La Descripción del bien, servicio u obra a ser adquirido será conforme se establece en las bases:
El criterio de evaluación ha ser utilizado en el presente procedimiento de contratación será:
Podrán participar de este procedimiento, las personas físicas, jurídicas y/o Consorcio, constituidos o con acuerdo de intención, inscriptos en el Registro de Proveedores del Estado.
Los oferentes domiciliados en la República del Paraguay, que pretendan participar en un procedimiento de contratación, no deberán estar comprendidos en las prohibiciones o limitaciones para presentar propuestas y contratar con el Estado, establecidas en la Ley N° 7021/22 "DE SUMINISTROS Y CONTRATACIONES PUBLICAS".
En los casos de procedimientos de contratación de carácter nacional podrán participar las sucursales de las matrices internacionales constituidas en la República del Paraguay. Solo serán admitidas como criterios de adjudicación las capacidades, experiencia y aptitudes de la sucursal recabadas desde su constitución, sin admitirse la utilización de las cualidades de la casa matriz u otras filiales o sucursales.
Calificación Legal. Los oferentes deberán declarar que no se encuentran comprendidos en las limitaciones o prohibiciones para contratar con el Estado, según lo establecido en el artículo 21 de la Ley Nº 7021/22 en concordancia con el Artículo 19 de su Decreto Reglamentario. Esta declaración forma parte del formulario de oferta en los casos que el procedimiento de contratación sea convencional y formulario de Oferta electrónica en el caso que se utilice el módulo de oferta electrónica.
Serán desechadas las ofertas de los oferentes que se encuentren comprendidos en las prohibiciones o limitaciones para presentar propuesta y contratar con el Estado, a la hora y fecha límite de presentación de ofertas o a la fecha de firma del contrato.
A los efectos de la verificación de la existencia de prohibiciones o limitaciones contenidas en el artículo 21 de la Ley Nº 7021/22, el comité de evaluación realizará el siguiente análisis:
Verificará que el oferente haya proporcionado el formulario de ofertas, la declaración jurada de no estar comprendido en las prohibiciones y limitaciones para presentar propuesta y contratar, y además las constancias de registro de estructura jurídica y de beneficiarios finales.
Verificará los registros del personal de la convocante para detectar si el oferente o sus representantes, se hallan comprendidos en el artículo 21 de la Ley Nº 7021/22.
Verificará por los medios disponibles, si el oferente y los demás sujetos individualizados en las prohibiciones o limitaciones contenidas en los incisos, aparecen en la base de datos del SINARH del VICE MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO Y GESTION ORGANIZACIONAL.
Si se constatara que alguno de las personas mencionadas en el párrafo anterior figura en la base de datos del SINARH del VICE MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO Y GESTION ORGANIZACIONAL, el comité analizará acabadamente si tal situación le impedirá ejecutar el contrato, exponiendo los motivos para aceptar o rechazar la oferta, según sea el caso.
Verificará que el oferente haya proporcionado el formulario de Declaración de Personas, debidamente firmado, conforme a los estándares establecidos, y cotejará los datos con las personas físicas inhabilitadas que constan en el registro de Sanciones a Proveedores del SICP. Con el objeto de verificar si los directores, gerentes, socios gerentes, quienes ejerzan la administración, accionistas, cuotapartistas o propietarios se encuentren dentro de los criterios contemplados en los incisos g), h), i), y j) de la Ley 7021/22.
El comité podrá recurrir a fuentes públicas o privadas de información, para verificar los datos proporcionados por el oferente y las obrantes en el registro de inhabilitados de la DNCP.
Si el Comité confirma que el oferente o sus integrantes poseen impedimentos en virtud a lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley N° 7021/22, la oferta será rechazada y se remitirán los antecedentes a la DNCP para los fines pertinentes.
BASADA UNICAMENTE EN PRECIO
Se deben establecer los criterios de evaluación que serán aplicados al principio de valor por dinero, indicando por cada criterio la siguiente información: NO APLICA
Criterio |
Parámetros de evaluación |
Requisitos de acreditación |
Valor por atributo |
Tipo de valor |
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La ponderación de cada criterio de evaluación especificado en la cláusula anterior será el siguiente: NO APLICA
Criterio |
Porcentaje de ponderación |
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La evaluación de ofertas con el criterio basado únicamente en precio, luego de haber realizado la corrección de errores aritméticos y de ordenar las ofertas presentadas de menor a mayor, el Comité de Evaluación procederá a solicitar a los oferentes una explicación detallada de la composición del precio ofertado de cada ítem, rubro o partida adjudicable, conforme al siguiente parámetro:
En contrataciones en general: cuando la diferencia entre el precio ofertado y el precio referencial sea superior al 25% para ofertas por debajo del precio referencial y del 15% para ofertas que se encuentren por encima del referencial establecido por la convocante y difundido con el llamado a contratación.
Si el oferente no respondiese la solicitud, o la respuesta no sea suficiente para justificar el precio ofertado del bien o servicio, el precio será declarado inaceptable y la oferta rechazada.
El análisis de los precios, con esta metodología, será aplicado a cada ítem, rubro o partida que componga la oferta y en cada caso deberá ser debidamente fundada la decisión adoptada por la Convocante en el ejercicio de su facultad discrecional.
Para la evaluación de ofertas basada en la multiplicidad de criterios, en cuanto al análisis del precio se podrá considerar el parámetro dispuesto en el presente apartado.
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La estructura mínima del desglose de composición de los precios, será:
Item |
Costo de Bien |
Gastos de Entrega |
Gastos de Cobranza |
Impuestos |
Precio Final |
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Transporte |
Seguro |
Mano de Obra |
Interés Financiero |
IVA |
Renta |
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El oferente podrá presentar junto con su oferta el desglose de composición de precios, cuando su oferta se encuentre fuera de los parámetros establecidos en la cláusula anterior.
En los procedimientos de contratación de carácter internacional, las convocantes otorgarán el beneficio de margen de preferencia del 10% (diez por ciento), a las ofertas que incorporen:
1 - El empleo de los recursos humanos del país.
2 - La adquisición y locación de bienes producidos en la República del Paraguay.
Para el otorgamiento del beneficio, los Oferentes deberán acreditar como mínimo el porcentaje de contenido nacional establecido en la reglamentación vigente en la materia.
[El formulario de oferta y lista de precios, generados electrónicamente a través del SICP, deben ser completados y firmados por el oferente.En caso de que se emplee el módulo de oferta electrónica se considerará que el listado de ítems forma parte del formulario de oferta electrónica, y deberá sujetarse en todo lo demás a la reglamentación vigente.] |
[La garantía de mantenimiento de oferta debe ser extendida, bajo la forma establecida en el SICP. |
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8.1.Personas Físicas. |
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8.2. Personas Jurídicas. |
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8.3. Oferentes en Consorcio. |
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En caso de que los procedimientos no sean por el módulo de oferta electrónica, el oferente deberá presentar el Formulario de Oferta y la Planilla de precio, para los casos en que se utilice el Módulo de Oferta Electrónica los datos se deberán cargar en el Formulario de oferta electrónica de conformidad a la normativa vigente.
Los documentos indicados con asterisco (*) son considerados documentos sustanciales a ser presentados con la oferta de conformidad al Decreto Reglamentario.
Los documentos indicados con doble asterisco (**) deberán estar vigentes a la fecha y hora tope de presentación de ofertas..
Con el objetivo de calificar la situación financiera del oferente, se considerarán los siguientes índices: a) Contribuyente de IRACIS. Deberán cumplir con los siguientes parámetros: a. Ratio de Liquidez: activo corriente / pasivo corriente Deberá ser igual o mayor que 1, en promedio, en los ultimos tres años (2020, 2021 y 2022) b. Endeudamiento: pasivo total / activo total No deberá ser mayor a 0,80 en promedio, en los años( 2020, 2021 y 2022) c. Rentabilidad: Porcentaje de utilidad después de impuestos o pérdida con respecto al Capital El promedio en los últimos años, no deberá ser negativo ,( 2020, 2021 y 2022) b) Contribuyentes de IRPC. Deberán cumplir el siguiente parámetro: Eficiencia: (Ingreso/Egreso).Deberá ser igual o mayor que 1, el promedio, de los últimos ejercicios fiscales, (2020, 2021 y 2022) c) Contribuyentes de IRP. Deberán cumplir el siguiente parámetro: Eficiencia: (Ingreso/Egreso).Deberá ser igual o mayor que 1, el promedio, de los últimos ejercicios fiscales (2020, 2021 y 2022) d) Contribuyentes exclusivamente de IVA General Deberá cumplir el siguiente parámetro: Eficiencia: (Ingreso/Egreso).Deberá ser igual o mayor que 1, el promedio, de los 3 últimos años (2020, 2021 y 2022)
Para evaluar el presente criterio, el oferente deberá presentar las siguientes documentaciones:
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Con el objetivo de calificar la experiencia del oferente, se considerarán los siguientes índices:
Demostrar la experiencia en MANTENIMIENTO Y REPARACION DE MAQUINARIAS VEHÍCULOS con facturaciones de venta y/o recepciones finales por un monto equivalente al 30 (TREINTA) % como mínimo del monto total ofertado en la presente licitación, de los: 2021 2022- 2023 años.
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El oferente deberá proporcionar evidencia documentada que demuestre su cumplimiento con los siguientes requisitos de capacidad técnica:
1 deberá contar con 1 (uno) personal con experiencia mínima de 3 (tres) años en el servicio de mantenimiento y reparaciones de maquinarias pesadas.
Infraestructura
Local acorde para la prestación de los servicios solicitados (tinglado).
Capacidad de transporte y herramientas necesarias para la prestación del servicio
Contar con habilitación del rubro de mantenimiento y reparaciones menores y mayores de maquinarias mínimo 5 (cinco) años de antigüedad en el rubro.
Los siguientes documentos serán los considerados para la evaluación del presente criterio:
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Otros criterios para la evaluación de las ofertas a ser considerados en esta contratación serán: NO APLICA
19. Aclaración de las ofertas
Con el objeto de realizar la revisión, evaluación, comparación y posterior calificación de ofertas, el Comité de Evaluación podrá solicitar a los oferentes, aclaraciones respecto de sus ofertas, dichas solicitudes y las respuestas de los oferentes se realizarán por escrito.
A los efectos de confirmar la información o documentación suministrada por el oferente, el Comité de Evaluación, podrá solicitar aclaraciones a cualquier fuente pública o privada de información.
Las aclaraciones de los oferentes que no sean en respuesta a aquellas solicitadas por la convocante, no serán consideradas.
No se solicitará, ofrecerá, ni permitirá ninguna modificación a los precios ni a la sustancia de la oferta, excepto para confirmar la corrección de errores aritmético.
Siempre y cuando una oferta se ajuste sustancialmente a las bases de la contratación, el Comité de Evaluación, requerirá que cualquier disconformidad u omisión que no constituya una desviación significativa, sea subsanada en cuanto a la información o documentación que permita al Comité de Evaluación realizar la calificación de la oferta.
A tal efecto, el Comité de Evaluación emplazará por escrito al oferente a que presente la información o documentación necesaria, dentro de un plazo razonable no menor a un día hábil, bajo apercibimiento de rechazo de la oferta. El Comité de Evaluación podrá reiterar el pedido cuando la respuesta no resulte satisfactoria, toda vez que no se viole el principio de igualdad.
Con la condición de que la oferta cumpla sustancialmente con los Documentos de la Licitación, la convocante corregirá errores aritméticos de la siguiente manera y notificará al oferente para su aceptación:
a) Si hay una discrepancia entre un precio unitario y el precio total obtenido al multiplicar ese precio unitario por las cantidades correspondientes, prevalecerá el precio unitario y el precio total será corregido.
b) Si hay un error en un total que corresponde a la suma o resta de subtotales, los subtotales prevalecerán y se corregirá el total.
c) En caso que el oferente haya cotizado su precio en guaraníes con décimos y céntimos la convocante procederá a realizar el redondeo hacia abajo.
Si hay una discrepancia entre palabras y cifras, prevalecerá el monto expresado en palabras a menos que la cantidad expresada en palabras corresponda a un error aritmético, en cuyo caso prevalecerán las cantidades en cifras de conformidad con los párrafos (a) y (b) mencionados.
En caso de que existan dos o más oferentes solventes que cumplan con todos los requisitos establecidos en el pliego de bases y condiciones del procedimiento de contratación, igualen en precio y sean sus ofertas las más bajas, el comité de evaluación determinará cuál de ellas es la mejor calificada para ejecutar el contrato utilizando los criterios dispuestos para el efecto por la DNCP en la reglamentación pertinente.
De acuerdo con el mercado, el objeto del contrato y el ciclo de vida del bien o servicio, podrá usarse uno o la combinación de varios criterios, previstos en el artículo 52 de la Ley N° 7021/22 ‘’De Suministro y Contrataciones Públicas’’.
La adjudicación de la oferta solo podrá fundamentarse en la evaluación de los criterios señalados en los documentos del procedimiento de contratación.
En los procedimientos de contratación en los cuales se aplique la combinación de criterios, la evaluación de las ofertas se llevará a cabo con base a la metodología, criterios y parámetros establecidos en los pliegos de bases y condiciones que permitan establecer cuál es aquella que ofrece mayor valor por dinero.
En los demás casos, la convocante adjudicará el contrato al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de las bases y condiciones, siempre y cuando la convocante determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente.
1. La adjudicación en los procedimientos de contratación en los cuales se aplique el atributo de contrato abierto, se efectuará por las cantidades o montos máximos solicitados en el procedimiento de contratación, sin que ello implique obligación de la convocante de requerir la provisión de esa cantidad o monto durante de la vigencia del contrato, obligándose sí respecto de las cantidades o montos mínimos establecidos.
2. En caso de que la convocante no haya adquirido la cantidad o monto mínimo establecido, deberá consultar al proveedor si desea ampliarlo para el siguiente ejercicio fiscal, hasta cumplir el mínimo.
3. Al momento de adjudicar el contrato, la convocante se reserva el derecho a disminuir la cantidad de Bienes y/o Servicios requeridos, por razones de disponibilidad presupuestaria u otras razones debidamente justificadas. Estas variaciones no podrán alterar los precios unitarios u otros términos y condiciones de la oferta y de los documentos de la licitación.
En aquellos procedimientos de contratación en los cuales se aplique el atributo de contrato abierto, cuando la Convocante deba disminuir cantidades o montos a ser adjudicados, no podrá modificar el monto o las cantidades mínimas establecidas en las bases de la contratación.
Cuando la convocante opte por notificar la adjudicación a través del SICP, la notificación de la misma será realizada de manera automática, a los correos declarados en el Registro de Proveedores del Estado de los oferentes presentados. A efectos de la notificación oficial, solo serán considerados tales correos electrónicos. La notificación comprenderá la Resolución de la adjudicación, el informe de evaluación.
En sustitución de la notificación a través del SICP, las Convocantes podrán dar a conocer la adjudicación por medios físicos o electrónicos a cada uno de los oferentes, acompañados de la copia íntegra de la resolución de adjudicación y del informe de evaluación, de conformidad al artículo 62 del Decreto.
La no entrega del informe en ocasión de la notificación, suspende el plazo para formular protestas hasta tanto la convocante haga entrega de dicha copia al oferente solicitante.
3. En caso de la convocante opte por la notificación física a los oferentes participantes, deberá realizarse únicamente con el acuse de recibo y en el mismo con expresa mención de haber recibido el informe de evaluación y la resolución de adjudicación.
4. Las cancelaciones o declaraciones desiertas deberán ser notificadas a todos los oferentes, según el procedimiento indicado precedentemente.
