Aspectos Generales para la Contratación de Obras

Los Aspectos Generales para la Contratación de Obras Públicas, es un documento complementario del presente pliego electrónico estándar. Acceda al mismo dando click en el siguiente enlace: https://www.contrataciones.gov.py/l/docestandar

Subcontratación

El porcentaje permitido para la subcontratación será de:

No podrá exceder el sesenta por ciento (60%) del monto total del contrato. Igualmente, la subcontratación estará supeditada a la autorización de la Contratante.  

La Contratante autorizará por escrito la subcontratación de la mano de obra en las siguientes condiciones:

a) Que el Contratista, antes del inicio de los trabajos contratados, solicite, por escrito, la autorización de la Contratante para subcontratar, mencionando la empresa que será subcontratada y el porcentaje de la mano de obra a subcontratar.

b) Que la empresa a subcontratar necesariamente sea una empresa no adjudicada en ningún Ítem de la presente contratación e indefectiblemente deberá ser uno de la lista presentada con la oferta por el Oferente adjudicado en el ítem en cuestión.

c) Que una subcontratista determinada podrá trabajar como máximo con dos Contratistas Principales al mismo tiempo, y con Cuadrillas diferentes en cada caso.

d) La empresa a subcontratar deberá cumplir al cien por ciento (100%) con los requisitos mínimos exigidos de experiencia general y especifica en obras, capacidad en materia de equipos, herramientas y maquinarias, así como los requisitos mínimos de capacidad en materia de personal. Para su Evaluación deberá presentar y cumplir las mismas DOCUMENTACIONES, DECLARACIONES JURADAS, ANEXOS Y FORMULARIOS exigidas a la Contratista Principal detallado en el Pliego de Bases y Condiciones.

e) Que el porcentaje de la mano de obra a ser subcontratada no exceda el sesenta por ciento (60%) del total de la mano de obra ejecutada.

Frente a la Contratante responderá siempre el Contratista principal de todas las obligaciones que le correspondan por razón del contrato. De la mano de obra ejecutada, la Contratante considerará el cien por ciento (100%) al Contratista y al subcontratista, el porcentaje subcontratado, autorizado por escrito por la Contratante.

Si el Oferente tiene la intención de adjudicar parte de los trabajos especificados en el Contrato a Subcontratistas, deberá presentar el tipo y alcance de dichos trabajos juntamente con su Oferta y una lista de nombres y direcciones de Subcontratistas potenciales, quienes deberán acreditar la misma experiencia y capacidad solicitada al oferente. Después de la adjudicación, el (los) subcontratista(s) que realizará(n) efectivamente el(los) trabajo(s), deberá(n) ser uno de la lista presentada inicialmente con la Oferta. La Convocante aprobará previamente la Subcontratación.

Observación:

La Convocante, mediante la Unidad Administradora del Contrato en todos los casos, se reserva el derecho autorizar o rechazar previa verificación de la veracidad y vigencia de la información suministrada por el Contratista, así como la inspección de los vehículos, equipos y herramientas a subcontratar en el momento indicado.

Estimación de las obligaciones financieras de la contratante

El contratista presentará, al fiscal de obra, en el plazo de: dentro de los diez (10) días corridos, contados desde la emisión de la orden de inicio, una estimación detallando las obligaciones de pago de la contratante.

Fondos de reparo

Del monto de pago de cada certificado, la contratante deducirá un cinco por ciento (5%) en concepto de fondo de reparos, suma que no devengará intereses y que será devuelta al contratista dentro del plazo establecido en el art. 39 de la Ley N° 2051/2003, en forma posterior a la recepción definitiva.

Este fondo podrá ser sustituido por una póliza de seguros a satisfacción de la contratante emitida por una compañía de seguros autorizada a operar y emitir pólizas en la República del Paraguay:

No se admite la sustitución del cinco por ciento (5%) por una póliza de seguros.

Se retendrá el  (5%) cinco por ciento del monto de cada factura, en concepto de Fondo de Reparo. Esta retención representa una garantía pecuniaria a disposición de la Contratante, que asegura el cabal cumplimiento de las obligaciones establecidas en el Contrato y que no devengará interés alguno a favor del Contratista. Durante el curso de ejecución del Contrato, la Contratante podrá destinar total o parcialmente el monto acumulado en concepto de Fondo de Reparo, para el pago de indemnizaciones debidas a la Contratante por incumplimiento de las obligaciones contractuales, de una parte o de la totalidad de los servicios efectuados, multas por retrasos o cualquier otro concepto.

El Contratista solicitará, por escrito, la devolución del Fondo de Reparo una vez que haya sido pagada la última factura.

Dentro de los diez (10) días hábiles de esta solicitud y no habiendo reclamaciones, la Contratante devolverá al Contratista el Fondo de Reparo, tomando en cuenta las deducciones hechas (si las hubieren).

Pólizas de Seguro

No obstante las obligaciones que se establezcan en el presente apartado, el contratista será en todo momento el único responsable y protegerá a la contratante frente a cualquier reclamación de terceros por concepto de indemnización por daños de cualquier naturaleza o lesiones corporales producidas como consecuencia de la ejecución del presente contrato por el contratista, sus subcontratistas y su respectivo personal.

El Contratista asume la totalidad de los riesgos derivados de la ejecución de los trabajos que son objeto de este Contrato y consecuentemente, obtendrá a su cargo, todos los seguros necesarios para la cobertura de los mismos, tales como accidentes personales o seguro de vida, todo riesgo operativo y responsabilidad civil, cubriendo sus bienes utilizados en la ejecución de trabajos; dependientes; usuarios, materiales y equipos de la Contratante. El seguro deberá incluir daños contra terceros comprenderá daños corporales y materiales.

La póliza de seguros debe especificar que el personal de la contratante, el fiscal, así como el de otras empresas que se encuentren en la zona de la obra de mejoramiento, montaje o mantenimiento de Alumbrado Público se considerarán como terceros a efectos de seguro de responsabilidad civil.

Estos seguros deberán ser presentados por el Contratista y también por el(las) Subcontratista(as) antes del inicio de los trabajos ante la Unidad Administradora del Contrato con copia al Dpto. de Seguros - Sede Central de la ANDE. El incumplimiento de esta exigencia será causal de rescisión del Contrato.

Los seguros indicados no eximirán al Contratista de sus responsabilidades por los daños cuyo valor sea superior al valor de las pólizas contratadas.

El contratista contratará los seguros que incluirá como mínimo:

  1. Seguro contra daños a terceros: El contratista suscribirá un seguro de responsabilidad civil que comprenderá los daños corporales y materiales que puedan ser provocados a terceros como consecuencia de la realización de los trabajos, así como durante el plazo de garantía. El capital asegurado es de ₲. 25.000.000 (veinticinco millones de guaraníes) por persona.

La póliza de seguros debe especificar que el personal de la contratante, el fiscal de obra, así como el de otras empresas que se encuentren en la zona de obras se considerarán como terceros a efectos de este seguro de responsabilidad civil.

  1. Seguro contra accidentes de trabajo: El contratista contratará todos los seguros necesarios para cubrir accidentes de trabajo requeridos por la reglamentación vigente por la cantidad de personal que efectivamente se encuentre trabajando en la obra debidamente identificados e individualizados. El contratista será responsable de que sus subcontratistas también cumplan con esa obligación. El contratista mantendrá indemne a la contratante y al fiscal de obras frente a todos los recursos que el personal del contratista o el de sus subcontratistas pudieran ejercer en este sentido. El capital asegurado es de no inferior a ₲. 25.000.000 (veinticinco millones de guaraníes).
  1. Seguro contra los riesgos en la zona de obras: El contratista suscribirá en conformidad con la reglamentación aplicable un seguro contra todo riesgo en la zona de obras. Dicho seguro contendrá las garantías más amplias y cubrirá, por lo tanto, todos los daños materiales que puedan sufrir todos los bienes incluidos en el contrato, en particular los daños debidos a un defecto de concepción o diseño, a defectos del material de construcción o a la realización de trabajos defectuosos, a fenómenos naturales, a la remoción de escombros después de un siniestro. Este seguro también deberá proteger contra los daños materiales ocasionados por fenómenos naturales. El capital asegurado es de ₲. 50.000.000. (cincuenta millones de guaraníes).

