La Descripción del bien, servicio u obra a ser adquirido será conforme se establece en las bases:
El criterio de evaluación ha ser utilizado en el presente procedimiento de contratación será:
REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN
Podrán participar de este procedimiento, las personas físicas, jurídicas y/o Consorcio, constituidos o con acuerdo de intención, inscriptos en el Registro de Proveedores del Estado. Los oferentes domiciliados en la República del Paraguay, que pretendan participar en un procedimiento de contratación, no deberán estar comprendidos en las prohibiciones o limitaciones para presentar propuestas y contratar con el Estado, establecidas en la Ley N° 7021/22 "DE SUMINISTROS Y CONTRATACIONES PUBLICAS". |
Esta sección contiene los criterios que la convocante utilizará para evaluar la oferta y determinar si un oferente cuenta con las calificaciones requeridas. Ningún otro factor, método o criterio será utilizado.
Condición de Participación
En los casos de procedimientos de contratación de carácter nacional podrán participar las sucursales de las matrices internacionales constituidas en la República del Paraguay. Solo serán admitidas como criterios de adjudicación las capacidades, experiencia y aptitudes de la sucursal recabadas desde su constitución, sin admitirse la utilización de las cualidades de la casa matriz u otras filiales o sucursales. |
Sucursales
Requisitos de Calificación
Calificación Legal. Los oferentes deberán declarar que no se encuentran comprendidos en las limitaciones o prohibiciones para contratar con el Estado, según lo establecido en el artículo 21 de la Ley Nº 7021/22 en concordancia con el Artículo 19 de su Decreto Reglamentario. Esta declaración forma parte del formulario de oferta en los casos que el procedimiento de contratación sea convencional y formulario de Oferta electrónica en el caso que se utilice el módulo de oferta electrónica.
Serán desechadas las ofertas de los oferentes que se encuentren comprendidos en las prohibiciones o limitaciones para presentar propuesta y contratar con el Estado, a la hora y fecha límite de presentación de ofertas o a la fecha de firma del contrato.
A los efectos de la verificación de la existencia de prohibiciones o limitaciones contenidas en el artículo 21 de la Ley Nº 7021/22, el comité de evaluación realizará el siguiente análisis:
Método de Evaluación
Basada únicamente en precio
Evaluación basada en multiplicidad de criterios
No Aplica.
Se deben establecer los criterios de evaluación que serán aplicados al principio de valor por dinero, indicando por cada criterio la siguiente información:
Criterio |
Parámetros de evaluación |
Requisitos de acreditación |
Valor por atributo |
Tipo de valor |
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Criterio |
Parámetros de evaluación |
Requisitos de acreditación |
Valor por atributo |
Tipo de valor |
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Ponderación de criterios de evaluación - Multiplicidad de criterios
No aplica
La ponderación de cada criterio de evaluación especificado en la cláusula anterior será el siguiente:
Criterio |
Porcentaje de ponderación |
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Criterio |
Porcentaje de ponderación |
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La evaluación de ofertas con el criterio basado únicamente en precio, luego de haber realizado la corrección de errores aritméticos y de ordenar las ofertas presentadas de menor a mayor, el Comité de Evaluación procederá a solicitar a los oferentes una explicación detallada de la composición del precio ofertado de cada ítem, rubro o partida adjudicable, conforme al siguiente parámetro: 1. En obras públicas: cuando la diferencia entre el precio ofertado y el precio referencial sea superior al 20% para ofertas por debajo del precio referencial y 10% para ofertas que se encuentren por encima del referencial establecido por la convocante y difundido con el llamado a contratación. Si el oferente no respondiese la solicitud, o la respuesta no sea suficiente para justificar el precio ofertado del bien o servicio, el precio será declarado inaceptable y la oferta rechazada. El análisis de los precios, con esta metodología, será aplicado a cada ítem, rubro o partida que componga la oferta y en cada caso deberá ser debidamente fundada la decisión adoptada por la Convocante en el ejercicio de su facultad discrecional. Para la evaluación de ofertas basada en la multiplicidad de criterios, en cuanto al análisis del precio se podrá considerar el parámetro |
Análisis de precios ofertados.
Composición de Precios
La estructura mínima del desglose de composición de los precios, será:
El oferente podrá presentar junto con su oferta el desglose de composición de precios, cuando su oferta se encuentre fuera de los parámetros establecidos en la cláusula anterior. |
Margen de preferencia en procedimientos de contratación de carácter internacional
En los procedimientos de contratación de carácter internacional, las convocantes otorgarán el beneficio de margen de preferencia del 10% (diez por ciento), a las ofertas que incorporen:
Para el otorgamiento del beneficio, los Oferentes deberán acreditar como mínimo el porcentaje de contenido nacional establecido en la reglamentación vigente en la materia. |
Requisitos documentales para evaluación de las condiciones de participación.
[El formulario de oferta y lista de precios, generados electrónicamente a través del SICP, deben ser completados y firmados por el oferente.
En caso de que se emplee el módulo de oferta electrónica se considerará que el listado de ítems forma parte del formulario de oferta electrónica, y deberá sujetarse en todo lo demás a la reglamentación vigente.]
La garantía de mantenimiento de oferta debe ser extendida, bajo la forma establecida en el SICP.
8.1. Personas Físicas.
8.2. Personas Jurídicas.
8.3. Oferentes en Consorcio.
En caso de que los procedimientos no sean por el módulo de oferta electrónica, el oferente deberá presentar el Formulario de Oferta y la Planilla de precio, para los casos en que se utilice el Módulo de Oferta Electrónica los datos se deberán cargar en el Formulario de oferta electrónica de conformidad a la normativa vigente.
Los documentos indicados con asterisco (*) son considerados documentos sustanciales a ser presentados con la oferta de conformidad al Decreto Reglamentario.
Los documentos indicados con doble asterisco (**) deberán estar vigentes a la fecha y hora tope de presentación de ofertas.
