Condición de Participación

Las ofertas podrán ser presentadas por las compañías aseguradoras que cuentan con capacidad de contratar legalmente y cuyo giro actual se halle estrictamente ajustado a las normas que regulan el régimen de seguros en la República del Paraguay, en un todo conforme a la normativa vigente en materia de seguros en el territorio de la República a la fecha de la convocatoria. En caso de que la oferta se presente en forma de coaseguro, cada empresa coaseguradora debe cumplir con los requisitos exigidos para tales figuras, indicados en el presente documento.

Podrán participar en esta licitación, individualmente o en forma conjunta bajo la figura del coaseguro o grupos coaseguradores, los oferentes domiciliados en la República del Paraguay, que no se encuentren comprendidos en las prohibiciones o limitaciones para presentar propuestas o para contratar.

Para participar en procesos de licitación pública nacional (LPN), las empresas deberán contar mínimamente con 5 (cinco) años de experiencia en el mercado de seguros.

Requisitos de Calificación

Calificación Legal

Los oferentes deberán declarar que no se encuentran comprendidos en las limitaciones o prohibiciones para contratar con el Estado, contempladas en el artículo 40 de la Ley Nº 2051/03, modificado por Ley Nº 6716/2021, declaración que forma parte del formulario de oferta.

Serán desechadas las ofertas de los oferentes que se encuentren comprendidos en las prohibiciones o limitaciones para contratar a la hora y fecha límite de presentación de ofertas o a la fecha de firma del contrato.   

A los efectos de la verificación de la existencia de prohibiciones o limitaciones contenidas en los incisos a) y b), m) y n) del artículo 40 de la Ley Nº 2051/03, modificado por Ley Nº 6716/2021, el comité de evaluación realizará el siguiente análisis:

  1. Verificará que el oferente haya proporcionado el formulario de ofertas que incluye la declaratoria debidamente firmada.
  2. Verificará los registros del personal de la convocante para detectar si el oferente o sus representantes, se hallan comprendidos en el presupuesto del inciso a) del artículo 40 de la Ley Nº 2051/03, modificado por Ley Nº 6716/2021.
  3. Verificará por los medios disponibles, si el oferente y los demás sujetos individualizados en las prohibiciones o limitaciones contenidas en los incisos a) y b), m) y n) del artículo 40 de la Ley Nº 2051/03, modificado por Ley Nº 6716/2021, aparecen en la base de datos del SINARH o de la Secretaría de la Función Pública.
  4. Si se constatara que alguno de las personas mencionadas en el párrafo anterior figura en la base de datos del SINARH o de la Secretaría de la Función Pública, el comité analizará acabadamente si tal situación le impedirá ejecutar el contrato, exponiendo los motivos para aceptar o rechazar la oferta, según sea el caso.
  5. Verificará que el oferente haya proporcionado el formulario de Declaración de Miembros, de conformidad a estándar debidamente firmado en su oferta y cotejará los datos con las personas físicas inhabilitadas que constan en el registro de “Sanciones a Proveedores” del SICP a fin de detectar si directores, gerentes, socios gerentes, quienes ejerzan la administración, accionistas, cuotapartistas o propietarios se hallan comprendidos en el presupuesto del inciso m) y n) del artículo 40 de la Ley Nº 2051/03, modificado por Ley Nº 6716/2021.

            El comité podrá recurrir a fuentes públicas o privadas de información, para verificar los datos proporcionados por el oferente.

  1. Si el Comité confirma que el oferente o sus integrantes poseen impedimentos, la oferta será rechazada y se remitirán los antecedentes a la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas (DNCP) para los fines pertinentes.

Análisis de precios ofertados

Durante la evaluación de ofertas, luego de haber realizado la corrección de errores aritméticos y de ordenar las ofertas presentadas de menor a mayor, el Comité de Evaluación procederá a solicitar a los oferentes una explicación detallada de la composición del precio ofertado de cada ítem, rubro o partida adjudicable, conforme a los siguientes parámetros:

1. En contrataciones en general: cuando la diferencia entre el precio ofertado y el precio referencial sea superior al 25% para ofertas por debajo del precio referencial y del 15% para ofertas que se encuentren por encima del referencial establecido por la convocante y difundido con el llamado a contratación.

Si el oferente no respondiese la solicitud, o la respuesta no sea suficiente para justificar el precio ofertado del servicio, el precio será declarado inaceptable y la oferta rechazada.

