El suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos servicios serán suministrados por el proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el contrato.
Los servicios prestados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y cambios.
El proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.
Los servicios de seguridad y vigilancia comprenderán las siguientes tareas y funciones a realizar por los agentes de seguridad, de conformidad a las disposiciones legales y reglamentarias vigentes:
[De forma descriptiva y referencial se citan los siguientes]:
La empresa prestadora de servicio mínimamente deberá:
Las condiciones de los servicios a ser prestados serán:
1. Los vigilantes no podrán abandonar sus puestos en ningún caso sin que previamente se haya realizado el relevo físico de turno. Este relevo debe realizarse al menos con veinte minutos de anticipación.
2. El personal de vigilancia deberá cumplir los horarios establecidos en estas especificaciones técnicas, que será controlada estrictamente por la contratante.
3. A solicitud de la contratante, el proveedor deberá proceder al remplazo o cambio de puesto del o los agentes designados, dentro de las 24 horas de recibida notificación por escrito de la solicitud. En caso de sustitución no solicitada por la contratante, el proveedor deberá comunicar los cambios en el mismo plazo y solicitar la aprobación de la institución y deberá demostrar que el cambio se realiza por situación que configure caso fortuito, enfermedad, renuncia o separación del servicio por causas justificadas. El o los agentes que sean puestos en sustitución deberán ser seleccionados de alguno de los indicados como suplente en el formulario de Nómina de Trabajadores que realizarán los servicios contratados. Los agentes separados de las funciones por ineficiencia o indisciplina no podrán ejercer sus servicios dentro de las instalaciones de la institución.
4. Expresarse en términos claros y prudentes toda vez que se dirija al funcionariado en general, como a personas externas a la institución.
5. Se exige que los agentes eviten el exceso de confianza en el trato con los funcionarios y público en general, de forma a evitar la familiaridad de trato y desprolijidades en sus funciones de control y vigilancia.
Las funciones de guardia de seguridad sólo podrán ser desempeñadas por las personas físicas empleadas por las empresas de seguridad debidamente autorizadas y habilitadas al efecto por la autoridad competente.
Los guardias de seguridad, deben contar con el carné vigente expedido por la División de Fiscalización de Empresas de Seguridad Privada y Afines, y estar registrados en la nómina del personal remitido a la División a nombre de la empresa adjudicada.
Los requerimientos en cuanto a implementos de seguridad serán los siguientes:
1. Carné Identificatorio: el personal asignado para la prestación del servicio deberá portar, en todo momento, el carné identificatorio otorgado por la empresa, el cual es de portación obligatoria.
2. Armas: El proveedor deberá entregar a cada guardia de turno, un arma de fuego de uso civil, entendido como armas cortas y largas no automáticas (con su respectiva funda de guarda), con miras simples o especiales, no prohibidas y con municiones necesarias, que están destinadas a la defensa individual y a la protección de inmuebles y sus moradores. El PROVEEDOR, bajo su responsabilidad, dará cumplimiento estricto a la Ley Nº 4036/10 De armas de fuego, sus piezas y componentes, municiones, explosivos, accesorios y afines y todas las legislaciones vigentes relacionadas a armas, licencias, etc. Conforme a la mencionada legislación, el agente de seguridad que porte arma de fuego deberá llevar consigo: - Credencial de identificación vigentes, expedida por la empresa de seguridad a la que pertenece. El carné deberá contar con el logotipo de la empresa, su dirección y teléfono; nombre y apellido del personal contratado, fotografía. Firma del titular, sus datos personales, número de cédula, tiempo de validez, sello de la empresa y firma del director. Copia del permiso de tenencia del arma de fuego, otorgado a la empresa a la cual pertenece para uso de su personal. En el caso de que el personal deba prestar funciones fuera del edificio de la institución, necesitará la autorización de portación de armas expedida por la autoridad pertinentes, para la portación de la misma. La portación de armas de fuego se limitará exclusivamente al espacio geográfico privado de la institución donde el vigilante desarrolle sus actividades laborales.
