Consideraciones generales

Considerando la complejidad técnica del servicio del seguro, para llevar a cabo de manera eficaz la contratación del mismo, la convocante deberá tomar las medidas necesarias para contar con una política de administración del riesgo y conocer básicamente los riesgos a asegurar. Deberá abarcar como mínimo, una descripción clara de los bienes, personas y locales.

La cobertura tiene como objetivo proporcionar suficiente información para que los oferentes puedan preparar sus ofertas eficientemente y con precisión. La lista de precios que se constituye en un anexo del formulario de ofertas, y éste último, deberán ser descargados del SICP, formando ambos un solo documento.

Los plazos deberán ser previstos cuidadosamente, teniendo en cuenta que la fecha y hora establecidas determinarán el momento desde el cual empiezan las obligaciones del asegurador.

Las coberturas licitadas deberán establecerse por lotes o ítems. Excepcionalmente, si la convocante adoptara el sistema de adjudicación por el total, ésta deberá contar con una justificación donde se exponga las razones de la conveniencia de adoptar dicho sistema.

La convocante deberá incluir en esta sección, mínimamente, información acerca de:

  1. Los riesgos a asegurar, incluyendo una descripción clara de los bienes, personas y/o locales, que serán asegurados y de las demás medidas de seguridad con que cuentan para mitigar los riesgos;
  2. El monto del capital o de los capitales a ser asegurados;
  3. La vigencia de cobertura solicitada (se determinará desde una fecha y hora de inicio hasta una fecha y hora de finalización).
  4. Tipo de cobertura que requiere (en cuanto corresponda a prorrata, o a primer riesgo absoluto).
  5. Base ocurrencia o base reclamo (en éste último caso se debe definir claramente el periodo de retroactividad de todo el contrato o de cada cobertura si es el caso).
  6. Formas de coparticipación que ofrece: limites globales de cobertura, franquicias, carencias, exclusiones toleradas.

Las pólizas emitidas por la adjudicada, deberán incluir una cláusula que rezará cuanto sigue: “La cobertura de la póliza se regirá conforme a la carta de invitación y puntualmente a las especificaciones técnicas establecidas en la misma. En caso de diferencias con las estipulaciones establecidas en la póliza, endosos u otros instrumentos de cobertura emitidos por la aseguradora, prevalecerá lo establecido en la carta de invitación”.

La inserción de dicha cláusula se funda en lo establecido en los Arts. 669, 674, 715 y 1555 del Código Civil Paraguayo, el que establece la posibilidad de acordar condiciones particulares en los contratos.

Capital de cobertura

Capital de cobertura

  1. CAPITAL DE COBERTURA
 

MARCA

TIPO

AÑO

CHASSIS

COBERTURA

LOGO

CHAPA N°

VALOR DEL BIEN

CODIGO PATRIMONIAL

1

Mitsubishi

L200

2011

93XHNK74OCCB83750

Contra todo riesgo

1406

BHU 703

159.990.000

10.26.01.2162

2

Renault

Clío

2010

8A1BBVO5BL563237

Contra todo riesgo

1329

EAF 755

64.665.000

10.26.01.3429

3

Nissan

Frontier

2012

JN1CJUD22Z0115316

Contra todo riesgo

1389

EAG 534

158.000.000

10.26.01.1796

4

Isuzu

D-Max

2015

MPATFS85JFT000238

Contra todo riesgo

1446

EAJ 163

180.000.000

10.26.01.4963

5

Hyundai

H 1

2010

KMJWA37HABU272652

Contra todo riesgo

1385

BFT 524

160.000.000

10.26.01.1812

6

Nissan

Frontier

2018

3N6CD33B6ZK400437

Contra todo riesgo

1497

HFX 684

215.000.000

10.26.01.7266

7

Nissan

Frontier

2019

3N6CD33B1ZK410440

Contra todo riesgo

1500

AACO 837

220.000.000

10.26.01.7643

8

Nissan

Frontier

2019

N6CD33B0ZK410378

Contra todo riesgo

1501

AACO 840

220.000.000

10.26.01.7644

9

Nissan

Frontier

2019

3N6CD33B0ZK410431

Contra todo riesgo

1502

AACO 838

220.000.000

10.26.01.7645

10

Nissan

Patrol

2010

JN1TCSY61Z0576646

Contra todo riesgo

1431

PKH 210

100.000.000

10.26.01.3607

  1. 1.1 PLAZO DE COBERTURA

1. PLAZO DE COBERTURA SOLICITADA PARA LOS AÑOS  2023/2024

2. ITEM 1 AL 10: AGOSTO 2023 A JULIO 2024

  1. 1.2 RIESGOS A CUBRIR PARA TODOS LOS VEHÍCULOS

 

