Descripción del bien, servicio u obra a ser adquirido

La Descripción del bien, servicio u obra a ser adquirido será conforme se establece en las bases:

ADQUISICION DE CONSULTORIA ADMINISTRATIVA Y/O CONTABLE A LA MUNICIPALIDAD DE MARIA ANTONIA

Criterios de evaluación a ser utilizados

El criterio de evaluación ha ser utilizado en el presente procedimiento de contratación será: 

REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN Y CRITERIOS DE EVALUACION

 

  1. Condición de Participación

 

Podrán participar de este procedimiento, las personas físicas, jurídicas y/o Consorcio, constituidos o con acuerdo de intención, inscriptos en el Registro de Proveedores del Estado.

 

Los oferentes domiciliados en la República del Paraguay, que pretendan participar en un procedimiento de contratación, no deberán estar comprendidos en las prohibiciones o limitaciones para presentar propuestas y contratar con el Estado, establecidas en la Ley N° 7021/22 "DE SUMINISTROS Y CONTRATACIONES PUBLICAS".

 

  1. Sucursales

En los casos de procedimientos de contratación de carácter nacional podrán participar las sucursales de las matrices internacionales constituidas en la República del Paraguay. Solo serán admitidas como criterios de adjudicación las capacidades, experiencia y aptitudes de la sucursal recabadas desde su constitución, sin admitirse la utilización de las cualidades de la casa matriz u otras filiales o sucursales.

 

  1. Requisitos de Calificación

Calificación Legal. Los oferentes deberán declarar que no se encuentran comprendidos en las limitaciones o prohibiciones para contratar con el Estado, según lo establecido en el artículo 21 de la Ley Nº 7021/22 en concordancia con el Artículo 19 de su Decreto Reglamentario. Esta declaración forma parte del formulario de oferta en los casos que el procedimiento de contratación sea convencional y formulario de Oferta electrónica en el caso que se utilice el módulo de oferta electrónica.

Serán desechadas las ofertas de los oferentes que se encuentren comprendidos en las prohibiciones o limitaciones para presentar propuesta y contratar con el Estado, a la hora y fecha límite de presentación de ofertas o a la fecha de firma del contrato.   

A los efectos de la verificación de la existencia de prohibiciones o limitaciones contenidas en el artículo 21 de la Ley Nº 7021/22, el comité de evaluación realizará el siguiente análisis:

Verificará que el oferente haya proporcionado el formulario de ofertas, la declaración jurada de no estar comprendido en las prohibiciones y limitaciones para presentar propuesta y contratar, y además las constancias de registro de estructura jurídica y de beneficiarios finales.

Verificará los registros del personal de la convocante para detectar si el oferente o sus representantes, se hallan comprendidos en el artículo 21 de la Ley Nº 7021/22.

Verificará por los medios disponibles, si el oferente y los demás sujetos individualizados en las prohibiciones o limitaciones contenidas en los incisos, aparecen en la base de datos del SINARH del VICE MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO Y GESTION ORGANIZACIONAL.

Si se constatara que alguno de las personas mencionadas en el párrafo anterior figura en la base de datos del SINARH del VICE MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO Y GESTION ORGANIZACIONAL, el comité analizará acabadamente si tal situación le impedirá ejecutar el contrato, exponiendo los motivos para aceptar o rechazar la oferta, según sea el caso.

Verificará que el oferente haya proporcionado el formulario de Declaración de Personas, debidamente firmado, conforme a los estándares establecidos,  y cotejará los datos con las personas físicas inhabilitadas que constan en el registro de Sanciones a Proveedores del SICP. Con el objeto de verificar si los directores, gerentes, socios gerentes, quienes ejerzan la administración, accionistas, cuotapartistas o propietarios se encuentren dentro de los criterios contemplados en los incisos g), h), i), y j) de la Ley 7021/22.

El comité podrá recurrir a fuentes públicas o privadas de información, para verificar los datos proporcionados por el oferente y las obrantes en el registro de inhabilitados de la DNCP.

Si el Comité confirma que el oferente o sus integrantes poseen impedimentos en virtud a lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley N° 7021/22, la oferta será rechazada y se remitirán los antecedentes a la DNCP para los fines pertinentes.

  1. Método de Evaluación

BASADO UNICAMENTE EN PRECIOS.

 

  1. Evaluación basada en multiplicidad de criterios

Se debenestablecer los criterios de evaluación que serán aplicados al principio de valor por dinero, indicando por cada criterio la siguiente información:NO APLICA.

