Suministros y Especificaciones técnicas

El Suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos bienes serán suministrados por el Proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el Contrato.

Los bienes suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y cambios.

El Proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la Contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.

Detalle de los productos con las respectivas especificaciones técnicas

Los productos a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:

Descripción de los Bienes ESPECIFICACIONES TECNICAS
1 Carne vacuna en res Como mínimo, deberá ser en res, al gancho, limpia, libre de contusiones, fresca, que presenta color y olor y consistencia característicos, tipo exportación, de novillo, transportado en vehículos con cámara refrigeradora, manteniendo la cadena de frío, como mínimo 12 hs de reposo posterior al faenamiento, en buen estado de conservación. Parte comestible de los músculos de bovinos declarados aptos. Si contiene grasa que ésta presente color blanco nacarado o blanco cremoso y olor fresco. De escasa gordura, además deberá cumplir las disposiciones técnicas y legales establecidas por el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Animal-SENACSA, las remisiones de los productos cárnicos realizadas, deberán estar acompañadas de una Copia del Certificado de Habilitación de la Frigorífica correspondiente y para la entrega del producto. Los cortes de media res, deberán tener un kilaje mayor a 170 kilos.
El transporte deberá ser en vagones, camiones o carros cerrados, forrados con materiales adecuados destinados exclusivamente a este objeto, los que en todo momento deben encontrarse en perfectas condiciones de higiene y seguridad, refrigerados temperatura entre 2º a 4° C, habilitado con N° SENACSA y acompañado con el certificado Sanitario de Origen.
2 Carne de cerdo en res Como mínimo, deberá ser en res al gancho con un peso mínimo de 80kg, limpia, libre de contusiones, sin tocino, fresca, que presenta color y olor y consistencia característicos, tipo exportación, de escasa gordura, si contiene grasa que está presente color y olor fresco, manteniendo la cadena de frío, como mínimo 12 hs. de reposo posterior al faenamiento, en buen estado de conservación. Parte comestible de los músculos de bovinos declarados aptos por SENACSA. El transporte deberá ser en vagones, camiones o carros cerrados, forrados con materiales adecuados destinados exclusivamente a este objeto, los que en todo momento deben encontrarse en perfectas condiciones de higiene y seguridad, refrigerados temperatura no superior a 4° C, habilitado con N° SENACSA y acompañado con el certificado Sanitario de Origen.
3 Pollo entero sin menudencia Como mínimo, será limpio, libre de contusiones, fresco, que presente color blanco, ligeramente amarillento, de consistencia firme, músculos netamente diferenciados, olor característico, sin menudencias. Si contiene grasa, que ésta presente color y olor fresco. La presentación deberá ser en bolsa de 15 kilos como minimo, conteniendo una cantidad de no mayor a 6 pollos. Tamaño uniforme. Rótulo: Nombre del establecimiento, en bolsas selladas de origen limpias, con fecha de vencimiento no inferior a 10 días en el momento de la recepción, nombre del establecimiento y R.E., R.S.P.A. y SENACSA del establecimiento vigente.
El transporte deberá ser en vagones, camiones o carros cerrados, forrados con materiales adecuados destinados exclusivamente a este objeto, los que en todo momento deben encontrarse en perfectas condiciones de higiene y seguridad, refrigerados temperatura no superior a 4° C, habilitado con N° SENACSA y acompañado con el certificado Sanitario de Origen.
4 Cebolla Enteros, sanos, limpios, en perfecto estado de conservación. Con piel firme, seco, turgentes, pesados. Bien formadas y desarrolladas, peso mínimo 200gr cada uno, de primera calidad, preferentemente de producción nacional, deberá estar exenta de brotes, envasado en redecillas de plástico.
Deberá ser transportado en vagones, camiones, carros o contenedores cerrados, frescos, limpios, en condiciones de higiene y al abrigo de la luz solar directa. Como mínimo