ESPECIFICACIONES TÉCNICAS MÍNIMAS REQUERIDAS

PRESENTACIÓN

COBERTURA DEL VEHÍCULO

ROBO Y/O HURTO El Asegurador se obligará a indemnizar el 100% del valor de la suma asegurada por la pérdida total por robo y/o hurto del vehículo, objeto de este seguro o el de sus partes componentes y accesorios incluidos. La cobertura incluye: los daños causados al vehículo asegurado como consecuencia del robo o su tentativa, o mientras se encuentre en poder de extraños por el robo del mismo debidamente comprobado mediante la denuncia formulada ante la autoridad policial.-

Por evento

INCENDIO Y ACCIDENTES: El Asegurador se obligará a indemnizar hasta el 100% del valor de la suma asegurada por lapérdida o daño parcial y total del vehículo, daños materiales parciales y totales ocasionados al vehículo por la acción directa o indirecta del fuego, ignición, explosión, rayo, granizo, vuelco, despeñamiento, inmersión, roce, choque de o con otros vehículos, personas, animales o cualquier otro agente externo y ajeno al mismo vehículo, mientras circule, sea transportado o este estacionado en la vía pública, garaje, taller, deposito u otros lugares apropiados en cualquier punto de la República del Paraguay.

Por evento

DAÑOS POR TUMULTO Y/O ALBOROTO POPULAR Y/O HUELGA: 100% del valor del daño ocasionado

Por evento

Robo de accesorios como ser radio, antena, aire acondicionado, paragolpes delantero y/o trasero, reflectores, tira tráiler, molinete, polarizados.

Por evento

DAÑOS A ACCESORIOS POR ACCIDENTE

Radio, antena

Por evento

Aire acondicionado, paragolpes delantero y/o trasero, reflectores, tira tráiler, molinete, polarizados. 100% del valor del daño ocasionado

Por evento

RESPONSABILIDAD CIVIL

El Asegurador deberá indemnizar a terceras personas en el caso de sufrir lesiones corporales, invalidez total o parcial o muerte, como consecuencia de un accidente que involucre al vehículo asegurado.

Por evento Gs.

50.000.000 por

persona.

Daños a cosas de terceros.

Por evento Por el

valor del daño

causado.

Cobertura de Gastos médicos para cada persona

Hasta Gs.

10.000.000 cada

uno

OCUPANTES DEL VEHÍCULO ASEGURADO.

El Asegurador deberá indemnizar a los ocupantes del vehículo asegurado hasta un máximo de 5 (cinco) personas en el caso de sufrir lesiones corporales, invalidez total o parcial o muerte, como consecuencia de un accidente que involucre al vehículo asegurado.

Por evento Gs.

50.000.000 por

cada ocupante.

Cobertura de Gastos médicos de hasta máximo 5 (cinco) ocupantes.

Por evento.

Muerte o invalidez por Robo y/o Asalto para 5 (cinco) ocupantes.

Por evento Gs.

50.000.000 por

cada ocupante.

Incapacidad permanente por cada ocupante.

Por evento Gs.

50.000.000 por

cada ocupante.

DEMAS COBERTURAS REQUERIDAS

Asistencia mecánica con grúa y cerrajería para cada vehículo por cada evento solicitado.

Por evento.

Contra fenómenos naturales, incluye granizos y raudales

Por evento.

Grúa a cualquier parte del país sin costo adicional por cualquier motivo al solo requerimiento de la convocante, sin restricción de kilometraje 24 hs.

Por evento.

Asistencia de ambulancia para accidentes de los ocupantes del vehículo de máximo 5 (cinco) ocupantes.

Por evento.

Asistencia de ambulancia para accidentes ocasionados a terceras personas.

Por evento.

