Podrán participar de ésta licitación, individualmente o en forma conjunta (consorcio), los oferentes domiciliados en la República del Paraguay, que no se encuentren comprendidos en las prohibiciones o limitaciones para presentar propuestas y contratar con el Estado, establecidas en la Ley N° 2051/03 "De Contrataciones Públicas".
Adicionalmente a lo establecido en el párrafo anterior el oferente deberá considerar las siguientes condiciones de participación:
Que se encuentren registrados/as en el Sistema de Información de Proveedores del Estado (SIPE), debiendo suscribir ante el mismo una Declaración Jurada en la cual manifiesta que tiene pleno conocimiento y acepta las reglas del proceso, para su activación como oferente. La Declaración Jurada referida, podrá ser descargada desde el SICP, módulo del SIPE.
Que activados/as conforme al SIPE posean su Usuario y Contraseña, personal e intransferible, salvo que los mismos hayan sido cancelados por el sistema, de conformidad a la reglamentación específica. La pérdida del usuario y contraseña deberá ser comunicada a la DNCP para que, a través del sistema, sea bloqueado el acceso inmediatamente; y
Como requisito para la participación en la Subasta a la Baja Electrónica, el oferente deberá manifestar en el campo previsto en el sistema electrónico, que cumple plenamente los requisitos de habilitación y que su propuesta de precios está conforme con las exigencias del pliego de bases y condiciones.
Calificación Legal
Los oferentes deberán declarar que no se encuentran comprendidos en las limitaciones o prohibiciones para contratar con el Estado, contempladas en el artículo 40 de la Ley Nº 2051/03, modificado por Ley Nº 6716/2021, declaración que forma parte del formulario de oferta.
Serán desechadas las ofertas de los oferentes que se encuentren comprendidos en las prohibiciones o limitaciones para contratar a la hora y fecha límite de presentación de ofertas o a la fecha de firma del contrato.
A los efectos de la verificación de la existencia de prohibiciones o limitaciones contenidas en los incisos a) y b), m) y n) del artículo 40 de la Ley Nº 2051/03, modificado por Ley Nº 6716/2021, el comité de evaluación realizará el siguiente análisis:
El comité podrá recurrir a fuentes públicas o privadas de información, para verificar los datos proporcionados por el oferente.
Durante la evaluación de ofertas, luego de haber realizado la corrección de errores aritméticos y de ordenar las ofertas presentadas de menor a mayor, el Comité de Evaluación procederá a solicitar a los oferentes una explicación detallada de la composición del precio ofertado de cada ítem, rubro o partida adjudicable, conforme a los siguientes parámetros:
1. En contrataciones en general: cuando la diferencia entre el precio ofertado y el precio referencial sea superior al 25% para ofertas por debajo del precio referencial y del 15% para ofertas que se encuentren por encima del referencial establecido por la convocante y difundido con el llamado a contratación.
Si el oferente no respondiese la solicitud, o la respuesta no sea suficiente para justificar el precio ofertado del bien o servicio, el precio será declarado inaceptable y la oferta rechazada.
El análisis de los precios, con esta metodología,será aplicado a cada ítem, rubro o partida que componga la oferta y en cada caso deberá ser debidamente fundada la decisión adoptada por la Convocante en el ejercicio de su facultad discrecional.
A los efectos de acogerse al beneficio de la aplicación del margen de preferencia, el oferente deberá contar con el Certificado de Producto y Empleo Nacional (CPEN). El certificado debe ser emitido como máximo a la fecha y hora de la etapa competitiva.
La falta del CPEN no será motivo de descalificación de la oferta, sin embargo, el oferente no podrá acogerse al beneficio.
El comité de evaluación verificará en el portal oficial indicado por el Ministerio de Industria y Comercio (MIC) la emisión en tiempo y forma del CPEN declarado por los oferentes. No será necesaria la presentación física del Certificado de Producto y Empleo Nacional.
Independientemente al sistema de adjudicación, el margen de preferencia será aplicado a cada bien o servicio objeto de contratación que se encuentre indicado en la planilla de precios.
a) Consorcios:
a.1. Provisión de Bienes
El CPEN debe ser expedido a nombre del oferente que fabrique o produzca los bienes objeto de la contratación. En el caso que ninguno de los oferentes consorciados fabrique o produzca los bienes ofrecidos, el consorcio deberá contar con el CPEN correspondiente al bien ofertado, debiendo encontrarse debidamente autorizado por el fabricante. Esta autorización podrá ser emitida a nombre del consorcio o de cualquiera de los integrantes del mismo.
a.2. Provisión de Servicios (se entenderá por el término “servicio” aquello que comprende a los servicios en general, las consultorías, obras públicas y servicios relacionados a obras públicas).
