El Suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos bienes serán suministrados por el Proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el Contrato.
Los bienes suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y cambios.
El Proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la Contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.
Los productos a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:
Preformado de Retención aislado para cable protegido
Tabla 1
ITEM |
DESCRIPCION |
Preformados de Retención aislado para cable protegido |
|
1 |
Preformados de Retención aislado para cable protegido de 35 mm². |
2 |
Preformados de Retención aislado para cable protegido de 70 mm². |
3 |
Preformados de Retención aislado para cable protegido de 185 mm². |
2. REFERENCIAS NORMATIVAS Y TÉCNICAS
ASTM A-428
|
Standard Test Method for Weight Mass of Coating on Aluminum-Coated Iron or Steel Articles. |
ASTM A-474 |
Standard Specification for Alluminum Coated Steel Wire Strand. |
ASTM A-475 |
Standard Specification for Metallic Coated Steel Wire Strand. |
ASTM B-341 |
Standard Specification for Aluminum-Coated (Aluminized) Steel Core Wire for Aluminum Conductors, Steel Reinforced (ACSR/AZ). |
ABNT NBR 16051 |
Materiais pré-formados metálicos para redes aéreas de distribuição de energia elétrica — Especificaçã. |
ABNT NBR 16052 |
Materiais pré-formados metálicos para redes aéreas de distribuição de energia elétrica — Padronização.
|
2.2. Requerimientos de calidad:
2.3. Especificaciones Técnicas
2.3.1. Los preformados, objeto de estas Especificaciones, están destinadas a ser utilizadas en conjunto y forma compatible con los materiales cuyas Especificaciones, en su última revisión, son las siguientes:
EE. TT. N° 03.24.35 |
Cable protegido con aislación multicapa para Media Tensión. |
|
|
EE. TT. N° 03.30.26 |
Aislador polimérico de retención para Media Tensión. |
|
|
EE. TT. N° 03.50.38 |
Guardacabo de retención para mensaje de líneas protegidas y preensambladas de Media Tensión. |
3.1. Condiciones de Instalación:
3.1.1. Los preformados serán montados en líneas de Media Tensión con cables protegidos con aislación multicapa, instalado a la intemperie.
|
40 °C |
|
30 °C |
|
- 5 °C |
|
100% |
|
1.000 (m.s.n.m.) |
|
1.000 W/m2 |
|
Medio (II) IEC 60815 |
|
700 Pa (70 daN/m2) |
3.3. Características eléctricas de la red:
4.1. Características Generales:
4.1.1.El preformado aislado de retención será utilizado para amarre de cables protegidos a ser instalados en las estructuras terminales de líneas aéreas del tipo compacto o en crucetas (línea convencional)
4.1.2. Deberán ser aptos para aplicar directamente sobre la cobertura externa, sin la necesidad de pelado o retiro del material de cobertura. Deberán ser del tipo tracción plena.
4.1.3. Los extremos de los alambres deben ser despuntados y lijados para evitar abrasión sobre el conductor. El amarre deberá ejercer una baja presión radial para no dañar la capa exterior del conductor.
4.1.4. Deberá estar capacitado para resistir la vibración normal del cable y del sistema de red con conductor preensamblado.
4.1.5. Los elementos preformados deberán tener forma helicoidal compatible con el diámetro, el paso y el sentido de cableado del conductor
4.2. Características del alambre:
4.2.1. El material deberá ser de los siguientes tipos:
4.2.2. Deberá ser de acero COPANT 1050 mínimo, tener superficies continuas y uniformes libres de cualquier imperfección, y contener un material abrasivo a base de óxido de aluminio en la parte interna para aumentar el agarre al conductor y en la parte externa un revestimiento de neopreno aplicado.
4.2.3. No deberá haber exceso de pegamento y polvo abrasivo en las varillas. En cuanto a la apariencia visual, las partes aluminizadas o galvanizadas deben estar libres de áreas sin recubrimiento, irregularidades tales como inclusiones de fundentes, lodos y otras características incompatibles con el uso previsto del material preformado.
4.2.4.Las longitudes indicadas en la Tabla 2 tienen una tolerancia de +/- 25 mm.