Asesoramiento legal en siniestros por cada evento.

Por evento.

Cobertura jurídica por cada evento.

Por evento.

Rastreo satelital.

Por cada

vehículo.

Especificar otras coberturas ofrecidas.

Por cada

vehículo.

1.3-ESPECIFICACIONES DE LA COBERTURA

VALORES A RIESGO:

  • Casco: Incendio, Accidente y Robo

Incendio y Accidentes:  El asegurador se obligará a indemnizar hasta el 100 % del valor de la suma asegurada por la pérdida o daño parcial y total del vehículo, daños materiales parciales o totales ocasionados al vehículo por la acción directa o indirecta del fuego, ignición, explosión, rayo, vuelco, daños por temporales y/o granizo, despeñamiento, inmersión, roce, choque de/o con otros vehículos, personas, animales o

cualquier otro agente externo y ajeno al mismo vehículo, mientras circule, sea transportado o esté estacionado en la vía pública, garaje, taller, depósito u otros lugares apropiados en cualquier punto de la República del Paraguay.

Robo y/O HURTO:  El asegurador se obligará a indemnizar el 100 % del valor de la suma asegurada por la pérdida total por robo y/o hurto del vehículo, objeto de éste seguro o el de sus partes componentes y accesorios incluidos. La cobertura incluye: los daños causados al vehículo asegurado como consecuencia del robo o su tentativa, o mientras se encuentre en poder de extraños por el robo del mismo debidamente comprobado mediante denuncia formulada ante la autoridad policial.

Daños por tumulto y/o alboroto popular y/o huelga:  cuando éstos hayan sido causados directamente por personas que tomen parte de un tumulto, alboroto popular o huelga que, revista tales caracteres, como así también por personas que tomen parte en disturbios obreros o por la acción de cualquier autoridad legalmente constituida para reprimir o defenderse de cualquiera de éstos hechos.

Daño de los accesorios:  Los accesorios como ser: radio, antena y aire acondicionado:

Radio y Antena: Gs. 10.000.000 (guaraníes diez millones); Aire Acondicionado: Gs. 5.000.000(guaraníes cinco millones).

LA COBERTURA DEBE INCLUIR:

  • Cobertura cualquier conductor,
  • Carta Verde sin costo,
  • Carta RC Carretero Internacional - Accidente a Pasajero (sin costo).
  • Cobertura sin franquicias.
  • Servicio Grúa sin límite a nivel nacional (accidente y desperfectos mecánicos), ambulancia para todos los ocupantes del vehículo, sin costo.

OBSERVACIONES:

  • La Carta Verde será solicitada por la convocante cuando así sea requerido y la vigencia de la misma será conforme al plazo del viaje al extranjero del vehículo. En ningún caso la vigencia de esta carta podrá ser mayor al plazo de vigencia de la póliza del vehículo.
  • La Carta RC Carretero Internacional - Accidente a Pasajero será solicitada por la convocante cuando sea requerido un viaje internacional de uno de los vehículos detallados. La vigencia de la misma será conforme al plazo del viaje al extranjero del vehículo. En ningún caso la vigencia de esta carta podrá ser mayor al plazo de vigencia de la póliza del vehículo.
  • Los vehículos siniestrados deberán ser entregados dentro de los treinta días hábiles en que el vehículo se encuentre a disposición de la Aseguradora para su reparación. La reposición del logotipo es considerada como un objeto del contrato;
  • En caso de siniestro o robo total del vehículo, el asegurador deberá indemnizar al tomador, con otra unidad de idénticas características, quedando a cargo exclusivo del asegurador los pagos de gastos transferencia y otros accesorios necesarios al efecto.

ACCIDENTES PERSONALES (O.V.P.)

El asegurador deberá indemnizar en el caso de que los ocupantes (Conductor y Acompañantes) del vehículo asegurado que sufran lesiones corporales, invalidez total o parcial o muerte, como consecuencia de un accidente que involucre al vehículo asegurado. A los efectos de ésta cobertura se entiende por:

Ocupante: es la persona física que viaja transportada, en los lugares habilitados reglamentariamente para la ubicación del chofer y acompañantes, en el vehículo automotor.