Todos los integrantes del consorcio deben contar con el CPEN.
Excepcionalmente se admitirá que no todos los integrantes del consorcio cuenten con el CPEN para aplicar el margen de preferencia, cuando el servicio específico se encuentre detallado en uno de los ítems de la planilla de precios, y de los documentos del consorcio (acuerdo de intención o consorcio constituido) se desprenda que el integrante del consorcio que cuenta con el CPEN será el responsable de ejecutar el servicio licitado.
Para contrataciones realizadas por Unidades Operativas que se encuentren conformadas dentro de un municipio o departamento se deberá considerar que, si la oferta evaluada como la más baja pertenece a una firma u empresa domiciliada fuera del territorio departamental de la convocante, ésta será comparada con la oferta más baja de la firma u empresa domiciliada dentro del territorio de la convocante, agregándole al precio total de la oferta propuesta por la primera una suma del diez por ciento (10%) del precio. Si en dicha comparación adicional la oferta de la firma u empresa domiciliada dentro del territorio departamental de la convocante resultare ser la más baja, se la seleccionará para la adjudicación; en caso contrario se seleccionará la oferta de servicios de la firma u empresa domiciliada fuera del territorio departamental de la convocante.
En el caso de que el oferente, sea de la zona y además cuente con margen de preferencia, se le aplicará únicamente el margen de este último.
Las convocantes deberán acogerse a las condiciones específicas para la aplicación del Margen de Preferencia Local establecidas en la reglamentación emitida por la DNCP.
1. Formulario de Oferta (*) [El formulario de oferta y lista de precios, generados electrónicamente a través del SICP, deben ser completados y firmados por el oferente.] |
2. Garantía de Mantenimiento de Oferta (*) La garantía de mantenimiento de oferta debe ser extendida, bajo la forma de una garantía bancaria o póliza de seguro de caución. |
3. Certificado de Cumplimiento con la Seguridad Social. (**) |
4. Certificado de Producto y Empleo Nacional, emitido por el MIC, en caso de contar. (**) |
5. Declaración Jurada por la que el oferente garantiza el cumplimiento de las obligaciones laborales y sociales con sus trabajadores dependientes y como prestador de servicios para el Estado según formulario proforma. |
6. Constancia de presentación de la Declaración Jurada de bienes y rentas, activos y pasivos ante la Contraloría General de la República, para los sujetos obligados según los incisos a) y b) del numeral 2 del art. 1 de la Ley N° 6355/19.(**) NO APLICA |
7.Certificado de Cumplimiento Tributario. (**) |
8. Patente Comercial del municipio en donde esté asentado el establecimiento principal del oferente. (**) |
9. Declaración Jurada de Declaración de Miembros, de conformidad con el formulario estándar Sección Formularios. (**) |
10. Documentos legales |
10.1. Oferentes Individuales. Personas Físicas. |
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10.2. Oferentes Individuales. Personas Jurídicas. |
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10.3. Oferentes en Consorcio. |
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4.Fotocopia simple de los documentos que acrediten las facultades del firmante de la oferta para comprometer al consorcio, cuando se haya formalizado el consorcio. Estos documentos pueden consistir en (*):
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Los documentos indicados con asterisco (*) son considerados documentos sustanciales a ser presentados con la oferta.
Los documentos indicados con doble asterisco (**) deberán estar vigentes al inicio de la etapa competitiva.
Con el objetivo de calificar la situación financiera del oferente, se considerarán los siguientes índices:
Con el objetivo de calificar la situación financiera del oferente, se considerarán los siguientes índices:
Ratio de Liquidez: activo corriente / pasivo corriente
Deberá ser igual o mayor que 1, en promedio, en los 3 últimos años (2020/2021/2022)
Endeudamiento: pasivo total / activo total
No deberá ser mayor a 0,80 en promedio, en los 3 últimos años (2020/2021/2022)
Rentabilidad: Porcentaje de utilidad después de impuestos o pérdida con respecto al Capital
El promedio en los últimos 3 años (2020/2021/2022), no deberá ser negativo
Las empresas consorciadas deberán cumplir requisitos de carácter legal y la capacidad financiera, en un 100 %, como ser obligaciones tributarias, laborales, de seguridad social y las específicas para el cumplimiento de los bienes licitados.