Las condiciones de expedición de los seguros indicados precedentemente, son: Para la Póliza de todo riesgo en zona de obras, la Contratante será designada Beneficiaria o coasegurado. El Contratista entregará a la Contratante las pólizas de seguros como prueba de que las pólizas requeridas están plenamente vigentes. Los seguros indicados no eximirán al Contratista de sus responsabilidades por los daños cuyos valores sean superiores al valor de las pólizas contratadas. Estos seguros deberán ser presentados antes del inicio de los trabajos ante la Unidad Administradora del Contrato. Las Pólizas deberán ser presentadas en la Unidad Administradora del Contrato para su verificación y aprobación.

Contenido y características de los precios

Los precios comprenden los siguientes criterios: 

Conforme a las Condiciones Contractuales.

Reajuste

El precio del contrato estará sujeto a reajustes. La fórmula y el procedimiento para el reajuste serán los siguientes: 

Los precios fijados en la Lista de Precios del Contrato presentados por el Contratista en su oferta, son de su exclusiva responsabilidad. Si después de la presentación de la Oferta se verificaren variaciones de precios de los principales rubros que integran el precio unitario adjudicado, como la mano de obra y/o combustible, se reconocerá un ajuste de precios de los componentes citados, sobre los trabajos realizados a partir de la fecha de variación de estos rubros. En el caso de la mano de obra se utilizará como referencia el Salarió Mínimo Oficial y para el combustible se utilizará como referencia el precio de Petróleos Paraguayos (Petropar).

Para el cálculo de ajuste de precios se utilizará la siguiente fórmula:

PA = Po + Po (0,40 x MO + 0,15 x G)

PA = Precio Ajustado.

Po = Precio básico de la oferta a ser ajustado.

MO = Variación del salario mínimo oficial, registrado posterior a la presentación de la oferta, en tanto por uno SMF=Salario Mínimo Final, SMI= Salario Mínimo Inicial. Para hallar MO= (SMF-SMI)/SMI.

G = Variación del precio del Gasoil en tanto por uno, registrada posterior a la presentación de la oferta GF= Precio del Gasoil Final, GI= Precio del Gasoil Inicial. Para hallar G= (GF-GI)/GI.

Durante la vigencia del contrato, el ajuste de precios será aplicado sobre los trabajos encomendados por las unidades administrativas, de acuerdo a la variación del Salario Mínimo Oficial independiente al porcentaje de variación, y para reajustes ocasionados por las variaciones de precios del gasoil cuando se supere el diez por ciento (10%) por arriba o por abajo.

La Contratante emitirá una Resolución por cada ajuste de precios, en la que se dará a conocer el nuevo precio ajustado, debiendo facturarse la Mano de Obra con dicho precio.

El reajuste de precios procederá únicamente a solicitud de parte, y en estricta aplicación de la fórmula de reajuste establecida. Los reajustes no podrán ser retroactivos, sino computados desde el ingreso de la solicitud por parte del Contratista.

El Contratista deberá instrumentar su conformidad con el precio reajustado, pudiendo para el efecto, suscribir el dictamen del Administrador del Contrato.

En la liquidación mensual, el Contratista deberá presentar en forma discriminada el monto correspondiente a los trabajos efectuados al precio base del contrato y los montos correspondientes al reajuste. Los montos de los reajustes deberán ser calculados y establecidos para cada uno de los trabajos previstos en el Contrato.

Dicha solicitud deberá ser presentada de acuerdo a lo establecido en el Articulo N° 2 de la Resolución DNCP N° 2315/2022, caso contrario no será procesada.

Impuestos, Derechos, Gravámenes y Cotizaciones

El precio del contrato comprenderá todos los impuestos, derechos, gravámenes y cotizaciones de toda índole exigibles en la República del Paraguay, los cuales se calcularán teniendo en cuenta las modalidades de base tributaria y de tasas fiscales vigentes quince (15) días antes de la fecha límite para la presentación de las ofertas, salvo que se establezca algo distinto en este apartado:

Los principales impuestos, derechos, gravámenes y cotizaciones en la República del Paraguay  vigentes quince (15) días calendario antes de la fecha límite para la presentación de las ofertas, a cargo del Contratista, sus proveedores, abastecedora y subcontratistas son los siguientes:

  1. Impuesto al Valor Agregado;
  2. Impuesto a la Renta;
  3. Contribución, el equivalente a cero punto cinco por ciento (0.5%) sobre el importe de cada factura, deducido los impuestos correspondientes, conforme a lo establecido en el Art. 1 de la Ley N° 3439/07, que modifica el Art. 41 de la Ley N° 2051/03 de Contrataciones Públicas y sus reglamentaciones y conforme al Art. 278 de la Ley N° 7050/2023 "Que aprueba el Presupuesto General de la Nación Vigente para el Ejercicio Fiscal 2023".

 

Formas y condiciones de pago

El adjudicado para solicitar el pago de las obligaciones deberá presentar la solicitud acompañada de los siguientes documentos:

1. Documentos Genéricos:

  1. Nota de remisión u orden de prestación de servicios según el objeto de la contratación;
  2. La factura de pago, con timbrado vigente, la cual deberán expresar claramente por separado el Impuesto al Valor Agregado (IVA) de conformidad con las disposiciones tributarias aplicables. En ningún caso el valor total facturado podrá exceder el valor adjudicado o las adendas aprobadas;
  3. REPSE (registro de prestadores de servicios) todos los que son prestadores de servicios;
  4. Certificado de Cumplimiento Tributario;
  5. Constancia de Cumplimiento con la Seguridad Social;
  6. Formulario de Informe de Servicios Personales (FIS).

Plazo de pago: Dentro de los Treinta 30 días, desde la aprobación del certificado de obra y la presentación de la factura.

Otras formas y condiciones de pago al proveedor en virtud del contrato serán las siguientes:

Una vez aprobada y debidamente firmada por las partes las debidas documentaciones, deberá ser presentada la Solicitud de pago y la Liquidación Pro-forma, deberá ser presentada a través de una Nota por el portal de Mesa de Entrada de ANDE (www.ande.gov.py), el cual generará un número de Expediente y de ID en el Sistema para seguimiento. La Unidad Administradora del Contrato (UAC) verificará el pedido y autorizará el pago, adjuntando los documentos respaldatorios.

Se deberá presentar una Certificación de Cuenta Bancaria emitida por el Banco para proceder a realizar los pagos vía transferencia bancaria.

El Contratista presentará dicha solicitud de pago de acuerdo a las exigencias requeridas por la Contratante, con los informes y documentaciones establecidas en el contrato. El pago se hará en guaraníes, en base a los precios que figuran en la Lista de Precios, dentro de los treinta (30) días de la presentación de la LIQUIDACIÓN PRO-FORMA correspondiente a los certificados aprobados, descontando el monto de las penalidades, si las hubiere.

La Unidad Administradora del Contrato realizará la verificación de la LIQUIDACIÓN PRO-FORMA y en caso de no tener ningún reparo, solicitará al Contratista la remisión de la Factura Legal con la fecha del mes vigente al momento de presentación, con fecha límite hasta el día 20.

Asimismo, si los documentos presentados son insuficientes o presentan errores, serán devueltos bajo constancia escrita al Contratista para la rectificación correspondiente. En este caso, el plazo para el pago queda interrumpido sin responsabilidad alguna para la Contratante.