 

Criterio

Parámetros de evaluación

Requisitos de acreditación

Valor por atributo

Tipo de valor

 

 

 

 

 

 

  1. Ponderación de criterios de evaluación - Multiplicidad de criterios

La ponderación de cada criterio de evaluación especificado en la cláusula anterior será el siguiente: No Aplica.

Criterio

Porcentaje de ponderación

 

 

 

  1. Análisis de los precios ofertados

 

La evaluación de ofertas con el criterio basado únicamente en precio, luego de haber realizado la corrección de errores aritméticos y de ordenar las ofertas presentadas de menor a mayor, el Comité de Evaluación procederá a solicitar a los oferentes una explicación detallada de la composición del precio ofertado de cada ítem, rubro o partida adjudicable, conforme al siguiente parámetro:

 

En contrataciones en general: cuando la diferencia entre el precio ofertado y el precio referencial sea superior al 25% para ofertas por debajo del precio referencial y del 15% para ofertas que se encuentren por encima del referencial establecido por la convocante y difundido con el llamado a contratación.

 

Si el oferente no respondiese la solicitud, o la respuesta no sea suficiente para justificar el precio ofertado del bien o servicio, el precio será declarado inaceptable y la oferta rechazada.

El análisis de los precios, con esta metodología, será aplicado a cada ítem, rubro o partida que componga la oferta y en cada caso deberá ser debidamente fundada la decisión adoptada por la Convocante en el ejercicio de su facultad discrecional.

Para la evaluación de ofertas basada en la multiplicidad de criterios, en cuanto al análisis del precio se podrá considerar el parámetro dispuesto en el presente apartado.

 

  1. Composición de Precios

________________________________________________________________________________________

La estructura mínima del desglose de composición de los precios, será:

 

Elementos que determinan el precio del bien/servicio ofertado

Costo expresado en la moneda de la oferta.

Elementos de Valor Fijo

 

Mano de obra

 

Inmuebles

 

Maquinarias

 

Herramientas

 

Vehiculos

 

Equipos informáticos

 

Muebles

 

Seguros

 

Servicios Basicos

 

Elementos de Valor Variable

 

Insumos

 

Mentenimiento

 

Gastos administrativos

 

Gastos de venta

 

Total de costos

 

Utilidad esperada

 

Precio del bien/servicio antes de impuestos

 

Impuestos

 

Precio final del bien/servicio impuestos incluidos

 

 

El oferente podrá presentar junto con su oferta el desglose de composición de precios, cuando su oferta se encuentre fuera de los parámetros establecidos en la cláusula anterior. 

  1. Margende preferencia en procedimientos de contratación de carácter internacional

 

En los procedimientos de contratación de carácter internacional, las convocantes otorgarán el beneficio de margen de preferencia del 10% (diez por ciento), a las ofertas que incorporen:

 

1 - El empleo de los recursos humanos del país.

2 - La adquisición y locación de bienes producidos en la República del Paraguay.

Para el otorgamiento del beneficio, los Oferentes deberán acreditar como mínimo el porcentaje de contenido nacional establecido en la reglamentación vigente en la materia.

 

  1. Requisitos Documentales para la evaluación de las condiciones de participación

 

        1. Formulario de Oferta (*)

[El formulario de oferta y lista de precios, generados electrónicamente a través del SICP, deben ser completados y firmados por el oferente.En caso de que se emplee el módulo de oferta electrónica se considerará que el listado de ítems forma parte del formulario de oferta electrónica, y deberá sujetarse en todo lo demás a la reglamentación vigente.]

        1. Garantía de Mantenimiento de Oferta (*)

[La garantía de mantenimiento de oferta debe ser extendida, bajo la forma establecida en el SICP.

        1. Certificado de Cumplimiento con la Seguridad Social(**)
        1. Certificado de Producto y Empleo Nacional, emitido por el MIC, en caso de contar.(**)
        1. Certificado de Cumplimiento Tributario. (**)
        1. Patente comercial del municipio en donde esté asentado el establecimiento principal del oferente.(**)
        1. Declaración Jurada de Declaración de Personas, de conformidad con el formulario estándar Sección Formularios(**)
        1. Documentos legales. Oferentes

8.1.Personas Físicas.