El análisis de los precios, con esta metodología, será aplicado a cada ítem, rubro o partida que componga la oferta y en cada caso deberá ser debidamente fundada la decisión adoptada por la convocante en el ejercicio de su facultad discrecional.

Certificado de Producto y Empleo Nacional - CPS

A los efectos de acogerse al beneficio de la aplicación del margen de preferencia, el oferente deberá contar con el Certificado de Producto y Empleo Nacional (CPEN). El certificado debe ser emitido como máximo a la fecha y hora tope de presentación de ofertas.

La falta del CPEN no será motivo de descalificación de la oferta, sin embargo, el oferente no podrá acogerse al beneficio.

El comité de evaluación verificará en el portal oficial indicado por el Ministerio de Industria y Comercio (MIC) la emisión en tiempo y forma del CPEN declarado por los oferentes. No será necesaria la presentación física del Certificado de Producto y Empleo Nacional.

Independientemente al sistema de adjudicación, el margen de preferencia será aplicado a cada bien o servicio objeto de contratación que se encuentre indicado en la planilla de precios.

a) Coaseguros:

a.1. Provisión de Servicios (se entenderá por el término “servicio” aquello que comprende a los servicios en general, las consultorías, obras públicas y servicios relacionados a obras públicas).

Todos los integrantes del coaseguro deben contar con el CPEN.

Excepcionalmente se admitirá que no todos los integrantes del coaseguro cuenten con el CPEN para aplicar el margen de preferencia, cuando el servicio específico se encuentre detallado en uno de los ítems de la planilla de precios, y de los documentos del coaseguro (acuerdo de intención o coaseguro constituido) se desprenda que el integrante del coaseguro que cuenta con el CPEN será el responsable de ejecutar el servicio licitado.

Margen de preferencia local - CPS

Para contrataciones realizadas por Unidades Operativas que se encuentren conformadas dentro de un municipio o departamento se deberá considerar que, si la oferta evaluada como la más baja pertenece a una firma u empresa domiciliada fuera del territorio departamental de la convocante, ésta será comparada con la oferta más baja de la firma u empresa domiciliada dentro del territorio de la convocante, agregándole al precio total de la oferta propuesta por la primera una suma del diez por ciento (10%) del precio. Si en dicha comparación adicional la oferta de la firma u empresa domiciliada dentro del territorio departamental de la convocante resultare ser la más baja, se la seleccionará para la adjudicación; en caso contrario se seleccionará la oferta de servicios de la firma u empresa domiciliada fuera del territorio departamental de la convocante.

En el caso de que el oferente, sea de la zona y además cuente con margen de preferencia, se le aplicará únicamente el margen de este último.

Las convocantes deberán acogerse a las condiciones específicas para la aplicación del Margen de Preferencia Local establecidas en la reglamentación emitida por la DNCP.

 

Requisitos documentales para evaluación de las condiciones de participación

  1. Formulario de Oferta (*)

El formulario de oferta y lista de precios, generados electrónicamente a través del SICP, deben ser completados y firmados por el oferente. El formulario de oferta y lista de precios, generados electrónicamente a través del SICP, deben ser completados y firmados por el oferente, deberá llevar adherida estampilla Municipal de guaraníes mil (Gs.1.000). Art. 112° Ley 881/81 QUE ESTABLECE EL RÉGIMEN TRIBUTARIO Y DE OTROS RECURSOS PARA LA MUNICIPALIDAD DE ASUNCIÓN Y LA ORDENANZA GENERAL DE TRIBUTOS MUNICIPALES VIGENTE. Cada una de las fojas que conforman la oferta deberá estar firmada por el Titular o Representante con poder suficiente del Oferente. Los nombres de los firmantes deberán estar aclarados, con sello o con letras de imprenta, inmediatamente debajo de sus firmas. Todas las fojas deberán estar foliadas.

2. Garantía de Mantenimiento de Oferta (*)

La garantía de mantenimiento de oferta debe ser extendida, bajo la forma de una garantía bancaria o póliza de seguro de caución.