5. Las notificaciones realizadas en virtud al contrato, deberán ser por escrito y dirigirse a la dirección indicada en el contrato.
Una vez notificado el resultado del proceso, el oferente tendrá la facultad de solicitar una audiencia a fin de que la convocante explique los fundamentos que motivan su decisión.
La solicitud de audiencia informativa no suspenderá ni interrumpirá el plazo para la interposición de protestas.
El procedimiento de realización de la misma deberá ajustarse a las reglamentaciones vigentes para el efecto.
SUMINISTROS REQUERIDOS - ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
Esta sección constituye el detalle de los bienes y/o servicios con sus respectivas especificaciones técnicas - EETT, de manera clara y precisa para que el oferente elabore su oferta. Salvo aquellas EETT de productos ya determinados por plantillas aprobadas por la DNCP.
El Suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos bienes y servicios serán suministrados por el Proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el Contrato.
Los bienes y servicios suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y cambios.
El Proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la Contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.
Los productos y/o servicios a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:
El propósito de la Especificaciones Técnicas (EETT), es el de definir las características técnicas de los bienes que la convocante requiere. La convocante preparará las EETT detalladas teniendo en cuenta que:
- Las EETT constituyen los puntos de referencia contra los cuales la convocante podrá verificar el cumplimiento técnico de las ofertas y posteriormente evaluarlas. Por lo tanto, unas EETT bien definidas facilitarán a los oferentes la preparación de ofertas que se ajusten a los documentos de licitación, y a la convocante el examen, evaluación y comparación de las ofertas.
- En las EETT se deberá estipular que todos los bienes o materiales que se incorporen en los bienes deberán ser nuevos, sin uso y del modelo más reciente o actual, y que contendrán todos los perfeccionamientos recientes en materia de diseño y materiales, a menos que en el contrato se disponga otra cosa.
- En las EETT se utilizarán las mejores prácticas. Ejemplos de especificaciones de adquisiciones similares satisfactorias en el mismo sector podrán proporcionar bases concretas para redactar las EETT.
- Las EETT deberán ser lo suficientemente amplias para evitar restricciones relativas a manufactura, materiales, y equipo generalmente utilizados en la fabricación de bienes similares.
- Las normas de calidad del equipo, materiales y manufactura especificadas en los Documentos de Licitación no deberán ser restrictivas. Siempre que sea posible deberán especificarse normas de calidad internacionales . Se deberán evitar referencias a marcas, números de catálogos u otros detalles que limiten los materiales o artículos a un fabricante en particular. Cuando sean inevitables dichas descripciones, siempre deberá estar seguida de expresiones tales como o sustancialmente equivalente u o por lo menos equivalente. Cuando en las ET se haga referencia a otras normas o códigos de práctica particulares, éstos solo serán aceptables si a continuación de los mismos se agrega un enunciado indicando otras normas emitidas por autoridades reconocidas que aseguren que la calidad sea por lo menos sustancialmente igual.
- Asimismo, respecto de los tipos conocidos de materiales, artefactos o equipos, cuando únicamente puedan ser caracterizados total o parcialmente mediante nomenclatura, simbología, signos distintivos no universales o marcas, únicamente se hará a manera de referencia, procurando que la alusión se adecue a estándares internacionales comúnmente aceptados.
- Las EETT deberán describir detalladamente los siguientes requisitos con respecto a por lo menos lo siguiente:
(a) Normas de calidad de los materiales y manufactura para la producción y fabricación de los bienes.
(b) Lista detallada de las pruebas requeridas (tipo y número).
(c) Otro trabajo adicional y/o servicios requeridos para lograr la entrega o el cumplimiento total.
(d) Actividades detalladas que deberá cumplir el proveedor, y consiguiente participación de la convocante.
(e) Lista detallada de avales de funcionamiento cubiertas por la garantía, y las especificaciones de las multas aplicables en caso de que dichos avales no se cumplan.
- Las EETT deberán especificar todas las características y requisitos técnicos esenciales y de funcionamiento, incluyendo los valores máximos o mínimos aceptables o garantizados, según corresponda. Cuando sea necesario, la convocante deberá incluir un formulario específico adicional de oferta (como un Anexo al Formulario de Presentación de la Oferta), donde el oferente proporcionará la información detallada de dichas características técnicas o de funcionamiento con relación a los valores aceptables o garantizados.
Cuando la convocante requiera que el oferente proporcione en su oferta una parte de o todas las Especificaciones Técnicas, cronogramas técnicos, u otra información técnica, la convocante deberá especificar detalladamente la naturaleza y alcance de la información requerida y la forma en que deberá ser presentada por el oferente en su oferta.
Si se debe proporcionar un resumen de las EETT, la convocante deberá insertar la información en la tabla siguiente. El oferente preparará un cuadro similar para documentar el cumplimiento con los requerimientos.
Los bienes y/o servicios deberán cumplir con las siguientes especificaciones técnicas y normas:
Para los procedimientos de Menor Cuantía, este tipo de procedimiento de contratación estará preferentemente reservado a las MIPYMES, de conformidad al artículo 34 inc b) de la Ley N° 7021/22 ‘’De Suministro y Contrataciones Públicas". Son consideradas Mipymes las unidades económicas que, según la dimensión en que organicen el trabajo y el capital, se encuentren dentro de las categorías establecidas en el Artículo 5° de la Ley N° 4457/2012 ‘’PARA LAS MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS’’, y se ocupen del trabajo artesanal, industrial, agroindustrial, agropecuario, forestal, comercial o de servicio
La entrega de los bienes se realizará de acuerdo al plan de entrega, indicado en el presente apartado. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el proveedor indicado a continuación:
NO APLICA
Ítem |
Descripción del bien |
Cantidad |
Unidad de medida |
Lugar de entrega de los bienes |
Fecha(s) final(es) de entrega de los bienes |
(Indicar el N°) |
(Indicar la descripción de los bienes) |
(Insertar la cantidad de bienes a proveer) |
(Indicar la unidad de medida de los bienes |
(Indicar el nombre del lugar) |
(Indicar la(s) fecha(s) de entrega requerida(s) |
|
|
|
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|
|
[La convocante deberá completar este cuadro, indicando el plan de entrega, que deberá cumplir el proveedor para el cumplimiento del contrato; los documentos de embarque, otros documentos que se consideren pertinentes para la entrega de los bienes. Así también las fechas de ejecución deberán ser realistas y consistentes con las fechas requeridas de entrega de los bienes.]
Ítem |
Descripción del servicio |
Cantidad |
Unidad de medida de los servicios |
Lugar donde los servicios serán prestados |
Fecha(s) final(es) de ejecución de los servicios |
1 |
Camión Tumba - FORD |
1 |
Unidad |
Tinglado / depósito de maquinarias de la Municipalidad de Caapucú |
31 de diciembre 2024 |
2 |
MOTINIVELADORA - CARTEPILLAR |
1 |
Unidad |
Tinglado / depósito de maquinarias de la Municipalidad de Caapucú |
31 de diciembre 2024 |
3 |
RETROPALA - CARTEPILLAR |
1 |
Unidad |
Tinglado / depósito de maquinarias de la Municipalidad de Caapucú |
31 de diciembre 2024 |
4 |
TRACTOR AGRICOLA |
1 |
Unidad |
Tinglado / depósito de maquinarias de la Municipalidad de Caapucú |
31 de diciembre 2024 |
5 |
CAMIONETA L300 |
1 |
Unidad |
Tinglado / depósito de maquinarias de la Municipalidad de Caapucú |
31 de diciembre 2024 |
6 |
CAMIONETA - AMAROK |
1 |
Unidad |
Tinglado / depósito de maquinarias de la Municipalidad de Caapucú |
31 de diciembre 2024 |
7 |
CAMIÓN - IVECO |
1 |
Unidad |
Tinglado / depósito de maquinarias de la Municipalidad de Caapucú |
31 de diciembre 2024 |
8 | CAMION H100 | 1 | Unidad |
Tinglado / depósito de maquinarias de la Municipalidad de Caapucú |
31 de diciembre 2024 |
Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños: NO APLICA
Lista de Planos o Diseños |
||
Plano o Diseño No. |
Nombre del Plano o Diseño |
Propósito |
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|
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El embalaje, la identificación y la documentación dentro y fuera de los paquetes serán como se indican a continuación:NO APLICA .
1. El Proveedor embalará los bienes en la forma necesaria para impedir que se dañen o deterioren durante el transporte al lugar de destino final indicado en el contrato. El embalaje deberá ser adecuado para resistir, sin limitaciones, su manipulación brusca y descuidada, su exposición a temperaturas extremas, la sal y las precipitaciones, y su almacenamiento en espacios abiertos. En el tamaño y peso de los embalajes se tendrá en cuenta, cuando corresponda, la lejanía del lugar de destino final de los bienes y la carencia de equipo pesado de carga y descarga en todos los puntos en que los bienes deban transbordarse.
2. El embalaje, las identificaciones y los documentos que se coloquen dentro y fuera de los bultos deberán cumplir estrictamente con los requisitos especiales que se hayan estipulado expresamente en el contrato y cualquier otro requisito si lo hubiere, especificado en las condiciones contractuales.
Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación: NO APLICA
1. El proveedor realizará todas las pruebas y/o inspecciones de los Bienes, por su cuenta y sin costo alguno para la contratante.
2. Las inspecciones y pruebas podrán realizarse en las instalaciones del Proveedor o de sus subcontratistas, en el lugar de entrega y/o en el lugar de destino final de entrega de los bienes, o en otro lugar en este apartado.
Cuando dichas inspecciones o pruebas sean realizadas en recintos del Proveedor o de sus subcontratistas se le proporcionarán a los inspectores todas las facilidades y asistencia razonables, incluso el acceso a los planos y datos sobre producción, sin cargo alguno para la Contratante.
3. La Contratante o su representante designado tendrá derecho a presenciar las pruebas y/o inspecciones mencionadas en la cláusula anterior, siempre y cuando éste asuma todos los costos y gastos que ocasione su participación, incluyendo gastos de viaje, alojamiento y alimentación.
4. Cuando el proveedor esté listo para realizar dichas pruebas e inspecciones, notificará oportunamente a la contratante indicándole el lugar y la hora. El proveedor obtendrá de una tercera parte, si corresponde, o del fabricante cualquier permiso o consentimiento necesario para permitir a la contratante o a su representante designado presenciar las pruebas o inspecciones.
5. La Contratante podrá requerirle al proveedor que realice algunas pruebas y/o inspecciones que no están requeridas en el contrato, pero que considere necesarias para verificar que las características y funcionamiento de los bienes cumplan con los códigos de las especificaciones técnicas y normas establecidas en el contrato. Los costos adicionales razonables que incurra el Proveedor por dichas pruebas e inspecciones serán sumados al precio del contrato, en cuyo caso la contratante deberá justificar a través de un dictamen fundado en el interés público comprometido. Asimismo, si dichas pruebas y/o inspecciones impidieran el avance de la fabricación y/o el desempeño de otras obligaciones del proveedor bajo el Contrato, deberán realizarse los ajustes correspondientes a las Fechas de Entrega y de Cumplimiento y de las otras obligaciones afectadas.
6. El proveedor presentará a la contratante un informe de los resultados de dichas pruebas y/o inspecciones.
7. La contratante podrá rechazar algunos de los bienes o componentes de ellos que no pasen las pruebas o inspecciones o que no se ajusten a las especificaciones. El proveedor tendrá que rectificar o reemplazar dichos bienes o componentes rechazados o hacer las modificaciones necesarias para cumplir con las especificaciones sin ningún costo para la contratante. Asimismo, tendrá que repetir las pruebas o inspecciones, sin ningún costo para la contratante, una vez que notifique a la contratante.
8. El proveedor acepta que ni la realización de pruebas o inspecciones de los bienes o de parte de ellos, ni la presencia de la contratante o de su representante, ni la emisión de informes, lo eximirán de las garantías u otras obligaciones en virtud del contrato.
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual será:
Planificación de indicadores de cumplimiento:
INDICADOR |
TIPO |
FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA |
Nota de Remisión / Acta de recepción 1 |
Nota de Remisión / Acta de recepción |
MAYO 2024 |
Nota de Remisión / Acta de recepción 2 |
Nota de Remisión / Acta de recepción |
JUNIO 2024 |
Nota de Remisión / Acta de recepción 3 |
Nota de Remisión / Acta de recepción |
JULIO 2024 |
Nota de Remisión / Acta de recepción 4 |
Nota de Remisión / Acta de recepción |
AGOSTO 2024 |
Nota de Remisión / Acta de recepción 5 |
Nota de Remisión / Acta de recepción |
SETIEMBRE 2024 |
Nota de Remisión / Acta de recepción 6 |
Nota de Remisión / Acta de recepción |
OCTUBRE 2024 |
Nota de Remisión / Acta de recepción 7 |
Nota de Remisión / Acta de recepción |
NOVIEMBRE 2024 |
Nota de Remisión / Acta de recepción 8 |
Nota de Remisión / Acta de recepción |
DICIEMBRE 2024 |
De manera a establecer indicadores de cumplimiento, a través del sistema de seguimiento de contratos, la convocante deberá determinar el tipo de documento que acredite el efectivo cumplimiento de la ejecución del contrato, así como planificar la cantidad de indicadores que deberán ser presentados durante la ejecución. Por lo tanto, la convocante en este apartado y de acuerdo al tipo de contratación de que se trate, deberá indicar el documento a ser comunicado a través del módulo de Seguimiento de Contratos y la cantidad de los mismos.
Los plazos y condiciones establecidos para la ejecución contractual serán los siguientes:
CONDICIONES CONTRACTUALES
1. Si el contexto así lo requiere, el singular significa el plural y viceversa; y "día" significa día calendario, salvo que se haya indicado expresamente que se trata de días hábiles.
2. Condiciones prohibidas, inválidas o inejecutables. Si cualquier provisión o condición del contrato es prohibida o resultase inválida o inejecutable, dicha prohibición, invalidez o falta de ejecución no afectará la validez o el cumplimiento de las otras provisiones o condiciones del contrato.
3. Limitación de Dispensas:
a) Toda dispensa a los derechos o facultades de una de las partes en virtud del contrato, deberá ser documentada por escrito, indicar la fecha, estar firmada por un representante autorizado de la parte que otorga dicha dispensa, deberá especificar la obligación dispensada y el alcance de la dispensa.
b) Sujeto a lo indicado en el inciso precedente, ningún retraso, prórroga, demora o aprobación por cualquiera de las partes al hacer cumplir algún término y condición del contrato o el otorgar prórrogas por una de las partes a la otra, perjudicará, afectará o limitará los derechos de esa parte en virtud del contrato. Asimismo, ninguna prórroga concedida por cualquiera de las partes por un incumplimiento del contrato, servirá de dispensa para incumplimientos posteriores o continuos del contrato.
Se formalizará esta contratación mediante: CONTRATO
Luego de la notificación de adjudicación, el proveedor deberá presentar en el plazo establecido en las reglamentaciones vigentes, los documentos indicados en el presente apartado.
1. Personas Físicas / Jurídicas
1.1. La presentación de los certificados emitidos por las autoridades competentes para cada caso en particular, en el marco de los supuestos del Art. 21 de la Ley N° 7021/22.
2. Documentos. Consorcios
La convocante deberá requerir la presentación de los certificados, de conformidad al numeral 1.1, al oferente que resultare adjudicado, con anterioridad a la firma del contrato. Si el oferente no presentare dichos certificados o realizare una declaración jurada falsa, la adjudicación será revocada, la garantía de mantenimiento de oferta será ejecutada y los antecedentes serán remitidos a la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas.
