Consultas realizadas para esta convocatoria
Nro. de Consulta Título Resumen de la Consulta Fecha de Consulta Fecha de Respuesta Acciones
11 Requisito documental - Capacidad Técnica En la sección requisitos documentales para evaluar el criterio de capacidad técnica inciso c) se indica: “El oferente deberá acreditar la provisión satisfactoria, de por lo menos tres (3) Clientes donde hayan provisto bienes tales como Equipos de Networking (Firewall y/o Switches y/o Routers), Software, incluye la puesta en funcionamiento, de características iguales o superiores a las establecidas en las Especificaciones Técnicas dentro del periodo 2018-2023”. Solicitamos amablemente a la convocante indicar con que documento se avalaría dicho requerimiento. 17-09-2024 24-04-2025
12 Requisito documental - Capacidad Técnica En la sección requisitos documentales para evaluar el criterio de capacidad técnica inciso b) se indica: “El oferente deberá acreditar que posee antigüedad mínima de 3 años comercializando bienes del mismo tipo, sean de la misma marca ofertada u otras, con la provisión satisfactoria de por los menos (1) un proyecto con provisión de equipos de datacenter en un solo contrato dentro del periodo 2018-2023”. Solicitamos amablemente a la convocante indicar con que documento se avalaría dicho requerimiento. 17-09-2024 24-04-2025
13 Especificaciones Técnicas En “Especificaciones técnicas – CPS”, en el apartado “Detalle de los bienes y/o servicios” dice: “El oferente proveerá el servicio de mantenimiento preventivo mensual, en la Dirección de Tecnología de la Información y Comunicaciones, bajo la modalidad 7x24 y deberá contar con 01 (un) Líder de Proyecto con conocimientos comprobables en PMP (Project Management Professional) y 01 (un) Profesional ITIL (Information Technology Infrastructure Library).” Sin embargo, en “Capacidad Técnica” en el punto g dice: “La empresa oferente debe contar con certificación ISO9001:2015 y/o contar en su nómina o con contrato laboral (*) con por lo menos 2 (dos) técnicos certificados en ITIL V4 o superior.” Solicitamos amablemente a la convocante revisar la inconsistencia y considerar lo siguiente: “La empresa oferente debe contar con por lo menos 2 (dos) técnicos certificados en ITIL o superior. (*) Es aceptable presentar personal técnico certificado ITIL acompañado de una carta compromiso firmada por el profesional indicando que caso de ser adjudicado prestará servicios para el fin especifico de este llamado.” 18-09-2024 24-04-2025
14 Idioma de la Oferta En la sección de Idioma de la Oferta se indica: “La convocante permitirá con la oferta, la presentación de catálogos, anexos técnicos o folletos en idioma distinto al castellano y sin traducción: “no aplica”. Solicitamos amablemente a la convocante sean aceptados catálogos, folletos y otros textos complementarios en idioma inglés, considerando que es el idioma original de la mayoría de las documentaciones de carácter técnico descriptivo del rubro tecnológico y de conocimiento usual del personal técnico especializado en dicho rubro. 18-09-2024 24-04-2025
15 Especificaciones Técnicas En el PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES, sección SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, apartado DETALLE DE LOS BIENES Y/O SERVICIOS se establece que: “El oferente proveerá el servicio de mantenimiento preventivo mensual, en la Dirección de Tecnología de la Información y Comunicaciones, bajo la modalidad 7x24 y deberá contar con 01 (un) Líder de Proyecto con conocimientos comprobables en PMP (Project Management Professional) y 01 (un) Profesional ITIL (Information Technology Infrastructure Library)”. Sin embargo, en la sección de Capacidad Técnica inciso g) se indica que: “La empresa oferente debe contar con certificación ISO9001:2015 y/o contar en su nómina o con contrato laboral (*) con por lo menos 2 (dos) técnicos certificados en ITIL V4 o superior.” Solicitamos respetuosamente a la convocante aclarar la inconsistencia