      1. Fotocopia simple de la Cédula de Identidad del firmante de la oferta. (*)
      1. Constancia de inscripción en el Registro Único de Contribuyentes RUC(*)
      1. En el caso que suscriba la oferta otra persona en su representación, deberá acompañar una fotocopia simple de su cédula de identidad y una fotocopia simple del poder suficiente otorgado por Escritura Pública para presentar la oferta y representarlo en los actos de la licitación. No es necesario que el poder esté inscripto en el Registro de Poderes.(*)

8.2. Personas Jurídicas.

  1. Fotocopia simple de los documentos que acrediten la existencia legal de la persona jurídica tales como la Escritura Pública de Constitución y protocolización de los Estatutos Sociales. Los estatutos deberán estar inscriptos en la Sección Personas Jurídicas de la Dirección de Registros Públicos.(*)
  1. Constancia de inscripción en el Registro Único de Contribuyentes.
  1. Fotocopia simple de los documentos de identidad de los representantes o apoderados de la sociedad.
  1. Fotocopia simple de los documentos que acrediten las facultades del firmante de la oferta para comprometer al oferente. Estos documentos pueden consistir en: un poder suficiente otorgado por Escritura Pública (no es necesario que esté inscripto en el Registro de Poderes); o los documentos societarios que justifiquen la representación del firmante, tales como las actas de asamblea y de directorio en el caso de las sociedades anónimas.(*)

8.3. Oferentes en Consorcio.

  1. Cada integrante del consorcio que sea una persona física domiciliada en la República del Paraguay deberá presentar los documentos requeridos para Oferentes Individuales especificados en el apartado Oferentes Individuales. Personas Físicas. Cada integrante del consorcio que sea una persona jurídica domiciliada en Paraguay deberá presentar los documentos requeridos para Oferentes Individuales Personas Jurídicas. (*)
  1. Original o fotocopia del consorcio constituido o del acuerdo de intención de constituir el consorcio por escritura pública en caso de resultar adjudicados y antes de la firma del contrato. Las formalidades de los acuerdos de intención y de los consorcios serán determinadas por la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas (DNCP).(*)
  1. Fotocopia simple de los documentos que acrediten las facultades de los firmantes del acuerdo de intención de consorciarse. Estos documentos pueden consistir en(*):
      1. Un poder suficiente otorgado por escritura pública por cada miembro del consorcio (no es necesario que esté inscripto en el Registro de Poderes); o
      2. Los documentos societarios de cada miembro del consorcio, que justifiquen la representación del firmante, tales como actas de asamblea y de directorio en el caso de las sociedades anónimas.
  1. Fotocopia simple de los documentos que acrediten las facultades del firmante de la oferta para comprometer al consorcio, cuando se haya formalizado el consorcio. Estos documentos pueden consistir en(*):
    1. Un poder suficiente otorgado por escritura pública por la Empresa Líder del consorcio (no es necesario que esté inscripto en el Registro de Poderes); o
    2. Los documentos societarios de la Empresa Líder, que justifiquen la representación del firmante, tales como actas de asamblea y de directorio en el caso de las sociedades anónimas.

 

 

En caso de que los procedimientos no sean por el módulo de oferta electrónica, el oferente deberá presentar el Formulario de Oferta y la Planilla de precio, para los casos en que se utilice el Módulo de Oferta Electrónica los datos se deberán cargar en el Formulario de oferta electrónica de conformidad a la normativa vigente.

 

Los documentos indicados con asterisco (*) son considerados documentos sustanciales a ser presentados con la oferta de conformidad al Decreto Reglamentario.

 

Los documentos indicados con doble asterisco (**) deberán estar vigentes a la fecha y hora tope de presentación de ofertas..

 

SELECCIÓN BASADA EN CALIDAD Y COSTO. El criterio de selección que se adopta para el presente llamado es el de la Calidad y Costo, estableciéndose la siguiente ponderación: Calidad: 70% (setenta por ciento); Costo: 30% (treinta por ciento).

RECEPCIÓN DE LAS OFERTAS: Las ofertas técnicas y económicas deberán presentarse al mismo tiempo. No se aceptarán enmiendas a las ofertas técnicas y de precio una vez cumplido el plazo. Con el fin de salvaguardar la integridad del proceso, las ofertas técnicas y de precio se presentarán en sobres cerrados y separados, debidamente identificados. La garantía de mantenimiento de oferta deberá ser incorporada en el sobre de la oferta económica. Las ofertas económicas permanecerán cerradas y quedarán depositadas en poder de la Convocante hasta que se proceda a abrirlas en público (Decreto 2992/19 Art.103º Inc.a).

PROCEDIMIENTO: Se efectuará en dos etapas; primero la calidad, y a continuación el costo. Los encargados de evaluar las ofertas técnicas no tendrán acceso a las ofertas de precio sino hasta que la evaluación técnica haya concluido.

Una vez finalizada la evaluación de la oferta técnica, basado en el informe de evaluación, la autoridad competente de la Convocante emitirá un acto administrativo con los puntajes obtenidos.

