
Cultivo en anaerobiosis | Paul-bunell (presuntivo) |
Cultivo en thayer-martin | Pcr ultrasensible |
Cultivo para baar | |
Cultivo para gc | Péptido c |
Cultivo para hongos | Ph |
Cultivo para listeria | Phenistix |
Cultivo para mycoplasma | Placentaria (hp) |
Curva de tolerancia oral a la glucosa | Plaquetas |
Dehidroepitandrostenediona (dhea-s04) | Plasma seminal |
Dehidrostestosterona | Po2 |
Densidad | Poo2 |
Difteria, cultivo | Porfobilinogeno |
Digoxina | Potasio |
Dióxido de carbono (co2) | Ppd |
Dna-ac | Preparación de células Le |
D-xilosa | Productos de degradación de la fibrina |
Ebv-ea-ac | Progesterona |
Ebv-vca-ac | Prolactina |
Electroforesis de hemoglobina | Proteínas c reactiva |
Electroforesis de lipoproteínas | Proteínas de bence-jones |
Electroforesis de proteínas | Proteínas electroforesis |
Electrólitos | Proteínas totales |
Eosinófilos | Protomorfinas |
Epstein-barr virus-ac | Protozoarios |
Eritrosedimentación | Prueba de concentración |
Escherichia coli enteropatogeno | Prueba de dilución |
Escherichia coli k 1 | Prueba de lazo |
Escherichia coli ki. Látex | Prueba de tolerancia a la lactosa |
Esperma, cultivo | Prueba de tolerancia oral a la glucosa |
Espermograma | Prueba de tzanck |
Esputo. Coloración para baar | Pth |
Esputo. Cultivo para gérmenes comunes | Punta de catéter cultivo |
Esputo. Eosinofilos y mastocitos | Pus. Cultivo |
Estradiol | Quimiotripsina |
Estriol libre | Quistes de protozoos |
Estrógenos totales | Raspado de lengua. Cultivo para hongos |
Estudio capilar. Investigación de hongos | Reacción de huddleson |
Exceso de base | Reacción de widal |
Factor reumatoideo | Recuento de addis |
Ferritina | Relación a/b |
Fibrinogeno | Relación calcio/creatinina |
Fibrinolisis | Reticulositos |
Formula leucocucocitaria | Retracción del coágulo |
Fosfatasa acida prostática (pap) | Rh |
Fosfatasa acida total y prostática | Rotavirus |
Fosfatasa alcalina | Rubeola IgG |
Fosfatidil-gilierol en liq. Aminiotico | Rubeola IgM |
Fosfolipidos | Sangre oculta |
Fósforo | Saturación de oxígeno |
Fragilidad osmótica de los hematíes | Secreción bulbar. Cultivo |
Frotis de sangre periférica | Secreción conjuntival. Cultivo |
Frotis y Cultivo de Secreción Vaginal | Secreción endocervical. Cultivo |
Fructosa | Secreción faríngea. Cultivo |
Fsh | Secreción genital. Cultivo |
Fta-abs-igg | Secreción nasal. Cultivo |
Fta-abs-igm | Secreción nasal. Eosinofilos y mastositos |
Fti | Secreción prostática. Cultivo |
Gamma globulinas | Secreción purulenta. Cultivo |
Gamma gt | Secreción traqueal. Cultivo |
Ganadotrofina corionica cuantitativa (hcg) | Secreción uretral. Cultivo |
Garganta. Cultivo | Shigella. Cultivo |
Gliadina AC IGA | Sida-ac- |
Gliadina AC IGG | Sífilis |
Gases arteriales | Simis-hunner - test |
Gastrina | So2 |
Gc. Cultivo | Sodio |
Gh (hormona de crecimiento) | Somatomedina - c |
Glicemia | Staphylpnccus aureus |
Globulina | Streptococcus. Beta hemolítico gr. A. Látex |
Glóbulos blancos | Streptococcus. Beta hemolítico gr. A. Látex |
Glóbulos rojos | Streptococcus. Cultivo |
Glucohemoglobina | Streptococcus. Grupo b.latex |
Glucosa | Streptococcus. Pneumoniae |
Glucosa pre y pos prandial | Streptonasa b |
Glucosa. Curva de tolerancia | Streptozima |
Glucosuria | Swin - up |
Got | T3 libre |
Gota gruesa | T3 total |
Gpt | T3 uptake |
Graham-test | T4 libre |
Gravindex | T4 total |
Grupo sanguíneo | Test de absorción a la xilosa |
Guayaco | Test de coombs directo |
HGH | Test de coombs indirecto |
Hamber | Test de coombs indirecto |
Ham-test | Testosterona libre |
Haptoglobina | Tibc (capacidad de fijación del hierro) |
Hav-ac | Tiempo de coagulación sangría |
Hav-ac-igm | Tiempo de protrombina y coagulación |
Hba 1c | Tiempo de tromboplastina parcial activada |
Hbc-ac | Timol |
Hbc-ac-igm | Tine test |
Hbdh | Tipificación |
Hbe-ac | Tiroglubina |
Hbe-ag | Toxoplasmosis- ac IgG |
Hbs-ac | Toxoplasmosis- ac IgM |
Hbs-ag | Transferrina |
Hcg-sub-unidad beta | TPO AC |
Hdelta | Transglutaminasa IgA |
Hdl-colesterol | Transglutaminasa IgG |
Heces. Benedict | Trichomonas vaginalis |
Heces. Examen parasitológico | Triglicéridos |
Heces. Flora microbiana | Troponina i |
Heces. Frotis | Trypanosoma cruzi-ac |
Heces. Hongos | Tsh |
Heces. Microscopia funcional | Ttpa |
Helicobacter pylori | Tzanck - prueba de |
Hematocrito | Ulcera genital. Cultivo |
Hemocultivo en aerobiosis | Urea |
Vitamina D: hasta un (1) estudio por beneficiario por año de contrato. | VDRL |
Los costos de las determinaciones que no estén incluidas en el listado o los excedentes de las mismas serán a cargo del asegurado.