4.3.1. El número de varillas debe ser entre 5 a 7 de 2.9 mm de diámetro nominal.
4.4. Características mecánicas:
4.4.1. Debe soportar las cargas de ruptura y deslizamiento según la Tabla 2:
Tabla 2
Sección (mm2) |
Diámetro Cable Protegido (mm) (Mín. Máx.) |
Longitud máxima (mm) |
Carga de Ruptura Mín. (Kgf) |
Numero de Varillas (rango) |
Diámetro mínimo nominal de las varillas (mm) |
Color según NBR |
35 |
19 22 |
970 |
1200 |
5 / 7 |
2.9 |
Rojo |
70 |
22 25 |
1070 |
1200 |
5 / 7 |
2.9 |
Negro |
185 |
28 31 |
1200 |
2800 |
5 / 7 |
2.9 |
Verde |
No debe venir con ningún accesorio para su instalación y no debe presentar ningún peligro para el instalador.
5. ENSAYOS DE TIPO Y DE RUTINA
Las pruebas y los métodos de prueba, el muestreo y los criterios de aceptación o rechazo deben estar de acuerdo con la norma ABNT NBR 16051 de la siguiente manera:
Tabla 3
N.º |
Ensayos |
Tipo |
Rutina |
Recepción |
Método de Ensayo/Criterio de aprobación |
1 |
Inspección General. |
X |
- |
X |
ABNT NBR 16051 |
2 |
Verificación Dimensional. |
X |
- |
X |
|
3 |
Ensayo de resistencia al deslizamiento o rotura. |
X |
- |
X |
|
4 |
Ensayo de carga cíclica. |
X |
- |
- |
5.2.2. Los Ensayos de tipo deben ser repetidos toda vez que sobre el bien con un modelo aprobado se introduzcan cambios de diseño que varíen, o hagan presumir variaciones, en las prestaciones conocidas de los mismos, esto será solicitado por ANDE cuando lo considere.
5.2.3. El oferente/Fabricante debe presentar la documentación en el cual se indique los detalles y contactos de los Laboratorios en los cuales se realizaron los ensayos de tipo. Entiéndase principalmente como contacto, los correos electrónicos, página web, números telefónicos y otros datos que permitan a la ANDE verificar la veracidad y autenticidad de los informes técnicos (test report) de los respectivos laboratorios. La ANDE podrá recurrir a fuentes públicas o privadas para la verificación y validación de la documentación presentada por el proveedor y/o fabricante.
5.2.4. Los laboratorios internos no acreditados del fabricante deberán tener certificados de calibración, La ANDE se reserva el derecho de rechazar las documentaciones relativas a los ensayos de tipo presentadas por el oferente/fabricante, cuya autenticidad y/o veracidad no se hayan podido comprobar, siendo este motivo suficiente para rechazo de los mismos.
5.2.5 La ANDE se reserva el derecho y la aceptación de estos ensayos de tipo quedará criterio de la ANDE.
5.2.6 Los reportes de ensayos presentados deben tener obligatoriamente nombre y firma del responsable técnico y/o autoridad competente del Laboratorio donde se han realizado los ensayos, dichos reportes también tener nombre y firma del fabricante/representante.
5.2.7 La ANDE se reserva el derecho de realizar una inspección durante el proceso de fabricación del bien a suministrar, para lo cual el proveedor en forma coordinada con la ANDE debe proveer los medios y las condiciones necesarias para facilitar la misma.
5.2.8. Todas las piezas destruidas parcial o totalmente a consecuencia de los ensayos son por cuenta y cargo del proveedor y/o fabricante.
5.2.9. Los ensayos de tipo son los especificados en la tabla 3.
5.3.3. La aceptación del lote, y/o los costos de ejecución de cualquier ensayo:
a)No Eximen al fabricante de la responsabilidad de suministrar el material de acuerdo con los requisitos de esta Especificación.
b)No invalidan cualquier reclamo posterior de la ANDE a respecto de la calidad del material y/o de la fabricación.