Capacidad Financiera
Con el objetivo de calificar la situación financiera del oferente, se considerarán los siguientes índices:
Los requisitos exigidos para capacidad financiera tienen por objeto limitar riesgos a la contratante por situaciones de iliquidez de la empresa y percibir la solidez financiera de este. Esa capacidad financiera garantiza operatividad del contratista por un periodo de tiempo sin depender de los pagos de la contratante. Igualmente deben garantizar la ejecución del contrato para el cual se está presentando; los contratos ya adjudicados pendientes de ejecución y los que posee en ejecución. Todos estos elementos deben sopesar en la determinación de la contratante al momento de establecer los requisitos de capacidad financiera, de modo a evitar una excesiva restricción en la participación de los oferentes o la riesgosa flexibilización de los criterios de evaluación. Este texto debe eliminarse en el pliego definitivo
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Requisitos Mínimos |
Requisitos de Cumplimiento |
Documentación requerida |
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Oferente Individual |
Consorcios |
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Todas las Partes Combinadas |
Cada Socio |
Socio Líder |
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Debe cumplir con el requisito.
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Debe cumplir con el requisito |
Debe cumplir con el requisito.
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Debe cumplir por lo menos con el 40% del requisito mínimo |
Completar el formulario "Situación Financiera" y presentar los documentos que se indiquen en el pliego de bases y condiciones. |
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Debe cumplir con el requisito.
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Debe cumplir con el requisito |
Debe cumplir con el requisito.
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Debe cumplir por lo menos con el 40% del requisito mínimo |
Completar el formulario "Situación Financiera" y presentar los documentos que se indiquen en el pliego de bases y condiciones. |
Las deducciones al flujo de fondos exigidos por compromisos derivados de otros contratos solo se harán cuando dichos contratos se encuentren en ejecución. Este mínimo de activos líquidos que constituirá el capital operativo, debe ser el resultado de la diferencia entre el Activo Corriente menos el Pasivo Corriente. Puede ser complementado con líneas de crédito otorgadas por entidades financieras. |
Debe cumplir con el requisito.
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Debe cumplir con el requisito
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Debe cumplir por lo menos con el 25%] del requisito mínimo |
Debe cumplir por lo menos con el[40%] del requisito mínimo |
Completar el formulario "Situación Financiera", y presentar los documentos probatorios que se indiquen en el pliego de bases y condiciones.
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Requisitos documentales para la evaluación de la capacidad financiera
Para evaluar el presente criterio, el oferente deberá presentar las siguientes documentaciones:
Experiencia general en obras
Requisitos Mínimos |
Requisitos de Cumplimiento |
Documentación requerida |
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Oferente Individual |
Consorcios |
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Todas las Partes Combinadas |
Cada Socio |
Socio Líder |
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Debe cumplir con el requisito.
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Debe cumplir con el requisito.
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Debe cumplir por lo menos con el 25% de los requisitos mínimos requeridos. |
Debe cumplir por lo menos con el 40% de los requisitos mínimos requeridos. |
Completar los Formularios: Experiencia general en construcción y Facturación anual media en construcción.
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Experiencia específica en obras
Requisitos Mínimos |
Requisitos de Cumplimiento |
Documentación requerida |
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Oferente Individual |
Consorcios |
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Todas las Partes Combinadas |
Cada Socio |
Socio Líder |
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Debe cumplir con el requisito.
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Debe cumplir con el requisito.
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Debe cumplir por lo menos con el25%]de los requisitos mínimos requeridos. |
Debe cumplir por lo menos con el 40%] de los requisitos mínimos requeridos. |
Completar el formulario de "Experiencia específica en Construcción" |
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Debe cumplir con el requisito.
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Debe cumplir con el requisito.
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Debe cumplir por lo menos con el [25%] de los requisitos mínimos requeridos. |
Debe cumplir por lo menos con el [40%] de los requisitos mínimos requeridos. |
Completar los formularios: "Experiencia General en Construcción" y "Situación Financiera" |
Justificación de la experiencia específica solicitada
La experiencia solicitada tiene como base la envergadura de la obra y el alto impacto institucional de la misma.
Los siguientes documentos serán los considerados para la evaluación de los presentes criterios:
Requisitos documentales para evaluar los presentes criterios de experiencia general y especifica en obras
Los siguientes documentos serán los considerados para la evaluación de los presentes criterios:
Capacidad en materia de personal
Con el objetivo de calificar la capacidad en materia de personal del oferente, se considerarán los siguientes índices:
Requisitos mínimos |
Requisitos de cumplimiento |
Documentación requerida |
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Oferente individual |
Consorcios |
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Todas las partes combinadas |
Cada socio |
Socio líder |
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Demostrar que cuenta con personal debidamente calificado para desempeñar los siguientes cargos clave: - Como mínimo 2 (dos) Constructores de obra, con una experiencia mínima de dos años en el rubro de construcciones que deberán permanecer en la obra durante el periodo de ejecucion de la misma. - Como mínimo 2 (dos) Ayudante o auxiliares de construcción con una experiencia mínima de un año en el rubro de construcciones que deberán permanecer en la obra durante el periodo de ejecucion de la misma Como mínimo deberá contar con un Jefe o Superintendente de Obras con [dos años]de experiencia en obras de naturaleza y complejidad similares. |
Debe cumplir con el requisito |
Debe cumplir con el requisito |
Debe cumplir por lo menos con el [25%] de los requisitos mínimos requeridos. |
Debe cumplir por lo menos con el [40%] de los requisitos mínimos requeridos. |
Completar el formulario: "Lista del personal propuesto para la obra" |
Requisitos documentales para evaluar la capacidad en materia de personal
1. Currículum en el que se mencione la calificación y experiencia del personal clave, técnico y de administración, propuesto para desempeñarse en el lugar de ejecución de las obras a los fines del contrato.
2. Referencias de empresas que confirmen un desempeño satisfactorio.
Capacidad en materia de equipos
Con el objetivo de calificar la capacidad en materia de equipos del oferente, se considerarán los siguientes índices:
Requisitos Mínimos |
Requisitos de Cumplimiento |
Documentación requerida |
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Oferente Individual |
Consorcios |
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Todas las Partes Combinadas |
Cada Socio |
Socio Líder |
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Debe cumplir con el requisito.
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Deben cumplir con el requisito.
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Debe cumplir por lo menos con el [25%] de los requisitos mínimos requeridos |
Debe cumplir por lo menos con el [40%] de los requisitos mínimos requeridos. |
Completar los formularios: "Lista de Equipos" y "Cronograma de Utilización de Equipos" |
Requisitos documentales para evaluar capacidad en materia de equipos
Otros criterios que la convocante requiera
Otros criterios para la evaluación de las ofertas a ser considerados en esta contratación serán: en este punto no se solicita ningún otro criterio adicional a ser considerado para la evaluación aparte de los ya previsto inicialmente, los demás puntos de este inciso permanecen vigentes.