- ANEXO DE CIRUGIAS CON COBERTURA:
Las cirugías mencionadas a continuación tendrán cobertura de honorarios médicos, en forma taxativa:
-CIRUGÍAS CONVENCIONALES:
Cirugías
-Apendicetomía
-Biopsia de mama bilateral
-Biopsia de mama unilateral
-Colecistectomía
-Drenaje absceso de pared abdominal (Anest. Total)
-Drenaje absceso de pared abdominal (Anest. Local)
-Exceresis de lipoma
-Exceresis de Quiste pilonidal
-Exceresis de Quiste sacrocoxígeo
-Laparotomía Exploradora
-CIRUGÍAS INFANTILES CONVENCIONALES
Cirugías
-Apendicetomía
-Peritonitis de origen apendicular
-CIRUGÍAS DERMATOLÓGICAS
Cirugías
-Shaving (hasta 5 lesiones por beneficiario por año de contrato)
-Electrocoagulación de verrugas (hasta 5 lesiones por beneficiario por año de contrato)
-Extirpación de nevus (hasta 3 lesiones por beneficiario por año de contrato)
-CIRUGÍAS GASTROENTEROLÓGICAS
Cirugías
-Polipectomía
-Biopsias simples
-CIRUGÍAS GINECOLÓGICAS CONVENCIONALES
Cirugías
-Histerectomía sub total
-Histerectomía total
-Ooforectomia
-Polipectomía
-Colpoperineorrafia Anterior
-Colpoperineorrafia Posterior
-Extirpación de quiste de bartolino
-Histerectomía Vaginal
-Legrado Biopsico
-Legrado evacuador
-CIRUGÍAS MASTOLÓGICAS CONVENCIONALES
Cirugías
-Biopsia de mama unilateral
-Biopsia de mama bilateral
-Drenaje de Absceso
-Extirpación de Nódulo Mamario
-CIRUGÍAS OFTALMOLÓGICAS CONVENCIONALES
Cirugías
-Biopsia de Conjuntiva
-Extirpación de Cuerpo Extraño
-CIRUGÍAS OTORRINOLARINGOLÓGICAS CONVENCIONALES
Cirugías
-Adenoides
-Adenoamigdalectomía
-Amígdalas
-Cauterización de Cornete
-Sinusotomía Simple Unilateral
-Sinusotomía Simple Bilateral
-Turbinectomía
-CIRUGÍAS PROCTOLÓGICAS CONVENCIONALES
Cirugías
-Colocación de Sonda Rectal
-Hemorroidectomía por Flucción Hemorroidal
-Ligadura elástica de hemorroides (hasta 3 sesiones)
-Remoción Manual de Fecaloma
-CIRUGÍAS TRAUMATOLÓGICAS CONVENCIONALES
Cirugías
-Artroscopia Diagnóstica
-Artroscopia Terapéutica: Meniscectomía
-Cirugía Convencional de Fracturas
-Reducción Abierta de Fractura + Osteosíntesis
-Reducción Incruenta de Fractura
-Tratamientos Quirúrgico de Luxaciones
Los materiales de osteosíntesis requeridos serán a cargo del beneficiario.
-CIRUGÍAS UROLÓGICAS CONVENCIONALES
Cirugías
-Litiasis Renal Ureteral por Kripton
-Litiasis Renal Ureteral por Cirugía Abierta
-Sondaje Vesical
-CIRUGÍAS VIDEO LAPAROSCÓPICAS
Cirugías
-Apendicetomía
-Vesiculectomía Laparoscópica
-RTU de tumor vesical
-RTU de próstata y Cirugía de Próstata convencional.