La notificación se realizará a través del Sistema de Información de las Contrataciones Públicas (SICP) y será considerada como el acto público de notificación a todos los interesados, la cual sustituye a la notificación personal. Los participantes se considerarán notificadas en la fecha de publicación en el referido sistema.

 

PRIMERA ETAPA:

Los criterios establecidos para la evaluación de la oferta técnica (Sobre Nº 1), son los que a continuación se exponen:

A. EVALUACIÓN DE CALIDAD:

En la evaluación se dará especial importancia a la especialización en el área requiriéndose profesionales en el área, para tal efecto, se establecen los factores a evaluar, la importancia de cada factor (ponderación del factor), y los puntajes a utilizar para calificar cada factor (puntaje de calificación). 

La calificación final de cada firma se obtendrá de la suma ponderada de los puntajes logrados de cada factor, según se detalla:

FACTORES DE EVALUACION

PUNTOS TOTALES

A.1 Perfil académico del profesional y/o Consultor

20

A.2 Experiencia del Profesional y/o Consultor

50

A.3 Planificación de trabajo del Profesional o Consultor

30

Total

100

A.1 Perfil académico del profesional y/o Consultor:

El puntaje máximo para este factor será de 20 puntos; Se otorgará 20 (veinte) puntos al Profesional que cuenta con el nivel académico universitario concluido con certificación y/o título otorgado por Entidades Educativas del Estado y/o Privada. 

 

A.2 Calificación y Experiencia de Profesional y/o Consultor:

El puntaje máximo para este factor será de 50 puntos; según siguiente detalle: otorgándose 50 puntos al profesional y/o consultor con experiencia laboral de 8 años como mínimo en Asesoramiento Contable y Administrativo en institución pública o privada, 30 puntos al profesional con experiencia laboral de 5 años como mínimo en Asesoramiento Contable y Administrativo en institución pública o privada y 15 puntos al profesional con experiencia laboral de 3 años como mínimo en Asesoramiento Contable y Administrativo en institución pública o privada (Presentar copias de contratos y constancias de satisfacción o buen desempeño emitida por parte de las contratantes).

A.3 Planificación del trabajo:

La calificación máxima de éste factor será de 30 puntos; Se evaluará la planificación de los trabajos realizados, que como mínimo deberá adecuarse a las instrucciones del oferente. Teniendo en cuenta la claridad, la lógica, la vinculación de las actividades y horas/días asignadas para los servicios.

Se otorgará 30 puntos: a la metodología del plan de trabajo que presente claridad y buena lógica en el cumplimiento de los requerimientos de la convocante, vinculación satisfactoria de horas/días asignadas a cada una de las actividades con el cual se encarará los servicios. Presentar cronograma de actividades a realizar.

Se otorgará 15 puntos: a la metodología del plan de trabajo que presente adecuada lógica en el cumplimiento de los requerimientos de la convocante, vinculación satisfactoria de horas asignadas a las actividades con el cual se encarará los servicios. Presentar cronograma de actividades a realizar.

Se otorgará 10 puntos: a la metodología del plan de trabajo que presente cierta correspondencia con los requerimientos de la convocante, vinculación satisfactoria de horas/días asignadas a cada una de las actividades con el cual se encarará los servicios. Presentar cronograma de actividades a realizar.

MATRIZ DE EVALUACION DE OFERTAS

 

FACTORES

PUNTAJE MÁXIMO ELEGIBLE

OFERENTES PUNTOS

 

  1. EVALUACIÓN DE CALIDAD

 

 

A.1

Antecedentes del profesional y/o Consultor

20

 

 

El puntaje máximo para este factor será de 20 puntos; según siguiente detalle: otorgándose 10 puntos por cada copia simple de título universitario concluido otorgado por Entidades Educativas del Estado y/o Privada habilitada legalmente, 5 puntos por cada copia de Certificado de Post Grado y/o especialización y/o profesionalización concluido otorgado por Entidades Educativas del Estado y/o Privada habilitada legalmente, para el caso de que un oferente posea más de un dos títulos universitarios y/o certificado de especialización serán considerados en orden de prioridad aquellos que guardan relación al objeto del llamado cual es Asesoramiento Contable y Administrativo en institución pública o privada.

