Datos de la Convocatoria.

Los datos de la licitación serán consignados en esta sección y en el Sistema de Información de Contrataciones Públicas (SICP), los mismos forman parte de los documentos del presente procedimiento de contratación.       

Normativa aplicable

El proceso Licitatorio se regirá por la Ley N° 7021/2022 “De Suministros y Contrataciones Públicas” y sus reglamentaciones. Las particularidades de la Licitación se encuentran detallados en el Decreto reglamentario de la ley, las resoluciones emitidas por la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas (DNCP) y este documento.

Así también, el presente procedimiento se regirá por las normativas aplicables para el rubro licitado.

Reglas supletorias aplicables

El presente llamado se rige por las reglas establecidas para el procedimiento especial de contratación de convenio marco/ convenio de almacén de productos, servicios estratégicos y commodities.

En ausencia de disposición expresa en las reglas antes citadas, se podrán aplicar las disposiciones correspondientes a la:

Licitación Pública

Difusión de los documentos de la Convocatoria

Todos los datos y documentos de este procedimiento de contratación deben ser obtenidos directamente del Sistema de Información de Contrataciones Públicas (SICP). Es responsabilidad del oferente examinar todos los documentos y la información de la convocatoria que obren en el mismo.

Contratación Pública Sostenibles - CPS

Las compras públicas juegan un papel fundamental en el desarrollo sostenible, así como en la promoción de estilos de vida sostenibles.

El Estado, por medio de las actividades de compra de bienes y servicios sostenibles, busca incentivar la generación de nuevos emprendimientos, modelos de negocios innovadores y el consumo sostenible. La introducción de criterios y especificaciones técnicas con consideraciones sociales, ambientales y económicas tiene como fin contribuir con el Desarrollo Sostenible en sus tres dimensiones.

El símbolo “CPS” en este pliego de bases y condiciones, es utilizado para indicar criterios o especificaciones sostenibles.

Criterios sociales y económicos:

•             Los oferentes deberán garantizar la no contratación de menores, de conformidad a lo establecido en las normativas legales vigentes, conforme a lo indicado en el formulario de oferta.

•             Los oferentes deberán cumplir con las disposiciones legales vigentes, garantizando a sus trabajadores condiciones de trabajo dignas y justas. Esto incluye el pago de salarios adecuados, el cumplimiento de cargas sociales, la provisión de uniformes y equipos de protección individual, la bonificación familiar cuando corresponda, el respeto a la jornada laboral y la aplicación de condiciones especiales para quienes desempeñan trabajos insalubres o peligrosos, así como la remuneración correspondiente por jornada nocturna, conforme a lo indicado en el formulario de oferta.

•             Los oferentes adjudicados deberán adoptar medidas para la creación de empleo local y el uso de suministros locales, siempre y cuando exista viabilidad técnica y económica.

Criterios ambientales:

•             El oferente adjudicado deberá cumplir con los lineamientos ambientales, incluidos en el ordenamiento jurídico o dictado por la institución.

•             El oferente adjudicado deberá asegurar que todos los residuos generados por sus actividades sean adecuadamente gestionados (identificados, segregados y destinados) y buscar su minimización en la fuente, por medio de prácticas como la modificación de los procesos de producción, manutención y de las instalaciones utilizadas, además de la sustitución, conservación, reciclaje o reutilización de materiales.

Conducta empresarial responsable:

Los oferentes deberán observar los más altos niveles de integridad, así como altos estándares de conducta de negocios, ya sea durante el procedimiento de licitación o la ejecución de un contrato. En tal sentido, se comprometen a:

•             Abstenerse de ofrecer, prometer, entregar o solicitar, de manera directa o indirecta, pagos ilícitos, a funcionarios públicos, con el fin de obtener o mantener un contrato, en todos los casos sea o no una ventaja ilegítima o indebida.

•             Abstenerse de solicitar, recibir o aceptar ventajas indebidas de funcionarios públicos o de empleados de sus socios comerciales.

•             Promover o fomentar políticas, programas o códigos de conducta orientados a la prevención de la corrupción, promoción de la integridad y fomento de la transparencia dentro de todas sus actividades, sean comerciales o no. Asimismo, podrá promover mecanismos de monitoreo y evaluación de cumplimiento de los mismos.

•             Asegurar que todos los recursos destinados a la ejecución de un contrato público provengan de fuentes lícitas.

•             Promover estándares de conducta responsable en sus propios proveedores, creando una cadena de suministro ética y sostenible.

•             Garantizar que los fondos derivados de una licitación no serán utilizados para fines ilícitos.