El porcentaje permitido para la subcontratación será de:NO APLICA
La subcontratación del contrato deberá ser realizada conforme a las disposiciones contenidas en la Ley, el Decreto Reglamentario y la reglamentación que emita para el efecto la DNCP.
1. Los derechos de propiedad intelectual de todos los planos, documentos y otros materiales conteniendo datos e información proporcionada a la contratante por el proveedor, seguirán siendo, salvo prueba en contrario, de propiedad del proveedor. Si esta información fue suministrada a la contratante directamente o a través del proveedor por terceros, incluyendo proveedores de materiales, los derechos de propiedad intelectual de dichos materiales seguirán siendo de propiedad de dichos terceros.
2. Sujeto al cumplimiento por parte de la contratante del párrafo siguiente, el proveedor indemnizará y liberará de toda responsabilidad a la contratante, sus empleados y funcionarios en caso de pleitos, acciones o procedimientos administrativos, reclamaciones, demandas, pérdidas, daños, costos y gastos de cualquier naturaleza, incluyendo gastos y honorarios por representación legal, que la contratante tenga que incurrir como resultado de la transgresión o supuesta transgresión de derechos de propiedad intelectual como patentes, dibujos y modelos industriales registrados, marcas registradas, derechos de autor u otro derecho de propiedad intelectual registrado o ya existente en la fecha del contrato debido a:
La instalación de los bienes por el proveedor o el uso de los bienes en la República del Paraguay; y
La venta de los productos producidos por los bienes en cualquier país.
Dicha indemnización no procederá si los bienes o una parte de ellos fuesen utilizados para fines no previstos en el contrato o para fines que no pudieran inferirse razonablemente del contrato. La indemnización tampoco cubrirá cualquier transgresión que resultará del uso de los bienes o parte de ellos, o de cualquier producto producido como resultado de asociación o combinación con otro equipo, planta o materiales no suministrados por el proveedor en virtud del contrato.
3. Si se entablara un proceso legal o una demanda contra la contratante como resultado de alguna de las situaciones indicadas en la cláusula anterior, la contratante notificará prontamente al proveedor y éste por su propia cuenta y en nombre de la contratante responderá a dicho proceso o demanda, y realizará las negociaciones necesarias para llegar a un acuerdo de dicho proceso o demanda.
4. Si el proveedor no notifica a la contratante dentro de treinta (30) días a partir del recibo de dicha comunicación de su intención de proceder con tales procesos o reclamos, la contratante tendrá derecho a emprender dichas acciones en su propio nombre.
5. La contratante se compromete, a solicitud del proveedor, a prestarle toda la asistencia posible para que el proveedor pueda contestar las citadas acciones legales o reclamaciones. La contratante será reembolsada por el proveedor por todos los gastos razonables en que hubiera incurrido.
6. La contratante deberá indemnizar y eximir de culpa al proveedor y a sus empleados, funcionarios y subcontratistas, por cualquier litigio, acción legal o procedimiento administrativo, reclamo, demanda, pérdida, daño, costo y gasto, de cualquier naturaleza, incluyendo honorarios y gastos de abogado, que pudieran afectar al proveedor como resultado de cualquier transgresión o supuesta transgresión de patentes, modelos de aparatos, diseños registrados, marcas registradas, derechos de autor, o cualquier otro derecho de propiedad intelectual registrado o ya existente a la fecha del contrato, que pudieran suscitarse con motivo de cualquier diseño, datos, planos, especificaciones, u otros documentos o materiales que hubieran sido suministrados o diseñados por la contratante o a nombre suyo.
La responsabilidad por el transporte de los bienes será según se establece en los Incoterms.
Si no está de acuerdo con los Incoterms, la responsabilidad por el transporte deberá ser como sigue: NO APLICA
1. No deberá darse a conocer información alguna acerca del análisis, aclaración y evaluación de las ofertas, mientras dure el mismo de conformidad con el artículo N° 52 de la Ley N° 7021/22 ‘’De Suministro y Contrataciones Públicas’’, ni sobre las recomendaciones relativas a la adjudicación, después de la apertura en público de las ofertas, a los oferentes ni a personas no involucradas en el proceso de evaluación, hasta que haya sido dictada la resolución de adjudicación cuando se trate de un solo sobre. En las respuestas a las solicitudes de aclaración, los oferentes deberán indicar si la información suministrada es de carácter reservado, debiendo precisar la norma legal que la establece como secreta o de carácter reservado, de conformidad a lo estipulado en la Ley N° 5282/14 ‘’DE LIBRE ACCESO CIUDADANO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA Y TRANSPARENCIA GUBERNAMENTAL’’. Cuando se trate de dos sobres, la confidencialidad de la primera etapa será hasta la emisión del acto administrativo de selección de ofertas técnicas, reanudándose la confidencialidad después de la apertura en público de las ofertas económicas hasta la emisión de la resolución de adjudicación.
2. La contratante y el proveedor deberán mantener confidencialidad y en ningún momento divulgarán a terceros, sin el consentimiento de la otra parte, documentos, datos u otra información que hubiera sido directa o indirectamente proporcionada por la otra parte en conexión con el contrato, antes, durante o después de la ejecución del mismo. No obstante, el proveedor podrá proporcionar a sus subcontratistas los documentos, datos e información recibidos de la contratante para que puedan cumplir con su trabajo en virtud del contrato. En tal caso, el proveedor obtendrá de dichos subcontratistas un compromiso de confidencialidad similar al requerido al proveedor en la presente cláusula.
3. La contratante no utilizará dichos documentos, datos u otra información recibida del proveedor para ningún uso que no esté relacionado con el contrato. Así mismo el proveedor no utilizará los documentos, datos u otra información recibida de la contratante para ningún otro propósito diferente al de la ejecución del contrato.
4. La obligación de las partes arriba mencionadas, no aplicará a la información que:
La contratante o el proveedor requieran compartir con otras instituciones que participan en el financiamiento del contrato,
Actualmente o en el futuro se hace de dominio público sin culpa de ninguna de las partes,
Puede comprobarse que estaba en posesión de esa parte en el momento que fue divulgada y no fue previamente obtenida directa o indirectamente de la otra parte, o
Que de otra manera fue legalmente puesta a la disponibilidad de esa parte por un tercero que no tenía obligación de confidencialidad.
5. Las disposiciones precedentes no modificarán de ninguna manera ningún compromiso de confidencialidad otorgado por cualquiera de las partes a quien esto compete antes de la fecha del contrato con respecto a los suministros o cualquier parte de ellos.
6. Las disposiciones de esta cláusula permanecerán válidas después del cumplimiento o terminación del contrato por cualquier razón.
1. El proveedor deberá proporcionar los datos de identificación de sus subproveedores, así como de las personas físicas por medio de las cuales propone cumplir con las obligaciones del contrato, dentro de los treinta días posteriores a la obtención del código de contratación, y con anterioridad al primer pago que vaya a percibir en el marco de dicho contrato, con las especificaciones respecto a cada una de ellas. A ese respecto, el contratista deberá consignar dichos datos en el Formulario de Identificación del Personal (FIP) y en el Formulario de Identificación de Servicios Personales (FIS), a través del Registro del Proveedor del Estado.
2. Cuando ocurra algún cambio en la nómina del personal o de los subcontratistas propuestos, el proveedor o contratista está obligado a actualizar el FIP.
3. Como requerimiento para efectuar los pagos a los proveedores o contratistas, la contratante, a través del procedimiento establecido para el efecto por la entidad previsional, verificará que el proveedor o contratista se encuentre al día en el cumplimiento con sus obligaciones para con el Instituto de Previsión Social (IPS).
4. La contratante podrá realizar las diligencias que considere necesarias para verificar que la totalidad de las personas que prestan servicios personales en relación de dependencia para la contratista y eventuales subcontratistas se encuentren debidamente individualizados en los listados recibidos.
5. El proveedor o contratista deberá permitir y facilitar los controles de cumplimiento de sus obligaciones de aporte obrero patronal, tanto los que fueran realizados por la contratante como los realizados por el IPS, y por funcionarios de la DNCP. La negativa expresa o tácita se considerará incumplimiento del contrato por causa imputable al proveedor o contratista.
6. En caso de detectarse que el proveedor o contratista o alguno de los subcontratistas, no se encontraran al día con el cumplimiento de sus obligaciones para con el IPS, deberán ser emplazados por la contratante para que en diez (10) días hábiles cumplan con sus obligaciones pendientes con la previsional. En el caso de que no lo hiciera, se considerará incumplimiento del contrato por causa imputable al proveedor o contratista.
El Porcentaje de Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato es de:5 %
La garantía adoptará alguna de las siguientes formas: Garantía bancaria o Póliza de Seguros.
El plazo de vigencia de la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato será de: 9 MESES
Si la entrega de los bienes o la prestación de los servicios, se realizare en un plazo menor o igual a diez (10) días calendario posteriores a la firma del contrato, la garantía de fiel cumplimiento deberá ser entregada antes del cumplimiento de la prestación.
Una vez cumplidas las obligaciones por parte del proveedor o contratista, la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato podrá ser liberada y devuelta al proveedor, a requerimiento de parte, dentro de los treinta (30) días contados a partir de la fecha de cumplimiento de las obligaciones, incluyendo cualquier obligación relativa a la garantía de los bienes y/o servicios.
Otras formas y condiciones de pago al proveedor en virtud del contrato serán las siguientes:Haga clic aquí para escribir texto.La solicitud presentada por el adjudicado deberá ir acompañado del informe de trabajos realizados individualizando las maquinarias, con la correspondiente firma de conformidad del responsable del área pertinente. EL pago será efectuado en un plazo no mayor de 5 (cinco) días hábiles contados a partir de la recepción del Departamento de Administración y Finanzas de los documentos requeridos.-
El adjudicado para solicitar el pago de las obligaciones deberá presentar la solicitud acompañada de los siguientes documentos:
1. Documentos Genéricos:
2. La Contratante efectuará los pagos, dentro del plazo establecido en este apartado, sin exceder sesenta (60) días después de la presentación de una factura por el proveedor, y después de que la contratante la haya aceptado. Dicha aceptación o rechazo, deberá darse a más tardar en quince (15) días posteriores a su presentación.
3. De conformidad a las disposiciones del Decreto N° 7781/2006, del 30 de junio de 2006 y modificatoria, en las contrataciones con Organismos de la Administración Central, el proveedor deberá habilitar su respectiva cuenta corriente o caja de ahorro en un Banco de plaza y comunicar a la Contratante para que ésta gestione ante la Dirección General del Tesoro Público, la habilitación en el Sistema de Tesorería (SITE).
Si la mora en el pago por parte de la contratante fuere superior a sesenta (60) días, el proveedor, consultor o contratista, tendrá derecho a solicitar por escrito la suspensión de la ejecución del contrato por causas imputables a la contratante.
La solicitud deberá ser respondida por la contratante dentro de los 10 (diez) días hábiles de haber recibido por escrito el requerimiento. Pasado dicho plazo sin respuesta se considerará denegado el pedido, con lo que se agota la instancia administrativa quedando expedita la vía contencioso administrativa.
Si la demora en el pago fuese superior a ciento veinte (120) días calendario, el proveedor, consultor o contratista podrá proceder a la suspensión del cumplimiento del contrato, debiendo comunicar a la contratante con un mes de antelación tal circunstancia, a efectos del reconocimiento de los derechos que puedan derivarse de dicha suspensión, en los términos establecidos en la Ley. En este supuesto, el pago total de lo adeudado por la contratante determinará la continuidad del cumplimiento del contrato.
Se otorgará anticipo MIPYMES: SI
El plazo dentro del cual se solicitará el anticipo será (en días corridos) de:5 (cinco) días contados a partir de la firma del contrato la que deberá ser amortizada de la siguiente manera: 50 % (cincuenta por ciento) en el primer servicio realizado y 50% en el segundo servicio realizado
1. El anticipo es la suma de dinero que se entrega al proveedor, consultor o contratista destinada al financiamiento de los costos en que éste debe incurrir para iniciar la ejecución del objeto contractual. El mismo no constituye un pago por adelantado; debe estar amparado con una garantía correspondiente al cien por ciento de su valor y deberá ser amortizado durante la ejecución del contrato y durante la ejecución de contrato demostrar el debido uso. La Garantía de Anticipo deberá mantener su vigencia hasta su total amortización.
Los recursos entregados en calidad de anticipo no podrán destinarse a fines distintos a los relacionados con el objeto del contrato.
El proveedor, consultor o contratista que reciba pagos en concepto de anticipo estará obligado a informar a la contratante sobre el destino y la forma de aplicación del mismo, que en todos los casos estará relacionado al efectivo cumplimiento del contrato.
En caso de extensión de la Garantía de Anticipo, la misma deberá cubrir el saldo pendiente de amortización.
2. Si se establece en el SICP el otorgamiento de anticipos, no podrá superar en ningún caso el porcentaje establecido en la legislación vigente.
3. La solicitud de pago del anticipo deberá ser presentada por escrito, con la factura, el plan de inversiones y la Garantía de Anticipo.
4. El proveedor podrá remitir una comunicación por escrito a la contratante, en la cual informe que rechaza el anticipo previsto en el PBC. La falta de solicitud de anticipo en el plazo previsto en el PBC será considerada como un rechazo del mismo. En estos casos podrá darse inicio al cómputo de la ejecución contractual en las condiciones establecidas en el pliego de bases y condiciones.
5. El Pago del Anticipo debe ser total. En el caso que se realizare el pago de un porcentaje inferior al 100% del mismo, el proveedor podrá rechazarlo en el plazo de cinco (5) días hábiles mediante una nota de reclamo remitida a la Contratante. Transcurrido dicho plazo, se considerará que el Anticipo ha sido aceptado por el proveedor y podrá darse inicio al cronograma de ejecución contractual en las condiciones establecidas en el pliego de bases y condiciones.
6. En el caso de que el proveedor haya solicitado el anticipo en las condiciones establecidas en la presente clausula y la convocante no ha procedido al pago, el oferente no está obligado a iniciar la ejecución del contrato hasta tanto el pago se haya efectuado de forma total o de acuerdo a lo dispuesto en el punto 5.
7. La amortización del anticipo se realizará de acuerdo con lo establecido en el contrato, en la proporción que éste indique.
8. Para la ejecución de esta garantía, especialmente cuando sea instrumentada a través de Póliza de Seguro de caución, será requisito que previamente el proveedor sea notificado del incumplimiento y la intimación de que se hará efectiva la ejecución del monto asegurado.
9. A menos que se indique otra cosa en este apartado, la Garantía de Anticipo será liberada por la contratante y devuelta al proveedor, a requerimiento de parte, a más tardar treinta (30) días contados a partir de la fecha de cumplimiento de las obligaciones del proveedor en virtud del contrato, pudiendo ajustarse por el saldo adeudado.
10. En el caso de rescisión o terminación anticipada del contrato, los proveedores o contratistas deberán reintegrar a la contratante el saldo por amortizar
La forma de instrumentación de la Garantía de Anticipo será: Póliza de seguro
El precio del contrato estará sujeto a reajustes. La fórmula y el procedimiento para el reajuste serán los siguientes: El precio del contrato será reajustable, en la medida que durante su ejecución exista una variación sustancial de precios en la economía nacional y esta se vea reflejada en el índice de precios de consumo publicado por el Banco Central del Paraguay, en un valor igual o Mayor al quince por ciento sobre la inflación oficial esperada para el mismo periodo. Los precios reajustados, solo tendrán incidencia sobre los bienes aún no proveídos; y, no tendrán efecto retroactivo respecto a los que ya fueron proveídos antes de la verificación del reajuste.
El precio total del contrato, estará determinado por la siguiente formula.