5 Tomate Tipo perita, enteros, sanos, limpios, en perfecto estado de conservación, firme, seco, turgentes, pesados. Bien formadas y desarrolladas con un tamaño adecuado mediano con un peso mínimo de 200gr cada uno, maduración aproximada de 80%, con color uniforme y sin tumores ni insectos, preferentemente de producción nacional, envasado en  cajas Deberá ser transportado en vagones, camiones, carros o contenedores cerrados, frescos, limpios, en condiciones de higiene y al abrigo de la luz solar directa, como mínimo.
6 Locote Enteros, sanos, limpios, en perfecto estado de conservación. Firme, seco, turgentes, peso minino de 120 gramos cada uno, de color verde o rojo, bien formadas y desarrolladas con un tamaño adecuado  mediano. No muy maduros, preferentemente de producción nacional, de color verde o rojo con una maduración aproximada del 70 %, envasado en redecillas de plástico. 
Deberá ser transportado en vagones, camiones, carros o contenedores cerrados, frescos, limpios, en condiciones de higiene y al abrigo de la luz solar directa. Como mínimo
7 Zanahoria Sanas, limpias, libres de tierras adheridas, turgentes, de buen color, bien formadas y desarrolladas con un tamaño adecuado mediano, peso mínimo de 200 gramos cada uno, en perfecto estado de conservación, sin brotes, mantenidos en lugar fresco, seco, aireados y al abrigo de la luz solar directa, preferentemente de producción nacional, de color uniforme, con una maduración aproximada del 80%, envasados en bolsa arpillera o de plástico, Como mínimo
Deberá ser transportado en vagones, camiones, carros o contenedores cerrados, frescos, limpios, en condiciones de higiene y al abrigo de la luz solar directa. Como mínimo
8 Papa Deberá ser negra, sanas, limpias, razonablemente libres de tierra adherida, turgentes, de buen color, bien formadas y desarrolladas con un tamaño adecuado, peso mínimo de 200 gramos cada uno,  en perfecto estado de conservación, sin brotes, mantenidos en lugar frescos, secos, aireados y al abrigo de la luz solar directa, deberá ser negra, envasado en bolsas de arpillera o yute. Deberá ser transportado en vagones, camiones, carros o contenedores cerrados, frescos, limpios, en condiciones de higiene y al abrigo de la luz solar directa. Como mínimo
9 Banana VER PLANTILLA
10 Naranja Producto maduro, precedente de fructificación de una planta sana; con característica sana, en condiciones de madurez apropiada, bien desarrollada y formada, seca de tamaño uniforme, sin manchas, ni lesiones producidas por insectos, firmes, turgentes, sin golpes, ni machucones, bien coloreadas de acuerdo a la característica de la variedad, en buen estado de higiene, libre de tierra o cualquier residuo adherido a la superficie. Peso mínimo entre 180 gramos a 210 gramos, presentación en bolsas de rejilla de plástico, como mínimo. Deberá ser transportado en vagones, camiones, carros o contenedores cerrados, frescos, limpios, en condiciones de higiene y al abrigo de la luz solar directa, como mínimo.
11 Harina de Trigo 000   La Harina de Trigo enriquecida con Hierro y Vitaminas del tipo tres ceros (000), es el producto obtenido a partir de la molienda gradual y metódica del endospermo del grano de trigo al cual se le ha adicionado vitaminas y minerales.
Como mínimo, el producto deberá ser inocuo y adecuado para el consumo humano, sin sustancias extrañas macro y/o microscópicas. La harina de trigo deberá estar adicionada de hierro y de las vitaminas en los niveles establecidos en la legislación nacional vigente sobre enriquecimiento de harina.
Aspecto: polvo fino.
Color: blanco.
Olor y sabor: característicos, sin sabores, ni olores extraños.
Deberá ser entregado en bolsa de 50 kg y, En los rótulos de los envases individuales deberán estar impresas de forma clara e indeleble las siguientes informaciones como mínimo:
1. Denominación del alimento
2. Peso Neto
3. Datos del Establecimiento elaborador
4. País de origen 
5. Lote
6. Lista de ingredientes
7. Fecha de vencimiento
8. Condiciones de conservación, cuando corresponda
9. Datos del Importador, en caso de productos importados
10. Instrucciones de preparación del alimento cuando corresponda
11. Información Nutricional (en porción de 50 gr: valor energético 195 kcal=819kj; carbohidratos 37 g; proteínas 9,8g; grasas totales 0,8 g; grasas saturadas 0 mg; grasas trans 0 mg; fibra alimentaria 0,1 g; sodio 0 mg; hierro 2,25 mg; niacina 1,74 mg; tiamina 0,25 mg; ácido fólico 150 ug; ribloflavina 0,13mg.
