El Suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos bienes y servicios serán suministrados por el Proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el Contrato.
Los bienes y servicios suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y cambios.
El Proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la Contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.
Los productos y/o servicios a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:
Ítems del llamado Servicio de guardería para el Ministerio Público con ID: 435213 | |
Servicio de guardería para el Ministerio Público, Contrato Abierto: por Cantidad | |
Ítem | Descripción del Bien |
1 | Servicio profesional de Guarderia para el Ministerio Público |
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
El Ministerio Público, busca a través de este llamado una empresa prestador de servicios que colabore con las necesidades que se requieren para el buen funcionamiento del Centro Educativo Infantil Minipu, propiedad del Ministerio Público, infraestructura ambientada acorde a las características de una guardería dirigida a las características de los educandos.
LUGAR DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO
Centro Educativo Infantil N° 7822 Minipu, ubicada sobre la calle Alberdi casi Avenida Ygatimí, Asunción, Paraguay.
Instalaciones
El Ministerio Público proveerá a la Prestador de servicios de las instalaciones edilicias, mobiliarios en general, así también, se hará cargo del pago de los servicios básicos como ser luz, agua y teléfono. Los equipos serán entregados a la Prestador de servicios mediante un acta en la cual se detallarán los bienes a ser entregados, los cuales quedarán bajo responsabilidad de la empresa prestador de servicios.
La instalación cuenta con las siguientes áreas:
Planta Baja: cuenta con cuatro aulas, una sala de recepción,sanitarios equipados,acceso al jardín, zona de juegos con patio exterior. El resto de las instalaciones se complementan con la enfermería y el comedor.
Planta Alta: cuenta con dos aulas, además salón auditorio, oficina de psicología, secretaría, dirección, y administración.
INSCRIPCIÓN
La inscripción de los niños/as se realizará conforme a las directrices emanadas de la Dirección de Gestión de Talento Humano del Ministerio Público a través de la Coordinación General del CEI (Centro Educativo Infantil - Minipu) conforme a los reglamentos internos y respetando las leyes vigentes emanadas por el Ministerio de Educación y Ciencias.
Se estima una escolaridad máxima de 80 (ochentas) niño/as, bajo las siguientes condiciones:
Los servicios profesionales para el funcionamiento de la Guardería, se encuentran previstos de lunes a viernes en el horario de 6:30 a 14:30 hs., no incluyen sábados, domingos y feriados.
Cuando la demanda sea mayor a la prevista, se confeccionará una lista de niños/as, quienes estarán en lista de espera, en expectativa de acceder al servicio, la cual será analizada por las dependencias responsables, Dirección de Gestión del Talento Humano y Coordinación General del CEI.
PLAZOS DEL SERVICIO
El prestador deberá proporcionar sus servicios por 22 (veintidós) meses, de febrero a diciembre por cada ejercicio fiscal.
No habrá actividades los días sábados, domingos, feriados nacionales y asuetos generales dispuestos por el Gobierno, sobre este último caso, se deberá tener en cuenta si se trata de un asueto parcial o total, en caso de asuetos parciales, el CEI MINIPU funcionará durante el horario hábil.
Los asuetos especiales dispuestos por el MEC no afectarán el servicio del CEI MINIPU, considerando que, para los padres de los niños, dichos días serán laborales.
Los asuetos y licencias que beneficien a los funcionarios del Ministerio Público, podrán afectar a las actividades del CEI MINIPU.
CLASIFICACIÓN DE LAS ACTIVIDADES
Año Lectivo: Abarca desde el mes de febrero a noviembre. Las actividades serán planificadas por el prestador del servicio conforme establece el Ministerio de Educación y Ciencias.
Vacaciones de invierno y colonia de vacaciones: El prestador del servicio deberá prever las actividades correspondientes para las vacaciones de invierno en el mes de Julio (fecha que regirá según el calendario del MEC) y la colonia de vacaciones en el mes de diciembre, con el fin de organizar y planificar actividades recreativas para esas vacaciones.
Las actividades serán planificadas por el prestador del servicio y aprobadas por la Coordinación del CEI MINIPU.
El prestador del servicio deberá contar para la colonia de vacaciones con la misma cantidad de profesionales por grupo establecida para el año. El horario será el mismo establecido para el resto del año.
INICIO DEL FUNCIONAMIENTO
Los trabajos de ambientación podrán iniciarse al día siguiente de la firma del contrato y culminarse en un plazo máximo de 10 (diez) días hábiles, luego de lo cual el CEI MINIPU deberá estar apto para recibir a los niños.
