Condición de Participación

Podrán participar de ésta licitación, individualmente o en forma conjunta (consorcio), los oferentes domiciliados en la República del Paraguay, que no se encuentren comprendidos en las prohibiciones o limitaciones para presentar propuestas y contratar con el Estado, establecidas en la Ley N° 2051/03 "De Contrataciones Públicas".

Requisitos de Calificación

Capacidad Legal

Los oferentes deberán declarar que no se encuentran comprendidos en las limitaciones o prohibiciones para contratar con el Estado, contempladas en el artículo 40 de la Ley Nº 2051/03, modificado por Ley Nº 6716/2021, declaración que forma parte del formulario de oferta.

Serán desechadas las ofertas de los oferentes que se encuentren comprendidos en las prohibiciones o limitaciones para contratar a la hora y fecha límite de presentación de ofertas o a la fecha de firma del contrato.   

A los efectos de la verificación de la existencia de prohibiciones o limitaciones contenidas en los incisos a) y b), m) y n) del artículo 40 de la Ley Nº 2051/03, modificado por Ley Nº 6716/2021, el comité de evaluación realizará el siguiente análisis:

  1. Verificará que el oferente haya proporcionado el formulario de ofertas que incluye la declaratoria debidamente firmada.
  2. Verificará los registros del personal de la convocante para detectar si el oferente o sus representantes, se hallan comprendidos en el presupuesto del inciso a) del artículo 40 de la Ley Nº 2051/03, modificado por Ley Nº 6716/2021.
  3. Verificará por los medios disponibles, si el oferente y los demás sujetos individualizados en las prohibiciones o limitaciones contenidas en los incisos a) y b), m) y n) del artículo 40 de la Ley Nº 2051/03, modificado por Ley Nº 6716/2021, aparecen en la base de datos del SINARH o de la Secretaría de la Función Pública.
  4. Si se constatara que alguno de las personas mencionadas en el párrafo anterior figura en la base de datos del SINARH o de la Secretaría de la Función Pública, el comité analizará acabadamente si tal situación le impedirá ejecutar el contrato, exponiendo los motivos para aceptar o rechazar la oferta, según sea el caso.
  5. Verificará que el oferente haya proporcionado el formulario de Declaración de Miembros, de conformidad a estándar debidamente firmado en su oferta y cotejará los datos con las personas físicas inhabilitadas que constan en el registro de “Sanciones a Proveedores” del SICP a fin de detectar si directores, gerentes, socios gerentes, quienes ejerzan la administración, accionistas, cuotapartistas o propietarios se hallan comprendidos en el presupuesto del inciso m) y n) del artículo 40 de la Ley Nº 2051/03, modificado por Ley Nº 6716/2021.

           El comité podrá recurrir a fuentes públicas o privadas de información, para verificar los datos proporcionados por el oferente.

  1. Si el Comité confirma que el oferente o sus integrantes poseen impedimentos, la oferta será rechazada y se remitirán los antecedentes a la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas (DNCP) para los fines pertinentes.

Análisis de precios ofertados

Durante la evaluación de ofertas, luego de haber realizado la corrección de errores aritméticos y de ordenar las ofertas presentadas de menor a mayor, el Comité de Evaluación procederá a solicitar a los oferentes una explicación detallada de la composición del precio ofertado de cada ítem, rubro o partida adjudicable, conforme a los siguientes parámetros:

1. En contrataciones en general: cuando la diferencia entre el precio ofertado y el precio referencial sea superior al 25% para ofertas por debajo del precio referencial y del 15% para ofertas que se encuentren por encima del referencial establecido por la convocante y difundido con el llamado a contratación.

Si el oferente no respondiese la solicitud, o la respuesta no sea suficiente para justificar el precio ofertado del bien o servicio, el precio será declarado inaceptable y la oferta rechazada.

El análisis de los precios, con esta metodología,será aplicado a cada ítem, rubro o partida que componga la oferta y en cada caso deberá ser debidamente fundada la decisión adoptada por la Convocante en el ejercicio de su facultad discrecional.