La factura deberá cumplir con lo establecido en la Ley Nº 2421/04 y sus reglamentaciones, en lo referente a los comprobantes que expidan por las ventas que efectúen y/o servicios que presten a la Institución.

Los trabajos serán aprobados solamente después de concluidos y certificados por la Unidad Administradora del Contrato.

Se retendrá en concepto de contribución, el equivalente a cero punto cinco por ciento (0.5%) sobre el importe de cada factura, deducido los impuestos correspondientes, conforme a lo establecido en el Art. 1 de la Ley N° 3439/07, que modifica el Art. 41 de la Ley N° 2051/03 de Contrataciones Públicas y a lo establecido en el Articulo N° 278 de la Ley N° 7050/2023 "Que aprueba el Presupuesto General de la Nación Vigente para el Ejercicio Fiscal 2023".

La contratante efectuará los pagos, dentro del plazo establecido en este apartado, sin exceder sesenta (60) días después de la presentación de una factura por el proveedor, y después de que la contratante la haya aceptado. Dicha aceptación o rechazo, deberá darse a más tardar en quince (15) días posteriores a su presentación.

De conformidad a las disposiciones del Decreto N° 7781/2006, del 30 de Junio de 2006 y modificatoria, en las contrataciones con Organismos de la Administración Central, el proveedor deberá habilitar su respectiva cuenta corriente o caja de ahorro en un Banco de plaza y comunicar a la Contratante para que ésta gestione ante la Dirección General del Tesoro Público, la habilitación en el Sistema de Tesorería (SITE).

Pago por acopio de materiales

El método de cálculo para el pago por acopio de materiales es el siguiente:

No Aplica, no se pagará por materiales acopiados.

Solicitud de Pago de Anticipo

Las condiciones para la solicitud del pago de anticipo son como se establecen a continuación: 

No aplica

Tasa de interés por Mora

En caso de retrasos en los pagos por la contratante, el contratista tendrá derecho a percibir interés por mora por cada día de atraso en el pago, equivalentes al promedio de las tasas máximas activas nominales, anuales, percibidas en los bancos por los préstamos de consumo en moneda nacional al plazo de ciento ochenta días, determinada por el Banco Central del Paraguay para el mes anterior de la constitución de la obligación y publicado en diarios de difusión nacional.

Si la contratante, en virtud de causas establecidas en el contrato, está facultada para suspender la tramitación de un pago, las sumas correspondientes durante los atrasos resultantes no devengarán intereses por mora.

Certificaciones mensuales

Los procedimientos y formularios a utilizar para preparar los certificados son los siguientes:

Verificación y Constancia: Los trabajos ejecutados serán computados, teniendo en cuenta la sumatoria de las hora/hombre/padrón correspondientes.     

Con la debida anticipación, el Contratista solicitará a la Contratante la aprobación de cualquier trabajo que quede en condición de no poder ser ulteriormente inspeccionado o controlado. Cualquier mejora que hubiese sido cubierta sin la aprobación o consentimiento de la Contratante, deberá ser descubierta a expensas del Contratista, si la Contratante lo requiriese para su examen.   

La Contratante tendrá acceso a las mejoras o mantenimientos en todo tiempo cualquiera sea el estado en que aquellos se encuentren, y el Contratista deberá prestar toda clase de facilidades para el acceso a los mismos y para que su inspección se efectúe en la forma más satisfactoria, oportuna y eficaz. 

A este fin, el Contratista deberá

a) Permitir el uso del personal, equipo, transporte y materiales necesarios que la Contratante requiera para la inspección y vigilancia de la mejora o mantenimiento.

b) Proveer y mantener en perfectas condiciones todas las señales y referencias necesarias para la ejecución de las mejoras o mantenimientos y observar las reglas aplicables.

La Contratante tendrá derecho a llevar estadísticas relativas al empleo de la mano de obra, materiales y equipos del Contratista y de otros elementos que tengan incidencia en el costo. Con esta finalidad, el Contratista exhibirá a la Contratante, en caso de que así se lo requiera, todos los documentos necesarios para la elaboración de las estadísticas arriba mencionadas.

La Contratante fiscalizará los trabajos ejecutados a través de un Fiscal en forma aleatoria o en su totalidad, debiendo el Contratista facilitar a éste el detalle de las tareas realizadas para el desempeño de sus funciones en todas las fases de los trabajos.

En el caso de trabajos de mantenimiento, no será necesaria la presencia del Fiscal para el inicio de los mismos. Pero en el caso de los trabajos ejecutados con técnicas de líneas vivas o energizadas, el Fiscal deberá estar indefectiblemente presente, para lo cual el Contratista deberá comunicar con veinticuatro (24) horas de anticipación, la dirección, fecha y hora en que se iniciarán los trabajos.

En caso de detectarse alguna irregularidad, la Contratante obligará al Contratista la regularización del trabajo sin derecho a reclamar ningún pago adicional y será registrada como falta, cuya reiteración implicará sanciones conforme se establece en el presente contrato. 

En caso de que el Contratista presentó en su planilla de Resumen General de Servicios Efectuados (Anexo O), trabajos concluidos para su correspondiente certificación y posterior facturación, y la ANDE constata que no han sido ejecutados, será intimado a devolver, en un plazo de cuarenta y ocho (48) horas, los materiales no utilizados de la Contratante. Esta irregularidad será motivo suficiente para la rescisión del Contrato sin más trámites y los antecedentes remitidos a la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas (DNCP).

La fiscalización de los trabajos por parte de la Contratante no eximirá al Contratista de su responsabilidad en cuanto a la perfecta ejecución de los servicios solicitados, debiendo el mismo observar la buena técnica, a fin de dar a los mismos absoluta seguridad y perfecta terminación

1. Documentos Exigidos para el Pago

El Contratista presentará a la Unidad Administradora del Contrato, las solicitudes de verificación de las Planillas de Resumen General de Servicios Efectuados (ANEXO O), de Resumen de Materiales Proveídos (ANEXO P) y de Resumen de Transporte de Materiales (ANEXO Q), suscritas por el Representante Técnico/ Ingeniero Residente del Contratista, dentro de los diez (10) primeros días del mes siguiente al fenecido.

a) Las planillas mencionadas en el párrafo anterior deberán ser correctamente elaboradas de acuerdo a instrucciones vigentes, debiendo constar en las mismas los datos mencionados en los ANEXOS O, P y Q, y deberán estar acompañadas de los siguientes documentos:

b) Copia autenticada del Certificado de Cumplimiento con el Seguro Social actualizado, planilla de pago efectuado en concepto obrero-patronal al IPS correspondiente al mes anterior al de la ejecución de los trabajos concluidos y listado de personal con descripción de cargos que ocupan y número de Cédula de Identidad correspondiente.

c) Ordenes de Ejecución de Trabajo (O.E.T. para MEJORAS), conformadas por el jefe de la Unidad Administradora del Contrato y por el Representante Técnico.

d) Órdenes de Ejecución de Mantenimiento (O.E.M. para MANTENIMIENTO), conformadas por el jefe de la Unidad Administradora del Contrato y por el Representante Técnico.

e) Registro Diario, conformadas por el Representante Técnico y el Fiscal de Obras.

f) Planos de Mejoras o Croquis de Mantenimiento, asociadas con coordenadas georreferenciados, conformados por el  Representante Técnico, el Técnico Informático (de perfil GIS) y por el Fiscal.

g) Planillas de Mano de Obra, conformadas por el Representante Técnico y por el Fiscal (ANEXO T para HHP4).

h) Planilla de Utilización de Materiales, conformada por el Representante Técnico y por el Control Final de la Unidad Administradora del Contrato (ANEXO S).

i)  Copias de Salida de Materiales (SMA).

j) Órdenes de Provisión de Materiales, acompañadas por todas las copia del documento de Salida de Materiales (SMA) y de los materiales NO RETIRADOS.

k) Orden de Transporte de Materiales con el documento de Salida de Materiales (SMA) correspondiente.

l)  Planilla de materiales nuevos sobrantes y/o retirados de la red.(DD-5)

m) Copias de documentos de materiales nuevos sobrantes y/o retirados de la red, devueltos a los depósitos de la Contratante. En caso de que no haya sido devuelto la totalidad de los materiales nuevos sobrantes y/o retirados de la red, serán descontados al Contratista con los precios establecidos en la Lista de Precios de Materiales para Suministros Eventuales, a través de una Nota de Crédito por Materiales no Devueltos, de la factura correspondiente al mes de procesamiento de las Órdenes de Trabajo o Mantenimiento afectadas.

n)  En caso de no cumplirse el plazo establecido para la entrega de los documentos requeridas en los ítems anteriores, la Unidad Administradora de Contrato - UAC tendrá la autoridad suficiente para aplicar la multa por atraso correspondiente y suspensión de la asignación de trabajos a la contratista afectada, hasta que regularice la presentación del cumplimiento sus obligaciones.