DEFINICIONES
Prestador del servicio: Es la persona jurídica o el consorcio que suscriba el Contrato con el MINISTERIO PUBLICO, a los efectos de prestar servicios profesionales para el funcionamiento del Centro Educativo Infantil MINIPU, en adelante CEI MINIPU, para los hijos de sus funcionarios. El prestador de servicio deberá designar por escrito un representante (Coordinador) para las comunicaciones y seguimiento a la ejecución del contrato.
Administrador del Contrato por el MINISTERIO PUBLICO: Encargado responsable por parte del MINISTERIO PUBLICO, quien realizará la verificación y control del funcionamiento integral de la CEI MINIPU en el área destinada para el efecto. El Administrador del Contrato se hará cargo única y exclusivamente del relacionamiento formal para el cumplimiento de lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones, en lo que respecta al relacionamiento Institución Educativa- Padres, el mismo será responsabilidad de cada padre, al igual que cualquier actividad extracurricular que se pretenda realizar
LUGAR DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO
Los servicios profesionales serán prestados en el inmueble, propiedad del MINISTERIO PÚBLICO, sito en la calle Alberdi c/ Ygatimi, de la Ciudad de Asunción.
Centro Educativo Infantil MINIPU del MINISTERIO PUBLICO, está ubicado en un inmueble independiente.
La sede cuenta con:
MOBILIARIOS Y EQUIPAMIENTOS
El MINISTERIO PUBLICO proveerá al prestador del servicio las instalaciones edilicias, además de los mobiliarios en general, equipamiento de cocina básicos (buenas condiciones de funcionamiento) que serán entregados mediante un acta, en el cual se detallarán los bienes que quedarán bajo su responsabilidad. Al término del contrato, el prestador del Servicio deberá entregarlos al MINISTERIO PÚBLICO en las mismas condiciones que fueron cedidas.
El Ministerio Público no proveerá al prestador de servicios de equipos informáticos con acceso a internet.
Así también el MINISTERIO PUBLICO se hará cargo del pago de los servicios básicos, como ser energía eléctrica, agua corriente, telefonía fija, internet y de los servicios de limpieza, fumigación y seguridad.
Los mobiliarios y equipamientos de los que el MINISTERIO PUBLICO dispone para el CEI MINIPU son: acondicionadores de aire, cocina a gas, heladeras, pizarras, extinguidores de incendio, televisor, equipo de sonido, cambiadores, sillas, mesas para comedor y aulas, juegos recreativos del jardín, bebederos eléctricos, escritorios y muebles para las docentes y administración, colchones, cámaras. Se fijará un día de visita, para conocimiento del local.
El MINISTERIO PUBLICO se reserva el derecho de instalar y monitorear las cámaras, para garantizar el correcto cuidado y trato a los niños. El acceso será otorgado única y exclusivamente a la Coordinadora y la Administradora de la Institución. No se otorgará acceso a cada uno de los padres, bajo ningún concepto.
DESCRIPCIÓN DE LOS SERVICIOS
En relación a las actividades que serán realizadas en el CEI MINIPU, el prestador del servicio se obliga a dar cumplimiento a todas las disposiciones, requisitos, reglamentos y habilitaciones vigentes conforme a las disposiciones emanadas del Ministerio de Educación y Ciencias, y cualquier otro organismo relacionado con el tema.
Durante la permanencia en el CEI MINIPU, los niños deberán de ser constantemente vigilados y atendidos por el personal y por ningún motivo permanecerán solos. El personal deberá de controlar permanentemente que no exista al alcance de los niños factores de riesgos que afecten su integridad física.
El prestador del servicio establecerá los mecanismos necesarios para dar cumplimiento fiel y estricto a las disposiciones referentes a prevención de todo tipo de accidentes, así como mantener las instalaciones en condiciones que permitan su correcta utilización, así mismo mantendrá un ambiente de orden y salubridad en todo momento.
b. Recepción de los niños:
El prestador del servicio dispondrá que, desde el inicio del horario de atención, las docentes encargadas de cada sala se encuentren en las mismas, a los efectos de recibir a los niños.
Los niños serán recibidos en el portón del CEI MINIPU, por las personas que forman parte del plantel.
Será responsabilidad de cada padre el retiro del niño dentro del horario máximo establecido.
Los docentes o auxiliares, se encargarán de recibir los elementos de uso diario de los niños de la siguiente manera:
c. Obligaciones del prestador del servicio
El prestador de servicio deberá:
d.Educación
e.Alimentación
Los alimentos deberán ser elaborados por el personal de cocina, contratado por el prestador del servicio y deberá de cumplir con todo los requerimientos de la habilitación según la Reglamentación del MEC.