Certificado de Producto y Empleo Nacional - CPS

A los efectos de acogerse al beneficio de la aplicación del margen de preferencia, el oferente deberá contar con el Certificado de Producto y Empleo Nacional (CPEN). El certificado debe ser emitido como máximo a la fecha y hora tope de presentación de ofertas.

La falta del CPEN no será motivo de descalificación de la oferta, sin embargo, el oferente no podrá acogerse al beneficio.

El comité de evaluación verificará en el portal oficial indicado por el Ministerio de Industria y Comercio (MIC) la emisión en tiempo y forma del CPEN declarado por los oferentes. No será necesaria la presentación física del Certificado de Producto y Empleo Nacional.

Independientemente al sistema de adjudicación, el margen de preferencia será aplicado a cada bien o servicio objeto de contratación que se encuentre indicado en la planilla de precios.

a) Consorcios:

a.1. Provisión de Bienes

El CPEN debe ser expedido a nombre del oferente que fabrique o produzca los bienes objeto de la contratación. En el caso que ninguno de los oferentes consorciados fabrique o produzca los bienes ofrecidos, el consorcio deberá contar con el CPEN correspondiente al bien ofertado, debiendo encontrarse debidamente autorizado por el fabricante. Esta autorización podrá ser emitida a nombre del consorcio o de cualquiera de los integrantes del mismo.

a.2. Provisión de Servicios (se entenderá por el término servicio aquello que comprende a los servicios en general, las consultorías, obras públicas y servicios relacionados a obras públicas).

Todos los integrantes del consorcio deben contar con el CPEN.

Excepcionalmente se admitirá que no todos los integrantes del consorcio cuenten con el CPEN para aplicar el margen de preferencia, cuando el servicio específico se encuentre detallado en uno de los ítems de la planilla de precios, y de los documentos del consorcio (acuerdo de intención o consorcio constituido) se desprenda que el integrante del consorcio que cuenta con el CPEN será el responsable de ejecutar el servicio licitado.

Margen de preferencia local - CPS

Para contrataciones realizadas por Unidades Operativas que se encuentren conformadas dentro de un municipio o departamento se deberá considerar que, si la oferta evaluada como la más baja pertenece a una firma u empresa domiciliada fuera del territorio departamental de la convocante, ésta será comparada con la oferta más baja de la firma u empresa domiciliada dentro del territorio de la convocante, agregándole al precio total de la oferta propuesta por la primera una suma del diez por ciento (10%) del precio. Si en dicha comparación adicional la oferta de la firma u empresa domiciliada dentro del territorio departamental de la convocante resultare ser la más baja, se la seleccionará para la adjudicación; en caso contrario se seleccionará la oferta de servicios de la firma u empresa domiciliada fuera del territorio departamental de la convocante.

En el caso de que el oferente, sea de la zona y además cuente con margen de preferencia, se le aplicará únicamente el margen de este último.

Las convocantes deberán acogerse a las condiciones específicas para la aplicación del Margen de Preferencia Local establecidas en la reglamentación emitida por la DNCP.

 

Requisitos documentales para evaluación de las condiciones de participación

 

        1. Formulario de Oferta (*)

[El formulario de oferta y lista de precios, generados electrónicamente a través del SICP, deben ser completados y firmados por el oferente.]

        1. Garantía de Mantenimiento de Oferta (*)

La garantía de mantenimiento de oferta debe ser extendida, bajo la forma de una garantía bancaria o póliza de seguro de caución.

        1. Certificado de Cumplimiento con la Seguridad Social (**)
        1. Certificado de Producto y Empleo Nacional, emitido por el MIC, en caso de contar. (**)
        1. Certificado de Cumplimiento Tributario. (**)
        1. Patente comercial del municipio en donde esté asentado el establecimiento principal del oferente. (**)
        1. Declaración Jurada de Declaración de Miembros,  de conformidad con el formulario estándar N° 5 Sección Formularios  (**)
        1. Documentos legales

a. Oferentes Individuales. Personas Físicas.