Las empresas de seguridad privada de transporte de valores estarán autorizadas a llevar la cantidad de armas que aseguren la protección de la vida de la tripulación y de los valores en tránsito. Las armas a ser empleadas para este servicio, deberán ser de funcionamiento semi automática y no automática.
3. Uniforme: Se exige que los agentes presten los servicios en condiciones óptimas de presencia, vestir el uniforme, y distintivos declarados ante el órgano de Aplicación y Fiscalización de Empresas Privadas y Afines de la Policía Nacional.
La empresa prestadora deberá proveer a cada guardia al menos dos conjuntos completos del uniforme adecuado, incluyendo el calzado, sin costo alguno para el mismo, así como la credencial vigente expedida por la empresa de seguridad a la que pertenece, éste costo debe ser absorbido por la empresa.
Las empresas transportadoras de valores dotarán al personal operativo además del uniforme, chalecos antibalas, cuyo uso será obligatorio en el desempeño de sus funciones.
4. Sistemas de comunicación: El PROVEEDOR deberá contar y proveer a los guardias además con a) Un equipo de radio 27/54 comunicación CONTRATANTE/PROVEEDOR, con permiso para operar frecuencia de radiocomunicación, o contar con un contrato celebrado con concesionaria autorizada. b) 2 (dos) aparatos tipo celular smartphone (09xx xxx xxx), con saldo disponible full, a los efectos de que los directivos puedan comunicarse en cualquier momento con el personal de turno. c) Radios intercomunicadores tipo MANOS LIBRES para la totalidad del personal. d) Radios intercomunicadores tipo WALKIE TOKIE para comunicación entre los encargados y el Administrador del Contrato. Así mismo, el proveedor deberá contar con equipos de emergencia para reemplazar inmediatamente los que dejen de funcionar al momento de presta el servicio. Los agentes destacados en las instalaciones de la Entidad, deberán contar con el equipo necesario que les permita comunicarse entre sí. La empresa prestadora deberá reemplazar inmediatamente los que dejen de funcionar al momento de prestar el servicio.
5. Accesorios:
Ejemplos:
Para el presente llamado, se exige como condición que cada guardia deberá portar en su turno tonfa (cachiporra) y silbatos, así como tener disponible para su uso de al menos 2 (dos) linternas de mano, de luz blanca, con tecnología alógena o LED recargable. El proveedor deberá entregar, además: Chaleco táctico (sin reflectivo) de seguridad color negro impermeable incluido, silbato, esposas, navajas, en cantidad del 50% del personal total solicitado. El proveedor proveerá además de útiles de escritorio, tales como cuadernos, lapiceros, tablillas, marcadores, libros de apuntes y otros necesarios para la prestación el servicio. Todos los accesorios citados deberán ser proporcionados por EL PROVEEDOR, sin costo alguno para los agentes de seguridad. Los útiles de escritorio, tales como cuadernos, lapiceros, tablillas, marcadores, libros de apuntes y otros necesarios para el servicio, deberán ser proporcionados por el proveedor, sin costo alguno para los agentes de seguridad.
Para el presente llamado en particular, se exige que los agentes presten los servicios en condiciones óptimas de presencia, vestir el uniforme, y distintivos declarados ante el órgano de Aplicación y Fiscalización de Empresas Privadas y Afines de la Policía Nacional.
El proveedor deberá entregar a cada personal de seguridad: 2 pantalones, 4 camisas (2 mangas cortas y 2 mangas largas), corbata, campera, gorras, botas tipo militar, remeras mangas cortas tipo polo para los días viernes, todos ellos sin costo alguno para el oficial, así como insignias y el respectivo carnet de identificación.
Además, deberá proveerse un total de 2 (dos) pilotines impermeables de color negro, gris o azul, con logo de la empresa; 2 (dos) botas para lluvia. Los mismos serán puestos a disposición en la SENATUR, para cualquier ocasión que sean requeridos.