Para evaluar el presente criterio, el oferente deberá presentar las siguientes documentaciones:
a. Balance General de los años 2020/2021/2022 |
b. Certificado de cumplimiento tributario vigente a la fecha de la etapa competitiva. |
Con el objetivo de calificar la experiencia del oferente, se considerarán los siguientes índices:
Antigüedad: El oferente debe tener una antigüedad de mínimo 3 (tres) años en el mercado nacional en la prestación remunerada de servicios de limpieza demostrados por medio de la constancia del Registro Único del Contribuyente o Acta de Constitución, donde deberá constar, indefectiblemente, que la empresa se dedica en forma principal al rubro de servicio de limpieza.
Experiencia: Presentar copias de contratos o facturas que demuestren la experiencia en la prestación del servicio de limpieza integral a instituciones/empresas públicas y/o privadas (corporativas), como mínimo un contrato o factura, por cada año de experiencia (2020/2021/2022). Se exige que cada contrato haya empleado al menos a 20 (veinte) trabajadores asignados y con vigencia de 12 (doce) meses como mínimo. Cada contrato o factura deberá estar acompañado, indefectiblemente, de su respectiva constancia de buen cumplimiento contractual. En caso de presentar copia de factura, la cantidad de empleados y la duración del contrato, podrán indicarse en la constancia de buen cumplimiento contractual.
Obs.: Los contratos o facturas del año 2022 serán considerados únicamente si el servicio ha sido ejecutado en su totalidad, siempre y cuando cumplan con los demás requisitos establecidos en el párrafo anterior.
Volumen de facturación: Demostrar la experiencia en servicio integral de limpieza con contratos, facturaciones de venta y/o recepciones finales por un monto equivalente al 30 % como mínimo del monto total ofertado en la presente licitación, de los últimos tres (3) años 2020 al 2022.
El porcentaje indicado deberá corresponder al promedio del volumen total de facturación en el periodo comprendido entre los años señalados. Para la obtención del promedio, se sumará el total de la facturación y se dividirá por 3 (tres) -cantidad de años requeridos-. Cada contrato o factura deberá estar acompañado, indefectiblemente, de su respectiva constancia de buen cumplimiento contractual.
Obs.: Los contratos o facturas del año 2022 serán considerados únicamente si el servicio ha sido ejecutado en su totalidad, siempre y cuando cuente con la constancia de buen cumplimiento contractual.
El oferente debe poseer una solvencia de, al menos, 30% del costo total de su oferta. Este requisito demostrará a la convocante la capacidad económica del oferente para poder solventar todos los gastos que implique la prestación del servicio, debido a que no está previsto ningún tipo de anticipo. Para el efecto, el oferente deberá demostrar su capacidad económica por medio de un informe/extracto bancario donde conste su disponibilidad en efectivo al momento de la presentación de la carpeta de ofertas, o como máximo, una semana antes de la fecha de presentación de las carpetas; o su defecto, podrá presentar carta o constancia emitida por una entidad financiera en donde conste disponibilidad de línea de crédito, como mínimo, por el porcentaje mencionado.
La empresa de limpieza deberá presentar la Licencia Comercial habilitada por la Municipalidad del domicilio de la empresa (casa matriz). En caso de que el municipio no expida dicha licencia, deberá presentar la documentación que avale dicha situación, es decir, constancia del municipio donde se especifica que el mismo no expide Licencia Comercial.
El oferente deberá presentar la lista del personal inscripto en el I.P.S. durante los últimos 6 (seis) meses por una cantidad mínima del 50% del personal requerido.
En caso de Consorcio, se deberá indicar cuál es la empresa líder quien deberá cumplir mínimamente con 60% de los requerimientos mínimos para oferentes individuales indicados en el PBC y la otra empresa con el 40% restante; en caso de que sean 3 o más empresas, se mantiene el cumplimiento de la Empresa Líder, debiendo cumplir las demás Empresas con la distribución equitativa del porcentaje restante.