      1. Fotocopia simple de la Cédula de Identidad del firmante de la oferta. (*)
      1. Constancia de inscripción en el Registro Único de Contribuyentes RUC (*)
      1. En el caso que suscriba la oferta otra persona en su representación, deberá acompañar una fotocopia simple de su cédula de identidad y una fotocopia simple del poder suficiente otorgado por Escritura Pública para presentar la oferta y representarlo en los actos de la licitación. No es necesario que el poder esté inscripto en el Registro de Poderes. (*)
    1. Oferentes Individuales. Personas Jurídicas.
  1. Fotocopia simple de los documentos que acrediten la existencia legal de la persona jurídica tales como la Escritura Pública de Constitución y protocolización de los Estatutos Sociales. Los estatutos deberán estar inscriptos en la Sección Personas Jurídicas de la Dirección de Registros Públicos. (*)
  1. Constancia de inscripción en el Registro Único de Contribuyentes.
  1. Fotocopia simple de los documentos de identidad de los representantes o apoderados de la sociedad.
  1. Fotocopia simple de los documentos que acrediten las facultades del firmante de la oferta para comprometer al oferente. Estos documentos pueden consistir en: un poder suficiente otorgado por Escritura Pública (no es necesario que esté inscripto en el Registro de Poderes); o los documentos societarios que justifiquen la representación del firmante, tales como las actas de asamblea y de directorio en el caso de las sociedades anónimas. (*)
    1. Oferentes en Consorcio.
  1. Cada integrante del consorcio que sea una persona física domiciliada en la República del Paraguay deberá presentar los documentos requeridos para Oferentes Individuales especificados en el apartado Oferentes Individuales. Personas Físicas. Cada integrante del consorcio que sea una persona jurídica domiciliada en Paraguay deberá presentar los documentos requeridos para Oferentes Individuales Personas Jurídicas. (*)
  1. Original o fotocopia del consorcio constituido o del acuerdo de intención de constituir el consorcio por escritura pública en caso de resultar adjudicados y antes de la firma del contrato. Las formalidades de los acuerdos de intención y de los consorcios serán determinadas por la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas (DNCP). (*)
  1. Fotocopia simple de los documentos que acrediten las facultades de los firmantes del acuerdo de intención de consorciarse. Estos documentos pueden consistir en (*):
      1. Un poder suficiente otorgado por escritura pública por cada miembro del consorcio (no es necesario que esté inscripto en el Registro de Poderes); o
      2. Los documentos societarios de cada miembro del consorcio, que justifiquen la representación del firmante, tales como actas de asamblea y de directorio en el caso de las sociedades anónimas.
  1. Fotocopia simple de los documentos que acrediten las facultades del firmante de la oferta para comprometer al consorcio, cuando se haya formalizado el consorcio. Estos documentos pueden consistir en (*):
    1. Un poder suficiente otorgado por escritura pública por la Empresa Líder del consorcio (no es necesario que esté inscripto en el Registro de Poderes); o
    2. Los documentos societarios de la Empresa Líder, que justifiquen la representación del firmante, tales como actas de asamblea y de directorio en el caso de las sociedades anónimas.

 

Los documentos indicados con asterisco (*) son considerados documentos sustanciales a ser presentados con la oferta.

Los documentos indicados con doble asterisco (**) deberán estar vigentes a la fecha y hora tope de presentación de ofertas. 

Capacidad Financiera

Con el objetivo de calificar la situación financiera del oferente, se considerarán los siguientes índices:

Para contribuyente de IRACIS/IRE GENERAL, IRE SIMPLE, IVA GENERAL. AÑOS 2020, 2021, 2022.

Deberán cumplir con el siguiente parámetro:

1- Para contribuyentes de IRACIS/IRE GENERAL: Deberá cumplir con el siguiente parámetro de los años (2020, 2021, 2022).

a.   Ratio de Liquidezactivo corriente / pasivo corriente

Deberá ser igual o mayor que 1, en promedio, en los 3 años.

b. Endeudamiento: pasivo total / activo total

No deberá ser mayor a 0,80 en promedio, en los 3 años

c.   Rentabilidad: Porcentaje de utilidad después de impuestos o pérdida con respecto al Capital.