Detalle |
||
Tipo |
Descripción |
Cantidad por personal |
Verano |
||
Camisa |
Mangas cortas |
2 |
Pantalones |
N/A |
2 |
Corbata |
N/A |
1 |
Remera tipo polo |
Mangas cortas |
2 |
Invierno |
N/A |
|
Camisa |
Magas largas |
2 |
Campera |
Tipo rompe viento impermeable con logo |
1 |
Verano/Invierno |
||
Bota |
Tipo militar de cuero, color negro |
1 par |
El plan de la prestación de los servicios se realizará de acuerdo a lo indicado en el presente apartado:
Coordinados con la Jefatura del Dpto de Logística, SENATUR
Tiempo |
Cantidad de personal |
Días |
Horario |
Lugar |
Cantidad de Personal |
|
Oficina Central |
Diurno |
Nocturno |
||||
12 horas |
2 |
De lunes a viernes |
06:00 a 18:00 |
Vigilante diurno |
2 |
|
12 horas |
2 |
De lunes a viernes |
18:00 a 06:00 |
Vigilante nocturno |
|
2 |
12 horas |
1 |
Sábados Domingos Feriados |
06:00 a 18:00 |
Vigilante diurno |
1 |
|
12 horas |
2 |
Sábados Domingos Feriados |
18:00 a 06:00 |
Vigilante nocturno |
|
2 |
El Administrador del Contrato será el responsable de activar el inicio del servicio de seguridad y vigilancia correspondiente al ítem Nº 1 Oficina Central de la SENATUR, Orden de Servicio mediante, remitida al oferente con un mínimo de 48 hs. antes de ser solicitada la cobertura correspondiente.
LOTE N° 2 TURISTA ROGA COSTANERA
Coordinador: Jefatura SENATUR
Tiempo |
Cantidad de personal |
Días |
Horario |
Lugar |
Cantidad de Personal |
|
Costanera |
Diurno |
Nocturno |
||||
12 horas |
2 |
lunes a viernes |
06:00 a 18:00 |
Vigilante diurno |
2 |
2 |
12 horas |
2 |
lunes a viernes |
18:00 a 06:00 |
Vigilante nocturno |
||
12 horas |
2 |
Sábados Domingos Feriados |
06:00 a 18:00 |
Vigilante diurno |
||
12 horas |
2 |
Sábados Domingos Feriados |
18:00 a 06:00 |
Vigilante nocturno |
Observación: Se establece un horario de descanso obligatorio de 60 (sesenta) minutos para los empleados, es una interrupción a la labor diaria con el objetivo de alimentarse y descansar brevemente.
El Administrador del Contrato será el responsable de activar el inicio del servicio de seguridad y vigilancia correspondiente al ítem Nº 2 Turista Róga Costanera, Orden de Servicio mediante, remitida al oferente con un mínimo de 48 hs. antes de ser solicitada la cobertura correspondiente.
LOTE N° 3 (CASONA DE AREGUA)
Coordinador: Jefatura Casona de Aregua, de la SENATUR
Cantidad de personal |
Días |
Horario |
Lugar |
Cantidad de Personal |
||
Casona |
Diurno |
Nocturno |
||||
12 horas |
1 |
lunes a viernes sábados domingos feriados |
06:00 a 18:00 |
Vigilante diurno |
1 |
1 |
12 horas |
1 |
lunes a viernes sábados domingos feriados |
18:00 a 06:00 |
Vigilante nocturno |
Observación: Se establece un horario de descanso obligatorio de 60 (sesenta) minutos para los empleados, es una interrupción a la labor diaria con el objetivo de alimentarse y descansar brevemente.
El Administrador del Contrato será el responsable de activar el inicio del servicio de seguridad y vigilancia correspondiente al ítem Nº 3 Casona de Areguá, Orden de Servicio mediante, remitida al oferente con un mínimo de 48 hs. antes de ser solicitada la cobertura correspondiente.