Los siguientes documentos serán los considerados para la evaluación del presente criterio:
a) Constancia del Registro Único del Contribuyente o Acta de Constitución.
b) Copias de contratos o facturas que demuestren la experiencia en la prestación del servicio de limpieza integral a instituciones/empresas públicas y/o privadas (corporativas), como mínimo un contrato o factura, por cada año de experiencia (2020/2021/2022). Se exige que cada contrato haya empleado al menos a 20 (veinte) trabajadores asignados y con vigencia de 12 (doce) meses como mínimo. Cada contrato o factura deberá estar acompañado, indefectiblemente, de su respectiva constancia de buen cumplimiento contractual. En caso de presentar copia de factura, la cantidad de empleados y la duración del contrato, podrán indicarse en la constancia de buen cumplimiento contractual. Los contratos o facturas del año 2022 serán considerados únicamente si el servicio ha sido ejecutado en su totalidad, siempre y cuando cumplan con los demás requisitos establecidos.
c) Demostrar la experiencia en servicio integral de limpieza con contratos, facturaciones de venta y/o recepciones finales por un monto equivalente al 30 % como mínimo del monto total ofertado en la presente licitación, de los últimos tres (3) años 2020 al 2022. El porcentaje indicado deberá corresponder al promedio del volumen total de facturación en el periodo comprendido entre los años señalados. Para la obtención del promedio, se sumará el total de la facturación y se dividirá por 3 (tres) -cantidad de años requeridos-. Cada contrato o factura deberá estar acompañado, indefectiblemente, de su respectiva constancia de buen cumplimiento contractual. Los contratos o facturas del año 2022 serán considerados únicamente si el servicio ha sido ejecutado en su totalidad, siempre y cuando cuente con la constancia de buen cumplimiento contractual.
d) Informe/extracto bancario donde conste disponibilidad en efectivo de, como mínimo, el 30% del monto de la oferta; o carta/constancia emitida por una entidad financiera en donde conste disponibilidad de línea de crédito como mínimo, por el porcentaje mencionado.
e) Licencia Comercial habilitada por la Municipalidad donde se encuentre domiciliada la empresa (casa matriz), en caso de que dicha Municipalidad no expida la licencia, se deberá presentar una constancia de la Municipalidad donde se especifica que la misma no expide Licencia Comercial.
f) Lista del personal inscripto en el I.P.S. durante los últimos 6 (seis) meses por una cantidad mínima del 50% del personal requerido
Con el objetivo de calificar la capacidad técnica del oferente, se considerarán los siguientes índices:
Cantidad de personal requerido: 22 (veintidós).
1. El oferente deberá presentar Declaración Jurada del listado de los equipos y maquinarias con que cuenta la firma para la prestación de los servicios.
2. Declaración Jurada del Listado de insumos (productos de limpieza) a ser utilizados para la prestación del servicio, indicando marca y procedencia.
3. Registros Domisanitarios expedidos por la DNVS, vigente, para los siguientes productos: Desodorante y desinfectante de ambiente líquido, concentración 10%, Detergente biodegradable, tenso activo, con PH neutro, en bidón de 5 litros, Hipoclorito de sodio concentración 8% en bidón de 5 litros.
4 Copia de contrato de Programas de Gestión de Residuos reciclables con alguna Organización o Empresas con o sin fines de lucro, cuyo sitio de disposición de residuos cuente con la Declaración de Impacto ambiental emitida por el MADES.
5. El oferente deberá visitar los sitios que estarán afectados por los trabajos a fin de hallarse plenamente informado de todo cuanto se relaciona con la naturaleza del servicio y la localización de los mismos. La Dirección Administrativa expedirá constancia de la visita técnica que deberá acompañar a la oferta.
Otros criterios para la evaluación de las ofertas a ser considerados en ésta contratación serán:
No aplica
El vencedor de cada grupo subastado será el oferente que ingresó el menor precio. En los casos de igualdad de precios, queda como vencedor el que lo haya ingresado primero.
Siempre que el criterio de desempate establecido, no sea aplicable, el comité de evaluación determinará cuál de ellas es la mejor calificada para ejecutar el contrato utilizando los criterios dispuestos para el efecto por la DNCP.
Nota1: Conforme las disposiciones del Decreto 7781/06, para las Contrataciones con Organismos de la Administración Central, el Oferente que resulte adjudicado, deberá contar con una cuenta corriente y/o caja de ahorro habilitada en un Banco de plaza, o en su defecto, hallarse en condiciones de poder habilitar una cuenta corriente y/o caja de ahorro a su nombre, a fin de poder hacer efectivo el Pago Directo a Proveedores y Acreedores vía acreditación en cuenta bancaria.