3. Certificado de Cumplimiento con la Seguridad Social. (**)

4. Certificado de Producto y Empleo Nacional, emitido por el MIC, en caso de contar. (**)

5. Declaración Jurada de Declaración de Miembros, de conformidad con el formulario estándar Sección Formularios. (**)
6. Certificado de cumplimiento tributario vigente a la fecha de apertura de ofertas. (**) En caso de Consorcios (Coaseguro) cada integrante del coaseguro deberá de dar cumplimiento al requisito.

7. Patente comercial del municipio en donde esté asentado el establecimiento principal del oferente (**) En caso de Consorcios (Coaseguro) cada integrante del coaseguro deberá de dar cumplimiento al requisito.  

El oferente deberá estar al día en el pago de todo  tributo con la convocante al momento de la presentación de la oferta en caso de encontrarse domiciliado dentro del municipio de Asunción.  A los efectos de su verificación, el Comité de Evaluación, realizará la consulta correspondiente a la Dirección de Recaudaciones de la Municipalidad de Asunción. En caso de no encontrarse dentro del ejido municipal de la ciudad de Asunción, bastara con la presentación de la patente municipal vigente.(**)

8. Documentos legales.

8.1. Oferentes Individuales. Personas Jurídicas.

  • Fotocopia simple de los documentos que acrediten la existencia legal de la persona jurídica tales como la escritura pública de constitución y protocolización de los estatutos sociales. Los estatutos deberán estar inscriptos en la Sección Personas Jurídicas de la Dirección General de Registros Públicos. (*)
  • Constancia de inscripción en el Registro Único de Contribuyentes - RUC.
  • Fotocopia simple de la cédula de Identidad del o los representante/s legal/es.
  • Copia autenticada de la última declaración jurada presentada a la Superintendencia de Seguros con sello de recepción de la misma, respecto al cumplimiento del Margen de Solvencia y del fondo de Garantía establecido en la Ley N° 827/96 De Seguros y sus reglamentaciones y en la que se consignen los coeficientes de solvencia y del Fondo de Garantía asignados a la aseguradora, correspondiente al último periodo.
  • Fotocopia simple de los documentos que acrediten las facultades del firmante de la oferta para comprometer al oferente. Estos documentos pueden consistir en: un poder suficiente otorgado por Escritura Pública (no es necesario que esté inscripto en el Registro de Poderes); o los documentos societarios que justifiquen la representación del firmante, tales como las actas de asamblea y de directorio en el caso de las sociedades anónimas. (*)

8.2. Oferentes Coaseguradores.

  1. Cada integrante del coaseguro que sea una persona jurídica domiciliada en la República del Paraguay deberá presentar los documentos requeridos para Oferentes Individuales especificados en el apartado Oferentes individuales. Personas Jurídicas. (*)
  1. Original o fotocopia del coaseguro constituido o del acuerdo de intención de constituir el coaseguro. Las formalidades de los acuerdos de intención y de los coaseguros serán determinadas por la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas (DNCP). (*)
  1. Fotocopia simple de los documentos que acrediten las facultades de los firmantes del acuerdo de intención de coasegurarse. Estos documentos pueden consistir en (*):
  • Un poder suficiente otorgado por escritura pública por cada miembro del coaseguro (no es necesario que esté inscripto en el Registro de Poderes); o
  • Los documentos societarios de cada miembro del coaseguro, que justifiquen la representación del firmante, tales como actas de asamblea y de directorio en el caso de las sociedades anónimas.

       4. Fotocopia simple de los documentos que acrediten las facultades de los firmantes de la oferta para comprometer al coaseguro, cuando se haya formalizado el coaseguro. Estos documentos pueden consistir en (*):

  • Un poder suficiente otorgado por escritura pública por la empresa piloto del coaseguro (no es necesario que esté inscripto en el Registro de Poderes); o
  • Los documentos societarios de la empresa piloto, que justifiquen la representación del firmante, tales como actas de asamblea y de directorio en el caso de las sociedades anónimas.

Los documentos indicados con asterisco (*) son considerados documentos sustanciales a ser presentados con la oferta.

Los documentos indicados con doble asterisco (**) deberán estar vigentes a la fecha y hora tope de presentación de ofertas. 

Capacidad Financiera

Con el objetivo de calificar la situación financiera del oferente, se considerarán los siguientes índices:

OFERENTES INDIVIDUALES:

1. Margen de solvencia: Calificación mínima de 2,5 (dos coma cinco) puntos del Coeficiente de Cumplimiento del Margen de Solvencia (M.S.) al 30 de junio de 2022, otorgada por la Superintendencia de Seguros del Banco Central del Paraguay.