LOTE N° 4 (OFICINA REGIONAL, VILLA FLORIDA)
Oficina Regional de Villa Florida
Coordinador: Jefatura Regional, de la SENATUR
Tiempo |
Cantidad de personal |
Días |
Horario |
Lugar |
Cantidad de Personal |
|
Oficina Regional |
Diurno |
Nocturno |
||||
12 horas |
1 |
De lunes a viernes |
18:00 a 06:00 |
Vigilante nocturno |
0 |
1 |
12 horas |
1 |
Sábados Domingos Feriados |
18:00 a 06:00 |
Vigilante nocturno |
Observación: Se establece un horario de descanso obligatorio de 60 (sesenta) minutos para los empleados, es una interrupción a la labor diaria con el objetivo de alimentarse y descansar brevemente.
El Administrador del Contrato será el responsable de activar el inicio del servicio de seguridad y vigilancia correspondiente al ítem Nº 4 Oficina Regional de Villa Florida, Orden de Servicio mediante, remitida al oferente con un mínimo de 48 hs. antes de ser solicitada la cobertura correspondiente.
LOTE N° 5 (OFICINA REGIONAL, ALTO PARANA)
Coordinador: Jefatura Regional, de la SENATUR
Tiempo |
Cantidad de personal |
Días |
Horario |
Lugar |
Cantidad de Personal |
|
Ciudad del Este |
Diurno |
Nocturno |
||||
12 horas |
1 |
De lunes a viernes |
06:00 a 18:00 |
Vigilante diurno |
1 |
1 |
12 horas |
1 |
De lunes a viernes |
18:00 a 06:00 |
Vigilante nocturno |
||
12 horas |
1 |
Sábados Domingos Feriados |
06:00 a 18:00 |
Vigilante diurno |
||
12 horas |
1 |
Sábados Domingos Feriados |
18:00 a 06:00 |
Vigilante nocturno |
El Administrador del Contrato será el responsable de activar el inicio del servicio de seguridad y vigilancia correspondiente al ítem Nº 6 Oficina Regional de Alto Paraná, Orden de Servicio mediante, remitida al oferente con un mínimo de 48 hs. antes de ser solicitada la cobertura correspondiente.
LOTE N° 6 (OFICINA REGIONAL DE PIKYPO)
Cantidad de personal |
Días |
Horario |
Lugar |
Cantidad de Personal |
||
Pikypo (Yguazu) |
Diurno |
Nocturno |
||||
12 horas |
1 |
De lunes a viernes |
06:00 a 18:00 |
Vigilante diurno |
1 |
1 |
12 horas |
1 |
De lunes a viernes |
18:00 a 06:00 |
Vigilante nocturno |
||
12 horas |
1 |
Sábados Domingos Feriados |
06:00 a 18:00 |
Vigilante diurno |
||
12 horas |
1 |
Sábados Domingos Feriados |
18:00 a 06:00 |
Vigilante nocturno |
Observación: Se establece un horario de descanso obligatorio de 60 (sesenta) minutos para los empleados, es una interrupción a la labor diaria con el objetivo de alimentarse y descansar brevemente.
El Administrador del Contrato será el responsable de activar el inicio del servicio de seguridad y vigilancia correspondiente al ítem Nº 7 Oficina Regional de Pikypo, Orden de Servicio mediante, remitida al oferente con un mínimo de 48 hs. antes de ser solicitada la cobertura correspondiente.
LOTE N° 7 (Circuito Vivencial Mundo Guaraní)
Cantidad de personal |
Días |
Horario |
Lugar |
Cantidad de Personal |
||
Mundo Vivencial Guaraní (Yguazu) |
Diurno |
Nocturno |
||||
12 horas |
4 |
De lunes a viernes |
06:00 a 18:00 |
Vigilante diurno |
4 |
4 |
12 horas |
4 |
De lunes a viernes |
18:00 a 06:00 |
Vigilante nocturno |
||
12 horas |
4 |
Sábados Domingos Feriados |
06:00 a 18:00 |
Vigilante diurno |
||
12 horas |
4 |
Sábados Domingos Feriados |
18:00 a 06:00 |
Vigilante nocturno |
Observación: Se establece un horario de descanso obligatorio de 60 (sesenta) minutos para los empleados, es una interrupción a la labor diaria con el objetivo de alimentarse y descansar brevemente.