 

 

A.2

Calificación y Experiencia del Profesional y/o Consultor

50

 

 

El puntaje máximo para este factor será de 50 puntos, según siguiente detalle: otorgándose 50 puntos al profesional y/o consultor con experiencia laboral de 8 años como mínimo en Asesoramiento Contable y Administrativo en institución pública o privada, 30 puntos al profesional con experiencia laboral de 5 años como mínimo en Asesoramiento Contable y Administrativo en institución pública o privada y 15 puntos al profesional con experiencia laboral de 3 años como mínimo en Asesoramiento Contable y Administrativo en institución pública o privada (Presentar copias de contratos y constancias de satisfacción o buen desempeño emitida por parte de las contratantes)

 

 

A.3

Planificación de trabajo del Profesional o Consultor

30

 

 

La calificación máxima de éste factor será de 30 puntos. Se evaluará la planificación de los trabajos realizados, que como mínimo deberá adecuarse a las instrucciones del oferente. Teniendo en cuenta la claridad, la lógica, la vinculación de las actividades y horas/días asignadas para los servicios.

Se otorgará 30 puntos: a la metodología del plan de trabajo que presente claridad y buena lógica en el cumplimiento de los requerimientos de la convocante, vinculación satisfactoria de horas/días asignadas a cada una de las actividades con el cual se encarará los servicios. Presentar cronograma de actividades a realizar.

Se otorgará 15 puntos: a la metodología del plan de trabajo que presente adecuada lógica en el cumplimiento de los requerimientos de la convocante, vinculación satisfactoria de horas asignadas a las actividades con el cual se encarará los servicios. Presentar cronograma de actividades a realizar.

Se otorgará 10 puntos: a la metodología del plan de trabajo que presente cierta correspondencia con los requerimientos de la convocante, vinculación satisfactoria de horas/días asignadas a cada una de las actividades con el cual se encarará los servicios. Presentar cronograma de actividades a realizar

 

 

 

TOTAL

100

 

En la evaluación de la calidad, el oferente deberá obtener mínimamente 75 (setenta y cinco) puntos sobre 100 (cien) puntos para pasar a la etapa de la evaluación económica.

La Apertura del SOBRE Nº 2 - OFERTA ECONOMICA, una vez finalizada la evaluación de la oferta técnica, basado en el informe de evaluación, la autoridad competente de la Convocante emitirá un acto administrativo con los puntajes obtenidos, la notificación se realizará en forma fisica y será considerada como el acto público de notificación a todos los interesados, la cual sustituye a la notificación personal, los sobres con las ofertas económicas que no hayan superado el análisis técnico, serán devueltos sin abrir después de la adjudicación. En dicha difusión, la Convocante informará el día y hora fijados para la apertura de las ofertas económicas de aquellas firmas que hayan superado el análisis técnico. Las ofertas de precio serán abiertas en presencia de los representantes de las firmas consultoras y/o profesionales que decidan asistir.

En dicha difusión, la Convocante informará el día y hora fijados para la apertura de las ofertas económicas de aquellas firmas que hayan superado el análisis técnico; la fijación de la fecha y hora deberá contemplar el plazo establecido en la normativa para la interposición del recurso de protesta (10 días hábiles). La impugnación contra el resultado de la evaluación técnica tendrá efectos suspensivos respecto a la apertura de la oferta de precios.

 

 

SEGUNDA ETAPA:

Los criterios establecidos para la evaluación de la oferta económica (Sobre Nº 2), son los que a continuación se exponen:

  1. EVALUACION DE PRECIOS

Se asignará un puntaje de 100 a la propuesta de costo más baja, y puntajes inversamente proporcionales a sus respectivos precios a las demás ofertas

Puntaje de costo=              (costo más bajo)         X 100

                                             (costo de la oferta)

En caso de hallarse algún error aritmético que altere el monto total de la oferta, la Municipalidad de Maria Antonia, se reserva el derecho de corregirla, considerando invariable los precios unitarios y, además, el de rechazar una o todas las ofertas si no fuesen convenientes para sus intereses, por razones fundadas y debidamente justificadas.

En caso de discrepancia entre el número y letra de los montos de la oferta presentada prevalecerá la letra.

  1. EVALUACION COMBINADA

 

Evaluación combinada de la calidad y el costo: El puntaje total se obtendrá sumando los puntajes ponderados relativos a la calidad y el costo. El factor de ponderación del costo se elegirá teniendo en cuenta la complejidad del trabajo y la importancia relativa de la calidad. Se adjudicará al oferente cuya oferta obtenga el puntaje más alto.

 

La selección está basada en CALIDAD Y COSTO es decir 70% de CALIDAD y 30% de COSTO.

 

El puntaje total se obtendrá sumando los puntajes ponderados relativos a la calidad y el costo.

 

Puntaje Total Final= 0,70 * (Puntaje de calidad) + 0,30 * (Puntaje de costo).

 

La firma propuesta para ser adjudicada será la que obtenga el mayor puntaje luego de la EVALUACIÓN COMBINADA, según los criterios de evaluación.