Accidente: se considera accidente cubierto a todo vuelco, despeñamiento o inmersión, incendio, roce o choque con otros vehículos, personas, animales o por la acción repentina de cualquier otro agente externo, que involucre al vehículo, mientras circule, sea transportado o esté estacionado en la vía pública, garaje, taller, depósito u otros lugares apropiados en cualquier punto de la República del Paraguay.

En caso de muerte por accidente y por robo, invalidez y Asistencia Médica, se tendrá.

SERVICIOS REQUERIDOS

 

CONDUCTOR

ACOMPAÑANTE (5 ocupantes como mínimo)

MUERTE POR ACCIDENTE DE TRANSITO

Gs.

50.000.000

50.000.000

MUERTE POR ROBO Y/O ASALTO

Gs.

50.000.000

50.000.000

ASISTENCIA MEDICA PARA CADA OCUPANTE HASTA

Gs.

10.000.000

10.000.000

INCAPACIDAD PERMANENTE POR CADA OCUPANTE

Gs.

60.000.000

60.000.000

RESPONSABILIDAD CIVIL:

Por toda indemnización que el asegurado tuviera que pagar en concepto de Daños personales y/o materiales causados a terceros no transportados y ocasionados por el vehículo asegurado o por la carga transportada por el mismo vehículo y de acuerdo a lo siguiente:

a. Por la indemnización en concepto de lesiones corporales o muerte de una persona.

b. Por la indemnización en concepto de lesiones corporales o muerte a dos o más personas.

c. Por toda indemnización en concepto de daños o roturas causados a cosas de terceros, ocasionados por el vehículo asegurado, por cada accidente.

 

 

PERSONA ACCIDENTADA

MUERTE POR ACCIDENTE DE TRANSITO

Gs.

35.000.000

INCAPACIDAD PERMANENTE POR CADA PERSONA

Gs.

40.000.000

ASISTENCIA MEDICA PARA CADA PERSONA HASTA

Gs.

15.000.000

DAÑOS A COSAS DE TERCEROS

100% de indemnización

PORCENTAJES DE INDEMNIZACIÓN PARA ACCIDENTES PERSONALES Y RESPONSABILIDAD CIVIL

- Muerte o incapacidad total de por vida-Físico o mental: 100%

- Pérdida de ambas manos o ambos pies o la vista de ambos ojos: 100%

- Pérdida de una mano o de un pie y la vista de un ojo: 100%

- Pérdida total de la audición de ambos oídos: 80%

- Pérdida total de una mano o de un pie: 80%

- Pérdida total de un sentido o un órgano no especificado: 50%

- Pérdida total de la vista de un ojo: 50%

- Deformación del rostro: 50%

- Debilitamiento permanente de un órgano o de un sentido no especificado: 50%

- Pérdida total del pulgar y del índice de cualquiera de las manos: 50%

- Pérdida total del pulgar de cualquiera de las manos: 50%

- Pérdida total de cualquiera de los demás dedos de las manos: 30%

- Pérdida total de cualquiera de los dedos de un pie: 30%

Por pérdida total: se entiende aquella que tiene lugar por la amputación o por la inhabilitación funcional total y definitiva del miembro u órgano lesionado.

La pérdida parcial de los miembros u órganos será indemnizada en proporción a la reducción definitiva de la respectiva capacidad funcional.

Con la pérdida parcial de los miembros u órganos, se sumarán los porcentajes correspondientes a cada miembro u órgano perdido, sin que la indemnización total pueda exceder el 100% de la indemnización máxima.

Para otros casos de incapacidad no previstos en lo mencionado anteriormente, será establecido según diagnóstico médico.

El asegurador se hará cargo de los gastos médicos, farmacéuticos y hospitalarios incurridos o debidos por el asegurado, realizados para la curación de las heridas o lesiones sufridas por el (los) ocupantes(s) como consecuencia de algún daño cubierto, hasta el límite de la suma asegurada para asistencia médica.

Observación: Los vehículos siniestrados deberán ser entregados dentro de los 30 (treinta) días hábiles en que el vehículo se encuentre a disposición de la Aseguradora para su reparación. La reposición del Logotipo es considerada como objeto del Contrato.

En caso de siniestro o robo total del vehículo, el asegurador deberá indemnizar al tomador, con otra unidad de idénticas característica.

