Consultas realizadas para esta convocatoria
Nro. de Consulta Título Resumen de la Consulta Fecha de Consulta Fecha de Respuesta Acciones
1 Especificaciones Técnicas del Item 4 Trajes Antimotín En la Sección Suministros Requeridos-Especificaciones técnicas-Detalles de los Productos con las respectivas especificaciones técnicas para el Item 4 Traje antidisturbios (Antimotín) incluyen: codera, piernera, muslera, hombrera, pechera y guante) Solicitamos respetuosamente a la convocante aceptar los siguientes criterios con el fin de salvaguardar el principio de igualdad y libre competencia consagrado en la Ley 2051/03 de Contrataciones Públicas y asi permitir la mayor participación de oferentes Diseño: traje antidisturbios, el cual debe ser elaborado en poliamida de alta densidad y/o ABS y polycarbonato cuyas piezas plásticas deben ser fabricadas mediante proceso de inyección. Con sistemas de niveles estructurales con relieves que dispersa la energía de los impactos, generados por los elementos contundentes. Compuesto por tres segmentos: Parte superior: Protector pecho, Protector espalda, Protector hombros, Protector brazos, Protector de codos, Protector antebrazos, Protector dorso de manos. Parte media: Protector de cadera, Protector de glúteos y coxis, Protector de piernas, Protector genital. Parte inferior: Protector de rodillas, Protector de ante pierna o espinilleras, Protector de pantorrillas, Protector de pies. Talla: única. Color: negro. Espesor partes plásticas: espesor minino de 2.5 mm. Sistema de amortiguación: con un sistema de amortiguación forrado con malla 3D en tejido de punto 100% poliéster con el fin de brindar mayor protección al cuerpo del usuario y/o Sistema de amortiguación compuesto por lámina EVA con tela mesh transpirable y polyester con recubrimiento ignífuro dracon. Componente textil: antibacterial, compuesto por 3 capas: Spacer 3D que brinda transpirabilidad al usuario, lamina EVA para absorción de impacto y Nylon D500 y/o spacer tela mesh que brinda transpirabilidad al usuario, lámina EVA para absorción de Impacto con tratamiento ignífugo dracon que protege al usuario contra bombas Molotov y ABS y polycarbonato con alta resistencia a la tracción, repelente al agua. Sistema adicional de amortiguación unido al componente plástico. Acolchado: acolchado fuerte y grueso para la máxima absorción de los golpes. Partes delanteras y posteriores de los brazos: - 2 correas ajustables de velcro en el antebrazo, con extremos reforzados de minimo 2cm a máximo 4 cm, anchura; 1 correa ajustable de velcro en el codo, extremos reforzados, de mínimo 2cm a máximo 4cm de anchura y fácil ajuste y extracción. Peso: 4.5 kilos como mínimo y 7.5 kg como máximo Sistema de Ajustes: el traje antimotin debe tener reatas y correas elásticas de gancho y lazo (velcro) utilizadas para el ajuste de las piezas que componen el traje antimotin, adicional debe traer hebillas suelte rápido en el hombro y/o hebillas con velcro y el parte inferior del protector de la ante pierna o espinillera una chapa tipo suelte rápido (hembra) en forma triangular con un sistema de ajuste para el pivote macho deslizante y/o un Sistema de hebilla metálica con reatas con Velcro. Certificados deberán ser los siguientes: ISO179-97 Impacto Charpy y/o ASTM D792-2000 Determinación de la densidad del material plástico y/o ASTM D638 Ensayo de tensión y elasticidad y/o ASTM D790 Ensayo de flexion y/o Certificaciones NIJ 0115 anti puñaladas 14-09-2023 25-09-2023
2 Especificaciones Técnicas del Item 5 Cascos Antidisturbios En la Sección Suministros Requeridos-Especificaciones técnicas-Detalles de los Productos con las respectivas especificaciones técnicas para el Item 5 Casco Antidisturbio Solicitamos respetuosamente a la convocante aceptar los siguientes criterios con el fin de salvaguardar el principio de igualdad y libre competencia consagrado en la Ley 2051/03 de Contrataciones Públicas y asi permitir la mayor participación de oferentes: Fabricado en: material de fibra de vidrio moldeado o ABS que brinda protección integral al cráneo, debe proporcionar alta resistencia a la penetración de objetos afilados y alta capacidad de absorción de energía al impactar. Debe contar con espacios internos que