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Datos de la Verificación

Usuario Verificador
lmgodoy
Tipo de Verificación
Comunicación de Adenda
Fecha de Solicitud
26-09-2024 - 17:01
Fecha de Fin
01-10-2024 - 18:57
Estado
Publicado

Observaciones

Tema
CONDICIONES EN CUANTO A LA CAPACIDAD TECNICA
Sección
Requisitos de Participación y Criterios de Evaluación
Situación
El requisito podria resultar limitante/excluyente
Descripción
Verificado el PBC/Carta de invitación, observamos que el criterio respecto a la capacidad técnica podria resultar limitante/excluyente.
Comentario
En relación al requerimiento " en caso que las documentaciones ( resolución de apertura y registro sanitario) se encuentren vencidas, deberán presentar copia autenticada de la constancia de renovación en trámite, emitida por DINAVISA y/o INAN", podría limitar/ excluir a potenciales oferente ya que una vez vencido el documento emitido por el INAN, al ser suplementos dietarios la institución de referencia ya no puede renovarlo, conforme a las disposiciones legales vigentes debe ser DINAVISA como ente rector.

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos del SICP
Situación
Ampliar tope de consulta
Descripción
Atendiendo a las modificaciones realizadas, se solicIta verificar la pertinencia de ampliar el tope de consultas.
Comentario

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos del SICP
Situación
Lista de precios difiere con las EETT
Descripción
En la Lista de Precios del SICP, solicitamos indicar las Descripciones de los bienes/ servicios requeridos conforme a lo establecido en las Especificaciones Técnicas, a fin de unificar las informaciones.
Comentario
* ítem 1-2-3-4-5-6: lo establecido en la columna "descripción de IPS" no se ajusta en su totalidad a la descripción que le asigna el código de catálogo utilizado, en cuanto a lo establecido en la columna "especificaciones técnicas" corresponde a cada 100 g del al aporte energético del bien y no por formulación cualitativa del mismo. Se consulta a la convocante la unidad de medida establecida (gr) corresponde al aporte energético o la composición cualitativa del bien.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre los procedimientos de contratación es meramente formal siendo pasible de análisis mediante los procedimientos jurídicos previstos en la norma (protestas e investigaciones). Consideración Normativa Art.79 y 82 de la LEy N° 2051/03.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución, es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa: Art. 28, 30, 33, 34 inc. c) de la Ley N° 2051/03; Art. 11, 33, 81, 84, 98 del Decreto N° 2992/19; Art. 2, 12, 15 inc. c), 30, 38, 63, 68 de la Res. DNCP N° 5695/19.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo. Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante. Consideración Normativa: Art. 67 de la Res. DNCP N° 5695/19.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del proceso licitatorio, debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación, sujetándose a los criterios de razonabilidad, austeridad y disciplina presupuestaria. Consideración Normativa: Art. 4 inc. a) de la Ley de Contrataciones Públicas del Paraguay N° 2051/03. Res. DNCP N° 1890/20. Res. DNCP N° 1697/20. Art. 15 y 85 del Decreto N° 2992/19.