Aclaración de los documentos de la convocatoria

  1. Consultas.

Todo potencial oferente que necesite alguna aclaración del pliego de bases y condiciones podrá solicitarla a la Convocante dentro del plazo establecido. El medio por el cual se recibirán las consultas se indicará en el Sistema de Información de Contrataciones Públicas (SICP) desde el día de la publicación de la convocatoria o de sus adendas, y hasta el plazo establecido por la convocante.

  1. Respuestas y aclaraciones.

Las aclaraciones realizadas durante los procedimientos de contratación no serán consideradas modificaciones a las bases de la contratación. Sin embargo, a los efectos legales, la aclaración será considerada parte integrante del documento cuyo contenido aclare.

  1. Adendas y prórrogas del tope para consultas.

Cuando la Convocante modifique especificaciones técnicas, criterios de evaluación u otros aspectos sustanciales del pliego de bases y condiciones, deberá prorrogar de manera obligatoria el tope para la realización de consultas, a fin de garantizar los plazos de difusión mínimos establecidos en la reglamentación de la DNCP. 

  1. Emisión de aclaraciones sobre Adendas.

Cuando se prorrogue el plazo tope de consultas por motivo de una adenda modificatoria de las bases y condiciones, la Convocante estará obligada a analizar únicamente las consultas respecto al contenido de la adenda y no sobre lo establecido en las bases originalmente.

  1. Junta de aclaraciones.

La Convocante podrá establecer una junta de aclaraciones para la evacuación de consultas sobre la convocatoria y los pliegos de bases y condiciones, de forma adicional a las consultas, debiendo fijar la fecha, hora y lugar de realización en el SICP.

La Convocante podrá optar por responder las consultas en la Junta de Aclaraciones o podrá diferirlas, para que sean respondidas conforme con los plazos de respuestas o emisión de adendas. En todos los casos se deberá levantar acta circunstanciada.

La inasistencia a la Junta de Aclaraciones no será motivo de descalificación de la oferta.

Formato y firma de la oferta

1. El formulario de oferta y la planilla de ofertas serán firmados, física o electrónicamente, según corresponda por el oferente o por las personas debidamente facultadas para firmar en nombre del oferente. Cuando se trate de ofertas físicas, el oferente deberá firmar los mismos, en todas sus páginas.

2. No serán descalificadas las ofertas que no hayan sido firmadas en documentos considerados no sustanciales.

3. Los textos entre líneas, tachaduras o palabras superpuestas serán válidos solamente si llevan la firma de la persona que firma la oferta.

4. La falta de foliatura no podrá ser considerada como motivo de descalificación de las ofertas.

5. Cuando la Garantía de Mantenimiento de Ofertas sea instrumentada a través de Declaración Jurada, deberá estar firmada en todas sus páginas.

Plazo para presentar las ofertas

Las ofertas deberán ser recibidas por la Convocante en la fecha y hora que se indican en el SICP.

La Convocante podrá extender el plazo originalmente establecido para la presentación de ofertas mediante la prórroga de fecha tope o la postergación de la apertura de ofertas.

Prórroga del plazo de presentación y apertura de ofertas: Desplazamiento de la fecha prevista para la presentación y apertura de ofertas, de manera previa a la fecha y hora límite establecida para la presentación de ofertas.

Postergación de la presentación y apertura de ofertas: Desplazamiento de la fecha prevista para la presentación y apertura de ofertas, de manera posterior a la fecha y hora límite establecida para la presentación de ofertas, de conformidad a las causales establecidas en la reglamentación.

La postergación de la apertura de ofertas podrá realizarse en los siguientes casos:

  1. Cuando se haya presentado una (01) sola oferta, hasta una (01) oportunidad o;
  2. Cuando no se haya presentado ninguna oferta, hasta en dos (02) oportunidades.

Las causales enumeradas anteriormente podrán combinarse entre sí, hasta por un máximo de tres postergaciones en total.

En estos casos todos los derechos y obligaciones de la Convocante y de los Oferentes previamente sujetos a la fecha límite original para presentar las ofertas, quedarán sujetos a la nueva fecha prevista.

Cuando la presentación de oferta sea electrónica la misma deberá sujetarse a la reglamentación vigente.

Oferentes en consorcio

Dos o más interesados podrán unirse temporalmente para presentar una oferta sin crear una persona jurídica distinta y deberán designar a uno de sus integrantes como líder quien suscribirá la oferta y los documentos relativos al procedimiento de contratación. La inscripción en el Registro de Proveedores del Estado por parte de todos los miembros del consorcio, constituye requisito previo para la presentación de las ofertas, los cuales deberán encontrarse activos en el Registro. Se deberá realizar el procedimiento de activación del consorcio directamente a través del Registro de Proveedores.