El promedio en los 3 años, no deberá ser negativo.

2- Para contribuyentes de IRE SIMPLE: Deberá cumplir el siguiente parámetro.

Eficiencia: (Ingreso/Egreso).

Deberá ser igual o mayor que 1, el promedio de los años 2020, 2021, 2022.

3- Para contribuyentes de IRP-RSP, Deberá cumplir el siguiente parámetro:

Eficiencia: (Ingreso/Egreso).

Deberá ser igual o mayor que 1, el promedio de los años 2020, 2021, 2022.

4- Para contribuyentes exclusivamente del IVA General. Deberá cumplir el siguiente parámetro:

Eficiencia: (Ingreso/Egreso).

Deberá ser igual o mayor que 1, el promedio de los 3 tres años 2020, 2021, 2022.

Para los consorciostodos los integrantes deberán cumplir los índices financieros solicitados.

Observación: para hallar el promedio de los 3 años se calculará el índice de cada año y luego se sumarán estos índices y se dividirán entre la cantidad de años. En caso de empresas que tengan menos años de antigüedad, el promedio se realizará teniendo en cuenta la cantidad de años de existencia. En todos los casos se utilizarán dos decimales.

Los oferentes con menos de 3 (tres) años de antigüedad, podrán presentar sus Balances Generales y Estados Financieros desde su existencia como empresa. (Para los consorcios, todos los integrantes del consorcio deberán cumplir con los criterios de capacidad financiera).

Para los consorcios, el líder del Consorcio y los demás miembros del mismo, deberán cumplir con la totalidad de los requisitos tales: Capacidad Legal y Financiera en un 100% y en cuanto a la experiencia y capacidad técnica, el líder del
Consorcio deberá cumplir con el 60%, en tanto que los demás integrantes el 40%.

 

Requisitos documentales para la evaluación de la capacidad financiera

 

  1. Balance General y Estado de Resultados de los años 2020, 2021, 2022 para contribuyente de IRACIS/IRE GENERAL. 
  1. Presentación del Formulario N° 501 años 2020, 2021 y 2022 para los contribuyentes IRE SIMPLE.-
  1. Presentación del Formulario N° 515 años 2020, 2021 y 2022 para los contribuyentes del IRP-RSP.-
  1. Para contribuyentes de IVA Formularios IVA General: de los 3 tres años 2020, 2021, 2022

 

Experiencia requerida

Con el objetivo de calificar la experiencia del oferente, se considerarán los siguientes índices:

 

 

Demostrar experiencia en reparación y/o mantenimiento de sistema de ascensores, con facturaciones de venta y/o recepciones finales por un monto equivalente al promedio del 50 % como mínimo del monto máximo de la presente licitación, de los últimos (3) años (2021, 2022, 2023), en sumatoria o en caso de lograr (%) requerido en uno o más años que corresponden a los años establecidos en el presente punto, el mismo será considerado como válido para la participación.


Requisitos documentales para la evaluación de la experiencia

1. Copia de facturaciones y/o recepciones finales que avalen la experiencia requerida.

 

Capacidad Técnica

El Oferente deberá proporcionar evidencia documentada que demuestre su cumplimiento con los siguientes requisitos de capacidad técnica:

La empresa a contratar deberá contar con infraestructura mínima en:

 

  • Staff de técnicos, transportes, herramientas, equipos de seguridad, comunicación y stock de repuestos.

 

  • Debe disponer de un local de servicio técnico. (La convocante se reserva el derecho de realizar inspección in situ).

 

Requisito documental para evaluar la capacidad técnica

SI

Con el objetivo de calificar la capacidad técnica del oferente, se considerarán los siguientes índices:

 

El oferente deberá proporcionar evidencia documentada que demuestre su cumplimiento con los siguientes requisitos de capacidad técnica:

 

La empresa a contratar deberá contar con infraestructura mínima en:

 

  • Staff de técnicos, transportes, herramientas, equipos de seguridad, comunicación y stock de repuestos.

 

  • Debe disponer de un local de servicio técnico. (La convocante se reserva el derecho de realizar inspección in situ).