permitan el uso de equipos de comunicación; Forro interior: acolchonado que absorbe el sudor. Terminación: externa lisa con borde revestido de goma. Orejeras: interior de cuero acolchada y/o de esponja dura con recubrimiento de tela mesh EVA. Cojín de cuero y/o de esponja dura con recubrimiento de tela mesh EVA: para oreja y nuca. Yugular: fijo a través de 3 puntos en material sintético. Quijada: ergonómica en material flexible. Protector de cuello: desmontable, hecho de material acolchado recubierto con tejido ignífugo. Mentonera: de plástico para mayor comodidad cuando se aprieta el arnés. Hebilla de liberación rápida. Careta: desmontable con rejilla. área de visión: 7 cm (mínimo) 18 cm (máximo) x 21.6 (mínimo) a 38 cm (máximo). Peso: 1,5 kg como mínimo y 3 kg como máximo. Certificaciones: - Deberá presentar ensayo de penetración según norma NBR8221:2015 y/o Resistencia a Impacto ASTM-D256-10 (resistencia del policarbonato) y/o Resistencia de tracción de plásticos ASTM-D638-10 y/o certificaciones NIJ 0104.02 14-09-2023 25-09-2023
3 SUMINISTROS REQUERIDOS - ESPECIFICACIONES TÉCNICAS – Chalecos Antibalas Antipunzantes En el Pliego de Bases y Condiciones dice: Panel de protección de Balística: Los chalecos deberán tener placas o paneles anti punzantes y balísticos con materiales de polietileno de ultra peso molecular (UHMWPE). Estos materiales deberán ser flexibles, de bajo peso, que ofrezca ergonomía y flexibilidad. Solicitamos respetuosamente a la convocante, si puede tener en cuenta otros materiales balísticos similares o de mayor calidad como telas Aramidas, Kevlar para la fabricación de los paneles de protección balística, ya que en cuanto a materiales balísticos existen en el mercado diversas tecnologías que pueden cumplir con los estándares de protección solicitados con la certificación de la Norma NIJ 0101.06 Nivel III-A del Instituto Nacional de Justicia (NIJ) de los Estados Unidos. Lo previamente solicitado lo extendemos de modo a no limitar la participación de potenciales oferentes y en concordancia en cumplimiento al PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas Art. 4 inc. b) de la ley 2051/03 DE CONTRATACIONES PÚBLICAS. 15-09-2023 25-09-2023
4 SUMINISTROS REQUERIDOS - ESPECIFICACIONES TÉCNICAS – Chalecos Antibalas Antipunzantes En el Pliego de Bases y Condiciones dice: Chalecos Antibalas: Los ajustes laterales deberán contar con un no menor a 15cm y protección balística inserta dentro de los mismos para crear un efecto 360° de protección con cierres de velcro para mejor adaptabilidad anatómica y movilidad usuario. Solicitamos respetuosamente a la convocante, si puede tener en cuenta que la protección de los laterales no solamente se logra por un agregado de panel balístico, sino cumpliendo la cobertura lateral a partir de la propia superposición de los paneles frontales y dorsales logrando así una cobertura efectiva en los costados del usuario con el mismo efecto 360° solicitado. Lo previamente solicitado lo extendemos de modo a no limitar la participación de potenciales oferentes y en concordancia en cumplimiento al PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas Art. 4 inc. b) de la ley 2051/2013 DE CONTRATACIONES PÚBLICAS. 15-09-2023 25-09-2023
5 /*Experiencia requerida En el Pliego de Bases y Condiciones, en la Sección de REQUISITOS DE CALIFICACIÓN Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN, Experiencia requerida, dice: 1 Haber proveído bienes similares a los ofertados (Equipos y Equipamientos de Seguridad) en el presente llamado con instituciones públicas o privadas, igual o superior al 30 % del precio total de la oferta, en los últimos 3 años (2020 - 2021 - 2022) con la ejecución satisfactoria en la provisión de dichos bienes Solicitamos a la convocante, sea aceptada la experiencia en provisión de bienes similares a los ofertados en el presente llamado (Equipos y Equipamientos de Seguridad), con facturaciones de venta y/o contratos y/o recepciones finales por un monto equivalente al 30 % del precio total de la oferta, en los últimos 10 (diez) años: 2013, 2014, 2015, 2016, 2017, 2018, 2019, 2020 y 2021, 2022. Lo solicitado encuentra sustento legal en virtud en lo establecido en el artículo Art. 45 de la Ley N° 7021/22 que dispone: En los procedimientos de contratación será obligación de las convocantes elaborar las bases y condiciones del llamado con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato con el objeto de que concurra el mayor número de Oferentes... Asimismo, no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por la presente ley para la participación, contratación o adjudicación, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables en los pliegos de bases y condiciones si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas… 15-09-2023 20-09-2023