Con el objeto de realizar la revisión, evaluación, comparación y posterior calificación de ofertas, el Comité de Evaluación podrá solicitar a los oferentes, aclaraciones respecto de sus ofertas, dichas solicitudes y las respuestas de los oferentes se realizarán por escrito. A los efectos de confirmar la información o documentación suministrada por el oferente, el Comité de Evaluación, podrá solicitar aclaraciones a cualquier fuente pública o privada de información. Las aclaraciones de los oferentes que no sean en respuesta a aquellas solicitadas por la convocante, no serán consideradas. No se solicitará, ofrecerá, ni permitirá ninguna modificación a los precios ni a la sustancia de la oferta, excepto para confirmar la corrección de errores aritméticos. |
Aclaración de las ofertas
Disconformidad, errores y omisiones
Siempre y cuando una oferta se ajuste sustancialmente a las bases de la contratación, el Comité de Evaluación, requerirá que cualquier disconformidad u omisión que no constituya una desviación significativa, sea subsanada en cuanto a la información o documentación que permita al Comité de Evaluación realizar la calificación de la oferta.
A tal efecto, el Comité de Evaluación emplazará por escrito al oferente a que presente la información o documentación necesaria, dentro de un plazo razonable no menor a un día hábil, bajo apercibimiento de rechazo de la oferta. El Comité de Evaluación podrá reiterar el pedido cuando la respuesta no resulte satisfactoria, toda vez que no se viole el principio de igualdad.
Con la condición de que la oferta cumpla sustancialmente con los Documentos de la Licitación, la convocante corregirá errores aritméticos de la siguiente manera y notificará al oferente para su aceptación:
a) Si hay una discrepancia entre un precio unitario y el precio total obtenido al multiplicar ese precio unitario por las cantidades correspondientes, prevalecerá el precio unitario y el precio total será corregido.
b) Si hay un error en un total que corresponde a la suma o resta de subtotales, los subtotales prevalecerán y se corregirá el total.
c) En caso que el oferente haya cotizado su precio en guaraníes con décimos y céntimos la convocante procederá a realizar el redondeo hacia abajo.
Si hay una discrepancia entre palabras y cifras, prevalecerá el monto expresado en palabras a menos que la cantidad expresada en palabras corresponda a un error aritmético, en cuyo caso prevalecerán las cantidades en cifras de conformidad con los párrafos (a) y (b) mencionados.
En caso de que existan dos o más oferentes solventes que cumplan con todos los requisitos establecidos en el pliego de bases y condiciones del procedimiento de contratación, igualen en precio y sean sus ofertas las más bajas, el comité de evaluación determinará cuál de ellas es la mejor calificada para ejecutar el contrato utilizando los criterios dispuestos para el efecto por la DNCP en la reglamentación pertinente. |
Criterios de desempate de ofertas
Criterios de Adjudicación
De acuerdo con el mercado, el objeto del contrato y el ciclo de vida del bien o servicio, podrá usarse uno o la combinación de varios criterios, previstos en el artículo 52 de la Ley N° 7021/22 ‘’De Suministro y Contrataciones Públicas’’.
La adjudicación de la oferta solo podrá fundamentarse en la evaluación de los criterios señalados en los documentos del procedimiento de contratación.
En los procedimientos de contratación en los cuales se aplique la combinación de criterios, la evaluación de las ofertas se llevará a cabo con base a la metodología, criterios y parámetros establecidos en los pliegos de bases y condiciones que permitan establecer cuál es aquella que ofrece mayor valor por dinero.
En los demás casos, la convocante adjudicará el contrato al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de las bases y condiciones, siempre y cuando la convocante determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente.
1. La adjudicación en los procedimientos de contratación en los cuales se aplique el atributo de contrato abierto, se efectuará por las cantidades o montos máximos solicitados en el procedimiento de contratación, sin que ello implique obligación de la convocante de requerir la provisión de esa cantidad o monto durante de la vigencia del contrato, obligándose sí respecto de las cantidades o montos mínimos establecidos.
2. En caso de que la convocante no haya adquirido la cantidad o monto mínimo establecido, deberá consultar al proveedor si desea ampliarlo para el siguiente ejercicio fiscal, hasta cumplir el mínimo.
3. Al momento de adjudicar el contrato, la convocante se reserva el derecho a disminuir la cantidad de Bienes y/o Servicios requeridos, por razones de disponibilidad presupuestaria u otras razones debidamente justificadas. Estas variaciones no podrán alterar los precios unitarios u otros términos y condiciones de la oferta y de los documentos de la licitación.
En aquellos procedimientos de contratación en los cuales se aplique el atributo de contrato abierto, cuando la Convocante deba disminuir cantidades o montos a ser adjudicados, no podrá modificar el monto o las cantidades mínimas establecidas en las bases de la contratación.
Notificaciones
Cuando la convocante opte por notificar la adjudicación a través del SICP, la notificación de la misma será realizada de manera automática, a los correos declarados en el Registro de Proveedores del Estado de los oferentes presentados. A efectos de la notificación oficial, solo serán considerados tales correos electrónicos. La notificación comprenderá la Resolución de la adjudicación, el informe de evaluación.
En sustitución de la notificación a través del SICP, las Convocantes podrán dar a conocer la adjudicación por medios físicos o electrónicos a cada uno de los oferentes, acompañados de la copia íntegra de la resolución de adjudicación y del informe de evaluación, de conformidad al artículo 62 del Decreto.
La no entrega del informe en ocasión de la notificación, suspende el plazo para formular protestas hasta tanto la convocante haga entrega de dicha copia al oferente solicitante.
3. En caso de la convocante opte por la notificación física a los oferentes participantes, deberá realizarse únicamente con el acuse de recibo y en el mismo con expresa mención de haber recibido el informe de evaluación y la resolución de adjudicación.
4. Las cancelaciones o declaraciones desiertas deberán ser notificadas a todos los oferentes, según el procedimiento indicado precedentemente.
5. Las notificaciones realizadas en virtud al contrato, deberán ser por escrito y dirigirse a la dirección indicada en el contrato.
Una vez notificado el resultado del proceso, el oferente tendrá la facultad de solicitar una audiencia a fin de que la convocante explique los fundamentos que motivan su decisión. La solicitud de audiencia informativa no suspenderá ni interrumpirá el plazo para la interposición de protestas. El procedimiento de realización de la misma deberá ajustarse a las reglamentaciones vigentes para el efecto. |
*Importante: las bases concursales deberan ser solicitado al correo oficial de la convocante.