Pr= P x IPC1
IPC0
Donde:
Pr = Precio Reajustado
P = Precio adjudicado
IPC1 = índice de precios al consumidor publicado por el Banco Central del Paraguay, correspondiente a la fecha de la resolución de Adjudicación.
IPC0 = índice de precios al consumidor publicado por el Banco Central del Paraguay, correspondiente al mes de la apertura de sobres.
Procedimiento para aplicar reajuste : Los precios adjudicados estarán sujetos a reajustes, siempre y cuando la variación del IPC publicado por el BCP haya sufrido una variación igual o mayor al quince por ciento (15%) referente a precio adjudicado.
El oferente adjudicado deberá presentar una nota por mesa de entrada solicitando el reajuste de precios, acompañado con los precios de inflación oficial publicado por el BCP.
El reajuste tendrá aplicación sobre los bienes entregados posteriores al mes en el cual se produjeron las variaciones, el Precio Reajustado debe ser aprobado mediante la Resolución de la máxima autoridad de la Institución municipal.
No se reconocerá reajustes de precios si la provisión se encuentra atrasada respecto al cronograma de entregas aprobado.
La variación del valor del contrato por reajuste de precios, no constituye modificación del contrato en los términos de la Ley N° 7021/22 ‘’De Suministro y Contrataciones Públicas’’, sin embargo, deberá contar con un Código de Contratación, para cuya obtención se deberá cumplir con los requerimientos establecidos por la DNCP.
El valor del porcentaje de multas que será aplicado por el atraso en la entrega de los bienes, prestación de servicios será de: 0,05% (cero coma cero cinco por ciento)
La contratante podrá deducir en concepto de multas una suma equivalente al porcentaje del precio de entrega de los bienes atrasados, por cada día de atraso indicado en este apartado.
La aplicación de multas no libera al proveedor del cumplimiento de sus obligaciones contractuales.
En caso de que la contratante incurriera en mora en los pagos, se aplicará una tasa de interés por cada día de atraso, del: 0,05% (cero coma cero cinco por ciento)
La mora será computada a partir del día siguiente del vencimiento del pago y no incluye el día en el que la contratante realiza el pago.
Si la contratante no efectuara cualquiera de los pagos al proveedor en las fechas de vencimiento correspondiente o dentro del plazo establecido en la presente cláusula, la contratante pagará al proveedor interés sobre los montos de los pagos morosos a la tasa establecida en este apartado, por el período de la demora hasta que haya efectuado el pago completo, ya sea antes o después de cualquier juicio.
Si la mora fuera superior a 60 días, el proveedor, consultor o contratista tendrá derecho a la suspensión del contrato, por motivos que no le serán imputables, previa comunicación a la contratante, de acuerdo a lo establecido en el artículo 66 de la Ley N° 7021/22.
En el caso de bienes de origen extranjero, el proveedor será totalmente responsable del pago de todos los impuestos, derechos, gravámenes, timbres, comisiones por licencias y otros cargos similares que sean exigibles fuera y dentro de la República del Paraguay, hasta el momento en que los bienes contratados sean entregados al contratante.
En el caso de origen nacional, el proveedor será totalmente responsable por todos los impuestos, gravámenes, comisiones por licencias y otros cargos similares incurridos hasta el momento en que los bienes contratados sean entregados a la contratante.
El proveedor será responsable del pago de todos los impuestos y otros tributos o gravámenes con excepción de los siguientes:Haga clic aquí para escribir texto. NO HAY EXONERACION DE IMPUESTO
La contratante podrá acordar modificaciones al contrato conforme al artículo N° 67 de la Ley N° 7021/22 ‘’De Suministro y Contrataciones Públicas’’.
1. Cuando el sistema de adjudicación adoptado sea de abastecimiento simultáneo las ampliaciones de los contratos se regirán por las disposiciones contenidas en la Ley N° 7021/22, sus modificaciones y reglamentaciones, que para el efecto emita la DNCP.
2. Tratándose de contratos abiertos, las modificaciones a ser introducidas se regirán atendiendo a la reglamentación vigente.
3. La celebración de un convenio modificatorio conforme a las reglas establecidas en el artículo N° 67 de la Ley N° 7021/22, que constituyan condiciones de agravación del riesgo cuando la Garantía de Cumplimiento de Contrato sea formalizada a través de póliza de seguro, obliga al proveedor a informar a la compañía aseguradora sobre las modificaciones a ser realizadas y en su caso, presentar ante la contratante los endosos por ajustes que se realicen a la póliza original en razón al convenio celebrado con la contratante.
Excepto en casos de negligencia grave o actuación de mala fe, el proveedor no tendrá ninguna responsabilidad contractual de agravio o de otra índole frente a la contratante por pérdidas o daños indirectos o consiguientes, pérdidas de utilización, pérdidas de producción, o pérdidas de ganancias o por costo de intereses, estipulándose que esta exclusión no se aplicará a ninguna de las obligaciones del proveedor de pagar a la contratante las multas previstas en el contrato.
El proveedor deberá suministrar todos los bienes o servicios de acuerdo con las condiciones establecidas en el pliego de bases y condiciones, sin perjuicio de las responsabilidades establecidas en la Ley N° 7021/22.
El proveedor no estará sujeto a la ejecución de su Garantía de Cumplimiento, liquidación por daños y perjuicios o terminación por incumplimiento en la medida en que la demora o el incumplimiento de sus obligaciones en virtud del contrato sea el resultado de un evento de Fuerza Mayor.
Para fines de esta cláusula, "Fuerza Mayor" significa un evento o situación fuera del control del proveedor que es imprevisible, inevitable y no se origina por descuido o negligencia del mismo. Tales eventos pueden incluir sin que éstos sean los únicos actos de la autoridad en su capacidad soberana, guerras o revoluciones, incendios, inundaciones, epidemias, pandemias, restricciones de cuarentena, y embargos de cargamentos.
El proveedor deberá demostrar el nexo existente entre el caso notorio y la obligación pendiente de cumplimiento. La fuerza mayor solamente podrá afectar a la parte del contrato cuyo cumplimiento imposible fue probado.
No se considerarán casos de Fuerza Mayor los actos o acontecimientos que hagan el cumplimiento de una obligación únicamente más difícil o más onerosa para la parte correspondiente.
Si se presentara un evento de Fuerza Mayor, el proveedor notificará por escrito a la contratante sobre dicha condición y causa, en el plazo de siete (7) días calendario a partir del día siguiente en que el proveedor haya tenido conocimiento del evento o debiera haber tenido conocimiento del evento. Transcurrido el mencionado plazo, sin que el proveedor o contratista haya notificado a la convocante la situación que le impide cumplir con las condiciones contractuales, no podrá invocar caso fortuito o fuerza mayor. Excepcionalmente, la convocante bajo su responsabilidad, podrá aceptar la notificación del evento de caso fortuito en un plazo mayor, debiendo acreditar el interés público comprometido.
La fuerza mayor debe ser invocada con posterioridad a la suscripción del contrato y con anterioridad al vencimiento del plazo de cumplimiento de las obligaciones contractuales.
A menos que la contratante disponga otra cosa por escrito, el proveedor continuará cumpliendo con sus obligaciones en virtud del contrato en la medida que sea razonablemente práctico, y buscará todos los medios alternativos de cumplimiento que no estuviesen afectados por la situación de fuerza mayor existente.
25. Causales de terminación del contrato
1. Terminación por Incumplimiento
a) La contratante, sin perjuicio de otros recursos a su disposición en caso de incumplimiento del contrato, podrá terminar el contrato, en cualquiera de las siguientes circunstancias:
2. Terminación por insolvencia o quiebra
La contratante podrá terminar el contrato mediante comunicación por escrito al proveedor si éste se declarase en quiebra o en estado de insolvencia.
3. Terminación por conveniencia
a) La contratante podrá en cualquier momento terminar total o parcialmente el contrato por razones de interés público debidamente justificada, mediante notificación escrita al proveedor. La notificación indicará la razón de la terminación, así como el alcance de la terminación con respecto a las obligaciones del proveedor, y la fecha en que se hace efectiva dicha terminación.
b) Los bienes que ya estén fabricados y estuviesen listos para ser enviados a la contratante dentro de los treinta (30) días siguientes a la fecha de recibo de la notificación de terminación del contrato deberán ser aceptados por la contratante de acuerdo con los términos y precios establecidos en el contrato. En cuanto al resto de los bienes la contratante podrá elegir entre las siguientes opciones:
-Que se complete alguna porción y se entregue de acuerdo con las condiciones y precios del contrato; y/o
-Que se cancele la entrega restante y se pague al proveedor una suma convenida por aquellos bienes que hubiesen sido parcialmente completados y por los materiales y repuestos adquiridos previamente por el proveedor.
Se podrán establecer otras causales de terminación de contrato, de acuerdo a su naturaleza, y se deberán tener en cuenta, además, las previstas en el artículo 72 y concordantes de la Ley N° 7021/22.
26.Otras causales de terminación del contrato
Además de las ya indicadas en la cláusula anterior, otras causales de terminación de contrato son: NO APLICA
1. La convocante exige que los participantes en los procedimientos de contratación, observen los más altos niveles éticos, ya sea durante el proceso de licitación o de ejecución de un contrato. La convocante actuará frente a cualquier hecho o reclamación que se considere fraudulento o corrupto.
2. Si se comprueba que un funcionario público, o quien actúe en su lugar, y/o el oferente o adjudicatario propuesto en un proceso de contratación, hayan incurrido en prácticas fraudulentas o corruptas, la convocante deberá:
(i) En la etapa de oferta, se descalificará cualquier oferta del oferente y/o rechazará cualquier propuesta de adjudicación relacionada con el proceso de adquisición o contratación de que se trate; y/o
(ii) Durante la ejecución del contrato, se rescindirá el contrato por causa imputable al proveedor;
(iii) Se remitirán los antecedentes del oferente o proveedor directamente involucrado en las prácticas fraudulentas o corruptivas, a la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas, a los efectos de la aplicación de las sanciones previstas.
(iv) Se presentará la denuncia ante las instancias correspondientes si el hecho conocido se encontrare tipificado en la legislación penal.
Fraude y corrupción comprenden actos como:
(i) Ofrecer, dar, recibir o solicitar, directa o indirectamente, cualquier cosa de valor para influenciar las acciones de otra parte;
(ii) Cualquier acto u omisión, incluyendo la tergiversación de hechos y circunstancias, que engañen, o intenten engañar, a alguna parte para obtener un beneficio económico o de otra naturaleza o para evadir una obligación;
(iii) Perjudicar o causar daño, o amenazar con perjudicar o causar daño, directa o indirectamente, a cualquier parte o a sus bienes para influenciar las acciones de una parte;
(iv) Colusión o acuerdo entre dos o más partes realizado con la intención de alcanzar un propósito inapropiado, incluyendo influenciar en forma inapropiada las acciones de otra parte.
(v) Cualquier otro acto considerado como tal en la legislación vigente.
3. Los oferentes deberán declarar que por sí mismos o a través de interpósita persona, se abstendrán de adoptar conductas orientadas a que los funcionarios o empleados de la convocante induzcan o alteren las evaluaciones de las propuestas, el resultado del procedimiento u otros aspectos que les otorguen condiciones más ventajosas con relación a los demás participantes.
‘’Los contratistas, proveedores, consultores y contratantes, podrán solicitar la intervención de la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas alegando el incumplimiento de los términos y condiciones pactados o controversias legales o técnicas en los contratos regidos por la Ley N° 7021/22. Una vez recibida la solicitud respectiva, dentro de los 15 (quince) días hábiles siguientes a la fecha de su recepción, la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas señalará día y hora para audiencia de avenimiento a la que serán citadas las partes. Los requisitos y formalidades para admitir o rechazar la solicitud de intervención, así como los demás trámites del procedimiento de avenimiento serán dispuestos en la reglamentación. Serán aplicables al procedimiento de Avenimiento las disposiciones contenidas en la sección I del Capítulo XVI ‘’PROCEDIMIENTOS JURIDICOS SUSTANCIADOS ANTE LA DIRECCIÓN NACIONAL DE CONTRATACIONES PÚBLICAS’’ de la Ley N° 7021/22.
El procedimiento de Mediación se podrá llevar a cabo ante: NO APLICA Deberá establecer El Poder Judicial o El Centro de Arbitraje y Mediación del Paraguay, según corresponda.
El mediador deberá pertenecer a las Listas del Poder Judicial o del CAMP, según la selección de sede establecida.
Todas las controversias que deriven del presente contrato o que guarden relación con éste y sean susceptibles de transacción o conciliación, podrán ser resueltas por mediación, conforme con las disposiciones de la Ley N° 7021/22 ‘’De Suministro y Contrataciones Públicas’’, de la Ley N° 1879/02 ‘’De Arbitraje y Mediación’’ y las condiciones del contrato. El proceso será presidido mediante la asistencia de un tercero neutral, denominado mediador, de conformidad a la sede establecida. Se aplicará el reglamento respectivo y demás disposiciones que regulen dicho procedimiento al momento de ser requerido, declarando las partes conocer y aceptar los vigentes, incluso en orden a su régimen de gastos y costas, considerándolos parte integrante del presente contrato. Para la ejecución del acta de Mediación, o para dirimir cuestiones que no sean arbitrables, las partes se someterán a la jurisdicción de los tribunales de la ciudad de Asunción, República del Paraguay.
El procedimiento arbitral se podrá llevar a cabo ante las sedes del Centro de Arbitraje y Mediación del Paraguay (en adelante, "CAMP"). El tribunal será conformado por: NO APLICADeberá establecer Árbitro único o Tribunal Colegiado, según corresponda.
El o los árbitros designados deberán pertenecer a la lista del cuerpo arbitral del CAMP, que decidirá conforme a derecho, siendo el laudo definitivo y vinculante para las partes.
Todas las controversias que deriven del presente contrato o que guarden relación con éste serán resueltas definitivamente por arbitraje, conforme con las disposiciones de la Ley Nº 7021/22 "De Suministro y Contrataciones Públicas", de la Ley Nº 1879/02 "De arbitraje y mediación" y las condiciones del Contrato. Se aplicará el reglamento respectivo y demás disposiciones que regule dicho procedimiento al momento de ser requerido, declarando las partes conocer y aceptar los vigentes, incluso en orden a su régimen de gastos y costas, considerándolos parte integrante del presente contrato. Para la ejecución del laudo arbitral, o para dirimir cuestiones que no sean arbitrables, las partes se someterán a la jurisdicción de los tribunales de la ciudad de Asunción, República del Paraguay".