-RTU de tumor de vesícula grande
-Ooforectomia
-Herniorrafia; o hernioplatía
Cualquier otro procedimiento quirúrgico será a cargo del beneficiario.
INFORME ESTADISTICO SEMESTRAL
La empresa adjudicada a solicitud de la Convocante deberá presentar un informe estadístico semestral ante la Dirección de Gestión y Desarrollo de las Personas sobre lo siguiente:
Cantidad de servicios utilizados por los titulares y su grupo familiar. Presentar en forma digital e impreso.
Dicha información servirá como base para la implementación de un Plan de Bienestar del Personal que pueda ayudar a mejorar la calidad de vida de los funcionarios y su entorno familiar. Asimismo, para la correspondiente emisión del Acta de conformidad por los servicios prestados, la cual debe ser cargada en el módulo de Sistema de Seguimiento de Contratos.
El propósito de la Especificaciones Técnicas (EETT), es el de definir las carácteristicas técnicas de los bienes que la convocante requiere. La convocante preparará las EETT detalladas teniendo en cuenta que:
- Las EETT constituyen los puntos de referencia contra los cuales la convocante podrá verificar el cumplimiento técnico de las ofertas y posteriormente evaluarlas. Por lo tanto, unas EETT bien definidas facilitarán a los oferentes la preparación de ofertas que se ajusten a los documentos de licitación, y a la convocante el examen, evaluación y comparación de las ofertas.
- En las EETT se deberá estipular que todos los bienes o materiales que se incorporen en los bienes deberán ser nuevos, sin uso y del modelo más reciente o actual, y que contendrán todos los perfeccionamientos recientes en materia de diseño y materiales, a menos que en el contrato se disponga otra cosa.
- En las EETT se utilizarán las mejores prácticas. Ejemplos de especificaciones de adquisiciones similares satisfactorias en el mismo sector podrán proporcionar bases concretas para redactar las EETT.
- Las EETT deberán ser lo suficientemente amplias para evitar restricciones relativas a manufactura, materiales, y equipo generalmente utilizados en la fabricación de bienes similares.
- Las normas de calidad del equipo, materiales y manufactura especificadas en los Documentos de Licitación no deberán ser restrictivas. Siempre que sea posible deberán especificarse normas de calidad internacionales . Se deberán evitar referencias a marcas, números de catálogos u otros detalles que limiten los materiales o artículos a un fabricante en particular. Cuando sean inevitables dichas descripciones, siempre deberá estar seguida de expresiones tales como “o sustancialmente equivalente” u “o por lo menos equivalente”. Cuando en las ET se haga referencia a otras normas o códigos de práctica particulares, éstos solo serán aceptables si a continuación de los mismos se agrega un enunciado indicando otras normas emitidas por autoridades reconocidas que aseguren que la calidad sea por lo menos sustancialmente igual.
- Asimismo, respecto de los tipos conocidos de materiales, artefactos o equipos, cuando únicamente puedan ser caracterizados total o parcialmente mediante nomenclatura, simbología, signos distintivos no universales o marcas, únicamente se hará a manera de referencia, procurando que la alusión se adecue a estándares internacionales comúnmente aceptados.
- Las EETT deberán describir detalladamente los siguientes requisitos con respecto a por lo menos lo siguiente:
(a) Normas de calidad de los materiales y manufactura para la producción y fabricación de los bienes.
(b) Lista detallada de las pruebas requeridas (tipo y número).
(c) Otro trabajo adicional y/o servicios requeridos para lograr la entrega o el cumplimiento total.
(d) Actividades detalladas que deberá cumplir el proveedor, y consiguiente participación de la convocante.
(e) Lista detallada de avales de funcionamiento cubiertas por la garantía, y las especificaciones de las multas aplicables en caso de que dichos avales no se cumplan.
- Las EETT deberán especificar todas las características y requisitos técnicos esenciales y de funcionamiento, incluyendo los valores máximos o mínimos aceptables o garantizados, según corresponda. Cuando sea necesario, la convocante deberá incluir un formulario específico adicional de oferta (como un Anexo al Formulario de Presentación de la Oferta), donde el oferente proporcionará la información detallada de dichas características técnicas o de funcionamiento con relación a los valores aceptables o garantizados.
Cuando la convocante requiera que el oferente proporcione en su oferta una parte de o todas las Especificaciones Técnicas, cronogramas técnicos, u otra información técnica, la convocante deberá especificar detalladamente la naturaleza y alcance de la información requerida y la forma en que deberá ser presentada por el oferente en su oferta.
Si se debe proporcionar un resumen de las EETT, la convocante deberá insertar la información en la tabla siguiente. El oferente preparará un cuadro similar para documentar el cumplimiento con los requerimientos.