Los plazos y condiciones establecidos para la ejecución contractual serán los siguientes:
Periodo de construcción, lugar y otros datos
La obra a ser realizada será conforme a lo siguiente: El plazo de ejecución de la obra es de sesenta días después del Orden de Inicio por parte del Fiscal de Obras. La recepción provisoria: 10 (diez) días calendarios posteriores al plazo de ejecución de la obra, previa aprobación del fiscal de obras y la recepción definitiva: 10 (diez) días calendarios posteriores a la recepción provisoria, previa aprobación del fiscal de obras. La obra se ejecutara en la plaza municipal La Fortuna zona urbana del distrito de Dr. Juan Eulogio Estigarribia, Departamento de Caaguazú.
Las obras contratadas que requieran de la obtención de requisitos de carácter ambiental, no podrán iniciarse antes de la obtención y presentación a la contratante de dichos requisitos.
Indicadores de Cumplimiento
Certificado de Obras
Serán presentados 2 (dos) certificados
Frecuencia: mensual
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:
INDICADOR |
TIPO |
FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA (Se indica la fecha que debe presentar según el PBC) |
Certificado de Avance Nº 01 |
Certificación de Avance de parte del fiscal de obras |
Noviembre de 2024 |
Certificado de Avance Nº 02 |
Certificación de Avance de parte del fiscal de obras |
Diciembre de 2024 |
De manera a establecer indicadores de cumplimiento, a través del sistema de seguimiento de contratos, la convocante deberá determinar el tipo de documento que acredite el efectivo cumplimiento de la ejecución del contrato, así como planificar la cantidad de indicadores que deberán ser presentados durante la ejecución. Por lo tanto, la convocante en este apartado y de acuerdo al tipo de contratación de que se trate, deberá indicar el documento a ser comunicado a través del módulo de Seguimiento de Contratos y la cantidad de los mismos.
CONDICIONES CONTRACTUALES
Los Aspectos Generales para la Contratación de Obras Públicas, es un documento complementario del presente pliego electrónico estándar, disponible en el Marco Legal, Tipo de norma: Documentos estándar. |
Esta sección constituye las condiciones contractuales a ser adoptadas por las partes para la ejecución del contrato.
Aspectos Generales de la Contratación de Obras
Interpretación
1. Si el contexto así lo requiere, el singular significa el plural y viceversa; y "día" significa día calendario, salvo que se haya indicado expresamente que se trata de días hábiles.
2. Condiciones prohibidas, inválidas o inejecutables. Si cualquier provisión o condición del contrato es prohibida o resultase inválida o inejecutable, dicha prohibición, invalidez o falta de ejecución no afectará la validez o el cumplimiento de las otras provisiones o condiciones del contrato.
3. Limitación de Dispensas:
a) Toda dispensa a los derechos o facultades de una de las partes en virtud del contrato, deberá ser documentada por escrito, indicar la fecha, estar firmada por un representante autorizado de la parte que otorga dicha dispensa, deberá especificar la obligación dispensada y el alcance de la dispensa.
b) Sujeto a lo indicado en el inciso precedente, ningún retraso, prórroga, demora o aprobación por cualquiera de las partes al hacer cumplir algún término y condición del contrato o el otorgar prórrogas por una de las partes a la otra, perjudicará, afectará o limitará los derechos de esa parte en virtud del contrato. Asimismo, ninguna prórroga concedida por cualquiera de las partes por un incumplimiento del contrato, servirá de dispensa para incumplimientos posteriores o continuos del contrato.
El contratista presentará al fiscal de obra en el plazo de: [Indicar plazo en días corridos] contados desde la emisión de la orden de inicio, una estimación detallando las obligaciones de pago de la contratante. La estimación deberá indicar todos los pagos a que el contratista tendrá derecho en virtud del contrato, en base al programa de trabajo aprobado previamente. Además, el contratista se compromete a entregar al fiscal de obra, cuando éste lo solicite, estimaciones actualizadas de esos compromisos. |
Estimación de las obligaciones financieras de la contratante
Fondos de reparo
Del monto de pago de cada certificado, la contratante deducirá un cinco por ciento (5%) en concepto de fondo de reparos, suma que no devengará intereses y que será devuelta al contratista dentro del plazo establecido en el art. 71 de la Ley N° 7021/22 ‘’De Suministro y Contrataciones Públicas’’, en forma posterior a la recepción definitiva.
Este fondo podrá ser sustituido por una póliza de seguros a satisfacción de la contratante emitida por una compañía de seguros autorizada a operar y emitir pólizas en la República del Paraguay: no se admite la sustitución del 5% en concepto de fondo de reparo por una póliza de seguros, el mismo se descontará del monto de cada certificado de avance aprobado y posterior a la recepción definitiva se procederá a la devolución respectiva al proveedor.
Contenido y características de los precios
No Aplica.
Los precios comprenden los siguientes criterios:
Salvo disposición contraria en la presente cláusula, se considerará que los precios comprenden todos los gastos resultantes de la ejecución de las obras, incluidos los gastos generales y todos los impuestos, derechos y gravámenes de toda índole por cuyo pago sean responsables el contratista y/o sus empleados y subcontratistas con motivo de la ejecución de las obras objeto del contrato.
A excepción de las partes que el contrato expresamente señale que están incluidas en los precios, se considerará que los precios cotizados permiten al contratista obtener beneficios y un margen de ganancias frente a riesgos, y que tiene en cuenta todas las condiciones de ejecución de la obra, normalmente previsibles por un contratista diligente y competente, en las condiciones de tiempo y lugar en que se ejecuten estas obras, y especialmente como resultado de:
a. Fenómenos naturales;
b. La utilización del dominio público y del funcionamiento de los servicios públicos;
c. La presencia de canalizaciones, conductores y cables de toda naturaleza, así como las obras necesarias para el desplazamiento o la transformación de estas instalaciones;
d. Realización simultánea de otras obras debido a la presencia de otros contratistas; y
e. La aplicación de los reglamentos fiscales y aduaneros.
Se considerará que los precios del contrato incluyen los gastos en que debe incurrir el contratista para la coordinación y control de sus subcontratistas, así como las consecuencias de sus posibles defectos.