    • Planilla de Declaración Jurada presentada por la Compañía de Seguros oferente a la Superintendencia de Seguros del Banco Central del Paraguay, con el sello de presentación y que no se encuentre con medidas especiales. Se requerirá copia del Certificado emitido por la Superintendencia de Seguros.
    • Planilla Presentación de la última publicación bimestral de la Superintendencia de Seguros de los Ratios e Indicadores Financieros publicados de las Empresas de Seguro al último bimestre y en el que conste que la compañía oferente no tiene observación alguna por la Entidad Contralora sobre los indicadores (ratios) en concordancia con la Resolución Nº 1346 de la SET y la Ley Nº 827/96, artículo 31, sobre fecha de cierre de balance al 30 de junio de cada año, exclusivamente para las compañías de seguros.
    • Copia debidamente autenticada por Escribano Público de la Constancia expedida por la Superintendencia de Seguros, en la cual se certifique que se hallan registrados y aprobados los modelos de pólizas del oferente, referentes a cada riesgo específico.

2. Calificación de la aseguradora: Como mínimo se requiere calificación A+ al cierre del último ejercicio financiero (30 de junio de 2022) publicado por la Superintendencia de Seguros del Banco Central de Paraguay. Se aclara que las Compañías de Seguros con calificación de riesgo A/A- o menor no califican.

3. Patrimonio propio no comprometido:  Igual o superior a Gs. 40.000.000.000 (guaraníes cuarenta mil millones) al 30/06/2022.

4. Fondo de garantía:  Igual o superior a Gs. 25.000.000.000 (guaraníes veinticinco mil millones) al 30/06/2022. (conforme al monto de los riesgos a asegurar).

5. Cantidad de reaseguradores: Mínimo 3 (tres).

Detallar y presentar constancias de los Reasegurodores y/o  Brokers.

  • Original o fotocopia debidamente autenticada por Escribano Publico, de la constancia emitida por la Superintendencia de Seguros, certificado que los Reaseguradores o Brokers se hallan inscriptos en esa Institución.
  • Presentar Carta Compromiso de los Reaseguradores y/o Broker  inscripto  en la Superintendencia de Seguros, dirigida a la Convocante, manifestando que, en caso de adjudicación de la cobertura licitada cubrirá el 100% (cien por ciento) de los montos a ser asegurados, con la mención del Reasegurador Líder, porcentaje de participación, país de origen, dirección y calificación.
  • Luego de efectuada la adjudicación para tener derecho a todo pago, el Oferente adjudicado deberá presentar el original y/o fotocopia autenticada del Contrato de Reaseguro o Carta de Compromiso del Broker y/o Reasegurado que deberá cubrir el porcentaje mencionado en el párrafo anterior, los riesgos y pólizas adjudicadas. Solo serán admitidas ofertas cuyas coberturas estén respaldadas por compañía reaseguradoras, cuyas calificaciones cumplan con lo establecido en el apartado Suministros Requeridos - Especificaciones Técnicas.   

6. Calificación de Reaseguradores:  Minimo A(-/+) según la Standard & Poor^s  y/o equivalentes de calificadoras internacionales.

7. Capital Social y Aporte para Capital: igual o superior a Gs. 40.000.000.000 (guaraníes cuarenta mil millones) de los últimos 4 (cuatro) ejercicios al 30/06/2022.

8. Disponibilidad: igual o superior a Gs 26.000.000.000 (guaraníes veinte y seis mil millones) al 30/06/2022.

 

OFERENTES EN COASEGURO:

En caso de ofertas presentadas en Coaseguro, se considerarán los siguientes requisitos:

  1. Margen de Solvencia: La Compañía Piloto o Líder debe cumplir con la Calificación mínima de 2,0 (dos coma cero) puntos, en tanto que los demás miembros del Coaseguro deben cumplir al menos con la calificación de 1,50 (uno coma cincuenta) del Coeficiente de Cumplimiento del Margen de Solvencia (M.S.) al 30 de junio de 2022, otorgada por la Superintendencia de seguros del Banco Central del Paraguay.
  2. Calificación de la Aseguradora: La Compañía Líder del Coaseguro debe acreditar cumplir al menos con la calificación BBB al cierre del último ejercicio financiero (30 de junio de 2022) publicado por la Superintendencia de Seguros del Banco Central de Paraguay. Los demás miembros que integran el coaseguro podrán acreditar una calificación mínima de BBB (+/-) otorgada por una calificadora de riesgos autorizada por la Superintendencia de Valores.
  3. Patrimonio propio no comprometido: La Compañía Líder del Coaseguro debe acreditar cumplir con el 100% del requisito exigido para Oferentes Individuales. Los demás miembros del Coaseguro deben cumplir con al menos 50% del monto requerido para oferentes individuales.
  4. Fondo de Garantía: La Compañía Líder del Coaseguro debe acreditar cumplir con el 100% del requisito exigido para Oferentes Individuales. Los demás miembros del Coaseguro deben cumplir con al menos 50% del monto requerido para oferentes individuales.
  5. Cantidad de reaseguradores: Mínimo 3 (tres).
  6. Calificación de Reaseguradores: Mínimo A(-/+) según la Standard & Poor^s  y/o equivalentes de calificadoras internacionales.

Detallar y presentar constancias de los Reaseguradores y/o  Brokers.

  1. Original o fotocopia debidamente autenticada por Escribano Publico, de la constancia emitida por la Superintendencia de Seguros, certificado que los Reaseguradores o Brokers se hallan inscriptos en esa Institución.
  2. Presentar Carta Compromiso de los Reaseguradores y/o Broker  inscripto  en la Superintendencia de Seguros, dirigida a la Convocante, manifestando que, en caso de adjudicación de la cobertura licitada cubrirá el 100% (cien por ciento) de los montos a ser asegurados, con la mención del Reasegurador Líder, porcentaje de participación, país de origen, dirección y calificación.
  3. Luego de efectuada la adjudicación para tener derecho a todo pago, el Oferente adjudicado deberá presentar el original y/o fotocopia autenticada del Contrato de Reaseguro o Carta de Compromiso del Broker y/o Reasegurado que deberá cubrir el porcentaje mencionado en el párrafo anterior, los riesgos y pólizas adjudicadas. Solo serán admitidas ofertas cuyas coberturas estén respaldadas por compañía reaseguradoras, cuyas calificaciones cumplan con lo establecido en el apartado Suministros Requeridos - Especificaciones Técnicas.  

Requisitos documentales para la evaluación de la capacidad financiera

Para evaluar el presente criterio, el oferente deberá presentar las siguientes documentaciones:

  1. Balances de los años (2020, 2021 y 2022), conforme al formato aprobado por la Subsecretaría de Estado de Tributación, firmado por un Contador Público y el Representante de la Empresa
  1. PARA REASEGURADORAS: Original o fotocopia debidamente autenticada por Escritura Pública, de la constancia emitida por la Superintendencia de Seguros, certificando  que los Reaseguradores o Brokers se hallan inscriptos en esa Institución. Carta Compromiso de las Reaseguradoras y Brokers dirigida al Oferente manifestando que, en caso de adjudicación de la Cobertura licitada, cubrirá el 100% (cien por ciento) de los montos a ser asegurados. Mencionar al Reasegurador Líder, país de origen, dirección, porcentaje de participación y su calificación.
  1. Copia autenticada del Margen de Solvencia y fondo de Garantía presentados a la autoridad de control, conforme a lo establecido por la Superintendencia de Seguros del Banco Central (Libros electrónicos según Resolución SS.SG Nº 165/19 y sus modificaciones).
  1. Planilla de Declaración Jurada presentada por la Compañía de Seguros oferente a la Superintendencia de Seguros del Banco Central del Paraguay con el sello de presentación y que no se encuentre con medidas especiales. Copia del Certificado emitida por la Superintendencia de Seguros.
  1. Presentación de la última publicación bimestral de la Superintendencia de Seguros de los Ratios e Indicadores Financieros publicados de las Empresas de Seguro al último bimestre publicado y en el que conste que la compañía oferente no tiene observación alguna por la Entidad Contralor a dichos indicadores (ratios) en concordancia con la Resolución Nº 1346 de la SET y la Ley Nº 827/96, Art. 31 sobre fecha de cierre de balance al 30 de junio de cada año, exclusivamente para las compañías de seguros.
  1. Original o fotocopia debidamente autenticada por Escribano Público, de la Constancia expedida por la Superintendencia de Seguros, en el cual se certifique que se hallan registrados y aprobados los modelos de pólizas del oferente, referentes a cada riesgo específico.
  1. Original o fotocopia debidamente autenticada por Escritura Publico, de la Constancia expedida por la Superintendencia de Seguros, en el cual se certifique que el oferente se encuentra habilitado para operar en los riesgos ofertados.
  1. Índices económicos y Financieros conforme al Formulario de Información Financiera.
  1. Declaración Jurada de poseer capacidad financiera, donde se indique claramente el margen de solvencia, el patrimonio propio no comprometido, de contar con fondo de garantía, cantidad de reaseguradores, este último de ser requerido por la convocante en procesos de LPN.
  1. Copia simple de la plantilla de reaseguradores autorizados para operar publicada por la Superintendencia de seguros inscripción de la Reaseguradora ante la Superintendencia de Seguros.