12. Número de registros de producto (RSPA Nº) y establecimiento (RE Nº), otorgados por el INAN, MSP y BS. Se deberá cotizar por kg.
12 Fideos surtido  Con la denominación genérica de Pastas alimenticias o Fideos, se entienden los productos no fermentados obtenidos por el empaste y amasado mecánico de: sémolas o semolín o harina de trigo tipo 000, ricos en gluten o harinas de panificación o por sus mezclas, con agua potable, con o sin la adición de substancias colorantes autorizadas a este fin, con o sin la adición de otros productos alimenticios de uso permitido para esta clase de productos sometidos a un proceso de desecación con posterioridad a su moldeo.
El producto deberá ser inocuo y adecuado para el consumo humano. Se podrá solicitar en distintas variedades: tallarín, cortadito, cintita, espagueti, siendo estas solo enunciativas y no limitativas.
El producto debe responder a sus caracteres normales, sin olores ni sabores extraños, envasado en paquetes limpios, sanos e inviolables, paquetes de polipropileno de 5 kilogramos. Se deberá cotizar por kg
El producto deberá cumplir con los requisitos fisicoquímicos establecidos en las Resoluciones MERCOSUR o en la legislación nacional específica. En ausencia de ambas deberá cumplir con lo establecido en las Normas del Codex Alimentarius y/o Códigos o legislaciones Regionales y/o Norma Paraguaya. 
El alimento deberá cumplir con lo establecido en la Resolución MERCOSUR GMC 26/03 RTM Para Rotulado de Alimentos Envasados y la Resolución MERCOSUR GMC 22/02 RTM Para expresar la Indicación Cuantitativa del Contenido Neto de los Productos Premedidos y con lo establecido en el Decreto Nº 1.635/99 que Reglamenta el art. 175 de la Ley Nº 836/80 Código Sanitario, Resolución GMC 46/03 Para Rotulado Nutricional de Alimentos Envasados y Resolución 47/03 Porciones de Alimentos envasados a los fines del Rotulado Nutricional De acuerdo a las reglamentaciones arriba citadas las etiquetas de los envases deberán estar impresas de forma clara e indeleble, y deberá presentar la siguiente información:
1. Denominación del alimento
2. Peso Neto
3. Datos del Establecimiento elaborador
4. País de origen
5. Lote
6. Lista de ingredientes
7. Fecha de vencimiento
8. Condiciones de conservación, cuando corresponda
9. Datos del Importador, en caso de productos importados
10. Instrucciones de preparación del alimento cuando corresponda
11. Información Nutricional  (deberá impresa en la bolsa y cumplir con las siguientes informaciones: valor energético - 298 kcal; carbohidratos 62 gr; proteínas 10 gr; grasas totales 0gr; grasas saturadas 0 gr; grasas trans 0 gr; fibra alimentaria 0gr; sodio  6,4mg.
12. Número de registros de producto (RSPA Nº) y establecimiento (RE Nº), otorgados por el INAN, MSP y BS.
13 Huevo de gallina Tipo A, color rojo, enteros, sanos, limpios, en perfectos estados de conservación, pesados, con cascara seca. Rotulado en cada pack tipo de huevo, fecha de vencimiento (día, mes, año). N° de Habilitación de Establecimiento de SENACSA vigente. Vencimiento: De manera clara y visible, día y mes de vencimiento, presentación en placas de 30 unidades en packs de 6 placas, como minimo. Se deberá cotizar por unidad.
14 Arroz tipo glasé Con la denominación de Arroz Parboil se entiende el grano entero de Oryza Sativa L., que ha sido totalmente gelatinizado por inmersión en agua potable a temperatura superior a la ambiental, y luego, sometido a un proceso de auto clavado, secado y pulido.
El producto deberá corresponder a la característica del Arroz Largo Fino Tipo I; deberá ser inocuo y adecuado para el consumo humano; libre de impurezas, productos extraños, materias terrosa y en perfecto estado de conservación y no hallarse alterados, averiados o fermentados. Envasado en bolsas de plástico termo selladas de de 5 kilogramos, bolsa de plástico limpia, sana, inviolable, herméticamente cerrada, como minimo.Se deberá cotizar por kg.
El producto deberá cumplir con los requisitos fisicoquímicos y microscópicos establecidos en las Resoluciones MERCOSUR o en la legislación nacional específica. En ausencia de ambas deberá cumplir con lo establecido en las Normas del Codex Alimentarius y/o Códigos o legislaciones Regionales y/o Norma Paraguaya.