El Administrador del Contrato será el responsable de activar el inicio del servicio de seguridad y vigilancia correspondiente al ítem Nº 8 Circuito Vivencial Mundo Guaraní, Orden de Servicio mediante, remitida al oferente con un mínimo de 48 hs. antes de ser solicitada la cobertura correspondiente.
LOTE N° 8 (OFICINA REGIONAL, PEDRO JUAN CABALLERO)
Coordinador: Jefatura Regional, de la SENATUR
Tiempo |
Cantidad de personal |
Días |
Horario |
Lugar |
Cantidad de Personal |
|
Oficina Regional |
Diurno |
Nocturno |
||||
12 horas |
1 |
De lunes a viernes |
06:00 a 18:00 |
Vigilante diurno |
1 |
1 |
12 horas |
1 |
De lunes a viernes |
18:00 a 06:00 |
Vigilante nocturno |
||
12 horas |
1 |
Sábados Domingos Feriados |
06:00 a 18:00 |
Vigilante diurno |
||
12 horas |
1 |
Sábados Domingos Feriados |
18:00 a 06:00 |
Vigilante nocturno |
Observación: Se establece un horario de descanso obligatorio de 60 (sesenta) minutos para los empleados, es una interrupción a la labor diaria con el objetivo de alimentarse y descansar brevemente.
El Administrador del Contrato será el responsable de activar el inicio del servicio de seguridad y vigilancia correspondiente al ítem Nº 9 Oficina Regional Pedro Juan Caballero, Orden de Servicio mediante, remitida al oferente con un mínimo de 48 hs. antes de ser solicitada la cobertura correspondiente.
LOTE N° 9 (OFICINA REGIONAL, VILLARRICA)
Coordinador: Jefatura Regional, de la SENATUR
Tiempo |
Cantidad de personal |
Días |
Horario |
Lugar |
Cantidad de Personal |
|
Oficina Regional |
Diurno |
Nocturno |
||||
12 horas |
1 |
De lunes a viernes |
06:00 a 18:00 |
Vigilante diurno |
1 |
1 |
12 horas |
1 |
De lunes a viernes |
18:00 a 06:00 |
Vigilante nocturno |
||
12 horas |
1 |
Sábados Domingos Feriados |
06:00 a 18:00 |
Vigilante diurno |
||
12 horas |
1 |
Sábados Domingos Feriados |
18:00 a 06:00 |
Vigilante nocturno |
Observación: Se establece un horario de descanso obligatorio de 60 (sesenta) minutos para los empleados, es una interrupción a la labor diaria con el objetivo de alimentarse y descansar brevemente.
El Administrador del Contrato será el responsable de activar el inicio del servicio de seguridad y vigilancia correspondiente al ítem Nº 10 Oficina Regional Villarrica, Orden de Servicio mediante, remitida al oferente con un mínimo de 48 hs. antes de ser solicitada la cobertura correspondiente.
LOTE N° 10 (OFICINA REGIONAL, ENCARNACION)
Oficina Regional de Encarnación
Coordinador: Jefatura Regional, de la SENATUR
Tiempo |
Cantidad de personal |
Días |
Horario |
Lugar |
Cantidad de Personal |
|
Oficina Regional |
Diurno |
Nocturno |
||||
12 horas |
1 |
De lunes a viernes |
06:00 a 18:00 |
Vigilante diurno |
1 |
1 |
12 horas |
1 |
De lunes a viernes |
18:00 a 06:00 |
Vigilante nocturno |
||
12 horas |
1 |
Sábados Domingos Feriados |
06:00 a 18:00 |
Vigilante diurno |
||
12 horas |
1 |
Sábados Domingos Feriados |
18:00 a 06:00 |
Vigilante nocturno |
Observación: Se establece un horario de descanso obligatorio de 60 (sesenta) minutos para los empleados, es una interrupción a la labor diaria con el objetivo de alimentarse y descansar brevemente.