Experiencia requerida

Con el objetivo de calificar la experiencia del oferente, se considerarán los siguientes índices:

 

 

1. El oferente deberá demostrar experiencia en coberturas a instituciones públicas y/o empresas privadas, de los años (2020, 2021 y 2022). Las coberturas deberán ser por un valor igual o superior al (50) % del monto total ofertado.

2. Deberá demostrar el cumplimiento de siniestros cancelados a instituciones públicas y privadas de los años (2020, 2021 y 2022).  En caso de haberse reportado siniestros, la cantidad de siniestros indemnizados deberá ser superior al (50) % del total denunciado.

3. 3 (tres) años de experiencia de contratación de seguros con el Estado y/o Empresas Privadas. Presentar planilla en carácter de Declaración Jurada en donde conste: Nº de Póliza, Licitación Pública Nº, Resolución de Adjudicación Nº de la Entidad Pública, Primas pagadas, Siniestros pagados, pendientes y rechazados por cada Entidad en los últimos 3 (tres) años, diferenciando cada año. Se exigirá un mínimo de captación de Primas de Instituciones Públicas y/o Privadas de Gs. 10.000.000.000 (guaraníes diez mil millones) por cada año.-

Requisitos documentales para la evaluación de la experiencia

Los siguientes documentos serán los considerados para la evaluación del presente criterio:

1. Declaración jurada de coberturas a instituciones públicas y/o empresas privadas de los años indicados en el criterio mencionado. En dicha declaración deberá constar:

a. El tomador.

b. Riesgo asegurado.

c. Suma asegurada.

d. Prima.

e. Vigencia de dichas coberturas.

f. Siniestros ocurridos si hubiere.

2. Declaración jurada de cumplimiento de siniestros cancelados a instituciones públicas y privadas.
3.  Copia de contratos y/o facturas que avalen la experiencia requerida.

Capacidad Técnica

El oferente deberá proporcionar evidencia documentada que demuestre su cumplimiento con los siguientes requisitos de capacidad técnica:

 

Los Oferentes (Inviduales y COASEGUROS) deberán presentar los siguientes documentos adicionales con su oferta y que demuestran que las empresas aseguradoras, cumplen con los requerimientos del apartado Suministros Requeridos - Especificaciones Técnicas:  

  • Declaración Jurada que conoce la naturaleza y volumen de los riesgos y que cuenta con toda la información necesaria para presentar su oferta y celebrar el contrato.  
  • Declaración Jurada de tener reportado ante la Superintendencia de Seguros (SIS) al último informe de un margen de solvencia igual o superior a 2 (dos) o copia autenticada del reporte de SIS donde se exprese la solvencia requerida.  

En caso de requerirse REASEGURO FACULTATIVO, carta de compromiso del (los) reasegurador (es), inscripto (s) en la Superintendencia de Seguros, dirigida al oferente, manifestando que, en caso de adjudicarse la cobertura licitada, cubrirá cuanto menos el porcentaje requerido del riesgo asegurado, con la mención de su participación, así como el país de origen, dirección, y su calificación. En el caso de la participación de corredor de reaseguro (Bróker), este deberá estar inscripto en la Superintendencia de Seguros y presentar una carta compromiso dirigida al oferente manifestando su compromiso de colocación con uno o varios reaseguradores que, en caso de adjudicación de la cobertura licitada, cubrirá cuanto menos el porcentaje requerido del riesgo asegurado. Si el capital en riesgo licitado supera la capacidad automática del contrato de reaseguro del oferente, éste deberá colocar el excedente del capital en riesgo en reaseguros facultativos en la forma señalada precedentemente. Si la oferente manifiesta que el capital en riesgo licitado es parcial o totalmente cubierto por su contrato automático de reaseguros, deberá acompañar copia autenticada de dicho documento.

