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Datos de la Verificación

Usuario Verificador
rsanchez
Tipo de Verificación
Comunicación de Reparo
Fecha de Solicitud
14-09-2023 - 15:16
Fecha de Fin
14-09-2023 - 15:55
Estado
Retenido

Observaciones

Tema
CONDICIONES EN CUANTO A LA CAPACIDAD FINANCIERA
Sección
Requisitos de Participación y Criterios de Evaluación
Situación
Discrepancia entre criterios y documentos.
Descripción
Se verifica discrepancia entre el criterio establecido y la documentación requerida, se solicita su adecuación.
Comentario
conforme a lo establecido en el SICP en DATOS DEL LLAMADO que el presente proceso no es excluido, se solicita la exclusión de todo termino u criterio que haga relación a ajustes de términos del contrato, considerando lo establecido en el Inc. "f" del Art. 20 de la Ley 2051/03. - conforme el método de selección adoptado por la convocante "SBCC" se solicita la indicación de un criterio de evaluación combinada de la presente licitación. (Reiteracion)

Tema
CONDICIONES EN CUANTO A LA CAPACIDAD FINANCIERA
Sección
Requisitos de Participación y Criterios de Evaluación
Situación
Criterios subjetivos
Descripción
Considerando que el/los criterios establecidos podrian resultar subjetivos, se solicita establecer de forma clara los criterios a ser evaluados con sus respectivos documentos.
Comentario
en la matriz de evaluación, se recomienda replantear el criterio de calificación en base a los años de experiencia y la cantidad de contratos requeridos a fin de evitar confusión. (Reiteración)

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos del SICP
Situación
No cumple con los plazos de difusion el llamado/adenda
Descripción
Atendiendo a la fecha establecida para la presentacion y apertura de ofertas, observamos que no cumple con el plazo minimo de difusion, conforme a la normativas vigentes.
Comentario
conforme a lo establecido en el Art. 6 del documento adjuntado MERCOSUR/CMC/DEC N° 05/08 ANEXO PROCEDIMIENTO PARA LA PUBLICACIÓN DE LAS LICITACIONES INTERNACIONALES

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
Procesos con FF 10 y 30
Descripción
Considerando la fuente de financiamiento del presente proceso licitatorio, se solicita adecuarse a las disposiciones contempladas en la Resolución DNCP 1968/21
Comentario
en relacion a lo establecido en su Art. 2

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre los procedimientos de contratación es meramente formal siendo pasible de análisis mediante los procedimientos jurídicos previstos en la norma (protestas e investigaciones). Consideración Normativa Art.79 y 82 de la LEy N° 2051/03.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución, es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa: Art. 28, 30, 33, 34 inc. c) de la Ley N° 2051/03; Art. 11, 33, 81, 84, 98 del Decreto N° 2992/19; Art. 2, 12, 15 inc. c), 30, 38, 63, 68 de la Res. DNCP N° 5695/19.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo. Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante. Consideración Normativa: Art. 67 de la Res. DNCP N° 5695/19.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del proceso licitatorio, debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación, sujetándose a los criterios de razonabilidad, austeridad y disciplina presupuestaria. Consideración Normativa: Art. 4 inc. a) de la Ley de Contrataciones Públicas del Paraguay N° 2051/03. Res. DNCP N° 1890/20. Res. DNCP N° 1697/20. Art. 15 y 85 del Decreto N° 2992/19.