6 /*Informe de Ensayo En el Pliego de Bases y Condiciones, en la Sección de SUMINISTROS REQUERIDOS - ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, Detalle de los productos con las respectivas especificaciones técnicas, Ítem 6 Chalecos Antibalas Anti punzantes, dice: Presentar el Informe de Ensayo expedido por el Organismo Nacional de Inspección departamento de Seguridad Industrial, dependiente del Instituto Nacional de Tecnología, Normalización y Metrología (INTN), sobre el chaleco anti punzantes y antibalas ofertado y en particular sobre la muestra del panel balístico. Solicitamos a la convocante, que el Informe de ensayo balístico realizado por la INTN sea EXCLUIDO o bien indicado como OPCIONAL, considerando que en el Pliego de Bases y Condiciones ya se encuentra establecido el requisito para demostrar la calidad y certificación de los chalecos, a saber: - SUMINISTROS REQUERIDOS - ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, Detalle de los productos con las respectivas especificaciones técnicas, Ítem 6 Chalecos Antibalas Antipunzantes: Presentar la Certificación de Cumplimiento de la Norma NIJ 0101.06 del Instituto Nacional de Justicia (NIJ) de los Estados Unidos, para el nivel de protección III-A de no más de 5 años antigüedad, expedido por un laboratorio reconocido internacionalmente. Al respecto, cabe señalar que el cumplimiento de la Norma internacional NIJ solicitada asegura la resistencia para el nivel III-A exigido. La Certificación Internacional de cumplimiento de la Norma NIJ establece un estándar, desarrollando métodos de prueba precisos y detallados. Los fabricantes, las agencias y organismos de aplicación de la ley, utilizan esta norma para determinar si el diseño cumple con los requisitos exigidos, por lo que de exigir otro ensayo balístico resultaría técnicamente no indispensable. Por otra parte, el ensayo Balístico realizado en la INTN es un proceso que requiere tiempo, lo cual excluye a potenciales oferentes que deben realizar la importación del chaleco según las especificaciones técnicas requeridas para someterlo a las pruebas y ensayos exigidos. Lo solicitado encuentra sustento legal en virtud de lo establecido en el artículo Art. 45 de la Ley N° 7021/22 que dispone: En los procedimientos de contratación será obligación de las convocantes elaborar las bases y condiciones del llamado con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato con el objeto de que concurra el mayor número de Oferentes... Asimismo, no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por la presente ley para la participación, contratación o adjudicación, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables en los pliegos de bases y condiciones si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas… además, lo establecido en el art. 40 del Decreto Reglamentario N° 9823/23 el cual dispone lo siguiente: Las especificaciones técnicas que deban contener las bases de la contratación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza especifica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes. 15-09-2023 20-09-2023