y considerar para el cumplimiento de la capacidad técnica a por lo menos 2 (dos) técnicos certificados en ITIL o grado superior. Así entonces, con el fin de aclarar dicha inconsistencia, solicitamos amablemente excluir lo relativo a ISO 9001 y PMP, estableciéndose como única certificación requerida 2 (dos) técnicos certificados en ITIL, debido a que dicha certificación se corresponde perfectamente con la naturaleza de los trabajos a realizar. (*) Es aceptable presentar personal técnico certificado ITIL acompañado de una carta compromiso firmada por el profesional indicando que caso de ser adjudicado prestará servicios para el fin especifico de este llamado.” 18-09-2024 24-04-2025
16 Autorización del Fabricante Favor confirmar si al momento de presentar ofertas podrá ser presentada en copia simple de los documentos de Autorización en CUALQUIERA de las figuras, entendiendo que para la firma del Contrato la misma deberá estar legalizada por el Consulado Paraguayo del país de emisión del documento y del Ministerio de Relaciones Exteriores de la República del Paraguay 19-09-2024 24-04-2025
17 PBC EN LA SECCIÓN "Capacidad Técnica" Técnico solicitado EN EL PBC EN LA SECCIÓN "Capacidad Técnica", LA CONVOCANTE INDICA: g. La empresa oferente debe contar con certificación ISO9001:2015 y/o contar en su nómina o con contrato laboral (*) con por lo menos 2 (dos) técnicos certificados en ITIL V4 o superior. SE SOLICITA A LA CONVOCANTE MODIFICAR LA CANTIDAD DE TÉCNICO ITIL SOLICITADOS A 01 (UNO). **JUSTIFICAR** El artículo 3 de la Ley N° 7021/22 de Suministros y Contrataciones Públicas establece que las contrataciones públicas deben realizarse bajo los principios de eficiencia, transparencia y equidad. En este caso, la solicitud de 2 técnicos con certificación ITIL V4 o superior puede resultar excesiva si se considera la naturaleza y la complejidad del servicio a contratar, lo cual puede generar costos adicionales innecesarios sin que esto incremente de forma significativa la calidad del servicio ofrecido. Además, según el artículo 52 de la misma Ley, las especificaciones técnicas deben ser acordes con el tipo de servicio requerido. En muchos casos, contar con un técnico certificado en ITIL puede ser suficiente para asegurar la correcta prestación del servicio, dado que esta persona puede gestionar adecuadamente los procesos de mejora y eficiencia del servicio técnico. Solicitar dos técnicos podría exceder las necesidades reales de la convocante y generar sobrecostos tanto en la contratación como en la oferta del proveedor. Además, el artículo 45 de la Ley N° 7021/22 que dispone: “En los procedimientos de contratación será obligación de las convocantes elaborar las bases y condiciones del llamado con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato con el objeto de que concurra el mayor número de Oferentes”, en concordancia con lo establecido en el artículo 58 del nuevo Decreto Reglamentario N° 2264/2024, el cual dispone: “Las especificaciones técnicas que deban contener las bases de la contratación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes” 20-09-2024 24-04-2025
18 PBC EN LA SECCIÓN "Capacidad Técnica" Antiguedad/Proyecto PBC EN LA SECCIÓN "Capacidad Técnica" LA CONVOCANTE INDICA: "El oferente deberá acreditar que posee antigüedad mínima de 3 años comercializando bienes del mismo tipo, sean de la misma marca ofertada u otras, con la provisión satisfactoria de por los menos (1) un proyecto con provisión de equipos de datacenter en un solo contrato dentro del periodo 2018-2023." HABIENDO UNA DISCREPANCIA EN LOS AÑOS SOLICITADOS Y LA ANTIGÜEDAD. SE SOLICITA A LA CONVOCANTE ACLARAR ESTE PUNTO. 20-09-2024 24-04-2025