Para ello deberán presentar escritura pública de constitución que reúna las características previstas en el Decreto reglamentario o un acuerdo de intención de participación en contrato de consorcio, el cual se deberá formalizar por escritura pública en caso de resultar seleccionados, antes de la firma del Convenio.

Los integrantes de un consorcio no podrán presentar ofertas individuales ni conformar más de un consorcio para un mismo lote o ítem, lo que no impide que puedan presentarse en diferentes partidas de manera individual o como miembro de otro consorcio.

En todo lo demás deberán ajustarse a lo dispuesto en la normativa legal vigente.

Idioma de la oferta

La oferta deberá ser presentada en idioma castellano.

La convocante permitirá con la oferta, la presentación de catálogos, anexos técnicos o folletos en idioma distinto al castellano y su traducción:

SI APLICA.    

Copias de la oferta - CPS

Cantidad de copias requeridas:

No aplica

Método de presentación de ofertas

El método de presentación de ofertas para esta convocatoria será:

Oferta Electrónica

Documentos de la oferta

El pliego, sus adendas y aclaraciones no forman parte de la oferta, por lo que no se exigirá la presentación de copias de los mismos con la oferta.

  1. Constancia del Perfil del proveedor.
    1. 1. Ofertas físicas

Los oferentes inscriptos en el Registro de Proveedores del Estado, podrán presentar con su oferta, la Constancia del Perfil del Proveedor que contiene el reporte de los documentos obrantes en el Registro. Con su presentación en la oferta, dicha constancia reemplazará a los documentos solicitados por la convocante en el presente pliego.

Será considerada válida la Constancia que se presente con firma manuscrita o electrónica cualificada por él o los representantes legales.

  1. 1.2.Ofertas electrónicas

Cuando la presentación de oferta sea electrónica, no será necesaria la presentación física de la Constancia y el oferente deberá sujetarse a la reglamentación vigente en la materia.

  1. Confidencialidad de documentos.

Los oferentes deberán indicar en su oferta, qué documentos que forman parte de la misma son de carácter reservado e invocar la norma que ampara dicha reserva, para así dar cumplimiento a lo estipulado en la Ley N° 5282/14 “DE LIBRE ACCESO CIUDADANO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA Y TRANSPARENCIA GUBERNAMENTAL”. Si el oferente no hace pronunciamiento expreso amparado en la Ley, se entenderá que toda su oferta y documentación es pública.

Ofertas alternativas

Se permitirá la presentación de ofertas alternativas: NO APLICA

Periodo de validez de las ofertas

Las ofertas deberán mantenerse válidas por: 

90

Las ofertas se deberán mantener válidas por el periodo indicado en el presente apartado, a partir de la fecha límite para la presentación de ofertas, establecido por la convocante. Toda oferta con un periodo menor será rechazada.

La convocante en circunstancias excepcionales podrá solicitar, por escrito, al oferente que extienda el periodo de validez de la oferta, por lo tanto la Garantía de Mantenimiento de la Oferta deberá ser también prorrogada.

El oferente puede rehusarse a tal solicitud sin que se le haga efectiva su Garantía de Mantenimiento de Oferta. A los oferentes que acepten la solicitud de prórroga no se les solicitará ni permitirá que modifiquen sus ofertas.

Garantías: instrumentación, plazos y ejecución

  1.  Instrumentación y porcentaje.
    1. 1.  A presentar con la Oferta a la Convocante (DNCP) en llamados para Convenio Marco:
  • Garantía de Mantenimiento de Ofertas: El período de validez de la garantía de mantenimiento de oferta será de (en días corridos) por: ciento veinte (120), contados a partir de la fecha y hora de apertura de ofertas.
  • Será extendida mediante declaración jurada —cuyo formato se encuentra difundido con el presente documento— en la cual se hará constar la aceptación del oferente de todas las obligaciones asumidas a partir de la presentación de la oferta hasta la firma del Convenio Marco, en caso de resultar oferente seleccionado. El monto de dicha garantía será del 1% del monto equivalente a cinco mil jornales mínimos establecidos para las actividades diversas no especificadas en la República.
  • La antes citada declaración jurada deberá ser acompañada por la certificación de firmas respectiva, expedida por Notario y Escribano Público con Registro.  La certificación de firma podrá corresponder a la misma fecha del documento certificado o a una fecha posterior. En caso de utilizarse el Módulo de Ofertas Electrónicas, las declaraciones juradas serán generadas a través del módulo y no requerirán certificación de firmas.
  • Garantía de mantenimiento de oferta en consorcios.