El producto deberá cumplir con lo establecido en la Resolución MERCOSUR GMC 26/03 RTM Para Rotulado de Alimentos Envasados, la Resolución GMC 46/03 Para Rotulado Nutricional de Alimentos Envasados, 47/03 Porciones de Alimentos envasados a los fines del Rotulado Nutricional, Resolución MERCOSUR GMC 22/02 RTM Para expresar la Indicación Cuantitativa del Contenido Neto de  los Productos Pre medidos y con lo establecido en el Decreto Nº 1.635/99 que  Reglamenta el art. 175 de la Ley Nº 836/80 Código Sanitario De acuerdo a las reglamentaciones arriba citadas las etiquetas de los envases deberán estar impresas de forma clara e indeleble y deberá presentar la siguiente información:
1- Denominación del alimento
2- Peso Neto
3- Datos del Establecimiento elaborador
4- País de origen 
5- Lote
6- Fecha de vencimiento
7- Datos del Importador, en caso de productos importados
8- Instrucciones de preparación del alimento, cuando corresponda
9- Condiciones de conservación, cuando corresponda.
10- Información Nutricional deberá impresa en la bolsa y cumplir con las siguientes informaciones: valor calorico - 170 kcal; Carbohidratos 39gr; proteínas 4 gr; grasas totales 0gr; Grasas saturadas 0gr; Grasas trans 0gr; fibra alimentaria 1gr; sodio  0mg.
11- Número de registros de producto (RSPA Nº) y establecimiento (RE Nº), otorgados por el INAN, MSP y BS.
15 Azúcar blanca 5 kg Azúcar blanco, es el producto que se define como sacarosa purificada y cristalizada. El azúcar deberá ser inocuo y adecuado para el consumo humano y no podrá contener sustancias extrañas macro y/o microscópicas, de aspecto polvo cristalizado, color blanco, olor y sabor característicos, sin sabores, ni olores extraños. Cotizar en paquetes de 5 kilogramos, como mínimo
El producto deberá cumplir con los requisitos fisicoquímicos establecidos en las Resoluciones MERCOSUR o en la legislación nacional específica. En ausencia de ambas deberá cumplir con lo establecido en las Normas del Codex Alimentarius y/o Códigos o legislaciones Regionales y/o Norma Paraguaya.
El alimento deberá cumplir con lo establecido en la Resolución MERCOSUR GMC 26/03 RTM Para Rotulado de Alimentos Envasados y la Resolución MERCOSUR GMC 22/02 RTM Para expresar la Indicación Cuantitativa del Contenido Neto de los Productos Premedidos y con lo establecido en el Decreto Nº 1.635/99 que Reglamenta el art. 175 de la Ley Nº 836/80 Código Sanitario, Resolución GMC 46/03 Para Rotulado Nutricional de Alimentos Envasados y Resolución 47/03 Porciones de Alimentos envasados a los fines del Rotulado Nutricional De acuerdo a las reglamentaciones arriba citadas las etiquetas de los envases  deberán estar impresas, de forma clara e indeleble, y deberá presentar la siguiente información:
1. Denominación del alimento
2. Peso Neto
3. Datos del Establecimiento elaborador
4. País de origen 
5. Lote
6. Datos del Importador, en caso de productos importados
7.Instrucciones de preparación del alimento, cuando corresponda
8. Condiciones de conservación, cuando corresponda.
9. Información Nutricional
10. Número de registros de producto (RSPA Nº) y establecimiento (RE Nº), otorgados por el INAN, MSP y BS.
16 Manteca vegetal Elaborado con aceite hidrogenado de soja y/o algodón, aceite de girasol, agua, aditivos y colorante. Envasados en cartón de 10 kilos, con un plazo de entrega mínimo de seis meses antes de su vencimiento, con la marca del bien impresa en cada cartón,en buen estado para el consumo, con fecha de vencimiento impresa, con un plazo de entrega mínimo de seis meses antes de su vencimiento de manera clara y visible la fecha de vencimiento, con la marca impresa. Envase: Información Nutricional, valor energético - 63 kcal =259kj; grasas totales 7,0gr; Grasas saturadas 1,6gr; Grasas trans 1,9gr; colesterol: 0. Especificaciones del producto Materia grasa total (g/100g) 68,5 / 70,5  Humedad (g/100g) 28,5 / 30,5, Acidos grasos libres (g/100g) 0,45 / 0,6,  Ind de Peroxido (mEqO/kgr.)5, Punto de fusión capilar (ºC) 37,6 / 39,6.
Perfectamente limpio, sano, libre de contaminación, preferiblemente inviolables N° de: R.E., R.S.P.A., Reg. Hab. MAG. Como mínimo. (El precio unitario que se indicará en la oferta será el precio por kilo.)
17 Levadura Levadura fresca fermento biológica, fresca y prensada, en paquete de 500 gramos, de producción Nacional, deberá ser de la primera clase, sin mezcla de sustancias extrañas, etc., en buen estado de conservación, sin olor ni sabor desagradable, con la marca y fecha de vencimiento impresa en cada bolsa. Debera tener contener estas características: caloría 96 kcal; carbohidratos 13 gr; proteínas - 15 gr; grasas totales 2,0 gr; grasas saturadas 0,7 gr; colesterol - 0 gr; fibra alimentaria 8,4 gr; sodio 170 mg. Limpio, sano, inviolable, con N° de: R.E., R.S.P.A., conservar en lugar fresco y seco, al abrigo de la luz solar. Como mínimo