 

 

Documentación para evaluar el criterio:

     
  • Declaración Jurada que deberá contener el listado de herramientas, equipos de seguridad, (arnés, aparejos, cascos, chalecos reflectivos, cintas de perímetro, malla para caída, carteles indicadores de seguridad).
     
  • Documento en el que conste la dirección de ubicación y croquis del local de servicio técnico.
     
  • Declaración Jurada de contar con staff de técnicos en relación de dependencia, (presentar planilla de IPS o contrato de trabajo), de al menos ocho personales técnicos certificado en mantenimiento y reparación de ascensores, con un mínimo de un año de experiencia comprobable a partir de la fecha de obtención del certificado, (adjuntar listado de los técnicos quienes estarán asignados al contrato con numero de cedula de identidad y sus certificados en mantenimiento y reparación de ascensores). Obs, todos los técnicos deberán estar inscrito en el seguro de IPS como empleado de la empresa adjudicada como máximo para la firma de contrato.
     
  • Declaración Jurada de contar con scanner propiedad de la empresa (presentar una imagen con número de serie identificador del equipo), a fin de detectar rápidamente el problema del equipo, el mismo deberá estar disponible para cuando requiera la institución, sin estar comprometido en otro contrato.
     
  • Declaración Jurada de disponer de técnicos suficientes para la atención inmediata de reclamos de la institución 24/7 incluso fin de semana, a fin de solucionar las fallas imprevistas que pudieran ocurrir, atendiendo a que la parada del equipo dificulta el traslado de pacientes de terapia y quirófano
  • Asignar un personal del staff permanente técnico en ascensores, desde la 07:00 hs hasta las 17:00 hs. de lunes a viernes, el mismo deberá indefectiblemente permanecer dentro de la institución realizando tareas de ajustes, mantenimiento preventivo y pendiente del reclamo de personas atrapadas dentro de la cabina del ascensor para realizar rescate inmediato, en caso de un evento fuera de este horario la empresa deberá asignar un personal de guardia que deberá acudir al llamado en un tiempo máximo de 2 horas, a partir de la solicitud de la convocante.
     
  • Declaración Jurada de que en caso necesario la convocante podrá solicitar la asistencia de los ocho personales consignados al contrato a fin de dar solución rápida y efectiva a eventuales fallas y/o servicios programados necesarios que surjan.
     
  • Declaración Jurada donde manifieste como oferente que conoce y cuenta con capacidad técnica, para reparar y mantener equipos ascensores, electrónicos e hidráulicos, en referencia a staff, herramientas y disponibilidad de repuestos, (18 ascensores electrónicos, 2 ascensores hidráulicos, 2 ascensores de carga y 2 monta platos).
     
  • Declaración jurada de contar con stock de repuestos originales necesarios para poder provisionar e instalar en forma inmediata para evitar la parada prolongada del equipo, estimando como tiempo límite de tres días hábiles para la reactivación del equipo.
     
  • Declaración Jurada de contar con un vehículo de servicio técnico, afín de dar atención rápida a los reclamos urgentes de la institución, (presentar documento que avale la propiedad del mismo).
  • Presentar Certificado y/o constancia de buen cumplimiento de contratos con Empresas Privadas y/o Entidades del Estado de los años (2021-2022-2023) , 50 % del monto máximo del llamado en promedio. Los certificados deberán ser de REPARACION Y MANTENIMIENTO DE ASCENSORES (como mínimo un certificado por año solicitado).

OBSERVACION: En caso de que la empresa requiera cambiar el personal asignado al contrato deberá comunicar a la Contratante, cuyo remplazo deberá tener como mínimo las mismas condiciones del anterior, en cuanto a la capacidad técnica. 

 

Criterios de desempate de ofertas

En caso de que existan dos o más oferentes solventes que cumplan con todos los requisitos establecidos en el pliego de bases y condiciones del llamado, igualen en precio y sean sus ofertas las más bajas, el comité de evaluación determinará cuál de ellas es la mejor calificada para ejecutar el contrato utilizando los criterios dispuestos para el efecto por la DNCP en la reglamentación pertinente.