Consultas realizadas para esta convocatoria
Nro. de Consulta Título Resumen de la Consulta Fecha de Consulta Fecha de Respuesta Acciones
11 Documentaciones En la Pliego de Bases y Condiciones solicitan: “Autorización del Fabricante Los productos a los cuales se le requerirá Autorización del Fabricante son los indicados a continuación: NOTEBOOK (COMPUTADORA PORTÁTIL TIPO 2 INTERMEDIA) 16 GBRAM 512 GB SSD NVMe. Cuando la convocante lo requiera, el oferente deberá acreditar la cadena de autorizaciones, hasta el fabricante, productor o prestador de servicios.” Solicitamos aclarar si la Carta de Autorización del Fabricante debe estar Apostillada/Legalizada y dirigida a la convocante y con referencia al proceso. En concordancia con lo establecido en el artículo 58 del nuevo Decreto Reglamentario N° 2264/2024, el cual dispone: “Las especificaciones técnicas que deban contener las bases de la contratación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes. Sin embargo, deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante”. 22-08-2024 26-08-2024
12 ESPECIFICACIONES TECNICAS En el SICP, Especificaciones técnicas – CPS, Ítem 1 Notebook (Computadora Portátil Tipo 2, Intermedia) 16 GB RAM ? 512 GB SSD NVMe dice: “20- Batería: 41Wh o superior..” Recomendamos a la institución aclarar la autonomía de duración de las baterías de los equipos de manera a que no se permita propuestas de equipos de la línea de Hogar o de consumo, estos tipos de equipos cuentan con una autonomía de 2 a 3 horas y no se encuentran preparado para la carga de trabajo corporativo de 8 horas o superior, por lo tanto, solicitamos que sea exigido que la autonomía de las baterías se encuentra certificada mediante catalogo del fabricante de 8 horas como mínimo, todos los fabricantes cumplen con este requisito. 23-08-2024 26-08-2024
13 CAPACIDAD TECNICA En la Pliego de Bases y Condiciones, Datos de la convocatoria dice: “NOTEBOOK (COMPUTADORA PORTÁTIL TIPO 2 INTERMEDIA) 16 GBRAM 512 GB SSD NVMe” Solicitamos respetuosamente a la convocante, aclarar si la carta de autorización del fabricante a ser presentada debe contar con la Legalización y/o apostillado correspondiente, y si la misma debe estar dirigido a la institución con referencia al proceso, teniendo en cuenta que la institución forma parte del Poder Judicial, todos los documentos emitidos fuera del país para que tenga validez en el territorio es exigido que la misma cuente con la legalización y/o apostillado correspondiente, es una practica muy común solicitada en los llamados del Poder Judicial, conforme se puede observar en los ID 431.983 e ID 435.802 23-08-2024 26-08-2024
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