Impuestos, Derechos, Gravámenes y Cotizaciones
El precio del contrato comprenderá todos los impuestos, derechos, gravámenes y cotizaciones de toda índole exigibles en la República del Paraguay, los cuales se calcularán teniendo en cuenta las modalidades de base tributaria y de tasas fiscales vigentes quince (15) días antes de la fecha límite para la presentación de las ofertas, salvo que se establezca algo distinto en este apartado:No aplica.
El precio del contrato incluirá igualmente los impuestos, derechos, gravámenes y otros tributos y cotizaciones de toda índole, en relación con la realización de los trabajos objeto del contrato, en particular los correspondientes a fabricación, venta y transporte de suministros y equipos que vayan o no a ser incorporados en las obras, así como los correspondientes a todos los servicios suministrados, cualquiera sea su naturaleza.
Los precios comprenderán también los impuestos, derechos y gravámenes exigibles en el momento de la importación, tanto definitiva como temporal, de los suministros, materiales y equipos necesarios para la realización de las obras. Comprenderán igualmente el conjunto de impuesto, derechos y gravámenes exigibles al personal del contratista y a sus proveedores, abastecedores o subcontratistas.
Cuando la legislación nacional lo establezca, el contratista pagará las cotizaciones, impuestos, derechos y gravámenes que adeude, directamente a los organismos competentes y presentará a éste, en caso de que así se requiera, la evidencia de los pagos correspondientes.
Cuando la legislación nacional lo establezca, la contratante efectuará las retenciones de los impuestos, derechos, gravámenes y cotizaciones y las pagará a los organismos competentes en los plazos previstos por la reglamentación vigente.
Cuando la legislación nacional establezca retenciones aplicables a los pagos al contratista, la contratante deducirá los montos correspondientes de las sumas adeudadas al contratista y las pagará en nombre del contratista al organismo competente. En tal caso, la contratante enviará al contratista un comprobante de pago de dichas sumas dentro de los quince (15) días posteriores a la fecha en que se haya realizado el pago.
La contratante describirá con mayor amplitud los principales impuestos, derechos, gravámenes y cotizaciones en la República del Paraguay vigentes quince (15) días antes de la fecha límite para la presentación de las ofertas, a cargo del contratista, sus proveedores, abastecedores y subcontratistas.
En caso de que la contratante obtenga de la autoridad aduanera un régimen de exoneración o de suspensión no previsto originalmente para los impuestos, derechos y gravámenes exigibles en el momento del ingreso definitivo o temporal de los suministros, materiales y equipos, se efectuará una disminución correspondiente del precio y dicha disminución se hará constar en una adenda al contrato. En el caso de que, para obtener tal ventaja, deba presentarse a la autoridad fiscal y aduanera una fianza o garantía, el costo de la misma será por cuenta de la contratante.
En caso de modificación en la legislación fiscal, aduanera o social con respecto a la legislación aplicable quince (15) días antes del límite para la presentación de las ofertas, cuyo efecto sea un aumento de los costos del contratista, este último tendrá derecho a un aumento correspondiente del precio del contrato. Con este fin, el contratista notificará al fiscal de obras, dentro de los dos (2) meses siguientes a cualquier modificación, las consecuencias de la misma. Dentro del plazo de un (1) mes después de recibida la notificación, el fiscal de obras propondrá a la contratante la redacción de adendas al contrato en el que se preverá, en cualquier caso, un pago en la moneda del contrato. En caso que el contratista y la contratante no lleguen a un acuerdo sobre los términos de las adendas un (1) mes después de la notificación del fiscal de obras a la contratante, se aplicará el procedimiento de solución de diferencias.
El método de cálculo para el pago por acopio de materiales es el siguiente:No Aplica.
Cada certificación recibida en conformidad con la cláusula Pago de cuentas del presente pliego, podrá incluir una parte correspondiente a acopio de materiales efectuados para los trabajos, según se especifica en las condiciones contractuales.
El monto correspondiente se determina aplicando a las cantidades los precios que aparecen en la lista de precios incluida en el contrato o en la lista de desglose de costos cuando fuere requerida y que corresponden a los materiales o componentes por ejecutar. Estos precios no son susceptibles de reajuste.
Los materiales, productos o componentes de construcción que hayan sido pagados como acopio, serán de propiedad del contratista. Sin embargo, ellos no podrán sacarse de la zona de obras sin la autorización escrita del fiscal de obra.
Pólizas de Seguro
No obstante, las obligaciones que se establezcan en el presente apartado, el contratista será en todo momento el único responsable y protegerá a la contratante frente a cualquier reclamación de terceros por concepto de indemnización por daños de cualquier naturaleza o lesiones corporales producidas como consecuencia de la ejecución del presente contrato por el contratista, sus subcontratistas y su respectivo personal.
El contratista contratará los seguros que incluirá como mínimo:
La póliza de seguros debe especificar que el personal de la contratante, el fiscal de obra, así como el de otras empresas que se encuentren en la zona de obras se considerarán como terceros a efectos de este seguro de responsabilidad civil.
Las condiciones de expedición de los seguros indicados precedentemente, son: Deberá ser presentada mediante póliza de seguro. Los seguros exigidos en la ejecución del contrato deben ser presentados por el Contratista para la aprobación de la Contratante y ser suscritos antes de iniciar cualquier trabajo y con vigencia al menos desde la fecha de inicio de las obras, salvo los casos en que la movilización se realice antes de la orden de inicio de las obras. Los seguros contra daños a terceros, accidentes de trabajo y riesgos en zona de obras deben permanecer vigentes hasta la recepción definitiva de las obras objeto del Contrato. Todas estas pólizas deben contener una disposición que subordina su cancelación a un aviso previo de la compañía de seguros a la Contratante. Los seguros deben ser emitidos por una compañía de seguros autorizada a operar y emitir pólizas de seguros en la República del Paraguay.
Certificaciones mensuales
Los procedimientos y formularios a utilizar para preparar los certificados son los siguientes: de acuerdo a los Informes de Avances aprobados por el fiscal de obras designado por la autoridad de la convocante. La presentación de las certificaciones será en forma mensual
Pago de cuotas mensuales
Las deducciones que se realizarán sobre las certificaciones serán: .
- El monto correspondiente al porcentaje de fondo de reparo
- Intereses por mora
- Otros gastos incurridos por la contratante debido a atrasos o incumplimientos del contratista
- Amortización por anticipo
Una vez aprobado el certificado, la factura deberá ser presentada en la siguiente dirección: LA FACTURA DEBERA SER PRESENTADA EN EL DEPARTAMENTO DE TESORERIA DE LA MUNICIPALIDAD DE DR. JUAN EULOGIO ESTIGARRIBIA, SITO EN LAS CALLES 15 DE AGOSTO ESQUINA PRIMERA JUNTA MUNICIPAL.