2. Verificación y Aprobación de Documentos

Todos los documentos serán verificados previamente y conformados por las Unidades Administradoras del Contrato correspondientes, toda vez que el Contratista complete los documentos necesarios para la presentación de la Solicitud de Pago, establecidos en el numeral anterior, en un plazo máximo de quince (15) días calendario.

Toda vez que los documentos cumplan con los requisitos exigidos, las planillas de resumen, Anexos O, P y Q, serán conformadas por los Jefes de las Unidades Administradoras del Contrato de ANDE, debiendo indicarse en los resúmenes la aclaración de firmas y la fecha de aprobación.

En caso de no cumplirse con cualquiera de las documentaciones anteriormente mencionadas, el Jefe de la Unidad Administradora del Contrato de la Contratante comunicará por escrito las observaciones encontradas, y solicitará el cumplimiento de las mismas para la conformación correspondiente.

Una vez aprobadas y conformadas las planillas de resumen mencionadas en el numeral 1 de ésta cláusula por el Jefe de la Unidad Administradora del Contrato de la Contratante, éste comunicará por escrito al Contratista que se encuentra habilitado para presentar su proforma de facturación.

La Unidad que administra el Contrato deberá expedirse dentro de un plazo no mayor de diez (10) días calendario de la recepción de la proforma de facturación.

El Jefe de la Unidad Administradora del Contrato verificará si los montos mencionados en las facturaciones a presentar coinciden plenamente con los montos de los Anexos O, P y Q, y si existiere una diferencia sobre el monto declarado a facturar, deberá solicitar la modificación de la proforma de facturación o nota de crédito en caso de aplicación de algún tipo de descuento. En este caso, este plazo queda interrumpido hasta la presentación de los documentos que cumplan con lo requerido.

Posteriormente, el Jefe de la Unidad Administradora del Contrato una vez verificado y conciliado los montos de la proforma de facturación procederá a la aprobación de la misma aclarando la firma y fecha, para su trámite correspondiente.

La contratista presentará la factura legal para su pago correspondiente cuando la proforma sea debidamente autorizada por las unidades del ámbito financiero competente.

Si en controles internos, posteriores a la aprobación de la Unidad Administradora del Contrato, se constatare algún error o incumplimiento en las condiciones para el pago, el expediente será devuelto a la unidad de origen para su corrección o regularización correspondiente. En este caso, el plazo para el pago se reiniciará a partir de la nueva aprobación del expediente por parte del jefe de la Unidad Administradora del Contrato.

Documentos Exigidos para el Pago

- Planillas de resumen general de servicios efectuados (ANEXO O), planillas de resumen de materiales proveídos (ANEXO P) y panillas de resumen de transporte de materiales (ANEXO Q). Estas documentaciones deberán estar suscritas por el Representante Técnico/ Ingeniero Residente del Contratista.

- Factura Legal

- Certificado de Cumplimiento con el Seguro Social vigente.

- Certificado de Cumplimiento Tributario vigente.

- Formulario de Informe de Servicios Personales (FIS)

Estos documentos, una vez verificados y aprobados por la Contratante, serán procesados para el pago correspondiente.

Pago de cuotas mensuales

Las deducciones que se realizarán sobre las certificaciones serán:

a) El cinco por ciento (5%) de cada factura en concepto de Fondo de Reparo (Indemnizaciones, sanciones por incumplimientos en los plazos establecidos en la Orden de Ejecución de Trabajo).

b) Los gastos incurridos por la Contratante debido a atrasados o incumplimientos del Contratista.

c) Multas por atraso en ejecución de cronograma de ejecución mensual por causa imputable al contratista.

Una vez aprobado el certificado, la factura deberá ser presentada en la siguiente dirección: A través de una Nota por el portal de Mesa de Entrada de ANDE (www.ande.gov.py), el cual generará un número de Expediente y de ID en el Sistema para seguimiento. La Unidad Administradora del Contrato (UAC) verificará el pedido y autorizará el pago, adjuntando los documentos respaldatorios, acompañada de la Solicitud de Pago, la LIQUIDACION PRO-FORMA, cuyos formatos se incluyen en el apartado de Formularios.

Cuenta final

La estimación de la cuenta final se enviará al fiscal de obras dentro de los quince días contados a partir de la fecha de notificación de la recepción provisoria de las obras, salvo que en este apartado se disponga de un plazo mayor:

No aplica

Cuenta General. Finiquito

La cuenta general, será comunicada por escrito al contratista, en el plazo de dieciocho (18) días contados después de la fecha de entrega de la estimación de la cuenta final, salvo que en este apartado se disponga de un plazo distinto:

No aplica

Plazo de ejecución

El plazo de ejecución se computa desde la recepción por parte del contratista de la orden de inicio para comenzar las obras, emitida una vez que se hayan cumplido cada una de las condiciones indicadas en la cláusula de “Plazo de Ejecución” de los Aspectos Generales del Contrato, además de las siguientes condiciones:

El Contrato se ejecuta bajo la modalidad de Contrato Abierto.

En ese sentido, el plazo máximo para inicio y terminación de los trabajos será especificado en las respectivas Órdenes de Ejecución de Trabajos.

El plazo de ejecución de los trabajos serán computados a partir del 1er. día hábil siguiente a la fecha de entrega al contratista de las Órdenes de Ejecución o en su defecto, el Inicio de los trabajos se computará: 1 día laboral contado a partir del día siguiente de la fecha de entrega de los materiales en los depósitos de la Contratante.

Prórroga de los Plazos de Ejecución

La Unidad Administradora del Contrato analizará cada caso a fin de cuantificar los días de prórroga otorgada por causa de Fuerza Mayor. Asimismo, cuando una situación de Fuerza Mayor ha existido durante un periodo de más de seis (6) meses, cada parte tendrá derecho a  rescindir o terminar anticipadamente el Contrato.

 

 

Multas y retenciones

Las penalidades diarias por retrasos en la ejecución de los trabajos y forma de cálculo:

La Contratante realizará análisis periódicos del desempeño y cumplimiento de los trabajos del Contratista y en caso de atraso o incumplimiento de los plazos en la entrega de cualquiera de los trabajos previstos en el presente Contrato, se aplicarán penalidades que se darán de acuerdo a los incumplimientos infringidos por el Contratista

Cualquier atraso o incumplimiento contractual deberá ser asentado en el Registro Diario o Libro de Obra, apenas tome conocimiento o constate el Fiscal y/o el Jefe de la Unidad Administradora. Al respecto, se aplicará la sanción correspondiente.

La Unidad Administradora elevará vía jerárquica, en la brevedad posible, los resultados de sus análisis periódicos.

Si se verificare atrasos e incumplimientos de las cláusulas contractuales, se aplicaran las siguientes penalidades:

1er. Incumplimiento: Apercibimiento por escrito al Contratista a través de una Notificación por dicho motivo.