18 Leche de entera en polvo en paquetes de 800 gr. Se entiende por Leche en Polvo al producto que se obtiene por deshidratación de la leche, entera, descremada o parcialmente descremada y apta para la alimentación humana, inocuo, polvo amarillo blanquecido, instantánea; mediante procesos tecnológicamente adecuados, deberá ser instantánea, fortificada con vitaminas y minerales, envasado en paquete limpios, sanos e inviolables, herméticamente cerrados, de 800 gramos, en perfecto estado de conservación, el envoltorio o paquete de plástico deberá estar introducido en cajas de cartón individual, cada caja deberá contener 12 unidades. Como mínimo.
De acuerdo con el contenido de materia grasa, la leche en polvo se clasificará en: 
- Entera (mayor o igual que 26,0%).
- Parcialmente descremada (entre 1,5 y 25,9 %)
- Descremada (menor que 1,5%).
La leche en polvo deberá cumplir con los siguientes requisitos:
Aspecto : Polvo uniforme sin grumos. No contendrá sustancias extrañas macro y microscópicamente visibles.
Color  : Blanco amarillento.
Sabor y olor : Agradable, no rancio, semejante a la leche fluida.
La leche en polvo deberá ser envasada en envases bromatológicamente aptos, herméticos, adecuados para las condiciones previstas de almacenamiento y que confieran una protección apropiada contra la contaminación.
El alimento deberá cumplir con lo establecido en la Resolución MERCOSUR GMC 26/03 RTM Para Rotulado de Alimentos Envasados y la Resolución MERCOSUR GMC 22/02 RTM Para expresar la Indicación Cuantitativa del Contenido Neto de los Productos Premedidos y con lo establecido en el Decreto Nº 1.635/99 que Reglamenta el art. 175 de la Ley Nº 836/80 Código Sanitario, Resolución GMC 46/03 Para Rotulado Nutricional de Alimentos Envasados y Resolución 47/03 Porciones de Alimentos envasados a los fines del Rotulado Nutricional
En los rótulos de los envases individuales deberán estar impresas de forma clara e indeleble las siguientes informaciones:
1. Denominación del alimento
2. Peso Neto
3. Datos del Establecimiento elaborador
4. País de origen
5. Lote
6. Lista de ingredientes
7. Fecha de vencimiento
8. Condiciones de conservación, cuando corresponda
9. Datos del Importador, en caso de productos importados
10. Instrucciones de preparación del alimento cuando corresponda
11. Información Nutricional, (1 porción),  con los siguientes valores nutricionales: energía: 123kcal; carbohidratos: 9,8gr; proteínas: 6,3g; grasas totales: 6,5g; grasas saturadas: 4,3g; grasas trans: 0,3g; fibra alimentaria: 0gr; sodio: 86mg; calcio: 224mg; fosforo: 183mg; vitamina A: 129ug; vitamina D: 2ug; vitamina B2: 0,28mg; vitamina b12: 0,83ug
12. Número de registros de producto (RSPA Nº) y establecimiento (RE Nº),otorgados por el INAN, MSP y BS.
19 Fruta abrillantada  Deberá ser de tamaño mediano, sin hongos, de color uniforme, en buen estado para el consumo, sin sustancias extrañas contaminantes, envasado en cajas de 10 kilos, con un plazo mínimo de tres meses antes de su vencimiento, como mínimo
20 Nues disecado  Granos sin contaminación de sustancias extrañas, mohos, insectos, marca impresa, caja de 10 kilos: Adecuado, limpio, sano, inviolable, herméticamente cerrado. Como mínimo
21 Dulce de mani En panes de 35 gramos, elaborado con maní tostado y con miel de cañas, sin sabor ni olor desagradable, libre de sustancias extrañas y mohos, envasado individualmente en polietileno. La entrega será en paquetes de 12 unidades de dulce, lista para servir. Rotulado: En el cuerpo del envase, tipo y calidad, fecha de vencimiento año y mes, contenido peso neto y peso escurrido. Envase: Limpio, sano, inviolable, no abollado, con Nº de: R.E., R.S.P.A., conservar en lugar fresco y seco, al abrigo de la luz solar.
22 Agua de azahar (frasco de 1 lts.) Como mínimo, deberá presentar color, olor y sabor correspondiente al producto. Rotulado: En el cuerpo del envase, agua de azahar, lista de ingredientes, fecha de vencimiento año y mes, contenido neto en 1Lt. Como mínimo Envase: Adecuado, limpio, sano, inviolable, herméticamente cerrado, con Nº de: R.E., R.S.P.A.  

