Secciones
Versión 1
Versión 2
Diferencias entre las versiones 1 y 2
Formas y condiciones de pago
El adjudicado para solicitar el pago de las obligaciones deberá presentar la solicitud acompañada de los siguientes documentos:
1. Documentos Genéricos:
- Nota de remisión u orden de prestación de servicios según el objeto de la contratación;
- La factura de pago, con timbrado vigente, la cual deberán expresar claramente por separado el Impuesto al Valor Agregado (IVA) de conformidad con las disposiciones tributarias aplicables. En ningún caso el valor total facturado podrá exceder el valor adjudicado o las adendas aprobadas;
- REPSE (registro de prestadores de servicios) todos los que son prestadores de servicios;
- Certificado de Cumplimiento Tributario;
- Constancia de Cumplimiento con la Seguridad Social;
- Formulario de Identificación de Servicios Personales (FIS).
Otras formas y condiciones de pago al proveedor en virtud del contrato serán las siguientes:
El proveedor se compromete a prestar los servicios a la contratante y a subsanar los defectos de éstos de conformidad a
las disposiciones del contrato. La contratante se compromete a pagar al proveedor como contrapartida de la prestación de
los servicios y la subsanación de sus defectos, el precio del contrato o las sumas que resulten pagaderas de conformidad
con lo dispuesto en las bases y condiciones. El pago se realizará a crédito y en guaraníes, de conformidad a los fondos
disponibles, con posterioridad a la entrega total de los servicios adjudicados y a la presentación de la factura
correspondiente. El plazo de pago será dentro de los 60 (sesenta) días calendario contados a partir de la fecha de
facturación. Este plazo será suspendido automáticamente cuando los servicios no se ajusten a lo estipulado las
Especificaciones Técnicas del Pliego de Bases y Condiciones, y requiera por lo tanto de la adecuación correspondiente por
parte del adjudicado. Así mismo, se suspenderá el plazo antedicho, cuando la documentación de respaldo (factura, nota
de remisión, etc.) no se ajuste a lo estipulado en el Contrato, contenga errores imputables al oferente o no se ajusten a las
disposiciones tributarias vigentes. El pago se realizará en la Cuenta Bancaria del Proveedor o a través de cheques a la
orden del Proveedor.
2. La Contratante efectuará los pagos, dentro del plazo establecido en este apartado, sin exceder sesenta (60) días después de la presentación de una factura por el proveedor, y después de que la contratante la haya aceptado. Dicha aceptación o rechazo, deberá darse a más tardar en quince (15) días posteriores a su presentación.
3. De conformidad a las disposiciones del Decreto N° 7781/2006, del 30 de Junio de 2006 y modificatoria, en las contrataciones con Organismos de la Administración Central, el proveedor deberá habilitar su respectiva cuenta corriente o caja de ahorro en un Banco de plaza y comunicar a la Contratante para que ésta gestione ante la Dirección General del Tesoro Público, la habilitación en el Sistema de Tesorería (SITE).
Formas y condiciones de pago
El adjudicado para solicitar el pago de las obligaciones deberá presentar la solicitud acompañada de los siguientes documentos:
1. Documentos Genéricos:
- Nota de remisión u orden de prestación de servicios según el objeto de la contratación;
- La factura de pago, con timbrado vigente, la cual deberán expresar claramente por separado el Impuesto al Valor Agregado (IVA) de conformidad con las disposiciones tributarias aplicables. En ningún caso el valor total facturado podrá exceder el valor adjudicado o las adendas aprobadas;
- REPSE (registro de prestadores de servicios) todos los que son prestadores de servicios;
- Certificado de Cumplimiento Tributario;
- Constancia de Cumplimiento con la Seguridad Social;
- Formulario de Identificación de Servicios Personales (FIS).
Otras formas y condiciones de pago al proveedor en virtud del contrato serán las siguientes:
El proveedor se compromete a prestar los servicios a la contratante y a subsanar los defectos de éstos de conformidad a las disposiciones del contrato. La contratante se compromete a pagar al proveedor como contrapartida de la prestación de los servicios y la subsanación de sus defectos, el precio del contrato o las sumas que resulten pagaderas de conformidad con lo dispuesto en las bases y condiciones. El pago se realizará a crédito y en guaraníes, de conformidad a los fondos disponibles, con posterioridad a la entrega total de los servicios adjudicados y a la presentación de la factura correspondiente. El plazo de pago será dentro de los 60 (sesenta) días calendario contados a partir de la fecha de facturación. Este plazo será suspendido automáticamente cuando los servicios no se ajusten a lo estipulado las Especificaciones Técnicas del Pliego de Bases y Condiciones, y requiera por lo tanto de la adecuación correspondiente por parte del adjudicado. Así mismo, se suspenderá el plazo antedicho, cuando la documentación de respaldo (factura, nota de remisión, etc.) no se ajuste a lo estipulado en el Contrato, contenga errores imputables al oferente o no se ajusten a las disposiciones tributarias vigentes. El pago se realizará en la Cuenta Bancaria del Proveedor o a través de cheques a la orden del Proveedor.