El Administrador del Contrato será el responsable de activar el inicio del servicio de seguridad y vigilancia correspondiente al ítem Nº 11 Oficina Regional Encarnación, Orden de Servicio mediante, remitida al oferente con un mínimo de 48 hs. antes de ser solicitada la cobertura correspondiente.
LOTE N° 11 (Misiones Jesuíticas, SANTOS COSME Y DAMIAN)
Coordinador: Jefatura Misión San Cosme y Damián
Tiempo |
Cantidad de personal |
Días |
Horarios |
Lugar |
Cantidad de Personal |
|
Misiones Jesuíticas |
Diurno |
Nocturno |
||||
12 horas |
3 |
De lunes a viernes |
06:00 a 18:00 |
Vigilante diurno |
3 |
3 |
12 horas |
3 |
De lunes a viernes |
18:00 a 06:00 |
Vigilante nocturno |
||
12 horas |
3 |
Sábados Domingos Feriados |
06:00 a 18:00 |
Vigilante diurno |
||
12 horas |
3 |
Sábados Domingos Feriados |
18:00 a 06:00 |
Vigilante nocturno |
Observación: Se establece un horario de descanso obligatorio de 60 (sesenta) minutos para los empleados, es una interrupción a la labor diaria con el objetivo de alimentarse y descansar brevemente.
El Administrador del Contrato será el responsable de activar el inicio del servicio de seguridad y vigilancia correspondiente al ítem Nº 12 Misiones Jesuíticas, Santos Cosme y Damián, Orden de Servicio mediante, remitida al oferente con un mínimo de 48 hs. antes de ser solicitada la cobertura correspondiente.
LOTE N° 12 (Misiones Jesuíticas, SANTISIMA TRINIDAD DEL PARANA)
Coordinador: Jefatura Misión Jesuítica Trinidad del Paraná
Tiempo |
Cantidad de personal |
Días |
Horario |
Lugar |
Cantidad de Personal |
|
Misiones Jesuíticas |
Diurno |
Nocturno |
||||
12 horas |
3 |
De lunes a viernes |
06:00 a 18:00 |
Vigilante diurno |
3 |
3 |
12 horas |
3 |
De lunes a viernes |
18:00 a 06:00 |
Vigilante nocturno |
||
12 horas |
3 |
Sábados Domingos Feriados |
06:00 a 18:00 |
Vigilante diurno |
||
12 horas |
3 |
Sábados Domingos Feriados |
18:00 a 06:00 |
Vigilante nocturno |
Observación: Se establece un horario de descanso obligatorio de 60 (sesenta) minutos para los empleados, es una interrupción a la labor diaria con el objetivo de alimentarse y descansar brevemente.
El Administrador del Contrato será el responsable de activar el inicio del servicio de seguridad y vigilancia correspondiente al ítem Nº 13 Misiones Jesuíticas, Santísima Trinidad del Paraná, Orden de Servicio mediante, remitida al oferente con un mínimo de 48 hs. antes de ser solicitada la cobertura correspondiente.
LOTE N° 13 (Misiones Jesuíticas, JESUS DE TAVARANGUE)
Coordinador: Jefatura Misión Jesús de Tavarangue
Tiempo |
Cantidad de personal |
Días |
Horario |
Lugar |
Cantidad de Personal |
|
Misiones Jesuíticas
|
Diurno |
Nocturno |
||||
12 horas |
3 |
De lunes a viernes |
06:00 a 18:00 |
Vigilante diurno |
3 |
3 |
12 horas |
3 |
De lunes a viernes |
18:00 a 06:00 |
Vigilante nocturno |
||
12 horas |
3 |
Sábados Domingos Feriados |
06:00 a 18:00 |
Vigilante diurno |
||
12 horas |
3 |
Sábados Domingos Feriados |
18:00 a 06:00 |
Vigilante nocturno |
Observación: Se establece un horario de descanso obligatorio de 60 (sesenta) minutos para los empleados, es una interrupción a la labor diaria con el objetivo de alimentarse y descansar brevemente.