Identificación de la unidad solicitante y justificaciones

  • Dirección de Apoyo de Servicio - Dirección: Estrella y Estero Bellaco.

Plan de entrega de los bienes

La entrega de los bienes se realizará de acuerdo al Plan de Entrega y Cronograma de Cumplimiento, indicado en el presente apartado. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el Proveedor indicados a continuación: 

Item Descripción del Bien Cantidad Unidad de medida  Lugar de entrega de los Bienes Fecha(s) final(es) de Ejecución de los Bienes 
1 Carne vacuna en Res 15200 Kilogramos  Dirección de Apoyo de Servicio - Dirección: Estrella y Estero Bellaco. Las entregas de los bienes serán en forma parcial, conforme a la emisión de la orden de compra por parte de la unidad responsable de la ejecución presupuestaria, y dentro de los 48 horas, a partir de ser recepcionada la Orden de Compra, por parte del proveedor adjudicado.
2 Carne de cerdo en res 1000 Kilogramos
3 Pollo entero sin menudencia 5900 Kilogramos
4 Cebolla 1500 Kilogramos
5 Tomate 1500 Kilogramos
6 Locote verde 4000 Kilogramos
7 Zanahoria 2750 Kilogramos
8 Papa 3000 Kilogramos
9 Banana 4700 Kilogramos
10 Naranja 4700 Kilogramos
11 Harina de Trigo 000  10000 Kilogramos
12 Fideos surtido  1614 Kilogramos
13 Huevo de gallina 21003 Unidad
14 Arroz tipo glasé 1600 Kilogramos
15 Azúcar blanca 5 kg 850 Unidad
16 Manteca vegetal 960 Kilogramos
17 Levadura 171 Unidad
18 Leche entera en polvo en paquetes de 800 gr. 858 Unidad
19 Fruta abrillantada 150 Kilogramos
20 Nuez disecado 50 Kilogramos
21 Dulce de mani 9000 Unidad
22 Agua de azahar (frasco de 1 lts.) 30 unidad

Planos y diseños

Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:

No aplica

Embalajes y documentos

El embalaje, la identificación y la documentación dentro y fuera de los paquetes serán como se indican a continuación:

Será obligatoria la presentación de los productos ofertados en cajas o de conformidad a lo que corresponda el bien.

1. El Proveedor embalará los bienes en la forma necesaria para impedir que se dañen o deterioren durante el transporte al lugar de destino final indicado en el contrato. El embalaje deberá ser adecuado para resistir, sin limitaciones, su manipulación brusca y descuidada, su exposición a temperaturas extremas, la sal y las precipitaciones, y su almacenamiento en espacios abiertos. En el tamaño y peso de los embalajes se tendrá en cuenta, cuando corresponda, la lejanía del lugar de destino final de los bienes y la carencia de equipo pesado de carga y descarga en todos los puntos en que los bienes deban transbordarse.

2. El embalaje, las identificaciones y los documentos que se coloquen dentro y fuera de los bultos deberán cumplir estrictamente con los requisitos especiales que se hayan estipulado expresamente en el contrato y cualquier otro requisito si lo hubiere, especificado en las condiciones contractuales.