19 PBC EN LA SECCIÓN "SUMINISTROS REQUERIDOS - ESPECIFICACIONES TÉCNICAS" PARA EL ITEM 5 EN EL PBC EN LA SECCIÓN "SUMINISTROS REQUERIDOS - ESPECIFICACIONES TÉCNICAS" PARA EL ITEM 5 LA CONVOCANTE INDICA: "Cantidad total de servidores físicos administrados por el cluster: 21.000 Cantidad total de VMs (virtual machines) administradas por el cluster: 420.000" Solicitamos a la convocante la modificación del requisito relacionado a las cantidades de servidores físicos y máquinas virtuales (VMs) administrados por el clúster, considerando un número sobredimensionado en demasía y que podría limitar la participación de soluciones igualmente robustas y probadas en la industria. Además, existen soluciones que proponen una integración de VMs y servidores físicos sin necesidad de controlador externo para el clúster, lo que favorecería a la convocante para no incurrir en sobrecostos. Por ello proponemos ajustar estos valores a cifras más razonables para la infraestructura local existente, y permitir la posibilidad presentar ofertas con diferentes arquitecturas, para evitar la exclusión de soluciones competitivas en el mercado. Se sugiere la siguiente redacción: “Técnicamente desproporcionado, unos valores entre 500 y 1000 ya serian suficientes para esta proyecto, considerando la arquitectura de la implementación que se debe hacer para este proyecto” El fundamento de esta solicitud se puede basar en el artículo 3 de la Ley N° 7021/22, que establece que los procedimientos de contratación deben promover la eficiencia, equidad y transparencia, asegurando que los recursos del Estado sean gestionados de manera responsable. Un requerimiento sobredimensionado como el de 21.000 servidores físicos y 420.000 VMs podría restringir la participación de oferentes que cuentan con soluciones igualmente robustas pero más adecuadas a las necesidades reales del proyecto. El artículo 52 de la misma Ley también establece que las especificaciones técnicas deben ser razonables y proporcionadas, permitiendo la participación de soluciones viables y competitivas en el mercado, sin imponer restricciones innecesarias que podrían generar sobrecostos para la convocante. Al proponer valores más ajustados a la infraestructura local, entre 500 y 1.000, se busca mantener la calidad del servicio requerido, pero optimizando los costos y promoviendo la participación de una mayor cantidad de oferentes. 20-09-2024 24-04-2025
20 PBC EN LA SECCIÓN "SUMINISTROS REQUERIDOS - ESPECIFICACIONES TÉCNICAS" PARA EL ITEM 5 EN EL PBC EN LA SECCIÓN "SUMINISTROS REQUERIDOS - ESPECIFICACIONES TÉCNICAS" PARA EL ITEM 5 LA CONVOCANTE INDICA: "El controlador SDN en su North-bound interface deberá poder interconectarse de manera abierta con plataformas de nube, plataformas de cómputo, plataformas de contenedores, y sistemas de terceros para poder organizar, agendar y orquestar servicios. RESTFul APIs y RESTCONF deberan ser soportados y tener compatibilidad con OpenStack." Solicitamos a la convocante se modifique el requisito de integración con plataformas de nube ya que ciertas soluciones podrían cumplir con los requerimientos de integración en ambientes de nube privados o híbridos, siempre que se permita la personalización de las integraciones a través de APIs. Se sugiere la siguiente redacción "El controlador SDN en su North-bound interface deberá poder interconectarse de manera abierta con plataformas de nube y/o plataformas de cómputo y/o plataformas de contenedores y/o sistemas de terceros para poder organizar, agendar y orquestar servicios. RESTFul APIs y RESTCONF deberan ser soportados y tener compatibilidad con OpenStack." El fundamento de esta solicitud se basa el artículo 45 de la Ley N° 7021/22 que dispone: “En los procedimientos de contratación será obligación de las convocantes elaborar las bases y condiciones del llamado con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato con el objeto de que concurra el mayor número de Oferentes”, en concordancia con lo establecido en el artículo 58 del nuevo Decreto Reglamentario N° 2264/2024, el cual dispone: “Las especificaciones técnicas que deban contener las bases de la contratación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes” 20-09-2024 24-04-2025
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