2do. Incumplimiento: Multa del diez por ciento (10%) del monto total máximo del contrato dividido el periodo de 24 meses, correspondiente al mes en que incurrió en la falta. La multa será aplicada y deducida en forma automática por la Contratante, sin ninguna interpelación judicial o extrajudicial. Al segundo incumplimiento la emisión de Ordenes de trabajos a la Contratista afectada quedará suspendida hasta tanto se regularice el cumplimiento de sus obligaciones y/o la presentación de los Documentos Exigidos para el Pago.

3er. Incumplimiento: Rescisión del Contrato por responsabilidad del Contratista y los antecedentes serán remitidos a la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas (DNCP).

4to. Incumplimiento: Cuando el valor de las multas supere el monto de la Garantía de Cumplimiento del Contrato, la Contratante podrá rescindir administrativamente el Contrato, de conformidad al Artículo 59 inc. c) de la Ley N° 2051/2003, caso contrario seguirá aplicando el monto de las multas que correspondan.

Cuando el valor de las multas supere el monto de la Garantía de Cumplimiento del Contrato, la Contratante podrá rescindir administrativamente el Contrato, de conformidad al Artículo 59 inc. c) de la Ley N° 2051/2003, caso contrario seguirá aplicando el monto de las multas que correspondan.

La contratante podrá deducir en concepto de multas una suma equivalente al porcentaje indicado en este apartado. La contratante podrá rescindir administrativamente el contrato cuando el valor de las multas supere el monto de la Garantía de Cumplimiento de Contrato.

La aplicación de multas no libera al contratista del cumplimiento de sus obligaciones contractuales.

Procedencia de los suministros, equipos, enseres, materiales y productos

La procedencia de los suministros, equipos, enseres, materiales y productos para la ejecución del contrato será:

La Contratante deberá aprobar previamente los materiales, equipos, herramientas productos o componentes. Estos deberán ajustarse estrictamente a las Especificaciones Técnicas de la ANDE.

Excepciones a normas aplicables en cuanto a calidad

Las excepciones que puedan hacerse respecto a las normas de calidad de los materiales, productos y componentes de construcción serán:

Las normas aplicables serán  las que estén en vigor quince (15) días antes de la fecha establecida para la presentación y apertura de las ofertas. Los materiales que serán suministrados por el Contratista deberán cumplir con lo exigido en las Especificaciones Técnicas. En caso que los materiales hayan sido proveídos por el contratista, el mismo deberá adjuntar a las certificaciones mensuales, copias de las facturas de los materiales y equipos que hayan sido adquiridos por este.

Recibo, movimiento y conservación por el contratista de los materiales y productos suministrados por la contratante en virtud del contrato

El lugar y condiciones de entrega de los materiales será:

Los materiales a ser suministrados por la Contratante, serán entregados al Contratista en los Depósitos de la ANDE de San Lorenzo, sito en Avda. Eugenio A. Garay esquina Dr. Eduardo Schaerer y de Boggiani, sito en Avda. Facundo Machain y Avda. Boggiani .

La devolución de los materiales no utilizados retirados de los depósitos de la Contratante y los retirados de la red de distribución será realizada en los depósitos de la Contratante de San Lorenzo, sito en Avda. Eugenio A. Garay esquina Dr. Eduardo Schaerer y de Boggiani, sito en Avda. Facundo Machain y Avda. Boggiani y en los depósitos regionales, conforme a la descripción de las Planillas de Control de Materiales nuevos sobrantes y de control de materiales retirados de la red de distribución, confeccionados por la Contratante, a excepción de los postes de madera (inservibles), retirados de la red de distribución quedando los mismos a disposición del Fiscal de Obras.

La devolución será supervisada por la Contratante y deberá ser efectuada dentro del plazo máximo de diez (10) días calendario a partir de la finalización de los trabajos.

El costo de los  materiales retirados de la obra que no sean devueltos será determinado por la ANDE y podrá ser descontado de la facturación mensual o del Fondo de Reparo.

El Contratista dispondrá de las copias del Formulario de Devolución de Materiales y deberá adjuntar al Expediente de Solicitud de Pago.

Todos los materiales en poder del Contratista deben ser correctamente manipulados y almacenados, de modo a evitar que los mismos sufran daños que comprometan su posterior instalación y rendimiento

Responsabilidad del Contratista

Referente al Personal Vehículos y Terceros

El Contratista empleará personal propio, asegurado en el Instituto de Previsión Social (IPS), de probada capacidad para la ejecución de los trabajos y el cumplimiento de sus plazos de ejecución.

  • El Contratista deberá proveer todo el equipo de seguridad al personal a su cargo, con el objeto de evitar accidentes durante la ejecución de los trabajos.
  • No se permitirá el acceso, ni ejecución de tarea alguna a personal del Contratista no inscripto en el IPS ni que no se encuentre al día con dicha Institución, así como tampoco que no cuente con los equipos de seguridad necesarios para ejecutar los trabajos. Es responsabilidad del Fiscal de Obras velar por el cumplimiento de lo señalado y la eventual inobservancia será considerada falta grave, tanto para el Fiscal como para el Contratista. El Contratista es el único responsable de todo acontecimiento que sobrevenga por incumplimiento de este punto. Asimismo, la Contratante exigirá el retiro del personal que no utilice elementos de seguridad durante la ejecución de los trabajos.
  • Todo personal deberá estar correctamente uniformado, debiendo llevar una leyenda identificatoria de la Empresa Contratista, no de la Contratante.
  • Para todos los efectos del Código de trabajo vigente, y de las leyes de Previsión Social, el Contratista asume las obligaciones del empleador, con respecto a todo el personal cuyos servicios utilice para la ejecución de los trabajos. Así como el cumplimiento de las leyes ambientales.
  • El Contratista deberá presentar a la Contratante, una semana antes del inicio de los trabajos estipulados en el presente Contrato, un listado del personal a su cargo designado para este Contrato, detallando los nombres con número de documento de identificación de cada uno y adjuntando fotocopia de dicho documento, listado que servirá a los efectos del pago. Asimismo, el Contratista, durante la vigencia del presente contrato, no podrá emplear personal alguno que esté prestando servicios a otras empresas.
  • El Contratista será responsable del buen comportamiento de su personal, pudiendo la Contratante exigir el retiro inmediato de cualquier empleado u obrero cuya permanencia considere perjudicial para las buenas relaciones de la misma con autoridades o particulares.
  • Los gastos de transporte de personal y de materiales, así como los equipos y herramientas necesarios para la ejecución de los trabajos previstos en este Contrato, estarán exclusivamente a cargo del Contratista.
  • El Contratista será el único responsable por cualquier accidente que afecte a su personal durante la ejecución de los trabajos o en el trayecto de ida y vuelta  a los sitios de trabajo.
  • Todos los vehículos afectados a la ejecución de las tareas contratadas, deberán llevar en lugares visibles, el logotipo, dirección y teléfono de la empresa Contratista, y en ningún caso podrá llevar distintivo alguno de la Contratante.

El Contratista deberá estar plenamente informado de todo cuanto se relacione con la naturaleza de los Trabajos y la localización de los Sitios, sus condiciones generales y locales, y todo cuanto pueda influir sobre los mismos y los Trabajos

Control de calidad a materiales y productos. Pruebas y ensayos

Las verificaciones de calidad de materiales y productos para la ejecución del contrato serán realizadas en las siguientes condiciones:

Las verificaciones serán efectuadas por la Contratante. Las erecciones con Cimentación reforzada de todos los sostenes que requerirán de la misma, serán realizadas única y exclusivamente en presencia del Fiscal de Obras de la Contratante.

Los materiales para obras civiles como cimentaciones, excavaciones en vereda, cruces de calles, registros y similares, deberán ser suministrados por el Contratista. Asimismo correrá por cuenta y cargo del Contratista la provisión de materiales y mano de obra para la reposición correcta de la vereda y/o capa asfáltica o pétrea, o similar.