Cuenta final
La estimación de la cuenta final se enviará al fiscal de obras dentro de los quince días contados a partir de la fecha de notificación de la recepción provisoria de las obras, salvo que en este apartado se disponga de un plazo mayor:No Aplica.
Cuenta General. Finiquito
La cuenta general, será comunicada por escrito al contratista, en el plazo de dieciocho (18) días contados después de la fecha de entrega de la estimación de la cuenta final, salvo que en este apartado se disponga de un plazo distinto:No Aplica.
Plazo de ejecución
El plazo de ejecución se computa desde la recepción por parte del contratista de la orden de inicio para comenzar las obras, emitida una vez que se hayan cumplido cada una de las condiciones indicadas en la cláusula de Plazo de Ejecución de los Aspectos Generales del Contrato, además de las siguientes condiciones: la entrega de la zona de obras será forma total y no se requerirá de ninguna autorización ni aprobaciones de parte de la contratante para ejecutar los trabajos anexando los planos y planillas del proyecto de obras aprobados a ejecutar por parte de la contratista.
Estudios de factibilidad
No Aplica.
Uso de herramientas de gerencia de proyectos
No Aplica.
Multas y retenciones
En caso de atraso no justificado. La Convocante aplicara una multa equivalente a la suma de 0,5% del monto del contrato por cada día corrido de atraso, hasta un monto máximo que alcance el 10% del monto del contrato.
Las penalidades diarias por retrasos en la ejecución de los trabajos y forma de cálculo:
La contratante podrá deducir en concepto de multas una suma equivalente al porcentaje indicado en este apartado. La contratante podrá rescindir administrativamente el contrato cuando el valor de las multas supere el monto de la Garantía de Cumplimiento de Contrato.
La aplicación de multas no libera al contratista del cumplimiento de sus obligaciones contractuales.
Procedencia de los suministros, equipos, enseres, materiales y productos
La procedencia de los suministros, equipos, enseres, materiales y productos para la ejecución del contrato será: No Aplica.
Excepciones a normas aplicables en cuanto a calidad
Las excepciones que puedan hacerse respecto a las normas de calidad de los materiales, productos y componentes de construcción serán: Las normas aplicables serán las que estén en vigor quince (15) días antes de la fecha establecida para la presentación y apertura de las ofertas.
Control de calidad a materiales y productos. Pruebas y ensayos
Las verificaciones de calidad de materiales y productos para la ejecución del contrato serán realizadas en las siguientes condiciones: la convocante deberá indicar expresamente que se ajusta a lo establecido en los AGC.
Recibo, movimiento y conservación por el contratista de los materiales y productos suministrados por la contratante en virtud del contrato
El lugar y condiciones de entrega de los materiales será: el lugar de recepción de materiales, productos o componentes de construcción se realizara en el lugar de la obra. Las condiciones y plazos para la entrega de materiales, productos y componentes según necesidad y responsabilidad exclusiva del Contratista con recomendación del fiscal de obras designado por la autoridad de la convocante.
Preparación de los trabajos
Duración del periodo de movilización: un día hábil posterior de la autorización del fiscal de obras.
Programa de ejecución
El contratista presentará un Cronograma de ejecución de los trabajos y un Plan de Seguridad e Higiene para la aprobación del Fiscalizador de Obras dentro del plazo de veinte (20) días hábiles posteriores a la firma del contrato, salvo que se indique lo contrario en este apartado: No Aplica.
Recepción provisoria de las obras
La recepción provisoria de las obras será: Total.
Recepción Definitiva de las obras
- La recepción definitiva tendrá lugar en el plazo de: 10 (diez) dias calendarios
- El fiscal de obra enviará al contratista las listas detalladas de defectos de construcción descubiertos, en el plazo de quince días calendarios.
Garantías contractuales
Garantías particulares: No Aplica.
Garantías Particulares
Garantías particulares: No Aplica.
Mantenimiento de las comunicaciones y del paso de las aguas
Especificar las circunstancias en que puedan producirse restricciones en tales comunicaciones, servicios públicos y paso de aguas: No Aplica.
Formalización de la Contratación
La convocante formalizará la contratación mediante: Contrato.
Documentación requerida para la firma del contrato
Luego de la notificación de adjudicación, el proveedor deberá presentar en el plazo establecido en las reglamentaciones vigentes, los documentos indicados en el presente apartado.
1. Personas Físicas / Jurídicas
a. Certificado de no encontrarse en quiebra o en convocatoria de acreedores expedido por la Dirección General de Registros Públicos;
b. Certificado de no hallarse en interdicción judicial expedido por la Dirección General de Registros Públicos; Constancia de no adeudar aporte obrero patronal expedida por el Instituto de Previsión Social.
c. Certificado laboral vigente expedido por la Dirección de Obrero Patronal dependiente del Viceministerio de Trabajo, siempre que el sujeto esté obligado a contar con el mismo, de conformidad a la reglamentación pertinente - CPS
d. En el caso que suscriba el contrato otra persona en su representación, acompañar poder suficiente del apoderado para asumir todas las obligaciones emergentes del contrato hasta su terminación.
e. Certificado de cumplimiento tributario vigente a la firma del contrato.
1.1 Persona Física/Jurídica: La presentación de los certificados emitidos por las autoridades competentes para cada caso en particular, en el marco de los supuestos del Art. 21 de la Ley N° 7021/22.
2. Documentos. Consorcios
a. Cada integrante del Consorcio que sea una persona física o jurídica deberá presentar los documentos requeridos para oferentes individuales especificados en los apartados precedentes.
b. Original o fotocopia del Consorcio constituido Documentos que acrediten las facultades del firmante del contrato para comprometer solidariamente al consorcio.
c. En el caso que suscriba el contrato otra persona en su representación, acompañar poder suficiente del apoderado para asumir todas las obligaciones emergentes del contrato hasta su terminación.
La convocante deberá requerir la presentación de los certificados de conformidad al numeral 1.1, al oferente que resultare adjudicado, con anterioridad a la firma del contrato. Si el oferente no presentare dichos certificados o realizare una declaración jurada falsa, la adjudicación será revocada, la garantía de mantenimiento de oferta será ejecutada y los antecedentes serán remitidos a la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas.