SERVICIOS ADICIONALES:

Sistema de seguridad: inmovilizador, triangulación celular, incluyendo instalación y funcionamiento con radio de cobertura nacional (a partir de la firma del contrato), Rastreo satelital (GPS) durante la vigencia de la Póliza.

La empresa aseguradora adjudicada proveerá e instalará en cada vehículo los módulos de GPS y equipos necesarios para el servicio de rastreo satelital durante la vigencia de la Póliza de Seguros.

Los módulos GPS permitirán obtener la ubicación exacta y en tiempo real de cada vehículo, además de permitir visualizar el histórico del trayecto recorrido por cada vehículo.

El Área de Transporte del MAG, indicará los vehículos en los cuales serán instalados los módulos de GPS.

Servicio de grúa las veinte y cuatro (24) horas, siete (7) días a la semana, inclusive en días feriados, con cobertura nacional. La grúa deberá acudir hasta el lugar donde se encuentre el vehículo a ser transportado como máximo en tres (3) horas luego de realizado el reclamo.

Servicio de auxilio (mecánica ligera): acople de batería, cambio de cubiertas, reposición de combustible. Los reclamos deberán ser atendidos como máximo hasta dos (2) horas después de realizada el reclamo.

Ambulancia 24 horas o los reembolsos por los servicios de ambulancia Asesoría legal en siniestros.

FRANQUICIA

Las empresas deberán presentar su oferta sin franquicia y a primer riesgo absoluto para el conjunto de bienes a ser asegurados.

ADQUISICIÓN Y VENTA DE VEHICULOS

En caso de que se adquieran vehículos por parte de la DINCAP, durante la vigencia de la presente Póliza de Seguros, la firma aseguradora deberá aplicar la misma tasa de la Póliza vigente que será calculada a prorrata temporis a cada vehículo adquirido, manteniendo las mismas coberturas de los demás vehículos asegurados, para su pago por parte de la DINCAP y proceder a un ENDOSO a la Póliza Vigente.

Las modificaciones serán realizadas conforme a lo previsto en la cláusula 15 de las Condiciones Contractuales, es decir, considerando los lineamientos del art. 63 de la Ley N° 2051/03.

Si la DINCAP vendiese vehículos, la Aseguradora contratada, procederá a la devolución de lo ya abonado por la DINCAP por estos vehículos, calculando el monto desde la fecha de comunicación de la institución por la venta, nota mediante, hasta la finalización de la vigencia de la póliza.

Es decir, la devolución será realizada por el importe no devengado.

PLAZO DE ENTRAGA DE LOS CERTIFICADOS O POLIZAS DE SEGUROS:

POLIZA DE VEHICULOS: Se aceptará Certificado de Cobertura el cual deberá ser entregado dentro de los 2 (dos) días hábiles posteriores a la emisión de la Orden de Servicio. El certificado de cobertura deberá ser remplazado por la póliza original de seguro dentro de los 10 días hábiles de la emisión de la Orden de Servicio. La póliza deberá ser entregada al Departamento Administrativo de la DINCAP. La póliza deberá detallar el listado de bienes a asegurar.

En el caso de que al momento de la emisión del Certificado de Cobertura o Póliza de Seguros la DINCAP ya no cuente con cobertura de seguro vigente la fecha de entrada de vigencia de la cobertura será la fecha de la emisión de la Orden de Servicio. En el caso de que al momento de la emisión del Certificado de Cobertura o la Póliza de Seguros la DINCAP aun cuente con Pólizas vigentes por los mismos servicios, el Administrador del Contrato se encargará de establecer el inicio de la vigencia de la cobertura la cual será siempre de 12 (doce) meses.

La no entrega o entrega tardía de las pólizas por el/los oferente/s adjudicado/s en los plazos establecidos dará lugar a la aplicación de las penalidades establecidas en el contrato.

PLAZO PARA ABONAR INDEMNIZACIÓN

En caso de siniestro, el/los proveedor /res adjudicado/s deberá/n abonar las indemnizaciones respectivas dentro de los plazos establecidos en el capítulo que regula los Seguros en general del Código Civil Paraguayo.