7 /*Muestras En el Pliego de Bases y Condiciones, en la Sección de DATOS DE LA LICITACIÓN, Muestras, dice: APLICA PARA LOS ITEMS 3, 4 Y 5 Solicitamos a la Convocante que la presentación de la muestra sea EXCLUIDA de los requerimientos exigidos para los ITEMS 3, 4 Y 5, y sean aceptados los catálogos técnicos e información oficial proveída por el fabricante de los equipos a fin de verificar el cumplimiento de las especificaciones técnicas. Adicionalmente cabe destacar que con los catálogos la convocante tendrá bien detalladas las características de cada bien solicitado en los ítems previstos, puesto que en dichos catálogos ya están explayadas todas las características que a nivel técnico deben ser corroboradas; con esta modificación se permitirá la participación de un mayor número de oferentes en el presente llamado y se eliminará toda posibilidad de direccionar el llamado a un proveedor específico que ya tenga para entrega inmediata el equipo solicitado. Lo solicitado encuentra sustento legal en virtud de lo establecido en el artículo Art. 45 de la Ley N° 7021/22 que dispone: En los procedimientos de contratación será obligación de las convocantes elaborar las bases y condiciones del llamado con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato con el objeto de que concurra el mayor número de Oferentes... Asimismo, no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por la presente ley para la participación, contratación o adjudicación, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables en los pliegos de bases y condiciones si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas… además, lo establecido en el art. 40 del Decreto Reglamentario N° 9823/23 el cual dispone lo siguiente: Las especificaciones técnicas que deban contener las bases de la contratación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza especifica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes. 15-09-2023 20-09-2023
8 /*Plan de Entrega En el Pliego de Bases y Condiciones, en la Sección de SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, Plan de entrega de los bienes, dice: Ítems 1 y 2; Fecha(s) final(es) de entrega de los bienes: 45 días contados desde la conclusión de los siguientes eventos: • Emisión de Orden de Compra por parte de la Convocante. • Emisión de Autorización de Importación por parte de la Dimabel. • Emisión de la Licencia de Exportación en el país de Origen. Al respecto, y en vista a que los bienes solicitados corresponden a características específicas definidas especialmente para este proceso licitatorio, y que los mismos son fabricados en el exterior a falta de fabricantes en el país, y considerando los tiempos de fabricación e importación necesarios para que los bienes licitados arriben a Paraguay, solicitamos a la Convocante extender el plazo de entrega para los ITEMS mencionados en al menos 90 (noventa) días desde la conclusión de los siguientes eventos: • Emisión de Orden de Compra por parte de la Convocante. • Emisión de Autorización de Importación por parte de la Dimabel. • Emisión de la Licencia de Exportación en el país de Origen. Lo solicitado contribuirá a garantizar que la convocante reciba en tiempo y forma los productos que necesita y será más apropiado a los efectos de estimular la competencia, ya que no se estará direccionando la convocatoria a empresas específicas con existencia en su inventario actual de estos bienes en observancia de la economía y la eficiencia que se busca, en el uso de los recursos del estado, permitiendo un mayor rango de tiempo para la entrega de los equipos, considerando que este factor establecido originalmente en el PBC limitaría la mayor participación de oferentes y la subsecuente variedad en propuestas. Lo solicitado encuentra sustento legal en virtud en lo establecido en el artículo Art. 45 de la Ley N° 7021/22 que dispone: En los procedimientos de contratación será obligación de las convocantes elaborar las bases y condiciones del llamado con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato con el objeto de que concurra el mayor número de Oferentes... Asimismo, no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por la presente ley para la participación, contratación o adjudicación, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables en los pliegos de bases y condiciones si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas… 15-09-2023 25-09-2023