En caso de oferentes en consorcio, en llamados para Convenio Marco y para almacén de productos, servicios estratégicos y commodities, la Garantía de Mantenimiento de Oferta deberá ser presentada de la siguiente manera:

a. Consorcio constituido por escritura pública: deberán emitir a nombre del consorcio legalmente constituido por escritura pública o del líder del consorcio.

b. Consorcio con acuerdo de intención de participación en contrato de consorcio: deberán emitir a nombre del líder del consorcio.

  1. 1.3.   Ejecución de la Garantía de mantenimiento de ofertas.

La Garantía de Mantenimiento de Ofertas podrá ser ejecutada:

a. Si el oferente altera las condiciones de su oferta;

b. Si el oferente retira su oferta durante el período de validez de ofertas;

c. Si el oferente seleccionado no procede, por causa imputable al mismo a:

c.1 Firmar el convenio;

c.2 Suministrar los documentos indicados en las bases de la contratación para la firma del convenio;

c.3 Presentar las legalizaciones correspondientes, cuando éstas sean requeridas para la firma del convenio;

c.4 Suministrar en tiempo y forma la garantía de cumplimiento del convenio; o,

c.5 No se formaliza el consorcio por escritura pública antes de la firma del convenio.

d. Cuando se comprobare que las declaraciones juradas presentadas por el oferente seleccionado con su oferta sean falsas.

  1. Garantía de fiel cumplimiento.

2.1.     A presentar para la firma del Convenio a la Convocante:

  • Garantía de Cumplimiento del Convenio: El período de validez de la garantía de cumplimiento de Convenio será por el período total de la vigencia del mismo.

Será extendida mediante declaración jurada cuyo formato se encuentra difundido con el presente documento. El monto de dicha garantía sería por el diez (10) % del monto total de cada orden de compra a ser emitida o ya emitida, pagadero a la Convocante por el oferente seleccionado en los siguientes casos:

  1. Si habiendo cotizado, y concluido el período de cotización, expresa su imposibilidad de cumplir con la Orden de Compra a ser emitida; o,
  2. Si habiéndose emitido la Orden de Compra, no cumple con la extensión de la garantía de fiel cumplimiento correspondiente.

2.2.      A presentar por cada Orden de compra a la Unidad Compradora solicitante:

  • Garantía de Bienes: Ver punto “Periodo de Validez de la Garantía de los Bienes” de la sección “SUMINISTROS REQUERIDOS - ESPECIFICACIONES TÉCNICAS” del presente pliego.
  • Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato: El Proveedor (oferente seleccionado —activo en la Tienda— al cual se le emite una Orden de Compra) deberá presentar a la Unidad Compradora una Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato a nombre de la Unidad Compradora de conformidad a los parámetros establecidos en este pliego (Ver puntos “Porcentaje de Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato”, “Forma de Instrumentación de Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato” y “Periodo de validez de la Garantía de Cumplimiento de Contrato” de la secciónCONDICIONES CONTRACTUALES. CONVENIO MARCO O DE ALMACÉN DE SERVICIOS ESTRATÉGICOS Y COMMODITIES”), en concordancia con el artículo 71 de la Ley y su reglamentación.

Las formas de instrumentación de la garantía serán las dispuestas por las normativas vigentes.

En caso de instrumentarse a través de Garantía Bancaria, debe estar sustancialmente de acuerdo con el formulario de Garantía de Fiel de Cumplimiento de contrato incluido en la sección “Formularios”.

Las Garantías tanto de Mantenimiento de Oferta, Cumplimiento del Convenio Marco o de Fiel Cumplimiento de Contrato, sea cual fuere la forma de instrumentación adoptada, deberá ser pagadera ante solicitud escrita de la Convocante o de la Unidad Compradora, donde se haga constar el monto reclamado, cuando se tenga acreditada una de las causales de ejecución de la garantía. En estos casos será requisito que previamente el oferente sea notificado del incumplimiento y la intimación de que se hará efectiva la ejecución del monto asegurado.

Subcontratación

El porcentaje permitido para la subcontratación será de:

No aplica

Retiro, sustitución y modificación de las ofertas

1. Ofertas físicas.

1.1 Un oferente podrá retirar, sustituir o modificar su oferta después de presentada mediante el envío de una comunicación por escrito, debidamente firmada por el representante autorizado. La sustitución o modificación correspondiente de la oferta deberá acompañar dicha comunicación por escrito.