 

Resumen de los requisitos

Las aseguradoras deberán cumplir con las siguientes normas:

No. de Artículo

 

Normas

CAPITULO XXIV DEL OCNTRATO DE SEGURO
 
Código Civil Paraguayo
En su Totalidad Ley 2051/03

 

 

Identificación de la unidad solicitante y justificaciones

* Identificar el nombre, cargo y la dependencia de la Institución de quien solicita el llamado a ser publicado: Departamento Administrativo de  la DINCAP . La presente  licitación afecta a  las distintas dependencias de está  institución, pues el objetivo es contratar seguro de vehículos que forman parte del patrimonio de esta entidad.

* Justificar la necesidad que se pretende satisfacer mediante la contratación a ser realizada: La    Institución    busca    dar cobertura    de    seguro    a    los    vehículos    que    forman    parte    del    parque      automotor    institucional,  considerando    la    utilización    de    los mismos  para  las  comisiones  de  servicio  para  traslado  de  funcionarios  y  autoridades  en zona  metropolitana  como  el  interior  del país,    y    la    importancia    de    contar    con    una    cobertura    de    seguro    contra    eventuales  siniestros  que  pudieran  presentarse  en  el transcurso de la comisión.

La cobertura de seguro abarcaría:
. Daños por accidente del vehículo asegurado.
· Daños por tumulto, alboroto popular y/o huelga

· Daños por fenómenos naturales al vehículo asegurado.
· Incendio del vehículo asegurado.
· Robo total del vehículo.
· Lesiones y/o muerte de personas
· Daños a cosas de terceros
· Invalidez Permanente
· Gastos Médicos
· Servicios de grúa 24 horas.
· Ambulancia 24 horas
· Sistema GPS de rastreo satelital para todos los vehículos

  • Justificar la planificación. (si se trata de un llamado periódico o sucesivo, o si el mismo responde a una necesidad temporal): es un servicio anual, teniendo en cuenta que las coberturas de las pólizas serán de 365 días contados a partir de la formalización de los contratos respectivos, por lo que la necesidad es periódica.
  • Justificar las especificaciones técnicas establecidas: las especificaciones    técnicas    establecidas,    se    ajustan    al    parque    automotor
    institucional    actual,    teniendo    en    cuenta    la marca,   modelo,    año    y    el    valor    de    cada    vehículo  acorde    a    los montos  establecidos  para  las coberturas, conforme a los créditos presupuestarios disponibles para la contratación.

Inspecciones y Pruebas

Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:

 

No aplica

Planos o diseños

Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:

 

NO APLICA

Capacitación

La aseguradora que haya ganado la licitación, dentro del plazo de 30 días corridos desde la emisión de la póliza, deberá realizar una capacitación al área encargada de gestionar el contrato de seguros, explicando de qué se trata el riesgo cubierto, las cargas del asegurado, medios de comunicaciones aplicados para la agravación del riesgo y la denuncia del siniestro, plazos legales y condiciones contractuales establecidos por las partes.

Esta capacitación deberá realizarse en el lugar indicado por la convocante, tener una duración de entre 40 a 120 minutos (De una a tres horas cátedras) y al finalizar quedará constancia de ella en un documento comprobatorio (Acta o certificado y lista de asistencia).

Indicadores de cumplimiento de contrato

El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:

Planificación de indicadores de cumplimiento:

INDICADOR

TIPO

FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA (se indica la fecha que debe presentar según el PBC)

Nota de Remisión del Certificado de Cobertura Nota de
Remisión
Dentro de los dos (2) días hábiles posteriores a la emisión de la Orden
de Servicio

Nota de Remisión de las Pólizas

Nota de
Remisión
Dentro de los díez (10) días hábiles posteriores a la emisión de la
Orden de Servicio.

Criterios de Adjudicación

La convocante adjudicará el contrato al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de la carta de invitación, siempre y cuando la convocante determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente.

1. La adjudicación en los procesos de contratación en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, se efectuará por las cantidades o montos máximos solicitados en el llamado, sin que ello implique obligación de la convocante de requerir la provisión de esa cantidad o monto durante de la vigencia del contrato, obligándose sí respecto de las cantidades o montos mínimos establecidos.

2. En caso de que la convocante no haya adquirido la cantidad o monto mínimo establecido, deberá consultar al proveedor si desea ampliarlo para el siguiente ejercicio fiscal, hasta cumplir el mínimo.

