En el PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES, en la sección de SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TECNICAS, ITEM 9, se solicita:
“Garantia de 24 meses”
Al respecto, se solicita a la Convocante que sea solicitado 12 meses de Garantia, considerando que es el estándar manejado por la mayoría de los fabricantes dentro del mercado, este pedido obedece a la necesidad de replantear el requerimiento original del PBC, pues en sus términos actuales limitaría injusta e innecesariamente la participación de posibles oferentes dentro del presente proceso licitatorio.
Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…”, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”.
En el PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES, en la sección de SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TECNICAS, ITEM 9, se solicita:
“Garantia de 24 meses”
Al respecto, se solicita a la Convocante que sea solicitado 12 meses de Garantia, considerando que es el estándar manejado por la mayoría de los fabricantes dentro del mercado, este pedido obedece a la necesidad de replantear el requerimiento original del PBC, pues en sus términos actuales limitaría injusta e innecesariamente la participación de posibles oferentes dentro del presente proceso licitatorio.
Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…”, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”.
Las especificaciones se han basado en los requerimientos de la Institución, favor atenerse a lo solicitado en el Pliego de Bases y Condiciones.
32
/* Especificaciones Técnicas
En el PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES, en la sección de SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TECNICAS, ITEM 10, se solicita:
“Garantia de 24 meses”
Al respecto, se solicita a la Convocante que sea solicitado 12 meses de Garantia, considerando que es el estándar manejado por la mayoría de los fabricantes dentro del mercado, este pedido obedece a la necesidad de replantear el requerimiento original del PBC, pues en sus términos actuales limitaría injusta e innecesariamente la participación de posibles oferentes dentro del presente proceso licitatorio.
Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…”, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”.
En el PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES, en la sección de SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TECNICAS, ITEM 10, se solicita:
“Garantia de 24 meses”
Al respecto, se solicita a la Convocante que sea solicitado 12 meses de Garantia, considerando que es el estándar manejado por la mayoría de los fabricantes dentro del mercado, este pedido obedece a la necesidad de replantear el requerimiento original del PBC, pues en sus términos actuales limitaría injusta e innecesariamente la participación de posibles oferentes dentro del presente proceso licitatorio.
Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…”, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”.
Las especificaciones se han basado en los requerimientos de la Institución, favor atenerse a lo solicitado en el Pliego de Bases y Condiciones.
33
/* Especificaciones Técnicas
En el PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES, en la sección de SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TECNICAS, ITEM 11, se solicita:
“Garantia de 24 meses”
Al respecto, se solicita a la Convocante que sea solicitado 12 meses de Garantia, considerando que es el estándar manejado por la mayoría de los fabricantes dentro del mercado, este pedido obedece a la necesidad de replantear el requerimiento original del PBC, pues en sus términos actuales limitaría injusta e innecesariamente la participación de posibles oferentes dentro del presente proceso licitatorio.
Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…”, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”.
En el PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES, en la sección de SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TECNICAS, ITEM 11, se solicita:
“Garantia de 24 meses”
Al respecto, se solicita a la Convocante que sea solicitado 12 meses de Garantia, considerando que es el estándar manejado por la mayoría de los fabricantes dentro del mercado, este pedido obedece a la necesidad de replantear el requerimiento original del PBC, pues en sus términos actuales limitaría injusta e innecesariamente la participación de posibles oferentes dentro del presente proceso licitatorio.
Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…”, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”.
Las especificaciones se han basado en los requerimientos de la Institución, favor atenerse a lo solicitado en el Pliego de Bases y Condiciones.
34
/* Especificaciones Técnicas
En el PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES, en la sección de SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TECNICAS, ITEM 6, se solicita:
“Garantia de 24 meses”
Al respecto, se solicita a la Convocante que sea solicitado 12 meses de Garantia, considerando que es el estándar manejado por la mayoría de los fabricantes dentro del mercado, este pedido obedece a la necesidad de replantear el requerimiento original del PBC, pues en sus términos actuales limitaría injusta e innecesariamente la participación de posibles oferentes dentro del presente proceso licitatorio.
Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…”, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”.
En el PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES, en la sección de SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TECNICAS, ITEM 6, se solicita:
“Garantia de 24 meses”
Al respecto, se solicita a la Convocante que sea solicitado 12 meses de Garantia, considerando que es el estándar manejado por la mayoría de los fabricantes dentro del mercado, este pedido obedece a la necesidad de replantear el requerimiento original del PBC, pues en sus términos actuales limitaría injusta e innecesariamente la participación de posibles oferentes dentro del presente proceso licitatorio.
Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…”, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”.
Las especificaciones se han basado en los requerimientos de la Institución, favor atenerse a lo solicitado en el Pliego de Bases y Condiciones.
36
Plan de Entrega de Bienes
Por medio de la presente, le solicitamos respetuosamente a la convocante, considerar extender el plazo de entrega de los bienes. Los mismos representan cantidades significativas, que requieren una descripción específica, lo cual nos obliga a incurrir a importaciones.
Entendemos que la plazos fueron establecida a corde a sus necesidades, un plazo más extenso, nos tomamos la libertada de sugerir 90 días, nos permitiría cumplir mejor con las exigencias contractuales y evitar posibles retrasos o inconvenientes durante el proceso de adquisición.
Le agradecemos de antemano su consideración sobre esta petición y esperamos poder contar con su apoyo para garantizar el éxito de este proyecto.
Por medio de la presente, le solicitamos respetuosamente a la convocante, considerar extender el plazo de entrega de los bienes. Los mismos representan cantidades significativas, que requieren una descripción específica, lo cual nos obliga a incurrir a importaciones.
Entendemos que la plazos fueron establecida a corde a sus necesidades, un plazo más extenso, nos tomamos la libertada de sugerir 90 días, nos permitiría cumplir mejor con las exigencias contractuales y evitar posibles retrasos o inconvenientes durante el proceso de adquisición.
Le agradecemos de antemano su consideración sobre esta petición y esperamos poder contar con su apoyo para garantizar el éxito de este proyecto.
Por medio de la presente, le solicitamos respetuosamente que considere aceptar equipos portátiles tipo 1 avanzados que utilicen baterías de polímero de litio con tres celdas en lugar de cuatro celdas de ion-litio como mínimo.
Como usted bien sabe, estas baterías ofrecen una carga rápida y una autonomía superior garantizada, según lo verificado en las documentaciones del fabricante. Creemos que esto sería beneficioso para nuestros usuarios, quienes podrían disfrutar de una experiencia más fluida y eficiente al utilizar sus computadoras portátiles.
Le agradecemos de antemano su consideración sobre esta petición y esperamos poder contar con su apoyo para garantizar el éxito de este proyecto.
Por medio de la presente, le solicitamos respetuosamente que considere aceptar equipos portátiles tipo 1 avanzados que utilicen baterías de polímero de litio con tres celdas en lugar de cuatro celdas de ion-litio como mínimo.
Como usted bien sabe, estas baterías ofrecen una carga rápida y una autonomía superior garantizada, según lo verificado en las documentaciones del fabricante. Creemos que esto sería beneficioso para nuestros usuarios, quienes podrían disfrutar de una experiencia más fluida y eficiente al utilizar sus computadoras portátiles.
Le agradecemos de antemano su consideración sobre esta petición y esperamos poder contar con su apoyo para garantizar el éxito de este proyecto.
Las especificaciones se han basado en los requerimientos de la Institución, favor atenerse a lo solicitado en el Pliego de Bases y Condiciones, teniendo en cuenta el dictamen de aprobación del MITIC.
38
En el pliego de bases y condiciones, Porcentaje de multas, indican: 0,50 %
En el pliego de bases y condiciones, Porcentaje de multas, indican:0,50 %
Por medio de la presente, le solicitamos respetuosamente que considere ajustar el porcentaje de multas establecido en el pliego de bases y condiciones. En particular, le pedimos que se ajuste el porcentaje y dejamos como sugerencia de ser posible que sea del 0,05%.