1.2. Todas las comunicaciones deberán ser:

a) Presentadas conforme a la forma de presentación e identificación de las ofertas y además los respectivos sobres deberán estar marcados "RETIRO", "SUSTITUCION" o "MODIFICACION";

b) Realizadas antes del plazo límite establecido para el acto de apertura de ofertas cuando las ofertas sean identificadas con “RETIRO”, y;

c) Realizadas antes del plazo límite establecido para la presentación de ofertas cuando las ofertas sean identificadas con “SUSTITUCIÓN” o “MODIFICACIÓN”.

Las ofertas cuyo retiro, sustitución o modificación fuere solicitada serán devueltas sin abrir a los oferentes remitentes, durante el acto de apertura de ofertas.

1.3. Ninguna oferta podrá ser retirada durante el intervalo comprendido entre la fecha límite para el acto de apertura y la expiración del período de validez de las ofertas indicado en el Formulario de Oferta o cualquier extensión si la hubiere, caso contrario, se hará efectiva la Garantía de Mantenimiento de Oferta.

1.4. Ninguna oferta podrá ser sustituida o modificada durante el intervalo comprendido entre la fecha límite para presentar ofertas y la expiración del período de validez de las ofertas indicado en el Formulario de Oferta o cualquier extensión si la hubiere, caso contrario, se hará efectiva la Garantía de Mantenimiento de Oferta.

2. Ofertas electrónicas.

2.1. Un oferente podrá retirar, sustituir o modificar su oferta después de presentada, hasta antes de la fecha límite de presentación y apertura de ofertas, para ello deberá sujetarse a la reglamentación pertinente.

Apertura de las ofertas

  1. Desarrollo del acto de apertura de ofertas.

1.1. La Convocante procederá a la apertura de las ofertas en acto público en presencia de los oferentes o sus representantes, según la hora, fecha y lugar previamente establecidos en el SICP.

1.2. Cuando la presentación de oferta sea electrónica, el acto de apertura deberá sujetarse a la reglamentación vigente, en la hora y fecha establecida en el SICP.

1.3. Primero la convocante deberá verificar que los oferentes se encuentren inscriptos en el Registro de Proveedores del Estado, conforme con los datos previstos en el sobre. En caso de que un oferente no inscripto en el Registro haya presentado una oferta, la convocante deberá dejar constancia en el acta de apertura electrónica. El sobre con la oferta correspondiente no será abierto sino devuelto al oferente remitente. Esta disposición no será aplicable a los procedimientos que utilicen el módulo de ofertas electrónicas.

1.4. Luego se procederá a verificar los sobres de las ofertas recibidas, marcados como:

  1. "RETIRO": Se leerán en voz alta y el sobre con la oferta correspondiente no será abierto sino devuelto al Oferente remitente. No se permitirá el retiro alguno a menos que la comunicación de retiro contenga la autorización válida y sea leída en voz alta en el acto de apertura de las ofertas.
  2. "SUSTITUCIÓN": Se leerán en voz alta y se intercambiará con la oferta correspondiente que está siendo sustituida; la oferta sustituida no se abrirá y se devolverá al Oferente remitente. No se permitirá sustitución alguna a menos que la comunicación de sustitución contenga una autorización válida y sea leída en voz alta en el acto de apertura de las ofertas.
  3. "MODIFICACIÓN": Se abrirán y leerán en voz alta con la oferta correspondiente. No se permitirá modificación alguna a las ofertas a menos que la comunicación de modificación contenga la autorización válida y sea leída en voz alta en el acto de apertura de las ofertas. Solamente se considerarán en la evaluación los sobres que se abren y leen en voz alta durante el Acto de Apertura de las Ofertas.

1.5. Los representantes de los Oferentes que participen en la apertura de las ofertas deberán contar con autorización suficiente para suscribir el acta y para revisar los documentos de los demás oferentes, bastando para ello la presentación de una autorización escrita del firmante de la oferta, esta autorización podrá ser incluida en el sobre oferta o ser portada por el representante.

1.6. Se solicitará a los representantes de los oferentes presentes que firmen el acta. La omisión de la firma por parte de un Oferente no invalida el contenido y efecto del acta. Se distribuirá una copia del acta a todos los presentes.

1.7. Las ofertas sustituidas y modificadas, que no sean abiertas y leídas en voz alta durante el acto de apertura no podrán ser consideradas para la evaluación sin importar las circunstancias y serán devueltas sin abrir a los remitentes.

1.8. La falta de firma en un documento sustancial, es considerada una omisión sustancial que no podrá ser subsanada en ninguna oportunidad una vez abiertas las ofertas. En cuanto a la garantía de mantenimiento de oferta deberá estar debidamente extendida.

  1.  Comunicación del acta de apertura.

2.1. El acta de apertura deberá ser comunicada a través del SICP para su difusión, dentro de los dos (02) días hábiles de la realización del acto de apertura.