Subcontratación
El porcentaje permitido para la subcontratación será de: No Aplica.
La subcontratación del contrato deberá ser realizada conforme a las disposiciones contenidas en la Ley, el Decreto Reglamentario y la reglamentación que emita para el efecto la DNCP.
Confidencialidad de la información
1. No deberá darse a conocer información alguna acerca del análisis, aclaración y evaluación de las ofertas, mientras dure el mismo de conformidad con el artículo N° 52 de la Ley N° 7021/22 ‘’De Suministro y Contrataciones Públicas’’, ni sobre las recomendaciones relativas a la adjudicación, después de la apertura en público de las ofertas, a los oferentes ni a personas no involucradas en el proceso de evaluación, hasta que haya sido dictada la resolución de adjudicación cuando se trate de un solo sobre. En las respuestas a las solicitudes de aclaración, los oferentes deberán indicar si la información suministrada es de carácter reservado, debiendo precisar la norma legal que la establece como secreta o de carácter reservado, de conformidad a lo estipulado en la Ley N° 5282/14 ‘’DE LIBRE ACCESO CIUDADANO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA Y TRANSPARENCIA GUBERNAMENTAL’’. Cuando se trate de dos sobres, la confidencialidad de la primera etapa será hasta la emisión del acto administrativo de selección de ofertas técnicas, reanudándose la confidencialidad después de la apertura en público de las ofertas económicas hasta la emisión de la resolución de adjudicación.
2. La contratante y el proveedor deberán mantener confidencialidad y en ningún momento divulgarán a terceros, sin el consentimiento de la otra parte, documentos, datos u otra información que hubiera sido directa o indirectamente proporcionada por la otra parte en conexión con el contrato, antes, durante o después de la ejecución del mismo. No obstante, el proveedor podrá proporcionar a sus subcontratistas los documentos, datos e información recibidos de la contratante para que puedan cumplir con su trabajo en virtud del contrato. En tal caso, el proveedor obtendrá de dichos subcontratistas un compromiso de confidencialidad similar al requerido al proveedor en la presente cláusula.
3. La contratante no utilizará dichos documentos, datos u otra información recibida del proveedor para ningún uso que no esté relacionado con el contrato. Así mismo el proveedor no utilizará los documentos, datos u otra información recibida de la contratante para ningún otro propósito diferente al de la ejecución del contrato.
4. La obligación de las partes arriba mencionadas, no aplicará a la información que:
5. Las disposiciones precedentes no modificarán de ninguna manera ningún compromiso de confidencialidad otorgado por cualquiera de las partes a quien esto compete antes de la fecha del contrato con respecto a los suministros o cualquier parte de ellos.
6. Las disposiciones de esta cláusula permanecerán válidas después del cumplimiento o terminación del contrato por cualquier razón.
Obligatoriedad de declarar información del personal del proveedor o contratista en el SICP
1. El proveedor deberá proporcionar los datos de identificación de sus subproveedores, así como de las personas físicas por medio de las cuales propone cumplir con las obligaciones del contrato, dentro de los treinta días posteriores a la obtención del código de contratación, y con anterioridad al primer pago que vaya a percibir en el marco de dicho contrato, con las especificaciones respecto a cada una de ellas. A ese respecto, el contratista deberá consignar dichos datos en el Formulario de Identificación del Personal (FIP) y en el Formulario de Identificación de Servicios Personales (FIS), a través del Registro del Proveedor del Estado.
2. Cuando ocurra algún cambio en la nómina del personal o de los subcontratistas propuestos, el proveedor o contratista está obligado a actualizar el FIP.
3. Como requerimiento para efectuar los pagos a los proveedores o contratistas, la contratante, a través del procedimiento establecido para el efecto por la entidad previsional, verificará que el proveedor o contratista se encuentre al día en el cumplimiento con sus obligaciones para con el Instituto de Previsión Social (IPS).
4. La contratante podrá realizar las diligencias que considere necesarias para verificar que la totalidad de las personas que prestan servicios personales en relación de dependencia para la contratista y eventuales subcontratistas se encuentren debidamente individualizados en los listados recibidos.
5. El proveedor o contratista deberá permitir y facilitar los controles de cumplimiento de sus obligaciones de aporte obrero patronal, tanto los que fueran realizados por la contratante como los realizados por el IPS, y por funcionarios de la DNCP. La negativa expresa o tácita se considerará incumplimiento del contrato por causa imputable al proveedor o contratista.
6. En caso de detectarse que el proveedor o contratista o alguno de los subcontratistas, no se encontraran al día con el cumplimiento de sus obligaciones para con el IPS, deberán ser emplazados por la contratante para que en diez (10) días hábiles cumplan con sus obligaciones pendientes con la previsional. En el caso de que no lo hiciera, se considerará incumplimiento del contrato por causa imputable al proveedor o contratista.
Porcentaje de Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato
El Porcentaje de Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato es de: 10%.
El proveedor debe presentar estagarantía dentro de los 10 días corridos siguientes a la fecha de suscripción del contrato.
La garantía adoptará alguna de las siguientes formas: Garantía bancaria o Póliza de Seguros. |
Periodo de validez de la Garantía de Cumplimiento de Contrato
El plazo de vigencia de la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato será de: 120 (ciento veinte) dias |
*Importante: las bases concursales deberan ser solicitado al correo oficial de la convocante.
