Consultas realizadas para esta convocatoria
Nro. de Consulta Título Resumen de la Consulta Fecha de Consulta Fecha de Respuesta Acciones
11 ISO 9001 Solicitamos respetuosamente a la convocante aclarar para ITEM 1, 2 y 3. Se requiere Certificación ISO 9001, esta certificación deberá ser para el equipo ofertado o el oferente deberá contar con dicha certificación. En caso que la certificación sea exigencia para el oferente, solicitamos a la convocante que la misma sea considerado OPCIONAL con la finalidad de permitir una mayor participación de oferentes que cuenten con la capacidad técnica de brindar servicios especializados sin que la firma cuente con certificación ISO 9001. 27-06-2024 01-07-2024
12 Para el ITEM 4 y 12 - EE.TT Considerando que no se pueden visualizar a travez del portal las especificaciones tecnicas para los items 4 y 12, se solicita que los mismos sean insertados en el pliego de bases y condiciones para poder ser analizados correctamente. Así tambien, considerando estos inconvenientes se solicita una prorroga para el periodo de consultas respectivos luego de subsanado el problema de visualizacion a fin de que los potenciales oferentes tengan un plazo acorde para realizar el analisis de las caracteristicas. 27-06-2024 01-07-2024
13 */ Plazo de Entrega En el Pliego de Bases y Condiciones, en la sección de SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, apartado Plan de entrega de los bienes, para todos los ítems se solicita. 30 días hábiles contados a partir del día siguiente de la recepción de la Orden de compra por parte del proveedor Adjudicado Al respecto, y en vista a que los equipos solicitados corresponden a características de equipos que son fabricados en el exterior a falta de fabricantes tecnológicos en el país, y considerando los tiempos de fabricación e importación necesarios para que los equipos licitados arriben a Paraguay se solicita la ampliación del plazo de entrega de los bienes a un mínimo de 60 (sesenta) días hábiles contados desde el día siguiente de la recepción de la orden de compra respectiva. Lo solicitado contribuirá a garantizar que la convocante reciba en tiempo y forma los productos que necesita y será más apropiado a los efectos de estimular la competencia, ya que no se estará direccionando la convocatoria a una empresa o empresas específicas con existencia en su inventario actual de estos bienes pero tengan precios tal vez muy superiores a los que se puedan ofrecer en una sana, amplia e imparcial competencia, todo ello en observancia de la economía y la eficiencia que se busca en el uso de los recursos del Estado, permitiendo un mayor rango de tiempo para la entrega de los equipos, considerando que este factor establecido originalmente en el PBC limitaría una mayor participación de oferentes y la subsecuente variedad en propuestas. Lo solicitado encuentra sustento legal en virtud de lo establecido en el artículo Art. 45 de la Ley N° 7021/22 que dispone: “En los procedimientos de contratación será obligación de las convocantes elaborar las bases y condiciones del llamado con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato con el objeto de que concurra el mayor número de Oferentes…”, además también por lo dispuesto en el art. 40 del Decreto Reglamentario N° 9823/23 el cual regula lo siguiente: “Las especificaciones técnicas que deban contener las bases de la contratación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza especifica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes.” 01-07-2024 04-07-2024
14 /* Especificaciones técnicas - CPS En el Pliego de Bases y Condiciones, en la sección de Suministros Requeridos y Especificaciones técnicas, Ítem 1 -Switch de 48 puertos 100/1000mbps - SWITCH POE - 48 PUERTOS, se solicita: “Memoria”. Debe contar con la memoria RAM y memoria Flash necesaria para el funcionamiento óptimo del sistema. Procesador de 700 MHz. Memoria de 512MB y 256 MB de flash. Al respecto, se solicita a la Convocante sean aceptados memoria Flash de 16MB para almacenar firmware, teniendo en cuenta que, por las configuraciones del dispositivo del equipo, estas funcionalidades no requieren mayor tamaño de memoria flash ya que solo aplican después de un reinicio o apagado del equipo. Esto no afectaría el rendimiento del equipo y cumpliría de igual manera las especificaciones técnicas solicitadas por la convocante, sin alterar o disminuir las prestaciones del mismo en cuanto a su funcionalidad y calidad, y además permitirá una mayor concurrencia de oferentes quienes tendrán la oportunidad de presentar ofertas variadas y competitivas en virtud de la amplitud del llamado lo que posibilita a la