5.3.6. Muestreo y aceptación o rechazo del lote para los ensayos de recepción según tabla 4:
Tabla 4: Criterio de Muestreo, aceptación o rechazo para el Ensayo de Inspección General y Verificación Dimensional.
Tamaño del lote |
Inspección general y verificación dimensional |
||
Muestreo normal y simple - Nivel de inspección I - NCA 4,0 % |
|||
Cuerpos de prueba |
Ac |
Re |
|
Hasta 90 |
3 |
0 |
1 |
91 a 150 |
13 |
1 |
2 |
151 a 280 |
13 |
1 |
2 |
281 a 500 |
20 |
2 |
3 |
501 a 1200 |
32 |
3 |
4 |
1201 a 3200 |
50 |
5 |
6 |
3201 a 10000 |
80 |
7 |
8 |
5.4. Planilla de datos garantizados (PDG)
5.4.2. La planilla de datos garantizados (PDG) tiene carácter de declaración jurada, por tanto, cualquier desviación/discrepancia detectada mediante inspección visual, pruebas realizadas o verificación en los protocolos de ensayos, es motivo suficiente para la descalificación/rechazo del bien, a excepción de las modificaciones y/o aceptaciones realizadas en etapa de consultas dentro de los procesos licitatorios si lo hubiere.
5.5. Planilla de Ensayos de Tipo Garantizados
6. CAPACITACION AL PERSONAL ANDE
6.1. Capacitación: La provisión del material debe incluir un curso de capacitación, de al menos 1 día de duración, el cual debe incluir montaje del material y su mantenimiento, a ser desarrollado en el local de la ANDE y en idioma español.
7. EMBALAJE Y MARCACION
7.1. Descripción del embalaje:
7.1.2. El proveedor o fabricante será responsable por cualquier daño que resulte de un embalaje inapropiado.
7.3. Identificación de los preformados: Deberá estar marcado en forma legible, indeleble y durable en el tiempo sobre la superficie externa, como mínimo, la siguiente información:
8. GARANTÍA
24 meses como mínimo o según lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones.
8.4. Proceso de sustitución y reposición:
Ing. Jorge Britos, Jefe del Departamento de Suministros de Materiales de Distribución (DD/DSM).
La contratación a ser realizada obedece a la necesidad imperiosa de contar con dichos materiales a fin de su utilización en las redes aéreas de distribución para mantenimientos y nuevas obras encaradas por esta ANDE.
Con este pedido se podrán dar continuidad a los múltiples trabajos, inherentes a las obras de ampliación, adecuación y mantenimiento de las redes eléctricas, necesarios para satisfacer el aumento en la demanda del servicio de suministro eléctrico, dotando al sistema de distribución de un mejor nivel de confiabilidad, eficiencia y rendimiento, mediante la reducción de las interrupciones y los tiempos de fueras de servicio del sistema eléctrico de distribución.
La adquisición debe ser realizada en forma periódica para su utilización en regiones de la Dirección de Gestión Regional y Dirección de Distribución.
Las Especificaciones Técnicas establecen las condiciones técnicas mínimas que deben ser satisfechas por los materiales solicitados.
La entrega de los bienes se realizará de acuerdo al Plan de Entrega y Cronograma de Cumplimiento, indicado en el presente apartado. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el Proveedor indicados a continuación:
Ítem |
Descripción del bien |
Cantidad |
Unidad de medida |
Lugar de entrega de los bienes |
Fecha(s) final(es) de entrega de los bienes |
1 |
Preformados de Retención aislado para cable protegido de 70 mm2 |
867 |
Unidad |
En el Depósito de ANDE, sito en Avenida Boggiani y Dr. Facundo Machaín |
Veinte (20) días calendario, contados a partir de la emisión de la Orden de Entrega. Horario de Entrega: De Lunes a Viernes de 07:00 hs. a 15:00 hs. |
2 |
Preformados de Retención aislado para cable protegido de 185 mm2 |
1200 |
Unidad |
Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:
Remitirse a EE.TT. N° 03.60.44 - Rev. 1. Anexo A.
El embalaje, la identificación y la documentación dentro y fuera de los paquetes serán como se indican a continuación:
De conformidad al Punto 7.1 y 7.2 de laEE.TT. N° 03.60.44 - Rev 1.