Las cantidades requeridas para esta contratación serán:
MANTENIMIENTO Y REPARACIÓN DE VEHÍCULOS Y MAQUINARIAS | |||||||||
LOTE NRO: 1 | |||||||||
FORD, Contrato Abierto: por Monto. Mínimo: 20.000.000 Máximo: 30.000.000 , Abastecimiento simultáneo: No | |||||||||
Ítem | Código Catálogo | Descripción del Bien | Unidad de Medida | Presentación | Cantidad | Monto Mínimo | Monto Máximo | Precio unitario (IVA incluído) | Precio total |
1 | 73152101-034 | Mant. y Rep. Camion Volquete (FORD) - Automatico de arranque (insumo o repuesto) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
2 | 80111613-9999 | Mant. y Rep. Camion Volquete (FORD) - Automatico de arranque (mano de obra) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
3 | 73152101-034 | Mant. y Rep. Camion Volquete (FORD) - Balanceado de corona (insumo o repuesto) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
4 | 80111613-9999 | Mant. y Rep. Camion Volquete FORD) - Balanceado de corona (mano de obra) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
5 | 73152101-034 | Mant. y Rep. Camion Volquete (FORD) - Bateria (insumo o repuesto) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
6 | 80111613-9999 | Mant. y Rep. Camion Volquete (FORD) - Bateria (mano de obra) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
7 | 73152101-034 | Mant. y Rep. Camion Volquete (FORD) - Bendix (insumo o repuesto) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
8 | 80111613-9999 | Mant. y Rep. Camion Volquete (FORD) - Bendix (mano de obra) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
9 | 73152101-034 | Mant. y Rep. Camion Volquete (FORD) - Bomba de agua (insumo o repuesto) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
10 | 80111613-9999 | Mant. y Rep. Camion Volquete (FORD) - Bomba de agua (mano de obra) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
11 | 80111613-9999 | Mant. y Rep. Camion Volquete (FORD) - Buje estabilizador con mano de obra (insumo o repuesto) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
12 | 80111613-9999 | Mant. y Rep. Camion Volquete (FORD) - Buje estabilizador con mano de obra (mano de obra) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
13 | 73152101-034 | Mant. y Rep. Camion Volquete (FORD) - Cabo acelerador (insumo o repuesto) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
14 | 80111613-9999 | Mant. y Rep. Camion Volquete (FORD) - Cabo acelerador (mano de obra) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
15 | 73152101-034 | Mant. y Rep. Camion Volquete (FORD) - Carbon para alternador (insumo o repuesto) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
16 | 80111613-9999 | Mant. y Rep. Camion Volquete (FORD) - Carbon para alternador (mano de obra) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
17 | 73152101-034 | Mant. y Rep. Camion Volquete (FORD) - Centro elastico (insumo o repuesto) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
18 | 80111613-9999 | Mant. y Rep. Camion Volquete (FORD) - Centro elastico (mano de obra) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
19 | 73152101-034 | Mant. y Rep. Camion Volquete (FORD) - Disco de embrague (insumo o repuesto) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
20 | 80111613-9999 | Mant. y Rep. Camion Volquete (FORD) - Disco de embrague (mano de obra) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
21 | 73152101-034 | Mant. y Rep. Camion Volquete (FORD) - Elastico 80x17x150 (insumo o repuesto) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
22 | 80111613-9999 | Mant. y Rep. Camion Volquete (FORD) - Elastico 80x17x150 (mano de obra) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
23 | 73152101-034 | Mant. y Rep. Camion Volquete (FORD) - Elastico 80x17x160 (insumo o repuesto) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
24 | 80111613-9999 | Mant. y Rep. Camion Volquete (FORD) - Elastico 80x17x160 (mano de obra) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
25 | 73152101-034 | Mant. y Rep. Camion Volquete (FORD) - Elastico 90x18x150 (insumo o repuesto) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
26 | 80111613-9999 | Mant. y Rep. Camion Volquete (FORD) - Elastico 90x18x150 (mano de obra) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
27 | 73152101-034 | Mant. y Rep. Camion Volquete (FORD) - Elastico 90x18x170 (insumo o repuesto) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
28 | 80111613-9999 | Mant. y Rep. Camion Volquete (FORD) - Elastico 90x18x170 (mano de obra) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
29 | 73152101-034 | Mant. y Rep. Camion Volquete (FORD) - Elastico 90x18x220 (insumo o repuesto) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
30 | 80111613-9999 | Mant. y Rep. Camion Volquete (FORD) - Elastico 90x18x220 (mano de obra) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
31 | 73152101-034 | Mant. y Rep. Camion Volquete (FORD) - Filtro de aire (insumo o repuesto) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
32 | 80111613-9999 | Mant. y Rep. Camion Volquete (FORD) - Filtro de aire (mano de obra) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
33 | 73152101-034 | Mant. y Rep. Camion Volquete (FORD) - Filtro de combustible (insumo o repuesto) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
34 | 80111613-9999 | Mant. y Rep. Camion Volquete (FORD) - Filtro de combustible (mano de obra) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
35 | 73152101-034 | Mant. y Rep. Camion Volquete (FORD) - Filtro de trampa (insumo o repuesto) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
36 | 80111613-9999 | Mant. y Rep. Camion Volquete (FORD) - Filtro de trampa (mano de obra) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
37 | 73152101-034 | Mant. y Rep. Camion Volquete (FORD) - Filtro disecador (insumo o repuesto) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
38 | 80111613-9999 | Mant. y Rep. Camion Volquete (FORD) - Filtro disecador (mano de obra) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
39 | 73152101-034 | Mant. y Rep. Camion Volquete (FORD) - Inducido para arranque (insumo o repuesto) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
40 | 80111613-9999 | Mant. y Rep. Camion Volquete (FORD) - Inducido para arranque (mano de obra) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
41 | 73152101-034 | Mant. y Rep. Camion Volquete (FORD) - Juego de bujes para alternador (insumo o repuesto) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
42 | 80111613-9999 | Mant. y Rep. Camion Volquete (FORD) - Juego de bujes para alternador (mano de obra) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
43 | 73152101-034 | Mant. y Rep. Camion Volquete (FORD) - Juego de carbon para arranque (insumo o repuesto) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
44 | 80111613-9999 | Mant. y Rep. Camion Volquete (FORD) - Juego de carbon para arranque (mano de obra) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
45 | 73152101-034 | Mant. y Rep. Camion Volquete (FORD) - Juego de rulemanes de alternador (insumo o repuesto) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
46 | 80111613-9999 | Mant. y Rep. Camion Volquete (FORD) - Juego de rulemanes de alternador (mano de obra) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
47 | 73152101-034 | Mant. y Rep. Camion Volquete (FORD) - Manguera de cilindro hidraulico (insumo o repuesto) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
48 | 80111613-9999 | Mant. y Rep. Camion Volquete (FORD) - Manguera de cilindro hidraulico (mano de obra) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
49 | 73152101-034 | Mant. y Rep. Camion Volquete (FORD) - Manguera de Sistema hidraulico principal (insumo o repuesto) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
50 | 80111613-9999 | Mant. y Rep. Camion Volquete (FORD) - Manguera de Sistema hidraulico principal (mano de obra) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
51 | 73152101-034 | Mant. y Rep. Camion Volquete (FORD) - Plato de presion (insumo o repuesto) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
52 | 80111613-9999 | Mant. y Rep. Camion Volquete (FORD) - Plato de presion (mano de obra) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
53 | 73152101-034 | Mant. y Rep. Camion Volquete (FORD) - Reten trasero (insumo o repuesto) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
54 | 80111613-9999 | Mant. y Rep. Camion Volquete (FORD) - Reten trasero (mano de obra) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
PRECIO TOTAL | |||||||||
LOTE NRO: 2 | |||||||||
CATERPILLAR, Contrato Abierto: por Monto. Mínimo: 25.000.000 Máximo: 40.000.000 , Abastecimiento simultáneo: No | |||||||||
1 | 73152101-014 | Mant. y Rep. Motoniveladora - Automatico (insumo o repuesto) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
2 | 80111613-9999 | Mant. y Rep. Motoniveladora - Automatico (mano de obra) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
3 | 73152101-014 | Mant. y Rep. Motoniveladora - Bateria (insumo o repuesto) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
4 | 73152101-014 | Mant. y Rep. Motoniveladora - Bateria (insumo o repuesto) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
5 | 80111613-9999 | Mant. y Rep. Motoniveladora - Bateria (mano de obra) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
6 | 80111613-9999 | Mant. y Rep. Motoniveladora - Bateria (mano de obra) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
7 | 73152101-014 | Mant. y Rep. Motoniveladora - Bombin de combustible (insumo o repuesto) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
8 | 80111613-9999 | Mant. y Rep. Motoniveladora - Bombin de combustible (mano de obra) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
9 | 73152101-014 | Mant. y Rep. Motoniveladora - Bombin de trampa (insumo o repuesto) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
10 | 80111613-9999 | Mant. y Rep. Motoniveladora - Bombin de trampa (mano de obra) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
11 | 73152101-014 | Mant. y Rep. Motoniveladora - Bombin pico inyector (insumo o repuesto) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
12 | 80111613-9999 | Mant. y Rep. Motoniveladora - Bombin pico inyector (mano de obra) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
13 | 73152101-014 | Mant. y Rep. Motoniveladora - Brida bomba (insumo o repuesto) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
14 | 80111613-9999 | Mant. y Rep. Motoniveladora - Brida bomba (mano de obra) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
15 | 73152101-014 | Mant. y Rep. Motoniveladora - Cojinete radial (insumo o repuesto) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
16 | 80111613-9999 | Mant. y Rep. Motoniveladora - Cojinete radial (mano de obra) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
17 | 73152101-014 | Mant. y Rep. Motoniveladora - Correa ACD (insumo o repuesto) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
18 | 80111613-9999 | Mant. y Rep. Motoniveladora - Correa ACD (mano de obra) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
19 | 73152101-014 | Mant. y Rep. Motoniveladora - Cuchilla 15 con bulones, arandelas y tuercas (insumo o repuesto) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
20 | 80111613-9999 | Mant. y Rep. Motoniveladora - Cuchilla 15 con bulones, arandelas y tuercas (mano de obra) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
21 | 73152101-014 | Mant. y Rep. Motoniveladora - Cuchilla 8 con bulones, arandelas y tuercas (insumo o repuesto) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
22 | 80111613-9999 | Mant. y Rep. Motoniveladora - Cuchilla 8 con bulones, arandelas y tuercas (mano de obra) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
23 | 73152101-014 | Mant. y Rep. Motoniveladora - Filtro de aire circulacion (insumo o repuesto) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
24 | 80111613-9999 | Mant. y Rep. Motoniveladora - Filtro de aire circulacion (mano de obra) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
25 | 73152101-014 | Mant. y Rep. Motoniveladora - Filtro de aire primario (insumo o repuesto) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
26 | 80111613-9999 | Mant. y Rep. Motoniveladora - Filtro de aire primario (mano de obra) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
27 | 73152101-014 | Mant. y Rep. Motoniveladora - Filtro de aire secundario (insumo o repuesto) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
28 | 80111613-9999 | Mant. y Rep. Motoniveladora - Filtro de aire secundario (mano de obra) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
29 | 73152101-014 | Mant. y Rep. Motoniveladora - Filtro de aire sistema (insumo o repuesto) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
30 | 80111613-9999 | Mant. y Rep. Motoniveladora - Filtro de aire sistema (mano de obra) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
31 | 73152101-014 | Mant. y Rep. Motoniveladora - Filtro de combustible primario (insumo o repuesto) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
32 | 80111613-9999 | Mant. y Rep. Motoniveladora - Filtro de combustible primario (mano de obra) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
33 | 73152101-014 | Mant. y Rep. Motoniveladora - Filtro de combustible secundario (insumo o repuesto) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
34 | 80111613-9999 | Mant. y Rep. Motoniveladora - Filtro de combustible secundario (mano de obra) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
35 | 73152101-014 | Mant. y Rep. Motoniveladora - Filtro de trampa de agua (insumo o repuesto) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
36 | 80111613-9999 | Mant. y Rep. Motoniveladora - Filtro de trampa de agua (mano de obra) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
37 | 73152101-014 | Mant. y Rep. Motoniveladora - Filtro de transmision (insumo o repuesto) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
38 | 80111613-9999 | Mant. y Rep. Motoniveladora - Filtro de transmision (mano de obra) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
39 | 73152101-014 | Mant. y Rep. Motoniveladora - Filtro hidraulico (insumo o repuesto) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
40 | 80111613-9999 | Mant. y Rep. Motoniveladora - Filtro hidraulico (mano de obra) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
41 | 73152101-014 | Mant. y Rep. Motoniveladora- Manguera deslizante (insumo o repuesto) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
42 | 80111613-9999 | Mant. y Rep. Motoniveladora - Manguera deslizante (mano de obra) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
43 | 73152101-014 | Mant. y Rep. Motoniveladora - Regulador de combustible (insumo o repuesto) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
44 | 80111613-9999 | Mant. y Rep. Motoniveladora - Regulador de combustible (mano de obra) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
45 | 73152101-014 | Mant. y Rep. Motoniveladora (Volvo) - Regulador de voltaje (insumo o repuesto) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
46 | 80111613-9999 | Mant. y Rep. Motoniveladora - Regulador de voltaje (mano de obra) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
47 | 73152101-014 | Mant. y Rep. Motoniveladora - Reparacion de alternador | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
48 | 73152101-014 | Mant. y Rep. Motoniveladora - Reparacion de motor de arranque | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
49 | 73152101-014 | Mant. y Rep. Motoniveladora - Rotula de cilindro (insumo o repuesto) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
50 | 80111613-9999 | Mant. y Rep. Motoniveladora - Rotula de cilindro (mano de obra) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
PRECIO TOTAL | |||||||||
LOTE NRO: 3 | |||||||||
CATERPILLAR, Contrato Abierto: por Monto. Mínimo: 20.000.000 Máximo: 30.000.000 , Abastecimiento simultáneo: No | |||||||||
1 | 73152101-014 | Mant. y Rep. Pala cargadora- Automatico de arranque (insumo o repuesto) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
2 | 80111613-9999 | Mant. y Rep. Pala cargadora - Automatico de arranque (mano de obra) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
3 | 73152101-014 | Mant. y Rep. Pala cargadora - Bateria 150 A - 12V (insumo o repuesto) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
4 | 80111613-9999 | Mant. y Rep. Pala cargadora - Bateria 150 A - 12V (mano de obra) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
5 | 73152101-014 | Mant. y Rep. Pala cargadora - Bendix (insumo o repuesto) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
6 | 80111613-9999 | Mant. y Rep. Pala cargadora - Bendix (mano de obra) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
7 | 73152101-014 | Mant. y Rep. Pala cargadora - Bomba de combustible (insumo o repuesto) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
8 | 80111613-9999 | Mant. y Rep. Pala cargadora - Bomba de combustible (mano de obra) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
9 | 73152101-014 | Mant. y Rep. Pala cargadora - Bombin (insumo o repuesto) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
10 | 80111613-9999 | Mant. y Rep. Pala cargadora - Bombin (mano de obra) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
11 | 73152101-014 | Mant. y Rep. Pala cargadora - Calibracion de los picos alta presion (insumo o repuesto) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
12 | 80111613-9999 | Mant. y Rep. Pala cargadora - Calibracion de los picos alta presion (mano de obra) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
13 | 73152101-014 | Mant. y Rep. Pala cargadora - Centralizador (insumo o repuesto) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
14 | 80111613-9999 | Mant. y Rep. Pala cargadora- Centralizador (mano de obra) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
15 | 73152101-014 | Mant. y Rep. Pala cargadora - Cojinete oxilante (insumo o repuesto) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
16 | 80111613-9999 | Mant. y Rep. Pala cargadora - Cojinete oxilante (mano de obra) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
17 | 73152101-014 | Mant. y Rep. Pala cargadora - Cojinete radial oxilante (insumo o repuesto) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
18 | 80111613-9999 | Mant. y Rep. Pala cargadora - Cojinete radial oxilante (mano de obra) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
19 | 73152101-014 | Mant. y Rep. Pala cargadora - Correa de bomba de combustible (insumo o repuesto) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
20 | 80111613-9999 | Mant. y Rep. Pala cargadora- Correa de bomba de combustible (mano de obra) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
21 | 73152101-014 | Mant. y Rep. Pala cargadora - Diente con prisionero y tuerce (insumo o repuesto) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
22 | 80111613-9999 | Mant. y Rep. Pala cargadora - Diente con prisionero y tuerce (mano de obra) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
23 | 73152101-014 | Mant. y Rep. Pala cargadora - Filtro de aire primario (insumo o repuesto) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
24 | 80111613-9999 | Mant. y Rep. Pala cargadora - Filtro de aire primario (mano de obra) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
25 | 73152101-014 | Mant. y Rep. Pala cargadora - Filtro de aire secundario (insumo o repuesto) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
26 | 80111613-9999 | Mant. y Rep. Pala cargadora - Filtro de aire secundario (mano de obra) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
27 | 73152101-014 | Mant. y Rep. Pala cargadora- Filtro de combustible (insumo o repuesto) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
28 | 80111613-9999 | Mant. y Rep. Pala cargadora - Filtro de combustible (mano de obra) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
29 | 73152101-014 | Mant. y Rep. Pala cargadora - Filtro de trampa (insumo o repuesto) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
30 | 80111613-9999 | Mant. y Rep. Pala cargadora - Filtro de trampa (mano de obra) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