convocante acceder a una variedad de ofertas dentro de la generalidad de productos disponibles para este segmento. Lo solicitado encuentra sustento legal en virtud en lo establecido en el artículo Art. 45 de la Ley N° 7021/22 que dispone: “En los procedimientos de contratación será obligación de las convocantes elaborar las bases y condiciones del llamado con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato con el objeto de que concurra el mayor número de Oferentes…”. En concordancia con lo dispuesto en el art. 40 del Decreto Reglamentario N° 9823/23 el cual dispone lo siguiente: “Las especificaciones técnicas que deban contener las bases de la contratación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza especifica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes.” 02-07-2024 04-07-2024
15 /* Especificaciones técnicas - CPS En el Pliego de Bases y Condiciones, en la sección de Suministros Requeridos y Especificaciones técnicas, Ítem 2 - Switch 10/1000 Mb 24 puertos - SWITCH POE - 24 PUERTOS, se solicita: “Memoria”. Debe contar con la memoria RAM y memoria Flash necesaria para el funcionamiento óptimo del sistema. Procesador de 700 MHz. Memoria de 512MB y 256 MB de flash. Al respecto, se solicita a la Convocante sean aceptados memoria Flash de 128MB para almacenar firmware, teniendo en cuenta que, por las configuraciones del dispositivo del equipo, estas funcionalidades no requieren mayor tamaño de memoria flash ya que solo aplican después de un reinicio o apagado del equipo. Esto no afectaría el rendimiento del equipo y cumpliría de igual manera las especificaciones técnicas solicitadas por la convocante, sin alterar o disminuir las prestaciones del mismo en cuanto a su funcionalidad y calidad, y además permitirá una mayor concurrencia de oferentes quienes tendrán la oportunidad de presentar ofertas variadas y competitivas en virtud de la amplitud del llamado lo que posibilita a la convocante acceder a una variedad de ofertas dentro de la generalidad de productos disponibles para este segmento. Lo solicitado encuentra sustento legal en virtud en lo establecido en el artículo Art. 45 de la Ley N° 7021/22 que dispone: “En los procedimientos de contratación será obligación de las convocantes elaborar las bases y condiciones del llamado con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato con el objeto de que concurra el mayor número de Oferentes…”. En concordancia con lo dispuesto en el art. 40 del Decreto Reglamentario N° 9823/23 el cual dispone lo siguiente: “Las especificaciones técnicas que deban contener las bases de la contratación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza especifica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes.” 02-07-2024 04-07-2024
16 /* Plazo de entrega de los bienes o servicios: En el Pliego de Bases y Condiciones, en la sección de Suministros Requeridos y Especificaciones técnicas, se solicita: Plan de entrega de los bienes Ítem 1: “Fecha(s) final(es) de entrega de los bienes 30 días hábiles contados a partir del día siguiente de la recepción de la Orden de compra por parte del proveedor Adjudicado”. Al respecto, y en vista a que los bienes solicitados corresponden a características específicas definidas especialmente para este proceso licitatorio, además que los mismos son fabricados en el exterior a falta de fabricantes tecnológicos en el país, y considerando los tiempos de fabricación e importación necesarios para que los bienes licitados arriben a Paraguay, se solicita a la convocante establecer el plazo de entrega de los equipos a un mínimo de 90 días corridos siguiente a la recepción de la orden de compra emitida por la Contratante, a fin de garantizar el suministro de bienes idóneos y de alta calidad para la satisfacción de las necesidades institucionales principalmente las que garantizan la buena marcha de las tareas operativas vinculadas al uso de dichos bienes. Lo solicitado contribuirá a garantizar que la convocante reciba en tiempo y forma los productos que necesita y será más apropiado a los efectos de estimular la competencia, en observancia de la economía y la eficiencia en el uso de los recursos del estado, teniendo en cuenta que este factor establecido originalmente en el PBC limitaría la mayor participación de oferentes y la subsecuente variedad en propuestas. Lo solicitado encuentra sustento legal en virtud en lo establecido en el artículo Art. 45 de la Ley N° 7021/22 que dispone: “En los procedimientos de contratación será obligación de las convocantes elaborar las bases y condiciones del llamado con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato con el objeto de que concurra el mayor número de Oferentes…”. En concordancia con lo dispuesto en el art. 40 del Decreto Reglamentario N° 9823/23 el cual dispone lo siguiente: “Las especificaciones técnicas que deban contener las bases de la contratación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza especifica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes.” 02-07-2024 04-07-2024