1. El Proveedor embalará los bienes en la forma necesaria para impedir que se dañen o deterioren durante el transporte al lugar de destino final indicado en el contrato. El embalaje deberá ser adecuado para resistir, sin limitaciones, su manipulación brusca y descuidada, su exposición a temperaturas extremas, la sal y las precipitaciones, y su almacenamiento en espacios abiertos. En el tamaño y peso de los embalajes se tendrá en cuenta, cuando corresponda, la lejanía del lugar de destino final de los bienes y la carencia de equipo pesado de carga y descarga en todos los puntos en que los bienes deban transbordarse.
2. El embalaje, las identificaciones y los documentos que se coloquen dentro y fuera de los bultos deberán cumplir estrictamente con los requisitos especiales que se hayan estipulado expresamente en el contrato y cualquier otro requisito si lo hubiere, especificado en las condiciones contractuales.
Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:
Remitirse a EE.TT. N° 03.60.44 Rev 1 - Punto 5.
1. El proveedor realizará todas las pruebas y/o inspecciones de los Bienes, por su cuenta y sin costo alguno para la contratante.
2. Las inspecciones y pruebas podrán realizarse en las instalaciones del Proveedor o de sus subcontratistas, en el lugar de entrega y/o en el lugar de destino final de entrega de los bienes, o en otro lugar en este apartado.
Cuando dichas inspecciones o pruebas sean realizadas en recintos del Proveedor o de sus subcontratistas se le proporcionarán a los inspectores todas las facilidades y asistencia razonables, incluso el acceso a los planos y datos sobre producción, sin cargo alguno para la contratante.
3. La contratante o su representante designado tendrá derecho a presenciar las pruebas y/o inspecciones mencionadas en la cláusula anterior, siempre y cuando éste asuma todos los costos y gastos que ocasione su participación, incluyendo gastos de viaje, alojamiento y alimentación.
4. Cuando el proveedor esté listo para realizar dichas pruebas e inspecciones, notificará oportunamente a la contratante indicándole el lugar y la hora. El proveedor obtendrá de una tercera parte, si corresponde, o del fabricante cualquier permiso o consentimiento necesario para permitir al contratante o a su representante designado presenciar las pruebas o inspecciones.
5. La contratante podrá requerirle al proveedor que realice algunas pruebas y/o inspecciones que no están requeridas en el contrato, pero que considere necesarias para verificar que las características y funcionamiento de los bienes cumplan con los códigos de las especificaciones técnicas y normas establecidas en el contrato. Los costos adicionales razonables que incurra el proveedor por dichas pruebas e inspecciones serán sumados al precio del contrato, en cuyo caso la contratante deberá justificar a través de un dictamen fundado en el interés público comprometido. Asimismo, si dichas pruebas y/o inspecciones impidieran el avance de la fabricación y/o el desempeño de otras obligaciones del proveedor bajo el contrato, deberán realizarse los ajustes correspondientes a las Fechas de Entrega y de Cumplimiento y de las otras obligaciones afectadas.
6. El proveedor presentará a la contratante un informe de los resultados de dichas pruebas y/o inspecciones.
7. La contratante podrá rechazar algunos de los bienes o componentes de ellos que no pasen las pruebas o inspecciones o que no se ajusten a las especificaciones. El proveedor tendrá que rectificar o reemplazar dichos bienes o componentes rechazados o hacer las modificaciones necesarias para cumplir con las especificaciones sin ningún costo para la contratante. Asimismo, tendrá que repetir las pruebas o inspecciones, sin ningún costo para la contratante, una vez que notifique a la contratante.
8. El proveedor acepta que ni la realización de pruebas o inspecciones de los bienes o de parte de ellos, ni la presencia de la contratante o de su representante, ni la emisión de informes, lo eximirán de las garantías u otras obligaciones en virtud del contrato.