3.Al momento de adjudicar el contrato, la convocante se reserva el derecho a disminuir la cantidad requerida, por razones de disponibilidad presupuestaria u otras razones debidamente justificadas. Estas variaciones no podrán alterar los precios unitarios u otros términos y condiciones de la oferta y de los documentos de la licitación.

En aquellos llamados en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, cuando la convocante deba disminuir cantidades o montos a ser adjudicados, no podrá modificar el monto o las cantidades mínimas establecidas en las bases de la contratación.

Notificaciones

La comunicación de la adjudicación a los oferentes será como sigue:

1. Dentro de los cinco (5) días corridos de haberse resuelto la adjudicación, la convocante comunicará a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, copia del informe de evaluación y del acto administrativo de adjudicación, los cuales serán puestos a disposición pública en el referido sistema. Adicionalmente el sistema generará una notificación a los oferentes por los medios remotos de comunicación electrónica pertinentes, la cual será reglamentada por la DNCP.

2. En sustitución de la notificación a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, las convocantes podrán dar a conocer la adjudicación por cédula de notificación a cada uno de los oferentes, acompañados de la copia íntegra del acto administrativo y del informe de evaluación. La no entrega del informe en ocasión de la notificación, suspende el plazo para formular protestas hasta tanto la convocante haga entrega de dicha copia al oferente solicitante.

3. En caso de la convocante opte por la notificación física a los oferentes participantes, deberá realizarse únicamente con el acuse de recibo y en el mismo con expresa mención de haber recibido el informe de evaluación y la resolución de adjudicación.

4. Las cancelaciones o declaraciones desiertas deberán ser notificadas a todos los oferentes, según el procedimiento indicado precedentemente.

5. Las notificaciones realizadas en virtud al contrato, deberán ser por escrito y dirigirse a la dirección indicada en el contrato.

Audiencia Informativa

Una vez notificado el resultado del proceso, el oferente tendrá la facultad de solicitar una audiencia a fin de que la convocante explique los fundamentos que motivan su decisión.

La solicitud de audiencia informativa no suspenderá ni interrumpirá el plazo para la interposición de protestas.

La misma deberá ser solicitada dentro de los dos (2) días hábiles siguientes en que el oferente haya tomado conocimiento de los términos del Informe de Evaluación de Ofertas.

La convocante deberá dar respuesta a dicha solicitud dentro de los dos (2) días hábiles de haberla recibido y realizar la audiencia en un plazo que no exceda de dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de respuesta al oferente.

Documentación a presentar acompañando la póliza emitida

Luego de la notificación de adjudicación, el proveedor deberá presentar en el plazo establecido en las reglamentaciones vigentes, los documentos indicados en el presente apartado.

 

  1. Personas Físicas / Jurídicas
  • Certificado de no encontrarse en quiebra o en convocatoria de acreedores expedido por la Dirección General de Registros Públicos;
  • Certificado de no hallarse en interdicción judicial expedido por la Dirección General de Registros Públicos;
  • Constancia de no adeudar aporte obrero patronal expedida por el Instituto de Previsión Social;
  • Certificado laboral vigente expedido por la Dirección de Obrero Patronal dependiente del Viceministerio de Trabajo, siempre que el sujeto esté obligado a contar con el mismo de conformidad a la reglamentación pertinente - CPS
  • En el caso que suscriba el contrato otra persona en su representación, acompañar poder suficiente del apoderado para asumir todas las obligaciones emergentes del contrato hasta su terminación.
  • Certificado de cumplimiento tributario vigente a la emisión de la póliza.

       2. Documentos. Empresas coaseguradoras.

  • Cada empresa integrante del coaseguro deberá presentar los documentos requeridos para oferentes individuales especificados en el apartado precedente.
  • Contrato de coaseguro cumpliendo las disposiciones establecidas en la reglamentación emitida por la Superintendencia de Seguros relativa a las operaciones en coaseguros. El contrato debe estar formalizado por instrumento privado con certificación de firmas por escribano público.
  • Documentos que acrediten las facultades del firmante del contrato.
  • En el caso que suscriba el contrato otra persona en su representación, acompañar poder suficiente del apoderado para asumir todas las obligaciones emergentes del contrato hasta su terminación.