17 /* Plazo de entrega de los bienes o servicios: En el Pliego de Bases y Condiciones, en la sección de Suministros Requeridos y Especificaciones técnicas, se solicita: Plan de entrega de los bienes Ítem 2: “Fecha(s) final(es) de entrega de los bienes 30 días hábiles contados a partir del día siguiente de la recepción de la Orden de compra por parte del proveedor Adjudicado”. Al respecto, y en vista a que los bienes solicitados corresponden a características específicas definidas especialmente para este proceso licitatorio, además que los mismos son fabricados en el exterior a falta de fabricantes tecnológicos en el país, y considerando los tiempos de fabricación e importación necesarios para que los bienes licitados arriben a Paraguay, se solicita a la convocante establecer el plazo de entrega de los equipos a un mínimo de 90 días corridos siguiente a la recepción de la orden de compra emitida por la Contratante, a fin de garantizar el suministro de bienes idóneos y de alta calidad para la satisfacción de las necesidades institucionales principalmente las que garantizan la buena marcha de las tareas operativas vinculadas al uso de dichos bienes. Lo solicitado contribuirá a garantizar que la convocante reciba en tiempo y forma los productos que necesita y será más apropiado a los efectos de estimular la competencia, en observancia de la economía y la eficiencia en el uso de los recursos del estado, teniendo en cuenta que este factor establecido originalmente en el PBC limitaría la mayor participación de oferentes y la subsecuente variedad en propuestas. Lo solicitado encuentra sustento legal en virtud en lo establecido en el artículo Art. 45 de la Ley N° 7021/22 que dispone: “En los procedimientos de contratación será obligación de las convocantes elaborar las bases y condiciones del llamado con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato con el objeto de que concurra el mayor número de Oferentes…”. En concordancia con lo dispuesto en el art. 40 del Decreto Reglamentario N° 9823/23 el cual dispone lo siguiente: “Las especificaciones técnicas que deban contener las bases de la contratación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza especifica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes.” 02-07-2024 04-07-2024
18 Plazo de entrega de los bienes o servicios: Ítem 3: “Fecha(s) final(es) de entrega de los bienes 30 días hábiles contados a partir del día siguiente de la recepción de la Orden de compra por parte del proveedor Adjudicado”. Al respecto, y en vista a que los bienes solicitados corresponden a características específicas definidas especialmente para este proceso licitatorio, además que los mismos son fabricados en el exterior a falta de fabricantes tecnológicos en el país, y considerando los tiempos de fabricación e importación necesarios para que los bienes licitados arriben a Paraguay, se solicita a la convocante establecer el plazo de entrega de los equipos a un mínimo de 90 días corridos siguiente a la recepción de la orden de compra emitida por la Contratante, a fin de garantizar el suministro de bienes idóneos y de alta calidad para la satisfacción de las necesidades institucionales principalmente las que garantizan la buena marcha de las tareas operativas vinculadas al uso de dichos bienes. Lo solicitado contribuirá a garantizar que la convocante reciba en tiempo y forma los productos que necesita y será más apropiado a los efectos de estimular la competencia, en observancia de la economía y la eficiencia en el uso de los recursos del estado, teniendo en cuenta que este factor establecido originalmente en el PBC limitaría la mayor participación de oferentes y la subsecuente variedad en propuestas. Lo solicitado encuentra sustento legal en virtud en lo establecido en el artículo Art. 45 de la Ley N° 7021/22 que dispone: “En los procedimientos de contratación será obligación de las convocantes elaborar las bases y condiciones del llamado con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato con el objeto de que concurra el mayor número de Oferentes…”. En concordancia con lo dispuesto en el art. 40 del Decreto Reglamentario N° 9823/23 el cual dispone lo siguiente: “Las especificaciones técnicas que deban contener las bases de la contratación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza especifica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes.” 02-07-2024 04-07-2024