El Administrador del Contrato será el responsable de activar el inicio del servicio de seguridad y vigilancia correspondiente al ítem Nº 14 Misiones Jesuíticas, Jesús de Tavarangué, Orden de Servicio mediante, remitida al oferente con un mínimo de 48 hs. antes de ser solicitada la cobertura correspondiente.
LOTE N° 14 (CENTRO DE INTERPRETACION GRAN CHACO AMERICANO)
Coordinador: Jefatura Regional, de la SENATUR
Tiempo |
Cantidad de personal |
Días |
Horario |
Lugar |
Cantidad de Personal |
|
Oficina Regional |
Diurno |
Nocturno |
||||
12 horas |
2 |
De lunes a viernes |
06:00 a 18:00 |
Vigilante diurno |
2 |
2 |
12 horas |
2 |
De lunes a viernes |
18:00 a 06:00 |
Vigilante nocturno |
||
12 horas |
2 |
Sábados Domingos Feriados |
06:00 a 18:00 |
Vigilante diurno |
||
12 horas |
2 |
Sábados Domingos Feriados |
18:00 a 06:00 |
Vigilante nocturno |
Observación: Se establece un horario de descanso obligatorio de 60 (sesenta) minutos para los empleados, es una interrupción a la labor diaria con el objetivo de alimentarse y descansar brevemente.
El Administrador del Contrato será el responsable de activar el inicio del servicio de seguridad y vigilancia correspondiente al ítem Nº 15 Centro de Interpretación Gran Chaco Americano, Orden de Servicio mediante, remitida al oferente con un mínimo de 48 hs. antes de ser solicitada la cobertura correspondiente
Para la contratación del servicio de transporte de valores, la tripulación no podrá ser inferior a tres tripulantes.
Los vehículos utilizados para el servicio de transporte de valores deberán estar habilitados por el órgano de Aplicación y Fiscalización de Empresas de Seguridad y Afines de la Policía Nacional verificados y certificados cada año. Para lo cual deberán presentar copia del acta de fiscalización vigente de cada uno de los vehículos.
“Ley N° 5424/15 QUE REGULA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD DE LAS PERSONAS Y BIENES PATRIMONIALES EN EL ÁMBITO DE SEGURIDAD PRIVADA.
Art. 32. Clasificación de sistemas electrónicos de seguridad.
a) Sistema de detención y alarmas.
1. Intrusos
2. Robo
3. Asalto
4. Incendio
b) Sistemas de control de accesos.
c) Sistemas de vigilancia por circuito cerrado de televisión (CCTV).
d) Sistemas de antihurto.
Art. 33. Los sistemas de seguridad que se detallan en el título de la clasificación y tipos de sistemas de seguridad, serán proveídos en forma exclusiva por las empresas de seguridad y los instaladores independientes (en los casos permitidos), habilitados y reconocidos como tales en la especialización”.
1. El Proveedor embalará los bienes en la forma necesaria para impedir que se dañen o deterioren durante el transporte al lugar de destino final indicado en el contrato. El embalaje deberá ser adecuado para resistir, sin limitaciones, su manipulación brusca y descuidada, su exposición a temperaturas extremas, la sal y las precipitaciones, y su almacenamiento en espacios abiertos. En el tamaño y peso de los embalajes se tendrá en cuenta, cuando corresponda, la lejanía del lugar de destino final de los bienes y la carencia de equipo pesado de carga y descarga en todos los puntos en que los bienes deban transbordarse.
2. El embalaje, las identificaciones y los documentos que se coloquen dentro y fuera de los bultos deberán cumplir estrictamente con los requisitos especiales que se hayan estipulado expresamente en el contrato y cualquier otro requisito si lo hubiere, especificado en las condiciones contractuales.
Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:
En forma periódica y aleatoria el administrador de contrato, o quien sea designado en su reemplazo por la Máxima Autoridad Institucional, para cada una de las sedes, verificará que el personal designado coincida con la planilla de personal de seguridad responsable de cubrir el turno, control de uniforme, verificar que cuenten con los implementos de seguridad y comunicación respectivo.
