Consultas realizadas para esta convocatoria
Nro. de Consulta Título Resumen de la Consulta Fecha de Consulta Fecha de Respuesta Acciones
1 CONSULTA Consultamos si es factible modificar el sistema de adjudicación para así fomentar la libre competencia, ya que AEROTAX S.A. es la única empresa que tiene habilitada una aeronave del tipo solicitado en el ITEM 10: “Servicio de taxi aéreo, Aeronave Bimotor Turbo Hélice como mínimo para 10 (diez) plazas certificadas.”, dentro de sus Habilitaciones Relativas a las Operaciones del CESA, 21-09-2023 23-09-2023
2 consulta 1 Como AEROTAX S.A. es la UNICA empresa que tiene habilitada una aeronave del tipo solicitado en el ITEM 10: “Servicio de taxi aéreo, Aeronave Bimotor Turbo Hélice como mínimo para 10 (diez) plazas certificadas.”, dentro de sus Habilitaciones Relativas a las Operaciones del CESA, se podría realizar una modificación en el sistema de Adjudicación, ya que el llamado es por el total, y esto limita a que otras empresas se presenten a la convocatoria de referencia, y así evitar suspicacias de que este llamado se encuentra CLARAMENTE DIRECCIONDA hacia una empresa.. 21-09-2023 23-09-2023
3 CAPACIDAD FINANCIERA En el pliego de bases y condiciones, en la sección de REQUISITOS PARA LA CALIFICACIÓN CAPACIDAD FINANCIERA, solicitan lo siguiente: Con el objetivo de calificar la situación financiera del oferente, se considerarán los siguientes índices: A) Contribuyente de IRE RG por los años que corresponda deberán cumplir con el siguiente parámetro: a. Ratio de Liquidez: activo corriente / pasivo corriente. Deberá ser igual o mayor que 1 en promedio, en los últimos años (2020, 2021, 2022) b. Endeudamiento: pasivo total / activo total. No deberá ser mayor a 0,85 en promedio, en los últimos años (2020, 2021, 2022) c. Rentabilidad: Porcentaje de utilidad después de impuestos o pérdida con respecto al Capital. El promedio en los años (2020, 2021, 2022), no deberá ser negativo. B) Contribuyentes de IRE SIMPLE por los años que corresponda deberán cumplir el siguiente parámetro: Eficiencia: (Ingreso/Egreso). - Deberá ser igual o mayor que 1, el promedio, de los ejercicios fiscales requeridos. años ( 2020, 2021, 2022) C) Contribuyentes de IRP RSP por los años que corresponda deberán cumplir el siguiente parámetro: Eficiencia: (Ingreso/Egreso). Deberá ser igual o mayor que 1, el promedio, de los ejercicios fiscales requeridos. años (2020, 2021, 2022) D) Contribuyentes de IVA General deberá cumplir el siguiente parámetro: Eficiencia: (Ingreso/Egreso). Deberá ser igual o mayor que 1, el promedio, de los últimos 6 (seis) meses Observación: Si en alguno de los tres años, o los tres años presentados por la Empresa, su pasivo es igual a 0, se considerará el Ratio de Liquidez igual a 1 y se dará por cumplido el Ratio de Endeudamiento. Esta salvedad en el PBC hace posible calcular el promedio del índice de liquidez de los 3 (tres) ejercicios analizados, debido a que se otorga un valor que puede ser promediado Conforme a lo requerido por la convocante nuestra consulta es la siguiente: Teniendo en cuenta el valor contractual del llamado en curso y considerando la modalidad según el Art. N.° 16 - Procedimientos. Inc. C.- Contratación Directa: para aquellas contrataciones que sean inferiores al monto equivalente a dos mil jornales mínimos, con excepción de lo establecido en el Artículo 34; y. Siguiendo con lo expuesto el Art. N.° 34 de la Ley 2051/2003, en uno de sus apartados versa: Para la participación, contratación o adjudicación en adquisiciones, locaciones, servicios u obras públicas, no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas Por tanto, como oferentes consideramos que la capacidad financiera no resulta ser un requisito indispensable para esta contratación, a su vez solicitamos que este requisito sea flexibilizado a los efectos de permitir mayor participación de oferentes. En espera de una respuesta favorable me despido atentamente 21-09-2023 23-09-2023
4 CONSULTA Se solicita encarecidamente a la Convocante, con objeto de permitir la mayor participación de potenciales oferentes, que en caso de no cumplir con algún índice de la Capacidad Financiera, sea aceptada la presentación de una línea de crédito financiero no condicionada emitida por una entidad financiera o bancaria, que acredite la disponibilidad de dicho crédito a favor del oferente o miembro del consorcio, como mínimo por el 30% del monto máximo de la contratación. Lo solicitado es en concordancia al Principio de Igualdad y Libre competencia que deben regir las compras públicas – Inc. B del Art. 4 de la ley Nº2051 De Contrataciones Públicas. 26-09-2023 28-09-2023
Descargar datos como: Archivo CSV Archivo PDF