 

No se permitirá al Oferente seleccionado que efectúe sustituciones de personal clave, a menos que sea inevitable tal sustitución y sea fundamental para alcanzar los objetivos del trabajo. Si este no fuera el caso y si se determina que en la oferta se ofrecieron los servicios del personal clave sin haber confirmado la disponibilidad de éste, se descalificará al Oferente y continuará el proceso con el oferente que corresponda en el orden de prelación. Además, la descalificación de un Oferente por este motivo podrá ser objeto de sanciones posteriores según lo determine la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas (DNCP). El personal clave que se proponga como reemplazo deberá tener calificaciones profesionales iguales o mejores que el personal clave propuesto inicialmente

 

En caso de consorcio, todos los integrantes del consorcio deberán cumplir los requisitos legales en su totalidad como ser obligaciones tributarias, laborales, de seguridad social, y las específicas para el cumplimiento de los requisitos solicitados, en cuanto a Experiencia y Capacidad Técnica, el socio líder del consorcio quien debe cumplir con al menos el 60% de los criterios de calificación, en tanto que los demás miembros deberán cumplir con el 40%.

 

 

 

 

  1. Capacidad Financiera

 

Con el objetivo de calificar la situación financiera del oferente, se considerarán los siguientes índices:no aplica

 

 

  1. Requisitos documentales para la evaluación de la capacidad financiera:

 

Para evaluar el presente criterio, el oferente deberá presentar las siguientes documentaciones:

No aplica

 

  1. Experiencia Requerida

 

Con el objetivo de calificar la experiencia del oferente, se considerarán los siguientes índices:

LA CAPACIDAD TECNICA SE ENCUENTRA DETERMINADA SEGÚN LA MATRIZ DE EVALUACION DE LA CALIDAD.

Demostrar la experiencia en  con facturaciones de venta y/o recepciones finales por un monto equivalente al Haga clic aquí para escribir texto. % como mínimo del monto total ofertado en la presente licitación, de los:  años. .

 

  1. Requisitos documentales para la evaluación de la experiencia

 

  1. Copia de facturaciones y/o recepciones finales que avalen la experiencia requerida.
  1. No aplica

 

  1. Capacidad Técnica

 

LA CAPACIDAD TECNICA SE ENCUENTRA DETERMINADA SEGÚN LA MATRIZ DE EVALUACION DE LA CALIDAD

El oferente deberá proporcionar evidencia documentada que demuestre su cumplimiento con los siguientes requisitos de capacidad técnica:

no aplica

Requisitos documentales para evaluar el criterio de capacidad técnica

 

Los siguientes documentos serán los considerados para la evaluación del presente criterio:

 

  1. No aplica
  1.  

 

 

  1. Otros criterios que la convocante requiera

 

Otros criterios para la evaluación de las ofertas a ser considerados en esta contratación serán: no aplica

19.Aclaración de las ofertas                                                           

 

Con el objeto de realizar la revisión, evaluación, comparación y posterior calificación de ofertas, el Comité de Evaluación podrá solicitar a los oferentes, aclaraciones respecto de sus ofertas, dichas solicitudes y las respuestas de los oferentes se realizarán por escrito.

A los efectos de confirmar la información o documentación suministrada por el oferente, el Comité de Evaluación, podrá solicitar aclaraciones a cualquier fuente pública o privada de información.

Las aclaraciones de los oferentes que no sean en respuesta a aquellas solicitadas por la convocante, no serán consideradas.

No se solicitará, ofrecerá, ni permitirá ninguna modificación a los precios ni a la sustancia de la oferta, excepto para confirmar la corrección de errores aritmético. 

 

  1. Disconformidades, errores y omisiones

 

Siempre y cuando una oferta se ajuste sustancialmente a las bases de la contratación, el Comité de Evaluación, requerirá que cualquier disconformidad u omisión que no constituya una desviación significativa, sea subsanada en cuanto a la información o documentación que permita al Comité de Evaluación realizar la calificación de la oferta.

A tal efecto, el Comité de Evaluación emplazará por escrito al oferente a que presente la información o documentación necesaria, dentro de un plazo razonable no menor a un día hábil, bajo apercibimiento de rechazo de la oferta. El Comité de Evaluación podrá reiterar el pedido cuando la respuesta no resulte satisfactoria, toda vez que no se viole el principio de igualdad.