La alimentación deberá incluir cuanto sigue:
Un profesional nutricionista del CEI MINIPU, proveerá al prestador del servicio, un plan nutricional, quien indicará la alimentación adecuada según el periodo de crecimiento y desarrollo de los niños.
La preparación de las comidas será destinada diariamente para 80 niños/as independientemente si asisten o no a la guardería.
Los alimentos serán elaborados por el/la cocinero/a en las instalaciones del local CEI - Minipu, con base a un plan nutricional diseñado por la profesional en nutrición del Ministerio Público, acorde al plan nutricional basado en las guías alimentarias del Paraguay (INAN Instituto Nacional de Alimentación y Nutrición, dependiente del Ministerio de Salud Pública) que será elaborado mensualmente de acuerdo a los requerimientos básicos de alimentación para niños/as. En caso de niños con necesidades alimenticias especiales, se establecerá un régimen particular en coordinación con los padres.
El prestador de servicio estará a cargo de la provisión alimentaria respecto al plantel docente (desayuno y almuerzo), este deberá ser independiente al régimen alimenticio correspondiente a los/as niños/as.
Los horarios de administración de los alimentos serán establecidos por la Coordinación del CEI MINIPU. Los horarios podrán modificarse o adecuarse según necesidades de cada niño.
El CEI MINIPU se reserva el derecho de realizar verificaciones relacionadas a la higiene, calidad de productos y alimentos, variación del menú preestablecido, etc. Estos controles se realizarán a través del administrador de contrato.
f. Salud e Higiene
No se deberá recibir y hacerse cargo de los niños que sufran los efectos de una epidemia o durante el proceso de una enfermedad grave o contagiosa que ponga en peligro a los mismos o a los demás niños del Espacio de Desarrollo Infantil.
Los medicamentos a ser administrados a los niños durante su estancia en el CEI MINIPU, deberán estar administrados por la Enfermera del CEI MINIPU, avalados con la receta médica correspondiente provista por los padres, no pudiendo administrase medicación al niño sin contar con este requisito y en caso de necesidad, de la autorización de los padres.
En caso de que los niños presenten síntomas de enfermedad durante su estancia en el CEI MINIPU, se deberá dar aviso inmediato a los padres, quienes deberán retirarlos a los efectos de garantizar el cuidado del niño que requiera una atención personalizada o reposo médico.
Los niños con reposo médico no podrán acudir al CEI MINIPU en el lapso de duración del reposo. Para su vuelta, deberán de traer el certificado médico que autoriza el retorno al CEI MINIPU.
Con la finalidad de preservar la salud del menor, se promoverá la adquisición de hábitos higiénicos.
La higiene diaria de los niños es responsabilidad de los padres, quienes deben traer a sus hijos bañados y con ropa limpia, no obstante, el prestador del servicio deberá realizar el cambio el pañal a los niños, higienizarlos antes y después de comer y ayudar con el cepillado de dientes. En casos necesarios, se realizará el baño y cambio de ropa.
Al inicio de las actividades, el prestador del servicio, elaborará una lista de elementos de uso personal (cepillos de dientes, dentífricos, vasitos, toallas, etc.), que será utilizado por cada niño, para su provisión por parte de los padres. Esta lista deberá ser remitida por la Coordinación del CEI.
El prestador del servicio es responsable de la correcta utilización de los elementos personales de cada niño a su cargo, quedando totalmente prohibidas la utilización de elementos de uso personal de un niño en la atención de otro.
g.Dotación del personal
El equipo humano del prestador del servicio deberá de contar con los requisitos establecidos en la presente especificación técnica. El cumplimiento de los requisitos deberá ser acreditado mediante documentaciones de respaldo.