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:
Planificación de indicadores de cumplimiento:
INDICADOR |
TIPO |
FECHA DE PRESENTACIÓN |
Certificado de Recepción Provisional |
Certificado de Recepción Provisional |
Dentro de los treinta (30) días corridos posteriores a la entrega del suministro requerido. |
Certificado de Cumplimiento de la Orden de Compra |
Certificado de Cumplimiento de la Orden de Compra |
Dentro de los treinta (30) días corridos posteriores a la vigencia del Plazo de la Garantía de los bienes. |
De manera a establecer indicadores de cumplimiento, a través del sistema de seguimiento de contratos, la convocante deberá determinar el tipo de documento que acredite el efectivo cumplimiento de la ejecución del contrato, así como planificar la cantidad de indicadores que deberán ser presentados durante la ejecución. Por lo tanto, la convocante en este apartado y de acuerdo al tipo de contratación de que se trate, deberá indicar el documento a ser comunicado a través del módulo de Seguimiento de Contratos y la cantidad de los mismos.
La Convocante adjudicará el contrato al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de la carta de invitación, siempre y cuando la convocante determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente.
1. La adjudicación en los procesos de contratación en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, se efectuará por las cantidades o montos máximos solicitados en el llamado, sin que ello implique obligación de la convocante de requerir la provisión de esa cantidad o monto durante la vigencia del contrato, obligándose sí respecto de las cantidades o montos mínimos establecidos.
2. En caso de que la convocante no haya adquirido la cantidad o monto mínimo establecido, deberá consultar al proveedor si desea ampliarlo para el siguiente ejercicio fiscal, hasta cumplir el mínimo.
3. Al momento de adjudicar el contrato, la convocante se reserva el derecho a disminuir la cantidad de bienes requeridos, por razones de disponibilidad presupuestaria u otras razones debidamente justificadas. Estas variaciones no podrán alterar los precios unitarios u otros términos y condiciones de la oferta y de los documentos de la licitación.
En aquellos llamados en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, cuando la convocante deba disminuir cantidades o montos a ser adjudicados, no podrá modificar el monto o las cantidades mínimas establecidas en las bases de la contratación.
La comunicación de la adjudicación a los oferentes será como sigue:
1. Dentro de los cinco (5) días corridos de haberse resuelto la adjudicación, la convocante comunicará a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, copia del informe de evaluación y del acto administrativo de adjudicación, los cuales serán puestos a disposición pública en el referido sistema. Adicionalmente el sistema generará una notificación a los oferentes por los medios remotos de comunicación electrónica pertinentes, la cual será reglamentada por la DNCP.
2. En sustitución de la notificación a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, las convocantes podrán dar a conocer la adjudicación por cédula de notificación a cada uno de los oferentes, acompañados de la copia íntegra del acto administrativo y del informe de evaluación. La no entrega del informe en ocasión de la notificación, suspende el plazo para formular protestas hasta tanto la convocante haga entrega de dicha copia al oferente solicitante.
3. En caso de la convocante opte por la notificación física a los oferentes participantes, deberá realizarse únicamente con el acuse de recibo y en el mismo con expresa mención de haber recibido el informe de evaluación y la resolución de adjudicación.
4. Las cancelaciones o declaraciones desiertas deberán ser notificadas a todos los oferentes, según el procedimiento indicado precedentemente.
5. Las notificaciones realizadas en virtud al contrato, deberán ser por escrito y dirigirse a la dirección indicada en el contrato.
Una vez notificado el resultado del proceso, el oferente tendrá la facultad de solicitar una audiencia a fin de que la convocante explique los fundamentos que motivan su decisión.
La solicitud de audiencia informativa no suspenderá ni interrumpirá el plazo para la interposición de protestas.
La misma deberá ser solicitada dentro de los dos (2) días hábiles siguientes en que el oferente haya tomado conocimiento de los términos del Informe de Evaluación de Ofertas.
La convocante deberá dar respuesta a dicha solicitud dentro de los dos (2) días hábiles de haberla recibido y realizar la audiencia en un plazo que no exceda de dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de respuesta al oferente.
Luego de la notificación de adjudicación, el proveedor deberá presentar en el plazo establecido en las reglamentaciones vigentes, los documentos indicados en el presente apartado.
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2. Documentos. Consorcios |
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