9 /*Plan de Entrega En el Pliego de Bases y Condiciones, en la Sección de SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, Plan de entrega de los bienes, dice: Ítems 3, 4 y 5; Fecha(s) final(es) de entrega de los bienes: Los bienes objeto de la presente licitación deberán ser entregados en su totalidad a los 45 (cuarenta y cinco) días posteriores a la firma del contrato, conforme a todas las especificaciones ofertadas Al respecto, y en vista a que los bienes solicitados corresponden a características específicas definidas especialmente para este proceso licitatorio, y que los mismos son fabricados en el exterior a falta de fabricantes en el país, y considerando los tiempos de fabricación e importación necesarios para que los bienes licitados arriben a Paraguay, solicitamos a la Convocante extender el plazo de entrega para los ITEMS mencionados en al menos 90 (noventa) días posteriores a la firma del contrato, conforme a todas las especificaciones ofertadas. Lo solicitado contribuirá a garantizar que la convocante reciba en tiempo y forma los productos que necesita y será más apropiado a los efectos de estimular la competencia, ya que no se estará direccionando la convocatoria a empresas específicas con existencia en su inventario actual de estos bienes en observancia de la economía y la eficiencia que se busca, en el uso de los recursos del estado, permitiendo un mayor rango de tiempo para la entrega de los equipos, considerando que este factor establecido originalmente en el PBC limitaría la mayor participación de oferentes y la subsecuente variedad en propuestas. Lo solicitado encuentra sustento legal en virtud en lo establecido en el artículo Art. 45 de la Ley N° 7021/22 que dispone: En los procedimientos de contratación será obligación de las convocantes elaborar las bases y condiciones del llamado con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato con el objeto de que concurra el mayor número de Oferentes... Asimismo, no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por la presente ley para la participación, contratación o adjudicación, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables en los pliegos de bases y condiciones si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas… 15-09-2023 20-09-2023
10 /*Plan de Entrega En el Pliego de Bases y Condiciones, en la Sección de SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, Plan de entrega de los bienes, dice: Ítem 6; Fecha(s) final(es) de entrega de los bienes: Los bienes objeto de la presente licitación deberán ser entregados en su totalidad a los 45 (cuarenta y cinco) días posteriores a la firma del contrato, conforme a todas las especificaciones ofertadas Al respecto, y en vista a que los bienes solicitados corresponden a características específicas definidas especialmente para este proceso licitatorio, y que los mismos son fabricados en el exterior a falta de fabricantes en el país, y considerando los tiempos de fabricación e importación necesarios para que los bienes licitados arriben a Paraguay, solicitamos a la Convocante extender el plazo de entrega para el ITEM mencionado en al menos 90 (noventa) días posteriores a la firma del contrato, conforme a todas las especificaciones ofertadas, Lo solicitado contribuirá a garantizar que la convocante reciba en tiempo y forma los productos que necesita y será más apropiado a los efectos de estimular la competencia, ya que no se estará direccionando la convocatoria a empresas específicas con existencia en su inventario actual de estos bienes en observancia de la economía y la eficiencia que se busca, en el uso de los recursos del estado, permitiendo un mayor rango de tiempo para la entrega de los equipos, considerando que este factor establecido originalmente en el PBC limitaría la mayor participación de oferentes y la subsecuente variedad en propuestas. Lo solicitado encuentra sustento legal en virtud en lo establecido en el artículo Art. 45 de la Ley N° 7021/22 que dispone: En los procedimientos de contratación será obligación de las convocantes elaborar las bases y condiciones del llamado con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato con el objeto de que concurra el mayor número de Oferentes... Asimismo, no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por la presente ley para la participación, contratación o adjudicación, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables en los pliegos de bases y condiciones si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas… 15-09-2023 20-09-2023
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