En caso de que el oferente, realice cesión de riesgos, deberá presentar documentación que pruebe o evidencie que los riesgos a ser cedidos cubren la cuantía necesaria para el cumplimiento de la reglamentación establecida por el ente regulador referente a la capacidad de retención mínima requerida. Esto podrá consistir en una carta compromiso de los reaseguradores o corredores de reaseguros dirigida al oferente o copia autenticada de los contratos de reaseguro, en los que se evidencia fehacientemente la magnitud del capital en riesgo a ser cedida por la cedente (oferente/aseguradora) para la cobertura respectiva en caso de adjudicación del seguro solicitado. Los reaseguradores o corredores de reaseguros que emitan el presente documento, deben estar inscriptos en la Superintendencia de Seguros.

En caso de que intervengan corredores de reaseguros en la colocación del Riesgo, los mismos deberán estar inscriptos en el registro de corredores que lleva la Superintendencia de Seguros. Para el efecto, deberán presentar una copia de la resolución de inscripción y/o renovación correspondiente emitida por dicha autoridad de control. Además de una declaración jurada de que tal disposición sigue vigente.

Requisitos documentales para evaluar la capacidad técnica

 

  • Presentar Declaración Jurada que conoce la naturaleza y volumen de los riesgos y que cuenta con toda la información necesaria para presentar su oferta y celebrar el contrato.  
  • Presentar Declaración Jurada de tener reportado ante la Superintendencia de Seguros (SIS) al último informe de un margen de solvencia igual o superior a 2 (dos) o copia autenticada del reporte de SIS donde se exprese la solvencia requerida.-

 

 

Otros documentos solicitados a presentar con la oferta

  • Constancia emitida por la convocante, o Declaración Jurada del oferente, sobre la visita de inspección a los locales y/o lugares en que se encuentran los bienes e instalaciones, cuya cobertura es objeto de esta licitación.
  • Declaración Jurada de poseer capacidad financiera, donde se indique claramente el margen de solvencia, el patrimonio propio no comprometido, de contar con fondo de garantía, cantidad de reaseguradores, éste último de ser requerido por la convocante en procesos de LPN.
  • Copia simple del informe de la Calificadora de Riesgo donde se detalle la calificación de la Aseguradora.
  • Copia simple de la constancia de inscripción de la Reaseguradora ante la Superintendencia de Seguros del BCP.
  • Declaración jurada donde se informe de todos los mecanismos de transferencias de riesgos, individualizándose el tipo de contrato aplicado.
  • En caso de requerir reaseguro FACULTATIVO, Carta de compromiso del (los) reasegurador (es) inscripto (s) en la Superintendencia de Seguros, dirigida al oferente, manifestando que, en caso de adjudicación de la cobertura licitada, cubrirá cuanto menos el porcentaje requerido del riesgo asegurado, con la mención de su participación, así como el país de origen, dirección y su calificación.
  • Declaración jurada de la aseguradora donde indique que posee capacidad de retención para la cobertura.
  • En caso de la participación del corredor de reaseguro (Bróker), éste deberá estar inscripto en la Superintendencia de Seguros, y presentar una carta compromiso dirigida al oferente manifestando su compromiso de colocación con uno o varios reasegurador/es que, en caso de adjudicación de la cobertura licitada, cubrirá cuanto menos el porcentaje requerido del riesgo asegurado.
  • Declaración jurada de información sobre pólizas emitidas a favor de instituciones del sector público de conformidad al Formulario N° 2 de la Sección Formularios. 
  • Declaración jurada de información sobre siniestros indemnizados a favor de instituciones del sector público de conformidad al Formulario N° 3 de la Sección Formularios. 

Criterio de desempate de ofertas

En caso de que existan dos o más oferentes solventes que cumplan con todos los requisitos establecidos en el pliego de bases y condiciones del llamado, igualen en precio y sean sus ofertas las más bajas, el comité de evaluación determinará cuál de ellas es la mejor calificada para ejecutar el contrato utilizando los criterios dispuestos para el efecto por la DNCP en la reglamentación pertinente.