PLANTEL REQUERIDO
El oferente deberá contar con los siguientes personales:
Profesión |
Requisitos |
6 (seis ) maestras parvularias |
Título o registro profesional Licenciatura en Educación Parvularia o educación inicial, experiencia mínima de dos años de haber trabajado con niños/as de dos a cinco años. Conocimiento sobre lo propiamente pedagógico didáctico y el desarrollo infantil, desde un enfoque integral, de la cultura institucional y de la comunidad. |
6 (seis ) auxiliares |
Estudiante de la carrera de educación inicial con constancia de estudio. |
Un profesor/a de Educación Física |
Título que acredite o similar a profesorado en Educación Física, con experiencia de dos años con niños/as de dos a cinco años de edad. |
Un profesor/a en idioma ingles |
Título que acredite o similar a profesorado en idioma inglés, con experiencia de dos años con niños/as de dos a cinco años de edad. |
Un profesor/a de danza y expresión corporal |
Título que acredite o similar a profesorado en danza, con experiencia de dos años con niños/as de dos a cinco años de edad. |
Un/a técnico/a administrativo |
Título profesional o estudiante en administración de empresa o contabilidad, experiencia laboral mínima dos años, el personal solicitado actuará de nexo con la firma prestador de servicios para los procesos de pago u otras funciones que serán asignadas. |
Un/a cocinero/a |
Título profesional o estudiante de cocina, experiencia mínima de dos años en trabajos similares, con conocimiento en preparación; conservación y presentación de todos los alimentos en gastronomía. |
Un/a auxiliar de cocina |
Certificado laboral y experiencia mínima de dos años en el trabajos. |
Perfiles del plantel
Normas generales del plantel:
Funciones del plantel
Maestras parvularias
Auxiliares
Docentes de Educación Física,
Docentes de Inglés,
Docentes de Danza y Expresión Corporal,
Técnico/a administrativo (responsable del servicio tercerizado)
Cocinero/a
Auxiliar de cocina
A los efectos de realizar el pago, se deberá presentar informe mensual ante la Dirección General de Administración y Finanzas y la Dirección de Gestión del Talento Humano, hasta diez días posteriores al mes de prestación del servicio. Este deberá contener listado de actividades realizadas, planilla de asistencia de los/as niños/as, planilla de asistencia del plantel, y la conformidad de la coordinación del CEI - Minipu respecto a los servicios prestados.
2.CONSIDERACIONES GENERALES PARA LA PRESENTACIÓN DE LA OFERTA
3.CONSIDERACIONES GENERALES PARA LA EJECUCIÓN DEL SERVICIO
Dependencia de la Institución quien solicita el llamado: la Dirección Administrativa a través del Memorando D.A. N° 1066/2023
-Justificativa de la contratación: El Ministerio Público, busca a través de este llamado una empresa contratista que colabore con las necesidades que se requieren para el buen funcionamiento del Centro Educativo Infantil Minipu, propiedad del Ministerio Público, infraestructura ambientada acorde a las características de una guardería dirigida a las características de los educandos.
-Justificativa de la planificación: Conforme a la necesidad de la contratación la misma abarcará dos periodos fiscales 2024 y 2025, por lo que se ha procedido a una contratación Plurianual.
-Justificativa de las especificaciones técnicas: Las especificaciones técnicas de los servicios a ser adquiridos se respaldan en las características de las especificaciones técnicas presentadas por la unidad solicitante.
La entrega de los bienes se realizará de acuerdo al plan de entrega y cronograma de cumplimiento, indicado en el presente apartado. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el proveedor indicado a continuación:
No aplica.
Ítem |
Descripción del bien |
Cantidad |
Unidad de medida |
Lugar de entrega de los bienes |
Fecha(s) final(es) de entrega de los bienes |
(Indicar el N°) |
(Indicar la descripción de los bienes) |
(Insertar la cantidad de bienes a proveer) |
(Indicar la unidad de medida de los bienes |
(Indicar el nombre del lugar) |
(Indicar la(s) fecha(s) de entrega requerida(s) |
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Item | Descripción del Servicio | Cantidad mínima de niño/as | Cantidad máxima de niño/as | Unidad de medida de los servicios | Lugar donde los servicios serán prestados | Fecha(s) final(es) de Ejecución de los Servicios |
1 | Servicio de guardería para el Ministerio Público | 40 | 80 | unidad | Centro Educativo Infantil Minipu N°7822, sito en las calles Alberdi e/ Ygatimí y Jejuí. | A partir de la firma del Contrato por ambas partes, por 11 meses dentro del período educativo, de febrero a diciembre del periodo fiscal 2024 y 11 meses dentro del período educativo, de febrero a diciembre del periodo fiscal 2025. |
Instructivo de cotización en el Sistema de Contrataciones Públicas | ||||||
Lista de Precios Contrato Abierto con cantidades mínimas y máximas | ||||||
(A) | (B) | (C) | (D) | (E) | ||
Item* | Descripción del Servicio * | Periodo de Cobertura en Meses | Cant. Mínima de Niños* | Cant. Máxima de Niños* | Precio unitario Mensual por niño/a | Precio Total Máximo (IVA incluido)** |
1 | 91111901-001 Servicio de guardería para el Ministerio Público | 22 | 40 | 80 | ||
**Precio Total de la oferta IVA incl. (F): | ||||||
( E ) = (A * C * D) | ||||||
( D ) Corresponde al precio unitario por servicio de guardería | ||||||
Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:
No aplica
El embalaje, la identificación y la documentación dentro y fuera de los paquetes serán como se indican a continuación:
No aplica
Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:
No aplica
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:
Planificación de indicadores de cumplimiento:
INDICADOR |
TIPO |
FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA (se indica la fecha que debe presentar según el PBC) |
Informe mensual / Orden de Trabajo y/o servicio |
Informe mensual / Orden de |
Durante la vigencia del contrato, conforme al plazo de |
De manera a establecer indicadores de cumplimiento, a través del sistema de seguimiento de contratos, la convocante deberá determinar el tipo de documento que acredite el efectivo cumplimiento de la ejecución del contrato, así como planificar la cantidad de indicadores que deberán ser presentados durante la ejecución. Por lo tanto, la convocante en este apartado y de acuerdo al tipo de contratación de que se trate, deberá indicar el documento a ser comunicado a través del módulo de Seguimiento de Contratos y la cantidad de los mismos.