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:
Planificación de indicadores de cumplimiento:
INDICADOR |
TIPO |
FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA |
Informe mensual |
Informe mensual |
Conforme a lo establecido en las EETT |
De manera a establecer indicadores de cumplimiento, a través del sistema de seguimiento de contratos, la convocante deberá determinar el tipo de documento que acredite el efectivo cumplimiento de la ejecución del contrato, así como planificar la cantidad de indicadores que deberán ser presentados durante la ejecución. Por lo tanto, la convocante en este apartado y de acuerdo al tipo de contratación de que se trate, deberá indicar el documento a ser comunicado a través del módulo de Seguimiento de Contratos y la cantidad de los mismos.
La convocante adjudicará el contrato al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de las bases y condiciones, siempre y cuando la convocante determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente.
1. La adjudicación en los procesos de contratación en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, se efectuará por las cantidades o montos máximos solicitados en el llamado, sin que ello implique obligación de la convocante de requerir la provisión de esa cantidad o monto durante de la vigencia del contrato, obligándose sí respecto de las cantidades o montos mínimos establecidos.
2. En caso de que la convocante no haya adquirido la cantidad o monto mínimo establecido, deberá consultar al proveedor si desea ampliarlo para el siguiente ejercicio fiscal, hasta cumplir el mínimo.
3. Al momento de adjudicar el contrato, la convocante se reserva el derecho a disminuir la cantidad requerida, por razones de disponibilidad presupuestaria u otras razones debidamente justificadas. Estas variaciones no podrán alterar los precios unitarios u otros términos y condiciones de la oferta y de los documentos de la licitación.
En aquellos llamados en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, cuando la convocante deba disminuir cantidades o montos a ser adjudicados, no podrá modificar el monto o las cantidades mínimas establecidas en las bases de la contratación.
La comunicación de la adjudicación a los oferentes será como sigue:
1. Dentro de los cinco (5) días corridos de haberse resuelto la adjudicación, la convocante comunicará a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, copia del informe de evaluación y del acto administrativo de adjudicación, los cuales serán puestos a disposición pública en el referido sistema. Adicionalmente el sistema generará una notificación a los oferentes por los medios remotos de comunicación electrónica pertinentes, la cual será reglamentada por la DNCP.
2. En sustitución de la notificación a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, las convocantes podrán dar a conocer la adjudicación por cédula de notificación a cada uno de los oferentes, acompañados de la copia íntegra del acto administrativo y del informe de evaluación. La no entrega del informe en ocasión de la notificación, suspende el plazo para formular protestas hasta tanto la convocante haga entrega de dicha copia al oferente solicitante.
3. En caso de la convocante opte por la notificación física a los oferentes participantes, deberá realizarse únicamente con el acuse de recibo y en el mismo con expresa mención de haber recibido el informe de evaluación y la resolución de adjudicación.
4. Las cancelaciones o declaraciones desiertas deberán ser notificadas a todos los oferentes, según el procedimiento indicado precedentemente.
5. Las notificaciones realizadas en virtud al contrato, deberán ser por escrito y dirigirse a la dirección indicada en el contrato.
Una vez notificado el resultado del proceso, el oferente tendrá la facultad de solicitar una audiencia a fin de que la convocante explique los fundamentos que motivan su decisión.
La solicitud de audiencia informativa no suspenderá ni interrumpirá el plazo para la interposición de protestas.
La misma deberá ser solicitada dentro de los dos (2) días hábiles siguientes en que el oferente haya tomado conocimiento de los términos del Informe de Evaluación de Ofertas.
La convocante deberá dar respuesta a dicha solicitud dentro de los dos (2) días hábiles de haberla recibido y realizar la audiencia en un plazo que no exceda de dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de respuesta al oferente.
Luego de la notificación de adjudicación, el proveedor deberá presentar en el plazo establecido en las reglamentaciones vigentes, los documentos indicados en el presente apartado.
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2. Documentos. Consorcios |
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