Consulta:
Solicitamos que sean considerados aspectos de pos-venta, como ser contar con UN CENTRO AUTORIZADO DE SERVICIOS en los equipos ofertados, a fin de que se garantice asistencia técnica cuando estos lo requieran,
Nro. de Consulta | Título | Resumen de la Consulta | Fecha de Consulta | Fecha de Respuesta | Acciones |
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1 | Con respecto a las EETT | Solicitamos que sean considerados aspectos de pos-venta, como ser contar con UN CENTRO AUTORIZADO DE SERVICIOS en los equipos ofertados, a fin de que se garantice asistencia técnica cuando estos lo requieran, | 19-10-2023 | 20-10-2023 | |
2 | EETT de pantalla interactiva | Con relación a las especificaciones técnicas de la pantalla interactiva, se solicita volver a revisar ya que la misma esta direccionada específicamente a la MARCA BENQ MODELO RE6501 violando el artículo Art. 45 de la Ley N° 7021/22 que dispone: “En los procedimientos de contratación será obligación de las convocantes elaborar las bases y condiciones del llamado con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato con el objeto de que concurra el mayor número de Oferentes y deberán ser suficientemente claras, objetivas e imparciales para evitar favorecer a algún participante”. “Asimismo, no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por la presente ley para la participación, contratación o adjudicación, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables en los pliegos de bases y condiciones si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…” En concordancia con lo dispuesto en el art. 40 del Decreto Reglamentario N° 9823/23 el cual dispone lo siguiente: “Las especificaciones técnicas que deban contener las bases de la contratación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes.” | 19-10-2023 | 20-10-2023 |