19 Especificaciones técnicas - CPS En el Pliego de Bases y Condiciones, en la sección de Suministros Requeridos y Especificaciones técnicas, Ítem 1 -Switch de 48 puertos 100/1000mbps - SWITCH POE - 48 PUERTOS, se solicita: “Puertos”. Puerto de consola DB9 TX/RX 115Kbps Al respecto, se solicita a la Convocante sean aceptados puertos de consola RJ45 para la administración del Switch, teniendo en cuenta que los equipos con puertos DB9 TX/RX 115Kbps actualmente ya no se comercializan en el mercado, ya que hoy en día los Switch actuales cuentan con puerto de consola RJ45 para administración del equipo. Lo solicitado no afectaría el rendimiento del equipo y cumpliría de igual manera las especificaciones técnicas solicitadas por la convocante, sin alterar o disminuir las prestaciones del mismo en cuanto a su funcionalidad y calidad, y además permitirá una mayor concurrencia de oferentes quienes tendrán la oportunidad de presentar ofertas variadas y competitivas en virtud de la amplitud del llamado lo que posibilita a la convocante acceder a una variedad de ofertas dentro de la generalidad de productos disponibles para este segmento. Lo solicitado encuentra sustento legal en virtud en lo establecido en el artículo Art. 45 de la Ley N° 7021/22 que dispone: “En los procedimientos de contratación será obligación de las convocantes elaborar las bases y condiciones del llamado con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato con el objeto de que concurra el mayor número de Oferentes y deberán ser suficientemente claras, objetivas e imparciales para evitar favorecer a algún participante”. “Asimismo, no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por la presente ley para la participación, contratación o adjudicación, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables en los pliegos de bases y condiciones si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…” En concordancia con lo dispuesto en el art. 40 del Decreto Reglamentario N° 9823/23 el cual dispone lo siguiente: “Las especificaciones técnicas que deban contener las bases de la contratación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza especifica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes.” 02-07-2024 04-07-2024
20 Especificaciones técnicas - CPS En el Pliego de Bases y Condiciones, en la sección de Suministros Requeridos y Especificaciones técnicas, Ítem 2 - Switch 10/1000 Mb 24 puertos - SWITCH POE - 24 PUERTOS, se solicita: “Puertos”. Puerto de consola DB9 TX/RX 115Kbps Al respecto, se solicita a la Convocante sean aceptados puertos de consola RJ45 para la administración del Switch, teniendo en cuenta que los equipos con puertos DB9 TX/RX 115Kbps actualmente ya no se comercializan en el mercado, ya que hoy en día los Switch actuales cuentan con puerto de consola RJ45 para administración del equipo. Lo solicitado no afectaría el rendimiento del equipo y cumpliría de igual manera las especificaciones técnicas solicitadas por la convocante, sin alterar o disminuir las prestaciones del mismo en cuanto a su funcionalidad y calidad, y además permitirá una mayor concurrencia de oferentes quienes tendrán la oportunidad de presentar ofertas variadas y competitivas en virtud de la amplitud del llamado lo que posibilita a la convocante acceder a una variedad de ofertas dentro de la generalidad de productos disponibles para este segmento. Lo solicitado encuentra sustento legal en virtud en lo establecido en el artículo Art. 45 de la Ley N° 7021/22 que dispone: “En los procedimientos de contratación será obligación de las convocantes elaborar las bases y condiciones del llamado con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato con el objeto de que concurra el mayor número de Oferentes y deberán ser suficientemente claras, objetivas e imparciales para evitar favorecer a algún participante”. “Asimismo, no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por la presente ley para la participación, contratación o adjudicación, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables en los pliegos de bases y condiciones si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…” En concordancia con lo dispuesto en el art. 40 del Decreto Reglamentario N° 9823/23 el cual dispone lo siguiente: “Las especificaciones técnicas que deban contener las bases de la contratación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza especifica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes.” 02-07-2024 04-07-2024
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