31 | 73152101-014 | Mant. y Rep. Pala cargadora - Juego de fibra de freno delantero (insumo o repuesto) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
32 | 80111613-9999 | Mant. y Rep. Pala cargadora - Juego de fibra de freno delantero (mano de obra) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
33 | 73152101-014 | Mant. y Rep. Pala cargadora - Juego de fibra de freno trasero ambos lados (insumo o repuesto) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
34 | 80111613-9999 | Mant. y Rep. Pala cargadora - Juego de fibra de freno trasero ambos lados (mano de obra) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
35 | 73152101-014 | Mant. y Rep. Pala cargadora - Juego de ruleman para alternador (insumo o repuesto) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
36 | 80111613-9999 | Mant. y Rep. Pala cargadora- Juego de ruleman para alternador (mano de obra) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
37 | 73152101-014 | Mant. y Rep. Pala cargadora - Munequin de direccion (insumo o repuesto) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
38 | 80111613-9999 | Mant. y Rep. Pala cargadora - Munequin de direccion (mano de obra) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
39 | 73152101-014 | Mant. y Rep. Pala cargadora - Porta carbon de arranque (insumo o repuesto) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
40 | 80111613-9999 | Mant. y Rep. Pala cargadora - Porta carbon de arranque (mano de obra) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
41 | 73152101-014 | Mant. y Rep. Pala cargadora - Porta carbon para alternador (insumo o repuesto) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
42 | 80111613-9999 | Mant. y Rep. Pala cargadora - Porta carbon para alternador (mano de obra) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
43 | 73152101-014 | Mant. y Rep. Pala cargadora - Regulador de freno (insumo o repuesto) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
44 | 80111613-9999 | Mant. y Rep. Pala cargadora - Regulador de freno (mano de obra) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
45 | 73152101-014 | Mant. y Rep. Pala cargadora - Regulador de voltaje (insumo o repuesto) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
46 | 80111613-9999 | Mant. y Rep. Pala cargadora - Regulador de voltaje (mano de obra) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
47 | 73152101-014 | Mant. y Rep. Pala cargadora - Reparacion alternador | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
48 | 73152101-014 | Mant. y Rep. Pala cargadora - Reparacion motor de arranque | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
49 | 73152101-014 | Mant. y Rep. Pala cargadora - Rotula cilindro hidraulico (insumo o repuesto) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
50 | 80111613-9999 | Mant. y Rep. Pala cargadora - Rotula cilindro hidraulico (mano de obra) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
Precio Total | |||||||||
LOTE NRO: 4 | |||||||||
MASSEY FERGUSON, Contrato Abierto: por Monto. Mínimo: 15.000.000 Máximo: 25.000.000 , Abastecimiento simultáneo: No | |||||||||
Ítem | Código Catálogo | Descripción del Bien | Unidad de Medida | Presentación | Cantidad | Monto Mínimo | Monto Máximo | Precio unitario (IVA incluído) | Precio total |
1 | 73152101-028 | Mant. y Rep. Tractor Agricola (Massey Ferguson) - Automatico (insumo o repuesto) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
2 | 80111613-9999 | Mant. y Rep. Tractor Agricola (Massey Ferguson) - Automatico (mano de obra) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
3 | 73152101-028 | Mant. y Rep. Tractor Agricola (Massey Ferguson) - Bendix (insumo o repuesto) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
4 | 80111613-9999 | Mant. y Rep. Tractor Agricola (Massey Ferguson) - Bendix (mano de obra) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
5 | 73152101-028 | Mant. y Rep. Tractor Agricola (Massey Ferguson) - Bomba auxiliar de combustible (insumo o repuesto) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
6 | 80111613-9999 | Mant. y Rep. Tractor Agricola (Massey Ferguson) - Bomba auxiliar de combustible (mano de obra) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
7 | 73152101-028 | Mant. y Rep. Tractor Agricola (Massey Ferguson) - Bomba de aceite (insumo o repuesto) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
8 | 80111613-9999 | Mant. y Rep. Tractor Agricola (Massey Ferguson) - Bomba de aceite (mano de obra) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
9 | 73152101-028 | Mant. y Rep. Tractor Agricola (Massey Ferguson) - Bomba inyectora (insumo o repuesto) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
10 | 80111613-9999 | Mant. y Rep. Tractor Agricola (Massey Ferguson) - Bomba inyectora (mano de obra) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
11 | 73152101-028 | Mant. y Rep. Tractor Agricola (Massey Ferguson) - Bombin de combustible (insumo o repuesto) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
12 | 80111613-9999 | Mant. y Rep. Tractor Agricola (Massey Ferguson) - Bombin de combustible (mano de obra) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
13 | 73152101-028 | Mant. y Rep. Tractor Agricola (Massey Ferguson) - Caja (insumo o repuesto) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
14 | 80111613-9999 | Mant. y Rep. Tractor Agricola (Massey Ferguson) - Caja (mano de obra) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
15 | 73152101-028 | Mant. y Rep. Tractor Agricola (Massey Ferguson) - Capa prensable (insumo o repuesto) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
16 | 73152101-028 | Mant. y Rep. Tractor Agricola (Massey Ferguson) - Casquillo de biela (insumo o repuesto) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
17 | 80111613-9999 | Mant. y Rep. Tractor Agricola (Massey Ferguson) - Casquillo de biela (mano de obra) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
18 | 73152101-028 | Mant. y Rep. Tractor Agricola (Massey Ferguson) - Catraca para rastra (insumo o repuesto) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
19 | 80111613-9999 | Mant. y Rep. Tractor Agricola (Massey Ferguson) - Catraca para rastra (mano de obra) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
20 | 73152101-028 | Mant. y Rep. Tractor Agricola (Massey Ferguson) - Conexion pico conector (insumo o repuesto) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
21 | 73152101-028 | Mant. y Rep. Tractor Agricola (Massey Ferguson) - Conexion recto macho (insumo o repuesto) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
22 | 73152101-028 | Mant. y Rep. Tractor Agricola (Massey Ferguson) - Cruceta (insumo o repuesto) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
23 | 80111613-9999 | Mant. y Rep. Tractor Agricola (Massey Ferguson) - Cruceta (mano de obra) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
24 | 73152101-028 | Mant. y Rep. Tractor Agricola (Massey Ferguson) - Cuchilla de rotativa (insumo o repuesto) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
25 | 80111613-9999 | Mant. y Rep. Tractor Agricola (Massey Ferguson) - Cuchilla de rotativa (mano de obra) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
26 | 73152101-028 | Mant. y Rep. Tractor Agricola (Massey Ferguson) - Disco de embrague (insumo o repuesto) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
27 | 80111613-9999 | Mant. y Rep. Tractor Agricola (Massey Ferguson) - Disco de embrague (mano de obra) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
28 | 73152101-028 | Mant. y Rep. Tractor Agricola (Massey Ferguson) - Disco para rastra c/u (insumo o repuesto) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
29 | 80111613-9999 | Mant. y Rep. Tractor Agricola (Massey Ferguson) - Disco para rastra c/u (mano de obra) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
30 | 73152101-028 | Mant. y Rep. Tractor Agricola (Massey Ferguson) - Filtro de aire primario (insumo o repuesto) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
31 | 80111613-9999 | Mant. y Rep. Tractor Agricola (Massey Ferguson) - Filtro de aire primario (mano de obra) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
32 | 73152101-028 | Mant. y Rep. Tractor Agricola (Massey Ferguson) - Filtro de aire secundario (insumo o repuesto) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
33 | 80111613-9999 | Mant. y Rep. Tractor Agricola (Massey Ferguson) - Filtro de aire secundario (mano de obra) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
34 | 73152101-028 | Mant. y Rep. Tractor Agricola (Massey Ferguson) - Filtro de combustible (insumo o repuesto) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
35 | 80111613-9999 | Mant. y Rep. Tractor Agricola (Massey Ferguson) - Filtro de combustible (mano de obra) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
36 | 73152101-028 | Mant. y Rep. Tractor Agricola (Massey Ferguson) - Filtro de separador (insumo o repuesto) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
37 | 80111613-9999 | Mant. y Rep. Tractor Agricola (Massey Ferguson) - Filtro de separador (mano de obra) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
38 | 73152101-028 | Mant. y Rep. Tractor Agricola (Massey Ferguson) - Filtro hidraulico (insumo o repuesto) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
39 | 73152101-028 | Mant. y Rep. Tractor Agricola (Massey Ferguson) - Filtro hidraulico (insumo o repuesto) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
40 | 80111613-9999 | Mant. y Rep. Tractor Agricola (Massey Ferguson) - Filtro hidraulico (mano de obra) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
41 | 80111613-9999 | Mant. y Rep. Tractor Agricola (Massey Ferguson) - Filtro hidraulico (mano de obra) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
42 | 73152101-028 | Mant. y Rep. Tractor Agricola (Massey Ferguson) - Juego de carbon para alternador (insumo o repuesto) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
43 | 80111613-9999 | Mant. y Rep. Tractor Agricola (Massey Ferguson) - Juego de carbon para alternador (mano de obra) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
44 | 73152101-028 | Mant. y Rep. Tractor Agricola (Massey Ferguson) - Juego de carbon para arranque (insumo o repuesto) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
45 | 80111613-9999 | Mant. y Rep. Tractor Agricola (Massey Ferguson) - Juego de carbon para arranque (mano de obra) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
46 | 73152101-028 | Mant. y Rep. Tractor Agricola (Massey Ferguson) - Juego de casquillo de bancada (insumo o repuesto) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
47 | 80111613-9999 | Mant. y Rep. Tractor Agricola (Massey Ferguson) - Juego de casquillo de bancada (mano de obra) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
48 | 73152101-028 | Mant. y Rep. Tractor Agricola (Massey Ferguson) - Juego de ruleman para alternador (insumo o repuesto) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
49 | 80111613-9999 | Mant. y Rep. Tractor Agricola (Massey Ferguson) - Juego de ruleman para alternador (mano de obra) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
50 | 73152101-028 | Mant. y Rep. Tractor Agricola (Massey Ferguson) - Kit de motor: piston, aro y camisa (insumo o repuesto) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
51 | 80111613-9999 | Mant. y Rep. Tractor Agricola (Massey Ferguson) - Kit de motor: piston, aro y camisa (mano de obra) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
52 | 73152101-028 | Mant. y Rep. Tractor Agricola (Massey Ferguson) - Mancal (insumo o repuesto) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
53 | 80111613-9999 | Mant. y Rep. Tractor Agricola (Massey Ferguson) - Mancal (mano de obra) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
54 | 80111613-9999 | Mant. y Rep. Tractor Agricola (Massey Ferguson) - Manguera 2 pulgadas mallado (mano de obra) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
55 | 73152101-028 | Mant. y Rep. Tractor Agricola (Massey Ferguson) - Manguera 2 pulgadas mallado (insumo o repuesto) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
56 | 80111613-9999 | Mant. y Rep. Tractor Agricola (Massey Ferguson) - Manguera 3b mallado (mano de obra) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
57 | 73152101-028 | Mant. y Rep. Tractor Agricola (Massey Ferguson) - Manguera 3b mallado (insumo o repuesto) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
58 | 73152101-028 | Mant. y Rep. Tractor Agricola (Massey Ferguson) - Manguera hidraulica para acople con rastra (insumo o repuesto) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
59 | 80111613-9999 | Mant. y Rep. Tractor Agricola (Massey Ferguson) - Manguera hidraulica para acople con rastra (mano de obra) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
60 | 73152101-028 | Mant. y Rep. Tractor Agricola (Massey Ferguson) - Mantenimiento general | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
61 | 73152101-028 | Mant. y Rep. Tractor Agricola (Massey Ferguson) - Munequin de direccion (insumo o repuesto) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
62 | 80111613-9999 | Mant. y Rep. Tractor Agricola (Massey Ferguson) - Munequin de direccion (mano de obra) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
63 | 73152101-028 | Mant. y Rep. Tractor Agricola (Massey Ferguson) - Pico inyector (insumo o repuesto) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
64 | 80111613-9999 | Mant. y Rep. Tractor Agricola (Massey Ferguson) - Pico inyector (mano de obra) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
65 | 73152101-028 | Mant. y Rep. Tractor Agricola (Massey Ferguson) - Plato de presion (insumo o repuesto) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
66 | 80111613-9999 | Mant. y Rep. Tractor Agricola (Massey Ferguson) - Plato de presion (mano de obra) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
67 | 73152101-028 | Mant. y Rep. Tractor Agricola (Massey Ferguson) - Porta carbon para alternador (insumo o repuesto) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
68 | 80111613-9999 | Mant. y Rep. Tractor Agricola (Massey Ferguson) - Porta carbon para alternador (mano de obra) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
69 | 73152101-028 | Mant. y Rep. Tractor Agricola (Massey Ferguson) - Porta carbon para arranque (insumo o repuesto) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
70 | 80111613-9999 | Mant. y Rep. Tractor Agricola (Massey Ferguson) - Porta carbon para arranque (mano de obra) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
71 | 73152101-028 | Mant. y Rep. Tractor Agricola (Massey Ferguson) - Prensado (insumo o repuesto) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
72 | 73152101-028 | Mant. y Rep. Tractor Agricola (Massey Ferguson) - Reparacion de alternador (insumo o repuesto) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
73 | 80111613-9999 | Mant. y Rep. Tractor Agricola (Massey Ferguson) - Reparacion de alternador (mano de obra) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
74 | 73152101-028 | Mant. y Rep. Tractor Agricola (Massey Ferguson) - Reparacion de arranque | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
75 | 73152101-028 | Mant. y Rep. Tractor Agricola (Massey Ferguson) - Reparacion de eje de rastra (torneria) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
76 | 73152101-028 | Mant. y Rep. Tractor Agricola (Massey Ferguson) - Reparacion parte electrica | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
77 | 73152101-028 | Mant. y Rep. Tractor Agricola (Massey Ferguson) - Reten de de masa de rastra (insumo o repuesto) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
78 | 80111613-9999 | Mant. y Rep. Tractor Agricola (Massey Ferguson) - Reten de de masa de rastra (mano de obra) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
79 | 73152101-028 | Mant. y Rep. Tractor Agricola (Massey Ferguson) - Ruleman externo de punta eje de rastra (insumo o repuesto) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
80 | 80111613-9999 | Mant. y Rep. Tractor Agricola (Massey Ferguson) - Ruleman externo de punta eje de rastra (mano de obra) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
81 | 73152101-028 | Mant. y Rep. Tractor Agricola (Massey Ferguson) - Ruleman interno de punta eje de rastra (insumo o repuesto) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
82 | 80111613-9999 | Mant. y Rep. Tractor Agricola (Massey Ferguson) - Ruleman interno de punta eje de rastra (mano de obra) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
83 | 73152101-028 | Mant. y Rep. Tractor Agricola (Massey Ferguson) - Tacometro con LCD (insumo o repuesto) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
84 | 80111613-9999 | Mant. y Rep. Tractor Agricola (Massey Ferguson) - Tacometro con LCD (mano de obra) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
85 | 73152101-028 | Mant. y Rep. Tractor Agricola (Massey Ferguson) - Tanque de combustible (insumo o repuesto) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
86 | 80111613-9999 | Mant. y Rep. Tractor Agricola (Massey Ferguson) - Tanque de combustible (mano de obra) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
87 | 73152101-028 | Mant. y Rep. Tractor Agricola (Massey Ferguson) - Tuerca de eje de rastra (insumo o repuesto) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
88 | 80111613-9999 | Mant. y Rep. Tractor Agricola (Massey Ferguson) - Tuerca de eje de rastra (mano de obra) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
89 | 73152101-028 | Mant. y Rep. Tractor Agricola (Massey Ferguson) - Valvula de admision (insumo o repuesto) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
90 | 80111613-9999 | Mant. y Rep. Tractor Agricola (Massey Ferguson) - Valvula de admision (mano de obra) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
91 | 73152101-028 | Mant. y Rep. Tractor Agricola (Massey Ferguson) - Valvula de escape (insumo o repuesto) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
92 | 80111613-9999 | Mant. y Rep. Tractor Agricola (Massey Ferguson) - Valvula de escape (mano de obra) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
Precio Total | |||||||||
LOTE NRO: 5 | |||||||||
MITSUBICHI L300 , Contrato Abierto: por Monto. Mínimo: 10.000.000 Máximo: 15.000.000 , Abastecimiento simultáneo: No | |||||||||
Ítem | Código Catálogo | Descripción del Bien | Unidad de Medida | Presentación | Cantidad | Monto Mínimo | Monto Máximo | Precio unitario (IVA incluído) | Precio total |
1 | 78180101-019 | Cambio de correas - Correa ACA. (insumo o repuesto) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
2 | 80111613-9999 | Cambio de correas - Correa ACA. (mano de obra) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
3 | 78180101-019 | Cambio de correas - Correa alternador. (insumo o repuesto) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
4 | 80111613-9999 | Cambio de correas - Correa alternador. (mano de obra) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
5 | 78180101-014 | Mant. y Rep. Motor - Filtro de aire (insumo o repuesto) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
6 | 80111613-9999 | Mant. y Rep. Motor - Filtro de aire (mano de obra) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
7 | 78180101-014 | Mant. y Rep. Motor - Filtro de combustible (insumo o repuesto) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
8 | 80111613-9999 | Mant. y Rep. Motor - Filtro de combustible (mano de obra) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
9 | 78180101-015 | Mant. y Rep. Refrigeracion del motor- Sensor de filtro de aire (insumo o repuesto) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
10 | 80111613-9999 | Mant. y Rep. Refrigeracion del motor - Sensor de filtro de aire (mano de obra) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
11 | 78180101-003 | Mant. y Rep. Sistema de direccion - Munequin (insumo o repuesto) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
12 | 80111613-9999 | Mant. y Rep. Sistema de direccion - Munequin (mano de obra) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