La convocante adjudicará el contrato al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de las bases y condiciones, siempre y cuando la convocante determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente.
1. La adjudicación en los procesos de contratación en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, se efectuará por las cantidades o montos máximos solicitados en el llamado, sin que ello implique obligación de la convocante de requerir la provisión de esa cantidad o monto durante de la vigencia del contrato, obligándose sí respecto de las cantidades o montos mínimos establecidos.
2. En caso de que la convocante no haya adquirido la cantidad o monto mínimo establecido, deberá consultar al proveedor si desea ampliarlo para el siguiente ejercicio fiscal, hasta cumplir el mínimo.
3. Al momento de adjudicar el contrato, la convocante se reserva el derecho a disminuir la cantidad de Bienes requeridos, por razones de disponibilidad presupuestaria u otras razones debidamente justificadas. Estas variaciones no podrán alterar los precios unitarios u otros términos y condiciones de la oferta y de los documentos de la licitación.
En aquellos llamados en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, cuando la Convocante deba disminuir cantidades o montos a ser adjudicados, no podrá modificar el monto o las cantidades mínimas establecidas en las bases de la contratación.
La comunicación de la adjudicación a los oferentes será como sigue:
1. Dentro de los cinco (5) días corridos de haberse resuelto la adjudicación, la convocante comunicará a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, copia del informe de evaluación y del acto administrativo de adjudicación, los cuales serán puestos a disposición pública en el referido sistema. Adicionalmente el sistema generará una notificación a los oferentes por los medios remotos de comunicación electrónica pertinentes, la cual será reglamentada por la DNCP.
2. En sustitución de la notificación a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, las convocantes podrán dar a conocer la adjudicación por cédula de notificación a cada uno de los oferentes, acompañados de la copia íntegra del acto administrativo y del informe de evaluación. La no entrega del informe en ocasión de la notificación, suspende el plazo para formular protestas hasta tanto la convocante haga entrega de dicha copia al oferente solicitante.
3. En caso de la convocante opte por la notificación física a los oferentes participantes, deberá realizarse únicamente con el acuse de recibo y en el mismo con expresa mención de haber recibido el informe de evaluación y la resolución de adjudicación.
4. Las cancelaciones o declaraciones desiertas deberán ser notificadas a todos los oferentes, según el procedimiento indicado precedentemente.
5. Las notificaciones realizadas en virtud al contrato, deberán ser por escrito y dirigirse a la dirección indicada en el contrato.
Una vez notificado el resultado del proceso, el oferente tendrá la facultad de solicitar una audiencia a fin de que la convocante explique los fundamentos que motivan su decisión.
La solicitud de audiencia informativa no suspenderá ni interrumpirá el plazo para la interposición de protestas.
La misma deberá ser solicitada dentro de los dos (2) días hábiles siguientes en que el oferente haya tomado conocimiento de los términos del Informe de Evaluación de Ofertas.
La convocante deberá dar respuesta a dicha solicitud dentro de los dos (2) días hábiles de haberla recibido y realizar la audiencia en un plazo que no exceda de dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de respuesta al oferente.
Luego de la notificación de adjudicación, el proveedor deberá presentar en el plazo establecido en las reglamentaciones vigentes, los documentos indicados en el presente apartado.
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2. Documentos. Consorcios |
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