Inspecciones y pruebas

Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:

La Unidad Responsable de la Ejecución Presupuestaria, verificará  que los bienes a ser recepcionados se ajusten a las especificaciones técnicas adjudicadas.  

1. El proveedor realizará todas las pruebas y/o inspecciones de los Bienes, por su cuenta y sin costo alguno para la contratante.

2. Las inspecciones y pruebas podrán realizarse en las instalaciones del Proveedor o de sus subcontratistas, en el lugar de entrega y/o en el lugar de destino final de entrega de los bienes, o en otro lugar en este apartado.

Cuando dichas inspecciones o pruebas sean realizadas en recintos del Proveedor o de sus subcontratistas se le proporcionarán a los inspectores todas las facilidades y asistencia razonables, incluso el acceso a los planos y datos sobre producción, sin cargo alguno para la contratante.

3. La contratante o su representante designado tendrá derecho a presenciar las pruebas y/o inspecciones mencionadas en la cláusula anterior, siempre y cuando éste asuma todos los costos y gastos que ocasione su participación, incluyendo gastos de viaje, alojamiento y alimentación.

4. Cuando el proveedor esté listo para realizar dichas pruebas e inspecciones, notificará oportunamente a la contratante indicándole el lugar y la hora. El proveedor obtendrá de una tercera parte, si corresponde, o del fabricante cualquier permiso o consentimiento necesario para permitir al contratante o a su representante designado presenciar las pruebas o inspecciones.

5. La contratante podrá requerirle al proveedor que realice algunas pruebas y/o inspecciones que no están requeridas en el contrato, pero que considere necesarias para verificar que las características y funcionamiento de los bienes cumplan con los códigos de las especificaciones técnicas y normas establecidas en el contrato. Los costos adicionales razonables que incurra el proveedor por dichas pruebas e inspecciones serán sumados al precio del contrato, en cuyo caso la contratante deberá justificar a través de un dictamen fundado en el interés público comprometido. Asimismo, si dichas pruebas y/o inspecciones impidieran el avance de la fabricación y/o el desempeño de otras obligaciones del proveedor bajo el contrato, deberán realizarse los ajustes correspondientes a las Fechas de Entrega y de Cumplimiento y de las otras obligaciones afectadas.

6. El proveedor presentará a la contratante un informe de los resultados de dichas pruebas y/o inspecciones.

7. La contratante podrá rechazar algunos de los bienes o componentes de ellos que no pasen las pruebas o inspecciones o que no se ajusten a las especificaciones. El proveedor tendrá que rectificar o reemplazar dichos bienes o componentes rechazados o hacer las modificaciones necesarias para cumplir con las especificaciones sin ningún costo para la contratante. Asimismo, tendrá que repetir las pruebas o inspecciones, sin ningún costo para la contratante, una vez que notifique a la contratante.

8. El proveedor acepta que ni la realización de pruebas o inspecciones de los bienes o de parte de ellos, ni la presencia de la contratante o de su representante, ni la emisión de informes, lo eximirán de las garantías u otras obligaciones en virtud del contrato.

Indicadores de Cumplimiento

El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:

Planificación de indicadores de cumplimiento:

INDICADOR

TIPO

FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA (se indica la fecha que debe presentar según el PBC)

Nota de Remisión / Acta de recepción 1

Nota de Remisión / Acta de recepción

Junio 2023

Nota de Remisión / Acta de recepción 2

Nota de Remisión / Acta de recepción

Julio 2023

Nota de Remisión / Acta de recepción 3

Nota de Remisión / Acta de recepción

Agosto 2023

Nota de Remisión / Acta de recepción 4

Nota de Remisión / Acta de recepción

Septiembre 2023

Nota de Remisión / Acta de recepción 5

Nota de Remisión / Acta de recepción

Octubre 2023

Nota de Remisión / Acta de recepción 6

Nota de Remisión / Acta de recepción

Noviembre 2023

Nota de Remisión / Acta de recepción 7

Nota de Remisión / Acta de recepción

Diciembre 2023

Criterios de Adjudicación

La Convocante adjudicará el contrato al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de las bases y condiciones, siempre y cuando la convocante determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente.

1. La adjudicación en los procesos de contratación en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, se efectuará por las cantidades o montos máximos solicitados en el llamado, sin que ello implique obligación de la convocante de requerir la provisión de esa cantidad o monto durante de la vigencia del contrato, obligándose sí respecto de las cantidades o montos mínimos establecidos.