13 | 78180101-003 | Mant. y Rep. Sistema de direccion - Rotula inferior (insumo o repuesto) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
14 | 80111613-9999 | Mant. y Rep. Sistema de direccion - Rotula inferior (mano de obra) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
15 | 78180101-003 | Mant. y Rep. Sistema de direccion - Rotula superior (insumo o repuesto) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
16 | 80111613-9999 | Mant. y Rep. Sistema de direccion - Rotula superior (mano de obra) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
17 | 78180101-005 | Mant. y Rep. Sistema de embrague - Disco de embrague (insumo o repuesto) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
18 | 80111613-9999 | Mant. y Rep. Sistema de embrague - Disco de embrague (mano de obra) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
19 | 78180101-006 | Mant. y Rep. Sistema de frenos - Juego de Fibra de freno (insumo o repuesto) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
20 | 80111613-9999 | Mant. y Rep. Sistema de frenos - Juego de Fibra de freno (mano de obra) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
21 | 78180101-006 | Mant. y Rep. Sistema de frenos - Juego de Pastillas de frenos (insumo o repuesto) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
22 | 80111613-9999 | Mant. y Rep. Sistema de frenos - Juego de Pastillas de frenos (mano de obra) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
23 | 78180101-004 | Mant. y Rep. Sistema de suspension - Amortiguador delantero (insumo o repuesto) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
24 | 80111613-9999 | Mant. y Rep. Sistema de suspension - Amortiguador delantero (mano de obra) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
25 | 78180101-004 | Mant. y Rep. Sistema de suspension - Amortiguador trasero (insumo o repuesto) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
26 | 80111613-9999 | Mant. y Rep. Sistema de suspension - Amortiguador trasero (mano de obra) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
27 | 78180101-004 | Mant. y Rep. Sistema de suspension - Juego de Buje estabilizador. (insumo o repuesto) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
28 | 80111613-9999 | Mant. y Rep. Sistema de suspension - Juego de Buje estabilizador. (mano de obra) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
29 | 78180101-004 | Mant. y Rep. Sistema de suspension - Juego de Bujes parrilla. (insumo o repuesto) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
30 | 80111613-9999 | Mant. y Rep. Sistema de suspension - Juego de Bujes parrilla. (mano de obra) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
Precio Total | |||||||||
LOTE NRO: 6 | |||||||||
AMAROK, Contrato Abierto: por Monto. Mínimo: 9.000.000 Máximo: 16.000.000 , Abastecimiento simultáneo: No | |||||||||
Ítem | Código Catálogo | Descripción del Bien | Unidad de Medida | Presentación | Cantidad | Monto Mínimo | Monto Máximo | Precio unitario (IVA incluído) | Precio total |
1 | 78180101-019 | Cambio de correas- Correa alternador. (insumo o repuesto) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
2 | 80111613-9999 | Cambio de correas - Correa alternador. (mano de obra) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
3 | 78180101-019 | Cambio de correas - Correa de aire acondicionado (insumo o repuesto) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
4 | 80111613-9999 | Cambio de correas - Correa de aire acondicionado (mano de obra) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
5 | 78180101-019 | Cambio de correas - Correa de direccion (insumo o repuesto) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
6 | 80111613-9999 | Cambio de correas - Correa de direccion (mano de obra) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
7 | 78180101-014 | Mant. y Rep. Motor - Filtro de aire. (insumo o repuesto) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
8 | 80111613-9999 | Mant. y Rep. Motor - Filtro de aire. (mano de obra) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
9 | 78180101-014 | Mant. y Rep. Motor - Filtro de combustible. (insumo o repuesto) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
10 | 80111613-9999 | Mant. y Rep. Motor - Filtro de combustible. (mano de obra) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
11 | 78180101-014 | Mant. y Rep. Motor - Junta tapa de motor (insumo o repuesto) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
12 | 80111613-9999 | Mant. y Rep. Motor - Junta tapa de motor (mano de obra) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
13 | 78180101-014 | Mant. y Rep. Motor- Tapa de motor (insumo o repuesto) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
14 | 80111613-9999 | Mant. y Rep. Motor - Tapa de motor (mano de obra) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
15 | 78180101-003 | Mant. y Rep. Sistema de direccion - Munequin de direccion. (insumo o repuesto) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
16 | 80111613-9999 | Mant. y Rep. Sistema de direccion - Munequin de direccion. (mano de obra) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
17 | 78180101-005 | Mant. y Rep. Sistema de embrague - Plato de presion (insumo o repuesto) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
18 | 80111613-9999 | Mant. y Rep. Sistema de embrague - Plato de presion (mano de obra) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
19 | 78180101-006 | Mant. y Rep. Sistema de frenos - Juego de fibra de freno (insumo o repuesto) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
20 | 80111613-9999 | Mant. y Rep. Sistema de frenos- Juego de fibra de freno (mano de obra) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
21 | 78180101-006 | Mant. y Rep. Sistema de frenos - Juego de pastilla de freno (insumo o repuesto) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
22 | 80111613-9999 | Mant. y Rep. Sistema de frenos - Juego de pastilla de freno (mano de obra) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
23 | 78180101-004 | Mant. y Rep. Sistema de suspension - Amortiguador delantero (insumo o repuesto) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
24 | 80111613-9999 | Mant. y Rep. Sistema de suspension - Amortiguador delantero (mano de obra) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
25 | 78180101-004 | Mant. y Rep. Sistema de suspension - Amortiguador trasero (insumo o repuesto) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
26 | 80111613-9999 | Mant. y Rep. Sistema de suspension - Amortiguador trasero (mano de obra) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
27 | 78180101-004 | Mant. y Rep. Sistema de suspension- Juego de Bujes estabilizador. (insumo o repuesto) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
28 | 80111613-9999 | Mant. y Rep. Sistema de suspension- Juego de Bujes estabilizador. (mano de obra) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
29 | 78180101-004 | Mant. y Rep. Sistema de suspension - Juego de Bujes parrilla. (insumo o repuesto) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
30 | 80111613-9999 | Mant. y Rep. Sistema de suspension- Juego de Bujes parrilla. (mano de obra) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
31 | 78180101-009 | Mant. y Rep. Sistema electrico (Nissan) - Automatico de arranque (insumo o repuesto) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
Precio Total | |||||||||
LOTE NRO: 7 | |||||||||
IVECO AÑO 2009, Contrato Abierto: por Monto. Mínimo: 15.000.000 Máximo:22.000.000, Abastecimiento simultáneo: No | |||||||||
Ítem | Código Catálogo | Descripción del Bien | Unidad de Medida | Presentación | Cantidad | Monto Mínimo | Monto Máximo | Precio unitario (IVA incluído) | Precio total |
1 | 78181507-001 | Arranque nuevo | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
2 | 80111613-9999 | Mano de Obra - Mantenimiento y/o reparación | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
3 | 78181507-001 | Filtro de aceite motor | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
4 | 78181507-001 | Aire primario (repuesto) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
5 | 78181507-001 | Aire secundario (repuesto) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
6 | 78181507-001 | Filtro de combustible | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
7 | 80111613-9999 | Mano de Obra - Mantenimiento y/o reparación (item 3 al 6) | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
8 | 78181507-001 | Radiador | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
9 | 80111613-9999 | Mano de Obra - Mantenimiento y/o reparación | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
10 | 78181507-001 | Pastilla de freno para dos ejes | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
11 | 80111613-9999 | Mano de Obra - Mantenimiento y/o reparación | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
12 | 78181507-001 | Juego de pistones | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
13 | 80111613-9999 | Mano de Obra - Mantenimiento y/o reparación | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
14 | 78181507-001 | Juego de junta | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
15 | 80111613-9999 | Mano de Obra - Mantenimiento y/o reparación | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
16 | 78181507-001 | Juego de aros | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
17 | 78181507-001 | Casquillos | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
18 | 80111613-9999 | Mano de Obra - cambio juego de aro y casquillo | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
19 | 78181507-001 | Rectificadora | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
20 | 80111613-9999 | Mano de Obra - Mantenimiento y/o reparación | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
21 | 78181507-001 | Juego de valvulas | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
22 | 80111613-9999 | Mano de Obra - Mantenimiento y/o reparación | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
23 | 78180101-003 | Reparación de cremallera | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
24 | 80111613-9999 | Servicio de Mano de obra-Reparación de cremallera | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
25 | 78180101-003 | Provisión y cambio de cremallera | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
26 | 80111613-9999 | Servicio de Mano de obra-Provisión y cambio de cremallera | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
27 | 78180101-003 | Provisión y cambio de Precat de dirección | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
28 | 80111613-9999 | Servicio de Mano de obra-Provisión y cambio de Precat de dirección | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
29 | 78180101-003 | Provisión y cambio de muñequines | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
30 | 80111613-9999 | Servicio de Mano de obra-Provisión y cambio de muñequines | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
31 | 78180101-004 | Provisión y cambio de Amortiguadores Delanteros | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
32 | 80111613-9999 | Servicio de Mano de obra-Provisión y cambio de Amortiguadores Delanteros | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
33 | 78180101-004 | Provisión y cambio de Amortiguadores Traseros | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
34 | 80111613-9999 | Servicio de Mano de obra-Provisión y cambio de Amortiguadores Traseros | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
35 | 78180101-004 | Provisión y cambio de Bujes parrilla superior | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
36 | 80111613-9999 | Servicio de Mano de obra-Provisión y cambio de Bujes parrilla superior | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
37 | 78180101-004 | Provisión y cambio de Bujes parrilla inferior | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
38 | 80111613-9999 | Servicio de Mano de obra-Provisión y cambio de Bujes parrilla inferior | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
Precio Total | |||||||||
LOTE NRO: 8 | |||||||||
CAMIÓN H100 , Contrato Abierto: por Monto. Mínimo: 10.000.000 Máximo: 15.000.000, Abastecimiento simultáneo: No | |||||||||
Ítem | Código Catálogo | Descripción del Bien | Unidad de Medida | Presentación | Cantidad | Monto Mínimo | Monto Máximo | Precio unitario (IVA incluído) | Precio total |
1 | 78180101-002 | Reparación de caja de velocidad | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
2 | 80111613-9999 | Mano de Obra - Reparación de caja de velocidad | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
3 | 78180101-002 | Provisión y cambio de cabo de caja | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
4 | 80111613-9999 | Mano de Obra -Provisión y cambio de cabo de caja | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
5 | 78180101-002 | Provisión y cambio de Rulemanes | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
6 | 80111613-9999 | Servicio de Mano de obra- Provisión y cambio de Rulemanes | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
7 | 78180101-002 | Provisión y cambio de engranajes | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
8 | 78180101-002 | Provisión y cambio de retenes | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
9 | 80111613-9999 | Servicio de Mano de obra-Provisión y cambio de retenes | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
10 | 78180101-002 | Provisión y cambio de juego dejunta | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
11 | 80111613-9999 | Servicio de Mano de obra-Provisión y cambio de juego dejunta | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
12 | 78180101-002 | Provisión y cambio de Homocinética | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
13 | 80111613-9999 | Servicio de Mano de obra-Provisión y cambio de Homocinética | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
14 | 78180101-002 | Provisión y cambio de soporte caja | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
15 | 80111613-9999 | Servicio de Mano de obra de soporte caja | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
16 | 78180101-002 | Provisión y cambio de cruceta cardan | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
17 | 80111613-9999 | Servicio de Mano de obra de cruceta cardan | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
18 | 78180101-003 | Provisión y cambio de muñequines | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
19 | 80111613-9999 | Servicio de Mano de obra-Provisión y cambio de muñequines | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
20 | 78180101-003 | Provisión y cambio de precat | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
21 | 80111613-9999 | Servicio de Mano de obra-Provisión y cambio de precat | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
22 | 78180101-003 | Provisión y cambio de Cremallera | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
23 | 80111613-9999 | Servicio de Mano de obra-Provisión y cambio de Cremallera | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
24 | 78180101-004 | Provisión y cambio de Amortiguadores Delanteros | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
25 | 80111613-9999 | Servicio de Mano de obra-Provisión y cambio de Amortiguadores Delanteros | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
26 | 78180101-004 | Provisión y cambio de Amortiguadores Traseros | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
27 | 80111613-9999 | Servicio de Mano de obra-Provisión y cambio de Amortiguadores Traseros | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
28 | 78180101-004 | Provisión y cambio de Bujes parrilla superior | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
29 | 80111613-9999 | Servicio de Mano de obra-Provisión y cambio de Bujes parrilla superior | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
30 | 78180101-004 | Provisión y cambio de Bujes parrilla inferior | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
31 | 80111613-9999 | Servicio de Mano de obra-Provisión y cambio de Bujes parrilla inferior | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
32 | 78180101-005 | Provisión y cambio de Disco de embrague | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
33 | 80111613-9999 | Servicio de Mano de obra-Provisión y cambio de Disco de embrague | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
34 | 78180101-005 | Cambio de Cojinete de empuje | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
35 | 80111613-9999 | Servicio de Mano de obra-Cambio de Cojinete de empuje | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
36 | 78180101-006 | Provisión y Cambio de juego de pastilla de freno | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
37 | 80111613-9999 | Servicio de Mano de obra-Provisión y Cambio de juego de pastilla de freno | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
38 | 78180101-006 | Rectificación de disco de freno | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
39 | 80111613-9999 | Servicio de Mano de obra-Rectificación de disco de freno | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
40 | 78180101-006 | Provisión y Cambio de mordaza de freno | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
41 | 80111613-9999 | Servicio de Mano de obra-Provisión y Cambio de mordaza de freno | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
42 | 78180101-006 | Reparación de mordaza de freno | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
43 | 80111613-9999 | Servicio de Mano de obra-Reparación de mordaza de freno | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
44 | 78180101-006 | Provisión y Cambio de bomba central de freno | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
45 | 80111613-9999 | Servicio de Mano de obra-Provisión y Cambio de bomba central de freno | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
46 | 78180101-006 | Reparacion de bomba central de freno | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
47 | 80111613-9999 | Servicio de Mano de obra-Reparacion de bomba central de freno | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
48 | 78180101-006 | Cementado de Zapata de freno | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
49 | 80111613-9999 | Servicio de Mano de obra de Zapata de freno | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
50 | 78180101-006 | Provisión y cambio de tambor de freno | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
51 | 80111613-9999 | Servicio de Mano de obra de tambor de freno | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
52 | 78180101-009 | Provisión y cambio de focos de busca huellas | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
53 | 80111613-9999 | Servicio de Mano de obra-Provisión y cambio de focos de busca huellas | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
54 | 78180101-009 | Provisión y Cambio de Faros delanteros | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
55 | 80111613-9999 | Servicio de Mano de obra-Provisión y Cambio de Faros delanteros | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
56 | 78180101-009 | Provisión y cambio de Faros traseros | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
57 | 80111613-9999 | Servicio de Mano de obra-Provisión y cambio de Faros traseros | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
58 | 78180101-009 | Provision y cambio de motor arranque | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
59 | 80111613-9999 | Servicio de Mano de obra-Provision y cambio de motor arranque | Unidad | EVENTO | 1 | ||||
Precio Total |
Las condiciones y plazos de pago serán las siguientes:
La solicitud presentada por el adjudicado deberá ir acompañado del informe de trabajos realizados individualizando las maquinarias y los servicios ejecutados, con la correspondiente firma de conformidad del responsable del área pertinente. EL pago será efectuado en un plazo no mayor de 5 (cinco) días hábiles contados a partir de la recepción del Departamento de Administración y Finanzas de los documentos requeridos.-
Lugar de presentacion de documentos: MUNICIPALIDAD DE CAAPUCU
Horario: Lunes a Viernes de 07: 00 hs a 13: 00hs.