Preparación de los trabajos

Duración del periodo de movilización:

Correrán por cuenta y cargo del Contratista la mano de obra, las instalaciones, los materiales, los equipos y todos demás elementos y/o gastos necesarios para la ejecución de obras provisionales tendientes a garantizar todas las obligaciones del Contratista y la ejecución cabal y completa de todas las prestaciones y trabajos solicitados en virtud a este Contrato, en especial, la colocación de estructuras provisorias que garanticen la continuidad del servicio hasta la conclusión de la obra.

Duración del periodo de movilización: El Contratista se pondrá a disposición de la Unidad Administradora del Contrato, dentro de los diez (10) días calendarios de haber formalizado el Contrato.

Programa de ejecución

El contratista presentará un cronograma de ejecución de los trabajos y un Plan de Seguridad e Higiene para la aprobación del Fiscal de Obras dentro del plazo de veinte (20) días hábiles posteriores a la firma del contrato, salvo que se indique lo contrario en este apartado.

1. El Contratista se pondrá a disposición de la Unidad Administradora del Contrato en cuya zona se efectuarán los trabajos, dentro de los diez (10) días calendarios de haber formalizado el Contrato.

2. Al no ponerse a disposición de la Unidad Administradora del Contrato para el inicio de los trabajos en el tiempo indicado o no realizar la recepción de la OET emitida por la Contratante dentro de un plazo máximo de 24hs, ésta tendrá derecho a rescindir el Contrato. Asimismo, la Contratante comunicará a la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas (DNCP) para que proceda en Términos del Título Séptimo: De las Infracciones y Sanciones, de la Ley Nº 2051/2003.

3. En todas sus relaciones con el Contratista, durante la ejecución de los trabajos, la Contratante estará representada por un Fiscal quien tendrá a su cargo el control de la ejecución de los trabajos, el cumplimiento de las especificaciones técnicas y demás documentos contractuales.

4. El Contratista deberá mantener permanentemente en la zona de influencia de la Unidad Administradora del Contrato, un Representante Técnico capacitado para recibir Órdenes de Ejecución de Trabajo, planos y otros documentos de la Contratante, coordinar los trabajos con el Fiscal y recibir indicaciones de la Unidad Administradora del Contrato.

5. La ejecución de los trabajos se adecuará al siguiente procedimiento: La Contratante emitirá a través de las Unidad Administradora del Contrato, las OET (Ordenes de Ejecución de Trabajo).  Dichas ÓET detallarán el alcance de los mismos. Por razones de servicio, un Contratista podrá cubrir la localidad de otro Contratista al precio HHP del lugar a ser ejecutado el servicio.

6.            Si los trabajos ejecutados no se ajustan a los Planos, Croquis y/o a las Especificaciones Técnicas, serán considerados defectuosos y la Contratante ordenará, a través de una orden de servicio, su rectificación o reconstrucción sin cargo alguno.

7. El Contratista no tendrá derecho a percibir remuneración alguna por la demolición o reconstrucción de los trabajos rechazados o defectuosos.

8. El plazo máximo para inicio y terminación de los trabajos será especificado en las respectivas Órdenes de Ejecución de Trabajo.

9. Las Órdenes de Ejecución de Trabajo serán emitidas según las necesidades de ejecución de las obras por parte de la Contratante, y entregadas al Contratista.

La emisión de las órdenes de ejecución de trabajo, la fiscalización y el procesamiento de facturación estarán a cargo de la Unidad Administradora del Contrato en cuya zona se efectuarán los trabajos.

10. La Contratante, por razones de servicio, podrá introducir cambios en el cronograma de ejecución de los trabajos y podrá determinar prioridades de ejecución de los mismos, estando el Contratista obligado a aceptarlos.

11. El Contratista tendrá a su cargo exclusivo, la reposición de veredas, cordones, remoción de tierra y retiro de escombros sobrantes de las excavaciones, que provengan de sus actividades en el marco de este Contrato. En el caso de corte de ramas, las mismas deberán ser retiradas del lugar de trabajo en el mismo día.

12. Las excavaciones no podrán permanecer abiertas sin que se coloquen tapas y señales de advertencia para la protección de vehículos y peatones. Además se deberán llevar en cuenta las Reglamentaciones Municipales vigentes para la materia.

13. Cualquier desperfecto o daño en las redes o en aparatos electrodomésticos de propiedad de terceros o clientes causados a consecuencia de los trabajos realizados por el Contratista, será de exclusiva responsabilidad del mismo.

14. El Contratista informará de inmediato a la Contratante sobre cualquier accidente a personas o cosas, que pueda afectar la realización de los trabajos, o dar lugar a responsabilidad civil o penal. En el informe se describirá detalladamente lo acontecido.

15. De existir alguna duda de interpretación respecto de la modalidad o alcance de los trabajos, la Contratante se reserva el derecho de aclararlo y comunicarlo a los Contratistas a través de una circular aclaratoria.

16. Las partes se reunirán periódicamente, en los días que la Contratante indique, a los efectos de coordinar y establecer pautas que permitan mejorar y perfeccionar el cumplimiento de los objetivos del presente Contrato.

Cortes de Energía

1. Cuando los trabajos a ser ejecutados por el Contratista requieran de CORTE DEL SERVICIO DE ABASTECIMIENTO DE ENERGIA ELECTRICA EN MEDIA O BAJA TENSION, será necesaria una programación previa, preparada en conjunto por la Contratante y el Contratista, a solicitud de este último. Cada Orden de Ejecución de Trabajo (OET) contendrá indicaciones sobre las necesidades y posibilidades de corte de energía para la ejecución de los trabajos.

2. Cuando el Contratista necesite efectuar trabajos que requieran cortes de energía como lo indicado en el ítem anterior, solicitará a la Unidad Administradora del Contrato dichos cortes, con setenta y dos (72) horas de antelación como mínimo.

Las solicitudes de corte se formalizarán por parte del Contratista por medio de la planilla Solicitud de Puesta sin Tensión, completadas debidamente, indicándose el día, la hora, el tipo de red (M.T. o B.T.) cuya desconexión se solicita y firmada por el representante técnico del Contratista.

Esta solicitud deberá ser entregada a la Unidad Administradora del Contrato correspondiente dentro del plazo establecido. Una copia de la planilla mencionada podrá ser obtenida en dicha Unidad.

3. El Contratista deberá prever todo lo necesario para ejecutar las tareas programadas en el área afectada por el corte del servicio de abastecimiento de energía eléctrica, de manera a evitar repeticiones innecesarias de cortes en la misma zona.

4. El Contratista estará obligado a realizar, antes del corte de energía en el área de trabajo, todas las tareas que pueden ser ejecutadas previamente, a fin de minimizar el lapso de interrupción del suministro. El incumplimiento de lo precedente dará motivo a la suspensión del corte programado, por parte del Fiscal acreditado por la Unidad Administradora del Contrato.  Dicho corte estará sujeto a una nueva programación a acuerdo a los puntos 1 y 2.

5. No se solicitarán ni efectuarán cortes de energía en la misma zona en días consecutivos. Si la naturaleza o la extensión del trabajo hace necesario más de un corte, se deberá programarlo con un intervalo de por lo menos un día entre cada corte y no podrán, en ningún caso, efectuarse más de tres cortes para un mismo trabajo en la misma zona.

6. El Contratista deberá programar su trabajo de tal manera a ir alternando tareas con cortes del servicio de abastecimiento de energía eléctrica y sin ellos, sucesivamente en uno y otro lugar y no dejar para el final todos los trabajos que necesiten cortes de energía, especialmente en una misma zona.