Las cantidades requeridas para esta contratación serán:
PLANILLA DE CANTIDADES Y PRECIOS | ||||||
Contratación Vía Excepción a la Licitación Urgencia Impostergable con Aviso de Intención de Compra - id331 | ||||||
OBRAS SANITARIAS Y COMPLEMENTARIAS PARA HABILITACION DE LA PLAZA LA FORTURA DE LA CIUDAD DE DR. JUAN EULOGIO ESTIGARRIBIA | ||||||
Nº | Codigo de Catalogo | Descripcion de los Trabajos | Unidad de Medida | Cantidad | Precio Unitario | Precio Total |
1 | 72131601-011 | Agua corriente-desague cloacal-camara de inspeccion- artefactos sanitarios griferias y accesorios | gl | 1 | ||
2 | 72131601-011 | Mesada según detalle con cuatro bachas incluye griferia y accesorios | un | 1 | ||
3 | 72102303-003 | Camara septica 1,20 x 2,00 | un | 1 | ||
4 | 72102303-002 | Pozo absorvente | un | 1 | ||
5 | 72102303-008 | Instalacion de agua para canillas y bebederos | un | 3 | ||
6 | 70111713-999 | Maquinas de ejercicios siete componentes según catalogo incluye base piso de H°M° de 5 cnt de espesor | un | 1 | ||
7 | 70111713-999 | Juegos infantiles, columpios de 3 modulos, tobogan, sube y baja de tres modulos con casita | un | 2 | ||
8 | 70111713-997 | Iluminacion para cancha con dos columnas de H° 7,50 con cuatro reflectores tipo proyector ADOS Led de 300 W SMD luz blanca cada una incluye columnas de H°A° 10 mts | un | 4 | ||
9 | 72154013-001 | Enmarcado lateral detrás de los arcos con estructura de caños de 50 mm y red de piolines de nylon color verde | m | 45 | ||
10 | 72131701-029 | Portico de accseso principal según diseño | un | 1 | ||
11 | 72131701-029 | Portico de acceso secundario según diseño | un | 2 | ||
12 | 72131601-004 | Dados de fundacion0,50 x 0,050 x 0,30 | un | 13 | ||
13 | 30101717-001 | Viga de fundacion 13 x 27 | m | 21 | ||
14 | 72131601-9973 | Pilar de H°A° 13 X 27 galeria | m | 10 | ||
15 | 72131601-004 | Encadenados de H° A° superior 13 X 27 | m | 28 | ||
16 | 72131601-005 | Mamposteria de nivelacion 0,30 cms. | m2 | 4 | ||
17 | 72102905-001 | Relleno y apisonado de interiores | m3 | 7 | ||
18 | 72131601-006 | Aislacion horizontal paredes | m | 21 | ||
19 | 72131601-005 | Mamposteria de ladrillos comunes 0,15 para revocar | m2 | 62 | ||
20 | 72131601-007 | De chapas con nucleo de isopor color natural sobre estructura metalica | m2 | 38 | ||
21 | 72131601-008 | Revoque de paredes interior, ext. A una capa previa azotada c/ hidrofugo | m2 | 123 | ||
22 | 72131601-008 | Revoque de mochetas 1:3 cemento y arena | m | 17 | ||
23 | 72131601-009 | Contrapiso de H° de cascotes | m2 | 20 | ||
24 | 72131601-009 | Carpeta de nivelacion | m2 | 20 | ||
25 | 72131601-009 | Piso ceramico antideslisante | m2 | 20 | ||
26 | 72131701-023 | Guarda obra y caminero de interconexion de baldosones 40 x 40 cmt. Incluye cordon perimetral y contrapiso | m2 | 9 | ||
27 | 72131601-010 | Ventanas tipo proyectante 1,00 x 0,50 | un | 2 | ||
28 | 72131601-010 | Puerta metálica de 0,80 x 2,10 | un | 2 | ||
29 | 72131601-010 | Puerta para boxes 0,60 x 1,80 marco cajon 2,10 | un | 4 | ||
30 | 72131601-012 | Pintura de paredes al latex | m2 | 95 | ||
31 | 72131601-012 | Pintura de aberturas metálicas con pintura sintética | m2 | 17 | ||
32 | 72102503-001 | Revestido de azulejos altura 2,00 mts.- | m2 | 28 | ||
33 | 72152607-001 | Canaletas y bajadas, desarrollo 33 | m | 16 | ||
34 | 72131601-001 | Tablero seccional | un | 1 | ||
35 | 72131601-001 | Alimentacion de la red principal | un | 1 | ||
36 | 72131601-001 | Alimentacion a boca de luces | un | 5 | ||
37 | 72131601-001 | Alimentacion a boca de tomas | un | 1 | ||
38 | 72131601-001 | Fluorescentes led de 1 X 40 | un | 5 | ||
39 | 70111713-002 | Preparacion de suelo y plantacion de pasto | un | 1 | ||
40 | 76111506-001 | Provision y plantacion de plantas hornamentales | un | 1 | ||
41 | 76111702-001 | Limpieza periodica y final de obras | un | 1 | ||
Total General |
Las condiciones y plazos de pago serán las siguientes:
Formas y condiciones de pago
El adjudicado para solicitar el pago de las obligaciones deberá presentar la solicitud acompañada de los siguientes documentos:
1. Documentos Genéricos:
1. Nota de remisión u orden de prestación de servicios según el objeto de la contratación;
2. La factura de pago, con timbrado vigente, la cual deberán expresar claramente por separado el Impuesto al Valor Agregado
(IVA) de conformidad con las disposiciones tributarias aplicables. En ningún caso el valor total facturado podrá exceder el
valor adjudicado o las adendas aprobadas;
3. REPSE (registro de prestadores de servicios) todos los que son prestadores de servicios;
4. Certificado de Cumplimiento Tributario;
5. Constancia de Cumplimiento con la Seguridad Social;
6. Formulario de Identificación de Servicios Personales (FIS).
Otras formas y condiciones de pago al proveedor en virtud del contrato serán las siguientes:
CONTRA CERTIFICADO de Avance aprobado por el Fiscal de Obras
Importante: Que la convocante tendra en cuenta para pago durante el Ejercicio Fiscal del año 2024, la tasa de contribucion
fijada segun lo establecido el el Art. 277 de la Ley N° 7228 y la Ley N° 7021/2022 DE SUMINISTRO Y CONTRATACIONES
PÚBLICAS del 0,4% (cero coma cuatro por ciento),
para la contribución de la implementación de las Contrataciones Públicas (SICP), se fijará en 0,5% (cero coma cinco por
ciento). La recaudación correspondiente a la diferencia del 0,1% (cero coma uno por ciento), se destinará al financiamiento
del presupuesto del Ministerio de la Defensa Pública y del Ministerio de Justicia. Los montos resultantes del 0,1% (cero coma
uno por ciento), que sean retenidos por las contratantes en el concepto señalado en el párrafo anterior, deberán ser
depositados
en la cuenta habilitada a tal efecto a nombre del Ministerio de la Defensa Pública y del Ministerio de Justicia
en el Banco Central del Paraguay (BCP), dentro del plazo de tres días hábiles de efectuada la retención, para los
Organismos y Entidades de la Administración Central y Descentralizada, y en el plazo de treinta días calendario para los
municipios, de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 1535/1999 DE ADMINISTRACIÓN FINANCIERA DEL ESTADO
*Importante: las bases concursales deberan ser solicitado al correo oficial de la convocante.
*Importante: las bases concursales deberan ser solicitado al correo oficial de la convocante.