 

Con la condición de que la oferta cumpla sustancialmente con los Documentos de la Licitación, la convocante corregirá errores aritméticos de la siguiente manera y notificará al oferente para su aceptación:

a)  Si hay una discrepancia entre un precio unitario y el precio total obtenido al multiplicar ese precio unitario por las cantidades correspondientes, prevalecerá el precio unitario y el precio total será corregido.

b)  Si hay un error en un total que corresponde a la suma o resta de subtotales, los subtotales prevalecerán y se corregirá el total.

c) En caso que el oferente haya cotizado su precio en guaraníes con décimos y céntimos la convocante procederá a realizar el redondeo hacia abajo.

Si hay una discrepancia entre palabras y cifras, prevalecerá el monto expresado en palabras a menos que la cantidad expresada en palabras corresponda a un error aritmético, en cuyo caso prevalecerán las cantidades en cifras de conformidad con los párrafos (a) y (b) mencionados.

 

  1. Criterio de desempate de ofertas

 

En caso de que existan dos o más oferentes solventes que cumplan con todos los requisitos establecidos en el pliego de bases y condiciones del procedimiento de contratación, igualen en precio y sean sus ofertas las más bajas, el comité de evaluación determinará cuál de ellas es la mejor calificada para ejecutar el contrato utilizando los criterios dispuestos para el efecto por la DNCP en la reglamentación pertinente.

 

 

 

 

 

  1. Criterios de Adjudicación

 

De acuerdo con el mercado, el objeto del contrato y el ciclo de vida del bien o servicio, podrá usarse uno o la combinación de varios criterios, previstos en el artículo 52 de la Ley N° 7021/22 ‘’De Suministro y Contrataciones Públicas’’.

 

La adjudicación de la oferta solo podrá fundamentarse en la evaluación de los criterios señalados en los documentos del procedimiento de contratación.

 

En los procedimientos de contratación en los cuales se aplique la combinación de criterios, la evaluación de las ofertas se llevará a cabo con base a la metodología, criterios y parámetros establecidos en los pliegos de bases y condiciones que permitan establecer cuál es aquella que ofrece mayor valor por dinero.

 

En los demás casos, la convocante adjudicará el contrato al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de las bases y condiciones, siempre y cuando la convocante determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente.

 

1. La adjudicación en los procedimientos de contratación en los cuales se aplique el atributo de contrato abierto, se efectuará por las cantidades o montos máximos solicitados en el procedimiento de contratación, sin que ello implique obligación de la convocante de requerir la provisión de esa cantidad o monto durante de la vigencia del contrato, obligándose sí respecto de las cantidades o montos mínimos establecidos.

 

2. En caso de que la convocante no haya adquirido la cantidad o monto mínimo establecido, deberá consultar al proveedor si desea ampliarlo para el siguiente ejercicio fiscal, hasta cumplir el mínimo.

 

3. Al momento de adjudicar el contrato, la convocante se reserva el derecho a disminuir la cantidad de Bienes y/o Servicios requeridos, por razones de disponibilidad presupuestaria u otras razones debidamente justificadas. Estas variaciones no podrán alterar los precios unitarios u otros términos y condiciones de la oferta y de los documentos de la licitación.

 

En aquellos procedimientos de contratación en los cuales se aplique el atributo de contrato abierto, cuando la Convocante deba disminuir cantidades o montos a ser adjudicados, no podrá modificar el monto o las cantidades mínimas establecidas en las bases de la contratación.

 

  1. Notificaciones

 

Cuando la convocante opte por notificar la adjudicación a través del SICP, la notificación de la misma será realizada de manera automática, a los correos declarados en el Registro de Proveedores del Estado de los oferentes presentados. A efectos de la notificación oficial, solo serán considerados tales correos electrónicos. La notificación comprenderá la Resolución de la adjudicación, el informe de evaluación.

En sustitución de la notificación a través del SICP, las Convocantes podrán dar a conocer la adjudicación por medios físicos o electrónicos a cada uno de los oferentes, acompañados de la copia íntegra de la resolución de adjudicación y del informe de evaluación, de conformidad al artículo 62 del Decreto.

La no entrega del informe en ocasión de la notificación, suspende el plazo para formular protestas hasta tanto la convocante haga entrega de dicha copia al oferente solicitante.

3. En caso de la convocante opte por la notificación física a los oferentes participantes, deberá realizarse únicamente con el acuse de recibo y en el mismo con expresa mención de haber recibido el informe de evaluación y la resolución de adjudicación.

4. Las cancelaciones o declaraciones desiertas deberán ser notificadas a todos los oferentes, según el procedimiento indicado precedentemente.     

5. Las notificaciones realizadas en virtud al contrato, deberán ser por escrito y dirigirse a la dirección indicada en el contrato.