7. En caso de que el Contratista supere el tiempo de corte programado para la finalización del trabajo y reposición del servicio de energía eléctrica, la ANDE le descontará de su factura correspondiente a la Orden de Ejecución de Trabajo afectada, el costo de la energía no facturada por el tiempo de atraso en la reposición del servicio. La ANDE efectuará el cálculo de la energía no facturada, conforme a procedimientos y tarifas por venta de energía eléctrica vigentes, y comunicará al Contratista para que presente una Nota de Crédito por el monto obtenido a ser descontado de su factura de mano de obra.

Pruebas y Verificaciones de Obras Uso de Móvil para Fiscalización:

  • Con la debida anticipación, el Contratista solicitará a la Contratante la aprobación de cualquier trabajo que quede en condición de no poder ser ulteriormente inspeccionado o controlado. Cualquier obra que hubiese sido cubierta sin la aprobación o consentimiento de la Contratante, deberá ser descubierta a expensas del Contratista, si la Contratante lo requiriese para su examen.
  • La Contratante tendrá acceso a las obras en todo tiempo cualquiera sea el estado en que aquellas se encuentren, y el Contratista deberá prestar toda clase de facilidades para el acceso a las mismos y para que su inspección se efectúe en la forma más satisfactoria, oportuna y eficaz.

A este fin, el Contratista deberá:

  • Permitir el uso del personal, equipo y material necesarios que la Contratante requiera para la inspección y vigilancia de la ampliación.
  • Proveer y mantener en perfectas condiciones todas las señales y referencias necesarias para la ejecución de las ampliaciones y observar las reglas aplicables.
  • La Contratante tendrá derecho a llevar estadísticas relativas al empleo de la mano de obra, materiales y equipos del Contratista y de otros elementos que tengan incidencia en el costo. Con esta finalidad, el Contratista exhibirá a la Contratante, en caso de que así se lo requiera, todos los documentos necesarios para la elaboración de las estadísticas arriba mencionadas.
  • La Contratante fiscalizará los trabajos ejecutados a través de un Fiscal en forma aleatoria o en su totalidad, debiendo el Contratista facilitar a éste el detalle de las tareas realizadas para el desempeño de sus funciones en todas las fases de los trabajos.

En caso de detectarse alguna irregularidad, la Contratante obligará al Contratista la regularización del trabajo sin derecho a reclamar ningún pago adicional y será registrada como falta, cuya reiteración implicará sanciones conforme se establece en el presente contrato.

En caso de que el Contratista presentó en su planilla de Resumen General de Obras Efectuadas (Anexo O), trabajos concluidos para su correspondiente certificación y posterior facturación, y la Ande constata que no han sido ejecutados, será intimado a devolver, en un plazo de cuarenta y ocho (48) horas, los materiales no utilizados de la Contratante. Esta irregularidad será motivo suficiente para la rescisión del Contrato sin más trámites y los antecedentes remitidos a la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas (DNCP).

  • La fiscalización de los trabajos por parte de la Contratante no eximirá al Contratista de su responsabilidad en cuanto a la perfecta ejecución de los servicios solicitados, debiendo el mismo observar la buena técnica, a fin de dar a los mismos absoluta seguridad y perfecta terminación.
  • El Contratista deberá poner a disposición de la Contratante para la fiscalización de los trabajos, un móvil con características conforme a las exigencias del terreno para la movilización del fiscal en su tarea de fiscalización de las obras, desde el inicio hasta la recepción provisoria de la misma.

El móvil deberá contar con un conductor debidamente autorizado, estar en perfectas condiciones y será indispensable el correcto funcionamiento del sistema de climatización.

Asimismo, deberá contar con identificaciones en las dos puertas delanteras en la que estarán indicadas el nombre del Contratista, la licitación y que se encuentra al servicio de la ANDE, en un tamaño adecuado de letra, para lo cual deberá presentar un modelo del mismo para su correspondiente aprobación por parte del Fiscal de Obras.

El cronograma de utilización del vehículo, así como el horario diario de las actividades en el terreno será establecido por el fiscal de obras.

Todos los gastos referentes a la utilización y el mantenimiento del móvil correrán por cuenta del Contratista.

El Contratista liberará a la Contratante de cualquier responsabilidad respecto a las sanciones que se establecen en el reglamento general del tránsito caminero vigente en la república del Paraguay.

El Contratista será en todo momento el único responsable frente a cualquier  reclamación de terceros por concepto de indemnización por daños de cualquier naturaleza o lesiones corporales producidas como consecuencia a  accidentes causados por la utilización del móvil.

Recepción provisoria de las obras

La recepción provisoria de las obras será:  El Contratista debe solicitar al Fiscal la recepción de los trabajos al concluir la ejecución de los mismos.

El Fiscal luego de una verificación final in situ de los trabajos se expedirá por escrito sobre los mismos, dentro de los cinco (5) días siguientes a las fechas establecidas para la conclusión en las respectivas Órdenes de Ejecución de Trabajos.

Si durante la verificación de los trabajos se encontraren defectos o deficiencias, el Fiscal comunicará al Contratista mediante una Orden de Servicio por escrito, dicha situación, debiendo éste subsanarlos en el plazo indicado en la misma.

Efectuadas las correcciones indicadas por el Fiscal, el Contratista solicitará una nueva inspección con el fin de que se proceda a la Recepción Provisoria.

Si de las verificaciones de una misma ampliación surgieren rechazos en más de dos (2) oportunidades, la Contratante comunicará por escrito al Contratista, pudiendo rescindir el Contrato sin más trámites.

Cuando los trabajos fueren aprobados por el Fiscal, éste conformará en las Órdenes de Ejecución de Trabajos (OET), la recepción de los mismos con la fecha de aprobación.

Esta aprobación será considerada documento de Recepción Provisoria de los trabajos. Dicha verificación no afectará las responsabilidades del Contratista.

 

Recepción definitiva de las obras

La Recepción Definitiva tendrá lugar una vez transcurrido el periodo garantía correspondiente, el cual comienza a contar a partir de la aprobación de la última factura mensual correspondiente al último trabajo realizado en el marco del Contrato respectivo.

Para la emisión de la Recepción Definitiva, será obligatorio que el Contratista haya presentado con antelación la Solicitud de Devolución del Fondo de Reparo.

El Contratista deberá solicitar por escrito el Acta de Recepción Definitiva de los Trabajos, y de no existir ninguna obligación contractual pendiente entre las Partes en dicho período, la Contratante emitirá dentro de los treinta (30) días subsiguientes el Acta de Recepción Definitiva de los Trabajos, el cual liberará a ambas Partes de sus responsabilidades emergentes del presente documento, con lo que se dará término al Contrato.

En caso necesario y cumplidos los requisitos correspondientes, el Administrador de Contrato podrá gestionar de oficio la emisión del Acta de Recepción Definitiva.

 

Garantías contractuales

Garantías particulares:

Garantías particulares: No Aplica.

Garantía Decenal: A más de lo enunciado en el apartado Aspectos Generales del Contrato se incluye lo siguiente:

Conforme a lo establecido en el apartado Aspectos Generales del Contrato, siendo responsable el Contratista, en la persona del Representante Legal, quien deberá actualizar a la Contratante su dirección y teléfono en caso de cambiarlos durante ese periodo.

Terminación del contrato

Además de las establecidas en los Aspectos Generales del Contrato, son causales de terminación del contrato las siguientes:

a) Si el Contratista no cumpliere con el inicio de los trabajos una vez emitida la Orden de Inicio.

b) Si el Contratista no cumpliere, con los trabajos correspondientes, conforme a las solicitudes hechas por la Contratante y a lo establecido en el contrato y documentos que lo integran.

c) Si a juicio de la Contratante, el Contratista se atrasare incumpliendo la ejecución de los trabajos contratados de tal forma que, no obstante los esfuerzos que pudiere realizar, no cumpliere con el presente contrato y entorpeciere con la normal ejecución de los trabajos de la Contratante.

d) Si el Contratista no diere cumplimiento a las leyes del trabajador y de la seguridad social con respecto a sus dependientes.

e) Por sustracción y/o destrucción de documentos, equipos o materiales de propiedad de la Contratante que hubieran sido entregados al Contratista para el cumplimiento de sus obligaciones, de conformidad con el presente contrato.

f) Por extralimitación en los trabajos encargados al Contratista, en contravención con las normas de la Contratante o de otras disposiciones legales, o en perjuicio de los usuarios de la Contratante o de terceros.

g) Por falta de constitución y entrega oportuna de las garantías y eventuales solicitudes de prórroga de las mismas.