Conforme reglamentación vigente, la tasa fijada en el artículo 63 de la Ley Nº 7021/22 DE SUMONISTRO Y CONTRATACIONES PUBLICAS del 0,4% (cero coma cuatro por ciento), para la contribución de la implementación de las Contrataciones Públicas (SICP), se fijará en 0,5% (cero coma cinco por ciento). La recaudación correspondiente a la diferencia 0,1% (cero coma uno por ciento), se destinará al financiamiento del presupuesto del Ministerio de la Defensa Pública y del Ministerio de Justicia. Los montos resultantes del 0,1 (cero coma uno por ciento), que sean retenidos por las contratantes en el concepto señalado en el párrafo anterior, deberán ser depositados en la cuenta habilitada a tal efecto a nombre del Ministerio de la Defensa Pública y del Ministerio de Justicia, en el Banco Central del Paraguay (BCP), dentro del plazo de tres días hábiles de efectuada la retención, para los Organismos y Entidades de la Administración Central y Descentralizada, y en el plazo de treinta días calendario para los municipios, de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 1535/1999 DE ADMINISTRACIÓN FINANCIERA DEL ESTADO
2. La Contratante efectuará los pagos, dentro del plazo establecido en este apartado, sin exceder sesenta (60) días después de la presentación de una factura por el proveedor, y después de que la contratante la haya aceptado. Dicha aceptación o rechazo, deberá darse a más tardar en quince (15) días posteriores a su presentación.
3. De conformidad a las disposiciones del Decreto N° 7781/2006, del 30 de Junio de 2006 y modificatoria, en las contrataciones con Organismos de la Administración Central, el proveedor deberá habilitar su respectiva cuenta corriente o caja de ahorro en un Banco de plaza y comunicar a la Contratante para que ésta gestione ante la Dirección General del Tesoro Público, la habilitación en el Sistema de Tesorería (SITE).
Formas y condiciones de pago
El adjudicado para solicitar el pago de las obligaciones deberá presentar la solicitud acompañada de los siguientes documentos:
1. Documentos Genéricos:
- Nota de remisión u orden de prestación de servicios según el objeto de la contratación;
- La factura de pago, con timbrado vigente, la cual deberán expresar claramente por separado el Impuesto al Valor Agregado (IVA) de conformidad con las disposiciones tributarias aplicables. En ningún caso el valor total facturado podrá exceder el valor adjudicado o las adendas aprobadas;
- REPSE (registro de prestadores de servicios) todos los que son prestadores de servicios;
- Certificado de Cumplimiento Tributario;
- Constancia de Cumplimiento con la Seguridad Social;
- Formulario de Identificación de Servicios Personales (FIS).
Otras formas y condiciones de pago al proveedor en virtud del contrato serán las siguientes:
El proveedor se compromete a prestar los servicios a la contratante y a subsanar los defectos de éstos de conformidad a
las disposiciones del contrato. La contratante se compromete a pagar al proveedor como contrapartida de la prestación de
los servicios y la subsanación de sus defectos, el precio del contrato o las sumas que resulten pagaderas de conformidad
con lo dispuesto en las bases y condiciones. El pago se realizará a crédito y en guaraníes, de conformidad a los fondos
disponibles, con posterioridad a la entrega total de los servicios adjudicados y a la presentación de la factura
correspondiente. El plazo de pago será dentro de los 60 (sesenta) días calendario contados a partir de la fecha de
facturación. Este plazo será suspendido automáticamente cuando los servicios no se ajusten a lo estipulado las
Especificaciones Técnicas del Pliego de Bases y Condiciones, y requiera por lo tanto de la adecuación correspondiente por
parte del adjudicado. Así mismo, se suspenderá el plazo antedicho, cuando la documentación de respaldo (factura, nota
de remisión, etc.) no se ajuste a lo estipulado en el Contrato, contenga errores imputables al oferente o no se ajusten a las
disposiciones tributarias vigentes. El pago se realizará en la Cuenta Bancaria del Proveedor o a través de cheques a la
orden del Proveedor.
Conforme reglamentación vigente, la tasa fijada en el artículo 63 de la Ley Nº 7021/22 DE SUMONISTRO Y CONTRATACIONES PUBLICAS del 0,4% (cero coma cuatro por ciento), para la contribución de la implementación de las Contrataciones Públicas (SICP), se fijará en 0,5% (cero coma cinco por ciento). La recaudación correspondiente a la diferencia 0,1% (cero coma uno por ciento), se destinará al financiamiento del presupuesto del Ministerio de la Defensa Pública y del Ministerio de Justicia. Los montos resultantes del 0,1 (cero coma uno por ciento), que sean retenidos por las contratantes en el concepto señalado en el párrafo anterior, deberán ser depositados en la cuenta habilitada a tal efecto a nombre del Ministerio de la Defensa Pública y del Ministerio de Justicia, en el Banco Central del Paraguay (BCP), dentro del plazo de tres días hábiles de efectuada la retención, para los Organismos y Entidades de la Administración Central y Descentralizada, y en el plazo de treinta días calendario para los municipios, de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 1535/1999 DE ADMINISTRACIÓN FINANCIERA DEL ESTADO
2. La Contratante efectuará los pagos, dentro del plazo establecido en este apartado, sin exceder sesenta (60) días después de la presentación de una factura por el proveedor, y después de que la contratante la haya aceptado. Dicha aceptación o rechazo, deberá darse a más tardar en quince (15) días posteriores a su presentación.
3. De conformidad a las disposiciones del Decreto N° 7781/2006, del 30 de Junio de 2006 y modificatoria, en las contrataciones con Organismos de la Administración Central, el proveedor deberá habilitar su respectiva cuenta corriente o caja de ahorro en un Banco de plaza y comunicar a la Contratante para que ésta gestione ante la Dirección General del Tesoro Público, la habilitación en el Sistema de Tesorería (SITE).