Como usted bien sabe, algunos de los productos solicitados en este contrato son adquiridos vía importación y requeridos específicamente para el proyecto de referencia. Consideramos que el porcentaje de multas propuesto por la convocante podría afectar negativamente en la propuesta financiera.
Le agradecemos de antemano su consideración sobre esta petición y esperamos poder contar con su apoyo para garantizar el éxito de este proyecto.
17-07-2023
26-07-2023
En el pliego de bases y condiciones, Porcentaje de multas, indican: 0,50 %
En el pliego de bases y condiciones, Porcentaje de multas, indican:0,50 %
Por medio de la presente, le solicitamos respetuosamente que considere ajustar el porcentaje de multas establecido en el pliego de bases y condiciones. En particular, le pedimos que se ajuste el porcentaje y dejamos como sugerencia de ser posible que sea del 0,05%.
Como usted bien sabe, algunos de los productos solicitados en este contrato son adquiridos vía importación y requeridos específicamente para el proyecto de referencia. Consideramos que el porcentaje de multas propuesto por la convocante podría afectar negativamente en la propuesta financiera.
Le agradecemos de antemano su consideración sobre esta petición y esperamos poder contar con su apoyo para garantizar el éxito de este proyecto.
solicitamos respetuosamente a la convocante extender el mismo a 60 días, teniendo en cuenta que se trata de una gran cantidad de equipos y el 90% de los proveedores no cuenta con esa cantidad en su stock, especialmente para negocios como la licitación de referencia que solicitan requerimientos específicos, obliga a incurrir en una importación, lo cual está asociado a plazos logísticos y de trámites aduaneros. Y como es de público conocimiento, los problemas que tensionan la guerra actual (Rusia/Ucrania), afectando a la cadena de suministro y de abastecimiento a las grandes marcas en el retraso de la entrega de los productos y teniendo en cuenta que seguimos en época de pandemia COVID 19 sumando así se vea afectada, por lo que se puede incurrir en retrasos que escapan de las manos de los oferentes. De esta forma podrían dar la posibilidad a más oferentes de presentar su oferta en tiempo y forma. A fin de dar cumplimiento al Art. 20, Inciso w, Párrafo 2do., de la Ley 2051/03 de Contrataciones Públicas
solicitamos respetuosamente a la convocante extender el mismo a 60 días, teniendo en cuenta que se trata de una gran cantidad de equipos y el 90% de los proveedores no cuenta con esa cantidad en su stock, especialmente para negocios como la licitación de referencia que solicitan requerimientos específicos, obliga a incurrir en una importación, lo cual está asociado a plazos logísticos y de trámites aduaneros. Y como es de público conocimiento, los problemas que tensionan la guerra actual (Rusia/Ucrania), afectando a la cadena de suministro y de abastecimiento a las grandes marcas en el retraso de la entrega de los productos y teniendo en cuenta que seguimos en época de pandemia COVID 19 sumando así se vea afectada, por lo que se puede incurrir en retrasos que escapan de las manos de los oferentes. De esta forma podrían dar la posibilidad a más oferentes de presentar su oferta en tiempo y forma. A fin de dar cumplimiento al Art. 20, Inciso w, Párrafo 2do., de la Ley 2051/03 de Contrataciones Públicas
Porcentaje de multas, indican:0,50 % Por medio de la presente, le solicitamos respetuosamente que considere ajustar el porcentaje de multas establecido en el pliego de bases y condiciones. En particular, le pedimos que se ajuste el porcentaje y dejamos como sugerencia de ser posible que sea del 0,05%. Como usted bien sabe, algunos de los productos solicitados en este contrato son adquiridos vía importación y requeridos específicamente para el proyecto de referencia.
Porcentaje de multas, indican:0,50 % Por medio de la presente, le solicitamos respetuosamente que considere ajustar el porcentaje de multas establecido en el pliego de bases y condiciones. En particular, le pedimos que se ajuste el porcentaje y dejamos como sugerencia de ser posible que sea del 0,05%. Como usted bien sabe, algunos de los productos solicitados en este contrato son adquiridos vía importación y requeridos específicamente para el proyecto de referencia.