 

  1. Audiencia Informativa

 

Una vez notificado el resultado del proceso, el oferente tendrá la facultad de solicitar una audiencia a fin de que la convocante explique los fundamentos que motivan su decisión.

La solicitud de audiencia informativa no suspenderá ni interrumpirá el plazo para la interposición de protestas.

El procedimiento de realización de la misma deberá ajustarse a las reglamentaciones vigentes para el efecto.

 

 

Plazos y condiciones para la ejecución contractual

Los plazos y condiciones establecidos para la ejecución contractual serán los siguientes:

El consultor y/o profesional contratado deberá elaborar un informe final al 20 de diciembre de 2024 de la gestión durante el periodo de vigencia del contrato, el mismo deberá ser entregado en formato impreso duplicado vía mesa de entrada de la Municipalidad dirigida a la Intendencia Municipal que deberá ser aprobada por la autoridad de la contratante antes del desembolso correspondiente, en caso de retrasos, se aplicaran las multas / recargos establecidos en el presente.

Independientemente el consultor y/o profesional contratado podrá presentar un informe parcial de los trabajos realizados a pedido de la autoridad de la contratante, el mismo deberá ser entregado en formato impreso duplicado vía mesa de entrada de la Municipalidad dirigida a la Intendencia Municipal, a fin de mantener informado y actualizado de los procesos de ejecuciones de los servicios contratados según las cláusulas del contrato.

  1. Plan de prestación de los servicios

 

 

Ítem

Descripción del servicio

Cantidad

Unidad de medida de los servicios

Lugar donde los servicios serán prestados

Fecha(s) final(es) de ejecución de los servicios

1

Consultoria Administrativa y/o Contable

1

Unidad

Lugar de la prestación de los

servicios en el local de la firma

adjudicada y en la Municipalidad de Maria Antonia

5 días hábiles posterior a

la recepcion de la orden

de servicio y recibida por

la empresa adjudicada

  1. Indicadores de Cumplimiento de Contrato

 

El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual será:

Para servicios: Informe mensual final

Serán presentados Informes de trabajos prestados

Planificación de indicadores de cumplimiento:

INDICADOR

TIPO

FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA (se indica la fecha que debe presentar según el PBC)

Informe de servicios prestados

Informe de servicios prestados

Diciembre de 2024

 

De manera a establecer indicadores de cumplimiento, a través del sistema de seguimiento de contratos, la convocante deberá determinar el tipo de documento que acredite el efectivo cumplimiento de la ejecución del contrato, así como planificar la cantidad de indicadores que deberán ser presentados durante la ejecución. Por lo tanto, la convocante en este apartado y de acuerdo al tipo de contratación de que se trate, deberá indicar el documento a ser comunicado a través del módulo de Seguimiento de Contratos y la cantidad de los mismos.

 

Cantidades requeridas

Las cantidades requeridas para esta contratación serán:

Ítems del llamado ADQUISICION DE CONSULTORIA ADMINISTRATIVA Y/O CONTABLE A LA MUNICIPALIDAD DE MARIA ANTONIA con ID: 124
Ítem Código Catálogo Descripción del Bien Unidad de Medida Cantidad Precio unitario (IVA incluído) Precio total          
1 80101507-036 Consultoria Administrativa y/o Contable unidad  1              
          Precio Total            

Condiciones de pago

Las condiciones y plazos de pago serán las siguientes:

La forma de pago es a PLAZOS, La forma de pago es a PLAZO, dentro de los cinco días posteriores a la aprobación de parte de la Intendencia Municipal del informe final por parte del profesional y/o firma consultora contratado, el mismo deberá estar acompañado la solicitud de cancelación de pago dirigida a la convocante con la factura, declaración de impuestos, informes de los servicios prestados aprobados por la máxima autoridad de la convocante.

El adjudicado para solicitar el pago de las obligaciones deberá presentar la solicitud acompañada de los siguientes documentos:

Documentos Genéricos:

 

  1. Nota de remisión u orden de prestación de servicios según el objeto de la contratación;
  2. La factura de pago, con timbrado vigente, la cual deberán expresar claramente por separado el Impuesto al Valor Agregado (IVA) de conformidad con las disposiciones tributarias aplicables. En ningún caso el valor total facturado podrá exceder el valor adjudicado o las adendas aprobadas;
  3. REPSE (registro de prestadores de servicios) todos los que son prestadores de servicios;
  4. Certificado de Cumplimiento Tributario;
  5. Constancia de Cumplimiento con la Seguridad Social;
  6. Formulario de Identificación de Servicios Personales (FIS).

Otros requerimientos de la convocante

No aplica