Encargado: Jefe de Administración y Finanzas - Lic. Hugo Aguero
REPÚBLICA DEL PARAGUAY
FORMULARIOS ESTÁNDAR
ADQUISICIÓN DE BIENES Y/O SERVICIOS
Segunda Versión
Aprobado por Resolución DNCP N° 455 de fecha 15 de febrero 2024
FORMULARIO Nº 1 NO APLICA
AUTORIZACIÓN DEL FABRICANTE, REPRESENTANTE O DISTRIBUIDOR
[El Oferente solicitará al Fabricante, Representante o Distribuidor que complete este formulario de acuerdo con las instrucciones indicadas. Esta carta de autorización deberá estar escrita en papel membrete del otorgante y deberá estar firmado por la persona debidamente autorizada para firmar documentos que comprometan al Fabricante. El Oferente lo deberá incluir en su oferta, si así se establece en los DDL.].
[Este Formulario podrá ser reemplazado por la documentación que pruebe fehacientemente que el Oferente es Representante o Distribuidor de la marca del bien ofertado]
ID No.: [indicar el número del proceso licitatorio]
A: [indicar el nombre completo de la Convocante]
POR CUANTO
Nosotros [nombre completo del fabricante], como fabricantes oficiales de [indique el nombre de los bienes fabricados], con fábricas ubicadas en [indique la dirección completa de las fábricas] mediante el presente instrumento autorizamos a [indicar el nombre y dirección del Oferente] a presentar una oferta con el propósito de suministrar los siguientes bienes de fabricación nuestra [nombre y breve descripción de los bienes], y a posteriormente firmar el contrato.
Cuando existan servicios conexos como parte del contrato, reconocemos que [indique el nombre del Oferente] cuenta con la capacidad para llevarlos a cabo.
Por este medio extendemos nuestro aval y plena garantía, conforme a las bases y condiciones, respecto a los bienes ofrecidos por la firma antes mencionada.
Firma: [del(los) representante(s) autorizado(s) del fabricante]
Nombre: [indicar el nombre completo del representante autorizado del Fabricante]
Cargo: [indicar cargo]
Debidamente autorizado para firmar esta Autorización en nombre de: [nombre completo del Oferente]
Fechado en el día ______________ de __________________de 20__ [fecha de la firma]
FORMULARIO N° 2
FORMULARIO DE DECLARACIÓN JURADA DE MANTENIMIENTO DE OFERTAS
[El Oferente podrá utilizar este formulario para garantizar el mantenimiento de la oferta, cuando el procedimiento de menor cuantía sea inferior a 2.000 jornales mínimos, de conformidad a la reglamentación vigente.]
ID.:_______________________
A: _______________________________________________ [nombre completo de la Convocante]
Yo, quien suscribe, declaro bajo Fe de Juramento que he presentado oferta en representación de [nombre o razón social de la firma] para el procedimiento de contratación con número de ID___________, para el suministro de____________.
Asimismo, dejo constancia que con la presentación de mi oferta he contraído una obligación con (indicar la Convocante) por la suma de ______________________________, que pagaré a la misma en los siguientes casos:
a) Si retiro mi oferta durante el período de validez de la misma;
b) Si no acepto la corrección aritmética del precio de mi oferta;
c) Si en mi carácter de adjudicatario no procedo, por causa que me fuera imputable a:
d) Cuando se comprobare que las declaraciones juradas presentadas con mi oferta sean falsas; o
e) Si en mi carácter de adjudicatario no presentare las legalizaciones correspondientes, cuando éstas sean requeridas para la firma del contrato o para emitir la Orden de Compra.
Me obligo a pagar a la Convocante, hasta el monto arriba indicado, contra recibo de la primera solicitud por escrito por parte de la Convocante, sin que ésta tenga que justificar su demanda. El pago se condiciona a que la Convocante haga constar en su solicitud la suma adeudada en razón de que ha ocurrido por lo menos una de las condiciones antes señaladas, y de que indique expresamente las condiciones en que se hubiesen dado.
Esta garantía permanecerá en vigor durante el plazo indicado en las bases de la contratación, y toda reclamación pertinente deberá ser recibida por el Garante a más tardar en la fecha indicada.
Nombre ________________________
En calidad de____________________________
Firma __________________________________
Debidamente autorizado para firmar la garantía por y en nombre de ___________________
El día _______________________________ del mes de _________________ de ______.
FORMULARIO Nº 3
GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA
[Formulario a utilizarse exclusivamente cuando se instrumente por Garantía Bancaria]
ID No.:_______________________
A: _____________________________ [nombre completo de la Convocante]
POR LA PRESENTE dejamos constancia que [nombre del representante la entidad bancaria] ________________de ____ [nombre de la entidad bancaria]___________ con domicilio legal en __________________________________________________________ [en lo sucesivo denominado el Garante], hemos contraído una obligación con ________________________________ [en lo sucesivo denominado la Convocante] por la suma de ______________________________, que el Garante, sus sucesores o cesionarios pagarán a la Convocante, en el marco de la oferta presentada por: [nombre del oferente] para la _________________________ [indicar la descripción del llamado], en caso de que se dé alguna de las siguientes condiciones:
El Garante se obliga a pagar a la Convocante, hasta el monto arriba indicado, contra recibo de la primera solicitud por escrito por parte de la Convocante, sin que ésta tenga que justificar su demanda. El pago se condiciona a que la Convocante haga constar en su solicitud la suma que le es adeudada en razón de que ha ocurrido por lo menos una de las condiciones antes señaladas, y de que indique expresamente las condiciones que se hubiesen dado.
Esta garantía permanecerá en vigor durante el plazo indicado por la convocante en las bases y condiciones, y toda reclamación pertinente deberá ser recibida por el Garante a más tardar en la fecha indicada.
Firma ________________________
En calidad de____________________________
El día _______________________________ del mes de _________________ de ______.
FORMULARIO Nº 4 NO APLICA
GARANTÍA DE ANTICIPO
[Formulario a utilizarse exclusivamente cuando se instrumente por Garantía Bancaria]
ID No.: _________________
A: ______________________________________________ [nombre completo de la Convocante]
De acuerdo con lo establecido en el Contrato, en relación con pagos de anticipos, _____________________________________________________ (en lo sucesivo denominado el Proveedor) suministrará a la Contratante una garantía _________________________, para asegurar el fiel cumplimiento de las obligaciones del Contrato, por la suma de ___________________________________________________.
Nosotros los suscritos ________________________________________________, de ________________________________________, con domicilio legal en _____________________________________ (en lo sucesivo denominado el Garante), en cumplimiento de instrucciones recibidas del Proveedor, nos obligamos incondicional e irrevocablemente a garantizar, en calidad de obligados principales y no como simple fiadores, a pagar a la Contratante, contra su solicitud y sin derecho a objeción alguna de nuestras partes y sin que la Contratante tenga que presentar primero una reclamación ante el Proveedor, una suma que no excederá de ___________________________________.
Esta garantía permanecerá válida y en pleno vigor desde la fecha en que el Proveedor reciba el anticipo en virtud del Contrato hasta el día __________ de _____________ de ________.
Nombre ________________________________
En calidad de____________________________
Firma __________________________________
Debidamente autorizado para firmar la garantía por y en nombre de__________________________
FORMULARIO Nº 5
GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO DE CONTRATO
[Formulario a utilizarse exclusivamente cuando se instrumente por Garantía Bancaria]
ID No.: _________________
A: ______________________________ [nombre completo de la Convocante]
POR CUANTO _____________________________________________ (en lo sucesivo denominado el Proveedor) se ha obligado, en virtud del Contrato Nº ________________ de fecha _________________________________ de ____________________ de _______ a suministrar ______________________________________________ (en lo sucesivo denominado el Contrato).
Y POR CUANTO se ha convenido en dicho Contrato que el Proveedor le suministrará una garantía ____________________ emitida a su favor por un garante de prestigio por la suma ahí establecida con el objeto de garantizar el fiel cumplimiento por parte del Proveedor de todas las obligaciones que le competen en virtud del Contrato.
Y POR CUANTO los suscritos ______________________________________________ de ______________________, con domicilio legal en ________________________________ _____________________________________, (en lo sucesivo denominados el Garante), hemos convenido en proporcionar al Proveedor una garantía en beneficio de la Contratante.
DECLARAMOS mediante la presente nuestra calidad de Garantes a nombre del Proveedor y a favor de la Contratante, por un monto máximo de _________________________ __________________________________________________ y nos obligamos a pagar a la Contratante, contra su solicitud escrita, en que se afirme que el Proveedor no ha cumplido con alguna obligación establecida en el Contrato, sin argumentaciones ni objeciones, cualquier suma o sumas dentro de los límites de __________________________, sin necesidad de que la Contratante pruebe o acredite la causa o razones que sustentan la reclamación de la suma o sumas indicadas.
Esta garantía es válida hasta el _______________del mes de ________________ de_____.
Nombre ________________________________
En calidad de ___________________________
Firma __________________________________
Debidamente autorizado para firmar la garantía por y en nombre de: [nombre completo del Oferente]
FORMULARIO Nº 6
FORMULARIO DE DECLARACIÓN DE PERSONAS
ID No.: [indicar el número del proceso licitatorio]
A: [indicar el nombre completo de la Convocante]
En nombre y representación del titular de la cuenta del Registro de Proveedores del Estado, conociendo y aceptando lo dispuesto por la Ley 7021/22, el Decreto Reglamentario N° 9823/23 y las resoluciones reglamentarias dictadas por la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas, a través de la carga del presente documento en el Registro de Proveedores del Estado, declaro bajo fe de juramento que:
1. El titular ni sus miembros, conforme el tipo de vinculación citada más abajo, no se encuentran comprendidos en las prohibiciones y limitaciones para presentar propuestas y contratar establecidas en el artículo 21 de la Ley N° 7021/22.
2.Certifico que la información proveída en el listado, corresponde a los datos actualizados y vigentes, los cuales condicen con exactitud con la documentación obrante en mi poder y la declarada ante los registros públicos oficiales respectivos. Confirmo que toda la documentación que acredita el tipo de vinculación aquí declarado obra en el Registro de Personas y estructuras jurídicas y beneficiarios finales de la Abogacía del Tesoro y en el Registro de Proveedores del Estado.
3.Me comprometo a actualizar y comunicar, en tiempo y forma, en caso que hubiere modificación de los datos aquí consignados o de los sujetos citados, comprometiéndome a la presentación del formulario de declaración de personas actualizado en el Registro de Proveedores del Estado.
4.Consiento el empleo de la información proporcionada conforme lo indican las disposiciones normativas vigentes, en cualquier etapa del procedimiento de contratación y en el marco de los procedimientos llevados adelante por la DNCP, por lo que asumo responsabilidad plena por todo lo declarado.
5.Asumo todas las consecuencias legales que correspondan en caso de falsedad, inexactitud u omisión de información alguna en esta declaración.
6.El listado presentado comprende de forma íntegra a los siguientes sujetos:
a) Las personas físicas que tienen participación en el capital social, en un porcentaje o valor superior al indicado en el artículo 66 de la Resolución DNCP 4400/23.
b) Los beneficiarios finales en los términos del artículo 3° inc. e) de la Ley 7021/22.
c) Las personas físicas propietarias de la empresa titular.
d) Las personas físicas que ejercen cargos de dirección, de administración o de fiscalización.
e) Las personas físicas que han ejercido la representación legal o como apoderados en coordinación con el artículo 66 de la Resolución DNCP 4400/23.
CI N° |
NOMBRES
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APELLIDOS
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TIPO DE VINCULACIÓN
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DIRECCIÓN DE CORREO ELECTRÓNICO
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Observación: ES OBLIGATORIO COMPLETAR TODOS LOS CAMPOS DEL CUADRO DE LA DECLARACIÓN JURADA. Completar la casilla de TIPO DE VINCULACIÓN indicando el carácter de representante legal o miembro del órgano de Administración (aclarar cargo o denominación correspondiente) o miembro del órgano de Dirección (aclarar si fuera Director Presidente, Director Vicepresidente, Miembro del directorio, Gerente u otro cargo/denominación si lo hubiere), o miembro del órgano de fiscalización (aclarar cargo o denominación correspondiente), o de socio, o de propietario, o de apoderados o de beneficiario final.
Firma: ____________________________________________________________________
Aclaración: ___________________________________________________________________
En calidad de: _________________________________________________________________
FORMULARIO Nº 7 NO APLICA
MODELO DE ORDEN DE COMPRA
[En procedimientos de Menor Cuantía para adquisición de bienes y servicios, la norma permite a las Convocantes optar por firmar un contrato con el Proveedor, o bien, formalizarlo mediante una Orden de Compra o de Servicios. En este último caso, la Convocante deberá utilizar una de las Órdenes de Compra anexas a al Pliego de Bases y Condiciones, atendiendo a la forma de contratación, es decir, si es por contrato abierto o no]