Liquidación del Contrato en caso de rescisión

A más de lo enunciado en los Aspectos Generales del Contrato, se incluye lo siguiente:

En caso de rescisión se procederá, habiendo sido convocados el Contratista (Representante Legal y Jefe de Obra), a las constataciones relativas a las obras y partes de obras ejecutadas, al inventario de los materiales suministrados, así como al inventario descriptivo de los equipos e instalaciones de la Zona de Obras. Se registrará en un Acta de Liquidación del Contrato el resultado de estas operaciones.

La Cuenta General será notificada al Contratista, luego de la liquidación definitiva del Contrato rescindido, una vez emitida la Resolución respectiva por la Contratante.

En el caso de rescisión del contrato por causa imputable al Contratista; la Contratante podrá realizar la Contratación del saldo pendiente de ejecución del contrato rescindido conforme a lo establecido en la normativa vigente (Reglamento DNCP 2992/2019 y Resolución DNCP 4572/2020), dentro del mismo proceso licitatorio.

Mantenimiento de las comunicaciones y del paso de las aguas

Especificar las circunstancias en que puedan producirse restricciones en tales comunicaciones, servicios públicos y paso de aguas:

Cortes de Energía

1. Cuando los trabajos a ser ejecutados por el Contratista requieran de CORTE DEL SERVICIO DE ABASTECIMIENTO DE ENERGÍA ELÉCTRICA EN MEDIA O BAJA TENSIÓN, será necesaria una programación previa, preparada en conjunto por la Contratante y el Contratista, a solicitud de este último. Cada Orden de Ejecución de Trabajo (OET) contendrá indicaciones sobre las necesidades y posibilidades de corte de energía para la ejecución de los trabajos.

2. Cuando el Contratista necesite efectuar trabajos que requieran cortes de energía como lo indicado en el ítem anterior, solicitará a la Unidad Administradora del Contrato dichos cortes, con setenta y dos (72) horas de antelación como mínimo. Las solicitudes de corte se formalizarán por parte del Contratista por medio de la planilla Solicitud de Puesta sin Tensión, completadas debidamente, indicándose el día, la hora, el tipo de red (M.T. o B.T.) cuya desconexión se solicita y firmada por el representante técnico del Contratista. Esta solicitud deberá ser entregada a la Unidad Administradora del Contrato correspondiente dentro del plazo establecido. Una copia de la planilla mencionada podrá ser obtenida en dicha Unidad

3. El Contratista deberá prever todo lo necesario para ejecutar las tareas programadas en el área afectada por el corte del servicio de abastecimiento de energía eléctrica, de manera a evitar repeticiones innecesarias de cortes en la misma zona.

4. El Contratista estará obligado a realizar, antes del corte de energía en el área de trabajo, todas las tareas que pueden ser ejecutadas previamente, a fin de minimizar el lapso de interrupción del suministro. El incumplimiento de lo precedente dará motivo a la suspensión del corte programado, por parte del Fiscal acreditado por la Unidad Administradora del Contrato. Dicho corte estará sujeto a una nueva programación a acuerdo a los puntos 1 y 2.

5. No se solicitarán ni efectuarán cortes de energía en la misma zona en días consecutivos. Si la naturaleza o la extensión del trabajo hace necesario más de un corte, se deberá programarlo con un intervalo de por lo menos un día entre cada corte y no podrán, en ningún caso, efectuarse más de tres cortes para un mismo trabajo en la misma zona.

6. El Contratista deberá programar su trabajo de tal manera a ir alternando tareas con cortes del servicio de abastecimiento de energía eléctrica y sin ellos, sucesivamente en uno y otro lugar y no dejar para el final todos los trabajos que necesiten cortes de energía, especialmente en una misma zona.

7. En caso de que el Contratista supere el tiempo de corte programado para la finalización del trabajo y reposición del servicio de energía eléctrica, la ANDE le descontará de su factura correspondiente a la Orden de Ejecución de Trabajo afectada, el costo de la energía no facturada por el tiempo de atraso en la reposición del servicio. La ANDE efectuará el cálculo de la energía no facturada, conforme a procedimientos y tarifas por venta de energía eléctrica vigentes, y comunicará al Contratista para que presente una Nota de Crédito por el monto obtenido a ser Descontado de su factura de mano de obra.

El contratista deberá dirigir los trabajos de manera que se mantengan en condiciones adecuadas las comunicaciones y servicios públicos de todo tipo que atraviesen la zona de los trabajos, especialmente cuidar la seguridad en el tránsito de personas y el paso de aguas.

En caso de que el contratista no observe lo antes señalado, y sin perjuicio de las facultades de las autoridades competentes, el fiscal de obra podrá tomar, por cuenta del contratista, las medidas necesarias cuando su requerimiento no haya tenido efecto.

En caso de urgencia o de peligro, la Unidad Administradora del Contrato podrá tomar estas medidas sin requerimiento previo.

Resolución de conflictos a través del arbitraje

Las partes se someterán a Arbitraje:

No Aplica.

Fraude y Corrupción

1. La convocante exige que los participantes en los procedimientos de contratación, observen los más altos niveles éticos, ya sea durante el proceso de licitación o de ejecución de un contrato. La convocante actuará frente a cualquier hecho o reclamación que se considere fraudulento o corrupto.

2. Si se comprueba que un funcionario público, o quien actúe en su lugar, y/o el oferente o adjudicatario propuesto en un proceso de contratación, hayan incurrido en prácticas fraudulentas o corruptas, la convocante deberá:         

(i) En la etapa de oferta, se descalificará cualquier oferta del oferente y/o rechazará cualquier propuesta de adjudicación relacionada con el proceso de adquisición o contratación de que se trate;

(ii) Durante la ejecución del contrato, se rescindirá el contrato por causa imputable al proveedor;

(iii) Se remitirán los antecedentes del oferente o proveedor directamente involucrado en las prácticas fraudulentas o corruptivas, a la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas, a los efectos de la aplicación de las sanciones previstas. 

(iv) Se presentará la denuncia penal ante las instancias correspondientes si el hecho conocido se encontrare tipificado en la legislación penal.   

Fraude y corrupción comprenden actos como: 

(i) Ofrecer, dar, recibir o solicitar, directa o indirectamente, cualquier cosa de valor para influenciar las acciones de otra parte;

(ii) Cualquier acto u omisión, incluyendo la tergiversación de hechos y circunstancias, que engañen, o intenten engañar, a alguna parte para obtener un beneficio económico o de otra naturaleza o para evadir una obligación;   

(iii) Perjudicar o causar daño, o amenazar con perjudicar o causar daño, directa o indirectamente, a cualquier parte o a sus bienes para influenciar las acciones de una parte;   

(iv) Colusión o acuerdo entre dos o más partes realizado con la intención de alcanzar un propósito inapropiado, incluyendo influenciar en forma inapropiada las acciones de otra parte.     

(v) Cualquier otro acto considerado como tal en la legislación vigente.

3. Los oferentes deberán declarar que por sí mismos o a través de interpósita persona, se abstendrán de adoptar conductas orientadas a que los funcionarios o empleados de la convocante induzcan o alteren las evaluaciones de las propuestas, el resultado del procedimiento u otros aspectos que les otorguen condiciones más ventajosas con relación a los demás participantes (Declaratoria de Integridad).