2. En caso de que la convocante no haya adquirido la cantidad o monto mínimo establecido, deberá consultar al proveedor si desea ampliarlo para el siguiente ejercicio fiscal, hasta cumplir el mínimo.

3. Al momento de adjudicar el contrato, la convocante se reserva el derecho a disminuir la cantidad de bienes requeridos, por razones de disponibilidad presupuestaria u otras razones debidamente justificadas. Estas variaciones no podrán alterar los precios unitarios u otros términos y condiciones de la oferta y de los documentos de la licitación.

En aquellos llamados en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, cuando la convocante deba disminuir cantidades o montos a ser adjudicados, no podrá modificar el monto o las cantidades mínimas establecidas en las bases de la contratación.

Notificaciones

La comunicación de la adjudicación a los oferentes será como sigue:

1. Dentro de los cinco (5) días corridos de haberse resuelto la adjudicación, la convocante comunicará a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, copia del informe de evaluación y del acto administrativo de adjudicación, los cuales serán puestos a disposición pública en el referido sistema. Adicionalmente el sistema generará una notificación a los oferentes por los medios remotos de comunicación electrónica pertinentes, la cual será reglamentada por la DNCP.

2. En sustitución de la notificación a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, las convocantes podrán dar a conocer la adjudicación por cédula de notificación a cada uno de los oferentes, acompañados de la copia íntegra del acto administrativo y del informe de evaluación. La no entrega del informe en ocasión de la notificación, suspende el plazo para formular protestas hasta tanto la convocante haga entrega de dicha copia al oferente solicitante.

3. En caso de la convocante opte por la notificación física a los oferentes participantes, deberá realizarse únicamente con el acuse de recibo y en el mismo con expresa mención de haber recibido el informe de evaluación y la resolución de adjudicación.

4. Las cancelaciones o declaraciones desiertas deberán ser notificadas a todos los oferentes, según el procedimiento indicado precedentemente.

5. Las notificaciones realizadas en virtud al contrato, deberán ser por escrito y dirigirse a la dirección indicada en el contrato.

 

Audiencia Informativa

Una vez notificado el resultado del proceso, el oferente tendrá la facultad de solicitar una audiencia a fin de que la convocante explique los fundamentos que motivan su decisión.

La solicitud de audiencia informativa no suspenderá ni interrumpirá el plazo para la interposición de protestas.

La misma deberá ser solicitada dentro de los dos (2) días hábiles siguientes en que el oferente haya tomado conocimiento de los términos del Informe de Evaluación de Ofertas.

La convocante deberá dar respuesta a dicha solicitud dentro de los dos (2) días hábiles de haberla recibido y realizar la audiencia en un plazo que no exceda de dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de respuesta al oferente.

Documentación requerida para la firma del contrato

Luego de la notificación de adjudicación, el proveedor deberá presentar en el plazo establecido en las reglamentaciones vigentes, los documentos indicados en el presente apartado.

 

  1. Personas Físicas / Jurídicas
  • Certificado de no encontrarse en quiebra o en convocatoria de acreedores expedido por la Dirección General de Registros Públicos;
  • Certificado de no hallarse en interdicción judicial expedido por la Dirección General de Registros Públicos;
  • Constancia de no adeudar aporte obrero patronal expedida por el Instituto de Previsión Social;
  • Certificado laboral vigente expedido por la Dirección de Obrero Patronal dependiente del Viceministerio de Trabajo, siempre que el sujeto esté obligado a contar con el mismo, de conformidad a la reglamentación pertinente - CPS;
  • En el caso que suscriba el contrato otra persona en su representación, acompañar poder suficiente del apoderado para asumir todas las obligaciones emergentes del contrato hasta su terminación;
  • Certificado de cumplimiento tributario vigente a la firma del contrato.

       2. Documentos. Consorcios

  • Cada integrante del consorcio que sea una persona física o jurídica deberá presentar los documentos requeridos para oferentes individuales especificados en los apartados precedentes.
  • Original o fotocopia del consorcio constituido.
  • Documentos que acrediten las facultades del firmante del contrato para comprometer solidariamente al consorcio.
  • En el caso que suscriba el contrato otra persona en su representación, acompañar poder suficiente del apoderado para asumir todas las obligaciones emergentes del contrato hasta su terminación.